UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Yurimar Palmieri
21.300.703
Barquisimeto, Enero 2017
Es un título de crédito de valor formal y completo que contiene una
orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al
tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado,
vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.
Estructura
Requisitos
La denominación de letra de cambio inserta en el
mismo texto del título y expresada
en el mismo idioma empleado en la redacción del
documento.
La orden pura y simple de pagar una suma
determinada.
El nombre del que debe pagar (librado).
Indicación de la fecha del vencimiento.
El Lugar donde el pago debe efectuarse.
El nombre de la persona a quien o a cuya orden
debe efectuarse el pago.
La fecha y lugar donde la letra fue emitida.
La firma del que gira la letra (librador).
Acciones que
pueden intentarse
Las acciones que pueden presentarse
son las de por falta de aceptación y por
falta de pago, contemplados en el
código de comercio venezolano, desde
el articulo 451 en adelante
Bibliografía
Material cargado en la plataforma
Código de comercio Venezolano
https://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3digo_de_comercio

Letra de cambio

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Yurimar Palmieri 21.300.703 Barquisimeto, Enero 2017
  • 2.
    Es un títulode crédito de valor formal y completo que contiene una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen. Estructura Requisitos La denominación de letra de cambio inserta en el mismo texto del título y expresada en el mismo idioma empleado en la redacción del documento. La orden pura y simple de pagar una suma determinada. El nombre del que debe pagar (librado). Indicación de la fecha del vencimiento. El Lugar donde el pago debe efectuarse. El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago. La fecha y lugar donde la letra fue emitida. La firma del que gira la letra (librador). Acciones que pueden intentarse Las acciones que pueden presentarse son las de por falta de aceptación y por falta de pago, contemplados en el código de comercio venezolano, desde el articulo 451 en adelante
  • 3.
    Bibliografía Material cargado enla plataforma Código de comercio Venezolano https://es.wikipedia.org/wiki/C%C3%B3digo_de_comercio