Las ventas minoristas se refieren a la venta directa de bienes y servicios al consumidor final para uso personal y no comercial. La Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal establece que los comerciantes minoristas que registren ingresos brutos mensuales superiores a cierto monto son contribuyentes del Impuesto General a las Compras al Detalle. La ley también define la base imponible y los sujetos involucrados en estas transacciones, como el comerciante que vende y la persona que compra.