La Madre Tierra es la fuente de vida de todos los seres vivos que coexisten en ella; la acción que ejercemos sobre ella refleja el modo en que nos relacionamos y vinculamos con la Madre Tierra.
Y esta acción en los últimos tiempos ha generado una serie de daños sobre ella, como la: deforestación, contaminación, calentamiento global, sobreexplotación, mal uso de suelos, entre otros. No obstante a través de los tiempos, los pueblos indígenas plenos de esencia y significado, han mantenido sus costumbres de respeto y convivencia armónica con la madre tierra, que se expresan en costumbres y rituales que forman parte de la convivencia que establecen con la naturaleza viva.
En ese marco la Ley No 071 tiene por objeto reconocer los Derechos de la Madre Tierra, concibiendo que todos y todas somos parte de ella, como una comunidad que no se puede separar y que dependemos unos de otros para vivir.
La presente cartilla, teniendo en cuenta todo ello, es un material orientado a compartir con los Pueblos Indígenas una síntesis de la Ley 071 de Derechos de la Madre Tierra, vinculando su contenido con la sabiduría de los propios Pueblos.
Ley No. 450 de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en Situac...UNFPA Boliva
La realidad muestra que en Bolivia casi la mitad de los 36 pueblos indígenas se encuentran en situación de “alta vulnerabilidad”2. Lo cual en gran medida se debe a los sistemáticos intentos de desaparición de los mismos a lo largo de la historia de nuestro país, al olvido y exclusión social, que han vivido los Pueblos Indígenas por parte del Estado, hasta el reconocimiento de sus derechos con la Constitución Política del Estado Plurinacional.
NICIO DE SU EXISTENCIA LEGAL
Las comunidades campesinas y nativas encuentran su regulación ya en la constitución de 1933, en el artículo 207, el cual denominándolas “Comunidades de Indígenas”, les otorga existencia legal y capacidad jurídica. Así también, la constitución de 1979 establece: “El Estado promueve el desarrollo integral de la Comunidades Campesinas y Nativas. Fomenta las empresas comunales y cooperativas”.
La constitución de 1993, en su artículo 89, establece: “Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras. Así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior. El estado respeta la identidad cultural de las comunidades campesinas y nativas”.
el estado. elementos del estado. clases de estado. definición de estado. nación, norma jurídica. base geográfica. El estado en la constitución. características del estado. etimología de la palabra estado
Ley No. 450 de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en Situac...UNFPA Boliva
La realidad muestra que en Bolivia casi la mitad de los 36 pueblos indígenas se encuentran en situación de “alta vulnerabilidad”2. Lo cual en gran medida se debe a los sistemáticos intentos de desaparición de los mismos a lo largo de la historia de nuestro país, al olvido y exclusión social, que han vivido los Pueblos Indígenas por parte del Estado, hasta el reconocimiento de sus derechos con la Constitución Política del Estado Plurinacional.
NICIO DE SU EXISTENCIA LEGAL
Las comunidades campesinas y nativas encuentran su regulación ya en la constitución de 1933, en el artículo 207, el cual denominándolas “Comunidades de Indígenas”, les otorga existencia legal y capacidad jurídica. Así también, la constitución de 1979 establece: “El Estado promueve el desarrollo integral de la Comunidades Campesinas y Nativas. Fomenta las empresas comunales y cooperativas”.
La constitución de 1993, en su artículo 89, establece: “Las Comunidades Campesinas y las Nativas tienen existencia legal y son personas jurídicas. Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y la libre disposición de sus tierras. Así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece. La propiedad de sus tierras es imprescriptible, salvo en el caso de abandono previsto en el artículo anterior. El estado respeta la identidad cultural de las comunidades campesinas y nativas”.
el estado. elementos del estado. clases de estado. definición de estado. nación, norma jurídica. base geográfica. El estado en la constitución. características del estado. etimología de la palabra estado
Amigos, estes es un analisis de ley marco de autonomias, que refleja el cambio que nos presenta la Constitucion Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
Amigos, estes es un analisis de ley marco de autonomias, que refleja el cambio que nos presenta la Constitucion Politica del Estado Plurinacional de Bolivia
Juventud reactiva - 7 buenas ideas para el trabajo con/para las JuventudasUNFPA Boliva
Luego de cuatro intensos años de incontable trabajo, los y las jóvenes de los municipios de Camargo, Coroico, Llallagua, Punata, San Lucas, Sopachuy, Sucre, Tiquipaya, Tomina, Tupiza, Uncía y Viacha, junto a las autoridades, hemos identificado algo esencial para cualquier transformación (redoble de tambores) por supuesto, hablamos de la ¡participación juvenil!
Ley No.045 - Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación UNFPA Boliva
El racismo y la discriminación han formado parte de la historia y la organización social, administrativa y política de Bolivia, siendo en gran parte dos de las causas que explican los constantes episodios de exclusión y marginación que han vivido los pueblos indígenas. No obstante, con la promulgación de la Constitución Política del Estado Plurinacional del año 2009, Bolivia adquiere la forma de un “Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías”. Lo cual equivale a una refundación del país, que busca dejar atrás esos escenarios históricos de discriminación y racismo.
En ese marco de lucha por el reconocimiento y aceptación de los pueblos indígenas, se promulga la Ley No 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación. Con esta cartilla se ha reflexionado sobre situaciones de racismo y discriminación que hayan afectado o afecten actualmente a los pueblos indígenas, por otra parte se realiza un breve resumen de los aspectos más relevantes de la Ley; y por último se identifica cómo y dónde denunciar casos de racismo y discriminación, que permitan a los pueblos indígenas revertir esta situación, sancionar cualquier hecho de este tipo y ejercer su derecho a no ser discriminados.
Bolivia: Frente Parlamentario por la Soberanía Alimentaria para “Vivir Bien” FAO
Presentación de Fernando Ferreira, Presidente Comisión de Economía Plural, Producción, Industria e Industrialización de Asamblea Plurinacional de Bolivia, en el marco del Tercer Encuentro de Planificación de los Frentes Parlamentarios contra el Hambre de América Latina y el Caribe.
Con el propósito de impulsar y apoyar el desarrollo y la creatividad en el arte urbano, la obra se realizará dentro el concepto de la importancia y los beneficios que nos dan nuestros árboles en la ciudad de Cochabamba.
Plan de acción contra el racismo 2012 2015Erbol Digital
El viceministro de Descolonización, Félix Cárdenas, señaló que el mismo Gobierno incumple con la implementación del Plan de Acción de Lucha Contra el Racismo, situación que dificulta en la tarea de la construcción del Estado Plurinacional.
Consenso de Montevideo sobre población y desarrolloUNFPA Boliva
Primera reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe.
Integración plena de la población y su dinámica en el desarrollo sostenible con igualdad y enfoque de derechos: clave para el Programa de Acción de El Cairo después de 2014.
Montevideo, 12 a 15 de agosto de 2013.
Guía operacional para la implementación y el seguimiento del Consenso de Mo...UNFPA Boliva
La guía es el resultado de un largo proceso participativo iniciado en la Primera Reunión de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, realizada en Santiago en noviembre de 2014. Este documento, que fue preparado por el Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía (CELADE) - División de Población de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y en cuya elaboración se contó con el apoyo y los insumos de la División de Asuntos de Género de la CEPAL y del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), constituye la contribución de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina el Caribe a la Segunda Reunión de la Conferencia Regional (Ciudad de México, 6 a 9 de octubre de 2015).
Por mucho tiempo la educación ha estado desvinculada de la historia, la realidad, las aspiraciones y cosmovisiones de los Pueblos Indígenas. Teniendo más bien una orientación contraria a sus intereses y tendente incluso a su desaparición.
De manera que la educación se ha visto desvinculada de la cultura, las costumbres y las tradiciones de los Pueblos Indígenas, centrándose en una educación colonizadora, alejada de la realidad e individualista; ajena por tanto a los principios básicos de intraculturalidad e interculturalidad que son las bases para la construcción de un Estado Plurinacional.
En ese marco la Ley de Educación No 070, Avelino Siñani - Elizardo Pérez, busca transformar esta concepción, en base a una educación cuyos principios son promover una educación descolonizadora, una educación productiva, una educación socio comunitaria, y muy particularmente, una educación intra e intercultural.
En ese sentido la Ley señala un conjunto de derechos relativos a la educación de los pueblos indígenas, que son compartidos en esta cartilla, con el deseo y aspiración de provocar la apropiación, exigibilidad y posterior ejercicio por parte de los mismos.
Conferencia Preparatoria Global Indígena para la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas que se conocerá como la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas
10-¬‐12 de junio de 2013, Alta
Esta publicación es una herramienta para difundir los principios fundamentales de los derechos de las las comunidades indígenas. Publicado: Noviembre de 2013
Mandato II Cumbre Regional Amazónica: Vida Plena Amazónica frente al IIRSA y ...Crónicas del despojo
“Amazonía Indígena : Palabra Dulce, Aire de Vida”
Reunidos en el territorio del Pueblo Guayapés, en Villavicencio, Colombia, del 13 al 15 de diciembre del 2013,
en la 2da. Cumbre Regional Amazónica, los pueblos indígenas amazónicos y las organizaciones nacionales de
nueve países: Bolivia (CIDOB), Brasil (COIAB), Ecuador (CONFENIAE), Colombia (OPIAC), Guyana (APA),
Guyana Francesa (FOAG), Perú (AIDESEP), Venezuela (ORPIA) y Surinam (OIS) y en diálogo con aliados de
diversas entidades sociales, estatales, de derechos humanos y ambientales, hemos analizado los siguientes cuatro ejes temáticos, cuyas propuestas señalamos a continuación:
Los pueblos indígenas en Bolivia han practicado milenariamente un tipo de justicia que establece sanciones con el objetivo de que cualquier persona de la comunidad que haya cometido una falta pueda reconocerla, enmendar su error y no volver a repetirlo en el futuro.
Es este tipo de justicia, que contiene la sabiduría ancestral de los pueblos indígenas, la que ha sido olvidada y relegada de la vida formal del país, aunque en los hechos no ha dejado de ser practicada por los Pueblos Indígenas, para solucionar distintas problemáticas que alteran la sana y buena convivencia de los mismos.
En ese marco la Ley No. 073 de Deslinde Jurisdiccional ratifica y regula lo establecido por la Constitución Política del Estado Plurinacional, que dice que en Bolivia existirán dos formas de justicia: la ordinaria y la indígena originaria campesina.
Poniendo fin a siglos de desconocimiento del sistema de normas y valores que constituyen la justicia de los pueblos indígenas y valorando la misma en igual medida que el sistema de justicia ordinario.
En ese sentido, la presente cartilla socializó los aspectos más importantes de la Ley 073 y abrió un espacio de reflexión para que sean los propios Pueblos quienes desarrollen posibles mecanismos y formas de fortalecer sus sistemas de justicia, en un marco de respeto a la Constitución Política del Estado, el derecho a la vida y a una vida sin violencia.
Infecciones de Transmisión Sexual, Cáncer de Cuello Uterino – PAP y Planifica...UNFPA Boliva
Resumen Este documento muestra los procedimientos que se constituyen en un instrumento orientador, útil para el personal de salud en la atención de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), Cáncer de Cuello Uterino, Planificación Familiar, con respecto a los saberes, sentires y practicas de la población usuaria lo que contribuirá en la mejora del acceso al servicio y la disminución de la morbi-mortalidad. Contiene • Infecciones de transmisión sexual, cuadros sindrómicos • Manejo sindromico de infecciones de transmisión sexual • Toma de muestra citológica papanicolaou (PAP) • Planificación familiar • Métodos anticonceptivos temporales y permanentes.
Autor: Fondo de Población de las Naciones Unidas Bolivia 2009
Género, Generaciones y Derechos: nuevos enfoques de trabajo con jóvenes.UNFPA Boliva
Family Care International quiere agradecer a todas las personas e instituciones que participaron en los talleres sobre enfoques de género y generacionales, coorganizados por UNFPA y FCI en Bolivia, Costa Rica, Panamá y la República Dominicana a lo largo del año 2006, en el marco del proyecto Implementación de nuevos enfoques en salud sexual y reproductiva de adolescentes (RLA5R305). Agradecer igualmente los aportes y comentarios de Evelyn Durán Porras de UNFPA Costa Rica, Diana Helena Urieta en Panamá, Jeannette Tineo Durán, de Family Care International en República Dominicana y Cristina Puig Borrás, de Familiy Care International, Programa para América Latina y el Caribe.
Autor: UNFPA Bolivia
Resultados del estudio del estado de abastecimiento y procesos logísticos de ...UNFPA Boliva
Dado el contexto actual del Nuevo Modelo Sanitario, cuya estrategia se orienta a la universalizaciOn del acceso al Sistema Onico, Intercultural y Comunitario de Salud, y partiendo de la experiencia de trabajo de lo sdiferentes programas de salud verticales, existe la necesidad de identificar el estado de abastecimiento de insumos y medicamentos que permiten un adecuado acceso al sistema de atenci6n de salud.
Autor: Fondo de Población de las Naciones Unidas
Eliminación de la discriminación contra la Mujer.UNFPA Boliva
Bolivia al igual que muchos paises del mundo, ha ratificado casi la totalidad de instrumentos internacionales de protecciOn de derechos humanos. A tiempo de depositar la ratificaci6n el Estado se comprometió ante la comunidad internacional y ante la población del país a respetar los derechos y libertades reconocidos en cada instrumento y a garantizar su libre y pleno ejercicio de todas las personas que está sujetas a su jurisdicción sin discriminación alguna por razones de raza, sexo, edad, genero, preferencia política, idioma, religión, discapacidad, identidad étnica, posición económica u otras.
Autor: UNFPA
Programa de Acción - aprobado en la Conferencia Internacional sobre la Poblac...UNFPA Boliva
La Conferencia de El Cairo, celebrada del 5 al 13 de septiembre de 1994, fue la mayor conferencia intergubernamental sobre la población y el desarrollo jamás realizada. Aportaron sus conocimientos especializados al éxito de la Conferencia unos 11.000 participantes, representantes de gobiernos, de las Naciones Unidas, de organizaciones intergubernamentales, de organizaciones no gubernamentales y de los medios de difusión.
En El Cairo, la comunidad internacional llegó a un consenso sobre tres metas cuantitativas a alcanzar antes de 2015: reducir la mortalidad de lactantes, niños y madres; proporcionar acceso universal a la educación, particularmente a las niñas; y proporcionar acceso universal a una gama completa de servicios de salud reproductiva, incluidos los de planificación de la familia.
Autor: Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA Bolivia
Estándares Básicos Para Servicios de Salud Materna con Pertinencia Intercultu...UNFPA Boliva
Esta publicación ha sido posible gracias al generoso apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID). El documento fue desarrollado en el marco de la iniciativa Mujer Indígena: Salud y Derechos del Fondo de Cooperación para América Latina y el Caribe UNFPA/AECID, y es fruto de un esfuerzo regional conjunto del UNFPA; los Ministerios de Salud de Bolivia, Ecuador y Perú; la Comisión Andina de Salud Intercultural del Organismo Andino de Salud - Convenio Hipólito Unanue (ORAS-CONHU); el Enlace Continental de Mujeres Indígenas Región Sudamérica; y Family Care International (FCI).
Autor: UNFPA Bolivia
Recomendaciones para mejorar las condiciones de las mujeres. Extraídas de las...UNFPA Boliva
Promover prácticas saludables para cuidar la salud de la mujer y prevenir, detectar y tratar el cáncer de cuello uterino.
Informar aspectos sobre la salud sexual y reproductiva, para promover el ejercicio de derechos.
Autor: UNFPA
Cartilla Educativa No 2: Ley No 045 Contra el Racismo y Toda Forma de Discrim...UNFPA Boliva
EL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN HACIA LOS PUEBLOS INDÍGENAS. UNA LEY PARA ACABAR CON EL RACISMO Y LA DISCRIMINACIÓN EN BOLIVIA.
Autor: Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA
Fuente: Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA.
Datos sociodemográficos de Pando y de los pueblos indígenas de la Amazonía. ...UNFPA Boliva
Pando es el Departamento con el mayor crecimiento poblacional en Bolivia, alcanzando una tasa de crecimiento inter censal 2001 – 2012 de 6,65%. Mostrando un crecimiento considerable: de un total de 28.940 habitantes varones según el censo 2001 la cifra se incrementó a 59.751 según el censo 2012. En cuanto a las mujeres, para el Censo 2001 llegaban a 23.585, y para el Censo 2012 se incrementaron a 50.685. Pando es también el departamento donde viven cinco Pueblos Indígenas altamente vulnerables, distribuidos en distintos municipios y comunidades, incluidas las comunidades ubicadas en el Territorio Indígena Multiétnico II (TIM II) y comunidades dispersas.
Proyecto de Fortalecimiento y Promoción del Ejercicio de Derechos de los Pueblos Indígenas de la Amazonía de Pando.
Sexualidad y derechos sexuales. Desarrollo y proyectos de vida… sin barreras. Desarrollo local inclusivo: orientaciones metodológicas para una vida sin barreras
Autor: Humanity and Inclusion; Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA. La Paz-Bolivia, 2019.
¿Qué es el condón masculino? ¿Cómo usar el condón masculino? ¿Qué es el condón femenino? Métodos anticonceptivos.
Autor: Ministerio de Salud, central de abastecimientos y suministros de salud, UNFPA Bolivia.
Caso "MZ" un caso de violencia y los compromisos del Estado BolivianoUNFPA Boliva
Esta cartilla relata el caso de MZ, una mujer que luego de haber sufrido una violación, lleva a sus organizaciones aliadas un proceso primero ante autoridades nacionales.
Autor: Grupo Técnico de Género del Sistema de las Naciones Unidas en Bolivia
Perfil Epidemiológico de los Pueblos Indígenas de Pando -2015UNFPA Boliva
El Estado Plurinacional de Bolivia, es un país diverso en lo territorial, poblacional y cultural, lo cual se refleja en los grupos humanos que lo habitan. En la actualidad, se evidencia un mayor reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indígenas en Bolivia, establecidos en la Constitución Política del Estado (CPE) y leyes nacionales1 , que acompañan el proceso de transformaciones y reformas del Estado, con el objeto de consolidar la democracia e inclusión de los distintos actores sociales.
Autor: UNFPA Bolivia Marie ,Stopes Bolivia
Vulnerabilidad Poblacional al Riesgo de Desastres en BoliviaUNFPA Boliva
Vulnerabilidad Poblacional al Riesgo de Desastres en Bolivia.
Autor: Ministerio de Planificación del Desarrollo - MDP Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas - UDAPE Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA
Asimismo, la falta de estrategias de intervención que involucren a hombres, muestra que en este aprendizaje no hay conciencia y responsabilidad de la sociedad sobre cómo estamos “construyendo” a los hombres en sus relaciones inter genéricas y que debemos utilizar diferentes estrategias para eliminar conductas machistas y misóginas contra las mujeres.
Autor: UNFPA
Derechos humanos. Fortalecimiento del ejercicio de los derechos de la salud s...UNFPA Boliva
Los contenidos hacen referencia a las características y clasificación de los derechos humanos, quiénes garantizan su cumplimiento y cómo ejercerlos en el colegio, la familia y la comunidad.
Así mismo este material tiene el propósito de tener un acercamiento a los derechos y responsabilidades que tienen adolescentes y jóvenes como titulares de derechos.
Autor: Gobierno Autónomo de Municipal de La Paz – GAMLP Secretaría Municipal de Desarrollo Social Con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas -UNFPA
PROTOCOLO DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN A TODA FORMA DE VULNERACIÓN A LA ...UNFPA Boliva
Primera parte: PROTOCOLO DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN A TODA FORMA DE VULNERACIÓN A LA INTEGRIDAD SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES; MARCO CONCEPTUAL DE LA VIOLENCIA SEXUAL CONTRA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES; NIVELES DEPREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL.
Segunda parte: PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN Y ATENCIÓN A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN EL MARCO DE LA RUTA CRÍTICA INTERINSTITUCIONAL; IDENTIFICAR Y PROMOVER LA DENUNCIA; ETAPA PRELIMINAR DE LA INVESTIGACIÓN; ETAPA PREPARATORIA DE LA INVESTIGACIÓN; JUICIO ORAL; REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO/RESTITUCIÓN; RUTA CRITICA DE PREVENCIÓN. ATENCIÓN Y SANCIÓN A TODA FORMA DE VULNERACIÓN A LA INTEGRIDAD SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
Autor: Primera parte: PROTOCOLO DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y SANCIÓN A TODA FORMA DE VULNERACIÓN A LA INTEGRIDAD SEXUAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES; MARCO CONCEPTUAL DE LA VIOLENCIA SEXUAL CONTRA NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES; NIVELES DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTE
Guía Referencial de Planificación según Marco Competencial para Programas de ...UNFPA Boliva
Tiene como objetivo apoyar el fortalecimiento de la gestión municipal en los temas de prevención del embarazo en la adolescencia, atención y sanción de la violencia sexual, en el marco de las competencias municipales, en estrecha coordinación con los Gobiernos Autónomos Municipales de La Paz, Viacha, Punata, Cobija y el Ministerio de Autonomías.
Autor: Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA Con el apoyo de la Agencia Italiana para la Cooperación al Desarrollo
Índigo Energía e Industria No. 16 |Tradicionalmente, las estaciones de servicio han sido vistas sólo como puntos de suministro de combustible para vehículos. Sin embargo, en la actualidad, estos espacios experimentan una transformación significativa hacia la sostenibilidad y la incorporación de tecnologías verdes.
En este ejemplar también encontrarás:
#Entrevistas
Ignacio Contreras Andrade, director del área oil and gas de Vicer
Carlos León Martín, presidente de Onexpo Puebla
Oscar Del Cueto, presidente de CPKC México.
José Luis del Corral, vp ejecutivo de STRACON y director de operaciones en Dumas.
#Opinión
Dra. Alicia Zazueta Payán, presidenta de la AMPES
Dr. Leonardo Ramos, subgerente operativo de anteproyectos hidroeléctricos de la CFE
Por Julio Zugasti, asociado senior de Hogan Lovells
Coberturas
BYD SHARK: potente, eficiente y amigable con el medio ambiente
IV Foro de Biogás fomentan el uso de Biometano
Takeda celebra 60 años de presencia en México con inauguración del ICC
AMID presenta decálogo para mejorar la salud y la economía de México
#Noticias
CFE adquiere crédito para desarrollar la primera central solar flotante de Latam
Sempra Infraestructura dona 7 mdp a la Cruz Roja Mexicana
Histórica multa de COFECE a gasolineras
Mantenimiento garantiza el óptimo funcionamiento de estaciones de servicio: Petrogas
Destacada participación de AMPES en UNITI Expo 2024
Gilbarco mostrará equipos y soluciones en los GVR Tech Days
3. Cartilla educativa No 6: Ley No 71 de Derechos de la Madre Tierra
Cartilla educativa para el ejercicio de los derechos de los pueblos
indígenas. Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA. La
Paz-Bolivia, 2016.
Pág.: 32
Ftos., Dbjos.
Descriptor:
LEY/ LEGISLACIÓN/ POLÍTICAS PÚBLICAS/ CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO/ LEY Nº 071 DE DERECHOS DE LA MADRE TIERRA/
POBLACIÓN INDÍGENA/ PUEBLOS INDÍGENAS/ YAMINAHUA/
MACHINERI/ ESSE EJJA/ TACANA/ CAVIVEÑO/ PUEBLOS INDÍGENAS
ALTAMENTE VULNERABLES/ DERECHOS DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS/ DERECHOS HUMANOS/ POBREZA
Con el apoyo de la Embajada de Suecia
UNFPA - BOLIVIA
CALLE 18 DE CALACOTO Nº 8022
EDIFICIO PARQUE 18, PISO 1.
TEL. 591.2.2121693
FAX. 591.2.2145677
EMAIL: bolivia.office@unfpa.org
Elaborado por:
Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA.
Coordinación y revisión:
Alejandra Alzérreca - UNFPA
Consultor:
José Zegarra
Diseño y diagramación:
Walter Saavedra - 3Kamaleon
Impresión:
Editorial Abbase - 2487800
Depósito Legal:
4-2-1201-16
Esta publicación fue posible gracias al apoyo de la
Embajada de Suecia
Se permite la reproducción total o parcial de la
información aquí publicada, siempre que no sea
alterada y se asignen los créditos correspondientes.
Prohibida su venta
Esta publicación es de distribución gratuita
La Paz – Bolivia 2016
4.
5. 5Derechos de los pueblos indígenas originarios
Los derechos de los pueblos indígenas
son reconocidos en diversos instrumentos
internacionales y en normativa específica nacional.
En el ámbito internacional, la Declaración de las
Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos
indígenas y el Convenio 169 de la Organización
Internacional de Trabajo - OIT, constituyen el marco
de reconocimiento de los derechos colectivos de
los pueblos indígenas. En Bolivia, la Constitución
Política del Estado, que fue promulgada el 7 de
febrero de 2009, representa un avance histórico en
materia de Derechos Humanos y particularmente,
en relación a los derechos de los pueblos indígenas,
y en función a ésta se han desarrollado al menos
seis leyes específicas que buscan garantizar los
derechos de los pueblos indígenas en los ámbitos
de la educación, autonomía, protección de la
madre tierra, protección de los pueblos indígenas
altamente vulnerables, medicina tradicional
ancestral, y lucha contra el racismo y toda forma de
discriminación, entre otras.
El Gobierno Autónomo Departamental de Pando,
en el marco de su autonomía y cumpliendo su
facultad legislativa, en estrecha coordinación con
la Asamblea Legislativa Departamental de Pando,
ha generado un marco normativo en pleno respeto
a la Constitución Política del Estado que reconoce
y busca garantizar a nivel de su jurisdicción los
derechos individuales y colectivos de los seis
pueblos indigenas que viven en este territorio. El
marco normativo está constituido por el Estatuto
Autonómico Departamental y la Ley de Control
Social y Participación Ciudadana que reconoce el
derecho a la Consulta Previa Libre e Informada a los
Pueblos Indígenas.
EnesemarcoelGobiernoAutónomoDepartamental
de Pando, en alianza con las organizaciones de
pueblos indigenas de Pando (CIPOAP y CIMAP) y el
Fondo de Población de las Naciones Unidas - UNFPA,
presentan el paquete de materiales didácticos para
socializarelmarconormativointernacional,nacional
y departamental de protección de los Derechos de
los Pueblos Indígenas, como parte de las políticas
públicas departamentales dirigidas a garantizar el
ejercicio de los derechos individuales y colectivos
de los seis pueblos indígenas del Departamento de
Pando: Yaminahua, Machineri, Esse Ejja, Tacana,
Cavineño y Pacahuara.
PRESENTACIÓN
Luis Adolfo Flores
Gobernador
Departamento de Pando
Ana Angarita Noguera
Representante
UNFPA Bolivia
6.
7. 1. LA LEY No 071 DE DERECHOS DE LA MADRE TIERRA 11
1.1. Madre Tierra: definición y carácter 12
1.2. Sistemas de Vida 13
1.3. Derechos de la Madre Tierra 15
1.4. Obligaciones del Estado Plurinacional 17
1.5. Deberes de las personas 21
EN RESUMEN 27
BIBLIOGRAFÍA 29
ÍNDICE
8.
9. Objetivo de la cartilla
Conocemos la Ley No 071 de Derechos
de la Madre Tierra, así como las
obligaciones y deberes de la sociedad,
el Estado Plurinacional y los Pueblos
Indígenas para garantizar el respeto y
cumplimiento de estos derechos.
10. Luego respondemos las siguientes preguntas:
¿Según la cosmovisión de nuestro Pueblo qué entendemos por
Madre Tierra?
R.
Reunidos en un grupo de
trabajo compartimos la
siguiente definición de Madre
Tierra:
La Madre Tierra
Es la concepción empleada
por los Pueblos Indígenas para
designar a aquello que nos
da vida; la cual proviene del
término aymara Pachamama,
pacha significa tierra, cosmos,
y mama: significa madre, dando
como significado la riqueza
natural que se obtiene de ella
(Joanna D. Oporto Soliz, 2013).
Asimismo, la “Pachamama” es
entendida y concebida como
un ser vivo, del cual depende la
vida del ser humano y de todas
las formas de vida.
Actividad 1
11. 11Derechos de los pueblos indígenas originarios
1. LA LEY No 071 DE DERECHOS DE
LA MADRE TIERRA
El 21 de diciembre de 2010, se promulga la Ley de Derechos de
la Madre Tierra, con el objeto de reconocer los Derechos de la
Madre Tierra, así como los deberes y obligaciones de la sociedad,
creando la Defensoría de la Madre Tierra, cuya misión es velar por
la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los Derechos de
la Madre Tierra, establecidos en esta ley.
Esta ley tiene principios de cumplimiento obligatorio, los cuales
son: Armonía, bien colectivo, garantía de regeneración de la Madre
Tierra, respeto y defensa de los Derechos de la Madre Tierra, no
mercantilización, interculturalidad (Ley Nº 071 de Derechos de la
Madre Tierra, Art.2)
12. 12 Derechos de los pueblos indígenas originarios
1.1. Madre Tierra: definición y carácter
La Madre Tierra es el sistema viviente dinámico
conformado por la comunidad indivisible de todos los
sistemas de vida y los seres vivos, interrelacionados,
interdependientes y complementarios, que comparten
un destino común (Art. 3).
La madre tierra es muy importante no solamente
para nuestros Pueblos sino para la existencia de la
humanidad y todo tipo de especies vivas, porque
nos brinda componentes y recursos para nuestra
subsistencia, que a su vez forman y son sistemas que
se relacionan entre sí.
Entre estos sistemas están la flora, la fauna, el agua,
el aire, los minerales y otros que son indispensables
vitales para nuestra existencia. Así por ejemplo,
la Madre Tierra nos brinda agua para efectuar
actividades como la ganadería, agricultura, producción
de alimentos, limpieza y demás. De modo que sin agua
simplemente nuestra existencia no sería posible.
De manera que la madre tierra puede vivir sin
nosotros, pero nosotros no podemos vivir sin ella.
13. 13Derechos de los pueblos indígenas originarios
1.2. Sistemas de Vida
Sistemas de Vida son comunidades donde
interactúan comunidades humanas y el resto de
la naturaleza como una unidad, que combina las
prácticas productivas, la diversidad cultural de
los bolivianos y bolivianas, y las cosmovisiones
de las naciones y pueblos indígenas (Art.4).
Por ejemplo, en San Buenaventura Alto Madidi,
donde confluyen el Parque Nacional y Área
Natural de Manejo Integrado Madidi y la Tierra
Comunitaria de Origen Tacana, forman parte
del sistema de vida un conjunto de especies de
animales, plantas y otros seres vivos.
Entre ellos:
El jaguar (Panthera onca)
El Chancho de Tropa (Tayassu pecari)
La peta de agua (Podocnemis unifilis)
Y otra infinidad de plantas y animales.
14. 14 Derechos de los pueblos indígenas originarios
Lamentablemente, tanto el jaguar, el chancho de tropa y la peta
de agua, así como otras especies de plantas y animales, que
forman parte del sistema de vida son especies amenazadas, es
decir, en riesgo de desaparecer.
Y esto se debe fundamentalmente a la caza indiscriminada de
estos animales, así como a la deforestación y tala indiscriminada
de árboles que vulnera su hábitat natural.
En forma individual respondemos las siguientes
preguntas:
¿Cuál son las amenazas existentes en nuestro
sistema de vida?
R.
¿Qué acciones forman parte de la cultura de
nuestros Pueblos que permiten proteger la Madre
Tierra?
R.
Actividad 2
Luego compartimos lo trabajado en nuestra comunidad.
15. 15Derechos de los pueblos indígenas originarios
1.3. Derechos de la
Madre Tierra
La Ley 071 establece los
siguientes derechos de la
Madre Tierra:
A la vida
A la diversidad de la
vida
Al agua
A vivir libre de
contaminación
Al aire limpio
Al equilibrio
A la restauración
A la vida:
Es el derecho al
mantenimiento de la
integridad de los sistemas
de vida y los procesos
naturales que los
sustentan, así como las
capacidades y condiciones
para su regeneración.
Al agua:
Es el derecho a la
preservación del agua, de
su existencia en la cantidad
y calidad necesarias para
el sostenimiento de los
sistemas de vida, y su
protección frente a la
contaminación.
Al equilibrio:
Es el derecho al
mantenimiento o
restauración de
la interrelación,
interdependencia,
complementariedad
y funcionalidad de los
componentes de la
Madre Tierra, de forma
equilibrada para la
reproducción de sus
procesos vitales.
15Derechos de los pueblos indígenas originarios
preservación del agua, de
su existencia en la cantidad
y calidad necesarias para
16. 16 Derechos de los pueblos indígenas originarios
Derecho a la diversidad de la vida:
Derecho al aire limpio:
Derecho a vivir libre de contaminación:
Otros derechos de la Madre Tierra son: a la diversidad de la vida, al aire limpio y a vivir libre de
contaminación en grupos de trabajo explicamos que entendemos por cada uno de ellos.
Luego compartimos lo trabajado con nuestra comunidad.
Actividad 3
17. 1.4. Obligaciones del Estado Plurinacional
El Estado Plurinacional, en todos sus niveles y ámbitos territoriales y a través de todas sus autoridades e
instituciones, tiene las siguientes obligaciones para el cumplimiento de los Derechos de la Madre Tierra
(Ley No 071, Art. 8):
1. Desarrollar políticas públicas y acciones de prevención, alerta temprana, protección, precaución, para
evitar que las actividades humanas conduzcan a la extinción de poblaciones de seres, la alteración de
los ciclos y procesos que garantizan la vida de la Madre Tierra.
2. Desarrollar formas de producción y patrones de consumo equilibrados para la satisfacción de las
necesidades del pueblo boliviano para el Vivir Bien.
3. Desarrollar políticas para defender la Madre Tierra en el ámbito plurinacional e internacional de la
sobreexplotación de sus componentes, de la mercantilización de los sistemas de vida y de las causas
estructurales del Cambio Climático Global.estructurales del Cambio Climático Global.
18. 18 Derechos de los pueblos indígenas originarios
4. Desarrollar políticas para asegurar la soberanía energética a largo plazo a partir del
ahorro, el aumento de la eficiencia y la incorporación paulatina de fuentes alternativas
limpias y renovables en la matriz energética.
5. Demandar en el ámbito internacional el reconocimiento de la deuda ambiental a través
de financiamiento y transferencia de tecnologías limpias, efectivas y compatibles con
los derechos de la madre tierra, además de otros mecanismos.
6. Promover la paz y la eliminación de todas las armas nucleares, químicas, biológicas y de
destrucción masiva.
7. Promover el reconocimiento y defensa de los derechos de la Madre Tierra en el ámbito
multilateral, regional y bilateral de las relaciones internacionalesmultilateral, regional y bilateral de las relaciones internacionales
19. 19Derechos de los pueblos indígenas originarios
Todos debemos luchar por el cumplimiento de los derechos de la Madre Tierra,
reconociendo con gratitud que la Madre Tierra es fuente de vida, alimento,
enseñanza, y provee todo lo que necesitamos para vivir bien. Considerando
que todos somos parte de ella, una comunidad indivisible vital de seres
interdependientes e interrelacionados con un destino común.
20. 20 Derechos de los pueblos indígenas originarios
1. ¿Qué acciones observamos en
nuestros territorios que afectan y
ponen en riesgo el equilibrio de la
Madre Tierra?
R.
2. ¿Cómo interviene el Estado
a través de los ministerios,
gobernaciones y otras instancias
ante estas acciones?
R.
3. ¿Qué hacemos nosotros como
Pueblos Indígenas ante estas
acciones?
R.
En grupos de trabajo respondemos las siguientes preguntas:
Actividad 4
21. 21Derechos de los pueblos indígenas originarios
1.5. Deberes de las personas
La Ley también establece un conjunto de deberes que las personas están en la obligación de cumplir para cuidar
los Derechos de la Madre Tierra. Estos son (Ley No 071, Art. 9):
Defender y respetar los derechos de la
Madre Tierra.
Promover la armonía en la Madre
Tierra en todos los ámbitos de su
relacionamiento con el resto de las
comunidades humanas y el resto de la
naturaleza en los sistemas de vida.
Acudir a la convocatoria de las
autoridades competentes o la sociedad
civil organizada para la realización de
acciones orientadas a la conservación
y/o protección de la Madre Tierra.
Asumir prácticas de producción y
hábitos de consumo en armonía con los
derechos de la Madre Tierra.
22. 22 Derechos de los pueblos indígenas originarios
Asegurar el uso y aprovechamiento sustentable de los componentes de la Madre Tierra.
Participar de forma activa, personal o colectivamente, en la generación de propuestas orientadas al
respeto y la defensa de los derechos de la Madre Tierra.
Denunciar todo acto que atente contra los derechos de la Madre Tierra, sus sistemas de vida y/o sus
componentes.
23. 23Derechos de los pueblos indígenas originarios
Actividad 5
Organizados en grupos de trabajo elaboramos un dibujo que muestre la diversidad de los sistemas de
vida que existen en nuestro territorio, identificando cuáles están en riesgo y cuáles no.
Luego compartimos los puntos identificados con nuestro grupo generando reflexión y debate.
Los sistemas de vida de nuestro territorio
24. 24 Derechos de los pueblos indígenas originarios
Actividad 6
Luego elaboramos un dibujo que explique por qué el ser humano, no podría vivir sin la Madre Tierra.
Luego compartimos los puntos identificados con nuestro grupo generando reflexión y debate.
25. 25Derechos de los pueblos indígenas originarios
Organizados en grupos de trabajo elegimos un
Derecho de la Madre Tierra y planteamos acciones
que se deberían tomar para fortalecer el mismo.
Derecho de la Madre Tierra:
Acciones que debería realizar el gobierno
departamental:
Acciones que deberían realizar el municipio:
Acciones que deberíamos realizar como pueblo o
comunidad:
Actividad 7
26.
27. 27Derechos de los pueblos indígenas originarios
La Madre Tierra es la fuente de vida de todos los seres
vivos que coexisten en ella; la acción que ejercemos
sobre ella refleja el modo en que nos relacionamos y
vinculamos con la Madre Tierra.
Y esta acción en los últimos tiempos ha
generado una serie de daños sobre ella, como la:
deforestación, contaminación, calentamiento global,
sobreexplotación, mal uso de suelos, entre otros.
No obstante a través de los tiempos, los pueblos
indígenas plenos de esencia y significado, han
mantenido sus costumbres de respeto y convivencia
armónica con la madre tierra, que se expresan
en costumbres y rituales que forman parte de la
convivencia que establecen con la naturaleza viva.
En ese marco la Ley No 071 tiene por objeto reconocer
los Derechos de la Madre Tierra, concibiendo
que todos y todas somos parte de ella, como
una comunidad que no se puede separar y que
dependemos unos de otros para vivir.
La presente cartilla, teniendo en cuenta todo ello, es
un material orientado a compartir con los Pueblos
Indígenas una síntesis de la Ley 071 de Derechos de la
Madre Tierra, vinculando su contenido con la sabiduría
de los propios Pueblos.
En resumen
29. 29Derechos de los pueblos indígenas originarios
Bolivia.
2010, Ley Nº 071 de Derechos de la Madre Tierra.
Bolivia
2012, Ley Nº 300 Marco de la Madre Tierra y Desarrollo
Integral para Vivir Bien.
Central Indígena de los Pueblos Originarios de la
Amazonía de Pando y Central Indígena de Mujeres de
la Amazonía de Pando.
2013, Diagnóstico Participativo de los Pueblos
Indígenas de Pando. Pando, Bolivia: CIPOAP – CIMAP.
Bibliografía