Este documento describe los principales aspectos del Registro Mercantil en Venezuela. Explica que el Registro Mercantil es la institución que proporciona publicidad y firmeza a los actos y contratos comerciales mediante la inscripción de sujetos y negocios jurídicos. También describe la organización interna y externa del Registro Mercantil, los actos que pueden inscribirse, y otros conceptos mercantiles como fondos de comercio, boletines de publicidad, y tipos de empresas como cooperativas.
Breves consideraciones en torno a las sociedades unipersonales y sus efectos ...Alejandro Germán Rodriguez
Una de las cuestiones novedosas y controvertidas que el Código Civil y Comercial(1) ha incorporado a nuestro sistema jurídico es la relativa a la aceptación de las denominadas
“sociedades unipersonales”, variando con la enmienda legislativa en forma trascendente no solo la letra anterior de la entonces “ley de sociedades comerciales” (LSC) (arts. 1,
11 y ccs., L. 19550)(2), sino también en contradicción con calificada opinión autoral en contrario, receptada en la jurisprudencia de otrora y en invariables resoluciones de la Inspección General de Justicia en cuanto exigían pluralidad sustancial de socios, recaudo insoslayable tanto al constituir la sociedad comercial (veda de unipersonalidad
originaria) como durante su funcionamiento (veda de unipersonalidad derivada).
Breves consideraciones en torno a las sociedades unipersonales y sus efectos ...Alejandro Germán Rodriguez
Una de las cuestiones novedosas y controvertidas que el Código Civil y Comercial(1) ha incorporado a nuestro sistema jurídico es la relativa a la aceptación de las denominadas
“sociedades unipersonales”, variando con la enmienda legislativa en forma trascendente no solo la letra anterior de la entonces “ley de sociedades comerciales” (LSC) (arts. 1,
11 y ccs., L. 19550)(2), sino también en contradicción con calificada opinión autoral en contrario, receptada en la jurisprudencia de otrora y en invariables resoluciones de la Inspección General de Justicia en cuanto exigían pluralidad sustancial de socios, recaudo insoslayable tanto al constituir la sociedad comercial (veda de unipersonalidad
originaria) como durante su funcionamiento (veda de unipersonalidad derivada).
Diapositivas de derecho corporativo fiscal en donde de manera sucinta se resalta la necesidad de cumplir con las obligaciones corporativas que tiene incidencia en el derecho fiscal.
¿Con cuánto tiempo de anticipación se debe convocar a la Asamblea de Accionistas que aprueba, desaprueba o modifica los balances?. Esperemos llegar a una respuesta que ofrezca soluciones tanto a administradores, como a accionistas (en especial si son minoritarios o no administradores de la sociedad) aplicando los métodos interpretativos adecuados. La tentación por la interpretación literal se hace más obvia en aquellas ramas del derecho en las cuales su cotidianeidad y la agilidad que la materia representa en su esencia misma, como lo es el derecho mercantil y donde la codificación intenta darnos un catálogo de soluciones prefabricadas que faciliten el cada vez más dinámico intercambio de bienes y servicios.Nuestro trabajo pretende mostrar como, transitando de la interpretación literal a la sistemática, un asunto que parece sencillo puede tener serias complicaciones; se trata de resolver esa pregunta que parece simple pero que en la práctica trae algunos problemas a abogados, empresarios y administradores.
Debe citarse:
González De La Vega, Vicente E.: Interpretación sistemática de los artículos 277 y 284 del Código de Comercio Venezolano, Repositorio Institucional de la Universidad Central de Venezuela, trabajos no publicados, Caracas, 2013. Disponible digitalmente en: http://saber.ucv.ve/jspui/handle/123456789/5299
Diapositivas de derecho corporativo fiscal en donde de manera sucinta se resalta la necesidad de cumplir con las obligaciones corporativas que tiene incidencia en el derecho fiscal.
¿Con cuánto tiempo de anticipación se debe convocar a la Asamblea de Accionistas que aprueba, desaprueba o modifica los balances?. Esperemos llegar a una respuesta que ofrezca soluciones tanto a administradores, como a accionistas (en especial si son minoritarios o no administradores de la sociedad) aplicando los métodos interpretativos adecuados. La tentación por la interpretación literal se hace más obvia en aquellas ramas del derecho en las cuales su cotidianeidad y la agilidad que la materia representa en su esencia misma, como lo es el derecho mercantil y donde la codificación intenta darnos un catálogo de soluciones prefabricadas que faciliten el cada vez más dinámico intercambio de bienes y servicios.Nuestro trabajo pretende mostrar como, transitando de la interpretación literal a la sistemática, un asunto que parece sencillo puede tener serias complicaciones; se trata de resolver esa pregunta que parece simple pero que en la práctica trae algunos problemas a abogados, empresarios y administradores.
Debe citarse:
González De La Vega, Vicente E.: Interpretación sistemática de los artículos 277 y 284 del Código de Comercio Venezolano, Repositorio Institucional de la Universidad Central de Venezuela, trabajos no publicados, Caracas, 2013. Disponible digitalmente en: http://saber.ucv.ve/jspui/handle/123456789/5299
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Libro dryn
1. ..
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
El registro mercantil.
Barquisimeto, mayo 2021
Autor:
Mendoza, Mirabal. 29.873.486
Docente: Abg. Mariana
Colmenarez.
Asignatura: D. Registran y
Notarial.
Sección: saia A
2. Introducción.
Antes de comenzar es vital tener un concepto base sobre que son los
registros mercantiles; por ende, estos se detienen como la Institución Jurídica,
que proporciona publicidad y firmeza a los actos y contratos del comercio,
mediante la inscripción de las partes y de los negocios jurídicos en la Oficina
Especial confiada a un funcionario público que de fe de la autenticidad de las
manifestaciones y de los datos que constan en los libros y asientos por él
autorizados.
También se puede definir como un instrumento que ha creado el Estado,
para poder controlar la conformación de sociedades en materia mercantil y
comercial, y de esta manera también regular las obligaciones a las que están
sujetos que de forma voluntaria deseen formar parte de dicha sociedad.
Capítulo I.
Teniendo ya claro que el registro mercantil, Se trata de un registro de
acceso público donde se inscriben hechos y actos relativos a empresarios y
sociedades mercantiles con el fin de dar publicidad de ellos. Procedemos a definir
su objeto.
El Registro Mercantil tiene por objeto:
La inscripción de los comerciantes individuales y sociales y demás sujetos
señalados por la ley, así como la inscripción de los actos y contratos
relativos a los mismos, de conformidad con la ley.
La inscripción de los representantes o agentes comerciales de
establecimientos públicos extranjeros o sociedades mercantiles constituidas
fuera del país, cuando hagan negocios en la República.
La legalización de los libros de los comerciantes.
El depósito y publicidad de los estados contables y de los informes
periódicos de las firmar mercantiles.
La inscripción de cualquier otro acto señalado en la Ley de Registros y del
Notariado.
ORGANIZACIÓN DEL REGISTRO Su organización es responsabilidad del
Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Interior y Justicia, a través de la
3. Dirección Nacional de Registros y del Notariado. ORGANIZACIÓN EXTERNA La
institución del Registro Público funcionará por medio de OFICINAS PRINCIPALES
y OFICINAS SUBALTERNAS DE REGISTRO. En la capital de la República, en las
capitales de los Estados, habrá una Oficina Principal de Registro; y en cada uno
de los Municipios del Distrito Federal y de los Municipios de los Estados, habrá por
lo menos una Oficina Subalterna de Registro (Arts.1913 y 1928 C.C.)
Artículo 29 La organización de los registros y notarías es responsabilidad
del Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Interior y Justicia, a través del
Servicio Autónomo de Registros y Notarías. Base de datos nacional Artículo 30 En
el Distrito Metropolitano de Caracas funcionará la base de datos que consolidará y
respaldará la información de todas las materias registrales y notariales
correspondientes a los registros y notarías del país, sin perjuicio de los respaldos
que se puedan establecer en otras entidades a los fines de salvaguardar la
información contenida en la base de datos nacional. Bases de datos regionales
Artículo 31 El Servicio Autónomo de Registros y Notarías determinará las
entidades regionales donde se mantendrán las bases de datos que consolidarán y
respaldarán la información de todas las materias correspondientes a los registros y
notarías. Cada oficina de Registro y de Notaría mantendrá un sistema de
información donde residirán los datos de su especialidad registral, notarial y los
demás que señale el Reglamento de esta Ley. Digitalización de imágenes Artículo
32 Las imágenes de los testimonios notariales y de los documentos que ingresan
al Registro, serán digitalizadas y relacionadas tecnológicamente por el sistema.
Estas imágenes serán incorporadas en la base de datos y podrán ser consultadas
de manera simultánea con los asientos registrales y notariales relacionados.
Propiedad de los sistemas registrales y notariales Artículo 33 Los sistemas,
programas, aplicaciones y demás componentes informáticos que sirven de
plataforma tecnológica a la operación registral y notarial en todo el país, en sus
vertientes jurídicas, administrativas, contables y de comunicaciones, son
propiedad de la República. Solamente serán permitidos aquellos cambios y usos
de otros sistemas de información autorizados por el Servicio Autónomo de
Registros y Notarías. Organización De Los Registros Mercantiles
ORGANIZACIÓN INTERNA DEL REGISTRO MERCANTIL.
Un Registrador Mercantil.
Un Asesor o Revisor Legal.
Un Administrador.
Un Asistente Administrativo.
Un Calculista.
Un jefe de Archivo y Archivista.
Un jefe de Personal.
Un recepcionista que tiene a su cargo el Libro Índice de Otorgantes.-
4. Actos inscribibles
Capítulo II.
Actos inscribibles.
La inscripción de sujetos y de actos en el Registro Mercantil está sometida
al llamado principio de tipicidad: existe un numerus clausus de sujetos y de actos
inscribibles. Solamente son inscribibles en los Registro Mercantil aquellos sujetos
y aquellos actos determinados por la Ley
Según lo que indica el artículo 19 del Código de Comercio de Venezuela,
dice que todas las sociedades mercantiles deben inscribirse en el Registro
Mercantil en Venezuela, con carácter obligatorio, ya que el estado puede
considerar dicha sociedad invalida. ... Tal como lo establece el artículo 27 del
Código de Comercio.
Registros comerciales.
El registro mercantil es una institución administrativa que tiene por objeto la
publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios en los inscritos.
La función primordial del registro mercantil es ser un instrumento de publicidad.
El nombre de una empresa o también llamado nombre comercial es un
título que concede el derecho de utilizar dicho signo como elemento identificador
de la compañía. A través de este nombre comercial, tu empresa se puede
distinguir del resto de compañías, especialmente si realizan actividades muy
similares.
Mientras que, la sociedad mercantil es la personalidad jurídica que se crea
para iniciar una actividad económica con ámbito de lucro. En este sentido, uno o
más individuos se agrupan según la legislación mercantil, convirtiéndose de esta
manera en socios para desempeñar una actividad económica y de explotación con
la meta final de conseguir unos beneficios. El principal motivo para constituir una
sociedad mercantil es crear una relación entre los socios a partir de la cual cada
uno pueda aportar los recursos según su capacidad, así como las competencias,
conocimientos y saber hacer de cada uno.
Capítulo III.
Fondos de comercio.
Lo forman una serie de activos intangibles de una empresa, que son
capaces de crear beneficios, y que, por tanto, aportan un valor extra del
comprendido en los documentos contables. Esta formado por:
Prestigio.
5. Valor de marca.
Clientela.
Eficiencia.
Organización.
Etc.
En el caso de una compraventa, es fácil ver el valor del Fondo de comercio,
ya que es la diferencia entre el valor del patrimonio neto y el valor final pagado.
Ejemplo: la empresa tiene un patrimonio neto de 30 millones y la venta se realiza
por 40 millones. El “FC” será de 10 millones.
Otros documentos mercantiles.
Boletines de publicidad.
Es el órgano de notificación establecido en la Ley de Propiedad Industrial,
en él, se publican todas las decisiones que toma la autoridad administrativa, que
afectan las solicitudes de registros presentadas.
Las publicaciones realizadas a través del Boletín de Propiedad Industrial
(BPI) tienen carácter público, los actos y resoluciones tendrán autenticidad y vigor
a partir de la publicación en el mismo. La regulación del BPI se encuentra
establecida en el Capítulo VIII, artículos del 54 al 57 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Caducidad de las acciones
Mediante sentencia N° 707 del 08 de noviembre de 2016, la Sala de
Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, señaló que de conformidad con el
artículo 55 de la ley de Registro Público y del Notariado la caducidad para
demandar la nulidad de una asamblea de accionistas es de un año, contado a
partir de la publicación del acto inscrito, esto es que la caducidad comienza a
contar no con respecto a la inscripción del acto en el Registro Mercantil sino de su
posterior publicación. En concreto, se señaló que:
“De la trascripción supra realizada, puede constatarse con meridiana
claridad, que el juez de alzada basa su decisión de declarar la caducidad de
la acción respecto a las actas asambleas de accionistas cuya nulidad se pretende,
tomando como fecha de inicio para el computo del lapso, la data en que fueron
registradas las actas.
Potestades de control del registrador.
6. Corresponde al Registrador Mercantil vigilar el cumplimiento de los
requisitos legales establecidos para la constitución y funcionamiento de las
compañías anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada, de
conformidad con el parágrafo único del artículo 200 del Código de Comercio.
Folio real y folio personal.
El folio real será elaborado por medios mecánicos o automatizados, y
consiste en un detallado resumen de la operación sujeta a inscripción, que permita
de manera clara y precisa establecer la tradición legal del inmueble, todas las
cargas y gravámenes que se constituyan y sus respectivas cancelaciones
Por su parte, el folio personal. Se dice que es un sistema de folio personal
porque las inscripciones regstrales se organizan tomando como elemento
clasificador a las personas (naturales o jurídicas)
Empresas de producción social.
Las empresas de producción social (EPS): Son entidades integrales, ellas
pueden ser empresas de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con la misión
de establecer nuevas formas de producción social y eficientes con una distribución
de sus excedentes o beneficios en base a principios de justicia, equidad y
reciprocidad hacia toda la comunidad que participa y el uso de técnicas y
tecnología; y tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que
satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno
(alimentación, vestimenta, vivienda, educación y salud) a través del trabajo digno
de hombres y mujeres).
Cooperativas
Las cooperativas son empresas centradas en las personas, que pertenecen
a sus miembros, quienes las controlan y dirigen para dar respuesta a las
necesidades y ambiciones de carácter económico, social y cultural comunes.
Las cooperativas unen a las personas de manera democrática e igualitaria.