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UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Yurleidys Aranguren
C.I: V- 28.609.538
Marianna colmenarez
Sección T-613
Cátedra Derecho Registral y
Notarial
LOS
REGISTROS
PUBLICOS
2
"El derecho registral integra el sistema jurídico
con normas y principios propios de derecho
publico y privado que coexisten y funcionan
armónicamente constituyendo una disciplina
independiente y de la cual el Sistema Registral
Inmobiliario es una de sus principales ramas«
Con este concepto damos paso a lo que son los
registros públicos, que nace del derecho
registrado, entonces el Registro Público,
especificamente en Venezuela es una institución
dinámica cuyas fuentes legislativas emanan de
diversos niveles de producción normativa y las
constantes reformas de la Ley adjetiva especial
han creado problemas a los usuarios en la
identificación de los procedimientos registrales.
INTRODUCCIÓN
Son una Institución Jurídica que
persigue determinados fines, el
cual es una fuente de
información donde se hace
constar, mediante la extensión
de asientos y demás
operaciones, los hechos, actos
y situaciones de trascendencia
jurídica, y donde se suministran
medios probatorios de fácil
obtención y señalada eficacia.
Los Registros Públicos son
Instituciones destinadas a dar
fe público de actos,
documentos, contratos y
resoluciones de índole muy
diversas, con preponderancia
Administrativa y Judicial.
El propósito fundamental de los
Registros y Notarías es
garantizar, mediante la
publicidad registral, la certeza y
la seguridad jurídica de los
bienes o derechos inscritos,
otorgándoles la presunción de
verdad legal, oponible a
terceros. Los asientos
registrales están bajo la
salvaguarda de los Tribunales
y producen todos sus efectos
mientras no se declare su
inexactitud.
FUNDAMENTO
Se basa en la importancia
que tiene para el estado la
realización de la publicidad
registral.
MISIÓN
Es garantizar la seguridad
jurídica de los actos y de los
derechos inscritos, con
respecto a terceros,
mediante la publicidad
registral. Su fundamento se
basa en la importancia que
tiene para el Estado la
realización de la Publicidad
Registral.
ORGANIZACIÓN
Su organización es
responsabilidad del Ejecutivo
Nacional por órgano del
Ministerio del Interior y
Justicia, a través de la
Dirección Nacional de
Registros y del Notariado.
LOS REGISTRO PUBLICOS
4
ORGANIZACIÓN EXTERNA E
INTERNA DEL REGISTRO
PÚBLICO:
A.ORGANIZACIÓN EXTERNA:
El Registro Público Venezolano
funcionará por medio de
Oficinas Principales y Oficinas
Subalternas del Registro.
La Oficina Principal del
Registro Público estará en la
Capital de la República y en
cada una de las Capitales de
cada Estado. En cada uno de
los Municipios de los Estados,
habrá por lo menos una.
La Oficina Subalterna del
Registro (Art. 2 Ex Lex
Registro Público)
Art. 2 Ley de Registro Público:
Tanto en la Capital de la
República como en cada una
de las Capitales de los
Estados, habrá una Oficina
Principal de Registro; y en
cada uno de los Municipios
del Distrito Federal y de los
Municipios de los Estados,
habrá por lo menos una
Oficina Subalterna de
Registro, la cual tendrá su
sede en la ciudad cabecera o
en otra población importante
del Municipio.
Las dependencias federales
estarán adscritas para los
efectos del Registro a la
jurisdicción de la Oficina
Subalterna del Registro del
Municipio Vargas del Distrito
Federal.
PARÁGRAFO ÚNICO: En el
caso de creación de un nuevo
Municipio, el Ejecutivo
Nacional podrá mantener por
tiempo limitado o
indeterminado, la jurisdicción
de la Oficina u Oficinas
Subalternas que para tal
momento la tengan sobre el
territorio del nuevo
Municipio.
Podrá así mismo el Ejecutivo
Nacional suprimir la Oficina
Subalterna de un
determinado Municipio,
ampliando simultáneamente
la jurisdicción de otra u otras
de las Oficinas Subalternas.
5
que funcionen en los
Municipios limítrofes del
mismo Estado
En caso de creación de un
nuevo Municipio, el Ejecutivo
Nacional podrá mantener por
tiempo limitado o
indeterminado, la jurisdicción
de la Oficina Subalterna que
para el momento tengan sobre
el territorio del nuevo
Municipio. También el
Ejecutivo Nacional podrá
eliminar la Oficina Subalterna
de un Municipio ampliando
simultáneamente la
jurisdicción de otra u otras
Oficinas Subalternas que
funcionen en los Municipios
limítrofes del Estado.
ORGANIZACIÓN INTERNA:
La distribución de un Registro
debe ser:
Despacho del Jefe de Servicio,
para recibir el público y
calcular los impuestos,
emolumentos y la planilla de
auto liquidación de los
documentos.
Una Dependencia para
presentaciones, donde el
usuario vuelve después de
haber cancelado en el
Banco.
La Secretaria.
Una dependencia para los
Escribientes, que realizan los
asientos en los Libros
respectivos.
Una dependencia para la
fotocopiadora, en los sitios
donde hay, sin acceso al
público.
Una dependencia para el
otorgamiento de los
documentos.
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para atender sus consultas.
Una Sala de Archivo, donde
los Documentos y Libros
deben estar en orden, bien
conservados y protegidos, la
cual estará abierta al
público.
Una Sala de Servicios.
Una dependencia para el
visto bueno de todo
Documento Original, donde
6
se revisan el tracto sucesoral o
sucesión correcta de
propietarios, también la
conformidad de los linderos con
los linderos que se encuentran
en los Protocolos.
Las funciones del Registro
Público están estipuladas en el
Art. 1357 del Código Civil donde
se expresa que los Registradores
tienen la facultad de dar fe
pública de los Instrumentos
Públicos o Auténticos, previas
las solemnidades de Ley y en el
sitio donde el instrumento se
haya autorizado, de los Art. 23 y
25 del Decreto con Fuerza de
Ley del Registro Público y
Notariado se desprende que
los registradores merecen fe
pública en todos los actos,
declaraciones y
certificaciones que con tal
carácter autoricen.
Efectos jurídicos
Artículo 25 DFLRPN: Los
asientos e información
registrales contenidos y
emanados oficialmente del
sistema registral surtirán
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que corresponden a los
documentos públicos.
El Registrador Público tiene
función Jurisdiccional porque
a cada Oficina del Registro se
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competencia territorial o
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Registro Principal le
corresponde Jurisdicción en
su respectivo Estado de la
7
República y al Registro
Principal de Caracas tiene la
Jurisdicción sobre el Distrito
Capital.
EL REGISTRADOR PÚBLICO.
Es un funcionario encargado
de anotar, inscribir, certificar y
dar fe pública de todos los
actos que se encuentren en el
Registro Público.
Como dice Cabanellas, en su
Diccionario Enciclopédico de
Derecho Usual, es un
“funcionario o empleado
encargado de un Registro
Público”.
Para se Registrador Principal o
Subalterno, la Ex lex de
Registro Público establece en
el Art. 29 los siguientes
requisitos previos:
a.-Ser venezolano por
nacimiento y mayor de 25
años.
b.-Tener reconocida
honorabilidad.
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suficientes de las materias
relacionadas con el Registro
Público.
d.-Saber leer y escribir
correctamente el idioma
castellano.
En ese mismo artículo se
establecen las Prohibiciones
para ejercer el Cargo de
Registrador Principal o
Subalterno, que son:
a.-No Podrán desempeñar, ni
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de Registrador los que no
estuvieren en el libre
ejercicio de sus Derechos
Civiles, y los que estén
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la inhabilitación política.
b.-Los militares en servicio
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c.-Los que padezcan de
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8
El Registrador Principal o
Subalterno y los demás
empleados de la Oficina
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nombrados por el Ministro de
Interior y Justicia (Art. 16 y 17
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Artículo 16 DCFLRPN: Los
Registradores y Notarios, así
como los funcionarios de sus
respectivas dependencias
ocupan cargos de confianza y
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nombramiento y remoción, de
conformidad con lo
establecido en el presente
Decreto Ley y en el
reglamento correspondiente.
Se denomina asiento registral,
en Derecho, a la constatación
escrita en un registro y derivada
de un título. En concreto, se
suele referir a la anotación de
un título o de otras
situaciones derivadas de éste
en el registro de la propiedad o
en el civil, y los asientos que
pueden hacerse son
inscripciones, anotaciones,
notas marginales, y
cancelaciones.
Las legislaciones suelen
considerar que las inscripciones
con los principales asientos
porque dan fe de los datos más
importantes y cuya constancia
son el objetivo principal de este
registro, como el nacimiento de
un individuo, la fundación de
una asociación, el cambio de
estado civil, la defunción de una
persona o la disolución de una
sociedad comercial, etcétera;
algunas legislaciones establecen
las anotaciones marginales que
se refieren a otros datos que la
ley estima conveniente que
tengan esta clase de asiento.
9
El asiento está constituido por
las situaciones inscritas, y no
debe confundirse con el título,
que es el documento donde se
fundamenta un derecho o un
acto. Así un contrato de compra
y venta sobre un inmueble (una
casa o finca, por ejemplo)
puede ser calificado como
"título", pero para inscribir tal
contrato en el registro es
necesario hacerlo en un asiento
registral, el cual resume los
datos fundamentales
contenidos en el título.
En el Registro de la propiedad
se distinguen los siguientes
asientos registrales: inscripción,
anotaciones preventivas, notas
marginales y cancelaciones.
El procedimiento para la
anotación de todos estos
asientos suele comenzar con un
asiento de presentación, que no
tiene otro objeto que preparar
y fijar la fecha de inicio de la
protección de registro. La
inscripción es el único asiento
destinado a dar publicidad de
su contenido, que puede ser
cualquier derecho real
inscribible.
Las anotaciones preventivas
son un asiento transitorio, de
menor solemnidad que la
inscripción, por regla general
referido a derechos eventuales.
Las notas marginales se
practican en la orilla de una
inscripción y contiene datos de
hechos o derechos que
dependen del asiento a cuyo
margen se realizan. Por último,
las cancelaciones son una
forma de asiento negativo, por
cuanto su función es negar en
todo o en parte una inscripción
anterior.
Registro Civil, también
llamado Registro Civil
del Estado en cuanto organismo
administrativo, centro
u oficina en cuyos libros se
harán constar los actos o
hechos concernientes al estado
civil de los ciudadanos;
atendiendo a su finalidad, es un
instrumento concebido para
constancia oficial de la
existencia, estado
10
civil y condición de las
personas. En España es una
expresión abreviada, puesto
que su nombre histórico es
Registro de los Estados Civiles.
Registro de la propiedad,
dispositivo oficial
de publicidad de los
inmuebles y de
los derechos que recaen sobre
los mismos. Tiene una
importancia extraordinaria en
cualquier sistema jurídico,
pues la certificación del
Registro de
la propiedad constituye la
mejor manera de conocer el
estado jurídico en el que se
encuentra un inmueble que se
desea adquirir o alquilar, por
ejemplo. Así, el comprador de
una finca que el vendedor
ofrece por una determinada
suma de dinero, comprobará
en el Registro si la finca
soporta cargas o gravámenes
que la hacen desmerecer
de valor (si se encuentra
gravada en favor de la finca
vecina con una servidumbre
de paso, si ha sido hipotecada
en garantía de un préstamo
que un banco ha concedido a
su dueño, entre otras
opciones).
Los asientos le dan legalidad a
los actos jurídicos, ya que se
considera que si una operación
no está asentada, no existe
registralmente.
Los asientos secundarios como
las notas marginales de
cancelación, sirven de
Economía Procesal para
enterarse más rápidamente de
las operaciones.
Art. 28 al 31 del Decreto con
Fuerza de Ley del Registro
Público y del Notariado.
11
La firma a ruego
Consiste en la posibilidad de
que otra persona, distinta en
principio de las partes, y en el
caso argentino de los testigos
del acto, suscriba el documento
a petición o instancias de
aquella que no sabe o no puede
escribir.
Si alguna de las partes no
sabe firmar, debe hacerlo a su
nombre otra persona que no
sea de los testigos del
instrumento, siendo nulas las
escrituras que no tuviesen
la firma a ruego, cuando no
saben o no pueden escribir. Así
reza el artículo 1004 del Código
Civil: 1004.
TIPOS DE REGISTRO PUBLICO
REGISTROS CIVILES
Se encargan de dejar
constancia de los hechos o
actos relativos al estado civil de
las personas naturales (Se
inscriben los nacimientos, la
filiación, nombre y apellido de
las personas; fallecimientos y
matrimonios), así como otros
que las leyes le encomienden.
REGISTROS MERCANTILES
Como institución tiene como
objeto la publicidad oficial de
las situaciones jurídicas de los
empresarios en el inscrito.
REGISTROS INMOBILIARIOS
Están destinados a crear
titularidades en virtud de
poder público y a la publicidad
de la situación jurídica de los
inmuebles
REGISTROS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL Es un mecanismo
administrativo para la
protección de los derechos de
propiedad intelectual de los
autores y demás titulares sobre
sus obras, actuaciones o
producciones.
12
REGISTRO MERCANTIL Y SUS
EFECTOS
El Registro mercantil tiene
por objeto la inscripción de los
comerciantes individuales y
sociales y demás sujetos
señalados por la ley, así como
la inscripción de los actos y
contratos relativos a los
mismos, de conformidad con
la ley. La inscripción de los
representantes o agentes
comerciales de
establecimientos públicos
extranjeros o sociedades
mercantiles constituidas fuera
del país, cuando hagan
negocios en la República. La
legalización de los libros de los
comerciantes. El depósito y
publicidad de los estados
contables y de los informes
periódicos de las firmas
mercantiles. La centralización
y publicación de la
información registral.
Lo que hace el registro
mercantil, en definitiva, es dar
a conocer datos sobre
aquellas personas, tanto
jurídicas como físicas, que
intervienen en las
operaciones mercantiles.
Gracias a este registro, los
potenciales inversores, los
individuos que analizan la
contratación de sus productos
o servicios y las oficinas
públicas que requieran de los
datos, tienen acceso a la
información. El Registro
Mercantil es público para todo
aquel que quiera conocer
cualquier actividad que
legalmente en el mismo se
realice, cualquier persona
puede pedir copias simples o
certificadas de los
documentos allí archivados,
por lo tanto, se da una
publicación formal de los
actos que se encuentren
asentados en los Libros del
Registro Mercantil- Es a través
del Registro Mercantil, que el
estado venezolano protege los
13
intereses individuales y
colectivos de los ciudadanos
proporcionándoles la
posibilidad de que ellos por si
mismo puedan obtener, de
manera sistematizada, la
información necesaria de una
persona jurídica como sujeto de
derecho y así tratar de evitar,
las competencias desleales,
fraudes con respecto a terceros,
mediante la Publicidad
Mercantil, dando carácter de
legalidad y formalidad a las
actuaciones propias del
comerciante.
REGISTRO PRINCIPAL
El Registro Principal tiene como
objeto:
• La separación de cuerpos y
bienes, salvo que se trate de
bienes inmuebles y derechos
reales, los cuales se harán ante
el Registro Público.
• Los títulos y certificados
académicos, científicos,
eclesiásticos y militares.
• Los Registradores o
Registradoras Principales
deberán:
• Recibir y mantener los
duplicados de los asientos de los
registros y notarías públicas, y
expedir copias certificadas y
simples de los asientos y
duplicados de los documentos
que reposan en sus archivos.
• El Registro Principal, a través
de una sección registral,
inscribirá los actos de
constitución, modificación,
prórroga y extinción de las
sociedades civiles, asociaciones,
fundaciones y corporaciones de
carácter privado, exceptuando
las cooperativas.14
efectuar el acto de legalización
de firmas de las autoridades
públicas dentro de su
jurisdicción. Se Puede afirmar,
que un Registro Principal, es un
registro público, que tienen
como atribuciones lo
establecido en los Artículos 65 y
66 de la Ley de Registro Público
y del Notariado. El mismo trata
aspectos del derecho civil en
cuanto a personas y
obligaciones. Los documentos
obtenidos en el mismo tienen
fe plena ante terceros y son
medios probatorios.
A la vez que es una organización
en la cual se resguarda
información con carácter
estratégico que está a
disposición de quien lo solicite
sin más limitaciones y requisitos
que lo establecido en el marco
legal venezolano. El Registro
Principal, no es un Registro del
Estado Civil ya que en el mismo
no se inscriben en orden
cronológico los nacimientos,
matrimonios o defunciones,
pero recibe y archiva los libros
duplicados de nacimientos,
matrimonios y defunciones, de
los cuales expide copia
certificada.
15
La organización de la
propiedad de inmuebles desde
el punto de vista del derecho
registral o la institución de
registro en Venezuela En el
ordenamiento jurídico
registral, cuando el titular de
un derecho cualquiera,
inscribe su título en los
registros, no solo informa a los
demás dela existencia de su
derecho, sino que además, en
principio, en virtud de la
presunción del Código Civil, se
elimina la posibilidad de que
"alguien" desconozca ese
derecho.
Los Principios Registrales
facilitan la aplicación del
derecho en cuanto al reclamo
del derecho de un propietario;
los principios a los que se ha
hecho objeto este análisis son
los que integran el sistema
registral venezolano, indican
las orientaciones
fundamentales, que informan
la disciplina de derecho
registral y dan la pauta en la
solución de los problemas
jurídicos en cuanto a que se
presume que en el derecho
inscrito existe y corresponde
a su titular.
Según Sanz: ¨los
principios registrales
son las reglas
fundamentales que
sirven de base al
sistema registral de
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LOS REGISTRO PUBLICOS

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Yurleidys Aranguren C.I: V- 28.609.538 Marianna colmenarez Sección T-613 Cátedra Derecho Registral y Notarial LOS REGISTROS PUBLICOS
  • 2. 2 "El derecho registral integra el sistema jurídico con normas y principios propios de derecho publico y privado que coexisten y funcionan armónicamente constituyendo una disciplina independiente y de la cual el Sistema Registral Inmobiliario es una de sus principales ramas« Con este concepto damos paso a lo que son los registros públicos, que nace del derecho registrado, entonces el Registro Público, especificamente en Venezuela es una institución dinámica cuyas fuentes legislativas emanan de diversos niveles de producción normativa y las constantes reformas de la Ley adjetiva especial han creado problemas a los usuarios en la identificación de los procedimientos registrales. INTRODUCCIÓN
  • 3. Son una Institución Jurídica que persigue determinados fines, el cual es una fuente de información donde se hace constar, mediante la extensión de asientos y demás operaciones, los hechos, actos y situaciones de trascendencia jurídica, y donde se suministran medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia. Los Registros Públicos son Instituciones destinadas a dar fe público de actos, documentos, contratos y resoluciones de índole muy diversas, con preponderancia Administrativa y Judicial. El propósito fundamental de los Registros y Notarías es garantizar, mediante la publicidad registral, la certeza y la seguridad jurídica de los bienes o derechos inscritos, otorgándoles la presunción de verdad legal, oponible a terceros. Los asientos registrales están bajo la salvaguarda de los Tribunales y producen todos sus efectos mientras no se declare su inexactitud. FUNDAMENTO Se basa en la importancia que tiene para el estado la realización de la publicidad registral. MISIÓN Es garantizar la seguridad jurídica de los actos y de los derechos inscritos, con respecto a terceros, mediante la publicidad registral. Su fundamento se basa en la importancia que tiene para el Estado la realización de la Publicidad Registral. ORGANIZACIÓN Su organización es responsabilidad del Ejecutivo Nacional por órgano del Ministerio del Interior y Justicia, a través de la Dirección Nacional de Registros y del Notariado. LOS REGISTRO PUBLICOS 4
  • 4. ORGANIZACIÓN EXTERNA E INTERNA DEL REGISTRO PÚBLICO: A.ORGANIZACIÓN EXTERNA: El Registro Público Venezolano funcionará por medio de Oficinas Principales y Oficinas Subalternas del Registro. La Oficina Principal del Registro Público estará en la Capital de la República y en cada una de las Capitales de cada Estado. En cada uno de los Municipios de los Estados, habrá por lo menos una. La Oficina Subalterna del Registro (Art. 2 Ex Lex Registro Público) Art. 2 Ley de Registro Público: Tanto en la Capital de la República como en cada una de las Capitales de los Estados, habrá una Oficina Principal de Registro; y en cada uno de los Municipios del Distrito Federal y de los Municipios de los Estados, habrá por lo menos una Oficina Subalterna de Registro, la cual tendrá su sede en la ciudad cabecera o en otra población importante del Municipio. Las dependencias federales estarán adscritas para los efectos del Registro a la jurisdicción de la Oficina Subalterna del Registro del Municipio Vargas del Distrito Federal. PARÁGRAFO ÚNICO: En el caso de creación de un nuevo Municipio, el Ejecutivo Nacional podrá mantener por tiempo limitado o indeterminado, la jurisdicción de la Oficina u Oficinas Subalternas que para tal momento la tengan sobre el territorio del nuevo Municipio. Podrá así mismo el Ejecutivo Nacional suprimir la Oficina Subalterna de un determinado Municipio, ampliando simultáneamente la jurisdicción de otra u otras de las Oficinas Subalternas. 5
  • 5. que funcionen en los Municipios limítrofes del mismo Estado En caso de creación de un nuevo Municipio, el Ejecutivo Nacional podrá mantener por tiempo limitado o indeterminado, la jurisdicción de la Oficina Subalterna que para el momento tengan sobre el territorio del nuevo Municipio. También el Ejecutivo Nacional podrá eliminar la Oficina Subalterna de un Municipio ampliando simultáneamente la jurisdicción de otra u otras Oficinas Subalternas que funcionen en los Municipios limítrofes del Estado. ORGANIZACIÓN INTERNA: La distribución de un Registro debe ser: Despacho del Jefe de Servicio, para recibir el público y calcular los impuestos, emolumentos y la planilla de auto liquidación de los documentos. Una Dependencia para presentaciones, donde el usuario vuelve después de haber cancelado en el Banco. La Secretaria. Una dependencia para los Escribientes, que realizan los asientos en los Libros respectivos. Una dependencia para la fotocopiadora, en los sitios donde hay, sin acceso al público. Una dependencia para el otorgamiento de los documentos. El despacho del Registrador, para atender sus consultas. Una Sala de Archivo, donde los Documentos y Libros deben estar en orden, bien conservados y protegidos, la cual estará abierta al público. Una Sala de Servicios. Una dependencia para el visto bueno de todo Documento Original, donde 6
  • 6. se revisan el tracto sucesoral o sucesión correcta de propietarios, también la conformidad de los linderos con los linderos que se encuentran en los Protocolos. Las funciones del Registro Público están estipuladas en el Art. 1357 del Código Civil donde se expresa que los Registradores tienen la facultad de dar fe pública de los Instrumentos Públicos o Auténticos, previas las solemnidades de Ley y en el sitio donde el instrumento se haya autorizado, de los Art. 23 y 25 del Decreto con Fuerza de Ley del Registro Público y Notariado se desprende que los registradores merecen fe pública en todos los actos, declaraciones y certificaciones que con tal carácter autoricen. Efectos jurídicos Artículo 25 DFLRPN: Los asientos e información registrales contenidos y emanados oficialmente del sistema registral surtirán todos los efectos jurídicos que corresponden a los documentos públicos. El Registrador Público tiene función Jurisdiccional porque a cada Oficina del Registro se le asigna una determinada competencia territorial o geográfica para el ejercicio de sus funciones. A cada Registro Principal le corresponde Jurisdicción en su respectivo Estado de la 7
  • 7. República y al Registro Principal de Caracas tiene la Jurisdicción sobre el Distrito Capital. EL REGISTRADOR PÚBLICO. Es un funcionario encargado de anotar, inscribir, certificar y dar fe pública de todos los actos que se encuentren en el Registro Público. Como dice Cabanellas, en su Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, es un “funcionario o empleado encargado de un Registro Público”. Para se Registrador Principal o Subalterno, la Ex lex de Registro Público establece en el Art. 29 los siguientes requisitos previos: a.-Ser venezolano por nacimiento y mayor de 25 años. b.-Tener reconocida honorabilidad. c.-Poseer conocimientos suficientes de las materias relacionadas con el Registro Público. d.-Saber leer y escribir correctamente el idioma castellano. En ese mismo artículo se establecen las Prohibiciones para ejercer el Cargo de Registrador Principal o Subalterno, que son: a.-No Podrán desempeñar, ni aun eventualmente el Cargo de Registrador los que no estuvieren en el libre ejercicio de sus Derechos Civiles, y los que estén sujetos a interdicción o a condena penal que envuelve la inhabilitación política. b.-Los militares en servicio activo. c.-Los que padezcan de defecto físico permanente que los incapacite para el ejercicio de las funciones del cargo. 8
  • 8. El Registrador Principal o Subalterno y los demás empleados de la Oficina Subalterna de Registro, serán nombrados por el Ministro de Interior y Justicia (Art. 16 y 17 DCFLRPN). Artículo 16 DCFLRPN: Los Registradores y Notarios, así como los funcionarios de sus respectivas dependencias ocupan cargos de confianza y por lo tanto son de libre nombramiento y remoción, de conformidad con lo establecido en el presente Decreto Ley y en el reglamento correspondiente. Se denomina asiento registral, en Derecho, a la constatación escrita en un registro y derivada de un título. En concreto, se suele referir a la anotación de un título o de otras situaciones derivadas de éste en el registro de la propiedad o en el civil, y los asientos que pueden hacerse son inscripciones, anotaciones, notas marginales, y cancelaciones. Las legislaciones suelen considerar que las inscripciones con los principales asientos porque dan fe de los datos más importantes y cuya constancia son el objetivo principal de este registro, como el nacimiento de un individuo, la fundación de una asociación, el cambio de estado civil, la defunción de una persona o la disolución de una sociedad comercial, etcétera; algunas legislaciones establecen las anotaciones marginales que se refieren a otros datos que la ley estima conveniente que tengan esta clase de asiento. 9
  • 9. El asiento está constituido por las situaciones inscritas, y no debe confundirse con el título, que es el documento donde se fundamenta un derecho o un acto. Así un contrato de compra y venta sobre un inmueble (una casa o finca, por ejemplo) puede ser calificado como "título", pero para inscribir tal contrato en el registro es necesario hacerlo en un asiento registral, el cual resume los datos fundamentales contenidos en el título. En el Registro de la propiedad se distinguen los siguientes asientos registrales: inscripción, anotaciones preventivas, notas marginales y cancelaciones. El procedimiento para la anotación de todos estos asientos suele comenzar con un asiento de presentación, que no tiene otro objeto que preparar y fijar la fecha de inicio de la protección de registro. La inscripción es el único asiento destinado a dar publicidad de su contenido, que puede ser cualquier derecho real inscribible. Las anotaciones preventivas son un asiento transitorio, de menor solemnidad que la inscripción, por regla general referido a derechos eventuales. Las notas marginales se practican en la orilla de una inscripción y contiene datos de hechos o derechos que dependen del asiento a cuyo margen se realizan. Por último, las cancelaciones son una forma de asiento negativo, por cuanto su función es negar en todo o en parte una inscripción anterior. Registro Civil, también llamado Registro Civil del Estado en cuanto organismo administrativo, centro u oficina en cuyos libros se harán constar los actos o hechos concernientes al estado civil de los ciudadanos; atendiendo a su finalidad, es un instrumento concebido para constancia oficial de la existencia, estado 10
  • 10. civil y condición de las personas. En España es una expresión abreviada, puesto que su nombre histórico es Registro de los Estados Civiles. Registro de la propiedad, dispositivo oficial de publicidad de los inmuebles y de los derechos que recaen sobre los mismos. Tiene una importancia extraordinaria en cualquier sistema jurídico, pues la certificación del Registro de la propiedad constituye la mejor manera de conocer el estado jurídico en el que se encuentra un inmueble que se desea adquirir o alquilar, por ejemplo. Así, el comprador de una finca que el vendedor ofrece por una determinada suma de dinero, comprobará en el Registro si la finca soporta cargas o gravámenes que la hacen desmerecer de valor (si se encuentra gravada en favor de la finca vecina con una servidumbre de paso, si ha sido hipotecada en garantía de un préstamo que un banco ha concedido a su dueño, entre otras opciones). Los asientos le dan legalidad a los actos jurídicos, ya que se considera que si una operación no está asentada, no existe registralmente. Los asientos secundarios como las notas marginales de cancelación, sirven de Economía Procesal para enterarse más rápidamente de las operaciones. Art. 28 al 31 del Decreto con Fuerza de Ley del Registro Público y del Notariado. 11
  • 11. La firma a ruego Consiste en la posibilidad de que otra persona, distinta en principio de las partes, y en el caso argentino de los testigos del acto, suscriba el documento a petición o instancias de aquella que no sabe o no puede escribir. Si alguna de las partes no sabe firmar, debe hacerlo a su nombre otra persona que no sea de los testigos del instrumento, siendo nulas las escrituras que no tuviesen la firma a ruego, cuando no saben o no pueden escribir. Así reza el artículo 1004 del Código Civil: 1004. TIPOS DE REGISTRO PUBLICO REGISTROS CIVILES Se encargan de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas naturales (Se inscriben los nacimientos, la filiación, nombre y apellido de las personas; fallecimientos y matrimonios), así como otros que las leyes le encomienden. REGISTROS MERCANTILES Como institución tiene como objeto la publicidad oficial de las situaciones jurídicas de los empresarios en el inscrito. REGISTROS INMOBILIARIOS Están destinados a crear titularidades en virtud de poder público y a la publicidad de la situación jurídica de los inmuebles REGISTROS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Es un mecanismo administrativo para la protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás titulares sobre sus obras, actuaciones o producciones. 12
  • 12. REGISTRO MERCANTIL Y SUS EFECTOS El Registro mercantil tiene por objeto la inscripción de los comerciantes individuales y sociales y demás sujetos señalados por la ley, así como la inscripción de los actos y contratos relativos a los mismos, de conformidad con la ley. La inscripción de los representantes o agentes comerciales de establecimientos públicos extranjeros o sociedades mercantiles constituidas fuera del país, cuando hagan negocios en la República. La legalización de los libros de los comerciantes. El depósito y publicidad de los estados contables y de los informes periódicos de las firmas mercantiles. La centralización y publicación de la información registral. Lo que hace el registro mercantil, en definitiva, es dar a conocer datos sobre aquellas personas, tanto jurídicas como físicas, que intervienen en las operaciones mercantiles. Gracias a este registro, los potenciales inversores, los individuos que analizan la contratación de sus productos o servicios y las oficinas públicas que requieran de los datos, tienen acceso a la información. El Registro Mercantil es público para todo aquel que quiera conocer cualquier actividad que legalmente en el mismo se realice, cualquier persona puede pedir copias simples o certificadas de los documentos allí archivados, por lo tanto, se da una publicación formal de los actos que se encuentren asentados en los Libros del Registro Mercantil- Es a través del Registro Mercantil, que el estado venezolano protege los 13
  • 13. intereses individuales y colectivos de los ciudadanos proporcionándoles la posibilidad de que ellos por si mismo puedan obtener, de manera sistematizada, la información necesaria de una persona jurídica como sujeto de derecho y así tratar de evitar, las competencias desleales, fraudes con respecto a terceros, mediante la Publicidad Mercantil, dando carácter de legalidad y formalidad a las actuaciones propias del comerciante. REGISTRO PRINCIPAL El Registro Principal tiene como objeto: • La separación de cuerpos y bienes, salvo que se trate de bienes inmuebles y derechos reales, los cuales se harán ante el Registro Público. • Los títulos y certificados académicos, científicos, eclesiásticos y militares. • Los Registradores o Registradoras Principales deberán: • Recibir y mantener los duplicados de los asientos de los registros y notarías públicas, y expedir copias certificadas y simples de los asientos y duplicados de los documentos que reposan en sus archivos. • El Registro Principal, a través de una sección registral, inscribirá los actos de constitución, modificación, prórroga y extinción de las sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y corporaciones de carácter privado, exceptuando las cooperativas.14
  • 14. efectuar el acto de legalización de firmas de las autoridades públicas dentro de su jurisdicción. Se Puede afirmar, que un Registro Principal, es un registro público, que tienen como atribuciones lo establecido en los Artículos 65 y 66 de la Ley de Registro Público y del Notariado. El mismo trata aspectos del derecho civil en cuanto a personas y obligaciones. Los documentos obtenidos en el mismo tienen fe plena ante terceros y son medios probatorios. A la vez que es una organización en la cual se resguarda información con carácter estratégico que está a disposición de quien lo solicite sin más limitaciones y requisitos que lo establecido en el marco legal venezolano. El Registro Principal, no es un Registro del Estado Civil ya que en el mismo no se inscriben en orden cronológico los nacimientos, matrimonios o defunciones, pero recibe y archiva los libros duplicados de nacimientos, matrimonios y defunciones, de los cuales expide copia certificada. 15
  • 15. La organización de la propiedad de inmuebles desde el punto de vista del derecho registral o la institución de registro en Venezuela En el ordenamiento jurídico registral, cuando el titular de un derecho cualquiera, inscribe su título en los registros, no solo informa a los demás dela existencia de su derecho, sino que además, en principio, en virtud de la presunción del Código Civil, se elimina la posibilidad de que "alguien" desconozca ese derecho. Los Principios Registrales facilitan la aplicación del derecho en cuanto al reclamo del derecho de un propietario; los principios a los que se ha hecho objeto este análisis son los que integran el sistema registral venezolano, indican las orientaciones fundamentales, que informan la disciplina de derecho registral y dan la pauta en la solución de los problemas jurídicos en cuanto a que se presume que en el derecho inscrito existe y corresponde a su titular. Según Sanz: ¨los principios registrales son las reglas fundamentales que sirven de base al sistema registral de un país determinado, y que pueden especificarse por inducción o abstracción de los diversos preceptos de su derecho positivo.¨ 16