Trabajo grupal .Participantes :    Boubeé Sandra                          López VerónicaRapimanMirian                           Molina Gabriela.             ASI DEBE SER…….
El reglamento de licencia da cuenta que:  Será el Directivo quien otorgue esta licencia y determine cuando se devuelve. El docente  deberá solicitarle la misma con antelación.Aplicación de Artículo 2”G”
En la Ley 20 art.6 inc. G :Cumplir  los horarios que correspondan a la tarea docente que tenga asignada.
Reglamento G.: artículo 53.inc.b)El docente deberá llegar 10 min.de anticipación a la hora de comienzo de las mismas. En todos los casos registrará su asistencia y hora de arribo firmando el libro respectivo.Horarios :
Reg. G de Esc :Articulo 41 inc. a)Conceptuar anualmente al personal docente y operativo.Ley 20:Cap.XIV.Art 81)De cada docente el director llevará un registro personal en el cual constará de la información necesaria para su evaluación.Evaluación
En el Regl. Gral. Esc. dice:En el art.199: deberá conservar una estricta disciplina y observancia del principio de autoridad, guardando compostura y aliño personal en su trato y modales, dando buen ejemplo dentro y fuera de la escuela, llevando una vida acomodada en lo moral y familiar.Personal operativo

Lo Que Debemos Y No Hacemos

  • 1.
    Trabajo grupal .Participantes: Boubeé Sandra López VerónicaRapimanMirian Molina Gabriela. ASI DEBE SER…….
  • 2.
    El reglamento delicencia da cuenta que: Será el Directivo quien otorgue esta licencia y determine cuando se devuelve. El docente deberá solicitarle la misma con antelación.Aplicación de Artículo 2”G”
  • 3.
    En la Ley20 art.6 inc. G :Cumplir los horarios que correspondan a la tarea docente que tenga asignada.
  • 4.
    Reglamento G.: artículo53.inc.b)El docente deberá llegar 10 min.de anticipación a la hora de comienzo de las mismas. En todos los casos registrará su asistencia y hora de arribo firmando el libro respectivo.Horarios :
  • 5.
    Reg. G deEsc :Articulo 41 inc. a)Conceptuar anualmente al personal docente y operativo.Ley 20:Cap.XIV.Art 81)De cada docente el director llevará un registro personal en el cual constará de la información necesaria para su evaluación.Evaluación
  • 6.
    En el Regl.Gral. Esc. dice:En el art.199: deberá conservar una estricta disciplina y observancia del principio de autoridad, guardando compostura y aliño personal en su trato y modales, dando buen ejemplo dentro y fuera de la escuela, llevando una vida acomodada en lo moral y familiar.Personal operativo