El documento define el derecho como el conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en una sociedad y surgen de las relaciones sociales. Explica que el derecho positivo son las leyes creadas por el Estado para mantener el orden, mientras que el derecho subjetivo es la facultad de una persona para realizar u omitir ciertas acciones de acuerdo a las normas. Finalmente, describe algunas características del derecho como su bilateralidad, heteronomía, alteridad y coercibilidad.