El documento establece los procedimientos de coactivas del Ministerio de Turismo para hacer efectivo el pago de obligaciones adeudadas. Señala que el Coordinador General de Asesoría Jurídica es el juez de coactivas y describe el proceso de emisión de títulos de crédito, citaciones, liquidaciones, embargos y recursos para obligaciones liquidadas y no liquidadas. Finalmente, explica las etapas extrajudicial y judicial del proceso de cobro coactivo.
Material didáctico y académico, en base al Derecho de Fideicomiso o Fiducia, sobre el desarrollo de la modalidad de Fideicomiso Mercantil para la Administración de Flujos y Fondos.
Análisis del régimen de blanqueo voluntario de moneda extranjera en el país y...Alejandro Germán Rodriguez
En este trabajo, los autores efectúan una análisis de los principales aspectos del régimen,
destacando, especialmente, los beneficios fiscales que otorga para aquellos que adhieran al
régimen habilitado hasta el 30 de septiembre del corriente año, como así también los
relacionados con la industria de la construcción teniendo en cuenta que uno de sus objetivos
es el de promover y financiar este sector de la economía, considerando su incidencia para el
crecimiento y el desarrollo del país.
Material didáctico y académico, en base al Derecho de Fideicomiso o Fiducia, sobre el desarrollo de la modalidad de Fideicomiso Mercantil para la Administración de Flujos y Fondos.
Análisis del régimen de blanqueo voluntario de moneda extranjera en el país y...Alejandro Germán Rodriguez
En este trabajo, los autores efectúan una análisis de los principales aspectos del régimen,
destacando, especialmente, los beneficios fiscales que otorga para aquellos que adhieran al
régimen habilitado hasta el 30 de septiembre del corriente año, como así también los
relacionados con la industria de la construcción teniendo en cuenta que uno de sus objetivos
es el de promover y financiar este sector de la economía, considerando su incidencia para el
crecimiento y el desarrollo del país.
INICIACIÓN DE LA PERICIA
Los peritos para ejecutar su trabajo, tendrán que hacer un detenido estudio de los expedientes materia del litigio y su naturaleza, a fin de poder enfocar los puntos que el juzgado haya indicado, o los que la preparación y experiencia de los peritos puedan desarrollar Terminado los estudios del caso, los peritos presentarán al juzgado de la causa tres ejemplares del informe, de las cinco que deben redactarse: un original para el Juez, dos copias para las partes litigantes, y dos copias para cada uno de los peritos.
AMBITOS EN QUE SE DESARROLLAN LAS PERICIAS
Los peritajes en materia contable que con más frecuencia se presentan en las jurisdicciones Civil, Penal y de Trabajo son:
En los Juicios Civiles:
a) Actualización de deudas
b) Peritajes sobre los beneficios de inventarios
Peritajes sobre liquidación de sociedades.
d) Peritajes sobre rendición de cuentas
e) Peritajes sobre participación testamentaria.
EN LOS JUICIOS DE NATURALEZA PENAL
a) Peritajes sobre los delios contra el patrimonio público y privado:
ü Defraudaciones
ü Malversaciones de fondos
ü Estafas
ü Desfalcos
ü Apropiación ilícita
ü Abuso de confianza
ü Violación de depósitos
ü Peculado,
ü Etc.
Peritajes sobre calificaciones de quiebra.
c) Peritajes sobre siniestros de incendio, con visos de intención.
EN LOS JUICIOS DE TRABAJO:
a) Peritajes sobre beneficios sociales:
ü Indemnizaciones
ü Derechos vacacionales
ü Compensación por tiempo de servicios
ü Jubilaciones
ü Derechos de alimentación
ü etc
INICIACIÓN DE LA PERICIA
Los peritos para ejecutar su trabajo, tendrán que hacer un detenido estudio de los expedientes materia del litigio y su naturaleza, a fin de poder enfocar los puntos que el juzgado haya indicado, o los que la preparación y experiencia de los peritos puedan desarrollar Terminado los estudios del caso, los peritos presentarán al juzgado de la causa tres ejemplares del informe, de las cinco que deben redactarse: un original para el Juez, dos copias para las partes litigantes, y dos copias para cada uno de los peritos.
AMBITOS EN QUE SE DESARROLLAN LAS PERICIAS
Los peritajes en materia contable que con más frecuencia se presentan en las jurisdicciones Civil, Penal y de Trabajo son:
En los Juicios Civiles:
a) Actualización de deudas
b) Peritajes sobre los beneficios de inventarios
Peritajes sobre liquidación de sociedades.
d) Peritajes sobre rendición de cuentas
e) Peritajes sobre participación testamentaria.
EN LOS JUICIOS DE NATURALEZA PENAL
a) Peritajes sobre los delios contra el patrimonio público y privado:
ü Defraudaciones
ü Malversaciones de fondos
ü Estafas
ü Desfalcos
ü Apropiación ilícita
ü Abuso de confianza
ü Violación de depósitos
ü Peculado,
ü Etc.
Peritajes sobre calificaciones de quiebra.
c) Peritajes sobre siniestros de incendio, con visos de intención.
EN LOS JUICIOS DE TRABAJO:
a) Peritajes sobre beneficios sociales:
ü Indemnizaciones
ü Derechos vacacionales
ü Compensación por tiempo de servicios
ü Jubilaciones
ü Derechos de alimentación
ü etc
medios de defensa al alcance de los contribuyentes importadores/exportadores para combatir actos de autoridad de liquidación de créditos fiscales en materia aduanera
Cuadro Modos de extinción de la relación jurídica tributariaMariam Medina
Dos cuadros con la descripción de la relación jurídica el primero sobre el pago y el segundo sobre loe efectos de incumplimiento de la obligaciones tributarias
Presentación de los servicios legales que ofrece el ESTUDIO JURÍDICO PRAVDA en el Ecuador.
El Estudio Jurídico PRAVDA, con más de 15 años de experiencia, sustenta su ejercicio profesional en la prestación de servicios jurídicos en base a los principios de JUSTICIA y VERDAD, buscando traer soluciones efectivas, oportunas e integrales a nuestros clientes.
PRAVDA en el idioma croata significa JUSTICIA y en el idioma ruso significa VERDAD.
Misión:
Prestar servicios profesionales en diversas áreas del Derecho bajo parámetros de ética y responsabilidad, basando nuestras actuaciones en el respeto del ordenamiento jurídico. Nuestro servicio se encamina a hacer del Derecho una herramienta de desarrollo para nuestros clientes quienes pueden contar con un servicio personalizado de óptima calidad.
Visión:
Convertirse en una prestigiosa Firma en base a las competencias de profesionales expertos en diversas áreas de práctica jurídica proyectando una imagen intachable que genere confianza y fidelidad por parte de nuestros clientes.
DIRECCIÓN:
Km. 2.5 vía a Samborondón, C.C. Alhambra 2 (Torre de Oficinas) Piso 3, Oficina 108 Samborondón, Ecuador.
CORREO:
info@pravda.com.ec
Material académico y didáctico sobre la contratación pública con sustento a la ley de hidrocarburos y en cumplimiento del objetivo social de PETROECUADOR.
Desarrollo de material investigativo sobre el Derecho Mercantil, sus instituciones jurídicas y la normativa competente dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano.
Desarrollo de material investigativo sobre la infraestructura administrativo sobre la competencia de control otorgada a los diferente Organismos de Control Gubernamental en el Ecuador.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
1. S
Procedimiento de Coactivas
Reglamento para la Jurisdicción Coactiva del Ministerio de Turismo (Acuerdo
Ministerial No. 191 Registro Oficial 823 de 05 Noviembre 2012)
2. Legislación Vigente:
S Art. 62 de la Ley de Turismo, concede al Ministerio de Turismo y a sus delegados,
jurisdicción coactiva para la recaudación de los recursos previstos en la ley;
S El Estatuto Orgánico por procesos del Ministerio de Turismo, señala en su artículo
3.1.3.a.b.l7 que el Coordinador General de Asesoría Jurídica es el encargado de
constituirse en Juez de Coactiva y coordinar su proceso;
S El Acuerdo Ministerial N° 2013-0123 Desconcentración de Funciones MINTUR,
en el Capitulo V De la Desconcentración de los Actos Jurídicos Vinculados con el
Patrocinio de los Intereses Institucionales, podrá delegar a los abogados de las
Unidades de Asesoría Jurídica el ejercicio de la Jurisdicción Coactiva.
3. Objetivo y Ámbito:
S Hacer efectivo el pago de lo que, por cualquier concepto, se deba al Ministerio de
Turismo, por los recursos que le corresponden establecidos en la ley, conforme a la Ley
de Turismo vigente.
S Establecer normas que aseguren la correcta aplicación de la jurisdicción coactiva
establecida por la Ley de Turismo al Ministerio. El Ministerio de Turismo ejercerá la
acción coactiva para la recaudación de obligaciones o créditos tributarios y de
cualquier otro concepto que se le adeuden dentro del ámbito de su competencia.
4. Competencia:
S La competencia de la acción coactiva será ejercida por el Coordinador General de
Asesoría Jurídica/Director-Coordinadores Zonales/ como Juez de Coactiva quien
esta encargado del ejercicio de dicha jurisdicción a nivel nacional.
S El Juez de Coactivas o su delegado designará al Secretario del proceso de coactivas.
S El Recaudador es el Director Financiero en la fase extrajudicial y dentro de la fase
judicial El Recaudador es el Juez de Coactivas (CGAF).
S Todas las autoridades civiles, militares y policiales están obligadas a prestar los
auxilios que se necesite para la recaudación de rentas a favor del Ministerio.
S Estas funciones de Juez de Coactivas, Secretario y Recaudador podrán ser
desconcentradas a las Zonales Administrativas respectivamente.
5. De las obligaciones tributarias y no tributarias:
1. Obligaciones Tributarias:
S Impuesto 1x1000
2. Obligaciones No Tributarias:
S Multa (Baños y Sanitarios, Clausura de Establecimientos, etc.)
S Registro de Turismo
S Licencia Turismo
6. De la emisión de Títulos Crédito y Órdenes de Cobro:
S El Director Financiero del Ministerio de Turismo – emite Títulos de Crédito por
obligaciones determinadas, liquidas y de plazo vencido, adeudadas al Ministerio de
Turismo.
S En base a: liquidaciones, intereses, multas o sanciones ejecutoriadas.
S La determinación y la liquidación de la deuda corresponde a la Dirección
Financiera.
S La determinación del vencimiento del plazo de la obligación corresponde a la
Coordinación General de Asesoría Jurídica.
S Titulo Crédito o Orden de Cobro, el mismo que será instrumento público y se
constituye en prueba de existencia de obligación a favor del Ministerio.
7. S Juez (CGAF) citara a deudor, a través del Recaudador (Director Financiero).
S Dentro de 24 horas deudor deberá nombrar contador, para que se practique la liquidación junto con funcionarios
públicos designados por el Juez.
S Si el deudor no designa contador, un funcionario designado por el Juez verificará la liquidación .
S En caso de desacuerdo entre el contador y el funcionario se estará a la liquidación del funcionario público.
S Se correrá traslado al deudor para que se pronuncie dentro de un plazo de 5 días.
S El informe de liquidación se enviara al Juez de Coactiva para que este ordene el cobro al recaudador.
Orden de Cobro.- En base a la Orden de Cobro el Recaudador (Director Financiero) ordenará:
S Que el deudor o fiador pague la deuda o dimita bienes dentro de tres días contados desde que se le notificó con la
resolución.
S De no pagar o dimitir bienes dentro del plazo señalado se le embargaran los bienes equivalentes a la deuda, interés y
costas.
Obligaciones No liquidas – Proceso de Determinación:
8. Etapa Extrajudicial:
Comprende todas las acciones y/o actuaciones que se realicen desde la notificación del vencimiento
de la obligación hasta antes de dictar el auto de pago. DIRECTOR FINANCIERO, o quien haga
sus veces, será responsable de esta etapa:
1. Notificación con el Título de Crédito.- Emitido un Título de Crédito, será notificado al deudor o a
sus herederos, concediéndoles para el pago el plazo de ocho días a partir de la fecha de notificación.
2. Presentación de Reclamo.- Las o los contribuyentes responsables o terceros que se creyeren
afectados en todo o en parte por un acto administrativo, podrán presentar su reclamo ante la
autoridad de la que emane el acto, dentro del plazo de veinte días, contados desde el día hábil
siguiente de la notificación, de conformidad al Art. 115 del Código Tributario.
3. Procedimiento de Oficio.- Admitido a trámite el Reclamo, la autoridad competente impulsará de
oficio el procedimiento; sin detrimento de que las partes presenten las peticiones que consideren del
caso en defensa de sus intereses.
4. Plazo para resolver.- Las Resoluciones se expedirán en el plazo de ciento veinte días, contados
desde el siguiente día hábil de la presentación del reclamo, las que podrán ser expresas o tácitas,
conforme a lo dispuesto en el Código Tributario.
9. Obligaciones
Liquidas
Emisión de Titulo
de Crédito y
Orden de Cobro
Envió de
Recaudador para
orden de cobro
Obligaciones
No Liquidas
Citación al
Deudor
Nombramiento
de Perito máximo
24 horas
Liquidación
Emisión de Titulo
Crédito y Orden
de Cobro
Envió de Informe
de Liquidación
para orden de
cobro
10. Auto de Pago fundado en
Orden de Cobro
Citación
No se dimite Bienes en
termino 3 días
Se realiza pago o se dimite
Bienes en término de 3
días
Presentación de
excepciones antes del
remate de los Bienes
embargados
Citación
Citación al recaudador en
los 6 días siguientes a la
consignación
Se oye al recaudador o se
lo declara en rebeldía
Prueba
Alegato
Sentencia
Orden de Embargo
Tramite para el
Procedimiento de
Ejecución de Sentencia
Archivo por cumplimiento
de obligaciones
Cobro Coactivo
Archivo