Este documento describe el Sistema Nacional de Contratación Pública de Ecuador (SNCP). El SNCP regula los procedimientos de contratación para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios por parte de entidades públicas. El Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) es el organismo rector del SNCP y establece las normas y herramientas para garantizar la transparencia y eficiencia en los procesos de contratación del sector público.
Este documento presenta los principales aspectos del Sistema Nacional de Contratación Pública ecuatoriano. Establece la necesidad de crear un sistema que articule todas las instancias involucradas en la contratación pública para garantizar la transparencia, eficiencia y ahorro de recursos. Define los objetivos, órganos competentes e instrumentos del sistema, como el Registro Único de Proveedores y el portal de compras públicas. Asimismo, describe los diferentes procedimientos de contratación, como licitación, cotización, ferias inclusivas
Desarrollo de material investigativo sobre la infraestructura administrativo sobre la competencia de control otorgada a los diferente Organismos de Control Gubernamental en el Ecuador.
El documento describe el Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Establece que todas las entidades públicas deben seguir los procedimientos establecidos en la ley para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios. Se crea el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) como organismo rector y se establecen diversos procedimientos como subastas, licitaciones, cotizaciones y catálogo electrónico para realizar contrataciones de acuerdo con los montos involucrados.
Las instituciones públicas ecuatorianas incurren en violaciones a derechos fundamentales y omiten procedimientos contractuales al recibir bienes y servicios sin contrato previo. Esto genera dificultades para comprobar obligaciones a través de convenios de pago y contradice pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado. Adicionalmente, hace falta una normativa clara para regular contrataciones en situaciones de urgencia.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Sistemas Nacional de Contratación Pública de Ecuador. Establece el marco legal para la contratación pública en el país, incluyendo los principios, objetivos, órganos competentes, procedimientos y herramientas del sistema. Define conceptos clave y establece los diferentes tipos de procedimientos de contratación pública como licitaciones, subastas, cotizaciones y contrataciones de emergencia.
Este documento describe el Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP) de Ecuador. Explica que el SNCP busca transparentar los procesos de contratación pública y promover la participación de pequeñas empresas nacionales. También describe la normativa legal que rige el SNCP, incluyendo la Constitución de Ecuador, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y otras leyes y resoluciones. Finalmente, presenta estadísticas sobre el número de entidades contratantes y proveedores habilitados en el registro único de proveed
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
Este documento resume la nueva ley del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Centraliza la contratación pública y somete a todas las entidades estatales al sistema, con algunas excepciones. Establece principios como legalidad, igualdad y transparencia. Crea el Registro Único de Proveedores y el portal de compras públicas para los procesos de contratación. Detalla los procedimientos, roles de las instituciones involucradas y normas para la contratación de consultoría.
Este documento describe el Sistema Nacional de Contratación Pública de Ecuador (SNCP). El SNCP regula los procedimientos de contratación para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios por parte de entidades públicas. El Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) es el organismo rector del SNCP y establece las normas y herramientas para garantizar la transparencia y eficiencia en los procesos de contratación del sector público.
Este documento presenta los principales aspectos del Sistema Nacional de Contratación Pública ecuatoriano. Establece la necesidad de crear un sistema que articule todas las instancias involucradas en la contratación pública para garantizar la transparencia, eficiencia y ahorro de recursos. Define los objetivos, órganos competentes e instrumentos del sistema, como el Registro Único de Proveedores y el portal de compras públicas. Asimismo, describe los diferentes procedimientos de contratación, como licitación, cotización, ferias inclusivas
Desarrollo de material investigativo sobre la infraestructura administrativo sobre la competencia de control otorgada a los diferente Organismos de Control Gubernamental en el Ecuador.
El documento describe el Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Establece que todas las entidades públicas deben seguir los procedimientos establecidos en la ley para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios. Se crea el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) como organismo rector y se establecen diversos procedimientos como subastas, licitaciones, cotizaciones y catálogo electrónico para realizar contrataciones de acuerdo con los montos involucrados.
Las instituciones públicas ecuatorianas incurren en violaciones a derechos fundamentales y omiten procedimientos contractuales al recibir bienes y servicios sin contrato previo. Esto genera dificultades para comprobar obligaciones a través de convenios de pago y contradice pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado. Adicionalmente, hace falta una normativa clara para regular contrataciones en situaciones de urgencia.
Este documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Sistemas Nacional de Contratación Pública de Ecuador. Establece el marco legal para la contratación pública en el país, incluyendo los principios, objetivos, órganos competentes, procedimientos y herramientas del sistema. Define conceptos clave y establece los diferentes tipos de procedimientos de contratación pública como licitaciones, subastas, cotizaciones y contrataciones de emergencia.
Este documento describe el Sistema Nacional de Contratación Pública (SNCP) de Ecuador. Explica que el SNCP busca transparentar los procesos de contratación pública y promover la participación de pequeñas empresas nacionales. También describe la normativa legal que rige el SNCP, incluyendo la Constitución de Ecuador, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y otras leyes y resoluciones. Finalmente, presenta estadísticas sobre el número de entidades contratantes y proveedores habilitados en el registro único de proveed
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
Este documento resume la nueva ley del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Centraliza la contratación pública y somete a todas las entidades estatales al sistema, con algunas excepciones. Establece principios como legalidad, igualdad y transparencia. Crea el Registro Único de Proveedores y el portal de compras públicas para los procesos de contratación. Detalla los procedimientos, roles de las instituciones involucradas y normas para la contratación de consultoría.
Este documento presenta las normas de control interno para el sector público de Ecuador. Establece lineamientos para promover una administración efectiva de los recursos públicos a través de la eficiencia, eficacia y economía en la gestión de todas las entidades públicas. El control interno busca dar seguridad de que los objetivos de las instituciones se cumplan y los recursos se protejan.
El documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Contratación Pública de Ecuador. Establece los principios y normas para regular los procedimientos de contratación del Estado ecuatoriano para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios. Describe los diferentes órganos, objetivos, herramientas, requisitos, procedimientos y modalidades de contratación contemplados en la ley.
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
La ley establece el Sistema Nacional de Contratación Pública para regular la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluida la consultoría, por parte de entidades públicas. El objetivo es promover la transparencia, eficiencia y participación nacional en las contrataciones del Estado.
Este documento presenta un resumen de las principales definiciones y disposiciones de la Ley Orgánica de Contratación Pública de Ecuador. Establece que la ley determina los principios y normas para regular los procesos de contratación del sector público. También crea el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) como organismo rector encargado de garantizar la transparencia en la contratación estatal y promover la participación de pequeñas empresas. Finalmente, enumera las atribuciones del SERCOP, entre las que se incluyen
Este documento describe la arquitectura legal de la contratación pública en Ecuador, incluyendo la Constitución, leyes, decretos, acuerdos y el reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. También analiza experiencias de contratación pública en Ecuador y otros países, y ofrece recomendaciones para mejorar el sistema de contratación pública en Ecuador.
Este documento presenta información sobre el curso de Contabilidad Gubernamental I que se dictó en la Universidad Central del Ecuador en el semestre de septiembre de 2015 a febrero de 2016. Incluye la lista de integrantes del curso, los contenidos tratados como la contratación pública, el SERCOP y los procedimientos de contratación, así como definiciones y aspectos generales sobre el Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador.
El documento presenta una descripción general del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Establece los objetivos, principios, organismos competentes e Instituto Nacional de Contratación Pública. También define los procedimientos de contratación, como licitaciones, subastas inversas, compras por catálogo y cotizaciones.
Este documento resume los principales tipos de contratos administrativos y procedimientos de contratación pública en Ecuador, incluyendo contratación directa, mediante lista corta, concurso público, convenios marco, subasta inversa, licitación, cotización, contrataciones por menor cuantía, contratación integral por precio fijo, en situaciones de emergencia, arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, y arrendamiento de bienes muebles.
El documento describe los principales aspectos del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Establece los organismos sujetos al sistema, los principios de interpretación, las definiciones clave, los organismos competentes como el Instituto Nacional de Contratación Pública, y los diferentes procedimientos de contratación como licitaciones, subastas inversas, compras por catálogo y cotizaciones.
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...IECSAM Edgar Mariño
El documento presenta los módulos de un curso sobre contrataciones públicas impartido por Edgar Mariño. Los módulos cubren temas como las definiciones legales, las fuentes jurídicas, las comisiones de contratación, los sistemas y registros nacionales de contrataciones, y los recursos administrativos aplicables. El documento también incluye la información de contacto del facilitador.
Portal Compras Públicas del Ecuador_INCOP Jessi Aldas
Es una presentación de tipo académica para todos aquellos quienes deseen saber cómo funciona el portal del compras públicas del Instituto Nacional de Compras Públicas del Ecuador. Se introduce el tema con los requisitos para comprar y vender dentro del portal y posteriormente los principales procesos en los que un proveedor estaría interesado de efectuar a través del portal ahorrando tiempo y dinero con el uso del mismo como una alternativa de negocio para todo tipo de empresas así como para la oferta de sus productos al sector público del país, en condiciones de imparcialidad y equidad que promueve dicho portal de compras públicas.
El documento habla sobre la contratación pública y la nueva ley de contrataciones del estado. Explica los principios que rigen la contratación pública como la transparencia, igualdad de trato, competencia y eficiencia. También describe el esquema básico del proceso de contratación pública que involucra a las entidades que determinan las necesidades y proveedores que ofertan, formando el contrato entre las partes.
El documento presenta información sobre la fiscalización de contratos de construcción en Ecuador. Explica que un fiscalizador es un profesional experto que controla el diseño, construcción y arquitectura de un proyecto usando sus conocimientos para revisar que se cumplan los estándares. También describe algunas de las responsabilidades del fiscalizador como verificar el avance de obras y aprobar planillas de pago.
Contratanet era el antiguo sistema de contratación pública de Ecuador que publicaba los procesos de contratación en 6 fases. En 2008 fue reemplazado por el portal Compras Públicas Ecuador, que administra una plataforma electrónica para que organismos públicos y proveedores realicen procesos de adquisición de forma digital de manera transparente y eficiente. Aunque ha mejorado, todavía no cuenta con todas las facilidades del sistema peruano SEACE y se encuentra implementando mejoras.
La ley de contratación pública establece los procedimientos y herramientas para la adquisición de bienes y servicios por parte de entidades públicas. Define dos tipos de bienes y servicios (normalizados y no normalizados) y los procedimientos aplicables a cada uno, como catálogo, subasta inversa electrónica, menor cuantía o cotización. También regula aspectos como los criterios de adjudicación, casos de desierto o cancelación de procesos, y establece procedimientos especiales para ciertas categorías como fármacos o seguridad
RESOLUCION 5313/2002 DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA NACIONManuel Bedoya D
Este documento establece la organización y funcionamiento del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE) en Colombia. El SICE es un sistema de información que integra datos sobre el proceso de contratación estatal con el fin de comparar precios de ofertas en tiempo real con precios de referencia, asegurando contrataciones sin detrimento de los recursos del Estado. Se definen los componentes, objetivos y administración del SICE, así como términos clave como precio de referencia, margen de distorsión de preci
Este documento presenta una capacitación sobre el uso del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop) dividida en 6 módulos. Explica conceptos básicos como el marco normativo, los estados de los procesos de contratación y las modalidades de selección. El objetivo es enseñar a utilizar adecuadamente la plataforma Secop para la publicación de información sobre procesos contractuales realizados con recursos públicos.
Este documento describe las mejores prácticas de control social de obras públicas implementadas en varios países de América Latina. Detalla cómo países como México, Colombia, Ecuador y Perú usan sistemas de monitoreo en línea que permiten a los ciudadanos supervisar obras públicas en tiempo real y reportar irregularidades. También explica cómo Chile, Argentina y Uruguay fomentan la participación ciudadana a través de plataformas interactivas y oficinas de seguimiento. El control social de obras cuando se implementa correctamente puede mejorar la transparencia y
Software relacionado con la contratacion publicaehenaog
Este documento resume dos sistemas de información relacionados con la contratación administrativa en Colombia: el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) y el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE). El SECOP busca concentrar información sobre procesos de contratación de entidades estatales de manera pública y transparente. El SICE es una herramienta para ordenar, controlar y confrontar información de contratación como precios de referencia, planes de compras, y registros de
Software relacionado con la contratacion administrativamirley_1981
El documento habla sobre el Portal Único de Contratación y el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) en Colombia. El Portal Único de Contratación permite que las entidades del Estado publiquen sus procesos de contratación de forma electrónica. El SECOP es un sistema electrónico que cumple con los requisitos de publicidad de los procesos contractuales del Estado y permite consultar información a los interesados. Ambas herramientas buscan promover la transparencia y eficiencia en la contratación pública
Este documento discute la importancia de los documentos electrónicos en los actos jurídicos. Define documento electrónico y describe sus características y fundamentación legal en Venezuela. Explica que los documentos electrónicos deben ser tratados de la misma manera que los documentos en papel y pueden servir como prueba en los tribunales. Finalmente, enfatiza la necesidad de capacitar a los jueces en temas de informática jurídica para que puedan evaluar adecuadamente la evidencia electrónica.
Este documento resume los principios clave de un decreto-ley venezolano sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. El decreto-ley otorga validez legal a los mensajes de datos y firmas electrónicas con el fin de promover el gobierno electrónico. Algunos principios clave incluyen dar eficacia probatoria igual a los documentos escritos, ser tecnológicamente neutro, respetar las formas documentales existentes, y establecer responsabilidades para los proveedores de servicios de certificación. El decreto-
Este documento presenta las normas de control interno para el sector público de Ecuador. Establece lineamientos para promover una administración efectiva de los recursos públicos a través de la eficiencia, eficacia y economía en la gestión de todas las entidades públicas. El control interno busca dar seguridad de que los objetivos de las instituciones se cumplan y los recursos se protejan.
El documento presenta un resumen de la Ley Orgánica de Contratación Pública de Ecuador. Establece los principios y normas para regular los procedimientos de contratación del Estado ecuatoriano para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios. Describe los diferentes órganos, objetivos, herramientas, requisitos, procedimientos y modalidades de contratación contemplados en la ley.
LA CONTRATACION PUBLICA DE CONSULTORIA 1utplgestion
La ley establece el Sistema Nacional de Contratación Pública para regular la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluida la consultoría, por parte de entidades públicas. El objetivo es promover la transparencia, eficiencia y participación nacional en las contrataciones del Estado.
Este documento presenta un resumen de las principales definiciones y disposiciones de la Ley Orgánica de Contratación Pública de Ecuador. Establece que la ley determina los principios y normas para regular los procesos de contratación del sector público. También crea el Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) como organismo rector encargado de garantizar la transparencia en la contratación estatal y promover la participación de pequeñas empresas. Finalmente, enumera las atribuciones del SERCOP, entre las que se incluyen
Este documento describe la arquitectura legal de la contratación pública en Ecuador, incluyendo la Constitución, leyes, decretos, acuerdos y el reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. También analiza experiencias de contratación pública en Ecuador y otros países, y ofrece recomendaciones para mejorar el sistema de contratación pública en Ecuador.
Este documento presenta información sobre el curso de Contabilidad Gubernamental I que se dictó en la Universidad Central del Ecuador en el semestre de septiembre de 2015 a febrero de 2016. Incluye la lista de integrantes del curso, los contenidos tratados como la contratación pública, el SERCOP y los procedimientos de contratación, así como definiciones y aspectos generales sobre el Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador.
El documento presenta una descripción general del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Establece los objetivos, principios, organismos competentes e Instituto Nacional de Contratación Pública. También define los procedimientos de contratación, como licitaciones, subastas inversas, compras por catálogo y cotizaciones.
Este documento resume los principales tipos de contratos administrativos y procedimientos de contratación pública en Ecuador, incluyendo contratación directa, mediante lista corta, concurso público, convenios marco, subasta inversa, licitación, cotización, contrataciones por menor cuantía, contratación integral por precio fijo, en situaciones de emergencia, arrendamiento y adquisición de bienes inmuebles, y arrendamiento de bienes muebles.
El documento describe los principales aspectos del Sistema Nacional de Contratación Pública en Ecuador. Establece los organismos sujetos al sistema, los principios de interpretación, las definiciones clave, los organismos competentes como el Instituto Nacional de Contratación Pública, y los diferentes procedimientos de contratación como licitaciones, subastas inversas, compras por catálogo y cotizaciones.
Ley de Contrataciones Públicas y Control Fiscal, Autor Edgar Mariño Díaz-emar...IECSAM Edgar Mariño
El documento presenta los módulos de un curso sobre contrataciones públicas impartido por Edgar Mariño. Los módulos cubren temas como las definiciones legales, las fuentes jurídicas, las comisiones de contratación, los sistemas y registros nacionales de contrataciones, y los recursos administrativos aplicables. El documento también incluye la información de contacto del facilitador.
Portal Compras Públicas del Ecuador_INCOP Jessi Aldas
Es una presentación de tipo académica para todos aquellos quienes deseen saber cómo funciona el portal del compras públicas del Instituto Nacional de Compras Públicas del Ecuador. Se introduce el tema con los requisitos para comprar y vender dentro del portal y posteriormente los principales procesos en los que un proveedor estaría interesado de efectuar a través del portal ahorrando tiempo y dinero con el uso del mismo como una alternativa de negocio para todo tipo de empresas así como para la oferta de sus productos al sector público del país, en condiciones de imparcialidad y equidad que promueve dicho portal de compras públicas.
El documento habla sobre la contratación pública y la nueva ley de contrataciones del estado. Explica los principios que rigen la contratación pública como la transparencia, igualdad de trato, competencia y eficiencia. También describe el esquema básico del proceso de contratación pública que involucra a las entidades que determinan las necesidades y proveedores que ofertan, formando el contrato entre las partes.
El documento presenta información sobre la fiscalización de contratos de construcción en Ecuador. Explica que un fiscalizador es un profesional experto que controla el diseño, construcción y arquitectura de un proyecto usando sus conocimientos para revisar que se cumplan los estándares. También describe algunas de las responsabilidades del fiscalizador como verificar el avance de obras y aprobar planillas de pago.
Contratanet era el antiguo sistema de contratación pública de Ecuador que publicaba los procesos de contratación en 6 fases. En 2008 fue reemplazado por el portal Compras Públicas Ecuador, que administra una plataforma electrónica para que organismos públicos y proveedores realicen procesos de adquisición de forma digital de manera transparente y eficiente. Aunque ha mejorado, todavía no cuenta con todas las facilidades del sistema peruano SEACE y se encuentra implementando mejoras.
La ley de contratación pública establece los procedimientos y herramientas para la adquisición de bienes y servicios por parte de entidades públicas. Define dos tipos de bienes y servicios (normalizados y no normalizados) y los procedimientos aplicables a cada uno, como catálogo, subasta inversa electrónica, menor cuantía o cotización. También regula aspectos como los criterios de adjudicación, casos de desierto o cancelación de procesos, y establece procedimientos especiales para ciertas categorías como fármacos o seguridad
RESOLUCION 5313/2002 DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA NACIONManuel Bedoya D
Este documento establece la organización y funcionamiento del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE) en Colombia. El SICE es un sistema de información que integra datos sobre el proceso de contratación estatal con el fin de comparar precios de ofertas en tiempo real con precios de referencia, asegurando contrataciones sin detrimento de los recursos del Estado. Se definen los componentes, objetivos y administración del SICE, así como términos clave como precio de referencia, margen de distorsión de preci
Este documento presenta una capacitación sobre el uso del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop) dividida en 6 módulos. Explica conceptos básicos como el marco normativo, los estados de los procesos de contratación y las modalidades de selección. El objetivo es enseñar a utilizar adecuadamente la plataforma Secop para la publicación de información sobre procesos contractuales realizados con recursos públicos.
Este documento describe las mejores prácticas de control social de obras públicas implementadas en varios países de América Latina. Detalla cómo países como México, Colombia, Ecuador y Perú usan sistemas de monitoreo en línea que permiten a los ciudadanos supervisar obras públicas en tiempo real y reportar irregularidades. También explica cómo Chile, Argentina y Uruguay fomentan la participación ciudadana a través de plataformas interactivas y oficinas de seguimiento. El control social de obras cuando se implementa correctamente puede mejorar la transparencia y
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Este documento resume dos sistemas de información relacionados con la contratación administrativa en Colombia: el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) y el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE). El SECOP busca concentrar información sobre procesos de contratación de entidades estatales de manera pública y transparente. El SICE es una herramienta para ordenar, controlar y confrontar información de contratación como precios de referencia, planes de compras, y registros de
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Este documento discute la importancia de los documentos electrónicos en los actos jurídicos. Define documento electrónico y describe sus características y fundamentación legal en Venezuela. Explica que los documentos electrónicos deben ser tratados de la misma manera que los documentos en papel y pueden servir como prueba en los tribunales. Finalmente, enfatiza la necesidad de capacitar a los jueces en temas de informática jurídica para que puedan evaluar adecuadamente la evidencia electrónica.
Este documento resume los principios clave de un decreto-ley venezolano sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. El decreto-ley otorga validez legal a los mensajes de datos y firmas electrónicas con el fin de promover el gobierno electrónico. Algunos principios clave incluyen dar eficacia probatoria igual a los documentos escritos, ser tecnológicamente neutro, respetar las formas documentales existentes, y establecer responsabilidades para los proveedores de servicios de certificación. El decreto-
Este documento resume los principios clave de un decreto ley venezolano sobre mensajes de datos y firmas electrónicas. El decreto ley otorga validez legal a los mensajes de datos y firmas electrónicas independientemente de su soporte material. Establece principios como la eficacia probatoria, neutralidad tecnológica, respeto a las formas documentales existentes, y responsabilidad limitada de los proveedores de servicios de certificación. El decreto ley también promueve el uso de estas tecnologías por el gobierno para
La legislación colombiana sobre los documentos electrónicosxcardonal
El documento analiza la legislación colombiana en materia de documentos electrónicos. Explica que en los años 90 creció el uso de las tecnologías de información en las actividades económicas, lo que llevó a la necesidad de regular aspectos jurídicos relacionados con los documentos y transacciones electrónicas. Colombia expidió la Ley 527 de 1999 para definir y regular el uso de mensajes de datos, comercio electrónico y firmas digitales, dándole la misma validez a los documentos electrónicos que a los documentos en papel
La ley regula los mensajes de datos, firmas electrónicas, contratación electrónica y comercio electrónico. Reconoce igual valor jurídico a los documentos electrónicos que a los escritos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. Establece que los mensajes de datos, firmas electrónicas y certificados electrónicos son considerados medios de prueba válidos ante los tribunales.
Este documento resume la Ley de Firma Electrónica y Mensaje de Datos de Venezuela. La ley tiene como objetivo principal otorgar valor jurídico a las firmas electrónicas y mensajes de datos en formato electrónico. Establece definiciones clave como mensaje de datos, firma electrónica, emisor, destinatario, y proveedor de servicios de certificación. También crea una Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica responsable de acreditar y supervisar a los proveedores de certificados electrónicos.
La ley reconoce la validez de los mensajes de datos y firmas electrónicas para dar seguridad jurídica a las transacciones comerciales electrónicas. Establece que los mensajes de datos tendrán la misma eficacia probatoria que los documentos escritos. Las firmas electrónicas certificadas por proveedores de servicios de certificación se considerarán equivalentes a las firmas autógrafas. La ley crea una Superintendencia de Servicios de Certificación Electrónica para supervisar a los proveedores autorizados
El documento habla sobre la firma digital, la facturación electrónica y otros conceptos relacionados con la administración electrónica. Explica que la firma digital y los certificados electrónicos permiten la validación de documentos electrónicos. También describe elementos como el documento electrónico, la sede electrónica, el registro electrónico y otros procesos digitalizados para mejorar la interacción entre ciudadanos y gobierno. Finalmente, señala que el éxito de la administración electrónica depende de que sea beneficiosa tanto para la administra
El documento habla sobre la firma digital, la facturación electrónica y la administración electrónica. Explica conceptos como documento electrónico, firma electrónica, sede electrónica y registro electrónico. Además, proporciona enlaces a videos y libros relacionados con estos temas.
Ley de firmas electronicas y mensajes de datosJoelsy Camacho
Este documento resume la Ley de Firma Electrónica y Mensaje de Datos de Venezuela. Explica que la ley otorga validez jurídica a las firmas electrónicas y mensajes de datos. Define conceptos clave como firma electrónica, mensaje de datos, proveedor de servicios de certificación y certificado electrónico. También describe los principios que guían la ley, como la eficacia probatoria, neutralidad tecnológica y respeto a las formas documentales existentes. El objetivo final de la ley es brindar seg
Este documento define y explica los documentos electrónicos en los actos jurídicos. Define un documento electrónico como un documento cuyo contenido está codificado digitalmente y puede ser leído mediante dispositivos electrónicos. Explica las características de los documentos electrónicos, su clasificación, teorías sobre su existencia, y cómo se puede demostrar su autenticidad. Concluye que los documentos electrónicos son importantes para establecer pruebas en los actos jurídicos y han facilitado el trabajo en diferentes ámbitos.
Este documento discute el valor probatorio de los medios electrónicos en México. Explica que aunque la legislación reconoce los medios electrónicos como prueba, su valor probatorio no está bien definido. También señala que la jurisprudencia no ha establecido un criterio uniforme sobre cómo valorar la evidencia electrónica. El documento analiza algunos criterios de la Suprema Corte de Justicia sobre el reconocimiento y uso de la tecnología en procedimientos legales.
La Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas regula por primera vez en Venezuela las transacciones electrónicas y las firmas digitales. Establece la validez jurídica de los mensajes electrónicos y firmas digitales, y regula los proveedores de servicios de certificación y certificados electrónicos. El objetivo es reconocer legalmente las transacciones comerciales y trámites gubernamentales realizados a través de medios electrónicos.
Este documento resume la legislación colombiana en materia de documentos electrónicos entre 1995 y 2013. Incluye leyes como la Ley 223 de 1995, la Ley 527 de 1999, la Ley 594 de 2000 y la Ley 1437 de 2011, las cuales reconocen la validez de documentos electrónicos y establecen requisitos para su uso en procesos legales y administrativos. El objetivo es dar a conocer el marco jurídico aplicable a documentos electrónicos en Colombia.
Presentacion Erick Rincón en III Simposio las Sociedades ante el Reto Digital...Elias Said Hung
Erick Rincón. Gerente General de Certicámara. Gerente General de la Sociedad Cámara de Certificación Digital Certicámara S.A.
Título de la ponencia: Seguridad técnica y jurídica en la e – administración.
Documento electrónico regulación etapas del juiciolireh
Este documento discute la regulación del documento electrónico en las distintas etapas del proceso probatorio en el proceso civil. Examina cómo la jurisprudencia se ha centrado principalmente en la valoración de la prueba electrónica y no en su petición, aporte, decreto y producción. El autor argumenta que el camino probatorio completo debe considerarse para un manejo adecuado de la evidencia digital en los juicios civiles.
El acto administrativo electrónico y las nuevas tecnologias de la informacionSaginfo & Co
Este documento discute el acto administrativo electrónico y las nuevas tecnologías de la información en Colombia. Explica que la introducción de estas tecnologías en la administración pública colombiana plantea como problema principal la actuación administrativa a través de medios electrónicos. Luego, analiza los fundamentos jurídicos del comercio electrónico en Colombia y los principios de equivalencia funcional, neutralidad tecnológica y buena fe. Finalmente, examina las implicaciones de las nuevas tecnologías de la información en el derecho administrativo colomb
Este decreto establece la Ley de Tramitación Electrónica de Expedientes Judiciales en Guatemala con el objetivo de regular el uso de medios electrónicos para agilizar los procesos judiciales de manera segura y eficiente. La ley aplica a todos los procesos judiciales en el país y establece principios como la equivalencia funcional de actos en formato electrónico y en papel, la innovación continua, y el acceso público a los actos judiciales. Asimismo, regula aspectos como la presentación de escritos y documentos de manera digital,
El documento presenta una descripción general de los conceptos básicos relacionados con la clasificación de documentos jurídicos y los fundamentos del comercio electrónico según la legislación colombiana. Explica términos como mensaje de datos, firma digital, documentos privados y públicos, y resume los principios aplicables como la equivalencia funcional, neutralidad tecnológica y buena fe. También menciona leyes como la 527 de 1999 sobre comercio electrónico y decretos como el 1747 de 2000 sobre certificación digital.
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El Estudio Jurídico PRAVDA ofrece una variedad de servicios legales basados en los principios de justicia y verdad. El estudio tiene más de 13 años de experiencia y busca brindar soluciones integrales y oportunas a sus clientes. PRAVDA ofrece servicios en áreas como derecho corporativo, tributario, administrativo, bancario, litigios y más, con un equipo de abogados expertos.
Material académico y didáctico sobre la contratación pública con sustento a la ley de hidrocarburos y en cumplimiento del objetivo social de PETROECUADOR.
Material didáctico y académico, en base al Derecho de Fideicomiso o Fiducia, sobre el desarrollo de la modalidad de Fideicomiso Mercantil para la Administración de Flujos y Fondos.
Desarrollo de material investigativo sobre el Derecho Mercantil, sus instituciones jurídicas y la normativa competente dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano.
1. El documento habla sobre conceptos básicos de derecho constitucional como el origen del poder político, el poder constituyente y la estructura de la constitución. 2. Explica que la constitución es la ley suprema de un estado que establece los derechos fundamentales y la organización de los poderes públicos. 3. También define el poder constituyente como la facultad del pueblo para darse una organización jurídica y política a través de una asamblea constituyente o referéndum.
El documento establece los procedimientos de coactivas del Ministerio de Turismo para hacer efectivo el pago de obligaciones adeudadas. Señala que el Coordinador General de Asesoría Jurídica es el juez de coactivas y describe el proceso de emisión de títulos de crédito, citaciones, liquidaciones, embargos y recursos para obligaciones liquidadas y no liquidadas. Finalmente, explica las etapas extrajudicial y judicial del proceso de cobro coactivo.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
1. En el día a día, las comunicaciones, los contratos y los
negocios se hacen a través del internet; las prácticas
terminan siendo más virtuales y menos presenciales; en
ocasiones los hechos que dieron origen a una
controversia no están plasmados en nada tangible, sino
en mensajes de datos o documentos electrónicos; no se
tiene un soporte de papel, todo lo que genera
inquietudes de cara al proceso. Una de estas
cuestiones, se centra en determinar si tal información
puede ser aportada en un proceso
LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
2. Dentro de este fenómeno mundial por una administración de
justicia ajustada a la nueva tecnología, actualizada al avance de
las comunicaciones electrónicas, se proyecta entonces la idea de
si cabe exponer la construcción, como calidad universal, del
documento procesal electrónico. Resulta entonces inexcusable
contextualizar tal incógnita dentro de la figura de una nueva
sociedad de la información, la que ayude a determinar las
adecuadas prácticas normativas a que hemos hecho reseña,
sobre el sustento de una Administración Pública electrónica y con
el soporte de las comunicaciones electrónicas admitidas como
generalización.
LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
3. El presente trabajo tiene como objeto de estudio el
desarrollo de una investigación dentro del Derecho
Procesal e Informático, que logre advertir la
problemática que existe en el sistema procesal vigente
en cuanto a la correcta interpretación y efectiva práctica
de la prueba electrónica. Enfocado al ajuste del Derecho
Procesal Ecuatoriano a la nueva sociedad de la
información
LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
4. Primordialmente, la LCE ha establecido que estos tipos de instrumentos
servirán especialmente para demostrar relaciones mercantiles de comercio
electrónico. Sin embargo, la eficiencia de estos medios en todo juicio ha sido
reconocida por la normativa adjetiva, específicamente el Código Orgánico
General de Procesos - COGEP; estos instrumentos deberían servir ante todo
órgano jurisdiccional reconocido por la normativa positiva, debiendo estar
ampliamente normados en la normativa procesal vigente no en una ley parche
como la LCE, y esta ausencia de unificación de normativa genera una falta
adecuada de interpretación para los medios electrónicos en temas como: la
presentación, pertinencia y valoración; adicionalmente esta garantía debe
hacerse exigible en sede administrativa y en todos los procedimientos
prejudiciales que la ley ha establecido para la defensa de los ciudadanos.
LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
5. La naturaleza jurídica, surge de establecer la validez jurídica como presunción
natural y los grados de eficiencia probatoria de estos medios electrónicos en
cada caso particular. Por ejemplo, la celebración de contratos nominados o
típicos siempre estará sujeta a las solemnidades establecidas en sus normas
propias (v. gr., prendas establecidas en el Código de Comercio se deben
celebrar por escrito, con reconocimiento de firma y rúbrica e inscripción en el
Registro Mercantil dependiendo del caso), por lo que estos contratos se han de
probar únicamente con los documentos escritos y sujetos a sus
correspondientes solemnidades sustanciales, no bastaría entonces probar su
existencia con un mensaje de datos, salvo que se reformen las normas legales
pertinentes, considerando la validez jurídica de los mensajes de datos y la
actual posibilidad de contar con firmas electrónicas, de tal suerte que cada vez
se vayan eliminando las trabas y barreras para que se permita el empleo
efectivo y oportuno de mensajes de datos en cualquier ámbito y con cualquier
fin.
LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
6. La fuente se convierte en prueba al momento de la
presentación ante un tribunal conforme lo dispuesto por
el COGEP y la LCE, esto es la presentación de
transcripción al papel y el soporte informático, así como
las herramientas necesarias para su apreciación,
valoración y verificación en formato original.
LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
7. LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
La eficacia depende de la ley sustantiva y el cumplimiento de los
requerimientos, mientras que la valoración de la adjetiva según la ley
especial queda bajo la sana crítica y libre juicio del juzgador.
Inclusive antes de la emisión de la LCE se autorizaba algún valor
probatorio a estos instrumentos, actualmente se deben obedecer
algunos requisitos y se deja abierta la posibilidad de un examen
pericial que verifique su eficiencia
8. LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
El artículo 55 Ley de Comercio Electrónico ((2002), Ley de Comercio
Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos., 2002) se
refiere a la valoración de la prueba electrónica, la que se somete al
libre criterio judicial, es decir deja en libertad al juez de expresar las
razones de su convicción o no. En sistemas democráticos como el
nuestro donde la motivación de las decisiones gubernamentales
deben ser minuciosamente expresadas, la sujeción a este restrictivo
método consiste en una limitación, deberían mencionarse como
mecanismo adecuado los principios de la sana crítica o más
específicamente la libre apreciación de la prueba, y esto junto con la
falta de conocimiento de los jueces produce que estos resten el
poder probatorio o desechen un medio electrónico como un efectivo
y oportuno recurso probatorio dentro de un proceso.
9. LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
Una vez que ha quedado más que demostrado la problemática
actual que está perjudicando los derechos de los ciudadanos cuando
su recurso probatorio es un medio electrónico, resulta necesario y de
carácter urgente incluir dentro de la Ley de Comercio Electrónico,
Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos y el Código Orgánico
General de Procesos las siguientes reformas para una correcta
interpretación y adecuada aplicación de los medios electrónicos para
una mejor práctica probatoria, la cual se integrará con la siguiente
reforma:
10. LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
“Sistema Electrónico.- Cuando la Ley prevea que una
actuación debe realizarse por escrito, se entenderá cumplido
este requisito siempre que el instrumento conste en medio
físico o electrónico, alternativamente.
De la misma manera, cuando la Ley requiera la suscripción de
los documentos, será igualmente válida la firma autógrafa
como la electrónica.”
11. LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
“Prueba electrónica.- La prueba contenida o generada en medios
electrónicos con que cuenten las partes o cuya obtención fue posible a
través de estos medios, se aportará al proceso en igual formato
adjuntando el soporte informático.
Los medios electrónicos como los mensajes de datos, firmas electrónicas,
documentos electrónicos y los certificados electrónicos emitidos conforme
a la ley de la materia, a los cuales se adjunte la acreditación por una
entidad de certificación de información debidamente establecida, se
presumirán válidos y que estos reúnen los requisitos determinados en la
ley.
Para la práctica de la prueba electrónica como su admisibilidad, valoración
e impugnación se estará a los dispuesto en este código y la Ley de la
materia.”
12. LA PRUEBA ELECTRÓNICA: LOS MEDIOS ELECTRÓNICOS
COMO RECURSO PARA LA PRÁCTICA DE LA PRUEBA.
“TERCERA.- EL Consejo de la Judicatura implementará un sistema
electrónico para la sustanciación de los procesos, registros, diligencias y
actos procesales establecidos en este Código.
La Autoridad competente emprenderá la desmaterialización progresiva de
las piezas fundamentales de los expedientes físicos al electrónico,
permitiendo a los actores procesales emplear los medios electrónicos
reconocidos por la Ley, en particular, para la presentación de los
documentos que deban constar por escrito.
Para tal efecto, la entidad arriba mencionada contará con el plazo de 2
años.”