1. SUMILLA: Medida cautelar administrativa
SEÑOR DIRECTOR DEL PROGRAMA SECTORIAL III DE LA UNIDAD DE
GESTION EDUCATIVA LOCAL DE YUNGAY.
María verónica LOPEZ ASIS, con D.N.I.33343131, con dirección domiciliaria en Carretera
Central S/N Barrio de Tacllan, del distrito y Provincia de Huaraz, actual docente en la
Institución Educativa Pública “José Carlos Mariátegui” de Huscahu, del ámbito de la UGEL –
Yungay, en el proceso administrativo de racionalización de plazas del personal docente y
administrativo en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y Técnico
Productiva, tal es el caso particular en la Unidad de Gestión Educativa Local de Yungay, en
cumplimiento al D.S.Nº005-2011-ED, y el D.S.Nº009-2012-ED, que modifica el Inciso a) del
numeral 6.4.2.1 de las Normas para el proceso de racionalización de plazas del personal
docente y existiendo una queja administrativa en mi contra según el Expediente Nº016959
de fecha03 de diciembre del 2013;Formulado por doña: Rosario de Jesús PALACIOS ROMERO
a Ud., respetuosamente, digo:
Haciendo uso del derecho de petición previsto en el inciso 20º del articulo 2º de la
Constitución Política del Estado.
El artículo 146.1 de la Ley 27444 establece que “Iniciado el procedimiento, la autoridad
competente mediante decisiónmotivadayconelementosde juiciosuficientespuede adoptar,
provisoriamente bajo su responsabilidad, las medidas cautelares establecidas en esta Ley u
otras disposiciones jurídicas aplicables (…)”. Dentro de este contexto:
I.- EXPRESION CONCRETA DELO PEDIDO:
PRETENCION PRINCIPAL:
En vía de medidacautelaradministrativa,pormediode lapresente solicito se sirva suspender
cualquier acción tendiente a ejecutar , en variar , modificar y/o anular lo dispuesto por los
miembros de la ComisiónTécnica del Proceso de Racionalización de la Unidad de Gestión
Educativa Local de Yungay, sobre el acto administrativo del ACTA DE ADJUDICACIÒN,
desarrollado el 03 de diciembre del 2013, que me racionalizan como Plaza de destino a la
Institución Educativa Pública Nº86794 de Moque, por cuanto su modificación, su variación;
contraviene el principio de legalidad y el artículo 237.2 de la Ley 27444 caso contrario se
incurriráenresponsabilidadpenalporabuso de autoridad en calidad de cómplice previsto en
el artículo 376 del Código Penal.
2. PRETENCION ACCESORIA:
Solicitoen víade MEDIDA CAUTELAR de conformidadcon lo establecido en el articulo 216º de
la LeyNº2744, se suspendala ejecución del actoreclamado enquejade doña:Rosariode Jesús
PALACIOS ROMERO, con el Expediente Nº016959 de fecha 03 de diciembre del 2013,
ingresado por Tramite Documentario de la Unidad de Gestión Educativa Local de Yungay, por
existir evidentes razones no atendibles para ello, Así tenemos:
II.- FUNDAMENTOS DELA MEDIDA CAUTELAR:
1. Con fecha 03 de diciembre del 2013, al recurrente le hicieron entrega el ACTA DE
ADJUDICACIÒN,por los miembros de la ComisiónTécnica de Racionalización de la Unidad de
Gestión EducativaLocal de Yungay,de conformidad con el D.S.Nº005-2011-ED, y el D.S.Nº009-
2012-ED, concordante con la Ley Nº29944, Ley de Reforma Magisterial y el articulo 201º,
202º,203º del Decreto Supremo Nº004-2013-ED.
2. Es del caso que como consecuencia de lo anterior se ha emitido el ACTA DE
ADJUDICACION, es el resultado de la aprobación automática después de una evaluación y
análisisminuciosoporlosmiembrosde la ComisiónTécnica del Proceso de Racionalización de
plazas de personal docente en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y
Técnico Productiva. Por lo que es pertinente conservar la Validez del acto administrativo
dictado conforme al ordenamiento jurídico, articulo 1º,2º,8º y 9º al 13º de la Ley Nº27444,
concordante con el C.P.C. articulo 121 y C.C. articulo 140º, y lo dispuesto por la Constitución
Política del Perú, articulo 139º, inciso 5). Respectivamente.
2.1. El Artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27444, en su numeral 1.1. Establece el
Principiode legalidadenlossiguientestérminos“Lasautoridadesadministrativasdebenactuar
con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén
atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.”
2.2. Que, en cuanto a la queja formulada por doña: Rosario de Jesús PALACIOS
ROMERO, segúnel Expediente Nº016959 de fecha03 de diciembre del 2013, recepcionadopor
Tramite Documentariode laUnidadde GestiónEducativaLocal de Yungay, debe declararse su
nulidad y su inadmisibilidad, por cuanto es imposible retrotraer sus efectos del ACTA DE
ADJUDICACIÒN, del proceso de racionalización y en caso de omisión ò variación sólo dará
lugar a la responsabilidad de quien dicto el acto y en su caso, a la indemnización para el
afectado.
2.3. De lo anterior se tiene que, un accionar precoz no conducirá a que se apliquen
medidas correctivas con éxito, toda vez que el acto administrativo emito por la comisión
técnicadel procesode racionalización “ACTA DE ADJUDICACION” es de puro derecho a su vez
demuestra la acción al principio de veracidad material y el principio de conducta
procedimental yse debe cumplirconlafinalidaddel acto resolutivode modotal se ampare la
conducta de la buena fe procesal en favor del administrado.
3. 2.4. Invococomo fundamentode derecholoprevistoenel articulo146.4 de la Ley
Nº27444, que establece claramente “Nose podrándictarmedidasque puedancausarperjuicio
de imposible reparaciónalos administrados”.
Los efectosjurídicosdel acto administrativo son directos e inmediatos; pues surgen de él
mismo,noestánsubordinadosa la emanación de un acto posterior. El acto debe producir
por sí efectos jurídicos respecto del administrado; por ello los dictámenes, pericias,
informes,pareceres,oficios, Actas, proyectos, etc., no constituyen actos administrativos,
sino meros actos preparatorios que se emiten para hacer posible el acto principal,
posterior; tienen en su caso un efecto jurídico indirecto o mediato.
Anexo:
1-A Copiade DNI
1-B Copiadel ACTA DE ADJUDICACIÒN,expedidaporlaComisiónTécnicadel Procesode
Racionalizaciónde PlazasDocentesenel ámbitode la UGEL – Yungay.
1-C Copia del Oficiode NotificaciónemitidoporlaUGEL- Yungay
1. D Copiadel Expediente Nº016959, Materia de queja.
OTRO SI DIGO: Que, solicito la emisión del acto resolutivo, sobre la materia de los actuados
por la Comisión Técnica del Proceso de Racionalización de Plazas docentes, de la Unidad de
Gestión Educativa Local de Yungay, en cumplimiento de los plazo del Procedimiento
administrativo, a merito a la Ley Nº27444.
POR LO EXPUESTO:
A UD. pidodar al presente recursoel trámite que le correspondaconforme alaLey 27444.
Yungay, 10 de Diciembre del 2013.
MARIA VERONICA ASIS LOPEZ
D.N.I.Nº33343131