1. UNIVERSIDAD LATINA DE PANAMÁ
SEDE PENONOMÉ
LICENCIATURA EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
Sociología Jurídica
Taller
Naturaleza y Cultura
Nombre: Cristela Pun Liang ID: 8-835-1692
Fecha: 13-6-2012 Profesor: Luis A. Campos U.
Cuestionario
1- ¿Describir cuál es la relación que existe entre la realidad natural y la relación
humano o cultural en la construcción del conocimiento?
Resp.: El hombre ejerce su inteligencia y su voluntad adaptando la naturaleza a
sus fines; así mismo con la cultura las características y rasgos adquiridos según
nuestros principios y costumbres enseñadas de generación en generación; en el
universo hay cosas que se encuentran en estado bruto y cuyo nacimiento no
requiere de ninguna participación de nuestra inteligencia o de nuestra voluntad,
son puestas por la naturaleza. El hombre no solo existe, sino que coexiste, o sea,
vive necesariamente en compañía de otros hombres. En virtud del hecho
fundamental de la coexistencia, los individuos establecen entre sí relaciones de
coordinación, de subordinación, de integración o de otra naturaleza, relaciones
que no se dan sin la concomitante aparición de reglas de organización y de
conducta. No es necesario mucha meditación para reconocer, que existen dos
órdenes de relaciones que corresponden a dos especies de realidades: un orden
que denominados realidad natural y otro que llamamos realidad humana, cultural
o histórica. Ante estas 2 esferas, el hombre se ha comportado de una manera
diversa, pero antes procura conocerlas y descubriendo los hecho que existen
entre sus elementos y las leyes que las gobiernan. Montesquieu, uno de los
grandes maestros de la ciencia jurídico-política de Francia en el siglo XVIII,
escribió una obra de gran repercusión en la cultura Occidental titulada De
l`Esprit des Lois. Esta obra defina la ley como una “relación necesaria que
resulta de la naturaleza de las cosas.” Y como se puede percibir que las leyes
explican el mundo físico, el mundo de lo dado, y también cuando se refieren a
las leyes morales y jurídicas que rigen el mundo de la cultura y de la conducta
2. humana, el mundo de lo construido, todo esto conllevan a la relación de la
realidad natural con la realidad humana o cultural.
2- ¿Cómo debe entenderse la palabra cultura y por qué existe la palabra cultura?
Resp.: Cultura es el conjunto de utensilios e instrumentos, de las obras y
servicios, así como las actitudes espirituales y formas de comportamiento que el
hombre va formando y perfeccionando a través de la historia como caudal o
patrimonio de la especie humana.
El sentido que damos ahora a la palabra no debe confundirse con la acepción
corriente del término. Cultura, es la acepción común de este vocablo, indica
primariamente el afinamiento del espíritu que posibilita a los hombres cultivar
todos los valores humanos. Como termino técnico, cultura, mantiene también el
mismo sentido ético y humano; basta considerar que la cultura se desdobla en
diversos ciclos culturales o estadios históricos, cada uno de los cuales
corresponde a una civilización. La cultura existe porque el hombre, en su
búsqueda de la realización de fines que le son propios, modifica aquello que le es
dado modificándose a si mismo. El hombre culto es mucho más que el hombre
erudito; éste se limita a reunir y a yuxtaponer conocimientos, mientras que aquél
los unifica y anima con un soplo de espiritualidad y de entusiasmo.
3- ¿Analice la distinción básica que existe entre el concepto de ley y de costumbre?
Resp.:
Ley Costrumbre
Cuando la generalidad de las personas que
Refiere al origen en el momento de Nacimiento de integran la sociedad actúa de una manera
la ley está siempre bien determinado y concretado; determinada y uniforme por un período largo de
la ley procede de un órgano establecido que tiene tiempo, podemos decir que existe una costumbre.
fijad su actividad en el espacio y en el tiempo. El Por lo tanto, podemos definir a la costumbre como
derecho consuetudinario que tiene un origen 'la forma de actuar uniforme y sin interrupciones
incierto y no puede localizarse de antemano, con que, por un largo período de tiempo, adoptan los
caracteres de seguridad y con certeza. miembros de una comunidad, con la creencia de
que dicha forma de actuar responde a una
necesidad jurídica, y es obligatoria.
Cuando se hace costumbre jurídica: Los antiguos
La ley sólo se origina de un órgano cierto y según decían que no puede haber norma jurídica
un proceso prefijado. Es el resultado de una consuetudinaria sin que se dé en ella la opinio
elaboración que en todos sus momentos y en todo iuris seu necessitatis, y lo decían en virtud de la
su ritmo está determina por una ley anterior existencia del elemento intencional. De una
3. definitiva por la Constitución. No acontece lo manera más objetiva podríamos decir que
mismo con la costumbre jurídica. Ésta aparece en costumbre adquiere la condición de costumbre
la vida social de la manera más imprevista, nadie jurídica cuando pasa a referirse intencionalmente
puede determinar los procesos reveladores de los a valores jurídicos, tanto si mira a realizar un valor
usos y costumbres. No acontece lo mismo con la positivo considerado de interés social como si
costumbre jurídica. atiende a impedir que se dé un valor negativo, un
disvalor.
La costumbre continua desempeñando una
función relevante en la experiencia jurídica de
La ley es genérica, posee un elemento de nuestros días, habida cuenta que la importancia
universidad las costumbres son particulares y de su papel varia teniendo fuerzas mayor en
se refieren a una determinada categoría de determinadas ramas jurídicas y para la solución de
personas, de actos o de situaciones. determinados problemas, como es el caso de
Derecho Mercantil y del Derecho Internacional.
Ser cautos al aplicarlo a causa de las
confusiones que sobre el existen, se dice que
la ley es siempre escrita.
El criterio de la vigencia en relación con el de
la eficacia está íntimamente ligado al de la
forma.
4- ¿Cómo surge la costumbre, cuando se hace costumbre jurídica y cuál es el papel de la
costumbre en los distintos campos del derecho?
Resp.:
La ley tiene siempre un origen definido que se vincula a un órgano designado, la costumbre
surge de forma indeterminada e imprevisible. Se hace costumbre jurídica solamente cuando
influyen dos elementos fundamentales: la repetición habitual de un comportamiento
durante un cierto período de tiempo y la conciencia social de la obligatoriedad de tal
comportamiento.
La Costumbre sigue desempeñando la función en la experiencia jurídica, la importancia de
su papel varía teniendo fuerza mayor en determinadas ramas jurídicas y para la solución de
determinados problemas, como es el caso del Derecho Mercantil y del Derecho
Internacional. Las diferencias y contrastes aparecen incluso en países pertenecientes a una
misma tradición jurídica. La distinción entre el Derecho Público y Derecho Privado, las
4. costumbres desempeñan un papel más relevante; El Derecho Público es en lo
esencial de naturaleza consuetudinario.
5- ¿Explique la acepción genérica del término Ley?
Resp.:
En su acepción genérica, ley es toda relación necesaria de orden causal o funcional establecida
entre dos o más hechos según la naturaleza que le es propia. La ley cuando nos referimos tanto
a las leyes éticas y a las sociológicas como a las leyes físico-matemáticas.
Las leyes éticas implican directrices de conducta pautando objetivamente las formas de
comportamiento, se denominan normas abarcando las morales, las jurídicas y las de
trato social llamadas también costumbres sociales y usos sociales.
Dentro de las especies de normas y de reglas se destaca la norma legal natural variación
semántica se denomina pura y simplemente ley.
El nacimiento de nuevas situaciones jurídicas con un objetivo válido, con legítima en
cuanto a su vigencia y eficacia se manifiesta a través de una serie de actos que
componen la nomogénesis legal o proceso legislativo.
R/ La acepción genérica trata de explicar que la ley es el control externo que existe
para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta
social establecida por una institución gubernamental.