3. DEFINICIÓN.
• Son comprobantes de índole contable y
tributario , que sirven para sustentar el
aumento del valor de las operaciones de
venta.
• Consiste en la rectificación por suplemento
del precio facturado, errores u omisiones en
el monto de la operación.
7. INFORMACIÓN BÁSICA QUE DEBEN
LLEVAR LAS NOTAS DE DÉBITO.
Información del emisor.
Información de los intereses.
Información del comprobante de venta al que
hace referencia.
Identificación de quien la recibe.
Datos de la autorización y fecha de caducidad.