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Edgardo Balbín Torres
LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN
EL PERÚ Y EL CONSEJO NACIONAL DE
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
(2001-2008)
Oficina Internacional del Trabajo
Oficina Subregional para los Paises Andinos
Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV)
Proyecto "Fortalecimiento de los sindicatos ante los nuevos retos de la integración en América Latina" (FSAL)
LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN
EL PERÚ Y EL CONSEJO NACIONAL DE
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
(2001-2008)
Edgardo Balbín Torres
Copyright © Organización Internacional del Trabajo, 2009
Primera edición 2009
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OIT
Balbín, Edgardo
Las organizaciones sindicales en el Perú y el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo.
(2001-2008). Lima: OIT, Oficina Subregional para los Países Andinos, 2009. 149 p.
Diálogo social, tripartismo, sindicato, papel del sindicato, organización institucional, Perú.
13.06.1
ISBN: 978-92-2-323062-3 (Versión impresa)
ISBN: 978-92-2-323063-0 (Versión web pdf)
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Isidro, Lima 27, Apartado Postal 14-124, Lima, Perú. También pueden solicitarse catálogos o listas de
nuevas publicaciones a las direcciones antes mencionadas o por correo electrónico a: pubvente@ilo.org o
biblioteca_regional@oit.org.pe
Vea nuestro sitio en la red: www.oit.org.pe
Impreso en el Perú
Ever Rodríguez (1957-2005)
" Con especial dedicación a Ever Rodriguez,
sindicalista comprometido con la justicia
y el diálogo social, quien fue un activo
defensor de los derechos laborales
y del trabajo decente en el CNTPE ".
ÍNDICE
Pág
PRESENTACION 3
INTRODUCCIÓN 7
I EL DIÁLOGO SOCIAL PARA LAS ORGANIZACIONES
SINDICALES
11
1.1. El diálogo social 11
1.2. La función y el valor del diálogo social 15
1.3. Los presupuestos centrales del diálogo social y su
situación en el Perú
17
II LA EXPERIENCIA SINDICAL DE DIÁLOGO EN EL CONSEJO
NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
23
2.1. La participación sindical en el diálogo social en el Perú 23
2.2. El Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo 30
III LAS PROPUESTAS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES
EN EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
47
3.1. El funcionamiento de la representación sindical en el
CNTPE
47
3.2. Las propuestas de las organizaciones sindicales 53
PERSPECTIVAS 61
ANEXOS 67
Anexo 1
Texto de las propuestas sindicales
68
a) Propuesta de articulado de los aspectos no consensuados de la
Ley General del Trabajo
68
b) Propuesta de criterios para la determinación de la Remuneración
Mínima Vital
109
c) Propuesta de lineamientos para una política de fomento de la
libertad sindical
123
d) Propuesta de lineamientos para un estudio sobre la
productividad
128
e) Propuesta de comisión para el tratamiento de la problemática de
los trabajadores de la economía informal
130
Anexo 2
Mensaje de los representantes de los trabajadores en las memorias
de actividades del CNTPE. Años 2005 y 2006.
133
Anexo 3
Carta remitida, por las 4 centrales sindicales en junio de 2005, al
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, comunicando la
suspensión de su participación en el CNTPE.
138
Anexo 4
Carta dirigida en enero de 2007 al Sr. Juan Somavía, Director
General de la OIT, por parte de las 4 centrales sindicales,
haciéndole conocer la situación de los derechos laborales y el
diálogo social en el Perú
140
Anexo 5
Resumen ejecutivo de la propuesta sindical sobre la reforma de la
seguridad social
144
Anexo 6
Nota de prensa remitida a los medios de comunicación por las
cuatro centrales sindicales, a favor de la aprobación de la Ley
General del Trabajo y defensa de la libertad sindical (año 2006)
147
BIBLIOGRAFÍA 149
PRESENTACION
El papel que las centrales sindicales peruanas han jugado para
la promoción del tripartismo en el Perú ha sido muy importante. Su
contribución a los procesos de diálogo social que se han llevado a cabo en
el seno del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE)
ha sido encomiable, y refleja su espíritu de colaboración, apertura,
receptividad y responsabilidad social con el país, desde su propia visión
del desarrollo. Las organizaciones sindicales han participado en dicho
espacio ejerciendo con autonomía la representación del sector laboral, y
manteniendo la coherencia con sus principios de clase y sus mandatos
internos. Como han declarado en numerosas oportunidades las propias
confederaciones nacionales, el objetivo de la justicia social y laboral
requiere para su materialización de un sistema sociopolítico cada vez más
democrático, cuya construcción permanente incluya al actor sindical
como un protagonista activo de las relaciones laborales y de las políticas
socioeconómicas que afectan al mundo del trabajo y de la producción (“sin
sindicatos no puede haber democracia”).
La democracia es el proceso y el resultado de un largo
aprendizaje social. La democracia es una cultura. De allí que consolidar la
democracia suponga muchas veces reformar hábitos, modificar prácticas
y potenciar la virtud civilista de la responsabilidad social compartida. Esto
es necesario para hacer factible la gobernabilidad y la cohesión social.
El resultado de una fructífera relación entre gobernabilidad y
democracia es la legitimidad. Dicha relación debe integrar en las políticas
de desarrollo tanto la dimensión técnica (de conocimiento objetivo de la
realidad), como la política (los intereses y los recursos), y la dimensión
ética (de elección entre valores). Con esos principios (en la triple
dimensión técnica, política y ética del desarrollo) es más factible dialogar,
negociar, comunicar, organizar, sumar, y compartir proyectos comunes y
alternativos.
Una sociedad auténticamente democrática es una entidad de
diálogo social por excelencia: las estructuras políticas, económicas,
jurídicas e institucionales, son el espacio sistémico para garantizar una
convivencia pluralista y representativa. Por tanto, al hablar de diálogo
social, no se está haciendo referencia a algo nuevo o diferente al Estado de
Derecho. La democracia implica el diálogo social. Pero las posibilidades
del desarrollo democrático no se agotan en las formulaciones normativas,
lo que da un especial signo de constructividad al diálogo social y al
tripartismo.
El diálogo y la negociación social pueden permitir llegar a
acuerdos para distribuir con equidad los beneficios del crecimiento, al
mismo tiempo que asignar, también equitativamente, los costos de ese
proceso. La legitimidad del proceso de adaptación de la economía del país
al entorno globalizado, depende del grado de consenso social que se logre.
Para ello, el diálogo social es un escenario privilegiado, en especial si se
logra elaborar una agenda flexible y abierta que cubra los distintos temas
de la problemática económica, política y social que interesan
estrategicamente a los actores del tripartismo.
Así pues, el diálogo social es un instrumento al servicio de la
gobernabilidad de los sistemas democráticos que contribuye a: i) generar
acuerdos estables en el ámbito de las relaciones laborales y del desarrollo
productivo, con la participación directa o indirecta del Estado; ii) moderar
la conflictividad social y laboral, con una visión plural de país y con reglas
del juego compatibles con las aspiraciones de trabajadores y empleadores;
iii) crear espacios para soluciones creativas, mediante procesos que den
legitimidad social a políticas públicas cuyo norte sea el crecimiento
económico con equidad; iv) reconciliar las exigencias de la justicia social
con las de la competitividad de las empresas y el desarrollo económico, de
tal modo que el diálogo no sólo sea utilizado en medio de circunstancias
económicas adversas para arbitrar el reparto de la crisis, sino que debe
recurrirse también a él en situaciones favorables para canalizar
proporcionalmente los beneficios de la prosperidad.
El presente documento refleja el convencimiento del
sindicalismo sobre la significación social de tales conceptos, y sobre la
necesidad de profundizar de modo constante y consistente la democracia,
lo que implica, como requisito esencial, democratizar (a través del
tripartismo) el propio mundo del trabajo. Sus aportes en el CNTPE están
orientados a propiciar un marco estructural de normas y de prácticas
sociolaborales proclive y coherente con el enfoque del trabajo decente. El
diálogo tiene que ofrecer resultados que refuercen la confianza de los
actores en el mismo.
El trabajo que las centrales han desempeñado en el CNTPE,
desde su reactivación a partir del año 2001, podría dar para contar
muchas experiencias fruto de la participación sindical en dicha instancia.
Por ejemplo, el despliegue y costos que ha supuesto para las
organizaciones el hecho de su presencia activa, tanto en el Pleno como en
las comisiones. Pero el propósito del documento es reflejar del modo más
sistemático las preocupaciones, las propuestas, los aportes y las
valoraciones que las centrales han hecho de dicha entidad consultiva,
incluyendo sus fortalezas y debilidades. Su publicación no solo tiene un
carácter informativo y referencial, sino que es paralelamente un
reconocimiento sindical a la importancia que ha tenido el CNTPE y la
labor de sus constituyentes.
Esta publicación es un producto elaborado conjuntamente por el
Proyecto FSAL, la Oficina Subregional para los Países Andinos (OSRA), y
la Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV). El autor del
libro es el Sr. Edgardo Balbín Torres, colaborador externo, quien ha
realizado una excelente labor para elaborar el documento con el rigor
técnico necesario, pero en total correspondencia con los puntos de vista
del protagonista del estudio (el sindicalismo peruano). Agradecemos al Sr.
Luis Fuertes, CTP del Proyecto FSAL, por las acertadas gestiones para la
obtención de este producto, el cual sin duda será de mucho interés para
las centrales sindicales peruanas, y esperamos que también pueda serlo
para los actores del tripartismo y la sociedad en su conjunto. Queremos
también agradecer el valioso apoyo técnico del Sr. Oscar Valverde,
Especialista en Actividades para los Trabajadores de la OSRA, cuyas
orientaciones y aportes conceptuales fueron esenciales, así como su
colaboración con la edición del material.
José Luis Daza Pérez Dan Cunniah
Director OIT Lima Director ACTRAV
INTRODUCCIÓN
Las organizaciones sindicales cumplen un rol imprescindible en
toda sociedad democrática. Así lo demuestran las experiencias de las
democracias avanzadas y consolidadas del mundo, construidas sobre la
base del tripartismo y de los pactos sociales, en los que las organizaciones
sindicales han desempeñado un rol protagónico. Un entorno democrático
es una condición para el ejercicio de la libertad sindical pero, a la vez, un
movimiento sindical fuerte y consolidado contribuye, a través del diálogo y
la participación social, a profundizar la democracia, a mejorar la
distribución justa de la riqueza y de las oportunidades, y a reducir o
eliminar las desigualdades y la exclusión social. Aún cuando las ventajas
de la libertad sindical y del diálogo social son evidentes, el panorama
nacional presenta todavía problemas para las organizaciones sindicales,
pues persisten diversas prácticas que violentan los principios de libertad
sindical y dificultan el diálogo social efectivo.
A pesar de estos problemas, las organizaciones sindicales en el
Perú han desarrollado acciones coordinadas y unitarias en algunos
escenarios de diálogo tripartito, dirigidas a lograr mejoras sustanciales en
las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores y trabajadoras, y a
salvaguardar sus intereses de clase. Uno de los principales escenarios ha
sido el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE),
instancia tripartita de diálogo, en la que participan las cuatro centrales
más importantes del país. El CNTPE ha sido valorado por las centrales
sindicales como una posibilidad para construir prácticas democráticas,
luego de la exclusión autoritaria que vivieron durante la década de los
noventa, y para influir en la voluntad política de los gobiernos,
orientándola hacia la mejora de las condiciones de trabajo y de vida de
todos los ciudadanos y ciudadanas.
Sin embargo, la construcción de prácticas democráticas a través
del diálogo, entre los actores sociales, no es tarea fácil. Requiere de un
auténtico propósito de dialogar y de establecer relaciones de confianza
entre las partes que, por participar en el diálogo, no niegan la diversidad
de sus intereses o la posibilidad de entablar conflictos. La confianza en el
diálogo social es difícil de construir y exige a las partes (en especial a los
gobiernos) compromisos cada vez más amplios e integrales para su
edificación.
Como muestra de su confianza en el diálogo social, las centrales
sindicales han llevado a cabo un proceso de mejora de su participación en
el CNTPE, que ha dado lugar a acciones sindicales unitarias y a la
producción y presentación de interesantes propuestas. Esta preocupación
por mejorar sus capacidades para el diálogo y la negociación social, así
como las propuestas elaboradas y presentadas en el CNTPE, constituyen
la mejor evidencia del compromiso democrático de los sindicatos con el
diálogo social franco, abierto y con resultados.
El presente trabajo expone una síntesis de este proceso y de las
principales propuestas presentadas unitariamente por las centrales
sindicales al CNTPE. El primer capítulo ofrece la perspectiva sindical del
diálogo social, sus características más importantes, funciones y
presupuestos. El segundo capítulo presenta una reflexión y un recuento
de los aspectos más saltantes de la participación sindical en el CNTPE con
base en tres fuentes de información: los datos existentes en las propias
centrales sindicales respecto de sus experiencias e intervenciones, la
información registrada por la asesoría técnica de las centrales sindicales
obtenida con el apoyo de la OIT y ACTRAV a lo largo del periodo analizado
y la información obtenida en la Secretaría Técnica del CNTPE. Finalmente,
el tercer capítulo presenta algunas de las propuestas formuladas por las
organizaciones sindicales en lo que va de su participación en la
mencionada instancia de diálogo social. Es preciso advertir que aunque
estas propuestas son todavía pocas en número, están referidas a tópicos
esenciales para democratizar las relaciones laborales y proceder a la
equidad en la división social del trabajo y, por eso constituyen ya un
importante aporte a la actividad del CNTPE que merece la pena destacar y
difundir. Además, las propuestas evidencian el compromiso de las
organizaciones sindicales con ciertos objetivos de política social que, como
sucede con el concepto de “Trabajo Decente”, redundan en beneficio de la
colectividad en su conjunto. En la actualidad, las centrales sindicales
insisten en que el CNTPE debe ser el espacio en el que se adopten las
decisiones tripartitas necesarias para poner en marcha un “Programa
Nacional de Trabajo Decente”, cuyas prioridades sean (i) el respeto de los
derechos fundamentales en el trabajo y la aplicación efectivo de los
convenios de la OIT ratificados, tanto en el sector privado, como en el
sector público; (ii) la generación de empleo de calidad, digno, productivo y
con derechos y (iii) el mejoramiento y la ampliación de la protección y la
seguridad social.
Las centrales sindicales son conscientes del reto que supone la
participación en el CNTPE y en otras instancias de diálogo, y entienden
también que, a pesar de las dificultades que puedan surgir, el proceso de
mejora de las capacidades sindicales para el diálogo debe continuar y
profundizarse, permitiéndoles ofrecer cada vez mejores propuestas
unitarias y obtener resultados cada vez más satisfactorios para los
intereses de los trabajadores y trabajadoras y de la sociedad en general.
Aunque en ocasiones la realidad nacional y las prácticas laborales
resulten desalentadoras, y las contrapartes no siempre den señales claras
de voluntad y compromiso, las organizaciones sindicales siguen
manifestando su constante disposición a dialogar y su compromiso con la
democracia y con el trabajo decente que promueve la OIT.
CAPÍTULO I
EL DIÁLOGO SOCIAL PARA LAS ORGANIZACIONES
SINDICALES
1.1 El diálogo social
No es posible atribuir un significado único o universal al concepto de
diálogo social, pues éste varía en función de la experiencia vivida en cada
país1. No obstante ello, la OIT ha aportado una noción amplia de de este
concepto, que resultará muy útil para los objetivos de este trabajo. Para la
OIT, el diálogo social abarca todo tipo de negociaciones o consultas -
incluido el intercambio de información- entre representantes de los
gobiernos, los empleadores y los trabajadores sobre temas de interés
común relativos a las políticas económicas y sociales2. Bajo esta
perspectiva, la noción de diálogo social puede ser caracterizada en base a
los siguientes elementos:
El diálogo social es una forma de interacción ente los actores de las
relaciones laborales que puede darse a través de mecanismos como la
negociación (que convoca a los actores con el propósito, pero no con la
obligación de lograr un acuerdo), la consulta (que convoca a los actores
con el fin de ofrecer su visión sobre determinada materia) o cualquier otra
forma de interacción de menor intensidad3 que permita a los actores de
las relaciones laborales intercambiar información o pareceres.
Lógicamente, para las organizaciones sindicales resultan de mayor interés
aquellos mecanismos de gran intensidad, que involucran la posibilidad de
1 Rueda-Catry, Marleen y Ozaki, Muneto: Diálogo social: un panorama internacional; en
Educación Obrera, 2003, 3, Número 120, pp. 1 y 2
2 Ishikawa, Junko. Aspectos clave del diálogo social nacional: Un documento de
referencia sobre el diálogo social. Ginebra: OIT, 2003. pág. 3
3 Ermida Uriarte, Oscar, “Diálogo Social: Teoría y Práctica”; en Revista Derecho Laboral,
T. XLIV, Nº 201, enero-marzo 2001, p. 69.
adoptar decisiones conjuntas y que tengan carácter vinculante. Por ello,
normalmente, las organizaciones sindicales encaminan sus esfuerzos a
profundizar su participación en las instancias de diálogo mejor
posicionadas, política e institucionalmente, impulsando la negociación
colectiva a nivel empresarial o sectorial y pugnando por establecer formas
de diálogo a nivel nacional o sectorial, cuyos acuerdos tengan carácter
vinculante para las partes, ya que en su experiencia han tenido serias
dificultades para la negociación colectiva (que han sido insalvables a nivel
sectorial o de rama en el sector construcción) y los acuerdos muy pocas
veces se han traducido en medidas de política laboral consistentes y
congruentes con los consensos declarados.
El diálogo social tripartito es un proceso enmarcado en el ámbito de las
relaciones laborales; por lo tanto, involucra a los sujetos vinculados con
esa problemática y, en particular, a las organizaciones de trabajadores,
los empleadores o sus organizaciones y los gobiernos. Aunque resulta
muy frecuente que en los procesos de diálogo social participen los tres
sujetos antes mencionados y se hable por ello de procesos tripartitos,
existen experiencias de diálogo bipartito que convocan únicamente a dos
actores. Así puede ocurrir, por ejemplo, en el sector público cuando se
reúnen únicamente organizaciones de trabajadores y el gobierno (que en
este caso tiene además la condición de empleador) o así puede ocurrir
también en algunas experiencias de diálogo en el sector privado, llevadas
a cabo entre organizaciones de trabajadores y empleadores, sin presencia
del gobierno. Existen también experiencias de diálogo que convocan a más
de tres sujetos, como ocurre con las experiencias de diálogo que
incorporan además a diversas organizaciones de la sociedad civil (“diálogo
tripartito plus”)4. En todos los casos debe tratarse de sujetos vinculados a
la problemática de las relaciones laborales. En el Perú, el CNTPE es una
4 Ishikawa, Junko. Aspectos clave del diálogo social nacional: Un documento de
referencia sobre el diálogo social. Ginebra: OIT, 2003; pág. 5.
instancia de diálogo tripartito pero, además, las organizaciones sindicales
aspiran a la pronta conformación de una instancia de diálogo social
bipartito (organizaciones sindicales y gobierno) para el sector público, de
conformidad con lo señalado en el Convenio 151 de la OIT, ya que en el
CNTPE no trata los temas de relaciones laborales en el sector público.
El diálogo social es un mecanismo de interacción que puede desarrollarse
a nivel supranacional, nacional, sectorial, empresarial, provincial o en
cualquier otro ámbito que los propios sujetos determinen. Por ejemplo, en
América Latina existen experiencias de diálogo a nivel supranacional,
como las reuniones conjuntas llevadas a cabo entre los Consejos
Consultivos Empresarial y Laboral de la Comunidad Andina, y el Foro
Consultivo Económico y Social del Mercosur. Pero, es importante advertir
que, aunque pueda cobrar mayor relevancia el diálogo social de alcance
nacional o supranacional (al punto que algunos autores identifiquen el
concepto de diálogo social sólo con este alto nivel de actuación), también
son importantes otras formas de interacción entre actores sociales que se
dan en escenarios de menor alcance y que a veces pueden dar impulso o
soporte a grandes procesos de diálogo nacional o supranacional. En el
Perú, las organizaciones sindicales han apoyado la conformación de los
Consejos Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (CRTPE),
confiando en que el diálogo a nivel regional puede articularse y fortalecer
el proceso de diálogo a nivel nacional.
El diálogo social es un proceso destinado a tratar materias de corte social,
económico y laboral en cualquiera de los ámbitos o niveles antes citados.
Esto es muy importante porque indica que cualquiera de los mecanismos
de diálogo puede involucrar, además de medidas de corte laboral o social,
cualquier tipo de decisión de carácter económico de las que
frecuentemente las organizaciones sindicales son excluidas, sobre todo si
se trata de las políticas estatales de alcance nacional. Para las
organizaciones, la política económica de los gobiernos es un tema crucial
porque, además de incidir sobre el empleo y los ingresos de los
trabajadores, constituye una de las principales herramientas para lograr
una justa distribución de la riqueza en épocas de bonanza o de los
sacrificios en épocas de crisis. Por ello, tanto en las plataformas de lucha,
como en las instancias de diálogo, las organizaciones sindicales
manifiestan constantemente su visión sobre aspectos inherentes a la
política económica estatal.
El diálogo social puede ser formal o informal. Esto quiere decir que para
que exista diálogo social no se requiere necesariamente de procedimientos
o instancias previstas en la normativa estatal o en las reglamentaciones
que las propias partes producen. Es importante señalar también que el
carácter formal o informal del diálogo no condiciona la importancia que
pueda tener para los sujetos. No puede afirmarse, por ejemplo, que sean
objeto de diálogo informal las materias poco importantes para los sujetos,
ni tampoco que la existencia de canales formales impide a los actores
sociales recurrir al diálogo informal si lo consideran conveniente. En el
marco de un proceso de diálogo formal pueden llevarse cabo también
diálogos informales. Ello ha sucedido con el CNTPE, que es una instancia
formal para el diálogo social, que reúne a los actores sociales nacionales
en forma periódica, pero la existencia del CNTPE no ha impedido que, en
ocasiones, los representantes de los trabajadores, empleadores o gobierno
lleven a cabo reuniones informarles en las que tratan o resuelvan temas
de interés común, a veces dirigidos a facilitar el desarrollo del diálogo al
interior del propio CNTPE.
En el Cuadro 1 se resumen los aspectos y características del diálogo social
antes comentadas.
Cuadro 1. El Diálogo social (5)
Forma de
Interacción
Negociación
Consulta
Concertación
Intercambio de
información
Otros
Sujetos
Bipartito
Tripartito
Tripartito plus
Materias
Sociales
Económicas
Niveles
Supranacional
Nacional
Sectorial
Provincial
Empresarial
Otros
DIÁLOGO
SOCIAL
Carácter
Formal
Informal
1.2 La función y el valor del diálogo social
El diálogo social puede resultar de gran importancia para las
organizaciones sindicales por varias razones. En primer lugar, el diálogo
constituye una herramienta para la defensa de los derechos e intereses de
los trabajadores, alterna a otras formas de lucha. El diálogo social no
impide a las organizaciones sindicales plantear el conflicto abierto sino,
por el contrario, es otro mecanismo de defensa y promoción de los
intereses de los trabajadores, alternativo al conflicto pero que, en
comparación con éste, presenta al menos dos ventajas. El diálogo no sólo
sirve para resolver conflictos sino sirve también para prevenirlos y, por
ello, reduce los sacrificios que el conflicto abierto puede implicar para las
partes. En efecto, normalmente medidas de lucha como la huelga se
producen una vez que el problema ha surgido; en cambio, el diálogo
constante entre las partes, aunque no excluye la posible adopción de
medidas de presión, presenta la ventaja de prevenir los problemas
5 Elaboración propia
procurando, de antemano, soluciones amistosas. Por otro lado, las
medidas de conflicto suelen implicar sacrificios para las partes, que
pueden ser minimizados en un proceso de diálogo (por ejemplo, la huelga
involucra descuentos salariales para los trabajadores). Lo señalado no
quiere decir que opciones como la huelga sean menos importantes, sino
que los trabajadores poseen, además de la huelga, otros mecanismos para
defender y promover sus intereses. Ambas herramientas -el diálogo y la
huelga- son válidas y legítimas y los trabajadores optaran por cada una de
ellas, dependiendo de la circunstancia concreta que enfrenten.
En segundo lugar, el diálogo social también puede hacer posible la
participación de los trabajadores en la toma de decisiones a cualquier
nivel y, sobre todo, en materias de corte social y económico que inciden
sobre su situación profesional y sus condiciones de trabajo y ciudadanía.
El diálogo social puede, por un lado, adoptar una dirección ascendente, lo
que permitirá a las organizaciones de trabajadores influir primero en
escenarios de alcance reducido para acceder luego a los escenarios en
donde se adoptan las más importantes decisiones políticas de alcance
nacional o supranacional. Esto implica que a través de la profundización y
expansión del diálogo a todos los niveles, los trabajadores pueden pasar
de ser sujetos sociales pasivos en la formulación de políticas públicas, a
ser sujetos activos que modelan una sociedad y su orientación de
desarrollo. Por otro lado, el diálogo tripartito puede posibilitar a los
trabajadores expandir el contenido de los temas tratados con las
organizaciones de empresarios o los gobiernos, convirtiéndose de este
modo en un mecanismo necesario para adoptar cualquier tipo de decisión
de contenido sociolaboral, económico y productivo.
Por último, el diálogo social tripartito es un valioso elemento de
democratización política y social, lo cual es de mucho interés para las
organizaciones sindicales, puesto que la democratización de las relaciones
laborales es el contexto propicio para el ejercicio integral de los derechos y
para el fortalecimiento del movimiento sindical. El diálogo social brinda
una especial legitimidad a las medidas de política social y económica,
expedidas por los gobiernos, pues éstas vienen respaldadas por las
expectativas de los actores sociales y puede conformar también un
mecanismo efectivo para democratizar la economía empresarial, sectorial,
nacional o incluso supranacional. No es casual que en el caso peruano los
procesos de diálogo se hayan iniciado en momentos de transición
democrática (luego de la dictadura militar de los setenta o del régimen
fujimorista de los noventa), quizá con el propósito de construir a través del
diálogo una democracia auténticamente participativa y una nueva cultura
laboral distante de la discriminación, la inequidad, la precarización del
trabajo y la violación de los derechos laborales.
1.3 Los presupuestos centrales del diálogo social
Para que el diálogo social cumpla las funciones antes señaladas, es
necesario que existan, al menos, dos condiciones básicas:
La libertad sindical y la negociación colectiva, como pilares
fundamentales del diálogo social
El diálogo social es un medio para profundizar la democracia, para
cumplir esta función, el proceso de diálogo requiere de un contexto en el
que se respeten los derechos de libertad sindical y de negociación
colectiva. Para ser fructífero, el diálogo social requiere de actores sociales
fuertes, representativos e independientes, y ello no es posible sin una
efectiva libertad sindical. La existencia de obstáculos a la constitución de
sindicatos, a la afiliación sindical, al desarrollo de actividades sindicales, a
la negociación colectiva o a la huelga, impide a las organizaciones
sindicales asumir a cabalidad su rol de interlocutores de los intereses de
los trabajadores y ello obstaculiza finalmente el diálogo social. En los
países latinoamericanos, en los que ciertas particularidades históricas
atribuyen a los gobiernos un rol de garantía de la libertad sindical, la
previsión y aplicación efectiva de un sistema de protección de la libertad
sindical es muy importante para que el diálogo social sea efectivo. De lo
contrario, el diálogo social se convertirá en una mera formalidad carente
de contenido real u ocultará, tras un aparente diálogo, la imposición de la
voluntad de alguna de las partes6.
En el Perú, al igual que en otros países de la región, existe un déficit en el
ejercicio del derecho de libertad sindical que preocupa a las
organizaciones sindicales. La normativa, expedida durante los años
noventa, no garantiza adecuadamente este derecho humano y
fundamental y existen comentarios de los órganos de control de la OIT
que dan cuenta de que persisten incompatibilidades en algunos aspectos
de la legislación nacional respecto de los convenios fundamentales sobre
la libertad sindical. Además, la normativa existente muchas veces no es
efectiva en su aplicación, siendo frecuentes los actos o prácticas
antisindicales en sectores variados. La negociación colectiva sectorial, o a
nivel de rama, fue desarticulada, a pesar que constituye un impulso
fundamental para el diálogo social y una garantía en entornos, en los que
se recurre masivamente a las contratas. Por lo general, en un contexto
limitativo de la libertad sindical, los empleadores privados o públicos no
reconocen a las organizaciones de trabajadores como contraparte en la
determinación de las condiciones de empleo y los Gobiernos tampoco
suelen convocarlas para discutir sobre las políticas sociales y económicas.
Con todo ello, la cultura democrática de participación a la que propende el
diálogo social, se ve desplazada por una cultura autoritaria que excluye a
los sindicatos como actores relevantes de las relaciones laborales. Como
se verá más adelante (apartado 3.2), las organizaciones de trabajadores
en el Perú han advertido este preocupante déficit y han formulado
propuestas al CNTPE para revertir la situación.
6 Ishikawa, Junko. Aspectos clave del diálogo social nacional: Un documento de
referencia sobre el diálogo social. Ginebra: OIT, 2003. pág. 5.
La voluntad y el compromiso con el diálogo, como factores que
infunden confianza para dialogar y negociar
Es imprescindible que las partes que participan en el diálogo social tengan
la voluntad de dialogar, y tengan conductos y señales convergentes que
ayuden a generar confianza. Si bien la voluntad de diálogo es un aspecto
con componentes subjetivos difíciles de apreciar, también se manifiesta en
actos concretos. Por ejemplo, en las formas de diálogo que implican un
mero contacto informativo o en la consulta no vinculante, la voluntad de
diálogo se manifiesta en acciones concretas como el atender
oportunamente a cualquier información solicitada por la contraparte o
presentar disposición (la parte consultante) para comunicar a los
consultados las razones de la decisión finalmente adoptada.
En las modalidades de diálogo que implican la eventualidad de lograr
acuerdos de carácter vinculante, los indicadores de un compromiso real
con el diálogo pueden ser todavía más variados: la asistencia puntual a
las reuniones, la asistencia de representantes con autoridad para tomar
decisiones, las convocatorias en horas y lugares apropiados, la constante
formulación de propuestas o alternativas de arreglo, el grado de
receptividad de las propuestas hechas por los otros actores, la disposición
a realizar mutuas concesiones y, sobre todo, el cumplimiento y
seguimiento de los acuerdos alcanzados. En el caso del gobierno, este
último indicador puede tener un gran impacto sobre la credibilidad y
confianza en el diálogo social. Si una parte no cumple los acuerdos
alcanzados, da lugar a que las otras partes consideren que el diálogo era
sólo aparente e infructuoso. El incumplimiento de lo acordado por las
contrapartes en el diálogo puede generar la sensación de que el proceso
está siendo utilizado para ganar tiempo, dilatar la solución de problemas o
desmovilizar la protesta social. Bajo esta condiciones, el diálogo puede ser
percibido no como una mecanismo para construir consensos y
democracia, sino para negar o invisibilizar situaciones de conflicto abierto
y, con ello, mermar las posibilidades de acción colectiva de los sindicatos.
En este punto conviene profundizar el rol que cumple el gobierno en las
diversas formas de diálogo social. Un gobierno también tiene múltiples
razones para promover el diálogo social. El diálogo compromete a los
actores sociales en los asuntos estatales, legitima las decisiones de los
gobiernos frente a los ciudadanos, garantiza la gobernabilidad
democrática y genera un entorno propicio para el desarrollo empresarial o
nacional. Justamente, por todas estas razones, se espera de los gobiernos
una actitud constante de promoción y apoyo institucional al diálogo. Este
apoyo institucional puede incluir medidas destinadas a lograr que en la
mesa de diálogo todas las partes tengan igual información y apoyo
técnico. En particular, es muy frecuente que las organizaciones sindicales
carezcan de recursos, licencias o apoyo técnico para obtener y procesar
información, lo que afectará sus posibilidades reales de dialogar. En estas
condiciones, las relaciones entre las partes dejan de ser relaciones
igualitarias de diálogo y pasan a convertirse en relaciones en las que una
parte dominante impone posturas a otra en desventaja logística, técnica o
política.
En conclusión, corresponde al gobierno mantener una posición activa (y
no ausente) respecto del diálogo social, orientada a generar condiciones
apropiadas para el diálogo y, en los supuestos en los que sea además
parte de la mesa, dar muestras claras y explícitas de voluntad y
compromiso7. Pero, los gobiernos tienen también la misión esencial de
hacer cumplir los acuerdos adoptados y velar por su adecuado
seguimiento.
El diálogo social es uno de los objetivos estratégicos de la OIT y es,
además, un componente imprescindible del concepto de “Trabajo
Decente”. Esto se explica porque la propia estructura de la OIT es
tripartita y porque todas sus decisiones normativas y de administración
tienen como fuente el diálogo entre organizaciones de empleadores,
7 Ermida Uriarte, Oscar, Óp. Cit.; pp.73 y ss.
trabajadores y gobiernos8. Considerar al diálogo social como objetivo
estratégico implica adoptar una serie de medidas para impulsarlo y
fortalecerlo. En esta línea, la OIT ha adoptado diversos instrumentos
vinculados al diálogo social, destacando el convenio num. 144 (1976),
ratificado por el Perú en el año 2005. Para la OIT, el buen funcionamiento
del tripartismo a nivel internacional requiere que a escala nacional
también exista auténtico tripartismo y que las organizaciones de
empleadores y trabajadores mantengan contactos permanentes entre ellos
y con los gobiernos. La Constitución de la OIT y los propios convenios
establecen la necesidad de la consulta con las organizaciones de
trabajadores y empleadores, en el entendido que ello puede favorecer la
equidad y la justicia social a través de la aplicación y control tripartito del
cumplimiento de las normas internacionales del trabajo9.
El convenio num. 144 es considerado por la OIT como un instrumento
cuya ratificación supone para cada Estado miembro el compromiso de
efectuar consultas efectivas sobre cada una de las medidas que han de
tomarse en el ámbito nacional, con relación a las normas internacionales
del trabajo. Estas consultas deberán incluir: (i) las respuestas de los
Gobiernos a los cuestionarios relativos a los puntos incluidos en el orden
del día de la Conferencia Internacional del Trabajo, (ii) las propuestas que
hayan de presentarse a la autoridad competente con relación con la
sumisión de los instrumentos, (iii) el reexamen de Convenios no
ratificados y de Recomendaciones, (iv) las memorias sobre la aplicación de
los convenios ratificados y las propuestas de denuncias de convenios.
Obsérvese que el convenio habla de consultas “efectivas”, lo que significa
que éstas deben efectuarse antes de tomar decisiones sobre los temas
antes citados y no deben ser un gesto simbólico, siendo el Gobierno el
responsable de dar debida atención a estas obligaciones. El convenio exige
que en las consultas participen las organizaciones “más representativas”
8 Ermida Uriarte, Oscar: Óp. Cit., pp. 60
9 OIT: Estudio General sobre la consulta tripartita (2000); párrafo 5. Sitio web:
http://www.oit.org/ilolex/spanish/index.htm
de trabajadores, lo que no impide que participen también representantes
de otras organizaciones que no ostentan esta condición10. El Perú ha
ratificado el convenio 144 y está obligado a establecer los procedimientos
consecuentes de diálogo y consulta.
10 OIT: Estudio General sobre la consulta tripartita (2000); párrafo 74 y siguientes. Sitio
web: http://www.oit.org/ilolex/spanish/index.htm
CAPÍTULO II
LA EXPERIENCIA SINDICAL DE DIÁLOGO EN EL
CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO
2.1 La participación sindical en el diálogo social en el Perú
Las organizaciones sindicales peruanas han participado en los últimos
años en diversas experiencias de diálogo y en todas ellas vienen dejando
evidencia de una actitud comprometida y responsable. Este compromiso,
sin embargo, no ha sido fácil de forjar pues el Perú es un país con
prácticas inerciales arraigadas y con profundas desigualdades, en el que
ha sido frecuente que los Gobiernos definan e implementen las políticas
laborales, sociales y económicas, sin la participación de las organizaciones
sindicales.
Las iniciativas para promover la participación de las organizaciones de
trabajadores en la formulación de las políticas económicas y sociales data
de 1930, pero la mayor parte de estas experiencias no llegaron a
cristalizarse o tuvieron una actividad poco significativa, debido a la
inexistencia de condiciones apropiadas. La enorme vulnerabilidad de los
regímenes democráticos a los golpes militares -muy bien documentada en
la historia- ha sido un factor importante para comprender las debilidades
institucionales del país, cuyas consecuencias son notorias hasta la
transición del año 2001, y que aún permanecen en diversos ámbitos
(incluido el laboral). Esto también explica, en gran medida, la persistencia
de una considerable masa de población que vive en condiciones de
pobreza y exclusión y una arquitectura del poder poco permeable a una
transformación integradora de la realidad nacional, y a los beneficios de
una auténtica cultura del diálogo, la negociación y la participación plural.
Sulmont señala que en 1930 una iniciativa promovida por el Partido
Aprista, para implementar la participación de los actores sociales en las
políticas laborales, fracasó luego de un golpe de Estado que dio lugar a la
persecución de los miembros de este partido. De igual forma, dos
proyectos de ley que creaban órganos de concertación se truncaron al
producirse los golpes de Estado de Odría (1946) y Velasco (1968). Dieron
resultados transitorios los “Comités Tripartitos en la Industria Textil”, que
fijaban los incrementos de salarios en este sector de actividad (1945), y el
“Comité Nacional de Remuneraciones Mínimas Vitales” (1962)11.
En 1980, reinstalado el régimen democrático luego del gobierno militar, se
dieron otras iniciativas de diálogo. Durante el segundo gobierno de
Fernando Belaunde se convocó a la Comisión Nacional Tripartita, con el
objeto de buscar un arreglo a la situación de los trabajadores despedidos
durante la dictadura y revisar otros temas como el salario mínimo (1981).
Se logró un arreglo en lo referido solo a la reposición de los trabajadores
despedidos, pero luego por severos problemas de confianza entre las
partes, la Comisión perdió impulso. Durante el mismo gobierno, en 1982,
se creo el Consejo Nacional del Trabajo, que tuvo poca actividad, debido al
temprano retiro de dos centrales sindicales que lo integraban.
En la década de los noventa se constituyó el Consejo Nacional de Trabajo
y Concertación Social, órgano consultivo del Ministerio de Trabajo y
Promoción Social creado mediante Decreto Legislativo N° 568, del 5 de
abril de 1990. Este órgano tenía como objetivo “concertar con los
representantes de los trabajadores y de los empleadores y del Estado y de
otras organizaciones sociales representativas vinculadas a su ámbito, el
establecimiento y aplicación de políticas en materia de trabajo, de promoción
y previsión social, que promuevan especialmente el mejoramiento del
11 Sulmont, Denis: La concertación sociolaboral en el Perú. Materiales de Enseñanza de la
maestría de Relaciones Laborales de la PUCP, Lima, 2006; pp. 5 y ss.
empleo, de las remuneraciones y productividad, de las condiciones de
trabajo y calidad de vida de los trabajadores en función del desarrollo
nacional y regional”. Aunque se trataba de una instancia formal de diálogo
que contaba con amparo legal, su funcionamiento fue mínimo, debido a
que se desenvolvió en un contexto autoritario, claramente adverso al
ejercicio del derecho de libertad sindical y a la autonomía de las
organizaciones sindicales. Diversas medidas y acciones adoptadas o
consentidas por el gobierno durante la década de los noventa produjeron
el debilitamiento y la desarticulación del movimiento sindical y
ocasionaron una flexibilidad extrema de las relaciones de trabajo que
originó niveles extremos de precariedad. En estas condiciones, el diálogo
social no prosperó.
Sin embargo, el diálogo social tomó nuevo impulso en el año 2001,
cuando durante el gobierno de transición democrática se produjo la
reinstalación del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo
(CNTPE). En dicho año, las partes convocadas suscribieron una
Declaración de Principios, estableciendo como misión: “La mejora de la
calidad de vida de los trabajadores, el fomento de relaciones laborales
adecuadas y las condiciones apropiadas para el desempeño eficiente de la
actividad empresarial.” Al año siguiente se expidió la Ley N° 27111 que
definió normativamente al Consejo como instancia consultiva del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de conformación tripartita,
cuyo objeto es la discusión y concertación de políticas en materia de
trabajo, de promoción del empleo y de protección social en función del
desarrollo nacional y regional. El diálogo en el CNTPE continúa hasta el
día de hoy, y las organizaciones sindicales tienen muchas expectativas
sobre su fortalecimiento político-institucional.
Las organizaciones sindicales también participan en otras instancias de
diálogo. La CGTP es parte del Acuerdo Nacional desde su fundación, y un
representante de las cuatro centrales sindicales integra el Consejo
Nacional de Competitividad.
El Foro del Acuerdo Nacional fue iniciativa del gobierno de Alejandro
Toledo en el año 2001 y tuvo como objeto sentar las bases para la
gobernabilidad democrática, quedando definidas en un Acuerdo de
alcance nacional 31 políticas de Estado. Aunque algunas de las políticas
acordadas tienen un claro componente sociolaboral, otras abarcan temas
distintos, de allí que, además de los representantes del gobierno,
CONFIEP y la CGTP, el Foro incluye a otras organizaciones de la sociedad
civil. El Acuerdo contiene en su Décimo Cuarta Política los siguientes
objetivos: (i) la institucionalización del diálogo y la concertación a través
de la promoción y consolidación de una cultura de diálogo y concertación,
(ii) la institucionalización de los canales y mecanismos de participación
ciudadana que contribuyan al mejor ejercicio de las funciones ejecutivas y
legislativas en los niveles nacional, regional y local, (iii) la
institucionalización de la concertación en los procesos de prospectiva
nacional, formulación presupuestal y planeamiento estratégico.
Esta experiencia de diálogo tuvo un gran impulso hasta el año 2006, pues
con el cambio de Gobierno perdió relevancia y proyección política. Para
efectos de la participación sindical, tiene el inconveniente de que convoca
únicamente a una de cuatro centrales sindicales que participan en el
CNTPE, lo cual ha sido cuestionado por la propia central que participa en
esta instancia, solicitando la ampliación de la representación sindical. En
segundo lugar, las políticas consensuadas han sido objeto de escaso o
nulo desarrollo por parte del Estado, lo que ha repercutido negativamente
sobre el perfil social del Foro, y ha sido denunciado repetidamente por los
representantes sindicales.
El Consejo Nacional de Competitividad, fundado en el mes de abril de
2002, es un espacio de concertación público-privado, cuya finalidad es
desarrollar e implementar un “Plan Nacional de Competitividad”. Está
integrado por el Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside,
ocho Ministros de Estado, el Presidente de INDECOPI y representantes del
sector empresarial y de las organizaciones sindicales. La representación
de las cuatro centrales es numéricamente inferior a la de los empleadores
y el Gobierno, ya que se admite un único representante sindical. Lo
preocupante para las centrales es que, al igual que sucede con el Foro
Acuerdo Nacional, muchos de los acuerdos alcanzados en el Plan Nacional
de Competitividad no han sido ejecutados o impulsados por las
autoridades gubernamentales.
Además, las organizaciones sindicales también participan en diversas
comisiones encargadas de tratar ciertas problemáticas específicas como es
el caso del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación
del Trabajo Infantil (CPETI) y la Comisión Nacional Intersectorial para la
Erradicación del Trabajo Forzoso. A nivel de instituciones públicas, las
organizaciones sindicales participan en el Consejo Directivo de ESSALUD,
organismo de la seguridad social en salud, pero no hay participación de
las organizaciones sindicales en organismos como la Oficina Nacional de
Pensiones (ONP) o la Superintendencia de las Administradoras Privadas
de Fondos de Pensiones, tal como establece el Convenio num. 102 de la
OIT, ratificado por el Perú. También hay participación sindical en algunos
organismos como el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de
la Construcción (SENSICO).
La participación de las organizaciones sindicales en estas instancias de
diálogo y en el CNTPE ha supuesto, para la dirigencia sindical, la
necesidad de una reflexión más elaborada sobre ciertas cuestiones
estructurales y coyunturales. En primer lugar, las centrales sindicales
consideran al diálogo social como una herramienta valiosa para la defensa
y promoción de los intereses de los trabajadores, sin que ello signifique
adherirse al programa de determinado gobierno y menos aún cogobernar.
La participación en cualquier experiencia de diálogo social no implica que
las diferencias entre las partes sociales desaparezcan o que las
organizaciones sindicales pierdan su independencia. Por el contrario, la
participación en el diálogo sirve a las organizaciones sindicales para
expresar y debatir en nuevos escenarios la perspectiva que puedan tener
sobre las políticas sociales y económicas y, de ser posible, llegar a
acuerdos que puedan traducirse en nuevas medidas de protección y
promoción de los intereses de los trabajadores. De esta manera, la
participación en el diálogo y el logro de eventuales acuerdos no puede
llevar a las organizaciones sindicales a perder su independencia o
menoscabar su autonomía para definir su programa institucional y sus
medios de acción. El verdadero tripartismo refuerza la autonomía e
independencia de las partes, a la vez que los cauces de cooperación y
entendimiento entre ellas.
En segundo lugar, el diálogo social implica para todos los actores
participantes asumir ciertas responsabilidades ineludibles. Para las
organizaciones sindicales, la participación en el diálogo social genera una
doble responsabilidad. Por un lado, asumir con seriedad la labor de
representación de los intereses de los trabajadores implica designar
representantes sindicales calificados y asignar tiempo y recursos para
esta nueva función. Las organizaciones sindicales han asumido esta
responsabilidad, aún contando con escasos recursos. Por otro lado, la
participación en el diálogo social insta a las organizaciones sindicales
expresar y mantener una voluntad real de dialogar, así como respaldar los
eventuales acuerdos tripartitos que se logren. Es un objetivo de las
centrales sindicales actuar consecuentemente en el diálogo social y exigir
esa misma actitud a las contrapartes. En conclusión, para las
organizaciones sindicales el diálogo puede ser un instrumento primordial
para hacer realidad su proyecto de sociedad justa en el marco de un
entorno auténticamente democrático, pero siempre que se trate de un
diálogo igualitario, plural y constructivo.
Dos hechos singulares pueden ilustrar los esfuerzos de las organizaciones
sindicales por construir en el Perú una cultura de diálogo social objetivo.
En el año 2002, en un contexto en el que se reiniciaban las actividades del
CNTPE, se produjeron despidos arbitrarios masivos de trabajadores en la
empresa Telefónica del Perú, cuyo carácter antisindical fue denunciado
por las organizaciones sindicales y luego fue confirmado por el propio
Tribunal Constitucional. En dichas circunstancias, las organizaciones
sindicales entendieron que los despidos antisindicales masivos afectaban
severamente una condición esencial para la construcción de un verdadero
diálogo social -el respeto de la libertad sindical-, y acordaron suspender
temporalmente su participación en el CNTPE, como signo de rechazo a
una abierta política antisindical. Cuando de resolvió a los pocos meses el
problema, de acuerdo a ley, las centrales retornaron al Consejo.
En el año 2005, lo que en perspectiva de las centrales sindicales era una
evidente falta de voluntad real del gobierno para el diálogo, llevo a éstas a
suspender su participación en el CNTPE durante algunos meses. En dicha
oportunidad, había concluido una etapa de discusión del proyecto de Ley
General del Trabajo de casi cuatro años, llevada a cabo a instancias del
Ministerio de Trabajo, bajo el compromiso de impulsar su aprobación en
el Congreso de la República. Pero culminado este proceso, los resultados
del consenso no fueron promovidos ante la instancia legislativa, lo que
sumado a una serie de despidos antisindicales generó, entre los
trabajadores, la percepción de que el diálogo en el CNTPE tenía como
único objeto aletargar el proceso de reforma laboral, la cual era también
necesaria para progresar en la legislación laboral, de acuerdo a las
observaciones y recomendaciones que la OIT venía haciendo desde
algunos años atrás, a través de la Comisión de Expertos en Aplicación de
Convenios y Recomendaciones (CEACOR). En tales circunstancias, los
representantes sindicales acordaron suspender temporalmente su
participación y evaluar la coyuntura, con el fin de provocar en el Gobierno
una actitud comprometida con el diálogo y generar una propuesta
renovada para las conversaciones en las comisiones del CNTPE.
Finalmente, luego de constantes reuniones entre la representación de los
trabajadores y el Ministro de Trabajo, las centrales retornaron al CNTPE,
habiendo obtenido el compromiso de los representantes gubernamentales
de impulsar los acuerdos adoptados en el diálogo social. Una carta muy
expresiva, dirigida por las cuatro centrales en el año 2006 al CNTPE,
resume lo ocurrido (ver anexo). Ahora, casi tres años después, sigue sin
aprobarse en el Congreso la nueva legislación.
En ambos casos, las decisiones sindicales no han estado dirigidas a
mermar el diálogo social, sino a fortalecerlo. En el primer caso, lo
acontecido llamó la atención sobre la importancia del ejercicio efectivo de
la libertad sindical, como condición indispensable para un diálogo social
auténtico, basado en organizaciones sindicales verdaderamente
autónomas. En el segundo caso, se resaltó la importancia que juega el
gobierno en los procesos de diálogo, y particularmente su rol de impulsor
de los acuerdos tripartitos adoptados. Sin libertad sindical y sin el
auténtico compromiso de los actores sociales de impulsar los acuerdos
que logran, el diálogo social pierde valor y deja de ser apreciado como una
herramienta valiosa para la gobernabilidad democrática y la paz social.
2.2 El Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del
Empleo
Antes de reseñar la participación de las centrales sindicales en el CNTPE
durante los años 2005 a 2008, conviene describir brevemente la
naturaleza, estructura y funciones de dicha instancia.
¿Órgano de consulta o concertación?
De acuerdo a lo señalado por el artículo 13º de la Ley Nº 27711, Ley del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modificado por la Ley Nº
28318, el CNTPE es un órgano consultivo del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, cuyo objeto es la discusión y concertación de
políticas en materia de trabajo, de promoción del empleo y de protección
social en función del desarrollo nacional y regional. La conformación del
CNTPE obedece al propósito de establecer un escenario natural de diálogo
sociolaboral entre organizaciones sindicales y gremios empresariales más
representativos, así como funcionarios gubernamentales del sector
trabajo. En el CNTPE también participa un cuarto grupo conformado por
representantes de algunas organizaciones de la sociedad civil (ONGs)
vinculadas al sector trabajo; estas organizaciones tienen voz pero no voto.
Esta definición normativa del CNTPE plantea problemas conceptuales
sobre los que conviene reflexionar pues, aunque en un primer momento la
ley lo califica como órgano de “consulta”, luego le encomienda la labor de
“concertar” políticas sociolaborales. Bajo estos términos, cabe la siguiente
pregunta: ¿es el CNTPE un órgano de consulta o de concertación?
Aunque es claro que la consideración del CNTPE como órgano de
concertación resultaría conveniente para las organizaciones sindicales,
dado que los acuerdos comprometen a las partes y, en particular, al
gobierno, hay que reconocer que la redacción de la ley hace difícil un
juicio inmediato y terminante sobre el tema. Pero siendo por ley un
órgano de consulta, resulta un mecanismo muy peculiar, en el que la
parte encargada de la consulta forma parte también del órgano
consultado. Ciertamente, tal como lo señalan la citada Ley y el RIOF,
forma parte del CNTPE una representación estatal que tiene la potestad
de formular iniciativas, intervenir en las discusiones elevando propuestas
y, sobre todo, dar su voto para lograr acuerdos en consenso.
Esto coloca en una situación especial al CNTPE pues, aunque las normas
digan que es un órgano consultivo, el hecho de que los acuerdos
requieran del consenso entre todas las delegaciones -incluso la
gubernamental- impone al Gobierno una actitud coherente de ejecución y
respaldo a los acuerdos adoptados. ¿Qué sentido tendría que el Gobierno
someta una materia a consulta del CNTPE y, como parte del mismo,
suscriba consensos sobre dicha materia, para luego desconocer lo
acordado alegando el carácter no vinculante de la consulta que formuló?
Lo que se acaba de señalar sugiere una gran responsabilidad a los
sucesivos Gobiernos en el funcionamiento de esta instancia de diálogo y
parece indicar que, aunque la observancia de los acuerdos por el Gobierno
pueda no ser una obligación necesariamente desprendida de la Ley, sí
constituye una exigencia de coherencia mínima y una expresión clara de
una voluntad real de compromiso con el diálogo.
Existe pues cierto margen de ambigüedad que puede dar lugar -como ha
sucedido ya en ocasiones- a un manejo controlado de la misma por parte
de los Gobiernos que, ante la posibilidad de no lograr los consensos
deseados, puedan eludir su responsabilidad con el tripartismo, alegando
el carácter consultivo del CNTPE. En todo caso, el tema plantea un
auténtico reto de equilibrio a los Gobiernos, pues tanto la representación
de los empleadores, como la de los trabajadores, han manifestado más de
una vez su propuesta de redefinir normativamente al CNTPE como una
instancia de concertación, con mayor vinculación a la toma de decisiones
del Congreso y del Poder ejecutivo.
Estructura y conformación del CNTPE
El CNTPE esta conformado por el “Pleno”, su instancia más importante,
cuatro “Comisiones Técnicas”, y la Secretaría Técnica del CNTPE,
instancia administrativa y de coordinación entre las partes. El Pleno del
CNTPE está conformado por el sector empleador, representado por cuatro
gremios empresariales; el sector trabajador, conformado por cuatro
centrales sindicales y el gobierno, representado por el Ministro de Trabajo
y Promoción del Empleo, y otros funcionarios de alto nivel. De acuerdo a
lo establecido en el artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y
Funciones (RIOF) del Consejo Nacional del Trabajo, el número máximo de
representantes de los sectores trabajador y empleador es de diez, quienes
son nombrados por los actores, de acuerdo a la distribución que cada
sector considere conveniente. Además, conforman el CNTPE un conjunto
de expertos de diversas instancias técnicas vinculadas a la temática
laboral, cuyos representantes tienen voz pero no voto. En la actualidad,
como aprecia en el Cuadro 2, integran el pleno las siguientes
organizaciones:
Cuadro 2: Conformación del Pleno del CNTPE
PARTICIPACIÓN PLENA (VOZ Y VOTO)
PARTICIPACIÓN
RESTRINGIDA (VOZ
PERO NO VOTO)
GOBIERNO
SECTOR
TRABAJADOR
SECTOR
EMPLEADOR
EXPERTOS
Ministro de
Trabajo y
Promoción del
Empleo
(Presidencia) Vice
Ministros y
funcionarios del
MTPE
Confederación
General de
Trabajadores del
Perú - CGTP
3 representantes.
Central Unitaria
de Trabajadores -
CUT
2 representantes.
Confederación de
Trabajadores del
Perú -CTP
1 representante.
Central Autónoma
de Trabajadores
del Perú - CATP
1 representante
Confederación
Nacional de
Instituciones
Empresariales
Privadas
CONFIEP.
7 representantes
Sociedad Nacional
de Industrias -
SNI
1 representante
Cámara de
Comercio de Lima
- CCL
1 representante
Asociación de
Pequeños y
Medianos
Industriales
APEMIPE,
1 representante
Grupo de
Asesoramiento y
Análisis Laboral
(AELE);
Grupo de Análisis
para el Desarrollo
(GRADE);
Centro de Asesoría
Laboral (CEDAL);
Sociedad Peruana
de Derecho al
Trabajo y de
Seguridad Social
(SPDTSS)
Movimiento
Manuela Ramos
También pueden acudir al Pleno, en calidad de invitados y observadores,
el Presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República, la
Oficina Subregional Andina de la OIT, el Consejo Laboral y Asuntos
Sociales de la Embajada de España, la Comunidad Andina, el Programa
de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Centro de Información
Desarrollo y Cooperación (DECO), la Confederación Nacional de
Trabajadores en Mercados y Comercio del Perú (CONFENATM), y el
Programa Sindical de la Economía Informal (PROSIE).
El RIOF establece las reglas de funcionamiento del Pleno que son tres: i)
las sesiones ordinarias se realizan una vez al mes y son convocadas por el
Presidente, con anticipación no menor de cinco días, pudiendo también
convocar a sesiones extraordinarias, a iniciativa propia o a solicitud de los
coordinadores ejecutivos del sector empleador o trabajador, ii) el quórum
necesario para la instalación válida de las sesiones corresponde a la mitad
más uno por cada sector, iii) los acuerdos del Pleno se adoptan por
consenso de los tres sectores que lo conforman, siendo la toma de
decisiones al interior de cada sector completamente autónoma. Los
acuerdos constan en actas suscritas por los consejeros asistentes, aunque
los representantes de los trabajadores consideran que, además, debería
dejarse constancia escrita de las intervenciones y discusiones de las
partes en las sesiones con el objeto que cualquier ciudadano pueda
conocer las posiciones de los actores sociales.
Existen cuatro “comisiones técnicas”, cuya función es elevar al Pleno los
informes y opiniones sobre diversos temas que le sean solicitados o que,
por iniciativa propia, decidan aportar. Las comisiones técnicas son las
siguientes:
- La Comisión Técnica de Trabajo, instalada el 17 de enero de 2001,
viene teniendo una importante participación en la revisión y opinión de
proyectos de normas laborales. Ha aportado opiniones consensuadas
para la modificación de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo en
materia de huelga y en la revisión del Anteproyecto de Ley General de
Trabajo. Durante el año 2007, efectuó la revisión del Informe de la
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones
de la OIT, relativo al quórum para la declaración de la Huelga y
propuso la modificación del Artículo 62º del Reglamento de la Ley de
Relaciones Colectivas de Trabajo. A pedido de las organizaciones
sindicales, la Comisión desarrolló una actividad importante en la
discusión de diversos dispositivos relacionados con la problemática de
los trabajadores de transporte terrestre y, más recientemente, también
a instancia de las organizaciones sindicales, ha realizado el análisis del
régimen de contratación temporal para la promoción de exportaciones
no tradicionales. Los representantes de los trabajadores han insistido,
aunque sin resultados, en la derogación o modificación de esta
modalidad contractual, pues estiman que admite la contratación
temporal en ciertos sectores de actividad, sin causa ni límite alguno, lo
cual afecta la afiliación sindical. También han propuesto que esta
Comisión se dedique al debate y formulación de políticas y no sólo de
proyectos de normas leales. En esa línea merece destacarse la
propuesta de lineamientos para una política de garantía y fomento de
la libertad sindical que presentaron las centrales sindicales y que se
verá más adelante.
- La Comisión Técnica de Empleo, instalada el 17 de enero de 2001, se
encarga de la discusión y aprobación de lineamientos de política o
acciones en temas relacionados con la promoción del empleo,
formalización y promoción del sector de la micro y pequeña empresa,
entre otros. En la actualidad, la Comisión se encuentra orientada a la
elaboración de una propuesta de Régimen Tributario para las MYPEs.
Las organizaciones sindicales han manifestado su preocupación por la
continuidad de los trabajos de esta Comisión, pues la excesiva
orientación de la actividad del CNTPE hacia los temas normativos
puede mermar la atención que las políticas de empleo deben merecer
por parte del Consejo. Las organizaciones sindicales vienen haciendo
esfuerzos por cualificar mejor su participación en esta Comisión.
- La Comisión Técnica de Formación Profesional, instalada el 17 de
enero de 2001, tiene como objetivo proponer mecanismos legales o
institucionales para la mejora de la competitividad y niveles de
empleabilidad del trabajador. Esta Comisión ha asumido la discusión
sobre el Perfil del Proyecto del Observatorio Socio Laboral y
actualmente se ha dedicado al debate de la propuesta de modificación
de la Ley de Modalidades Formativas, iniciativa de la Dirección
Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional. Las
centrales sindicales han venido insistiendo en la necesidad de
conformar un verdadero Sistema Nacional de Formación Profesional.
- La Comisión Técnica de Seguridad Social, conformada el 16 de enero
de 2002, tiene por finalidad discutir temas relacionados al sistema de
prestaciones económicas y de salud, correspondientes a los regímenes
legales vigentes. Para el año 2007 la Comisión fijó tres líneas centrales
para su agenda: Sistema Integral de Pensiones, Seguridad y Salud en
el Trabajo, y Salud y Seguro Social en Salud (ESSALUD). A finales del
año 2008, las centrales sindicales presentaron a esta Comisión su
propuesta de reforma de la seguridad social, documento elaborado en
forma unitaria, con apoyo técnico de la OIT, que contiene la visión
integral de la seguridad social que proponen las organizaciones
sindicales y medidas concretas de reforma para su discusión en el
CNTPE. En los anexos se ofrece el resumen ejecutivo de este
documento.
Las Comisiones Técnicas tienen la composición que acuerde el Pleno,
pudiendo las organizaciones designar asesores técnicos para contribuir a
los trabajos. Cada Comisión decide su régimen de funcionamiento interno.
El RIOF también admite que el Pleno del CNTPE disponga la conformación
de comisiones especiales para tratar asuntos específicos, con el fin de
elaborar opiniones, estudios o informes que se le encomienden. Durante
los años 2007 y 2008 el CNTPE dispuso la conformación de tres
comisiones especiales.
Por último, la Secretaría Técnica del CNTPE es el órgano de asistencia
técnica y administrativa a los distintos órganos que conforman el Consejo.
Está a cargo de una profesional con dedicación exclusiva, designada por el
Presidente del Consejo en consulta con el Pleno. Entre sus funciones se
encuentra el dirigir y coordinar los servicios administrativos y técnicos del
Consejo, asistir a las sesiones del Pleno y de las Comisiones de Trabajo,
debiendo extender las actas correspondientes. También tiene la
responsabilidad de realizar las coordinaciones necesarias para el
cumplimiento de los acuerdos y la custodia de la documentación del
Consejo.
Actividad del CNTPE
Desde su reinstalación, el 04 de enero del año 2001, el CNTPE ha
dedicado su actividad básicamente a tres aspectos: emisión de
pronunciamientos y declaraciones sobre aspectos de actualidad laboral;
análisis y opiniones sobre proyectos de ley; y generación de información
para el análisis del mercado de trabajo. Aunque el diálogo constante
desarrollado en el CNTPE es por sí solo un resultado importante, muchas
de estas actividades no siempre han culminado en acuerdos o se han
traducido en medidas o políticas públicas que mejoren las condiciones de
trabajo y vida de los trabajadores. Con todo, hay loros importantes que se
han alcanzado a través de dicho espacio tripartito. A continuación se
ofrece, en el Cuadro 3, un listado de los temas tratados en el CNTPE
desde su instalación.
Cuadro 3. Actividades del CNTPE
DECLARACIONES
1. Declaración de Principios del Consejo Nacional de
Trabajo y Promoción Social de reconocimiento al Gobierno
Constitucional y su compromiso para generar un clima de
estabilidad social (febrero 2001).
2. Declaración exhortando a subsanar los problemas de la
intermediación laboral a través de empresas de servicios y
cooperativas de trabajadores (noviembre 2001).
3. Declaración de rechazo a todo acto de violencia,
intimidación y amenaza a la vida (enero 2002).
4. Invocación de los representantes de gremios sindicales
para la reanudación de las Sesiones, sin
condicionamientos de intereses sectoriales tras la
suspensión de actividades por un conflicto laboral entre la
Empresa Telefónica y sus trabajadores (agosto de 2002).
5. Declaración del Consejo Nacional de Trabajo y
Promoción del Empleo en torno al estado de emergencia
(mayo 2003).
6. Declaración conjunta entre el Consejo Económico y
Social de España y el Consejo Nacional de Trabajo a favor
del fortalecimiento e institucionalización del Diálogo socio
laboral peruano (noviembre 2004).
7. Adhesión al Pacto de Mediano Plazo por la Inversión y el
Empleo Digno (febrero 2005).
8. Declaración Tripartita para afianzar el marco normativo
e institucional del Consejo Nacional de Trabajo y
Promoción del Empleo. (diciembre 2005)
9. Moción de Solidaridad del Consejo Nacional de Trabajo y
Promoción del Empleo para con los familiares de las
víctimas de los acontecimientos que afectaron a las
ciudades y pobladores del Sur de Perú, el pasado 15 de
agosto de 2007 (septiembre 2007).
OPINIONES
SOBRE
PROYECTOS DE
LEY
1. Revisión de la Ley General de Inspecciones y Defensa del
Trabajador, 2001. En el Consejo Nacional de Trabajo se
discutió y aprobó la propuesta de regulación en materia de
Inspecciones, siendo posteriormente remitida al Congreso
de la República (marzo 2001).
2. Ley N° 27626, que regula la actividad de las Empresas
Especiales de Servicios y de las Cooperativas de
Trabajadores (2002) y su Reglamento, Decreto Supremo N°
003-2002-TR, se formula en base a la Declaración sobre el
contenido mínimo de la legislación en materia de
intermediación laboral presentado por el Consejo Nacional
de Trabajo (abril 2002).
3. Ley N° 27912, modifica la Ley de Relaciones Colectivas
de Trabajo y levanta las Observaciones formuladas por el
Comité de Libertad Sindical de la OIT (enero 2003). En el
espacio de la Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE se
debatieron las 16 Observaciones de la OIT y se elevó la
propuesta de consenso a la Asamblea del Consejo Nacional
de Trabajo respecto al levantamiento de 12 de las
Observaciones de la OIT. Luego esta instancia alcanzó a la
Comisión de Trabajo del Congreso de la República la
propuesta en referencia (marzo 2002).
4. Ley Nº 27735 relativa al otorgamiento de Gratificaciones
por Navidad y Fiestas Patrias para Trabajadores de la
actividad privada. El texto que propuso la nueva forma de
determinación del requisito temporal para el pago de
gratificaciones fue presentado y aprobado por el Congreso
(2002).
5. Revisión del Proyecto de norma que modifica el Art. 7 de
la Ley de Jornada de Trabajo, Decreto Legislativo N° 854
(2002).
6. Decreto de Urgencia N° 067-2002, regula el Retiro
Extraordinario y Voluntario de la Compensación por
Tiempo de Servicios para atender obligaciones contraídas
por los trabajadores con el sistema financiero (2002).
7. Discusión del proyecto de modificación a la Ley de
Participación en las Utilidades de la Empresa (2003).
8. Se remitió opinión al Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento respecto al proyecto de
norma que modifica el Decreto Legislativo N° 650 y que
autoriza a utilizar los fondos CTS para la adquisición de
vivienda que debe ser aplicable a programas impulsados
por iniciativa privada, que trate el tema de la utilización de
los productos de la industria nacional y la participación de
las centrales sindicales en su reglamentación (2003).
9. Desacuerdo con la Ley N° 28051, relativa a la regulación
de prestaciones alimentarias. Se cumplió con la revisión de
la propuesta de modificación a la Ley de Prestaciones
Alimentarias, expresando las partes su desacuerdo a la
regulación del régimen de prestaciones alimentarias
(2004).
10. Se cursó la comunicación a la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria - SUNAT que recoge
los comentarios y sugerencias de los integrantes del
Consejo Nacional de Trabajo con respecto al Decreto
Legislativo N° 945 en la Ley del Impuesto a la Renta con el
objetivo de ponerlas en conocimiento del MEF y de SUNAT
para su incorporación en el reglamento de la referida
norma (2004).
11. Discusión del Proyecto de Ley que restablece la
finalidad de la Compensación por Tiempo de Servicios que
permite el adelanto proporcional de las gratificaciones. Se
revisaron también proyectos de normas asociados a la CTS
- Bonificación por Productividad (2004).
12. Aprobación de la propuesta que modifica el Artículo 2°
numeral 2.1 del Decreto Legislativo N° 910 adecuando la
norma a la terminología y ámbito de aplicación de la
propuesta de Modalidades Formativas (2004).
13. Revisión de Reforma del Decreto Supremo N° 003-
2002-TR que reglamenta la Ley Nº 27626 que regula la
actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las
Cooperativas de Trabajadores" (2004). (Pendiente de
pronunciamiento)
14. Revisión de Reforma de la Ley de Relaciones Colectivas
de Trabajo en materia de Huelga (2004). (Pendiente de
pronunciamiento)
15. Revisión de Proyectos de Ley que regulan los aspectos
laborales de la tercerización o subcontratación de servicios
(2005). (Pendiente de pronunciamiento).
16. Anteproyecto de Ley General de Trabajo, cuyos avances
fueron remitidos al Congreso de la República. (2002 –
2005).
17. Discusión del Decreto Supremo que crea el Registro de
Control de Asistencia, Jornada de Trabajo y trabajo en
sobretiempo. Los consensos adoptados por la Comisión
Técnica de Trabajo del CNTPE fueron recogidos por el D.S.
N° 011-2006-TR (2006)
18. Discusión del Decreto Supremo que reglamenta la ley
de Relaciones Colectivas de Trabajo (2006).
19. Proyecto De Ley General de Trabajo (2006)
20. Discusión de la iniciativa del Sector de Energía y Minas
para modificar el Decreto Legislativo N° 892, Ley que
regula el derecho de los trabajadores a participar en las
utilidades de las empresas (2007).
21. Discusión del Proyecto de Modificatoria del D. S. Nº
011-92-TR, Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas
de Trabajo sobre permisos y licencias sindicales (2007).
22. Discusión del Proyecto de Ley que modifica el D. Leg.
Nº 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en
Sobretiempo, en lo relativo a Regímenes Atípicos de
Jornada de Trabajo y Descanso (2007).
23. Discusión del Proyecto de Ley que modifica el D. Leg.
Nº 892 que regula el derecho de los trabajadores a
participar en las utilidades de las empresas: Derecho de
Información (2007).
24. Discusión del Proyecto de Ley que establece garantías
laborales en la contratación y subcontratación de obras y
servicios (2007).
25. Revisión del D.S. N° 033-2001-MTC – Reglamento
Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por el D.S. N°
032-2006-MTC, y del D.S. N° 009-2003-MTC - Reglamento
Nacional Administrativo de Transporte (2007).
26. Discusión del Proyecto de Ley que propone la
modificación de la Ley N° 27050, Ley General de las
Personas con Discapacidad (2007).
INFORMACIÓN
PARA EL
ANÁLISIS DEL
MERCADO DE
TRABAJO
1. "El Empleo en el Perú 1990-2000", aceptado como
instrumento de trabajo de la Comisión de Empleo (2001)
2. "Sectores y Actividades Económicas con Potencialidad
en la Generación de Empleo" (2001).
3. "La Pequeña y Mediana Empresa: Una Opción de
Desarrollo en el Siglo XXI" (2001).
4. "Diagnóstico de la Formación Profesional en el Perú"
(2001).
5. "Información sobre el Mercado de Trabajo en el Perú -
Observatorio Laboral" (2001).
6. "Propuesta de Política de Sistematización de los
Programas de Formación Profesional" (2001).
7. "Propuestas de Política de Normalización y Certificación
Laboral" (2001).
8. "Rasgos de un Modelo de Formación Profesional"
aprobado el 12 de junio de 2002 por la Comisión de
Formación Profesional. Sustento técnico que sirvió para la
elaboración de la propuesta de norma de Formación
Profesional y Capacitación Laboral, a cargo del MTPE y
Representantes del Sector Estado y de Grupos de Expertos
en materia de formación Profesional (2002).
9. "El Empleo en el Perú 1990-2001", aceptado como
instrumento de trabajo de la Comisión de Empleo (2003).
10. "El Empleo en el Perú 1990-2003", aceptado como
instrumento de trabajo de la Comisión de Empleo (2004).
11. Perú: Propuesta de Programa Nacional de Trabajo
Decente, 2004-2006 elaborado por la Oficina Subregional
de la OIT para Países Andinos (2004).
12. La Pequeña y Mediana Empresa: Una Opción de
Desarrollo en el Siglo XXI (Actualización) (2004).
13. Estado situacional de los acuerdos mas relevantes
adoptados por el Consejo Nacional de Trabajo
14. Posición del Sector Trabajo sobre el Proyecto de Ley
General de Trabajo
15. Informe final sobre la situación de la población con
discapacidad en el mercado laboral y opinión de la
Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE sobre el Artículo
33.3 del Proyecto de Ley N° 016-2006/PE.
16. Informe Final sobre la Situación del Sector Transporte
en el Perú y Pronunciamiento de la Comisión Técnica de
Trabajo respecto de la Problemática Laboral en el Sector.
17. Informe sobre la Calidad y Cobertura de la Prestación
de los Servicios de Salud del Seguro Social de Salud y del
Ministerio de Salud. Propuestas de indicadores para el
Seguimiento de los Servicios de Salud.
18. Comité Técnico: Revisión de la Remuneración Mínima
en Perú.
19. Informe sobre la Calidad y Cobertura de la Prestación
de los Servicios de Salud del Seguro Social de Salud y del
Ministerio de Salud. Propuesta de Indicadores para el
Seguimiento de los Servicios de Salud (2007).
20. Informe Final sobre la Situación del Sector Transporte
en el Perú y Pronunciamiento de la Comisión Técnica de
Trabajo respecto de la Problemática Laboral en el Sector
(2007).
21. Informe final sobre la situación de la población con
discapacidad en el mercado laboral y opinión de la
Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE sobre el Artículo
33.3 del Proyecto de Ley N° 016-2006/PE (2007).
Como puede apreciarse, seis de las nueve declaraciones o mociones
suscritas refieren a problemas del entorno sociopolítico (p.e. democracia,
violencia y estado de emergencia) y al compromiso con el diálogo social;
sólo en menor medida se abordan temas referidos a problemas concretos
del mundo del trabajo. Quizá esto refleja la tendencia a vincular con
frecuencia la actividad del CNTPE con el entorno político y su
coyunturalismo.
Respecto a los proyectos de ley discutidos, deben aclararse dos cosas: no
todas las iniciativas enumeradas han sido objeto de discusión detenida en
el Pleno o en las comisiones técnicas del CNTPE, pues muchas fueron
“informadas” y admitieron sólo comentarios de las partes. Por otro lado,
muy pocos de los proyectos discutidos corresponden a iniciativas de
empleadores o trabajadores, siendo la mayoría de los proyectos debatidos
a iniciativa del gobierno.
En lo referente a la información para el diálogo social, la temática es
variada y constante a lo largo de la corta vida del CNTPE, desde su
reinstalación (2001). Merece especial atención la información generada en
materia de empleo y formación profesional, pues el número de consensos
logrados en estas materias resultó significativo. No obstante, los
consensos obtenidos no se han traducido siempre en medidas legislativas
o de política y algunos aspectos clave, como lo es el observatorio
sociolaboral o un sistema integral de formación profesional, se encuentran
aún pendientes de definición y concreción.
En los años 2007 y 2008, a iniciativa de los trabajadores, en la mayor
parte de los casos, se han creado al interior del CNTPE “Comisiones
Especiales” cuyo objeto es elaborar opiniones, estudios e informes en
materias que encomiende el Pleno del CNTPE. Así, se han conformado:
- La Comisión Especial de Productividad que, hasta el momento, se
ha encargado de la formulación de un estudio que proponga
indicadores de medición de la productividad y políticas y
mecanismos para su incremento. En el seno de esta Comisión se ha
elaborado el Informe Final “Crecimiento de la Productividad y
Reajuste del Mínimo”. Esta Comisión también ha llevado a cabo un
segundo estudio dedicado al análisis de mecanismos que permitan
el reajuste de la remuneración mínima, hasta alcanzar el valor de la
canasta básica de consumo familiar. Como resultado de dicho
estudio, la Comisión elaboró dos informes finales: el primero de
autoría del Sector Trabajo, respaldado por el Sector Empleador, y el
segundo informe correspondiente al Sector Trabajador.
- La Comisión Especial de Informalidad, que fue conformada para
analizar la problemática del sector informal y elaborar propuestas y
medidas para los sectores menos favorecidos.
- La Comisión Especial de Transporte, conformada con el objeto de
proponer criterios para mejorar las condiciones laborales de los
trabajadores del servicio de transporte urbano, interurbano e
interprovincial de pasajeros. Este grupo de trabajo ha arribado a un
informe cuyas conclusiones fueron aprobadas por el Pleno del
CNTPE.
La representación de los trabajadores ha jugado un rol protagónico en la
conformación de estas comisiones y en el desarrollo de sus trabajos. En el
caso de la Comisión Especial de Productividad, los trabajadores han
denotado un gran interés por contar con criterios objetivos para la
medición de la productividad a nivel empresarial y sectorial, que puedan
servir para orientar reajustes periódicos a la remuneración mínima y
también en la negociación colectiva empresarial y sectorial. Por otro lado,
la necesidad de elaborar estrategias integrales para revertir los altos
índices de informalidad es otra gran preocupación de las centrales
sindicales, debido a que con frecuencia se vincula erradamente la
informalidad con los costos laborales, insistiéndose en políticas o
medidas legislativas que pretenden reducir la informalidad, rebajando los
costos laborales y la protección social, sin advertir el carácter realmente
decisivo de otros factores como los costos administrativos o de los
servicios públicos, el nivel tecnológico, el acceso al crédito o el acceso a
mercados. La Comisión Especial de Transporte obedece también a la
necesidad, advertida por los trabajadores, de afrontar la grave situación
del transporte en el país, introduciendo la variable laboral y procurando
para los trabajadores del sector condiciones dignas de trabajo
La necesidad de respaldar y aprovechar los trabajos de estas comisiones
especiales es crucial para el fortalecimiento del diálogo social, y para
lograr consensos cualificados que orienten las políticas públicas a la
progresiva solución estructural de los problemas sociolaborales y
productivos.
CAPÍTULO III
LAS PROPUESTAS DE LAS ORGANIZACIONES
SINDICALES EN EL CONSEJO NACIONAL DE
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
3.1 El funcionamiento de la representación sindical en el
CNTPE
Desde la reinstalación del CNTPE, las centrales sindicales han llevado a
cabo acciones decididas para mejorar su participación en las diversas
instancias de diálogo, debido a que las desventajas técnicas y limitaciones
de recursos, en relación con los representantes del gobierno y de los
empleadores, eran evidentes. La representación sindical carecía de
información suficiente, recursos económicos, facilidades para asistir a las
sesiones en forma continua, y asistencia técnica. Estas carencias estaban
impidiendo un desenvolvimiento adecuado de la representación sindical
en varios aspectos, afectando la coordinación intersindical, las
posibilidades de debate y la capacidad para adoptar una postura activa,
ofreciendo propuestas técnicas. En tales condiciones, la participación en
el diálogo resultaba poco eficaz, presentando el grave riesgo de convertir al
CNTPE en un espacio rígido para enfrentar los desequilibrios sociales,
laborales y económicos del país.
a) Asistencia técnica a las centrales sindicales para el diálogo
social
Fue en este contexto que las organizaciones sindicales plantearon la
necesidad de mejora, adoptando acciones conjuntas para una
participación óptima en las diversas instancias de diálogo social. Se trazó
como primer objetivo obtener asistencia técnica a las cuatro centrales
sindicales. Esta asesoría se obtuvo con apoyo de la OIT y, aunque su
objetivo central fue dar asistencia técnica a las organizaciones sindicales
en el CNTPE, abarcó en la práctica la asistencia parcial en otras
instancias de diálogo y, en ocasiones, el apoyo técnico en otras cuestiones
de interés sindical (p.e. participación en eventos sindicales vinculados al
ejercicio de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, o al
proceso de discusión de la Ley General del Trabajo). Estas actividades
complementarias resultaron de gran utilidad por dos razones: en primer
lugar, generaron y acrecentaron rápidamente la compenetración entre la
representación sindical en el CNTPE y la asesoría técnica; en segundo
lugar, acceder con mejores herramientas a otros espacios de diálogo y a la
actividad interna de las organizaciones sindicales, lo que también
contribuyó a dar coherencia y consistencia a la participación sindical en el
diálogo social. Sin duda, muchas de las decisiones de los representantes
sindicales en el CNTPE, se vinculan con su participación en otras
instancias de diálogo y se forjan colectivamente en los eventos o reuniones
intrasindicales e intersindicales.
La creciente amplitud y profundidad de los temas y aspectos que se
discuten y trabajan en el Consejo, así como la mayor especialización en
nuevas áreas-problema, sumado a la actividad de los Consejos Regionales
que se van desarrollando en diversas regiones del país, ha generado una
demanda mayor de apoyo técnico que hoy se sintetiza en la necesidad,
compartida por las cuatro centrales sindicales, de contar con un
“Gabinete Técnico Interdisciplinario” que provea, de forma constante,
información y apoyo técnico para el diálogo tripartito.
b) La coordinación para los trabajos en el CNTPE
Como segunda medida, las centrales sindicales plantearon la mejora de
la coordinación sindical para el diálogo social, con especial énfasis en la
participación en el CNTPE. Resultaba urgente mejorar algunas
capacidades de gestión, articulación y coordinación para obtener
resultados a corto plazo, trabajando en los siguientes ámbitos:
- Coordinación con la Secretaría Técnica del CNTPE, con el objetivo
de implementar un canal de relaciones ágiles y continuas entre las
centrales sindicales y la Secretaría Técnica del CNTPE, convirtiendo
en punto focal de tales relaciones al “Coordinador” del sector
trabajador.
- Coordinación intersindical: el objetivo en este ámbito era mejorar la
coordinación entre los representantes de las distintas centrales
sindicales, tanto en el pleno del CNTPE, como en las comisiones
técnicas, siendo indispensable, para ello, agendar reuniones
preparatorias en las que, en lo posible, se forjaran posiciones
unitarias y se articularán las acciones institucionales.
- Coordinación intrasindical: abarcaba la coordinación entre los
representantes de una misma central sindical para su participación
en el Pleno y las Comisiones Técnicas. El objetivo era construir un
canal para que al interior de cada central circule, en todos los
niveles decisorios sindicales, la información generada en el diálogo
social. La coordinación intrasindical también permitiría dotar de
coherencia a las posiciones de cada organización sindical, y una
mejor retroalimentación con las bases.
- Coordinación con otras instancias de diálogo: incluía la
coordinación entre los representantes ante el CNTPE y otras
instancias de diálogo, como el Acuerdo Nacional o el Consejo
Consultivo Laboral Andino (CCLA) de la Comunidad Andina de
Naciones.
Los resultados obtenidos por las centrales sindicales, en lo que refiere a la
coordinación fueron, en términos generales, positivos, aunque es cierto
también que en ciertos ámbitos se obtuvieron mejores resultados que en
otros. Así, por ejemplo, la coordinación con la Secretaría Técnica del
CNTPE y la coordinación intersindical ofrecieron resultados muy
interesantes, aunque la coordinación intrasindical y con otras instancias
de diálogo presentó algunas dificultades. El compromiso de los
representantes sindicales fue el factor más importante en los progresos
logrados. Los dirigentes de las cuatro centrales sindicales se empeñaron
en el esfuerzo de mejorar la coordinación y las capacidades para el diálogo
y los primeros resultados obtenidos generaron nuevas aspiraciones de
optimizar la representación sindical en otros espacios. El compromiso
sindical se expresó de diversas formas: puntualidad en las reuniones,
preparación previa de los trabajos y las intervenciones, actitud crítica y
tolerante, constante preocupación por la elaboración de propuestas y
estrategias, etc. Seguidamente se detallan las acciones y apreciaciones en
cada uno de estos ámbitos de coordinación.
- Coordinación con la Secretaría Técnica del CNTPE
Designación del coordinador ejecutivo del sector trabajador ante el CNTPE.
Los trabajadores definieron la rotación trimestral de la labor de
coordinación. Decidieron, además, extender la coordinación de la central
de turno a las comisiones técnicas. De este modo, los representantes
sindicales de una central asumieron la labor de voceros de toda la
participación sindical en el CNTPE. La labor del coordinador intersindical
no estuvo libre de obstáculos, pues en algunas ocasiones las
representaciones gubernamentales y empresariales entablaron contactos
directos en temas relativos al CNTPE con alguna central sindical (quizás
por su afinidad o por alguna coyuntura particular), desconociendo que el
rol de coordinación correspondía a otra organización.
Un aspecto a destacar fue que la figura del coordinador ejecutivo ha
definido claramente la responsabilidad de la coordinación con la
Secretaría Técnica del CNTPE y la coordinación intersindical en asuntos
relativos a esta instancia de diálogo. Asimismo, ha implicado la
participación igualitaria de todas las centrales en el desarrollo de la labor
de vocería en el diálogo social. Una dificultad y desafío para las
organizaciones de trabajadores es que las centrales sindicales cuentan
con recursos muy limitados para llevar a cabo la coordinación sistemática
más idónea, pues ésta requiere de un mínimo de recursos logísticos y
bastante tiempo, dedicación y seguimiento colectivo, lo que implica más
licencias sindicales, gastos de traslado, recarga de la agenda sindical, etc.
Ello originó que, a veces, durante los períodos de coordinación de las
centrales con menores recursos, la coordinación y comunicación pierda
alguna fluidez y, la actividad sindical en el CNTPE sea más pausada.
Reuniones previas con la Secretaría Técnica del CNTPE
Desde el año 2006 se llevaron a cabo en forma regular reuniones con la
Secretaría Técnica, previas a cada sesión del Pleno del CNTPE, para
preparar la agenda de las sesiones. La periodicidad de estas reuniones de
coordinación contribuyó a afinar mejor la intervención de las centrales
sindicales en las sesiones del Pleno del CNTPE. Incluso en los últimos
meses del año 2006, las citadas reuniones sirvieron para que los
coordinadores del sector empleador y trabajador intercambien pareceres
sobre el posible contenido de sus posiciones en los temas a tratar, lo que
hizo más ágil el tratamiento de la agenda en las propias sesiones del
Pleno. Algunos problemas surgieron cuando los acuerdos previos sobre el
contenido de la agenda para una sesión del Pleno, fueron modificados por
los representantes del Ministerio de Trabajo, sin comunicarlo previamente
a los coordinadores ejecutivos de los otros dos sectores.
- Coordinación intersindical
Reuniones de coordinación intersindical
Desde el año 2005 se llevaron a cabo en forma regular reuniones entre los
representantes de las distintas centrales sindicales en el Pleno o la
Comisión Técnica de Trabajo, previamente a cada sesión. Estas reuniones
mejoraron el desempeño de los representantes sindicales en las sesiones
en forma considerable. Como resultado de las mismas, en gran parte de
las sesiones las centrales aportaron una posición unitaria y, en muchas
ocasiones, abordaron los temas con una estrategia predefinida. Las
reuniones previas sirvieron para ventilar las diferencias de posturas y
lograr, en la mayor parte de los temas, una posición de consenso. En
estas reuniones, también se definieron las propuestas sindicales
presentadas ante el CNTPE.
No obstante, se apreciaron también algunos obstáculos. En primer lugar,
la participación de algunos representantes de los trabajadores a las
reuniones de coordinación se vio dificultada por la negativa de ciertas
entidades y empresas de otorgar licencias sindicales para las reuniones de
coordinación. En segundo lugar, en el caso de algunas centrales
sindicales, la falta de dinero para cubrir siempre los gastos de transporte
dificultó la asistencia regular a reuniones de coordinación. Por último, la
rotación de los representantes de cada central sindical en las comisiones
técnicas no siempre fue acompañada de la transferencia de la información
relativa a los trabajos de dichas comisiones, lo que dificulta el
seguimiento. Esta situación puede agravarse si la información relativa a
los trabajos de las comisiones técnicas no se socializa en la central
sindical. Por ello, resultará muy importante prever una instancia al
interior de cada central responsable de la información y documentación
generada en los espacios de diálogo social.
- Coordinación intrasindical
Designación de un coordinador intrasindical
Las centrales sindicales propusieron elegir a un representante de cada
central sindical que coordine y sirva de enlace para la participación en el
Pleno y las diversas comisiones técnicas del CNTPE. Si bien la
coordinación entre los representantes de las diversas centrales sindicales
en el Pleno y la Comisión Técnica de Trabajo ha dado resultados positivos,
la coordinación entre los representantes de una misma central sindical
ante las diversas comisiones técnicas y el Pleno del CNTPE ha enfrentado
dificultades. La iniciativa de designar un representante sindical de enlace
para cada central en las diversas comisiones o de tener reuniones de
coordinación por cada central, no se pudo concretar entre los
representantes sindicales. Será necesario que en las centrales sindicales
implementen en su interior una instancia o sistema que concentre y
difunda la información referida al CNTPE, tanto en las reuniones de los
comités ejecutivos de cada central, como entre los representantes
sindicales en las comisiones técnicas del CNTPE y todos/as sus
afiliados/as.
- Coordinación con otras instancias de diálogo
Coordinación con los representantes sindicales en otras instancias de
diálogo
Durante el año 2005 las reuniones de los representantes sindicales, ante
el Pleno, sirvieron para informar de los trabajos en el Consejo Consultivo
Laboral Andino de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Estas
reuniones han permitido forjar una posición unitaria y coherente en las
diversas instancias de diálogo. Aún no se ha integrado a estas reuniones
información acerca de la participación en el Acuerdo Nacional y el Consejo
Nacional de Competitividad
Cabe agregar que durante el año 2005 se proyectó un documento
preliminar, en el que las centrales sindicales precisaban temas de interés
común en materia de diálogo social. Estos temas no fueron desarrollados
posteriormente. En enero de 2007 se volvieron a definir temas para una
agenda común y algunos de ellos se han desarrollado o coordinado en
diversos escenarios de diálogo.
3.2 Las propuestas de las centrales sindicales
Como resultado de las mejoras apreciadas en la coordinación
intersindical, los representantes sindicales aportaron interesantes
posiciones unitarias en ciertos temas sometidos al CNTPE.
Organizaciones sindicales
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  • 1. Edgardo Balbín Torres LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL PERÚ Y EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (2001-2008) Oficina Internacional del Trabajo Oficina Subregional para los Paises Andinos Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV) Proyecto "Fortalecimiento de los sindicatos ante los nuevos retos de la integración en América Latina" (FSAL)
  • 2. LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL PERÚ Y EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (2001-2008) Edgardo Balbín Torres
  • 3.
  • 4. Copyright © Organización Internacional del Trabajo, 2009 Primera edición 2009 Las publicaciones de la Oficina Internacional del Trabajo gozan de la protección de los derechos de propiedad intelectual en virtud del protocolo 2 anexo a la Convención Universal sobre Derecho de Autor. No obstante, ciertos extractos breves de estas publicaciones pueden reproducirse sin autorización, con la condición de que se mencione la fuente. Para obtener los derechos de reproducción o de traducción, deben formularse las correspondientes solicitudes a Publicaciones de la OIT (Derechos de autor y licencias), Oficina Internacional del Trabajo, CH-1211 Ginebra 22, Suiza, o por correo electrónico a pubdroit@ilo.org, solicitudes que serán bien acogidas. Las bibliotecas, instituciones y otros usuarios registrados ante una organización de derechos de reproducción pueden hacer copias de acuerdo con las licencias que se les hayan expedido con ese fin. En www.ifrro.org puede encontrar la organización de derechos de reproducción de su país. OIT Balbín, Edgardo Las organizaciones sindicales en el Perú y el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo. (2001-2008). Lima: OIT, Oficina Subregional para los Países Andinos, 2009. 149 p. Diálogo social, tripartismo, sindicato, papel del sindicato, organización institucional, Perú. 13.06.1 ISBN: 978-92-2-323062-3 (Versión impresa) ISBN: 978-92-2-323063-0 (Versión web pdf) Datos de catalogación de la OIT Las denominaciones empleadas, en concordancia con la práctica seguida en las Naciones Unidas, y la forma en que aparecen presentados los datos en las publicaciones de la OIT no implican juicio alguno por parte de ambas organizaciones sobre la condición jurídica de ninguno de los países, zonas o territorios citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras. La responsabilidad de las opiniones expresadas en los artículos, estudios y otras colaboraciones firmados incumbe exclusivamente a sus autores, y su publicación no significa que la OIT las sancione. Las referencias a firmas o a procesos o productos comerciales no implican aprobación alguna por la OIT, y el hecho de que no se mencionen firmas o procesos o productos comerciales no implica desaprobación alguna. Las publicaciones de la OIT pueden obtenerse en las principales librerías o en sus oficinas locales en diversos países o pidiéndolas a: Publicaciones de la OIT, Oficina Internacional del Trabajo, CH-1211 Ginebra 22, Suiza o a: Oficina Regional de la OIT para América Latina y el Caribe, Las Flores 275, San Isidro, Lima 27, Apartado Postal 14-124, Lima, Perú. También pueden solicitarse catálogos o listas de nuevas publicaciones a las direcciones antes mencionadas o por correo electrónico a: pubvente@ilo.org o biblioteca_regional@oit.org.pe Vea nuestro sitio en la red: www.oit.org.pe Impreso en el Perú
  • 5. Ever Rodríguez (1957-2005) " Con especial dedicación a Ever Rodriguez, sindicalista comprometido con la justicia y el diálogo social, quien fue un activo defensor de los derechos laborales y del trabajo decente en el CNTPE ".
  • 6.
  • 7. ÍNDICE Pág PRESENTACION 3 INTRODUCCIÓN 7 I EL DIÁLOGO SOCIAL PARA LAS ORGANIZACIONES SINDICALES 11 1.1. El diálogo social 11 1.2. La función y el valor del diálogo social 15 1.3. Los presupuestos centrales del diálogo social y su situación en el Perú 17 II LA EXPERIENCIA SINDICAL DE DIÁLOGO EN EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO 23 2.1. La participación sindical en el diálogo social en el Perú 23 2.2. El Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo 30 III LAS PROPUESTAS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO 47 3.1. El funcionamiento de la representación sindical en el CNTPE 47 3.2. Las propuestas de las organizaciones sindicales 53 PERSPECTIVAS 61 ANEXOS 67 Anexo 1 Texto de las propuestas sindicales 68 a) Propuesta de articulado de los aspectos no consensuados de la Ley General del Trabajo 68 b) Propuesta de criterios para la determinación de la Remuneración Mínima Vital 109 c) Propuesta de lineamientos para una política de fomento de la libertad sindical 123 d) Propuesta de lineamientos para un estudio sobre la productividad 128 e) Propuesta de comisión para el tratamiento de la problemática de los trabajadores de la economía informal 130
  • 8. Anexo 2 Mensaje de los representantes de los trabajadores en las memorias de actividades del CNTPE. Años 2005 y 2006. 133 Anexo 3 Carta remitida, por las 4 centrales sindicales en junio de 2005, al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, comunicando la suspensión de su participación en el CNTPE. 138 Anexo 4 Carta dirigida en enero de 2007 al Sr. Juan Somavía, Director General de la OIT, por parte de las 4 centrales sindicales, haciéndole conocer la situación de los derechos laborales y el diálogo social en el Perú 140 Anexo 5 Resumen ejecutivo de la propuesta sindical sobre la reforma de la seguridad social 144 Anexo 6 Nota de prensa remitida a los medios de comunicación por las cuatro centrales sindicales, a favor de la aprobación de la Ley General del Trabajo y defensa de la libertad sindical (año 2006) 147 BIBLIOGRAFÍA 149
  • 9. PRESENTACION El papel que las centrales sindicales peruanas han jugado para la promoción del tripartismo en el Perú ha sido muy importante. Su contribución a los procesos de diálogo social que se han llevado a cabo en el seno del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) ha sido encomiable, y refleja su espíritu de colaboración, apertura, receptividad y responsabilidad social con el país, desde su propia visión del desarrollo. Las organizaciones sindicales han participado en dicho espacio ejerciendo con autonomía la representación del sector laboral, y manteniendo la coherencia con sus principios de clase y sus mandatos internos. Como han declarado en numerosas oportunidades las propias confederaciones nacionales, el objetivo de la justicia social y laboral requiere para su materialización de un sistema sociopolítico cada vez más democrático, cuya construcción permanente incluya al actor sindical como un protagonista activo de las relaciones laborales y de las políticas socioeconómicas que afectan al mundo del trabajo y de la producción (“sin sindicatos no puede haber democracia”). La democracia es el proceso y el resultado de un largo aprendizaje social. La democracia es una cultura. De allí que consolidar la democracia suponga muchas veces reformar hábitos, modificar prácticas y potenciar la virtud civilista de la responsabilidad social compartida. Esto es necesario para hacer factible la gobernabilidad y la cohesión social. El resultado de una fructífera relación entre gobernabilidad y democracia es la legitimidad. Dicha relación debe integrar en las políticas de desarrollo tanto la dimensión técnica (de conocimiento objetivo de la realidad), como la política (los intereses y los recursos), y la dimensión ética (de elección entre valores). Con esos principios (en la triple dimensión técnica, política y ética del desarrollo) es más factible dialogar,
  • 10. negociar, comunicar, organizar, sumar, y compartir proyectos comunes y alternativos. Una sociedad auténticamente democrática es una entidad de diálogo social por excelencia: las estructuras políticas, económicas, jurídicas e institucionales, son el espacio sistémico para garantizar una convivencia pluralista y representativa. Por tanto, al hablar de diálogo social, no se está haciendo referencia a algo nuevo o diferente al Estado de Derecho. La democracia implica el diálogo social. Pero las posibilidades del desarrollo democrático no se agotan en las formulaciones normativas, lo que da un especial signo de constructividad al diálogo social y al tripartismo. El diálogo y la negociación social pueden permitir llegar a acuerdos para distribuir con equidad los beneficios del crecimiento, al mismo tiempo que asignar, también equitativamente, los costos de ese proceso. La legitimidad del proceso de adaptación de la economía del país al entorno globalizado, depende del grado de consenso social que se logre. Para ello, el diálogo social es un escenario privilegiado, en especial si se logra elaborar una agenda flexible y abierta que cubra los distintos temas de la problemática económica, política y social que interesan estrategicamente a los actores del tripartismo. Así pues, el diálogo social es un instrumento al servicio de la gobernabilidad de los sistemas democráticos que contribuye a: i) generar acuerdos estables en el ámbito de las relaciones laborales y del desarrollo productivo, con la participación directa o indirecta del Estado; ii) moderar la conflictividad social y laboral, con una visión plural de país y con reglas del juego compatibles con las aspiraciones de trabajadores y empleadores; iii) crear espacios para soluciones creativas, mediante procesos que den legitimidad social a políticas públicas cuyo norte sea el crecimiento
  • 11. económico con equidad; iv) reconciliar las exigencias de la justicia social con las de la competitividad de las empresas y el desarrollo económico, de tal modo que el diálogo no sólo sea utilizado en medio de circunstancias económicas adversas para arbitrar el reparto de la crisis, sino que debe recurrirse también a él en situaciones favorables para canalizar proporcionalmente los beneficios de la prosperidad. El presente documento refleja el convencimiento del sindicalismo sobre la significación social de tales conceptos, y sobre la necesidad de profundizar de modo constante y consistente la democracia, lo que implica, como requisito esencial, democratizar (a través del tripartismo) el propio mundo del trabajo. Sus aportes en el CNTPE están orientados a propiciar un marco estructural de normas y de prácticas sociolaborales proclive y coherente con el enfoque del trabajo decente. El diálogo tiene que ofrecer resultados que refuercen la confianza de los actores en el mismo. El trabajo que las centrales han desempeñado en el CNTPE, desde su reactivación a partir del año 2001, podría dar para contar muchas experiencias fruto de la participación sindical en dicha instancia. Por ejemplo, el despliegue y costos que ha supuesto para las organizaciones el hecho de su presencia activa, tanto en el Pleno como en las comisiones. Pero el propósito del documento es reflejar del modo más sistemático las preocupaciones, las propuestas, los aportes y las valoraciones que las centrales han hecho de dicha entidad consultiva, incluyendo sus fortalezas y debilidades. Su publicación no solo tiene un carácter informativo y referencial, sino que es paralelamente un reconocimiento sindical a la importancia que ha tenido el CNTPE y la labor de sus constituyentes. Esta publicación es un producto elaborado conjuntamente por el Proyecto FSAL, la Oficina Subregional para los Países Andinos (OSRA), y
  • 12. la Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV). El autor del libro es el Sr. Edgardo Balbín Torres, colaborador externo, quien ha realizado una excelente labor para elaborar el documento con el rigor técnico necesario, pero en total correspondencia con los puntos de vista del protagonista del estudio (el sindicalismo peruano). Agradecemos al Sr. Luis Fuertes, CTP del Proyecto FSAL, por las acertadas gestiones para la obtención de este producto, el cual sin duda será de mucho interés para las centrales sindicales peruanas, y esperamos que también pueda serlo para los actores del tripartismo y la sociedad en su conjunto. Queremos también agradecer el valioso apoyo técnico del Sr. Oscar Valverde, Especialista en Actividades para los Trabajadores de la OSRA, cuyas orientaciones y aportes conceptuales fueron esenciales, así como su colaboración con la edición del material. José Luis Daza Pérez Dan Cunniah Director OIT Lima Director ACTRAV
  • 13. INTRODUCCIÓN Las organizaciones sindicales cumplen un rol imprescindible en toda sociedad democrática. Así lo demuestran las experiencias de las democracias avanzadas y consolidadas del mundo, construidas sobre la base del tripartismo y de los pactos sociales, en los que las organizaciones sindicales han desempeñado un rol protagónico. Un entorno democrático es una condición para el ejercicio de la libertad sindical pero, a la vez, un movimiento sindical fuerte y consolidado contribuye, a través del diálogo y la participación social, a profundizar la democracia, a mejorar la distribución justa de la riqueza y de las oportunidades, y a reducir o eliminar las desigualdades y la exclusión social. Aún cuando las ventajas de la libertad sindical y del diálogo social son evidentes, el panorama nacional presenta todavía problemas para las organizaciones sindicales, pues persisten diversas prácticas que violentan los principios de libertad sindical y dificultan el diálogo social efectivo. A pesar de estos problemas, las organizaciones sindicales en el Perú han desarrollado acciones coordinadas y unitarias en algunos escenarios de diálogo tripartito, dirigidas a lograr mejoras sustanciales en las condiciones de trabajo y de vida de los trabajadores y trabajadoras, y a salvaguardar sus intereses de clase. Uno de los principales escenarios ha sido el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE), instancia tripartita de diálogo, en la que participan las cuatro centrales más importantes del país. El CNTPE ha sido valorado por las centrales sindicales como una posibilidad para construir prácticas democráticas, luego de la exclusión autoritaria que vivieron durante la década de los noventa, y para influir en la voluntad política de los gobiernos, orientándola hacia la mejora de las condiciones de trabajo y de vida de todos los ciudadanos y ciudadanas.
  • 14. Sin embargo, la construcción de prácticas democráticas a través del diálogo, entre los actores sociales, no es tarea fácil. Requiere de un auténtico propósito de dialogar y de establecer relaciones de confianza entre las partes que, por participar en el diálogo, no niegan la diversidad de sus intereses o la posibilidad de entablar conflictos. La confianza en el diálogo social es difícil de construir y exige a las partes (en especial a los gobiernos) compromisos cada vez más amplios e integrales para su edificación. Como muestra de su confianza en el diálogo social, las centrales sindicales han llevado a cabo un proceso de mejora de su participación en el CNTPE, que ha dado lugar a acciones sindicales unitarias y a la producción y presentación de interesantes propuestas. Esta preocupación por mejorar sus capacidades para el diálogo y la negociación social, así como las propuestas elaboradas y presentadas en el CNTPE, constituyen la mejor evidencia del compromiso democrático de los sindicatos con el diálogo social franco, abierto y con resultados. El presente trabajo expone una síntesis de este proceso y de las principales propuestas presentadas unitariamente por las centrales sindicales al CNTPE. El primer capítulo ofrece la perspectiva sindical del diálogo social, sus características más importantes, funciones y presupuestos. El segundo capítulo presenta una reflexión y un recuento de los aspectos más saltantes de la participación sindical en el CNTPE con base en tres fuentes de información: los datos existentes en las propias centrales sindicales respecto de sus experiencias e intervenciones, la información registrada por la asesoría técnica de las centrales sindicales obtenida con el apoyo de la OIT y ACTRAV a lo largo del periodo analizado y la información obtenida en la Secretaría Técnica del CNTPE. Finalmente, el tercer capítulo presenta algunas de las propuestas formuladas por las organizaciones sindicales en lo que va de su participación en la mencionada instancia de diálogo social. Es preciso advertir que aunque
  • 15. estas propuestas son todavía pocas en número, están referidas a tópicos esenciales para democratizar las relaciones laborales y proceder a la equidad en la división social del trabajo y, por eso constituyen ya un importante aporte a la actividad del CNTPE que merece la pena destacar y difundir. Además, las propuestas evidencian el compromiso de las organizaciones sindicales con ciertos objetivos de política social que, como sucede con el concepto de “Trabajo Decente”, redundan en beneficio de la colectividad en su conjunto. En la actualidad, las centrales sindicales insisten en que el CNTPE debe ser el espacio en el que se adopten las decisiones tripartitas necesarias para poner en marcha un “Programa Nacional de Trabajo Decente”, cuyas prioridades sean (i) el respeto de los derechos fundamentales en el trabajo y la aplicación efectivo de los convenios de la OIT ratificados, tanto en el sector privado, como en el sector público; (ii) la generación de empleo de calidad, digno, productivo y con derechos y (iii) el mejoramiento y la ampliación de la protección y la seguridad social. Las centrales sindicales son conscientes del reto que supone la participación en el CNTPE y en otras instancias de diálogo, y entienden también que, a pesar de las dificultades que puedan surgir, el proceso de mejora de las capacidades sindicales para el diálogo debe continuar y profundizarse, permitiéndoles ofrecer cada vez mejores propuestas unitarias y obtener resultados cada vez más satisfactorios para los intereses de los trabajadores y trabajadoras y de la sociedad en general. Aunque en ocasiones la realidad nacional y las prácticas laborales resulten desalentadoras, y las contrapartes no siempre den señales claras de voluntad y compromiso, las organizaciones sindicales siguen manifestando su constante disposición a dialogar y su compromiso con la democracia y con el trabajo decente que promueve la OIT.
  • 16. CAPÍTULO I EL DIÁLOGO SOCIAL PARA LAS ORGANIZACIONES SINDICALES 1.1 El diálogo social No es posible atribuir un significado único o universal al concepto de diálogo social, pues éste varía en función de la experiencia vivida en cada país1. No obstante ello, la OIT ha aportado una noción amplia de de este concepto, que resultará muy útil para los objetivos de este trabajo. Para la OIT, el diálogo social abarca todo tipo de negociaciones o consultas - incluido el intercambio de información- entre representantes de los gobiernos, los empleadores y los trabajadores sobre temas de interés común relativos a las políticas económicas y sociales2. Bajo esta perspectiva, la noción de diálogo social puede ser caracterizada en base a los siguientes elementos: El diálogo social es una forma de interacción ente los actores de las relaciones laborales que puede darse a través de mecanismos como la negociación (que convoca a los actores con el propósito, pero no con la obligación de lograr un acuerdo), la consulta (que convoca a los actores con el fin de ofrecer su visión sobre determinada materia) o cualquier otra forma de interacción de menor intensidad3 que permita a los actores de las relaciones laborales intercambiar información o pareceres. Lógicamente, para las organizaciones sindicales resultan de mayor interés aquellos mecanismos de gran intensidad, que involucran la posibilidad de 1 Rueda-Catry, Marleen y Ozaki, Muneto: Diálogo social: un panorama internacional; en Educación Obrera, 2003, 3, Número 120, pp. 1 y 2 2 Ishikawa, Junko. Aspectos clave del diálogo social nacional: Un documento de referencia sobre el diálogo social. Ginebra: OIT, 2003. pág. 3 3 Ermida Uriarte, Oscar, “Diálogo Social: Teoría y Práctica”; en Revista Derecho Laboral, T. XLIV, Nº 201, enero-marzo 2001, p. 69.
  • 17. adoptar decisiones conjuntas y que tengan carácter vinculante. Por ello, normalmente, las organizaciones sindicales encaminan sus esfuerzos a profundizar su participación en las instancias de diálogo mejor posicionadas, política e institucionalmente, impulsando la negociación colectiva a nivel empresarial o sectorial y pugnando por establecer formas de diálogo a nivel nacional o sectorial, cuyos acuerdos tengan carácter vinculante para las partes, ya que en su experiencia han tenido serias dificultades para la negociación colectiva (que han sido insalvables a nivel sectorial o de rama en el sector construcción) y los acuerdos muy pocas veces se han traducido en medidas de política laboral consistentes y congruentes con los consensos declarados. El diálogo social tripartito es un proceso enmarcado en el ámbito de las relaciones laborales; por lo tanto, involucra a los sujetos vinculados con esa problemática y, en particular, a las organizaciones de trabajadores, los empleadores o sus organizaciones y los gobiernos. Aunque resulta muy frecuente que en los procesos de diálogo social participen los tres sujetos antes mencionados y se hable por ello de procesos tripartitos, existen experiencias de diálogo bipartito que convocan únicamente a dos actores. Así puede ocurrir, por ejemplo, en el sector público cuando se reúnen únicamente organizaciones de trabajadores y el gobierno (que en este caso tiene además la condición de empleador) o así puede ocurrir también en algunas experiencias de diálogo en el sector privado, llevadas a cabo entre organizaciones de trabajadores y empleadores, sin presencia del gobierno. Existen también experiencias de diálogo que convocan a más de tres sujetos, como ocurre con las experiencias de diálogo que incorporan además a diversas organizaciones de la sociedad civil (“diálogo tripartito plus”)4. En todos los casos debe tratarse de sujetos vinculados a la problemática de las relaciones laborales. En el Perú, el CNTPE es una 4 Ishikawa, Junko. Aspectos clave del diálogo social nacional: Un documento de referencia sobre el diálogo social. Ginebra: OIT, 2003; pág. 5.
  • 18. instancia de diálogo tripartito pero, además, las organizaciones sindicales aspiran a la pronta conformación de una instancia de diálogo social bipartito (organizaciones sindicales y gobierno) para el sector público, de conformidad con lo señalado en el Convenio 151 de la OIT, ya que en el CNTPE no trata los temas de relaciones laborales en el sector público. El diálogo social es un mecanismo de interacción que puede desarrollarse a nivel supranacional, nacional, sectorial, empresarial, provincial o en cualquier otro ámbito que los propios sujetos determinen. Por ejemplo, en América Latina existen experiencias de diálogo a nivel supranacional, como las reuniones conjuntas llevadas a cabo entre los Consejos Consultivos Empresarial y Laboral de la Comunidad Andina, y el Foro Consultivo Económico y Social del Mercosur. Pero, es importante advertir que, aunque pueda cobrar mayor relevancia el diálogo social de alcance nacional o supranacional (al punto que algunos autores identifiquen el concepto de diálogo social sólo con este alto nivel de actuación), también son importantes otras formas de interacción entre actores sociales que se dan en escenarios de menor alcance y que a veces pueden dar impulso o soporte a grandes procesos de diálogo nacional o supranacional. En el Perú, las organizaciones sindicales han apoyado la conformación de los Consejos Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (CRTPE), confiando en que el diálogo a nivel regional puede articularse y fortalecer el proceso de diálogo a nivel nacional. El diálogo social es un proceso destinado a tratar materias de corte social, económico y laboral en cualquiera de los ámbitos o niveles antes citados. Esto es muy importante porque indica que cualquiera de los mecanismos de diálogo puede involucrar, además de medidas de corte laboral o social, cualquier tipo de decisión de carácter económico de las que frecuentemente las organizaciones sindicales son excluidas, sobre todo si
  • 19. se trata de las políticas estatales de alcance nacional. Para las organizaciones, la política económica de los gobiernos es un tema crucial porque, además de incidir sobre el empleo y los ingresos de los trabajadores, constituye una de las principales herramientas para lograr una justa distribución de la riqueza en épocas de bonanza o de los sacrificios en épocas de crisis. Por ello, tanto en las plataformas de lucha, como en las instancias de diálogo, las organizaciones sindicales manifiestan constantemente su visión sobre aspectos inherentes a la política económica estatal. El diálogo social puede ser formal o informal. Esto quiere decir que para que exista diálogo social no se requiere necesariamente de procedimientos o instancias previstas en la normativa estatal o en las reglamentaciones que las propias partes producen. Es importante señalar también que el carácter formal o informal del diálogo no condiciona la importancia que pueda tener para los sujetos. No puede afirmarse, por ejemplo, que sean objeto de diálogo informal las materias poco importantes para los sujetos, ni tampoco que la existencia de canales formales impide a los actores sociales recurrir al diálogo informal si lo consideran conveniente. En el marco de un proceso de diálogo formal pueden llevarse cabo también diálogos informales. Ello ha sucedido con el CNTPE, que es una instancia formal para el diálogo social, que reúne a los actores sociales nacionales en forma periódica, pero la existencia del CNTPE no ha impedido que, en ocasiones, los representantes de los trabajadores, empleadores o gobierno lleven a cabo reuniones informarles en las que tratan o resuelvan temas de interés común, a veces dirigidos a facilitar el desarrollo del diálogo al interior del propio CNTPE. En el Cuadro 1 se resumen los aspectos y características del diálogo social antes comentadas.
  • 20. Cuadro 1. El Diálogo social (5) Forma de Interacción Negociación Consulta Concertación Intercambio de información Otros Sujetos Bipartito Tripartito Tripartito plus Materias Sociales Económicas Niveles Supranacional Nacional Sectorial Provincial Empresarial Otros DIÁLOGO SOCIAL Carácter Formal Informal 1.2 La función y el valor del diálogo social El diálogo social puede resultar de gran importancia para las organizaciones sindicales por varias razones. En primer lugar, el diálogo constituye una herramienta para la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores, alterna a otras formas de lucha. El diálogo social no impide a las organizaciones sindicales plantear el conflicto abierto sino, por el contrario, es otro mecanismo de defensa y promoción de los intereses de los trabajadores, alternativo al conflicto pero que, en comparación con éste, presenta al menos dos ventajas. El diálogo no sólo sirve para resolver conflictos sino sirve también para prevenirlos y, por ello, reduce los sacrificios que el conflicto abierto puede implicar para las partes. En efecto, normalmente medidas de lucha como la huelga se producen una vez que el problema ha surgido; en cambio, el diálogo constante entre las partes, aunque no excluye la posible adopción de medidas de presión, presenta la ventaja de prevenir los problemas 5 Elaboración propia
  • 21. procurando, de antemano, soluciones amistosas. Por otro lado, las medidas de conflicto suelen implicar sacrificios para las partes, que pueden ser minimizados en un proceso de diálogo (por ejemplo, la huelga involucra descuentos salariales para los trabajadores). Lo señalado no quiere decir que opciones como la huelga sean menos importantes, sino que los trabajadores poseen, además de la huelga, otros mecanismos para defender y promover sus intereses. Ambas herramientas -el diálogo y la huelga- son válidas y legítimas y los trabajadores optaran por cada una de ellas, dependiendo de la circunstancia concreta que enfrenten. En segundo lugar, el diálogo social también puede hacer posible la participación de los trabajadores en la toma de decisiones a cualquier nivel y, sobre todo, en materias de corte social y económico que inciden sobre su situación profesional y sus condiciones de trabajo y ciudadanía. El diálogo social puede, por un lado, adoptar una dirección ascendente, lo que permitirá a las organizaciones de trabajadores influir primero en escenarios de alcance reducido para acceder luego a los escenarios en donde se adoptan las más importantes decisiones políticas de alcance nacional o supranacional. Esto implica que a través de la profundización y expansión del diálogo a todos los niveles, los trabajadores pueden pasar de ser sujetos sociales pasivos en la formulación de políticas públicas, a ser sujetos activos que modelan una sociedad y su orientación de desarrollo. Por otro lado, el diálogo tripartito puede posibilitar a los trabajadores expandir el contenido de los temas tratados con las organizaciones de empresarios o los gobiernos, convirtiéndose de este modo en un mecanismo necesario para adoptar cualquier tipo de decisión de contenido sociolaboral, económico y productivo. Por último, el diálogo social tripartito es un valioso elemento de democratización política y social, lo cual es de mucho interés para las organizaciones sindicales, puesto que la democratización de las relaciones laborales es el contexto propicio para el ejercicio integral de los derechos y
  • 22. para el fortalecimiento del movimiento sindical. El diálogo social brinda una especial legitimidad a las medidas de política social y económica, expedidas por los gobiernos, pues éstas vienen respaldadas por las expectativas de los actores sociales y puede conformar también un mecanismo efectivo para democratizar la economía empresarial, sectorial, nacional o incluso supranacional. No es casual que en el caso peruano los procesos de diálogo se hayan iniciado en momentos de transición democrática (luego de la dictadura militar de los setenta o del régimen fujimorista de los noventa), quizá con el propósito de construir a través del diálogo una democracia auténticamente participativa y una nueva cultura laboral distante de la discriminación, la inequidad, la precarización del trabajo y la violación de los derechos laborales. 1.3 Los presupuestos centrales del diálogo social Para que el diálogo social cumpla las funciones antes señaladas, es necesario que existan, al menos, dos condiciones básicas: La libertad sindical y la negociación colectiva, como pilares fundamentales del diálogo social El diálogo social es un medio para profundizar la democracia, para cumplir esta función, el proceso de diálogo requiere de un contexto en el que se respeten los derechos de libertad sindical y de negociación colectiva. Para ser fructífero, el diálogo social requiere de actores sociales fuertes, representativos e independientes, y ello no es posible sin una efectiva libertad sindical. La existencia de obstáculos a la constitución de sindicatos, a la afiliación sindical, al desarrollo de actividades sindicales, a la negociación colectiva o a la huelga, impide a las organizaciones sindicales asumir a cabalidad su rol de interlocutores de los intereses de los trabajadores y ello obstaculiza finalmente el diálogo social. En los países latinoamericanos, en los que ciertas particularidades históricas
  • 23. atribuyen a los gobiernos un rol de garantía de la libertad sindical, la previsión y aplicación efectiva de un sistema de protección de la libertad sindical es muy importante para que el diálogo social sea efectivo. De lo contrario, el diálogo social se convertirá en una mera formalidad carente de contenido real u ocultará, tras un aparente diálogo, la imposición de la voluntad de alguna de las partes6. En el Perú, al igual que en otros países de la región, existe un déficit en el ejercicio del derecho de libertad sindical que preocupa a las organizaciones sindicales. La normativa, expedida durante los años noventa, no garantiza adecuadamente este derecho humano y fundamental y existen comentarios de los órganos de control de la OIT que dan cuenta de que persisten incompatibilidades en algunos aspectos de la legislación nacional respecto de los convenios fundamentales sobre la libertad sindical. Además, la normativa existente muchas veces no es efectiva en su aplicación, siendo frecuentes los actos o prácticas antisindicales en sectores variados. La negociación colectiva sectorial, o a nivel de rama, fue desarticulada, a pesar que constituye un impulso fundamental para el diálogo social y una garantía en entornos, en los que se recurre masivamente a las contratas. Por lo general, en un contexto limitativo de la libertad sindical, los empleadores privados o públicos no reconocen a las organizaciones de trabajadores como contraparte en la determinación de las condiciones de empleo y los Gobiernos tampoco suelen convocarlas para discutir sobre las políticas sociales y económicas. Con todo ello, la cultura democrática de participación a la que propende el diálogo social, se ve desplazada por una cultura autoritaria que excluye a los sindicatos como actores relevantes de las relaciones laborales. Como se verá más adelante (apartado 3.2), las organizaciones de trabajadores en el Perú han advertido este preocupante déficit y han formulado propuestas al CNTPE para revertir la situación. 6 Ishikawa, Junko. Aspectos clave del diálogo social nacional: Un documento de referencia sobre el diálogo social. Ginebra: OIT, 2003. pág. 5.
  • 24. La voluntad y el compromiso con el diálogo, como factores que infunden confianza para dialogar y negociar Es imprescindible que las partes que participan en el diálogo social tengan la voluntad de dialogar, y tengan conductos y señales convergentes que ayuden a generar confianza. Si bien la voluntad de diálogo es un aspecto con componentes subjetivos difíciles de apreciar, también se manifiesta en actos concretos. Por ejemplo, en las formas de diálogo que implican un mero contacto informativo o en la consulta no vinculante, la voluntad de diálogo se manifiesta en acciones concretas como el atender oportunamente a cualquier información solicitada por la contraparte o presentar disposición (la parte consultante) para comunicar a los consultados las razones de la decisión finalmente adoptada. En las modalidades de diálogo que implican la eventualidad de lograr acuerdos de carácter vinculante, los indicadores de un compromiso real con el diálogo pueden ser todavía más variados: la asistencia puntual a las reuniones, la asistencia de representantes con autoridad para tomar decisiones, las convocatorias en horas y lugares apropiados, la constante formulación de propuestas o alternativas de arreglo, el grado de receptividad de las propuestas hechas por los otros actores, la disposición a realizar mutuas concesiones y, sobre todo, el cumplimiento y seguimiento de los acuerdos alcanzados. En el caso del gobierno, este último indicador puede tener un gran impacto sobre la credibilidad y confianza en el diálogo social. Si una parte no cumple los acuerdos alcanzados, da lugar a que las otras partes consideren que el diálogo era sólo aparente e infructuoso. El incumplimiento de lo acordado por las contrapartes en el diálogo puede generar la sensación de que el proceso está siendo utilizado para ganar tiempo, dilatar la solución de problemas o desmovilizar la protesta social. Bajo esta condiciones, el diálogo puede ser percibido no como una mecanismo para construir consensos y democracia, sino para negar o invisibilizar situaciones de conflicto abierto y, con ello, mermar las posibilidades de acción colectiva de los sindicatos.
  • 25. En este punto conviene profundizar el rol que cumple el gobierno en las diversas formas de diálogo social. Un gobierno también tiene múltiples razones para promover el diálogo social. El diálogo compromete a los actores sociales en los asuntos estatales, legitima las decisiones de los gobiernos frente a los ciudadanos, garantiza la gobernabilidad democrática y genera un entorno propicio para el desarrollo empresarial o nacional. Justamente, por todas estas razones, se espera de los gobiernos una actitud constante de promoción y apoyo institucional al diálogo. Este apoyo institucional puede incluir medidas destinadas a lograr que en la mesa de diálogo todas las partes tengan igual información y apoyo técnico. En particular, es muy frecuente que las organizaciones sindicales carezcan de recursos, licencias o apoyo técnico para obtener y procesar información, lo que afectará sus posibilidades reales de dialogar. En estas condiciones, las relaciones entre las partes dejan de ser relaciones igualitarias de diálogo y pasan a convertirse en relaciones en las que una parte dominante impone posturas a otra en desventaja logística, técnica o política. En conclusión, corresponde al gobierno mantener una posición activa (y no ausente) respecto del diálogo social, orientada a generar condiciones apropiadas para el diálogo y, en los supuestos en los que sea además parte de la mesa, dar muestras claras y explícitas de voluntad y compromiso7. Pero, los gobiernos tienen también la misión esencial de hacer cumplir los acuerdos adoptados y velar por su adecuado seguimiento. El diálogo social es uno de los objetivos estratégicos de la OIT y es, además, un componente imprescindible del concepto de “Trabajo Decente”. Esto se explica porque la propia estructura de la OIT es tripartita y porque todas sus decisiones normativas y de administración tienen como fuente el diálogo entre organizaciones de empleadores, 7 Ermida Uriarte, Oscar, Óp. Cit.; pp.73 y ss.
  • 26. trabajadores y gobiernos8. Considerar al diálogo social como objetivo estratégico implica adoptar una serie de medidas para impulsarlo y fortalecerlo. En esta línea, la OIT ha adoptado diversos instrumentos vinculados al diálogo social, destacando el convenio num. 144 (1976), ratificado por el Perú en el año 2005. Para la OIT, el buen funcionamiento del tripartismo a nivel internacional requiere que a escala nacional también exista auténtico tripartismo y que las organizaciones de empleadores y trabajadores mantengan contactos permanentes entre ellos y con los gobiernos. La Constitución de la OIT y los propios convenios establecen la necesidad de la consulta con las organizaciones de trabajadores y empleadores, en el entendido que ello puede favorecer la equidad y la justicia social a través de la aplicación y control tripartito del cumplimiento de las normas internacionales del trabajo9. El convenio num. 144 es considerado por la OIT como un instrumento cuya ratificación supone para cada Estado miembro el compromiso de efectuar consultas efectivas sobre cada una de las medidas que han de tomarse en el ámbito nacional, con relación a las normas internacionales del trabajo. Estas consultas deberán incluir: (i) las respuestas de los Gobiernos a los cuestionarios relativos a los puntos incluidos en el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo, (ii) las propuestas que hayan de presentarse a la autoridad competente con relación con la sumisión de los instrumentos, (iii) el reexamen de Convenios no ratificados y de Recomendaciones, (iv) las memorias sobre la aplicación de los convenios ratificados y las propuestas de denuncias de convenios. Obsérvese que el convenio habla de consultas “efectivas”, lo que significa que éstas deben efectuarse antes de tomar decisiones sobre los temas antes citados y no deben ser un gesto simbólico, siendo el Gobierno el responsable de dar debida atención a estas obligaciones. El convenio exige que en las consultas participen las organizaciones “más representativas” 8 Ermida Uriarte, Oscar: Óp. Cit., pp. 60 9 OIT: Estudio General sobre la consulta tripartita (2000); párrafo 5. Sitio web: http://www.oit.org/ilolex/spanish/index.htm
  • 27. de trabajadores, lo que no impide que participen también representantes de otras organizaciones que no ostentan esta condición10. El Perú ha ratificado el convenio 144 y está obligado a establecer los procedimientos consecuentes de diálogo y consulta. 10 OIT: Estudio General sobre la consulta tripartita (2000); párrafo 74 y siguientes. Sitio web: http://www.oit.org/ilolex/spanish/index.htm
  • 28. CAPÍTULO II LA EXPERIENCIA SINDICAL DE DIÁLOGO EN EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO 2.1 La participación sindical en el diálogo social en el Perú Las organizaciones sindicales peruanas han participado en los últimos años en diversas experiencias de diálogo y en todas ellas vienen dejando evidencia de una actitud comprometida y responsable. Este compromiso, sin embargo, no ha sido fácil de forjar pues el Perú es un país con prácticas inerciales arraigadas y con profundas desigualdades, en el que ha sido frecuente que los Gobiernos definan e implementen las políticas laborales, sociales y económicas, sin la participación de las organizaciones sindicales. Las iniciativas para promover la participación de las organizaciones de trabajadores en la formulación de las políticas económicas y sociales data de 1930, pero la mayor parte de estas experiencias no llegaron a cristalizarse o tuvieron una actividad poco significativa, debido a la inexistencia de condiciones apropiadas. La enorme vulnerabilidad de los regímenes democráticos a los golpes militares -muy bien documentada en la historia- ha sido un factor importante para comprender las debilidades institucionales del país, cuyas consecuencias son notorias hasta la transición del año 2001, y que aún permanecen en diversos ámbitos (incluido el laboral). Esto también explica, en gran medida, la persistencia de una considerable masa de población que vive en condiciones de pobreza y exclusión y una arquitectura del poder poco permeable a una transformación integradora de la realidad nacional, y a los beneficios de una auténtica cultura del diálogo, la negociación y la participación plural.
  • 29. Sulmont señala que en 1930 una iniciativa promovida por el Partido Aprista, para implementar la participación de los actores sociales en las políticas laborales, fracasó luego de un golpe de Estado que dio lugar a la persecución de los miembros de este partido. De igual forma, dos proyectos de ley que creaban órganos de concertación se truncaron al producirse los golpes de Estado de Odría (1946) y Velasco (1968). Dieron resultados transitorios los “Comités Tripartitos en la Industria Textil”, que fijaban los incrementos de salarios en este sector de actividad (1945), y el “Comité Nacional de Remuneraciones Mínimas Vitales” (1962)11. En 1980, reinstalado el régimen democrático luego del gobierno militar, se dieron otras iniciativas de diálogo. Durante el segundo gobierno de Fernando Belaunde se convocó a la Comisión Nacional Tripartita, con el objeto de buscar un arreglo a la situación de los trabajadores despedidos durante la dictadura y revisar otros temas como el salario mínimo (1981). Se logró un arreglo en lo referido solo a la reposición de los trabajadores despedidos, pero luego por severos problemas de confianza entre las partes, la Comisión perdió impulso. Durante el mismo gobierno, en 1982, se creo el Consejo Nacional del Trabajo, que tuvo poca actividad, debido al temprano retiro de dos centrales sindicales que lo integraban. En la década de los noventa se constituyó el Consejo Nacional de Trabajo y Concertación Social, órgano consultivo del Ministerio de Trabajo y Promoción Social creado mediante Decreto Legislativo N° 568, del 5 de abril de 1990. Este órgano tenía como objetivo “concertar con los representantes de los trabajadores y de los empleadores y del Estado y de otras organizaciones sociales representativas vinculadas a su ámbito, el establecimiento y aplicación de políticas en materia de trabajo, de promoción y previsión social, que promuevan especialmente el mejoramiento del 11 Sulmont, Denis: La concertación sociolaboral en el Perú. Materiales de Enseñanza de la maestría de Relaciones Laborales de la PUCP, Lima, 2006; pp. 5 y ss.
  • 30. empleo, de las remuneraciones y productividad, de las condiciones de trabajo y calidad de vida de los trabajadores en función del desarrollo nacional y regional”. Aunque se trataba de una instancia formal de diálogo que contaba con amparo legal, su funcionamiento fue mínimo, debido a que se desenvolvió en un contexto autoritario, claramente adverso al ejercicio del derecho de libertad sindical y a la autonomía de las organizaciones sindicales. Diversas medidas y acciones adoptadas o consentidas por el gobierno durante la década de los noventa produjeron el debilitamiento y la desarticulación del movimiento sindical y ocasionaron una flexibilidad extrema de las relaciones de trabajo que originó niveles extremos de precariedad. En estas condiciones, el diálogo social no prosperó. Sin embargo, el diálogo social tomó nuevo impulso en el año 2001, cuando durante el gobierno de transición democrática se produjo la reinstalación del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE). En dicho año, las partes convocadas suscribieron una Declaración de Principios, estableciendo como misión: “La mejora de la calidad de vida de los trabajadores, el fomento de relaciones laborales adecuadas y las condiciones apropiadas para el desempeño eficiente de la actividad empresarial.” Al año siguiente se expidió la Ley N° 27111 que definió normativamente al Consejo como instancia consultiva del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de conformación tripartita, cuyo objeto es la discusión y concertación de políticas en materia de trabajo, de promoción del empleo y de protección social en función del desarrollo nacional y regional. El diálogo en el CNTPE continúa hasta el día de hoy, y las organizaciones sindicales tienen muchas expectativas sobre su fortalecimiento político-institucional. Las organizaciones sindicales también participan en otras instancias de diálogo. La CGTP es parte del Acuerdo Nacional desde su fundación, y un
  • 31. representante de las cuatro centrales sindicales integra el Consejo Nacional de Competitividad. El Foro del Acuerdo Nacional fue iniciativa del gobierno de Alejandro Toledo en el año 2001 y tuvo como objeto sentar las bases para la gobernabilidad democrática, quedando definidas en un Acuerdo de alcance nacional 31 políticas de Estado. Aunque algunas de las políticas acordadas tienen un claro componente sociolaboral, otras abarcan temas distintos, de allí que, además de los representantes del gobierno, CONFIEP y la CGTP, el Foro incluye a otras organizaciones de la sociedad civil. El Acuerdo contiene en su Décimo Cuarta Política los siguientes objetivos: (i) la institucionalización del diálogo y la concertación a través de la promoción y consolidación de una cultura de diálogo y concertación, (ii) la institucionalización de los canales y mecanismos de participación ciudadana que contribuyan al mejor ejercicio de las funciones ejecutivas y legislativas en los niveles nacional, regional y local, (iii) la institucionalización de la concertación en los procesos de prospectiva nacional, formulación presupuestal y planeamiento estratégico. Esta experiencia de diálogo tuvo un gran impulso hasta el año 2006, pues con el cambio de Gobierno perdió relevancia y proyección política. Para efectos de la participación sindical, tiene el inconveniente de que convoca únicamente a una de cuatro centrales sindicales que participan en el CNTPE, lo cual ha sido cuestionado por la propia central que participa en esta instancia, solicitando la ampliación de la representación sindical. En segundo lugar, las políticas consensuadas han sido objeto de escaso o nulo desarrollo por parte del Estado, lo que ha repercutido negativamente sobre el perfil social del Foro, y ha sido denunciado repetidamente por los representantes sindicales. El Consejo Nacional de Competitividad, fundado en el mes de abril de 2002, es un espacio de concertación público-privado, cuya finalidad es
  • 32. desarrollar e implementar un “Plan Nacional de Competitividad”. Está integrado por el Presidente del Consejo de Ministros, quien lo preside, ocho Ministros de Estado, el Presidente de INDECOPI y representantes del sector empresarial y de las organizaciones sindicales. La representación de las cuatro centrales es numéricamente inferior a la de los empleadores y el Gobierno, ya que se admite un único representante sindical. Lo preocupante para las centrales es que, al igual que sucede con el Foro Acuerdo Nacional, muchos de los acuerdos alcanzados en el Plan Nacional de Competitividad no han sido ejecutados o impulsados por las autoridades gubernamentales. Además, las organizaciones sindicales también participan en diversas comisiones encargadas de tratar ciertas problemáticas específicas como es el caso del Comité Directivo Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CPETI) y la Comisión Nacional Intersectorial para la Erradicación del Trabajo Forzoso. A nivel de instituciones públicas, las organizaciones sindicales participan en el Consejo Directivo de ESSALUD, organismo de la seguridad social en salud, pero no hay participación de las organizaciones sindicales en organismos como la Oficina Nacional de Pensiones (ONP) o la Superintendencia de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, tal como establece el Convenio num. 102 de la OIT, ratificado por el Perú. También hay participación sindical en algunos organismos como el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción (SENSICO). La participación de las organizaciones sindicales en estas instancias de diálogo y en el CNTPE ha supuesto, para la dirigencia sindical, la necesidad de una reflexión más elaborada sobre ciertas cuestiones estructurales y coyunturales. En primer lugar, las centrales sindicales consideran al diálogo social como una herramienta valiosa para la defensa y promoción de los intereses de los trabajadores, sin que ello signifique adherirse al programa de determinado gobierno y menos aún cogobernar.
  • 33. La participación en cualquier experiencia de diálogo social no implica que las diferencias entre las partes sociales desaparezcan o que las organizaciones sindicales pierdan su independencia. Por el contrario, la participación en el diálogo sirve a las organizaciones sindicales para expresar y debatir en nuevos escenarios la perspectiva que puedan tener sobre las políticas sociales y económicas y, de ser posible, llegar a acuerdos que puedan traducirse en nuevas medidas de protección y promoción de los intereses de los trabajadores. De esta manera, la participación en el diálogo y el logro de eventuales acuerdos no puede llevar a las organizaciones sindicales a perder su independencia o menoscabar su autonomía para definir su programa institucional y sus medios de acción. El verdadero tripartismo refuerza la autonomía e independencia de las partes, a la vez que los cauces de cooperación y entendimiento entre ellas. En segundo lugar, el diálogo social implica para todos los actores participantes asumir ciertas responsabilidades ineludibles. Para las organizaciones sindicales, la participación en el diálogo social genera una doble responsabilidad. Por un lado, asumir con seriedad la labor de representación de los intereses de los trabajadores implica designar representantes sindicales calificados y asignar tiempo y recursos para esta nueva función. Las organizaciones sindicales han asumido esta responsabilidad, aún contando con escasos recursos. Por otro lado, la participación en el diálogo social insta a las organizaciones sindicales expresar y mantener una voluntad real de dialogar, así como respaldar los eventuales acuerdos tripartitos que se logren. Es un objetivo de las centrales sindicales actuar consecuentemente en el diálogo social y exigir esa misma actitud a las contrapartes. En conclusión, para las organizaciones sindicales el diálogo puede ser un instrumento primordial para hacer realidad su proyecto de sociedad justa en el marco de un entorno auténticamente democrático, pero siempre que se trate de un diálogo igualitario, plural y constructivo.
  • 34. Dos hechos singulares pueden ilustrar los esfuerzos de las organizaciones sindicales por construir en el Perú una cultura de diálogo social objetivo. En el año 2002, en un contexto en el que se reiniciaban las actividades del CNTPE, se produjeron despidos arbitrarios masivos de trabajadores en la empresa Telefónica del Perú, cuyo carácter antisindical fue denunciado por las organizaciones sindicales y luego fue confirmado por el propio Tribunal Constitucional. En dichas circunstancias, las organizaciones sindicales entendieron que los despidos antisindicales masivos afectaban severamente una condición esencial para la construcción de un verdadero diálogo social -el respeto de la libertad sindical-, y acordaron suspender temporalmente su participación en el CNTPE, como signo de rechazo a una abierta política antisindical. Cuando de resolvió a los pocos meses el problema, de acuerdo a ley, las centrales retornaron al Consejo. En el año 2005, lo que en perspectiva de las centrales sindicales era una evidente falta de voluntad real del gobierno para el diálogo, llevo a éstas a suspender su participación en el CNTPE durante algunos meses. En dicha oportunidad, había concluido una etapa de discusión del proyecto de Ley General del Trabajo de casi cuatro años, llevada a cabo a instancias del Ministerio de Trabajo, bajo el compromiso de impulsar su aprobación en el Congreso de la República. Pero culminado este proceso, los resultados del consenso no fueron promovidos ante la instancia legislativa, lo que sumado a una serie de despidos antisindicales generó, entre los trabajadores, la percepción de que el diálogo en el CNTPE tenía como único objeto aletargar el proceso de reforma laboral, la cual era también necesaria para progresar en la legislación laboral, de acuerdo a las observaciones y recomendaciones que la OIT venía haciendo desde algunos años atrás, a través de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACOR). En tales circunstancias, los representantes sindicales acordaron suspender temporalmente su participación y evaluar la coyuntura, con el fin de provocar en el Gobierno una actitud comprometida con el diálogo y generar una propuesta
  • 35. renovada para las conversaciones en las comisiones del CNTPE. Finalmente, luego de constantes reuniones entre la representación de los trabajadores y el Ministro de Trabajo, las centrales retornaron al CNTPE, habiendo obtenido el compromiso de los representantes gubernamentales de impulsar los acuerdos adoptados en el diálogo social. Una carta muy expresiva, dirigida por las cuatro centrales en el año 2006 al CNTPE, resume lo ocurrido (ver anexo). Ahora, casi tres años después, sigue sin aprobarse en el Congreso la nueva legislación. En ambos casos, las decisiones sindicales no han estado dirigidas a mermar el diálogo social, sino a fortalecerlo. En el primer caso, lo acontecido llamó la atención sobre la importancia del ejercicio efectivo de la libertad sindical, como condición indispensable para un diálogo social auténtico, basado en organizaciones sindicales verdaderamente autónomas. En el segundo caso, se resaltó la importancia que juega el gobierno en los procesos de diálogo, y particularmente su rol de impulsor de los acuerdos tripartitos adoptados. Sin libertad sindical y sin el auténtico compromiso de los actores sociales de impulsar los acuerdos que logran, el diálogo social pierde valor y deja de ser apreciado como una herramienta valiosa para la gobernabilidad democrática y la paz social. 2.2 El Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo Antes de reseñar la participación de las centrales sindicales en el CNTPE durante los años 2005 a 2008, conviene describir brevemente la naturaleza, estructura y funciones de dicha instancia. ¿Órgano de consulta o concertación? De acuerdo a lo señalado por el artículo 13º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modificado por la Ley Nº
  • 36. 28318, el CNTPE es un órgano consultivo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objeto es la discusión y concertación de políticas en materia de trabajo, de promoción del empleo y de protección social en función del desarrollo nacional y regional. La conformación del CNTPE obedece al propósito de establecer un escenario natural de diálogo sociolaboral entre organizaciones sindicales y gremios empresariales más representativos, así como funcionarios gubernamentales del sector trabajo. En el CNTPE también participa un cuarto grupo conformado por representantes de algunas organizaciones de la sociedad civil (ONGs) vinculadas al sector trabajo; estas organizaciones tienen voz pero no voto. Esta definición normativa del CNTPE plantea problemas conceptuales sobre los que conviene reflexionar pues, aunque en un primer momento la ley lo califica como órgano de “consulta”, luego le encomienda la labor de “concertar” políticas sociolaborales. Bajo estos términos, cabe la siguiente pregunta: ¿es el CNTPE un órgano de consulta o de concertación? Aunque es claro que la consideración del CNTPE como órgano de concertación resultaría conveniente para las organizaciones sindicales, dado que los acuerdos comprometen a las partes y, en particular, al gobierno, hay que reconocer que la redacción de la ley hace difícil un juicio inmediato y terminante sobre el tema. Pero siendo por ley un órgano de consulta, resulta un mecanismo muy peculiar, en el que la parte encargada de la consulta forma parte también del órgano consultado. Ciertamente, tal como lo señalan la citada Ley y el RIOF, forma parte del CNTPE una representación estatal que tiene la potestad de formular iniciativas, intervenir en las discusiones elevando propuestas y, sobre todo, dar su voto para lograr acuerdos en consenso. Esto coloca en una situación especial al CNTPE pues, aunque las normas digan que es un órgano consultivo, el hecho de que los acuerdos requieran del consenso entre todas las delegaciones -incluso la
  • 37. gubernamental- impone al Gobierno una actitud coherente de ejecución y respaldo a los acuerdos adoptados. ¿Qué sentido tendría que el Gobierno someta una materia a consulta del CNTPE y, como parte del mismo, suscriba consensos sobre dicha materia, para luego desconocer lo acordado alegando el carácter no vinculante de la consulta que formuló? Lo que se acaba de señalar sugiere una gran responsabilidad a los sucesivos Gobiernos en el funcionamiento de esta instancia de diálogo y parece indicar que, aunque la observancia de los acuerdos por el Gobierno pueda no ser una obligación necesariamente desprendida de la Ley, sí constituye una exigencia de coherencia mínima y una expresión clara de una voluntad real de compromiso con el diálogo. Existe pues cierto margen de ambigüedad que puede dar lugar -como ha sucedido ya en ocasiones- a un manejo controlado de la misma por parte de los Gobiernos que, ante la posibilidad de no lograr los consensos deseados, puedan eludir su responsabilidad con el tripartismo, alegando el carácter consultivo del CNTPE. En todo caso, el tema plantea un auténtico reto de equilibrio a los Gobiernos, pues tanto la representación de los empleadores, como la de los trabajadores, han manifestado más de una vez su propuesta de redefinir normativamente al CNTPE como una instancia de concertación, con mayor vinculación a la toma de decisiones del Congreso y del Poder ejecutivo. Estructura y conformación del CNTPE El CNTPE esta conformado por el “Pleno”, su instancia más importante, cuatro “Comisiones Técnicas”, y la Secretaría Técnica del CNTPE, instancia administrativa y de coordinación entre las partes. El Pleno del CNTPE está conformado por el sector empleador, representado por cuatro gremios empresariales; el sector trabajador, conformado por cuatro centrales sindicales y el gobierno, representado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y otros funcionarios de alto nivel. De acuerdo a
  • 38. lo establecido en el artículo 4° del Reglamento Interno de Organización y Funciones (RIOF) del Consejo Nacional del Trabajo, el número máximo de representantes de los sectores trabajador y empleador es de diez, quienes son nombrados por los actores, de acuerdo a la distribución que cada sector considere conveniente. Además, conforman el CNTPE un conjunto de expertos de diversas instancias técnicas vinculadas a la temática laboral, cuyos representantes tienen voz pero no voto. En la actualidad, como aprecia en el Cuadro 2, integran el pleno las siguientes organizaciones: Cuadro 2: Conformación del Pleno del CNTPE PARTICIPACIÓN PLENA (VOZ Y VOTO) PARTICIPACIÓN RESTRINGIDA (VOZ PERO NO VOTO) GOBIERNO SECTOR TRABAJADOR SECTOR EMPLEADOR EXPERTOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo (Presidencia) Vice Ministros y funcionarios del MTPE Confederación General de Trabajadores del Perú - CGTP 3 representantes. Central Unitaria de Trabajadores - CUT 2 representantes. Confederación de Trabajadores del Perú -CTP 1 representante. Central Autónoma de Trabajadores del Perú - CATP 1 representante Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas CONFIEP. 7 representantes Sociedad Nacional de Industrias - SNI 1 representante Cámara de Comercio de Lima - CCL 1 representante Asociación de Pequeños y Medianos Industriales APEMIPE, 1 representante Grupo de Asesoramiento y Análisis Laboral (AELE); Grupo de Análisis para el Desarrollo (GRADE); Centro de Asesoría Laboral (CEDAL); Sociedad Peruana de Derecho al Trabajo y de Seguridad Social (SPDTSS) Movimiento Manuela Ramos También pueden acudir al Pleno, en calidad de invitados y observadores, el Presidente de la Comisión de Trabajo del Congreso de la República, la
  • 39. Oficina Subregional Andina de la OIT, el Consejo Laboral y Asuntos Sociales de la Embajada de España, la Comunidad Andina, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Centro de Información Desarrollo y Cooperación (DECO), la Confederación Nacional de Trabajadores en Mercados y Comercio del Perú (CONFENATM), y el Programa Sindical de la Economía Informal (PROSIE). El RIOF establece las reglas de funcionamiento del Pleno que son tres: i) las sesiones ordinarias se realizan una vez al mes y son convocadas por el Presidente, con anticipación no menor de cinco días, pudiendo también convocar a sesiones extraordinarias, a iniciativa propia o a solicitud de los coordinadores ejecutivos del sector empleador o trabajador, ii) el quórum necesario para la instalación válida de las sesiones corresponde a la mitad más uno por cada sector, iii) los acuerdos del Pleno se adoptan por consenso de los tres sectores que lo conforman, siendo la toma de decisiones al interior de cada sector completamente autónoma. Los acuerdos constan en actas suscritas por los consejeros asistentes, aunque los representantes de los trabajadores consideran que, además, debería dejarse constancia escrita de las intervenciones y discusiones de las partes en las sesiones con el objeto que cualquier ciudadano pueda conocer las posiciones de los actores sociales. Existen cuatro “comisiones técnicas”, cuya función es elevar al Pleno los informes y opiniones sobre diversos temas que le sean solicitados o que, por iniciativa propia, decidan aportar. Las comisiones técnicas son las siguientes: - La Comisión Técnica de Trabajo, instalada el 17 de enero de 2001, viene teniendo una importante participación en la revisión y opinión de proyectos de normas laborales. Ha aportado opiniones consensuadas para la modificación de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo en materia de huelga y en la revisión del Anteproyecto de Ley General de
  • 40. Trabajo. Durante el año 2007, efectuó la revisión del Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT, relativo al quórum para la declaración de la Huelga y propuso la modificación del Artículo 62º del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. A pedido de las organizaciones sindicales, la Comisión desarrolló una actividad importante en la discusión de diversos dispositivos relacionados con la problemática de los trabajadores de transporte terrestre y, más recientemente, también a instancia de las organizaciones sindicales, ha realizado el análisis del régimen de contratación temporal para la promoción de exportaciones no tradicionales. Los representantes de los trabajadores han insistido, aunque sin resultados, en la derogación o modificación de esta modalidad contractual, pues estiman que admite la contratación temporal en ciertos sectores de actividad, sin causa ni límite alguno, lo cual afecta la afiliación sindical. También han propuesto que esta Comisión se dedique al debate y formulación de políticas y no sólo de proyectos de normas leales. En esa línea merece destacarse la propuesta de lineamientos para una política de garantía y fomento de la libertad sindical que presentaron las centrales sindicales y que se verá más adelante. - La Comisión Técnica de Empleo, instalada el 17 de enero de 2001, se encarga de la discusión y aprobación de lineamientos de política o acciones en temas relacionados con la promoción del empleo, formalización y promoción del sector de la micro y pequeña empresa, entre otros. En la actualidad, la Comisión se encuentra orientada a la elaboración de una propuesta de Régimen Tributario para las MYPEs. Las organizaciones sindicales han manifestado su preocupación por la continuidad de los trabajos de esta Comisión, pues la excesiva orientación de la actividad del CNTPE hacia los temas normativos puede mermar la atención que las políticas de empleo deben merecer
  • 41. por parte del Consejo. Las organizaciones sindicales vienen haciendo esfuerzos por cualificar mejor su participación en esta Comisión. - La Comisión Técnica de Formación Profesional, instalada el 17 de enero de 2001, tiene como objetivo proponer mecanismos legales o institucionales para la mejora de la competitividad y niveles de empleabilidad del trabajador. Esta Comisión ha asumido la discusión sobre el Perfil del Proyecto del Observatorio Socio Laboral y actualmente se ha dedicado al debate de la propuesta de modificación de la Ley de Modalidades Formativas, iniciativa de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional. Las centrales sindicales han venido insistiendo en la necesidad de conformar un verdadero Sistema Nacional de Formación Profesional. - La Comisión Técnica de Seguridad Social, conformada el 16 de enero de 2002, tiene por finalidad discutir temas relacionados al sistema de prestaciones económicas y de salud, correspondientes a los regímenes legales vigentes. Para el año 2007 la Comisión fijó tres líneas centrales para su agenda: Sistema Integral de Pensiones, Seguridad y Salud en el Trabajo, y Salud y Seguro Social en Salud (ESSALUD). A finales del año 2008, las centrales sindicales presentaron a esta Comisión su propuesta de reforma de la seguridad social, documento elaborado en forma unitaria, con apoyo técnico de la OIT, que contiene la visión integral de la seguridad social que proponen las organizaciones sindicales y medidas concretas de reforma para su discusión en el CNTPE. En los anexos se ofrece el resumen ejecutivo de este documento. Las Comisiones Técnicas tienen la composición que acuerde el Pleno, pudiendo las organizaciones designar asesores técnicos para contribuir a los trabajos. Cada Comisión decide su régimen de funcionamiento interno.
  • 42. El RIOF también admite que el Pleno del CNTPE disponga la conformación de comisiones especiales para tratar asuntos específicos, con el fin de elaborar opiniones, estudios o informes que se le encomienden. Durante los años 2007 y 2008 el CNTPE dispuso la conformación de tres comisiones especiales. Por último, la Secretaría Técnica del CNTPE es el órgano de asistencia técnica y administrativa a los distintos órganos que conforman el Consejo. Está a cargo de una profesional con dedicación exclusiva, designada por el Presidente del Consejo en consulta con el Pleno. Entre sus funciones se encuentra el dirigir y coordinar los servicios administrativos y técnicos del Consejo, asistir a las sesiones del Pleno y de las Comisiones de Trabajo, debiendo extender las actas correspondientes. También tiene la responsabilidad de realizar las coordinaciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos y la custodia de la documentación del Consejo. Actividad del CNTPE Desde su reinstalación, el 04 de enero del año 2001, el CNTPE ha dedicado su actividad básicamente a tres aspectos: emisión de pronunciamientos y declaraciones sobre aspectos de actualidad laboral; análisis y opiniones sobre proyectos de ley; y generación de información para el análisis del mercado de trabajo. Aunque el diálogo constante desarrollado en el CNTPE es por sí solo un resultado importante, muchas de estas actividades no siempre han culminado en acuerdos o se han traducido en medidas o políticas públicas que mejoren las condiciones de trabajo y vida de los trabajadores. Con todo, hay loros importantes que se han alcanzado a través de dicho espacio tripartito. A continuación se ofrece, en el Cuadro 3, un listado de los temas tratados en el CNTPE desde su instalación.
  • 43. Cuadro 3. Actividades del CNTPE DECLARACIONES 1. Declaración de Principios del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción Social de reconocimiento al Gobierno Constitucional y su compromiso para generar un clima de estabilidad social (febrero 2001). 2. Declaración exhortando a subsanar los problemas de la intermediación laboral a través de empresas de servicios y cooperativas de trabajadores (noviembre 2001). 3. Declaración de rechazo a todo acto de violencia, intimidación y amenaza a la vida (enero 2002). 4. Invocación de los representantes de gremios sindicales para la reanudación de las Sesiones, sin condicionamientos de intereses sectoriales tras la suspensión de actividades por un conflicto laboral entre la Empresa Telefónica y sus trabajadores (agosto de 2002). 5. Declaración del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo en torno al estado de emergencia (mayo 2003). 6. Declaración conjunta entre el Consejo Económico y Social de España y el Consejo Nacional de Trabajo a favor del fortalecimiento e institucionalización del Diálogo socio laboral peruano (noviembre 2004). 7. Adhesión al Pacto de Mediano Plazo por la Inversión y el Empleo Digno (febrero 2005). 8. Declaración Tripartita para afianzar el marco normativo e institucional del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo. (diciembre 2005) 9. Moción de Solidaridad del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo para con los familiares de las víctimas de los acontecimientos que afectaron a las ciudades y pobladores del Sur de Perú, el pasado 15 de agosto de 2007 (septiembre 2007).
  • 44. OPINIONES SOBRE PROYECTOS DE LEY 1. Revisión de la Ley General de Inspecciones y Defensa del Trabajador, 2001. En el Consejo Nacional de Trabajo se discutió y aprobó la propuesta de regulación en materia de Inspecciones, siendo posteriormente remitida al Congreso de la República (marzo 2001). 2. Ley N° 27626, que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores (2002) y su Reglamento, Decreto Supremo N° 003-2002-TR, se formula en base a la Declaración sobre el contenido mínimo de la legislación en materia de intermediación laboral presentado por el Consejo Nacional de Trabajo (abril 2002). 3. Ley N° 27912, modifica la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y levanta las Observaciones formuladas por el Comité de Libertad Sindical de la OIT (enero 2003). En el espacio de la Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE se debatieron las 16 Observaciones de la OIT y se elevó la propuesta de consenso a la Asamblea del Consejo Nacional de Trabajo respecto al levantamiento de 12 de las Observaciones de la OIT. Luego esta instancia alcanzó a la Comisión de Trabajo del Congreso de la República la propuesta en referencia (marzo 2002). 4. Ley Nº 27735 relativa al otorgamiento de Gratificaciones por Navidad y Fiestas Patrias para Trabajadores de la actividad privada. El texto que propuso la nueva forma de determinación del requisito temporal para el pago de gratificaciones fue presentado y aprobado por el Congreso (2002). 5. Revisión del Proyecto de norma que modifica el Art. 7 de la Ley de Jornada de Trabajo, Decreto Legislativo N° 854 (2002). 6. Decreto de Urgencia N° 067-2002, regula el Retiro Extraordinario y Voluntario de la Compensación por Tiempo de Servicios para atender obligaciones contraídas por los trabajadores con el sistema financiero (2002). 7. Discusión del proyecto de modificación a la Ley de Participación en las Utilidades de la Empresa (2003). 8. Se remitió opinión al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento respecto al proyecto de norma que modifica el Decreto Legislativo N° 650 y que autoriza a utilizar los fondos CTS para la adquisición de vivienda que debe ser aplicable a programas impulsados por iniciativa privada, que trate el tema de la utilización de los productos de la industria nacional y la participación de las centrales sindicales en su reglamentación (2003). 9. Desacuerdo con la Ley N° 28051, relativa a la regulación de prestaciones alimentarias. Se cumplió con la revisión de la propuesta de modificación a la Ley de Prestaciones Alimentarias, expresando las partes su desacuerdo a la regulación del régimen de prestaciones alimentarias (2004).
  • 45. 10. Se cursó la comunicación a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT que recoge los comentarios y sugerencias de los integrantes del Consejo Nacional de Trabajo con respecto al Decreto Legislativo N° 945 en la Ley del Impuesto a la Renta con el objetivo de ponerlas en conocimiento del MEF y de SUNAT para su incorporación en el reglamento de la referida norma (2004). 11. Discusión del Proyecto de Ley que restablece la finalidad de la Compensación por Tiempo de Servicios que permite el adelanto proporcional de las gratificaciones. Se revisaron también proyectos de normas asociados a la CTS - Bonificación por Productividad (2004). 12. Aprobación de la propuesta que modifica el Artículo 2° numeral 2.1 del Decreto Legislativo N° 910 adecuando la norma a la terminología y ámbito de aplicación de la propuesta de Modalidades Formativas (2004). 13. Revisión de Reforma del Decreto Supremo N° 003- 2002-TR que reglamenta la Ley Nº 27626 que regula la actividad de las Empresas Especiales de Servicios y de las Cooperativas de Trabajadores" (2004). (Pendiente de pronunciamiento) 14. Revisión de Reforma de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo en materia de Huelga (2004). (Pendiente de pronunciamiento) 15. Revisión de Proyectos de Ley que regulan los aspectos laborales de la tercerización o subcontratación de servicios (2005). (Pendiente de pronunciamiento). 16. Anteproyecto de Ley General de Trabajo, cuyos avances fueron remitidos al Congreso de la República. (2002 – 2005). 17. Discusión del Decreto Supremo que crea el Registro de Control de Asistencia, Jornada de Trabajo y trabajo en sobretiempo. Los consensos adoptados por la Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE fueron recogidos por el D.S. N° 011-2006-TR (2006) 18. Discusión del Decreto Supremo que reglamenta la ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (2006). 19. Proyecto De Ley General de Trabajo (2006) 20. Discusión de la iniciativa del Sector de Energía y Minas para modificar el Decreto Legislativo N° 892, Ley que regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas (2007). 21. Discusión del Proyecto de Modificatoria del D. S. Nº 011-92-TR, Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo sobre permisos y licencias sindicales (2007). 22. Discusión del Proyecto de Ley que modifica el D. Leg. Nº 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, en lo relativo a Regímenes Atípicos de Jornada de Trabajo y Descanso (2007). 23. Discusión del Proyecto de Ley que modifica el D. Leg.
  • 46. Nº 892 que regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas: Derecho de Información (2007). 24. Discusión del Proyecto de Ley que establece garantías laborales en la contratación y subcontratación de obras y servicios (2007). 25. Revisión del D.S. N° 033-2001-MTC – Reglamento Nacional de Tránsito Terrestre, modificado por el D.S. N° 032-2006-MTC, y del D.S. N° 009-2003-MTC - Reglamento Nacional Administrativo de Transporte (2007). 26. Discusión del Proyecto de Ley que propone la modificación de la Ley N° 27050, Ley General de las Personas con Discapacidad (2007). INFORMACIÓN PARA EL ANÁLISIS DEL MERCADO DE TRABAJO 1. "El Empleo en el Perú 1990-2000", aceptado como instrumento de trabajo de la Comisión de Empleo (2001) 2. "Sectores y Actividades Económicas con Potencialidad en la Generación de Empleo" (2001). 3. "La Pequeña y Mediana Empresa: Una Opción de Desarrollo en el Siglo XXI" (2001). 4. "Diagnóstico de la Formación Profesional en el Perú" (2001). 5. "Información sobre el Mercado de Trabajo en el Perú - Observatorio Laboral" (2001). 6. "Propuesta de Política de Sistematización de los Programas de Formación Profesional" (2001). 7. "Propuestas de Política de Normalización y Certificación Laboral" (2001). 8. "Rasgos de un Modelo de Formación Profesional" aprobado el 12 de junio de 2002 por la Comisión de Formación Profesional. Sustento técnico que sirvió para la elaboración de la propuesta de norma de Formación Profesional y Capacitación Laboral, a cargo del MTPE y Representantes del Sector Estado y de Grupos de Expertos en materia de formación Profesional (2002). 9. "El Empleo en el Perú 1990-2001", aceptado como instrumento de trabajo de la Comisión de Empleo (2003). 10. "El Empleo en el Perú 1990-2003", aceptado como instrumento de trabajo de la Comisión de Empleo (2004). 11. Perú: Propuesta de Programa Nacional de Trabajo Decente, 2004-2006 elaborado por la Oficina Subregional de la OIT para Países Andinos (2004).
  • 47. 12. La Pequeña y Mediana Empresa: Una Opción de Desarrollo en el Siglo XXI (Actualización) (2004). 13. Estado situacional de los acuerdos mas relevantes adoptados por el Consejo Nacional de Trabajo 14. Posición del Sector Trabajo sobre el Proyecto de Ley General de Trabajo 15. Informe final sobre la situación de la población con discapacidad en el mercado laboral y opinión de la Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE sobre el Artículo 33.3 del Proyecto de Ley N° 016-2006/PE. 16. Informe Final sobre la Situación del Sector Transporte en el Perú y Pronunciamiento de la Comisión Técnica de Trabajo respecto de la Problemática Laboral en el Sector. 17. Informe sobre la Calidad y Cobertura de la Prestación de los Servicios de Salud del Seguro Social de Salud y del Ministerio de Salud. Propuestas de indicadores para el Seguimiento de los Servicios de Salud. 18. Comité Técnico: Revisión de la Remuneración Mínima en Perú. 19. Informe sobre la Calidad y Cobertura de la Prestación de los Servicios de Salud del Seguro Social de Salud y del Ministerio de Salud. Propuesta de Indicadores para el Seguimiento de los Servicios de Salud (2007). 20. Informe Final sobre la Situación del Sector Transporte en el Perú y Pronunciamiento de la Comisión Técnica de Trabajo respecto de la Problemática Laboral en el Sector (2007). 21. Informe final sobre la situación de la población con discapacidad en el mercado laboral y opinión de la Comisión Técnica de Trabajo del CNTPE sobre el Artículo 33.3 del Proyecto de Ley N° 016-2006/PE (2007). Como puede apreciarse, seis de las nueve declaraciones o mociones suscritas refieren a problemas del entorno sociopolítico (p.e. democracia, violencia y estado de emergencia) y al compromiso con el diálogo social; sólo en menor medida se abordan temas referidos a problemas concretos del mundo del trabajo. Quizá esto refleja la tendencia a vincular con frecuencia la actividad del CNTPE con el entorno político y su coyunturalismo. Respecto a los proyectos de ley discutidos, deben aclararse dos cosas: no todas las iniciativas enumeradas han sido objeto de discusión detenida en el Pleno o en las comisiones técnicas del CNTPE, pues muchas fueron
  • 48. “informadas” y admitieron sólo comentarios de las partes. Por otro lado, muy pocos de los proyectos discutidos corresponden a iniciativas de empleadores o trabajadores, siendo la mayoría de los proyectos debatidos a iniciativa del gobierno. En lo referente a la información para el diálogo social, la temática es variada y constante a lo largo de la corta vida del CNTPE, desde su reinstalación (2001). Merece especial atención la información generada en materia de empleo y formación profesional, pues el número de consensos logrados en estas materias resultó significativo. No obstante, los consensos obtenidos no se han traducido siempre en medidas legislativas o de política y algunos aspectos clave, como lo es el observatorio sociolaboral o un sistema integral de formación profesional, se encuentran aún pendientes de definición y concreción. En los años 2007 y 2008, a iniciativa de los trabajadores, en la mayor parte de los casos, se han creado al interior del CNTPE “Comisiones Especiales” cuyo objeto es elaborar opiniones, estudios e informes en materias que encomiende el Pleno del CNTPE. Así, se han conformado: - La Comisión Especial de Productividad que, hasta el momento, se ha encargado de la formulación de un estudio que proponga indicadores de medición de la productividad y políticas y mecanismos para su incremento. En el seno de esta Comisión se ha elaborado el Informe Final “Crecimiento de la Productividad y Reajuste del Mínimo”. Esta Comisión también ha llevado a cabo un segundo estudio dedicado al análisis de mecanismos que permitan el reajuste de la remuneración mínima, hasta alcanzar el valor de la canasta básica de consumo familiar. Como resultado de dicho estudio, la Comisión elaboró dos informes finales: el primero de autoría del Sector Trabajo, respaldado por el Sector Empleador, y el segundo informe correspondiente al Sector Trabajador.
  • 49. - La Comisión Especial de Informalidad, que fue conformada para analizar la problemática del sector informal y elaborar propuestas y medidas para los sectores menos favorecidos. - La Comisión Especial de Transporte, conformada con el objeto de proponer criterios para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores del servicio de transporte urbano, interurbano e interprovincial de pasajeros. Este grupo de trabajo ha arribado a un informe cuyas conclusiones fueron aprobadas por el Pleno del CNTPE. La representación de los trabajadores ha jugado un rol protagónico en la conformación de estas comisiones y en el desarrollo de sus trabajos. En el caso de la Comisión Especial de Productividad, los trabajadores han denotado un gran interés por contar con criterios objetivos para la medición de la productividad a nivel empresarial y sectorial, que puedan servir para orientar reajustes periódicos a la remuneración mínima y también en la negociación colectiva empresarial y sectorial. Por otro lado, la necesidad de elaborar estrategias integrales para revertir los altos índices de informalidad es otra gran preocupación de las centrales sindicales, debido a que con frecuencia se vincula erradamente la informalidad con los costos laborales, insistiéndose en políticas o medidas legislativas que pretenden reducir la informalidad, rebajando los costos laborales y la protección social, sin advertir el carácter realmente decisivo de otros factores como los costos administrativos o de los servicios públicos, el nivel tecnológico, el acceso al crédito o el acceso a mercados. La Comisión Especial de Transporte obedece también a la necesidad, advertida por los trabajadores, de afrontar la grave situación del transporte en el país, introduciendo la variable laboral y procurando para los trabajadores del sector condiciones dignas de trabajo
  • 50. La necesidad de respaldar y aprovechar los trabajos de estas comisiones especiales es crucial para el fortalecimiento del diálogo social, y para lograr consensos cualificados que orienten las políticas públicas a la progresiva solución estructural de los problemas sociolaborales y productivos.
  • 51. CAPÍTULO III LAS PROPUESTAS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES EN EL CONSEJO NACIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO 3.1 El funcionamiento de la representación sindical en el CNTPE Desde la reinstalación del CNTPE, las centrales sindicales han llevado a cabo acciones decididas para mejorar su participación en las diversas instancias de diálogo, debido a que las desventajas técnicas y limitaciones de recursos, en relación con los representantes del gobierno y de los empleadores, eran evidentes. La representación sindical carecía de información suficiente, recursos económicos, facilidades para asistir a las sesiones en forma continua, y asistencia técnica. Estas carencias estaban impidiendo un desenvolvimiento adecuado de la representación sindical en varios aspectos, afectando la coordinación intersindical, las posibilidades de debate y la capacidad para adoptar una postura activa, ofreciendo propuestas técnicas. En tales condiciones, la participación en el diálogo resultaba poco eficaz, presentando el grave riesgo de convertir al CNTPE en un espacio rígido para enfrentar los desequilibrios sociales, laborales y económicos del país. a) Asistencia técnica a las centrales sindicales para el diálogo social Fue en este contexto que las organizaciones sindicales plantearon la necesidad de mejora, adoptando acciones conjuntas para una participación óptima en las diversas instancias de diálogo social. Se trazó como primer objetivo obtener asistencia técnica a las cuatro centrales sindicales. Esta asesoría se obtuvo con apoyo de la OIT y, aunque su objetivo central fue dar asistencia técnica a las organizaciones sindicales en el CNTPE, abarcó en la práctica la asistencia parcial en otras instancias de diálogo y, en ocasiones, el apoyo técnico en otras cuestiones
  • 52. de interés sindical (p.e. participación en eventos sindicales vinculados al ejercicio de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, o al proceso de discusión de la Ley General del Trabajo). Estas actividades complementarias resultaron de gran utilidad por dos razones: en primer lugar, generaron y acrecentaron rápidamente la compenetración entre la representación sindical en el CNTPE y la asesoría técnica; en segundo lugar, acceder con mejores herramientas a otros espacios de diálogo y a la actividad interna de las organizaciones sindicales, lo que también contribuyó a dar coherencia y consistencia a la participación sindical en el diálogo social. Sin duda, muchas de las decisiones de los representantes sindicales en el CNTPE, se vinculan con su participación en otras instancias de diálogo y se forjan colectivamente en los eventos o reuniones intrasindicales e intersindicales. La creciente amplitud y profundidad de los temas y aspectos que se discuten y trabajan en el Consejo, así como la mayor especialización en nuevas áreas-problema, sumado a la actividad de los Consejos Regionales que se van desarrollando en diversas regiones del país, ha generado una demanda mayor de apoyo técnico que hoy se sintetiza en la necesidad, compartida por las cuatro centrales sindicales, de contar con un “Gabinete Técnico Interdisciplinario” que provea, de forma constante, información y apoyo técnico para el diálogo tripartito. b) La coordinación para los trabajos en el CNTPE Como segunda medida, las centrales sindicales plantearon la mejora de la coordinación sindical para el diálogo social, con especial énfasis en la participación en el CNTPE. Resultaba urgente mejorar algunas capacidades de gestión, articulación y coordinación para obtener resultados a corto plazo, trabajando en los siguientes ámbitos:
  • 53. - Coordinación con la Secretaría Técnica del CNTPE, con el objetivo de implementar un canal de relaciones ágiles y continuas entre las centrales sindicales y la Secretaría Técnica del CNTPE, convirtiendo en punto focal de tales relaciones al “Coordinador” del sector trabajador. - Coordinación intersindical: el objetivo en este ámbito era mejorar la coordinación entre los representantes de las distintas centrales sindicales, tanto en el pleno del CNTPE, como en las comisiones técnicas, siendo indispensable, para ello, agendar reuniones preparatorias en las que, en lo posible, se forjaran posiciones unitarias y se articularán las acciones institucionales. - Coordinación intrasindical: abarcaba la coordinación entre los representantes de una misma central sindical para su participación en el Pleno y las Comisiones Técnicas. El objetivo era construir un canal para que al interior de cada central circule, en todos los niveles decisorios sindicales, la información generada en el diálogo social. La coordinación intrasindical también permitiría dotar de coherencia a las posiciones de cada organización sindical, y una mejor retroalimentación con las bases. - Coordinación con otras instancias de diálogo: incluía la coordinación entre los representantes ante el CNTPE y otras instancias de diálogo, como el Acuerdo Nacional o el Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA) de la Comunidad Andina de Naciones. Los resultados obtenidos por las centrales sindicales, en lo que refiere a la coordinación fueron, en términos generales, positivos, aunque es cierto también que en ciertos ámbitos se obtuvieron mejores resultados que en otros. Así, por ejemplo, la coordinación con la Secretaría Técnica del CNTPE y la coordinación intersindical ofrecieron resultados muy interesantes, aunque la coordinación intrasindical y con otras instancias de diálogo presentó algunas dificultades. El compromiso de los representantes sindicales fue el factor más importante en los progresos logrados. Los dirigentes de las cuatro centrales sindicales se empeñaron en el esfuerzo de mejorar la coordinación y las capacidades para el diálogo y los primeros resultados obtenidos generaron nuevas aspiraciones de optimizar la representación sindical en otros espacios. El compromiso sindical se expresó de diversas formas: puntualidad en las reuniones,
  • 54. preparación previa de los trabajos y las intervenciones, actitud crítica y tolerante, constante preocupación por la elaboración de propuestas y estrategias, etc. Seguidamente se detallan las acciones y apreciaciones en cada uno de estos ámbitos de coordinación. - Coordinación con la Secretaría Técnica del CNTPE Designación del coordinador ejecutivo del sector trabajador ante el CNTPE. Los trabajadores definieron la rotación trimestral de la labor de coordinación. Decidieron, además, extender la coordinación de la central de turno a las comisiones técnicas. De este modo, los representantes sindicales de una central asumieron la labor de voceros de toda la participación sindical en el CNTPE. La labor del coordinador intersindical no estuvo libre de obstáculos, pues en algunas ocasiones las representaciones gubernamentales y empresariales entablaron contactos directos en temas relativos al CNTPE con alguna central sindical (quizás por su afinidad o por alguna coyuntura particular), desconociendo que el rol de coordinación correspondía a otra organización. Un aspecto a destacar fue que la figura del coordinador ejecutivo ha definido claramente la responsabilidad de la coordinación con la Secretaría Técnica del CNTPE y la coordinación intersindical en asuntos relativos a esta instancia de diálogo. Asimismo, ha implicado la participación igualitaria de todas las centrales en el desarrollo de la labor de vocería en el diálogo social. Una dificultad y desafío para las organizaciones de trabajadores es que las centrales sindicales cuentan con recursos muy limitados para llevar a cabo la coordinación sistemática más idónea, pues ésta requiere de un mínimo de recursos logísticos y bastante tiempo, dedicación y seguimiento colectivo, lo que implica más licencias sindicales, gastos de traslado, recarga de la agenda sindical, etc. Ello originó que, a veces, durante los períodos de coordinación de las
  • 55. centrales con menores recursos, la coordinación y comunicación pierda alguna fluidez y, la actividad sindical en el CNTPE sea más pausada. Reuniones previas con la Secretaría Técnica del CNTPE Desde el año 2006 se llevaron a cabo en forma regular reuniones con la Secretaría Técnica, previas a cada sesión del Pleno del CNTPE, para preparar la agenda de las sesiones. La periodicidad de estas reuniones de coordinación contribuyó a afinar mejor la intervención de las centrales sindicales en las sesiones del Pleno del CNTPE. Incluso en los últimos meses del año 2006, las citadas reuniones sirvieron para que los coordinadores del sector empleador y trabajador intercambien pareceres sobre el posible contenido de sus posiciones en los temas a tratar, lo que hizo más ágil el tratamiento de la agenda en las propias sesiones del Pleno. Algunos problemas surgieron cuando los acuerdos previos sobre el contenido de la agenda para una sesión del Pleno, fueron modificados por los representantes del Ministerio de Trabajo, sin comunicarlo previamente a los coordinadores ejecutivos de los otros dos sectores. - Coordinación intersindical Reuniones de coordinación intersindical Desde el año 2005 se llevaron a cabo en forma regular reuniones entre los representantes de las distintas centrales sindicales en el Pleno o la Comisión Técnica de Trabajo, previamente a cada sesión. Estas reuniones mejoraron el desempeño de los representantes sindicales en las sesiones en forma considerable. Como resultado de las mismas, en gran parte de las sesiones las centrales aportaron una posición unitaria y, en muchas ocasiones, abordaron los temas con una estrategia predefinida. Las reuniones previas sirvieron para ventilar las diferencias de posturas y lograr, en la mayor parte de los temas, una posición de consenso. En
  • 56. estas reuniones, también se definieron las propuestas sindicales presentadas ante el CNTPE. No obstante, se apreciaron también algunos obstáculos. En primer lugar, la participación de algunos representantes de los trabajadores a las reuniones de coordinación se vio dificultada por la negativa de ciertas entidades y empresas de otorgar licencias sindicales para las reuniones de coordinación. En segundo lugar, en el caso de algunas centrales sindicales, la falta de dinero para cubrir siempre los gastos de transporte dificultó la asistencia regular a reuniones de coordinación. Por último, la rotación de los representantes de cada central sindical en las comisiones técnicas no siempre fue acompañada de la transferencia de la información relativa a los trabajos de dichas comisiones, lo que dificulta el seguimiento. Esta situación puede agravarse si la información relativa a los trabajos de las comisiones técnicas no se socializa en la central sindical. Por ello, resultará muy importante prever una instancia al interior de cada central responsable de la información y documentación generada en los espacios de diálogo social. - Coordinación intrasindical Designación de un coordinador intrasindical Las centrales sindicales propusieron elegir a un representante de cada central sindical que coordine y sirva de enlace para la participación en el Pleno y las diversas comisiones técnicas del CNTPE. Si bien la coordinación entre los representantes de las diversas centrales sindicales en el Pleno y la Comisión Técnica de Trabajo ha dado resultados positivos, la coordinación entre los representantes de una misma central sindical ante las diversas comisiones técnicas y el Pleno del CNTPE ha enfrentado dificultades. La iniciativa de designar un representante sindical de enlace para cada central en las diversas comisiones o de tener reuniones de coordinación por cada central, no se pudo concretar entre los
  • 57. representantes sindicales. Será necesario que en las centrales sindicales implementen en su interior una instancia o sistema que concentre y difunda la información referida al CNTPE, tanto en las reuniones de los comités ejecutivos de cada central, como entre los representantes sindicales en las comisiones técnicas del CNTPE y todos/as sus afiliados/as. - Coordinación con otras instancias de diálogo Coordinación con los representantes sindicales en otras instancias de diálogo Durante el año 2005 las reuniones de los representantes sindicales, ante el Pleno, sirvieron para informar de los trabajos en el Consejo Consultivo Laboral Andino de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Estas reuniones han permitido forjar una posición unitaria y coherente en las diversas instancias de diálogo. Aún no se ha integrado a estas reuniones información acerca de la participación en el Acuerdo Nacional y el Consejo Nacional de Competitividad Cabe agregar que durante el año 2005 se proyectó un documento preliminar, en el que las centrales sindicales precisaban temas de interés común en materia de diálogo social. Estos temas no fueron desarrollados posteriormente. En enero de 2007 se volvieron a definir temas para una agenda común y algunos de ellos se han desarrollado o coordinado en diversos escenarios de diálogo. 3.2 Las propuestas de las centrales sindicales Como resultado de las mejoras apreciadas en la coordinación intersindical, los representantes sindicales aportaron interesantes posiciones unitarias en ciertos temas sometidos al CNTPE.