SlideShare una empresa de Scribd logo
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE REDACTORDO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JUDÍDICAS Y
POLITICAS ESCUELA DE DERECHO
LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
Autor: Lina Hernández
C.I: V12879981
Saia B/I
Prof. Emily Ramírez
Septiembre, 2019
La OIT es el organismo de las Naciones Unidas dedicado a promover la justicia
social y los derechos laborales. Se trata del único organismo de Naciones Unidas de
naturaleza tripartita: cuenta con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores
en su estructura de gobernanza. Esta estructura tripartita hace de la OIT un foro único en
el que los gobiernos y los interlocutores sociales de sus 187 Estados Miembro pueden
debatir de forma libre y abierta para estimular el crecimiento del empleo decente a
través de empresas sostenibles. Asimismo, les permite promover los derechos en el
lugar de trabajo, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo social.
La Oficina Internacional del Trabajo es la secretaría permanente de la OIT. Es el
punto focal del conjunto de actividades de la OIT, que prepara bajo el escrutinio del
Consejo de Administración (CA). El CA es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne tres
veces al año (en marzo, junio y octubre/noviembre). Toma decisiones sobre las políticas
de la OIT, determina el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT),
aprueba el programa y el presupuesto provisionales de la organización para su
presentación a la CIT y elige al Director General.
¿CUÁLES SON LOS FINES DE LA OIT?
La OIT supervisa la aplicación de los Convenios de la OIT ratificados por los
Estados miembros. Esto se hace mediante:
 La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y
Recomendaciones
 La Comisión Tripartita de la Conferencia Internacional del
Trabajo sobre la Aplicación de Convenios y Recomendaciones
Los Estados miembros también tienen que enviar informes sobre los progresos
en la aplicación de los Convenios que han ratificado.
¿CÓMO FUNCIONA LA PARTICIPACIÓN DE LA OIT EN EL
DESARROLLO DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO?
La negociación colectiva ha acusado, como es lógico, el impacto de las
profundas transformaciones que experimenta el mundo desde hace veinticinco años: la
aceptación general de la economía de mercado tras la caída del muro de Berlín, la
reducción del sector público, la redefinición del papel del Estado, la reestructuración y
la mundialización económicas, la generalización de técnicas eficaces para luchar contra
la inflación, la expansión de las formas atípicas de trabajo y de los contratos temporales,
los procesos de democratización política y social, la creciente autonomía de los
sindicatos y muchos otros factores que sería demasiado largo enumerar.
Todo ello ha tenido repercusiones muy importantes y diversas en la negociación
colectiva. La cobertura personal de los convenios colectivos ha disminuido debido,
entre otros factores, a los altos niveles de desempleo y a la expansión de la economía no
estructurada, de la subcontratación y de varias formas atípicas de trabajo dependiente
(donde es más difícil la sindicación), aunque ha progresado la negociación colectiva en
la función pública de muchos países. También ha disminuido el margen de maniobra de
las partes negociadoras a raíz de las sucesivas crisis económicas y de los
condicionamientos que les imponen los procesos de racionalización e integración
económica y los acuerdos de su gobierno respectivo con las instituciones de Bretton
Woods.
El endurecimiento de la competencia derivado de la mundialización y de las
innovaciones tecnológicas ha hecho que los convenios sectoriales (por rama de
actividad) estén perdiendo protagonismo en muchos países frente a los convenios de
empresa (o incluso de ámbitos inferiores como el establecimiento, fábrica o taller), que
deben atenerse estrictamente a los criterios de productividad y rendimiento. De este
modo, la flexibilización y la desregulación del trabajo han propiciado la negociación
colectiva empresa por empresa. Al mismo tiempo, crece la necesidad de los acuerdos
bipartitos y tripartitos de ámbito nacional, dado que ciertas cuestiones de interés
colectivo no pueden ser tratadas en negociaciones de empresa, ni incluso de rama, sobre
todo cuando existen desfases importantes entre el desarrollo de las regiones o los
sectores económicos de un país. En muchas naciones se firman pactos bipartitos o
tripartitos que, más allá de las condiciones de trabajo en sentido estricto, versan sobre el
empleo, la formación profesional, la inflación y otros temas de carácter social (véanse,
por ejemplo, OIT, 1995a, y Héthy, 1995). Estos acuerdos hacen que gane prestigio la
negociación colectiva, al regular asuntos que antes eran objeto, todo lo más, de
consultas no vinculantes entre los interlocutores sociales.
La OIT ha realizado una ingente labor normativa durante sus ochenta años de
historia con el fin de promover la justicia social (véanse Valticos, 1996 y 1998) y una de
sus misiones principales es impulsar la negociación colectiva en todo el mundo. Este
cometido quedó fijado ya en la Declaración de Filadelfia de 1944, que forma parte de la
Constitución de la OIT, en la que se estableció «la obligación solemne de la
Organización Internacional del Trabajo de fomentar, entre todas las naciones del
mundo, programas que permitan [...] lograr el reconocimiento efectivo del derecho de
negociación colectiva« (OIT, 1998a, pág. 23). Este principio tomó cuerpo en el
Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (núm. 98),
adoptado cinco años más tarde, en 1949, que ha conseguido desde entonces una
adhesión casi universal: el número de Estados que lo han ratificado asciende ya a ciento
cuarenta y cinco en enero del presente año 2000, lo cual acredita la vigencia de sus
principios en la mayoría de los países.
Lo que podemos llamar Derecho Internacional del Trabajo, lo constituyen Lo
que podemos llamar Derecho Internacional del Trabajo, lo constituyen las normas
internacionales que en materia laboral adoptan los diferentes países, para normas
internacionales que en materia laboral adoptan los diferentes países, para regir de una
manera uniforme o coincidente, las relaciones del trabajo en cada uno regir de una
manera uniforme o coincidente, las relaciones del trabajo en cada uno de ellos. Entonces
podemos decir que, el motor de esa internacionalización lo de ellos.
La recopilación ordenada y sistemática de los convenios y recomendaciones
adoptadas por la OIT constituyen el Código Internacional del Trabajo, cuyo contenido
comprende: Condiciones de trabajo, salarios, reposo, higiene y seguridad, política y
seguridad social. No es un código, según la acepción técnica seguridad, política y
seguridad social. No es un código, según la acepción técnica porque el Estado que lo ha
ratificado, sólo se obliga a desarrollar una legislación porque el Estado que lo ha
ratificado, sólo se obliga a desarrollar una legislación conforme a sentido de regla
internacional, necesitan la creación de sus respectivas conforme a sentido de regla
internacional, necesitan la creación de sus respectivas leyes, para que sean de
obligatorio cumplimiento.
La OIT ejerce una función consultiva, respondiendo a pedidos de los países
miembros, realizando trabajos de investigación y elaborando informes, colabora
también asesorando técnicamente en los cambios normativos, aprueba convenios
obligatorios e interviene a solicitud de las partes, para resolver conflictos internos a
través de informes no vinculantes.
¿CÓMO FUNCIONA EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO EN LOS
DISTINTOS SISTEMAS DE GOBIERNO?
En los convenios de la OIT sobre negociación colectiva no figuran disposiciones
sobre posibles conflictos entre los intereses particulares de las partes y el interés general
de la población, y esa omisión no ha sido por inadvertencia sino deliberada (OIT, 1981,
párrafo 64, pág. 22/8). Es corriente que los gobiernos recurran a políticas restrictivas
sobre los ingresos o los salarios para hacer frente a crisis económicas de extraordinaria
gravedad (por ejemplo, durante una guerra o posguerra), para luchar contra la inflación
o contra el desempleo o para lograr el equilibrio de la balanza de pagos o conseguir
otros objetivos económicos. Dichas políticas se traducen en prohibiciones o limitaciones
de los aumentos salariales y, con frecuencia, van en detrimento de los convenios
colectivos en vigor, que quedan anulados, modificados o sometidos a aprobación previa;
a menudo se dictan también congelaciones de precios y garantías del mínimo vital para
los trabajadores con bajos ingresos. Tales políticas se llevan a cabo de diversas maneras,
unas veces sin el acuerdo de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, y
otras consultándolas o integrándolas en las comisiones encargadas de su elaboración y
ejecución.
Como se verá más adelante, las limitaciones que implican tales medidas de
ajuste no son admisibles para los órganos de control cuando alteran el contenido de
convenios colectivos ya pactados; son admisibles, en cambio, cuando se dictan para las
negociaciones futuras, siempre y cuando se den circunstancias imperiosas y concurran
una serie de garantías que se enumeran más adelante. A continuación se examinan las
diferentes intervenciones de las autoridades en la negociación colectiva, que responden,
según los casos, a motivos técnicos, jurídicos o económicos.
En Venezuela el modelo tradicional de sustento de la negociación colectiva se
basa en una estructura sindical preponderante (organizaciones sindicales); o en menor
grado i) mediante coalición o grupos de trabajadores9 o ii) mediante la forma
centralizada a través de la reunión normativa laboral. Necesario es, afirmar que la
negociación colectiva realizada por las coaliciones de trabajadores, tienen una mínima
significación; y las centralizadas, aun cuando no son tan escasas, son minoritarias. En
Venezuela, la regulación prevista en el RLOT en materia de Negociación Colectiva del
sector privado, se encuentra concentrada en los artículos 129 al 153, mientras que en la
LOTTT las normas que se refieren a la negociación colectiva del sector privado están
dispersas dentro del texto legislativo y no tienen un orden establecido.
En el ámbito legal, la negociación colectiva está normada en el Art. 431 de la
LOTTT y constituye la base de la negociación colectiva. Se destaca que la Constitución
venezolana, la LOTTT y el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (RLOT), tienen
tres (3) pilares básicos sobre los que se asienta el régimen de negociación colectiva en
Venezuela:
El reconocimiento del derecho y la titularidad de la negociación colectiva es
otorgada a todos los trabajadores (Art. 96 CRBV), vinculando las unidades de
contratación a los ámbitos en los que se han estructurado las organizaciones sindicales;
o donde no las hubiese, a la coalición de trabajadores; es decir que, en Venezuela
también pueden dar inicio a la negociación colectiva, las coaliciones o grupos de
trabajadores que al igual que los sindicatos son considerados como sujetos colectivos
del Derecho del Trabajo, conforme al artículo 114 del RLOT y, por tanto, titulares de la
libertad sindical, para logar el denominado acuerdo colectivo de trabajo (Art. 24-c y 140
RLOT) que en las empresas donde no hubiere trabajadores sindicalizados o el número
de éstos, fuere insuficiente para constituir una organización sindical, podrán celebrar
acuerdos colectivos sobre condiciones de trabajo entre el grupo o coalición de
trabajadores y la parte patronal (Artículo 136 RLOT).
REFERENCIAS
Portal oficial de la Organización Internacional del Trabajo.
https://concepto.de/oit/#ixzz60dVk1R3h
“Función de la OIT” en Industriall Global Union.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

PACTO COLECTIVO
PACTO COLECTIVOPACTO COLECTIVO
PACTO COLECTIVO
Doris Bedoya
 
Internacional privada
Internacional privadaInternacional privada
Internacional privada
Silvia Profesora
 
Ejemplo de convenio laboral
Ejemplo de convenio laboralEjemplo de convenio laboral
Ejemplo de convenio laboral
César Martín Alcántara Vega
 
La oit
La oitLa oit
Ii ensayo.
Ii ensayo.Ii ensayo.
Derecho laboral colectivo gutierrez
Derecho laboral colectivo gutierrezDerecho laboral colectivo gutierrez
Derecho laboral colectivo gutierrez
antonygutierrez11
 
La Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del TrabajoLa Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del Trabajo
Mariangel Colmenares Grateron
 
Psicologia laboral
Psicologia laboralPsicologia laboral
Psicologia laboral
lorenaROJAS22
 
Ejemplo Convenios Laborales
Ejemplo Convenios LaboralesEjemplo Convenios Laborales
Ejemplo Convenios Laborales
César Martín Alcántara Vega
 
Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)
Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)
Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)
SAE - Secretaria de Assuntos Estratégicos da Presidência da República
 
La economia social de mercado y la constitución peruana
La economia social de mercado y la constitución peruanaLa economia social de mercado y la constitución peruana
La economia social de mercado y la constitución peruana
César Augusto Bedón Rocha
 
12 3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)
12   3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)12   3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)
12 3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)
Universidad Cesar Vallejo - Lima Este - Derecho
 
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...
Colectivo Accion Directa
 
Cartilla Sindical
 Cartilla Sindical Cartilla Sindical
Cartilla Sindical
faencomo
 
Introduccion jornadas reforma de la lot 2009
Introduccion  jornadas  reforma de la lot 2009Introduccion  jornadas  reforma de la lot 2009
Introduccion jornadas reforma de la lot 2009
Luis Alfredo Gómez Rodríguez
 
Introduccion al dº colectivo del trabajo
Introduccion al dº colectivo del trabajoIntroduccion al dº colectivo del trabajo
Introduccion al dº colectivo del trabajo
Gustavo A.
 
Regimen economico
Regimen economicoRegimen economico
Regimen economico
Paolo Córdova
 
TESIS INFORMATICA
TESIS INFORMATICATESIS INFORMATICA
TESIS INFORMATICA
Isabelrobles8
 
L sindical v2_lm 01.2014 (1)
L sindical v2_lm 01.2014 (1)L sindical v2_lm 01.2014 (1)
L sindical v2_lm 01.2014 (1)
Proyectos Iscod Peru
 
Ix mapa conceptual
Ix mapa conceptualIx mapa conceptual
Ix mapa conceptual
universityfermin
 

La actualidad más candente (20)

PACTO COLECTIVO
PACTO COLECTIVOPACTO COLECTIVO
PACTO COLECTIVO
 
Internacional privada
Internacional privadaInternacional privada
Internacional privada
 
Ejemplo de convenio laboral
Ejemplo de convenio laboralEjemplo de convenio laboral
Ejemplo de convenio laboral
 
La oit
La oitLa oit
La oit
 
Ii ensayo.
Ii ensayo.Ii ensayo.
Ii ensayo.
 
Derecho laboral colectivo gutierrez
Derecho laboral colectivo gutierrezDerecho laboral colectivo gutierrez
Derecho laboral colectivo gutierrez
 
La Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del TrabajoLa Organización Internacional del Trabajo
La Organización Internacional del Trabajo
 
Psicologia laboral
Psicologia laboralPsicologia laboral
Psicologia laboral
 
Ejemplo Convenios Laborales
Ejemplo Convenios LaboralesEjemplo Convenios Laborales
Ejemplo Convenios Laborales
 
Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)
Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)
Mesa redonda - Javier Ferrer (Membro do Conselho Econômico e Social da Espanha)
 
La economia social de mercado y la constitución peruana
La economia social de mercado y la constitución peruanaLa economia social de mercado y la constitución peruana
La economia social de mercado y la constitución peruana
 
12 3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)
12   3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)12   3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)
12 3 - clase - dcp - régimen económico - i parte (1)
 
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...
ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN POLÍTICA INTERNACIONAL Y NACIONAL, ABRIL-JUNIO 2015 ...
 
Cartilla Sindical
 Cartilla Sindical Cartilla Sindical
Cartilla Sindical
 
Introduccion jornadas reforma de la lot 2009
Introduccion  jornadas  reforma de la lot 2009Introduccion  jornadas  reforma de la lot 2009
Introduccion jornadas reforma de la lot 2009
 
Introduccion al dº colectivo del trabajo
Introduccion al dº colectivo del trabajoIntroduccion al dº colectivo del trabajo
Introduccion al dº colectivo del trabajo
 
Regimen economico
Regimen economicoRegimen economico
Regimen economico
 
TESIS INFORMATICA
TESIS INFORMATICATESIS INFORMATICA
TESIS INFORMATICA
 
L sindical v2_lm 01.2014 (1)
L sindical v2_lm 01.2014 (1)L sindical v2_lm 01.2014 (1)
L sindical v2_lm 01.2014 (1)
 
Ix mapa conceptual
Ix mapa conceptualIx mapa conceptual
Ix mapa conceptual
 

Similar a ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO. DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.

Negociación Colectiva Sector Público.ppt
Negociación Colectiva Sector Público.pptNegociación Colectiva Sector Público.ppt
Negociación Colectiva Sector Público.ppt
ReneMontoya8
 
ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del TrabajoENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ
 
La OIT
La OITLa OIT
Ensayo
Ensayo Ensayo
Taller de negociacion
Taller de negociacionTaller de negociacion
Taller de negociacion
tribunamagisterial
 
Taller de negociacion
Taller de negociacionTaller de negociacion
Taller de negociacion
tribunamagisterial
 
N eg. colectiva
N eg. colectivaN eg. colectiva
N eg. colectiva
pochyta12
 
Tratados internacionales sss
Tratados internacionales sssTratados internacionales sss
Tratados internacionales sss
RAFAEL ANGEL MAMANI DIAZ
 
Examen
Examen Examen
Ensayo
EnsayoEnsayo
Sindicatos, sociedad, democracia y dialogo social
Sindicatos, sociedad, democracia y dialogo socialSindicatos, sociedad, democracia y dialogo social
Sindicatos, sociedad, democracia y dialogo social
ACEB
 
Convenios oit
Convenios oitConvenios oit
Convenios oit
CARLOSROLON11
 
Wcms 095897
Wcms 095897Wcms 095897
Wcms 095897
BORIS2030
 
Negociación
 Negociación Negociación
Negociación
juan fernandez
 
la OIT
la OITla OIT
Wcms 095897
Wcms 095897Wcms 095897
Wcms 095897
Indira Ortega
 
derecho de negociación colectiva de andrea solis
derecho de negociación colectiva de andrea solisderecho de negociación colectiva de andrea solis
derecho de negociación colectiva de andrea solis
andreasolismar
 
Artículo 151 y 154
Artículo 151 y 154Artículo 151 y 154
Artículo 151 y 154
Gabriel Recalde Bolaños
 
Contratos colectivos
Contratos colectivosContratos colectivos
Contratos colectivos
Hugo Araujo
 
ACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docx
ACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docxACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docx
ACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docx
EDUARDOJOSE87
 

Similar a ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO. DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. (20)

Negociación Colectiva Sector Público.ppt
Negociación Colectiva Sector Público.pptNegociación Colectiva Sector Público.ppt
Negociación Colectiva Sector Público.ppt
 
ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del TrabajoENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
ENJ-400-Organización Internacional del Trabajo
 
La OIT
La OITLa OIT
La OIT
 
Ensayo
Ensayo Ensayo
Ensayo
 
Taller de negociacion
Taller de negociacionTaller de negociacion
Taller de negociacion
 
Taller de negociacion
Taller de negociacionTaller de negociacion
Taller de negociacion
 
N eg. colectiva
N eg. colectivaN eg. colectiva
N eg. colectiva
 
Tratados internacionales sss
Tratados internacionales sssTratados internacionales sss
Tratados internacionales sss
 
Examen
Examen Examen
Examen
 
Ensayo
EnsayoEnsayo
Ensayo
 
Sindicatos, sociedad, democracia y dialogo social
Sindicatos, sociedad, democracia y dialogo socialSindicatos, sociedad, democracia y dialogo social
Sindicatos, sociedad, democracia y dialogo social
 
Convenios oit
Convenios oitConvenios oit
Convenios oit
 
Wcms 095897
Wcms 095897Wcms 095897
Wcms 095897
 
Negociación
 Negociación Negociación
Negociación
 
la OIT
la OITla OIT
la OIT
 
Wcms 095897
Wcms 095897Wcms 095897
Wcms 095897
 
derecho de negociación colectiva de andrea solis
derecho de negociación colectiva de andrea solisderecho de negociación colectiva de andrea solis
derecho de negociación colectiva de andrea solis
 
Artículo 151 y 154
Artículo 151 y 154Artículo 151 y 154
Artículo 151 y 154
 
Contratos colectivos
Contratos colectivosContratos colectivos
Contratos colectivos
 
ACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docx
ACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docxACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docx
ACUERDO MARCO GLOBAL CON INDITEX.docx
 

Más de lina hernandez

AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOSAUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
lina hernandez
 
REUNIÒN NORMATIVA LABORAL
REUNIÒN NORMATIVA LABORALREUNIÒN NORMATIVA LABORAL
REUNIÒN NORMATIVA LABORAL
lina hernandez
 
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJO
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJOVENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJO
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJO
lina hernandez
 
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOSAUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
lina hernandez
 
SINDICALISMO Y SINDICATO
SINDICALISMO Y SINDICATOSINDICALISMO Y SINDICATO
SINDICALISMO Y SINDICATO
lina hernandez
 
PROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE
PROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJEPROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE
PROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE
lina hernandez
 
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALARCONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
lina hernandez
 
Convenciones colectivas en el sector publico
Convenciones colectivas en el sector publicoConvenciones colectivas en el sector publico
Convenciones colectivas en el sector publico
lina hernandez
 
Derecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del TrabajoDerecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del Trabajo
lina hernandez
 
La no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en Venezuela
La no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en VenezuelaLa no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en Venezuela
La no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en Venezuela
lina hernandez
 
Contribuciones
ContribucionesContribuciones
Contribuciones
lina hernandez
 
Mapaconceptual. Hecho Imponible
Mapaconceptual. Hecho ImponibleMapaconceptual. Hecho Imponible
Mapaconceptual. Hecho Imponible
lina hernandez
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
lina hernandez
 
Actividad financiera vzla
Actividad financiera vzlaActividad financiera vzla
Actividad financiera vzla
lina hernandez
 
Principios Registrales
Principios RegistralesPrincipios Registrales
Principios Registrales
lina hernandez
 
Oratoria Jurídica como competencia y como disciplina
Oratoria Jurídica como competencia y como disciplinaOratoria Jurídica como competencia y como disciplina
Oratoria Jurídica como competencia y como disciplina
lina hernandez
 
Cuadro explicativo la oratoria
Cuadro explicativo la oratoriaCuadro explicativo la oratoria
Cuadro explicativo la oratoria
lina hernandez
 
Ensayo oratoria
Ensayo oratoriaEnsayo oratoria
Ensayo oratoria
lina hernandez
 
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspeccionesAcusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
lina hernandez
 
Ley penal del ambiente
Ley penal del ambienteLey penal del ambiente
Ley penal del ambiente
lina hernandez
 

Más de lina hernandez (20)

AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOSAUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
 
REUNIÒN NORMATIVA LABORAL
REUNIÒN NORMATIVA LABORALREUNIÒN NORMATIVA LABORAL
REUNIÒN NORMATIVA LABORAL
 
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJO
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJOVENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJO
VENTAJAS DE LA NEGOCIACIÒN COLECTIVA DE TRABAJO
 
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOSAUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
AUTONOMIA COLECTIVA. DERECHO DE LAS PARTES EN LA RESOLUCIÒN DE CONFLICTOS
 
SINDICALISMO Y SINDICATO
SINDICALISMO Y SINDICATOSINDICALISMO Y SINDICATO
SINDICALISMO Y SINDICATO
 
PROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE
PROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJEPROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE
PROCEDIMIENTOS DE LA FORMACIÒN DE JUNTAS DE CONCILIACIÒN Y ARBITRAJE
 
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALARCONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
CONVOCATORIA Y CONSTITUCION DE LA REUNIÒN NORMATIVA. RESOLUCIÒN PARA INSTALAR
 
Convenciones colectivas en el sector publico
Convenciones colectivas en el sector publicoConvenciones colectivas en el sector publico
Convenciones colectivas en el sector publico
 
Derecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del TrabajoDerecho Colectivo del Trabajo
Derecho Colectivo del Trabajo
 
La no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en Venezuela
La no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en VenezuelaLa no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en Venezuela
La no sujeción al impuesto, las exenciones y exoneraciones en Venezuela
 
Contribuciones
ContribucionesContribuciones
Contribuciones
 
Mapaconceptual. Hecho Imponible
Mapaconceptual. Hecho ImponibleMapaconceptual. Hecho Imponible
Mapaconceptual. Hecho Imponible
 
Derecho financiero
Derecho financieroDerecho financiero
Derecho financiero
 
Actividad financiera vzla
Actividad financiera vzlaActividad financiera vzla
Actividad financiera vzla
 
Principios Registrales
Principios RegistralesPrincipios Registrales
Principios Registrales
 
Oratoria Jurídica como competencia y como disciplina
Oratoria Jurídica como competencia y como disciplinaOratoria Jurídica como competencia y como disciplina
Oratoria Jurídica como competencia y como disciplina
 
Cuadro explicativo la oratoria
Cuadro explicativo la oratoriaCuadro explicativo la oratoria
Cuadro explicativo la oratoria
 
Ensayo oratoria
Ensayo oratoriaEnsayo oratoria
Ensayo oratoria
 
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspeccionesAcusacion,regimenprobatorio,inspecciones
Acusacion,regimenprobatorio,inspecciones
 
Ley penal del ambiente
Ley penal del ambienteLey penal del ambiente
Ley penal del ambiente
 

Último

2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
GiselaBerrios3
 
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
rosannatasaycoyactay
 
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdfFEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
Jose Luis Jimenez Rodriguez
 
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primariaLa vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
EricaCouly1
 
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdfInteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
efemérides del mes de junio 2024 (1).pptx
efemérides del mes de junio 2024 (1).pptxefemérides del mes de junio 2024 (1).pptx
efemérides del mes de junio 2024 (1).pptx
acgtz913
 
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
20minutos
 
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptxEVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
Victor Elizalde P
 
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZACORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
Sandra Mariela Ballón Aguedo
 
Presentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdf
Presentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdfPresentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdf
Presentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdf
H4RV3YH3RN4ND3Z
 
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLM
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMExamen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLM
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLM
Juan Martín Martín
 
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdfMaristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
belbarcala
 
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdfSesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
https://gramadal.wordpress.com/
 
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdfDosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
KarenRuano6
 
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
Camus, Albert -        El Extranjero.pdfCamus, Albert -        El Extranjero.pdf
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
AlexDeLonghi
 
Blogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdf
Blogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdfBlogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdf
Blogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdf
lautyzaracho4
 
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdfExamen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
20minutos
 
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Unidad de Espiritualidad Eudista
 

Último (20)

2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
2° año LA VESTIMENTA-ciencias sociales 2 grado
 
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx3° SES COMU LUN10  CUENTO DIA DEL PADRE  933623393 PROF YESSENIA (1).docx
3° SES COMU LUN10 CUENTO DIA DEL PADRE 933623393 PROF YESSENIA (1).docx
 
A VISITA DO SENHOR BISPO .
A VISITA DO SENHOR BISPO                .A VISITA DO SENHOR BISPO                .
A VISITA DO SENHOR BISPO .
 
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdfFEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
 
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primariaLa vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
 
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdfInteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
 
efemérides del mes de junio 2024 (1).pptx
efemérides del mes de junio 2024 (1).pptxefemérides del mes de junio 2024 (1).pptx
efemérides del mes de junio 2024 (1).pptx
 
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
 
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptxEVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
EVALUACION ESTUDIANTIL 2023-2024 Ecuador - Costa.pptx
 
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZACORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
 
Presentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdf
Presentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdfPresentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdf
Presentación Curso C. Diferencial - 2024-1.pdf
 
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLM
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLMExamen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLM
Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinaria). UCLM
 
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdfMaristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
 
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdfSesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
Sesión: El espiritismo desenmascarado.pdf
 
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdfDosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
 
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
Camus, Albert -        El Extranjero.pdfCamus, Albert -        El Extranjero.pdf
Camus, Albert - El Extranjero.pdf
 
Blogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdf
Blogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdfBlogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdf
Blogs_y_Educacion_Por Zaracho Lautaro_.pdf
 
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdfExamen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
 
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
 
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
Triduo Eudista: Jesucristo, Sumo y Eterno Sacerdote; El Corazón de Jesús y el...
 

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO. DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.

  • 1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE REDACTORDO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JUDÍDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO Autor: Lina Hernández C.I: V12879981 Saia B/I Prof. Emily Ramírez Septiembre, 2019
  • 2. La OIT es el organismo de las Naciones Unidas dedicado a promover la justicia social y los derechos laborales. Se trata del único organismo de Naciones Unidas de naturaleza tripartita: cuenta con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en su estructura de gobernanza. Esta estructura tripartita hace de la OIT un foro único en el que los gobiernos y los interlocutores sociales de sus 187 Estados Miembro pueden debatir de forma libre y abierta para estimular el crecimiento del empleo decente a través de empresas sostenibles. Asimismo, les permite promover los derechos en el lugar de trabajo, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo social. La Oficina Internacional del Trabajo es la secretaría permanente de la OIT. Es el punto focal del conjunto de actividades de la OIT, que prepara bajo el escrutinio del Consejo de Administración (CA). El CA es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne tres veces al año (en marzo, junio y octubre/noviembre). Toma decisiones sobre las políticas de la OIT, determina el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT), aprueba el programa y el presupuesto provisionales de la organización para su presentación a la CIT y elige al Director General. ¿CUÁLES SON LOS FINES DE LA OIT? La OIT supervisa la aplicación de los Convenios de la OIT ratificados por los Estados miembros. Esto se hace mediante:  La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones  La Comisión Tripartita de la Conferencia Internacional del Trabajo sobre la Aplicación de Convenios y Recomendaciones Los Estados miembros también tienen que enviar informes sobre los progresos en la aplicación de los Convenios que han ratificado. ¿CÓMO FUNCIONA LA PARTICIPACIÓN DE LA OIT EN EL DESARROLLO DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO? La negociación colectiva ha acusado, como es lógico, el impacto de las profundas transformaciones que experimenta el mundo desde hace veinticinco años: la aceptación general de la economía de mercado tras la caída del muro de Berlín, la reducción del sector público, la redefinición del papel del Estado, la reestructuración y la mundialización económicas, la generalización de técnicas eficaces para luchar contra la inflación, la expansión de las formas atípicas de trabajo y de los contratos temporales, los procesos de democratización política y social, la creciente autonomía de los sindicatos y muchos otros factores que sería demasiado largo enumerar. Todo ello ha tenido repercusiones muy importantes y diversas en la negociación colectiva. La cobertura personal de los convenios colectivos ha disminuido debido, entre otros factores, a los altos niveles de desempleo y a la expansión de la economía no estructurada, de la subcontratación y de varias formas atípicas de trabajo dependiente (donde es más difícil la sindicación), aunque ha progresado la negociación colectiva en la función pública de muchos países. También ha disminuido el margen de maniobra de las partes negociadoras a raíz de las sucesivas crisis económicas y de los condicionamientos que les imponen los procesos de racionalización e integración económica y los acuerdos de su gobierno respectivo con las instituciones de Bretton Woods.
  • 3. El endurecimiento de la competencia derivado de la mundialización y de las innovaciones tecnológicas ha hecho que los convenios sectoriales (por rama de actividad) estén perdiendo protagonismo en muchos países frente a los convenios de empresa (o incluso de ámbitos inferiores como el establecimiento, fábrica o taller), que deben atenerse estrictamente a los criterios de productividad y rendimiento. De este modo, la flexibilización y la desregulación del trabajo han propiciado la negociación colectiva empresa por empresa. Al mismo tiempo, crece la necesidad de los acuerdos bipartitos y tripartitos de ámbito nacional, dado que ciertas cuestiones de interés colectivo no pueden ser tratadas en negociaciones de empresa, ni incluso de rama, sobre todo cuando existen desfases importantes entre el desarrollo de las regiones o los sectores económicos de un país. En muchas naciones se firman pactos bipartitos o tripartitos que, más allá de las condiciones de trabajo en sentido estricto, versan sobre el empleo, la formación profesional, la inflación y otros temas de carácter social (véanse, por ejemplo, OIT, 1995a, y Héthy, 1995). Estos acuerdos hacen que gane prestigio la negociación colectiva, al regular asuntos que antes eran objeto, todo lo más, de consultas no vinculantes entre los interlocutores sociales. La OIT ha realizado una ingente labor normativa durante sus ochenta años de historia con el fin de promover la justicia social (véanse Valticos, 1996 y 1998) y una de sus misiones principales es impulsar la negociación colectiva en todo el mundo. Este cometido quedó fijado ya en la Declaración de Filadelfia de 1944, que forma parte de la Constitución de la OIT, en la que se estableció «la obligación solemne de la Organización Internacional del Trabajo de fomentar, entre todas las naciones del mundo, programas que permitan [...] lograr el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva« (OIT, 1998a, pág. 23). Este principio tomó cuerpo en el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva (núm. 98), adoptado cinco años más tarde, en 1949, que ha conseguido desde entonces una adhesión casi universal: el número de Estados que lo han ratificado asciende ya a ciento cuarenta y cinco en enero del presente año 2000, lo cual acredita la vigencia de sus principios en la mayoría de los países. Lo que podemos llamar Derecho Internacional del Trabajo, lo constituyen Lo que podemos llamar Derecho Internacional del Trabajo, lo constituyen las normas internacionales que en materia laboral adoptan los diferentes países, para normas internacionales que en materia laboral adoptan los diferentes países, para regir de una manera uniforme o coincidente, las relaciones del trabajo en cada uno regir de una manera uniforme o coincidente, las relaciones del trabajo en cada uno de ellos. Entonces podemos decir que, el motor de esa internacionalización lo de ellos. La recopilación ordenada y sistemática de los convenios y recomendaciones adoptadas por la OIT constituyen el Código Internacional del Trabajo, cuyo contenido comprende: Condiciones de trabajo, salarios, reposo, higiene y seguridad, política y seguridad social. No es un código, según la acepción técnica seguridad, política y seguridad social. No es un código, según la acepción técnica porque el Estado que lo ha ratificado, sólo se obliga a desarrollar una legislación porque el Estado que lo ha ratificado, sólo se obliga a desarrollar una legislación conforme a sentido de regla internacional, necesitan la creación de sus respectivas conforme a sentido de regla internacional, necesitan la creación de sus respectivas leyes, para que sean de obligatorio cumplimiento. La OIT ejerce una función consultiva, respondiendo a pedidos de los países miembros, realizando trabajos de investigación y elaborando informes, colabora
  • 4. también asesorando técnicamente en los cambios normativos, aprueba convenios obligatorios e interviene a solicitud de las partes, para resolver conflictos internos a través de informes no vinculantes. ¿CÓMO FUNCIONA EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO EN LOS DISTINTOS SISTEMAS DE GOBIERNO? En los convenios de la OIT sobre negociación colectiva no figuran disposiciones sobre posibles conflictos entre los intereses particulares de las partes y el interés general de la población, y esa omisión no ha sido por inadvertencia sino deliberada (OIT, 1981, párrafo 64, pág. 22/8). Es corriente que los gobiernos recurran a políticas restrictivas sobre los ingresos o los salarios para hacer frente a crisis económicas de extraordinaria gravedad (por ejemplo, durante una guerra o posguerra), para luchar contra la inflación o contra el desempleo o para lograr el equilibrio de la balanza de pagos o conseguir otros objetivos económicos. Dichas políticas se traducen en prohibiciones o limitaciones de los aumentos salariales y, con frecuencia, van en detrimento de los convenios colectivos en vigor, que quedan anulados, modificados o sometidos a aprobación previa; a menudo se dictan también congelaciones de precios y garantías del mínimo vital para los trabajadores con bajos ingresos. Tales políticas se llevan a cabo de diversas maneras, unas veces sin el acuerdo de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, y otras consultándolas o integrándolas en las comisiones encargadas de su elaboración y ejecución. Como se verá más adelante, las limitaciones que implican tales medidas de ajuste no son admisibles para los órganos de control cuando alteran el contenido de convenios colectivos ya pactados; son admisibles, en cambio, cuando se dictan para las negociaciones futuras, siempre y cuando se den circunstancias imperiosas y concurran una serie de garantías que se enumeran más adelante. A continuación se examinan las diferentes intervenciones de las autoridades en la negociación colectiva, que responden, según los casos, a motivos técnicos, jurídicos o económicos. En Venezuela el modelo tradicional de sustento de la negociación colectiva se basa en una estructura sindical preponderante (organizaciones sindicales); o en menor grado i) mediante coalición o grupos de trabajadores9 o ii) mediante la forma centralizada a través de la reunión normativa laboral. Necesario es, afirmar que la negociación colectiva realizada por las coaliciones de trabajadores, tienen una mínima significación; y las centralizadas, aun cuando no son tan escasas, son minoritarias. En Venezuela, la regulación prevista en el RLOT en materia de Negociación Colectiva del sector privado, se encuentra concentrada en los artículos 129 al 153, mientras que en la LOTTT las normas que se refieren a la negociación colectiva del sector privado están dispersas dentro del texto legislativo y no tienen un orden establecido. En el ámbito legal, la negociación colectiva está normada en el Art. 431 de la LOTTT y constituye la base de la negociación colectiva. Se destaca que la Constitución venezolana, la LOTTT y el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (RLOT), tienen tres (3) pilares básicos sobre los que se asienta el régimen de negociación colectiva en Venezuela: El reconocimiento del derecho y la titularidad de la negociación colectiva es otorgada a todos los trabajadores (Art. 96 CRBV), vinculando las unidades de contratación a los ámbitos en los que se han estructurado las organizaciones sindicales; o donde no las hubiese, a la coalición de trabajadores; es decir que, en Venezuela también pueden dar inicio a la negociación colectiva, las coaliciones o grupos de
  • 5. trabajadores que al igual que los sindicatos son considerados como sujetos colectivos del Derecho del Trabajo, conforme al artículo 114 del RLOT y, por tanto, titulares de la libertad sindical, para logar el denominado acuerdo colectivo de trabajo (Art. 24-c y 140 RLOT) que en las empresas donde no hubiere trabajadores sindicalizados o el número de éstos, fuere insuficiente para constituir una organización sindical, podrán celebrar acuerdos colectivos sobre condiciones de trabajo entre el grupo o coalición de trabajadores y la parte patronal (Artículo 136 RLOT).
  • 6. REFERENCIAS Portal oficial de la Organización Internacional del Trabajo. https://concepto.de/oit/#ixzz60dVk1R3h “Función de la OIT” en Industriall Global Union.