Este documento describe la figura penal del peculado culposo en el derecho peruano. Se define como cuando un funcionario público, por culpa, da ocasión a que otra persona sustraiga caudales o efectos de la administración pública. Constituye un delito cuando se cumplen los elementos típicos de la sustracción por un tercero y la culpa del funcionario. Se establecen penas privativas de libertad de 2 a 5 años, siendo agravada si los bienes sustraídos estaban destinados a fines asistenciales. Finalmente, se