Presentación proyecto de acuerdo 335 plan cultural
1.
2. PROYECTO DE ACUERDO 335 DE 2015
Por el cual se establece el marco institucional
y se adopta el Plan de Desarrollo Cultural de
Medellín a 2020, Medellín una ciudad que se
piensa y se construye desde la cultura, y se
fijan otras disposiciones.
3. Artículo 1. Adopción del Plan de Desarrollo Cultural de
Medellín a 2020.
Artículo 2. Finalidades:
o Garantía de los derechos culturales.
o Valoración de las diversidades
territoriales.
o Valoración de la diversidad y el
dialogo cultural.
o Circulación del conocimiento.
o Reconocimiento del espacio público.
o Valoración de la ciudad.
Plan de desarrollo Cultural de Medellín a 2020
“Medellín, una ciudad que se piensa y se construye desde la
cultura
4. Artículo 2. Finalidades:
o Valoración de la ciudad.
o Garantía de la inclusión y la
equidad.
o Inclusión creativa de los sujetos
a la sociedad.
o Aporte de la cultura a la economía
de la ciudad.
o La creación a partir de los
espacios y el urbanismo cultura.
Plan de desarrollo Cultural de Medellín a 2020
“Medellín, una ciudad que se piensa y se construye desde la
cultura
5. Artículo 3. Enfoques
o Enfoque de derechos.
o Enfoque poblacional.
o Enfoque territorial.
o Enfoque de gobernanza.
6. Artículo 4. Principios rectores
o La cultura como pilar del desarrollo.
o Ciudadanía cultural.
o Participación ciudadana.
o Diversidad Cultural, interculturalidad e inclusión.
o Sentido de identidad con relación al territorio.
o Libertad de creación y de expresión.
o Preservación, conservación, difusión del patrimonio
cultural y de las minorías.
o Formación de capacidades para el desarrollo del sentido
estético, el espíritu reflexivo y la apreciación del arte y la
cultura.
o Planeación, gestión, evaluación, articulación,
corresponsabilidad y rendición de cuentas.
o Gestión pública cultural pertinente.
7. Artículo 5. Objetivos del Plan.
Objetivo General: Promover y consolidar a Medellín como un
espacio cultural abierto al mundo, equitativo, incluyente,
deliberativo y diverso que promueve la implementación de
políticas culturales participativas al servicio de la
consolidación de la ciudadanía cultural, del desarrollo
sostenible y del mejoramiento de la calidad de vida y el
bienestar de todos sus habitantes.
Objetivos Específicos:
o Contribuir a la consolidación de una cultura de paz.
o Promover la democratización del acceso a los bienes y
servicios culturales.
o Garantizar las condiciones para la creación, difusión y
circulación de los bienes culturales.
8. Objetivos Específicos:
o Promover el dialogo creativo y la integración con la región y
con el mundo.
o Promover el respeto a la diferencia y el reconocimiento de
las creaciones y las manifestaciones culturales.
o Articular las relaciones entre cultura y educación.
o Fortalecer las capacidades de gobernanza democrática y la
articulación entre las instituciones que promueven el
desarrollo cultural.
o Favorecer la generación de alianzas estratégicas culturales
entre los sectores público y privado y entre las
organizaciones de la sociedad civil.
o Articular la política y el desarrollo cultural al Plan de
Ordenamiento Territorial de la ciudad.
9. Artículo 6. Lineamientos estratégicos del Plan de Desarrollo
Cultural de Medellín a 2020.
o Lineamiento 1. Ciudadanía y democracia
o Lineamiento 2. La interculturalidad
para la construcción de la ciudad y
de la ciudadanía democrática cultural.
o Lineamiento 3. Impulso y generación
de procesos de reconocimiento
social del patrimonio y de las memorias.
o Lineamiento 4. Educación ciudadana
en la construcción de ciudadanía.
MEDELLÍN, CAPITAL CULTURAL
10. Artículo 6. Lineamientos estratégicos del Plan de Desarrollo
Cultural de Medellín a 2020.
o Lineamiento 5. Fomento y fortalecimiento de la formación y
de la educación artística y cultural.
o Lineamiento 6. Gestión del conocimiento, acceso a la
información y a las tecnologías en diálogo con la cultura.
o Lineamiento 7. La ciudad comunicada y comunicadora.
o Lineamiento 8. Cultura y desarrollo.
11. Artículo 6. Lineamientos estratégicos del Plan de Desarrollo
Cultural de Medellín a 2020.
o Lineamiento 9. Interacción de Medellín con la región
Metropolitana del Valle de Aburrá, el departamento, el país y
el mundo.
o Lineamiento 10. Fortalecimiento de la institucionalidad y del
sector cultural.
12. Artículo 7. Gestión de la política y del Plan.
o Subsistema de planeación, gestión y gerencia del Plan.
o Subsistema de gestión del conocimiento.
o Subsistema de monitoreo, seguimiento y evaluación.
o Subsistema de ciudadanía cultural.
13. Artículo 8. Sostenibilidad del Plan.
o Agenda pública.
o Agenda social.
o Comunicación pública.
o Financiación y cooperación cultural.
o Cooperación nacional e internacional.
o Desarrollos normativos.
o Veeduría ciudadana.
o Institucionalidad cultural de la ciudad.
14. Artículo 9. Financiación.
Artículo 10. Competencia.
Artículo 11. Vigencia.
Deroga todas las normas que le sean contrarías, en especial el Acuerdo
41 de 1990.