Este documento presenta las reformas a la Ley Federal del Trabajo de México en materia de contratación de personal, suspensión de efectos de las relaciones laborales y rescisión de las relaciones de trabajo. Introduce nuevas modalidades de contratación como por temporada, con periodo de prueba y de capacitación inicial. También establece nuevas causas de suspensión temporal de la relación laboral y de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el patrón, como actos de hostigamiento o falta de documentación requerida.
El D.S Nro. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo Nro. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, no define qué es un periodo de prueba, limitándose a señalar que el periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario, estableciendo la posibilidad a que se puedan pactar periodos mayores.
Este documento establece el convenio colectivo entre la empresa DIA S.A. y los sindicatos FETICO, CC.OO y UGT. El convenio regula las condiciones laborales de los empleados de DIA en España. Se describen aspectos como el ámbito personal y territorial del convenio, su vigencia temporal, la organización del trabajo, la igualdad, la formación profesional y los diferentes tipos de contratos laborales.
Este documento describe los diferentes tipos de relaciones laborales en México según la Ley Federal de Trabajo, incluyendo relaciones por tiempo determinado u obra determinada, por temporada, por tiempo indeterminado, y relaciones sujetas a periodos de prueba o capacitación inicial. También establece que la sustitución del patrón no afecta las relaciones laborales existentes de la empresa.
Contrato de trabajo y remuneración laboralgeandrojas
El documento describe los aspectos fundamentales del contrato de trabajo y la remuneración laboral. Explica que el contrato de trabajo es aquel por el cual una persona se obliga a prestar un servicio bajo dependencia a cambio de remuneración. Detalla los elementos esenciales del contrato, sus formas, duración, terminación y obligaciones de las partes. Además, resume los diferentes tipos de remuneración laboral como salarios, primas y bonificaciones.
Este documento describe el periodo de prueba para aprendices en una empresa. Explica que el periodo de prueba tiene como objetivo que tanto el empleador como el empleado se evalúen mutuamente. También establece que durante el periodo de prueba, que no puede exceder los dos meses, el empleador puede despedir al empleado sin indemnización pero el empleado conserva sus derechos laborales como el salario y las prestaciones sociales.
Este documento resume los diferentes tipos de contratos temporales en España, incluyendo contratos para obra o servicio determinado, por circunstancias de producción e interinidad. Explica las características, duraciones máximas permitidas y causas de extinción de cada tipo de contrato temporal, así como disposiciones comunes sobre jornada laboral, formalización, suspensión y presunciones.
El documento describe las reglas y límites del período de prueba en los contratos laborales en Colombia. Indica que el período de prueba no puede exceder los dos meses para los contratos indefinidos o a plazo fijo de más de un año, y una quinta parte del plazo para contratos a plazo fijo menores a un año. También establece que para trabajadores domésticos el período de prueba se presume en los primeros 15 días.
El D.S Nro. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo Nro. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, no define qué es un periodo de prueba, limitándose a señalar que el periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario, estableciendo la posibilidad a que se puedan pactar periodos mayores.
Este documento establece el convenio colectivo entre la empresa DIA S.A. y los sindicatos FETICO, CC.OO y UGT. El convenio regula las condiciones laborales de los empleados de DIA en España. Se describen aspectos como el ámbito personal y territorial del convenio, su vigencia temporal, la organización del trabajo, la igualdad, la formación profesional y los diferentes tipos de contratos laborales.
Este documento describe los diferentes tipos de relaciones laborales en México según la Ley Federal de Trabajo, incluyendo relaciones por tiempo determinado u obra determinada, por temporada, por tiempo indeterminado, y relaciones sujetas a periodos de prueba o capacitación inicial. También establece que la sustitución del patrón no afecta las relaciones laborales existentes de la empresa.
Contrato de trabajo y remuneración laboralgeandrojas
El documento describe los aspectos fundamentales del contrato de trabajo y la remuneración laboral. Explica que el contrato de trabajo es aquel por el cual una persona se obliga a prestar un servicio bajo dependencia a cambio de remuneración. Detalla los elementos esenciales del contrato, sus formas, duración, terminación y obligaciones de las partes. Además, resume los diferentes tipos de remuneración laboral como salarios, primas y bonificaciones.
Este documento describe el periodo de prueba para aprendices en una empresa. Explica que el periodo de prueba tiene como objetivo que tanto el empleador como el empleado se evalúen mutuamente. También establece que durante el periodo de prueba, que no puede exceder los dos meses, el empleador puede despedir al empleado sin indemnización pero el empleado conserva sus derechos laborales como el salario y las prestaciones sociales.
Este documento resume los diferentes tipos de contratos temporales en España, incluyendo contratos para obra o servicio determinado, por circunstancias de producción e interinidad. Explica las características, duraciones máximas permitidas y causas de extinción de cada tipo de contrato temporal, así como disposiciones comunes sobre jornada laboral, formalización, suspensión y presunciones.
El documento describe las reglas y límites del período de prueba en los contratos laborales en Colombia. Indica que el período de prueba no puede exceder los dos meses para los contratos indefinidos o a plazo fijo de más de un año, y una quinta parte del plazo para contratos a plazo fijo menores a un año. También establece que para trabajadores domésticos el período de prueba se presume en los primeros 15 días.
Unidad iv disposiciones acerca de los contratos de trabajo legislacionLISBETHSARAIMALDONAD1
El documento habla sobre los tipos de contratos de trabajo, sus requisitos de validez, contenido esencial, interpretación, elementos esenciales, cantidad de contratos que puede celebrar un trabajador, características, obligatoriedad, tipos de contratos individuales y colectivos, capacidad para contratar, modalidades de contratos verbales y escritos, prorroga, defensa de derechos laborales y período de prueba.
El documento presenta información sobre la clasificación de los contratos individuales de trabajo según la legislación ecuatoriana. Explica que los contratos pueden ser expresos o tácitos, a sueldo, a jornal, en participación o mixtos, por tiempo fijo o indefinido, eventuales, de temporada u ocasionales. También cubre temas como los contratos a prueba, por obra cierta, tarea o destajo, y eventuales u ocasionales. Resalta las diferencias entre la legislación anterior y la vigente en relación a aspectos como
Precauciones En La Ejecucion De Los Pliegoscompostolo
El documento proporciona precauciones sobre la ejecución de contratos, incluyendo que el contratista debe elaborar un estudio organizativo y manuales de procedimiento, el personal debe conocer sus funciones, se debe cumplir el contrato y manual, e informar infracciones. Además, el contratista es responsable de la gestión y calidad, debe proveer una estructura jerárquica, y comunicarse a través de su representante.
El documento describe diferentes aspectos relacionados con los contratos de trabajo. Explica que el contrato de trabajo es el acuerdo entre el empleador y el trabajador donde ambas partes se comprometen recíprocamente, el trabajador a prestar servicios bajo dependencia del empleador y el empleador a pagar una remuneración. También debe contener información como la duración del contrato, jornada laboral y remuneración.
Este documento describe los diferentes tipos de contratos laborales que pueden existir entre un empleador y un trabajador. Explica conceptos como trabajador, empleador y elementos del contrato de trabajo. Luego clasifica los contratos individuales de trabajo según su forma de celebración, remuneración, duración y forma de ejecutar el trabajo. Finalmente, define en detalle diferentes tipos de contratos como de trabajo a sueldo, jornal, mixto, entre otros.
El documento presenta información sobre la administración de recursos humanos en sesiones 3 y 4. Cubre temas como el contrato laboral, la negociación colectiva, la capacitación, la evaluación del desempeño, las compensaciones, las prestaciones y más. Explica conceptos clave como los tipos de contratos, el proceso de capacitación, la evaluación del desempeño y los beneficios de una buena administración de compensaciones.
Este documento describe dos tipos de contratos de formación en España: el contrato en prácticas y el contrato para la formación y el aprendizaje. El contrato en prácticas es para personas con titulación universitaria, de formación profesional superior o media, o certificado de profesionalidad obtenido en los últimos 5-7 años. Su duración es de 6 meses a 2 años. El contrato para la formación y el aprendizaje es para personas de 16-25 años sin titulación, su duración es de 1-3 años y combina formación con trabajo. Ambos
El documento habla sobre los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. Explica que para que exista un contrato de trabajo se requiere la actividad personal del trabajador, su continuada subordinación al empleador, y el pago de un salario. Luego describe los contratos indefinidos, que no tienen fecha de terminación, y los contratos temporales o de duración determinada, que son por un tiempo específico o para completar una tarea. Finalmente, detalla varios tipos específicos de contratos temporales.
El documento explica los diferentes tipos de contratos laborales en Colombia según la duración. Describe contratos a término fijo (inferior y superior a un año), contrato a término indefinido, contrato por obra o labor, y contrato temporal u ocasional. Explica las características principales de cada tipo de contrato.
El documento explica qué es un contrato de trabajo según la ley colombiana. Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador y un empleador, donde el trabajador se obliga a prestar un servicio de forma personal y bajo la subordinación del empleador a cambio de una remuneración. Los contratos de trabajo pueden ser a término fijo, indefinido, por obra o labor determinada, u ocasionales.
El contrato de trabajo es aquel en el que una parte se obliga a prestar un servicio bajo dependencia de la otra a cambio de una remuneración. Debe cumplir con requisitos como el consentimiento de ambas partes, un objeto lícito y la forma escrita u oral. Puede terminar por vencimiento del plazo, conclusión del servicio, muerte del trabajador o despido con o sin justa causa.
El documento trata sobre el periodo de prueba y la estabilidad laboral en el Perú. Explica que el periodo de prueba es de tres meses, después del cual el trabajador obtiene protección contra el despido arbitrario. También describe los diferentes tipos de estabilidad laboral y cómo ha evolucionado en el país.
Este documento presenta las disposiciones fundamentales del Código del Trabajo de Ecuador. Establece que el trabajo es un derecho y un deber social, y que los trabajadores son libres de contratar su trabajo mediante contratos individuales o colectivos. Define los tipos de contratos laborales como expresos, tácitos, por tiempo fijo o indefinido, y especifica los requisitos de los contratos escritos. También protege los derechos de los trabajadores e indica que las leyes laborales deben interpretarse de manera favorable a ellos.
El documento resume los principales aspectos del contrato de trabajo según la legislación venezolana. Explica que el contrato establece las condiciones bajo las cuales los trabajadores prestan sus servicios a un empleador, creando una relación de dependencia remunerada. Describe las características del contrato de trabajo, los tipos de contratos, el contenido requerido en el contrato, la sustitución del empleador, la suspensión de la relación laboral, y los derechos sobre las invenciones de los trabajadores.
Este documento resume los principales aspectos de la legislación laboral panameña sobre la administración de recursos humanos. Explica que el contrato de trabajo puede ser verbal o escrito, y describe los elementos que debe contener un contrato escrito. También cubre temas como el período de prueba, los tipos de contratos (indefinido, temporal, por obra determinada), y las prestaciones laborales correspondientes a cada tipo de contrato.
El documento describe los elementos esenciales de un contrato de trabajo, incluyendo la prestación de un servicio personal a cambio de una remuneración bajo la continua dependencia de un empleador. También cubre diferentes tipos de contratos como contratos a plazo fijo e indefinido, y establece reglas sobre la contratación de menores y la terminación de contratos.
El documento describe los elementos esenciales de un contrato de trabajo, incluyendo la prestación de un servicio personal a cambio de una remuneración bajo la continua dependencia de un empleador. También cubre temas como los diferentes tipos de contratos, capacidad para contratar, prohibiciones para empleadores y trabajadores, y causales para la terminación de un contrato.
La reforma laboral tiene como objetivos frenar la destrucción de empleo, crear empleo estable, romper la dualidad del mercado laboral y promover la flexibilidad interna en las empresas. Incluye medidas como facilitar la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, potenciar la formación profesional de los trabajadores, crear nuevos contratos para fomentar la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y combatir el fraude y el absentismo laboral.
La nueva ley de reforma laboral en España introduce cambios en siete áreas principales: 1) contratación, 2) formación profesional, 3) distribución irregular de la jornada, 4) negociación colectiva, 5) convenios colectivos, 6) despidos y extinciones de contrato, y 7) apoyo a los autónomos, al turismo y la hostelería. Algunos de los cambios más significativos incluyen nuevos tipos de contratos, reducciones en los límites de contratos temporales, y modificaciones a las regulaciones de desp
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones, huelgas y otras acciones para protestar contra los cambios.
En esta presentación se recogen los aspectos fundamentales de la nueva regulación introducida por el Real Decreto Ley 3/2012 Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Esta norma seguirá su tramite parlamentario hasta convertirse el Ley ordinaria con lo que puede sufrir diversas modificaciones
El documento resume las principales medidas de la Reforma Laboral de 2012 en España. La Reforma redujo la indemnización por despido improcedente, facilitó los despidos objetivos y los ERE, y fomentó la contratación temporal y de jóvenes y parados de larga duración mediante bonificaciones. También modificó los convenios colectivos dando prioridad a los de empresa y permitiendo que las empresas se descuelguen de los convenios sectoriales.
Unidad iv disposiciones acerca de los contratos de trabajo legislacionLISBETHSARAIMALDONAD1
El documento habla sobre los tipos de contratos de trabajo, sus requisitos de validez, contenido esencial, interpretación, elementos esenciales, cantidad de contratos que puede celebrar un trabajador, características, obligatoriedad, tipos de contratos individuales y colectivos, capacidad para contratar, modalidades de contratos verbales y escritos, prorroga, defensa de derechos laborales y período de prueba.
El documento presenta información sobre la clasificación de los contratos individuales de trabajo según la legislación ecuatoriana. Explica que los contratos pueden ser expresos o tácitos, a sueldo, a jornal, en participación o mixtos, por tiempo fijo o indefinido, eventuales, de temporada u ocasionales. También cubre temas como los contratos a prueba, por obra cierta, tarea o destajo, y eventuales u ocasionales. Resalta las diferencias entre la legislación anterior y la vigente en relación a aspectos como
Precauciones En La Ejecucion De Los Pliegoscompostolo
El documento proporciona precauciones sobre la ejecución de contratos, incluyendo que el contratista debe elaborar un estudio organizativo y manuales de procedimiento, el personal debe conocer sus funciones, se debe cumplir el contrato y manual, e informar infracciones. Además, el contratista es responsable de la gestión y calidad, debe proveer una estructura jerárquica, y comunicarse a través de su representante.
El documento describe diferentes aspectos relacionados con los contratos de trabajo. Explica que el contrato de trabajo es el acuerdo entre el empleador y el trabajador donde ambas partes se comprometen recíprocamente, el trabajador a prestar servicios bajo dependencia del empleador y el empleador a pagar una remuneración. También debe contener información como la duración del contrato, jornada laboral y remuneración.
Este documento describe los diferentes tipos de contratos laborales que pueden existir entre un empleador y un trabajador. Explica conceptos como trabajador, empleador y elementos del contrato de trabajo. Luego clasifica los contratos individuales de trabajo según su forma de celebración, remuneración, duración y forma de ejecutar el trabajo. Finalmente, define en detalle diferentes tipos de contratos como de trabajo a sueldo, jornal, mixto, entre otros.
El documento presenta información sobre la administración de recursos humanos en sesiones 3 y 4. Cubre temas como el contrato laboral, la negociación colectiva, la capacitación, la evaluación del desempeño, las compensaciones, las prestaciones y más. Explica conceptos clave como los tipos de contratos, el proceso de capacitación, la evaluación del desempeño y los beneficios de una buena administración de compensaciones.
Este documento describe dos tipos de contratos de formación en España: el contrato en prácticas y el contrato para la formación y el aprendizaje. El contrato en prácticas es para personas con titulación universitaria, de formación profesional superior o media, o certificado de profesionalidad obtenido en los últimos 5-7 años. Su duración es de 6 meses a 2 años. El contrato para la formación y el aprendizaje es para personas de 16-25 años sin titulación, su duración es de 1-3 años y combina formación con trabajo. Ambos
El documento habla sobre los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. Explica que para que exista un contrato de trabajo se requiere la actividad personal del trabajador, su continuada subordinación al empleador, y el pago de un salario. Luego describe los contratos indefinidos, que no tienen fecha de terminación, y los contratos temporales o de duración determinada, que son por un tiempo específico o para completar una tarea. Finalmente, detalla varios tipos específicos de contratos temporales.
El documento explica los diferentes tipos de contratos laborales en Colombia según la duración. Describe contratos a término fijo (inferior y superior a un año), contrato a término indefinido, contrato por obra o labor, y contrato temporal u ocasional. Explica las características principales de cada tipo de contrato.
El documento explica qué es un contrato de trabajo según la ley colombiana. Un contrato de trabajo es un acuerdo entre un trabajador y un empleador, donde el trabajador se obliga a prestar un servicio de forma personal y bajo la subordinación del empleador a cambio de una remuneración. Los contratos de trabajo pueden ser a término fijo, indefinido, por obra o labor determinada, u ocasionales.
El contrato de trabajo es aquel en el que una parte se obliga a prestar un servicio bajo dependencia de la otra a cambio de una remuneración. Debe cumplir con requisitos como el consentimiento de ambas partes, un objeto lícito y la forma escrita u oral. Puede terminar por vencimiento del plazo, conclusión del servicio, muerte del trabajador o despido con o sin justa causa.
El documento trata sobre el periodo de prueba y la estabilidad laboral en el Perú. Explica que el periodo de prueba es de tres meses, después del cual el trabajador obtiene protección contra el despido arbitrario. También describe los diferentes tipos de estabilidad laboral y cómo ha evolucionado en el país.
Este documento presenta las disposiciones fundamentales del Código del Trabajo de Ecuador. Establece que el trabajo es un derecho y un deber social, y que los trabajadores son libres de contratar su trabajo mediante contratos individuales o colectivos. Define los tipos de contratos laborales como expresos, tácitos, por tiempo fijo o indefinido, y especifica los requisitos de los contratos escritos. También protege los derechos de los trabajadores e indica que las leyes laborales deben interpretarse de manera favorable a ellos.
El documento resume los principales aspectos del contrato de trabajo según la legislación venezolana. Explica que el contrato establece las condiciones bajo las cuales los trabajadores prestan sus servicios a un empleador, creando una relación de dependencia remunerada. Describe las características del contrato de trabajo, los tipos de contratos, el contenido requerido en el contrato, la sustitución del empleador, la suspensión de la relación laboral, y los derechos sobre las invenciones de los trabajadores.
Este documento resume los principales aspectos de la legislación laboral panameña sobre la administración de recursos humanos. Explica que el contrato de trabajo puede ser verbal o escrito, y describe los elementos que debe contener un contrato escrito. También cubre temas como el período de prueba, los tipos de contratos (indefinido, temporal, por obra determinada), y las prestaciones laborales correspondientes a cada tipo de contrato.
El documento describe los elementos esenciales de un contrato de trabajo, incluyendo la prestación de un servicio personal a cambio de una remuneración bajo la continua dependencia de un empleador. También cubre diferentes tipos de contratos como contratos a plazo fijo e indefinido, y establece reglas sobre la contratación de menores y la terminación de contratos.
El documento describe los elementos esenciales de un contrato de trabajo, incluyendo la prestación de un servicio personal a cambio de una remuneración bajo la continua dependencia de un empleador. También cubre temas como los diferentes tipos de contratos, capacidad para contratar, prohibiciones para empleadores y trabajadores, y causales para la terminación de un contrato.
La reforma laboral tiene como objetivos frenar la destrucción de empleo, crear empleo estable, romper la dualidad del mercado laboral y promover la flexibilidad interna en las empresas. Incluye medidas como facilitar la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal, potenciar la formación profesional de los trabajadores, crear nuevos contratos para fomentar la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y combatir el fraude y el absentismo laboral.
La nueva ley de reforma laboral en España introduce cambios en siete áreas principales: 1) contratación, 2) formación profesional, 3) distribución irregular de la jornada, 4) negociación colectiva, 5) convenios colectivos, 6) despidos y extinciones de contrato, y 7) apoyo a los autónomos, al turismo y la hostelería. Algunos de los cambios más significativos incluyen nuevos tipos de contratos, reducciones en los límites de contratos temporales, y modificaciones a las regulaciones de desp
La reforma laboral de 2012 facilita la contratación temporal y el despido, reduce la indemnización por despido improcedente, y otorga más poder a los empresarios en la negociación colectiva. Los sindicatos se oponen y planean manifestaciones, huelgas y otras acciones para protestar contra los cambios.
En esta presentación se recogen los aspectos fundamentales de la nueva regulación introducida por el Real Decreto Ley 3/2012 Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Esta norma seguirá su tramite parlamentario hasta convertirse el Ley ordinaria con lo que puede sufrir diversas modificaciones
El documento resume las principales medidas de la Reforma Laboral de 2012 en España. La Reforma redujo la indemnización por despido improcedente, facilitó los despidos objetivos y los ERE, y fomentó la contratación temporal y de jóvenes y parados de larga duración mediante bonificaciones. También modificó los convenios colectivos dando prioridad a los de empresa y permitiendo que las empresas se descuelguen de los convenios sectoriales.
Este documento presenta la Ley 14/2013 de 27 de septiembre de apoyo a los emprendedores en España. La ley introduce varias medidas para facilitar el emprendimiento y apoyar a los emprendedores en los ámbitos mercantil, de la seguridad social y fiscal. Entre las medidas destacadas se encuentran la creación de la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, los acuerdos extrajudiciales de pagos para deudores, reducciones en las cuotas de la seguridad social para nuevos autónomos y medidas de apoyo fiscal para
La reforma laboral facilita y abarata el despido reduciendo las indemnizaciones y ampliando las causas de despido justificado. Esto perjudica principalmente a los trabajadores fijos con mayor antigüedad, que recibirían hasta tres veces menos indemnización, y hace que el despido de fijos cueste lo mismo que el de temporales para las empresas. Además, se debilita la negociación colectiva permitiendo que los convenios de empresa se impongan por encima de los convenios sectoriales.
La reforma laboral de 2012 afectó a varios aspectos como la intermediación laboral, la formación profesional, la contratación indefinida, la movilidad y modificación de condiciones de trabajo, y los EREs. Se fomentó la contratación indefinida, especialmente de jóvenes y parados de larga duración, y se flexibilizaron aspectos como la movilidad funcional y geográfica. También se facilitaron los EREs suspensivos o de reducción de jornada al eliminar la autorización administrativa previa.
La reforma laboral española de 2012 tuvo como objetivos principales favorecer la empleabilidad de los trabajadores a través de agencias de colocación y formación profesional, fomentar la contratación indefinida y creación de empleo mediante nuevos tipos de contratos, y favorecer la flexibilidad interna en las empresas para evitar despidos. La reforma también incluyó medidas para reducir la dualidad del mercado laboral entre fijos y temporales.
Resumen sobre las diferencias provocadas por la reforma laboral de 12.02.2012jopelgar
Este documento resume las principales modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 3/2012 sobre el mercado laboral español. Redujo la indemnización por despido improcedente a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades. Amplió las causas para el despido objetivo e introdujo incentivos para la contratación de jóvenes, parados de larga duración y emprendedores. También modificó las condiciones de los contratos formativos y a tiempo parcial así como los permisos y derechos de los trabaj
1) La reforma laboral permite que las empresas de trabajo temporal puedan operar como agencias de colocación siempre que presenten una declaración responsable al servicio público de empleo. 2) Se introducen cambios en la formación profesional como la creación de una cuenta de formación para cada trabajador y el derecho a 20 horas anuales de formación vinculada al puesto. 3) Se modifican y reducen las cuotas en los contratos para la formación y el aprendizaje, y se establecen nuevas condiciones para estos contratos.
El documento discute las opiniones de expertos sobre las posibles consecuencias de la reciente Reforma Laboral en México. Algunos expertos creen que podría generar más empleo precario, pero no el nivel de empleo que el país necesita. También advierten que los salarios podrían disminuir hasta un 10% y que 500,000 personas más podrían caer en la pobreza. El documento analiza las reformas y cambios propuestos a la Ley Federal del Trabajo que están siendo considerados por la Comisión de Trabajo.
El documento habla sobre varios programas de apoyo a emprendedores en México, incluyendo programas de banca privada, apoyo gubernamental, asesoría y capacitación, e instituciones de apoyo. Ofrece apoyos financieros, capacitación, tutoría, servicios administrativos y más para ayudar a emprendedores a lanzar y hacer crecer sus negocios.
La Reforma Laboral de 2012 tuvo como objetivos facilitar la contratación, potenciar los contratos indefinidos, y acabar con la rigidez del mercado laboral. Sus principales medidas incluyeron reducir la indemnización por despido improcedente, limitar la ultraactividad de los convenios colectivos, e introducir el despido objetivo. Sus efectos iniciales fueron la destrucción de empleo y una disminución en la contratación. La reforma recibió críticas por ser injusta y no resolver los problemas del mercado laboral español.
El documento resume los principales puntos de la reforma laboral mexicana de 2012, abordando temas como las relaciones individuales de trabajo, los diferentes tipos de contratos, el salario y su pago, así como la terminación de la relación laboral. También cubre conceptos generales como el trabajo digno, la igualdad de género y la no discriminación, así como las relaciones colectivas entre sindicatos, contratos y reglamentos internos.
Conferencia reforma laboral febrero 2012 eada (1) [modo de compatibilidad]FundacioTallers
Este documento resume las principales medidas de la reforma laboral de 2012 en España. Entre ellas se encuentran: 1) Menos despidos y más flexibilidad interna en las empresas; 2) Nuevo elemento de reducción salarial; 3) Fomento de la contratación indefinida con incentivos y bonificaciones; 4) Mayores facilidades para modificar condiciones laborales sin autorización administrativa. Esto llevará a una mayor conflictividad sindical.
El documento resume los principales tipos de contratos laborales en Venezuela, incluyendo contratos indefinidos, temporales, de formación y aprendizaje. También describe los deberes y derechos básicos de empleadores y empleados, así como conceptos clave como jornada laboral, salario, periodo de prueba y normas laborales.
Este documento describe las principales características de las relaciones laborales y las relaciones individuales de trabajo en México. Define los roles clave como trabajador, patrón e intermediario. Explica los tipos de contratos laborales, incluyendo la duración de la relación laboral, causas de suspensión, rescisión y terminación. También cubre temas como condiciones de trabajo, jornada laboral y días de descanso.
Este documento describe diferentes modalidades de contratación laboral en Argentina, incluyendo contratos a tiempo indeterminado, periodo de prueba, tiempo parcial, plazo fijo, temporada, eventuales y pasantías. Explica las características clave de cada modalidad contractual y los artículos de la ley laboral que las rigen.
El documento describe los contratos en prácticas en España. Estos contratos tienen como objetivo facilitar la obtención de experiencia laboral adecuada al nivel de estudios de universitarios o de formación profesional. Los requisitos incluyen tener una titulación reconocida oficialmente y que no hayan pasado más de cinco años desde su finalización. La duración mínima es de seis meses y máxima de dos años. El salario debe ser al menos el 60% o 75% del convenio colectivo correspondiente al puesto durante el primer o segundo año.
Este documento establece el reglamento interno de trabajo de la empresa Baby Fruit. Incluye capítulos sobre condiciones y admisiones, contratos de aprendizaje, periodo de prueba, horarios de trabajo, horas extras, días de descanso y vacaciones. El Ministerio de Protección Social supervisa que el reglamento no vulnere los derechos de los empleados.
Este documento resume la legislación laboral en Colombia según el Código Sustantivo de Trabajo. Define el trabajo y los elementos claves de un contrato de trabajo como la subordinación, la prestación personal del servicio y la remuneración. Explica los diferentes tipos de contratos laborales como los contratos a término fijo e indefinido, por obra o labor, y ocasionales. También cubre temas como el período de prueba y las indemnizaciones por despido injustificado.
La nueva reforma laboral busca reducir las obligaciones de los empresarios con los empleados y desalentar las demandas de los trabajadores. Incluye cambios como permitir contratos por temporada, periodos de prueba extendidos hasta 6 meses, y capacitación conjunta entre empresas. También prohíbe el trabajo infantil y obliga a las empresas a verificar el cumplimiento de normas de seguridad en empresas subcontratistas.
Este documento clasifica y define los diferentes tipos de contratos individuales de trabajo. Los clasifica por su forma de celebración (expreso o tácito), forma de remuneración (sueldo, jornal, participación, mixta), tiempo de duración (fijo, indefinido, temporal), forma de ejecución (obra, tarea, destajo, prueba, enganche, grupo), y describe los requisitos y características de cada tipo.
Este documento describe los diferentes tipos de contratos de trabajo en España. Explica que el contrato de trabajo es el acuerdo entre el empresario y el trabajador donde este último se obliga a prestar servicios a cambio de una retribución. Luego detalla los contratos indefinidos, contratos formativos, contratos temporales como el de obra o servicio determinado, y contratos a tiempo parcial o de relevo.
El documento trata sobre el sistema nacional de empleo y la política de empleo en España. Explica que el sistema nacional de empleo está integrado por el servicio público de empleo estatal y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas. También describe los instrumentos de la política de empleo como las políticas activas y pasivas de empleo y la intermediación laboral. Finalmente, resume brevemente los temas 5, 6 y 7 sobre el empleo y mercado de trabajo, el contrato de trabajo y la prestación de trabajo.
Este documento presenta una descripción general de la legislación laboral en Colombia. Define el trabajo y sus protecciones constitucionales. Explica los elementos esenciales del contrato de trabajo, la capacidad para contratar, los tipos de contratos, obligaciones, terminación y más. En resumen, establece los principios y leyes que rigen las relaciones laborales en el país.
Este documento presenta un resumen de la legislación laboral colombiana. Define el trabajo y los principios de protección constitucional del mismo. Explica los elementos esenciales del contrato laboral como la actividad personal, subordinación y salario. También cubre temas como la capacidad para contratar, tipos de contratos, obligaciones de empleadores y trabajadores, terminación de contratos y derecho laboral colectivo.
El D.S Nro. 003-97-TR, TUO del Decreto Legislativo Nro. 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, no define qué es un periodo de prueba, limitándose a señalar que el periodo de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario, estableciendo la posibilidad a que se puedan pactar periodos mayores.
El documento habla sobre la legislación laboral en Colombia. Explica que el derecho al trabajo está regulado por la Constitución Política y el Código Sustantivo del Trabajo. También define el contrato de trabajo como el acuerdo entre un empleado y empleador que incluye subordinación, remuneración y prestación personal del servicio. Finalmente, explica los principales aspectos de la liquidación de un contrato laboral.
El documento describe las diferentes modalidades de contratación laboral en Argentina. Explica el contrato por tiempo indeterminado, los contratos temporales como el contrato a plazo fijo, el contrato de temporada, el contrato eventual y el contrato a tiempo parcial. También cubre temas como el período de prueba, la duración de los contratos, los requisitos y la extinción de cada modalidad.
Este documento contiene información sobre diferentes tipos de contratos laborales y no laborales. Describe contratos por tiempo determinado e indeterminado, para obra determinada, formativos y de discapacidad. Explica partes comunes de los contratos como título, cuerpo sustantivo y normativo.
Este documento presenta los artículos fundamentales del Código del Trabajo ecuatoriano. Define conceptos clave como contrato de trabajo, trabajador, empleador y tipos de contratos. Establece que el trabajo es un derecho y un deber, y que los trabajadores tienen libertad para contratar su trabajo. Además, indica que los derechos de los trabajadores son irrenunciables y que la ley y autoridades deben protegerlos. Finalmente, especifica requisitos para diferentes tipos de contratos de trabajo.
1) El documento describe diferentes modalidades de contratos laborales en Argentina, incluyendo contratos por tiempo indeterminado, contratos a plazo fijo, contratos eventuales, contratos de temporada y contratos a tiempo parcial.
2) Explica los requisitos y características de cada modalidad, como los períodos de prueba, causas que los justifican, derechos de los trabajadores, y reglas sobre extinción y renovación.
3) También compara los enfoques de otros países de América Latina y Europa respecto a los períodos
El documento habla sobre los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. Explica que para que exista un contrato de trabajo se requiere la actividad personal del trabajador, su continuada subordinación al empleador, y el pago de un salario. Luego describe los contratos indefinidos, que no tienen fecha de terminación, y los contratos temporales o de duración determinada, que son por un tiempo específico o para completar una tarea. Finalmente, detalla varios tipos específicos de contratos temporales como los de obra o servicio determinado
El documento describe los diferentes tipos de contratos laborales según la legislación española. 1) Existen dos tipos principales de contratos: contratos indefinidos y contratos temporales. 2) Los contratos temporales incluyen contratos por obra o servicio determinado, eventuales por circunstancias de producción, e interinidades. 3) También existen contratos formativos como los contratos en prácticas y para formación.
Similar a Puntos relevantes de la reforma laboral 2012 (20)
Este documento discute el tema de la inserción laboral de los egresados universitarios en México. Explica que la inserción laboral ha sido un problema que ha preocupado a gobiernos, sociedades e instituciones educativas. A lo largo de las décadas, las instituciones de educación superior se han enfocado en mejorar la preparación de los estudiantes para el mundo laboral, pero sigue habiendo retos como excedentes de egresados en algunas carreras y falta de experiencia laboral. El documento propone evaluar los programas educativos de forma
El documento presenta reflexiones sobre la inserción laboral de egresados universitarios en el estado de Guerrero, México. Explora los desafíos que enfrentan los estudiantes al ingresar, permanecer y egresar de la universidad, y al buscar empleo. Señala que tener un título universitario ya no garantiza empleo ni mejora las condiciones sociales debido a factores como la economía y el mercado laboral. También cuestiona si las universidades preparan adecuadamente a los estudiantes para el mundo laboral y los apoyan en
Este documento presenta el plan de estudios de un curso de Finanzas I sobre Análisis e Interpretación de Estados Financieros y Administración del Capital de Trabajo. El curso consta de 7 unidades que cubren temas como introducción a la administración financiera, análisis e interpretación de estados financieros, administración del capital de trabajo, efectivo y valores negociables, inventarios, cuentas por cobrar y análisis financiero para efectos de crédito. El objetivo general es que los alumnos comprendan los principios básicos
El documento habla sobre el costo de capital. Explica que el costo de capital es la tasa mínima de rendimiento que una empresa debe obtener de sus proyectos de inversión para mantener el valor de mercado de sus acciones. También describe que el costo de capital depende de factores como el riesgo empresarial, riesgo financiero e impuestos. El objetivo del costo de capital es seleccionar proyectos de inversión que generen un rendimiento mayor a este costo.
Las fuentes de financiamiento son recursos económicos propios y ajenos que utiliza una empresa para alcanzar sus objetivos. Existen fuentes internas como las utilidades y externas como el crédito bancario, la emisión de deuda a través de bonos u obligaciones, y la emisión de acciones. El financiamiento externo brinda ventajas pero también implica mayor responsabilidad crediticia para la empresa.
El documento proporciona una introducción al sistema financiero mexicano, describiendo su estructura, autoridades regulatorias e instituciones financieras principales. Explica que el sistema financiero mexicano está compuesto por instituciones regulatorias como la SHCP, Banxico, CNBV y CNSF, así como por instituciones financieras como bancos, mercados de valores, aseguradoras y fondos de pensiones. El marco regulatorio y las funciones de las principales autoridades y organismos financieros se describen brevemente.
El documento discute la urgencia de educar en salud y medio ambiente. Señala que los modelos de desarrollo actuales basados en la globalización económica están asociados con el deterioro ambiental y problemas de salud. Argumenta que la educación es crucial para promover estilos de vida sostenibles y relaciones armoniosas entre sociedad y naturaleza. Concluye que todos debemos contribuir a la sensibilización sobre los desafíos ambientales y de salud mediante la educación y el cuidado mutuo de la salud y el medio ambiente.
El documento propone un plan estratégico para apoyar al sector agrícola en Guerrero, México. Actualmente, la Universidad Autónoma de Guerrero ofrece un diplomado en administración de proyectos agrícolas para capacitar a 123 microproductores, pero 12 proyectos aún requieren financiamiento. Se necesita un enfoque que genere un modelo económico sostenible, cree empleos, y detenga la emigración rural. El autor propone dotar a las organizaciones campesinas de un gran proyecto para reconstruir la economía
El documento discute si los proyectos productivos son un alivio para las economías regionales. Explica que los proyectos productivos han impulsado economías como China, India y Brasil al estimular pequeños negocios que luego se convierten en grandes proyectos con un impacto económico. También analiza los desafíos que enfrenta el estado de Guerrero, México, como la alta emigración y bajos niveles educativos, y argumenta que proyectos productivos a gran escala podrían ayudar a abordar estos problemas y
El documento discute la problemática de la inserción laboral de los jóvenes egresados en México. Señala que los egresados enfrentan dificultades para encontrar trabajo debido a su falta de experiencia laboral. También menciona que las primeras experiencias laborales de los egresados a menudo son decepcionantes, con bajos salarios y pocas oportunidades de desarrollo. El documento argumenta que las universidades deberían hacer que las prácticas profesionales sean obligatorias antes de la graduación para mejorar las posibilidades de los
Este documento resume la situación de la inserción laboral de los egresados de contaduría en el estado de Guerrero, México. Existen muchas instituciones que ofrecen esta carrera, creando alta competencia por empleos. Los salarios promedio de contadores en Guerrero son mucho más bajos que el promedio nacional. A pesar de que la Universidad Autónoma de Guerrero tiene una facultad de contaduría acreditada, la situación de inserción laboral es alarmante debido a la competencia y los bajos salarios.
La primera reunión de la nueva agrupación universitaria Fuerza de Innovación Académica (FIA) se llevó a cabo el 14 de mayo con 119 representantes universitarios. El líder Julio César Cortez Jaimes expuso los retos de construir esta organización para luchar por mejores condiciones educativas y de trabajo, así como vincularse con sectores marginados. La FIA también apoyará la reelección del rector Javier Saldaña y promoverá la universidad de calidad con inclusión social.
Conferencia impartida en la Unidad Académica de Contaduría y Administración, dependiente de la Universidad Autónoma de Guerrero, del dia 23 de Junio de 2015 a estudiantes de la carrera de Lic. en Contaduría y de Lic. en Administración de empresas, en Acapulco, Gro.
Presentación en PP del material utilizado en el modulo I: Generalidades de la administración rural, del diplomado en Administración Rural, impartido en la coalición de ejidos-UNORCA, en Atoyac de Alvarez, Gro.
El documento es un manifiesto de la Coalición de Ejidos de la Costa Grande de Guerrero-UNORCA que expresa su compromiso con la soberanía alimentaria y el cuidado del medio ambiente para las comunidades marginadas de la región. La organización se inspira en el legado de Zohelio Jaimes Chávez y busca rescatar la dignidad de los pequeños productores agrícolas. La Coalición-UNORCA es una organización legalmente constituida que ha formado líderes sociales y promueve la unidad y la paz entre sus asoci
El documento habla sobre los desafíos que enfrentan las empresas para adaptarse a los cambios tecnológicos. Explica que las compañías deben actualizar constantemente sus sistemas y procesos para mantenerse competitivas. También enfatiza la importancia de capacitar a los empleados en nuevas habilidades tecnológicas.
Este documento presenta los principios básicos de la dirección propuestos por Fayol, Koontz y O'Donnell, y Terry. Fayol propuso principios como la autoridad y responsabilidad, la unidad de mando y la centralización-descentralización. Koontz y O'Donnell enfatizaron la armonía entre los objetivos individuales y de la empresa. Terry describió estilos de liderazgo y la importancia de definir tareas. En general, los autores destacaron la importancia de principios como fijar objetivos claros, una buena comunic
2. I. EN MATERIA DE
CONTRATACION DE PERSONAL
Subcontratación de personal (outsourcing)
(Adición de artículos 15-A, 15-B, 15-C y 15-D de la LFT)
DEFINICION: es aquel por medio del cual un patrón
denominado contratista ejecuta obras o presta
servicios con sus trabajadores bajo su dependencia,
a favor de un contratante, persona física o moral, la
cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el
desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras
contratadas.
3. No podrá abarcar la totalidad de
las actividades, iguales o similares
en su totalidad, que se desarrollen
en el centro de trabajo.
Deberá justificarse por su carácter
CONDICIONE
S: especializado.
No podrá comprender tareas
iguales o similares a las que realizan
el resto de los trabajadores al
servicio del contratante.
De no cumplirse con todas estas condiciones, el contratante se
considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo
las obligaciones en materia de seguridad social.
4. Contrato por escrito entre contratista y contratante.
La empresa contratante deberá cerciorarse al
momento de celebrar el contrato que la contratista
cuenta con la documentación y los elementos
propios suficientes para cumplir con las
obligaciones que deriven de las relaciones con sus
trabajadores.
La empresa contratante de los servicios deberá
REQUISITOS:
cerciorarse permanentemente que la empresa
contratista, cumple con las disposiciones aplicables
en materia de seguridad, salud y medio ambiente
en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta
última, lo cual puede ser cumplido a través de una
unidad de verificación debidamente acreditada y
aprobada en términos de las disposiciones legales
aplicables.
A quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa,
se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces el SMG. ($
16,190 a $ 323,800) (Art 1004-C)
5. Trabajo de los menores. (Adición artículo 22 bis)
Cuando las autoridades del trabajo detecten
trabajando a un menor de 14 años fuera del círculo familiar,
ordenará que de inmediato cese en sus labores. Al patrón
que incurra en esta conducta se le sancionará con una
pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 250 a 5000 veces
el SMG. ($ 16,190 a $ 323,800)
En caso de que el menor no estuviere devengando el
salario que perciba un trabajador que preste los mismos
servicios, el patrón deberá resarcirle las diferencias.
Se entiende por círculo familiar a los parientes del
menor, por consanguinidad, ascendientes o colaterales; hasta
el segundo grado.
6. Clave Única de Registro de
Población (CURP)
Registro Federal de
Requisitos Contribuyentes (RFC)
adicionales de
El tipo de relación de trabajo:
los contratos
de trabajo. (Por obra o tiempo determinado,
(Reforma al art. 25 de por temporada, de
la LFT)
capacitación inicial o por
tiempo indeterminado y, en su
caso, si está sujeta a un periodo
de prueba)
7. Duración de las relaciones laborales, modalidades,
condiciones y requisitos (Reforma al art. 35; adición de los
artículos 39-A, 39-B, 39-C y 39-D, 39-E y 39-F)
Por obra o tiempo determinado (Ya existía)
Por temporada (nueva modalidad)
Por tiempo indeterminado. (Ya existía)
Las relaciones de Por periodo de prueba (nueva modalidad)
trabajo pueden ser:
A falta de estipulación expresa en el contrato, la
relación de trabajo será considerada por tiempo
indeterminado.
Por periodo de capacitación inicial (nueva
modalidad)
A falta de estipulación expresa en el contrato, la relación de
trabajo será considerada por tiempo indeterminado.
8. CONTRATACION POR TEMPORADA: Las
relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán
continuas por regla general, pero podrán pactarse para
labores discontinuas cuando los servicios requeridos
sean para labores fijas y periódicas de carácter
discontinuo, en los casos de actividades de
temporada o que no exijan la prestación de
servicios toda la semana, el mes o el año.
Los trabajadores que presten servicios bajo esta
modalidad tienen los mismos derechos y obligaciones que
los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporción al
tiempo trabajado en cada periodo.
9. CONTRATACION CON PERIODO A
PRUEBA: Contrato que tiene como
finalidad que el patrón verifique que el
trabajador cumple con los requisitos y
conocimientos necesarios para desarrollar
el trabajo que solicita.
10. Solo aplica para contratos de tiempo indeterminado y para contratos de obra o tiempo
C determinado que excedan de 180 días.
O El periodo de prueba no puede ser superior a 30 días para trabajadores en general y
N podrá extenderse hasta 180 días sólo cuando se trate de trabajadores para puestos de
D dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o
I administración en la empresa o establecimiento de carácter general o para
C desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas.
I Durante el periodo de prueba el trabajador disfrutará del salario, de la seguridad social y
O de las prestaciones de la categoría o puesto que desempeñe.
N El periodo de prueba es improrrogable.
E La relación de trabajo bajo esta modalidad, se hará constar por escrito garantizando la
S seguridad social del trabajador; en caso contrario se entenderá que es por tiempo
indeterminado, y se garantizarán los derechos de seguridad social del trabajador.
Y Dentro de una misma empresa o establecimiento, no podrán aplicarse al mismo
trabajador en forma simultánea o sucesiva periodos de prueba, ni en más de una ocasión,
R ni tratándose de puestos de trabajo distintos, o de ascensos, aun cuando concluida la
E relación de trabajo surja otra con el mismo patrón.
Q Cuando concluya el periodo a prueba y subsista la relación de trabajo, ésta se
U considerará por tiempo indeterminado y el tiempo de vigencia de este periodo se
I computará para efectos del cálculo de la antigüedad.
S Al término del periodo de prueba, de no acreditar el trabajador que satisface los
I requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar las labores, a juicio del patrón,
T tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y
O Adiestramiento en los términos de esta Ley (solo aplica para empresas con más de
S 50 trabajadores), así como a la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por
terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón.
11. CONTRATACION CON PERIODO DE
CAPACITACION INICIAL: aquella por
virtud de la cual un trabajador se obliga a
prestar sus servicios subordinados, bajo la
dirección y mando del patrón, con el fin de
que adquiera los conocimientos o
habilidades necesarios para la actividad
para la que vaya a ser contratado.
12. Esta forma de contratación tendrá una duración máxima de tres meses para
C trabajadores en general o hasta de seis meses sólo cuando se trate de trabajadores
O para puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones
N de dirección o administración en la empresa o establecimiento de carácter
D general o para desempeñar labores que requieran conocimientos profesionales
I especializados.
C Durante el periodo de capacitación inicial el trabajador disfrutará del salario, de la
I seguridad social y de las prestaciones de la categoría o puesto que desempeñe.
O El periodo de capacitación inicial es improrrogable.
N La relación de trabajo bajo esta modalidad, se hará constar por escrito garantizando
E la seguridad social del trabajador; en caso contrario se entenderá que es por
S tiempo indeterminado, y se garantizarán los derechos de seguridad social del
trabajador.
Y Dentro de una misma empresa o establecimiento, no podrán aplicarse al mismo
trabajador en forma simultánea o sucesiva periodos de capacitación inicial, ni en más
R de una ocasión, ni tratándose de puestos de trabajo distintos, o de ascensos, aun
E cuando concluida la relación de trabajo surja otra con el mismo patrón.
Q Cuando concluya el periodo de capacitación inicial y subsista la relación de trabajo,
U ésta se considerará por tiempo indeterminado y el tiempo de vigencia de este periodo
I se computará para efectos del cálculo de la antigüedad.
S Al término de la capacitación inicial, de no acreditar competencia el trabajador, a
I juicio del patrón, tomando en cuenta la opinión de la Comisión Mixta de
T Productividad, Capacitación y Adiestramiento en los términos de esta Ley (solo
O aplica para empresas con más de 50 trabajadores), así como a la naturaleza de la
S categoría o puesto, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad
para el patrón.
13. II. EN MATERIA DE SUSPENSION DE LOS EFECTOS DE
LAS RELACIONES DE TRABAJO (Adición arts. 42, fracción
VIII, 42 bis, 43, fracción V)
Se establece como causa de suspensión temporal
de la obligación de prestar el servicio y pagar el salario, sin
responsabilidad para el patrón y el trabajador, la conclusión de
la temporada en el caso de los trabajadores contratados bajo
esta modalidad, la cual surte efectos a partir de la fecha de
conclusión de la temporada, hasta el inicio de la siguiente.
Así también, en los casos en que las autoridades
competentes emitan una declaratoria de contingencia
sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, que
implique la suspensión de las labores, con la salvedad que en
este caso el patrón estará obligado a pagar a sus trabajadores
una indemnización equivalente a un día de salario mínimo
general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin
que exceda de un mes.
14. III. EN MATERIA DE RESCISION DE LAS
RELACIONES DE TRABAJO (Reforma a los artículos 47,
fracción II, VIII, segundo, tercer y cuarto párrafo; 48, 50, fracción III; 51,
fracción II; adiciones de la fracción XIV Bis y un penúltimo párrafo, y de la
fracción IX del numeral 51)
Se establecen como nuevas causas de rescisión de la relación de
trabajo sin responsabilidad para el patrón:
Que el trabajador incurra, durante sus labores, en faltas de probidad u
honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos
en contra de clientes y proveedores del patrón, salvo que medie
provocación o que obre en defensa propia.
Que el trabajador cometa actos de hostigamiento y/o acoso sexual
contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.
15. La propia Ley Federal del Trabajo en su artículo 3º bis adicionado, define:
a) Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación
real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en
conductas verbales, físicas o ambas; y
b) Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la
subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado
de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se
realice en uno o varios eventos.
La falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos,
necesarios para la prestación del servicio cuando sea imputable al
trabajador y este no los exhiba dentro del plazo de dos meses
contados a partir de la fecha en que el patrón tenga conocimiento del
hecho.
16. Que el patrón, sus familiares o
cualquiera de sus representantes
incurran dentro del servicio, en
actos de hostigamiento y/o acoso
nuevas causas de sexual en contra del trabajador,
rescisión de la
cónyuge, padres, hijos o
relación de trabajo
sin hermanos.
responsabilidad
para el
trabajador: Exigir la realización de actos,
conductas o comportamientos
que menoscaben o atenten contra
la dignidad del trabajador.
17. Se modifica y precisa la forma en que el patrón debe comunicar
el despido al trabajador, así como la consecuencia de no hacerlo
conforme lo establece la ley, en los siguientes términos:
El patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que refiera
claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se
cometieron.
El aviso deberá entregarse personalmente al trabajador en el momento mismo
del despido o bien, comunicarlo a la Junta de Conciliación y Arbitraje competente, dentro
de los cinco días hábiles siguientes, en cuyo caso deberá proporcionar el último domicilio
que tenga registrado del trabajador a fin de que la autoridad se lo notifique en forma
personal.
La prescripción para ejercer las acciones derivadas del despido no comenzará a
correr sino hasta que el trabajador reciba personalmente el aviso de rescisión.
La falta de aviso al trabajador personalmente o por conducto de la Junta,
por sí sola determinará la separación no justificada y, en consecuencia, la nulidad
del despido.
En este caso, El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y
Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le
indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha
en que se realice el pago.
18. Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la
rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción
intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del
despido hasta por un período máximo de doce meses, a razón del que corresponda a
la fecha en que se realice el pago.
Si al término del plazo señalado en el párrafo anterior no ha concluido el
procedimiento o no se ha dado cumplimiento al laudo, se pagarán también al
trabajador los intereses que se generen sobre el importe de quince meses de salario, a
razón del dos por ciento mensual, capitalizable al momento del pago. Lo dispuesto en
este párrafo no será aplicable para el pago de otro tipo de indemnizaciones o
prestaciones.
En caso de muerte del trabajador, dejarán de computarse los salarios
vencidos como parte del conflicto, a partir de la fecha del fallecimiento.
Los abogados, litigantes o representantes que promuevan acciones, excepciones, incidentes,
diligencias de ofrecimiento de pruebas, recursos y, en general toda actuación en forma notoriamente
improcedente, con la finalidad de prolongar, dilatar u obstaculizar la sustanciación o resolución de un
juicio laboral, se le impondrá una multa de 100 a 1000 veces el salario mínimo general.
Si la dilación es producto de omisiones o conductas irregulares de los servidores públicos, la
sanción aplicable será la suspensión hasta por noventa días sin pago de salario y en caso de reincidencia la
destitución del cargo, en los términos de las disposiciones aplicables. Además, en este último supuesto se
dará vista al Ministerio Público para que investigue la posible comisión de delitos contra la administración
de justicia.
19. Ejemplo hipotético del Cálculo de los salarios caídos con interés
capitalizable:
El Sr. Inocente Formal Cumplido, fue despedido
injustificadamente el día 17 de enero de 2013, su salario integrado a esa
fecha es por $ 150.00 diarios. Contrató los servicios de un
abogado y demandaron al patrón la indemnización constitucional (90 días
de Salario) y el pago de salarios caídos. El juicio laboral se prolonga y
hasta el 31 de diciembre de 2014, no ha culminado el procedimiento.
¿Cuánto será el monto de la indemnización y de los salarios caídos a la
fecha?
DESARROLLO:
Salarios vencidos del 17 de enero de 2013 al 17 de enero de 2014 = ($
150 X 365)= $ 54,750.00
Indemnización constitucional (90 días de salario)................. = 13,500.00
Total de indemnización al 17 de enero de 2014 …............... = $ 68,250.00
20. TABLA DE CÁLCULO DE INTERES CAPITALIZABLE AL MOMENTO DE PAGO
PERIODO DE CALCULO DE INTERES IMPORTE DE LA TASA DE MONTO DEL MONTO TOTAL DE
INDEMNIZACION INTERES INTERES INDEMNIZACION
CAPITALIZABLE MENSUAL MENSUAL CON INTERESES
DEL 18 DE ENERO AL 17 DE FEBRERO DE 2014 $ 68,250.00 2% $ 1,365.00 $ 69,615.00
DEL 18 DE FEBRERO AL 17 DE MARZO DE 2014 $ 69,615.00 2% $ 1,392.30 $ 71,007.30
DEL 18 DE MARZO AL 17 DE ABRIL DE 2014 $ 71,007.30 2% $ 1,420.15 $ 72,427.45
DEL 18 DE ABRIL AL 17 DE MAYO DE 2014 $ 72,427.45 2% $ 1,448.55 $ 73,876.00
DEL 18 DE MAYO AL 17 DE JUNIO DE 2014 $ 73,876.00 2% $ 1,477.52 $ 75,353.52
DEL 18 DE JUNIO AL 17 DE JULIO DE 2014 $ 75,353.52 2% $ 1,507.07 $ 76,860.59
DEL 18 DE JULIO AL 17 DE AGOSTO DE 2014 $ 76,860.59 2% $ 1,537.21 $ 78,397.80
DEL 18 DE AGOSTO AL 17 DE SEPT. DE 2014 $ 78,397.80 2% $ 1,567.96 $ 79,964.96
DEL 18 DE SEPT. AL 17 DE OCTUBRE DE 2014 $ 79,964.96 2% $ 1,599.30 $ 81,564.26
DEL 18 DE OCT.AL 17 DE NOVIEMBRE DE 2014 $ 81,564.26 2% $ 1,631.29 $ 83,195.55
DEL 18 DE NOV. AL 17 DICIEMBRE DE 2014 $ 83,195.55 2% $ 1,663.91 $ 84,859.46
DEL 18 DIC. DE 2014 AL 17 DE ENERO 2014 $ 84,859.46 2% $ 1,697.19 $ 86,556.65
21. Comparativa con la forma de pago de salarios caídos antes
de la Reforma:
Salarios caídos de la fecha del despido al 31 de diciembre de 2014
713 días X $ 150.00 ………………………………………………………………….= $ 106,950.00
Indemnización constitucional (90 días de salario) =…………………. $
13,500.00
TOTAL DE INDEMNIZACION ANTES DE LA REFORMA ................. = $
120,450.00
22. III. EN MATERIA DE CONDICIONES DE TRABAJO (Adición del
segundo párrafo del art. 83, 110, fracción VII)
Se precisa que en los casos en que se pacte un salario por unidad de tiempo, se
establecerá específicamente esa naturaleza. El trabajador y el patrón podrán
convenir el monto, siempre que se trate de un salario remunerador, así como el pago
por cada hora de prestación de servicio, siempre y cuando no se exceda la jornada
máxima legal y se respeten los derechos laborales y de seguridad social que
correspondan a la plaza de que se trate. El ingreso que perciban los trabajadores por
esta modalidad, en ningún caso será inferior al que corresponda a una jornada
diaria.
Se establece la opción para el patrón de pagar el salario por medio de depósito en
cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico,
previo consentimiento del trabajador. Estableciéndose que los gastos o costos que
originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón.
Se establece nuevos límites de descuento al salario de los trabajadores que hayan
obtenido crédito del INFONACOT (Instituto Nacional para el Consumo de los
Trabajadores) para la adquisición de bienes de consumo duradero o al pago de
servicios. 10% del salario diario para los trabajadores que se les pague un salario
mínimo general y máximo del 20% de descuento en el caso de los que ganen más
del salario mínimo.
23. Se establecen nuevas obligaciones patronales:
El patrón que tenga trabajadores con pensión alimenticia que dejen de prestar
servicios en el centro de trabajo, deberá informar a la autoridad jurisdiccional
competente y a los acreedores alimentarios de tal circunstancia, dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la fecha de la terminación de la relación laboral.
Que los patrones que tengan centros de trabajo con más de 50 trabajadores,
cuenten con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades
de las personas con discapacidad.
Cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la
autoridad competente, así como proporcionar a sus trabajadores los
elementos que señale dicha autoridad, para prevenir enfermedades en caso de
declaratoria de contingencia sanitaria.
Afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de
los Trabajadores (INFONACOT), a efecto de que los trabajadores puedan ser
sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita
para el patrón.
Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a
los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera
en el caso de la adopción de un infante.
24. Se establecen nuevas prohibiciones para el patrón y
sus representantes:
Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual contra
cualquier persona en el lugar de trabajo.
Permitir o tolerar actos de hostigamiento y/o acoso sexual en el
centro de trabajo.
Exigir la presentación de certificados médicos, de no embarazo
para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.
Despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o
indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por
cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.
Utilizarse el trabajo de mujeres en periodos de gestación o de
lactancia, en el caso de que las autoridades competentes
emitan declaratoria de contingencia sanitaria.
25. Se reforman los derechos de las madres
trabajadoras:
Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. A
solicitud expresa de la trabajadora, previa autorización escrita del médico de la
institución de seguridad social que le corresponda o, en su caso, del servicio de salud
que otorgue el patrón, tomando en cuenta la opinión del patrón y la naturaleza del
trabajo que desempeñe, se podrá transferir hasta cuatro de las seis semanas de
descanso previas al parto para después del mismo. En caso de que los hijos hayan
nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el
descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación
del certificado médico correspondiente.
En caso de que se presente autorización de médicos particulares, ésta deberá
contener el nombre y número de cédula profesional de quien los expida, la fecha y el
estado médico de la trabajadora.
En caso de adopción de un infante disfrutarán de un descanso de seis semanas con
goce de sueldo, posteriores al día en que lo reciban.
En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos
reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos,
en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea
posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo
durante el período señalado.
26. IV. EN MATERIA LITIGIOSA (Reforma articulo 692,
fracción II)
Los abogados patronos o asesores legales de las partes en
el juicio laboral, sean o no apoderados de éstas, deberán
acreditar ser abogados o licenciados en derecho con cédula
profesional o personas que cuenten con carta de pasante
vigente expedida por la autoridad competente para ejercer
dicha profesión. Sólo se podrá autorizar a otras personas
para oír notificaciones y recibir documentos, pero éstas no
podrán comparecer en las audiencias ni efectuar promoción
alguna.
Articulo decimo primero de las disposiciones transitorias
Los juicio iniciados con las disposiciones anteriores a la
presente reforma deberán concluirse de conformidad con
ellas.
28. Queda prohibido llorar sin aprender;
levantarte un día sin saber que hacer;
tener miedo a tus recuerdos…
29. Queda prohibido no
sonreír a los problemas;
no luchar por lo que quieres;
abandonarlo todo por miedo;
no convertir en realidad
tus sueños...
30. Queda prohibido no demostrar tu amor,
hacer que alguien pague tus deudas y el mal humor…
31. Queda
prohibido dejar
a tus amigos;
no intentar
comprender lo
que vivieron
juntos;
llamarles sólo
cuando los
necesitas…
32. Queda prohibido no ser TU ante la gente;
fingir ante las personas, que no te importan;
hacerte el gracioso con tal de que te
recuerden;
olvidar a toda la gente que te quiere…
33. Queda prohibido
No hacer las
cosas
por ti mismo;
no creer en Dios
y hacer tu
destino;
tener miedo a la
vida y a sus
compromisos;
no vivir cada día
como si fuera un
último suspiro…
34. Queda prohibido echar a alguien de menos
sin alegrarte, olvidar sus ojos, su risa, todo
porque sus caminos han dejado de
abrazarse; olvidar su pasado y pagarlo con
su presente.
35. Queda prohibido
no intentar
comprender
a las personas,
pensar que sus
vidas valen más
que la tuya,
no saber que
cada uno tiene
su camino y su
dicha…
36. Queda prohibido no crear tu
historia;
no tener un momento para la gente
que te necesita; no comprender que
lo que la vida te da, también te lo
37. Queda prohibido no buscar tu felicidad; no
vivir tu vida con una actitud positiva; no
pensar en que podemos ser mejores; no
sentir que sin ti, este mundo no sería
igual…