Universidad Fermín toro
facultad de ciencias jurídicas y
políticas
escuela de derecho
MARIA DIAZ
Interposición del
escrito
Revocatoria por
errores de
calculo
Lapso probatorio solo
si promovieron
pruebas en el escrito
3 días
H
Admite
el
recurso
60 días
continuos
Decisión
Resolución motivada
Art.255cot
Recurso
contencioso
tributario
No hay decisión expresa:
silencio negativo
25
D/H
PUEDE: revocar total o parcial ó
negar la admisión del recurso
Razonado asistido por
profesional a fin al área
tributaria
SUSPENDE LOS EFECTOS
DEL ACTO
LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SE ASTENDRA DE EMITIR RESOLUCIÓN
DENEGATORIA SI EL CONTRIBUYENTE HUERE INTENTADO EL RECURSO
CONTENCIOSO EN VIRTUD DEL SILENCIO NEGATIVO
Para culminar, UN RECURSO JERARQUICO es una impugnación de un
acto administrativo ante un superior jerárquico del órgano que dictó
el acto. Según el C.O.T (Art 245 - 247), éste recurso deberá
interponerse ante la oficina que emanó el acto en un lapso de 25
días hábiles después de su notificación; la impugnación suspende los
efectos del acto, a menos de que se trate de sanciones previstas en
una ley tributaria (Clausura de locales, retención de mercaderías,
etc.), pero persiste el deber de pagar la porción no objetada. La
Administración Tributaria admitirá el recurso jerárquico dentro de
los tres días hábiles siguientes al vencimiento de la interposición a
menos de que el recurso sea inadmisible; en caso de que lo admita,
se establece un lapso probatorio para esclarecer los hechos, y
terminado éste, la Administración Tributaria contará con un lapso de
60 días hábiles para decidir el recurso. Si no hay apelación, la
persona tiene la opción de utilizar otro recurso para atender el
mismo problema
IMPORTANCIA
REFERENCIAS
BIBLIOGRAFICAS
pcc.faces.ula.ve/.../EL%20RECURSO%20JERAR
QUICO%20DE%20LA
https://bibliovirtualujap.files.wordpress.com/2
011/04/tesis-javier-diaz.pdf
bibadm.ucla.edu.ve/cgi-
win/be_alex.exe?Palabra=RECURSOS

Recurso

  • 1.
    Universidad Fermín toro facultadde ciencias jurídicas y políticas escuela de derecho MARIA DIAZ
  • 2.
    Interposición del escrito Revocatoria por erroresde calculo Lapso probatorio solo si promovieron pruebas en el escrito 3 días H Admite el recurso 60 días continuos Decisión Resolución motivada Art.255cot Recurso contencioso tributario No hay decisión expresa: silencio negativo 25 D/H PUEDE: revocar total o parcial ó negar la admisión del recurso Razonado asistido por profesional a fin al área tributaria SUSPENDE LOS EFECTOS DEL ACTO LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SE ASTENDRA DE EMITIR RESOLUCIÓN DENEGATORIA SI EL CONTRIBUYENTE HUERE INTENTADO EL RECURSO CONTENCIOSO EN VIRTUD DEL SILENCIO NEGATIVO
  • 3.
    Para culminar, UNRECURSO JERARQUICO es una impugnación de un acto administrativo ante un superior jerárquico del órgano que dictó el acto. Según el C.O.T (Art 245 - 247), éste recurso deberá interponerse ante la oficina que emanó el acto en un lapso de 25 días hábiles después de su notificación; la impugnación suspende los efectos del acto, a menos de que se trate de sanciones previstas en una ley tributaria (Clausura de locales, retención de mercaderías, etc.), pero persiste el deber de pagar la porción no objetada. La Administración Tributaria admitirá el recurso jerárquico dentro de los tres días hábiles siguientes al vencimiento de la interposición a menos de que el recurso sea inadmisible; en caso de que lo admita, se establece un lapso probatorio para esclarecer los hechos, y terminado éste, la Administración Tributaria contará con un lapso de 60 días hábiles para decidir el recurso. Si no hay apelación, la persona tiene la opción de utilizar otro recurso para atender el mismo problema IMPORTANCIA
  • 4.