Este documento resume los diferentes recursos procesales en el sistema judicial venezolano, incluyendo la apelación de autos, la apelación de sentencias, el recurso de casación y los requisitos y etapas de cada uno. Explica que la apelación es un recurso ordinario mientras que la casación es extraordinario, y describe las decisiones que pueden y no pueden ser recurridas a través de estos mecanismos legales. También presenta casos prácticos de documentos judiciales como boletas de traslado de detenidos entre instituciones penales
Derecho Procesal Penal Venezolano. Los recursosCarmen Gil
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela (COPP) está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen los principios fundamentales respecto al alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
Los recursos son actividades procesales que determinan una nueva fase del mismo proceso. Es exigencia de orden público que la Justicia se administre lo más perfecta y garantizadamente posible.
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen el alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
El procedimiento breve:
Es simplemente un juicio donde se han abreviado los lapsos y se han simplificado las formas procesales, tiene sin embargo la misma estructura del juicio ordinario. (Contestación de Demanda, Pruebas, Cuestiones Previas) Está estipulado desde el artículo 881 a 894 del C.P.C. venezolano.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Derecho Procesal Penal Venezolano. Los recursosCarmen Gil
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela (COPP) está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen los principios fundamentales respecto al alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
Los recursos son actividades procesales que determinan una nueva fase del mismo proceso. Es exigencia de orden público que la Justicia se administre lo más perfecta y garantizadamente posible.
La regulación de los recursos en el Código Orgánico Procesal Penal está precedida de un conjunto de disposiciones generales, que establecen el alcance y las características de los recursos en este ordenamiento procesal basado en el sistema acusatorio.
El procedimiento breve:
Es simplemente un juicio donde se han abreviado los lapsos y se han simplificado las formas procesales, tiene sin embargo la misma estructura del juicio ordinario. (Contestación de Demanda, Pruebas, Cuestiones Previas) Está estipulado desde el artículo 881 a 894 del C.P.C. venezolano.
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Para que exista responsabilidad civil no se requiere tan solo de la existencia de una falta y de un perjuicio, pues puede haber una falta que no ocasiona un daño o puede haber un daño sin que haya falta. La necesidad de la existencia del vínculo de causalidad es un asunto de buen sentido. El autor de una falta no tiene que reparar, sino los perjuicios que sean la consecuencia exclusiva de esa falta.
Ipsos, empresa de investigación de mercados y opinión pública, divulgó su informe N°29 “Claves Ipsos” correspondiente al mes de abril, que encuestó a 800 personas con el fin de identificar las principales opiniones y comportamientos de las y los ciudadanos respecto de temas de interés para el país. En esta edición se abordó la a Carabineros de Chile, su evaluación, legitimidad en su actuar y el asesinato de tres funcionarios en Cañete. Además, se consultó sobre el Ejército y la opinión respecto de la marcha en Putre.
Diapositivas D.I.P.. sobre la importancia que tiene la interpol en HonduraspptxWalterOrdoez22
Es un conjunto de diapositivas creadas para la información sobre la importancia que tienen la interpol en honduras y los tratados entre ambas instituciones
2. * LOS RECURSO
Los recurso están concebidos como vías procesales que se otorgan al ministerio fiscal y a las partes
intentar a la corrección de decisiones jurisdiccionales que por ser de algún modo contrarias a
derechos, constitucional, sustantiva o procesal
Es importante resaltar que el recuro de casación es un recurso
extraordinario
Y el recurso de auto es un recurso ordinario
LA APELACIÓN: medio de impugnación ordinario devolutivo, presenta dos
modalidades en el copp en donde se distingue entre la apelación de auto y de
sentencias, esta supone considerar la organización judicial, consecuencia del
sistema procesal adoptado por el código adjetivo
APELACIÓN DE AUTOS: solo dictan sentencias definitivas los tribunales del
juicio, los otros tribunal mencionados dictan sus decisiones mediante autos
OJO» si la decisión recurrida fuere el auto de una medida privativa de libertad, o el que decreta
una medida cautelar sustitutiva los plazos se reducen a la mitad
3. El Recurso de Apelación de Autos, es aquel que se ejerce contra las decisiones interlocutorias (que
resuelven puntos esenciales del proceso), por parte de aquellos que han sufrido algún gravamen por
dichas decisiones, durante la sustanciación del proceso.
QUÉ ES UNA DECISIÓN INTERLOCUTORIA
Son aquellas que resuelven puntos esenciales del proceso, y que aunque no resuelven definitivamente el
problema de la responsabilidad penal, en tanto que no declaran la existencia o no de delito ni la
responsabilidad o no de los procesados, pueden crear situaciones gravosas para algunas de las partes o
preparar el terreno para un juzgamiento defectuoso o injusto.
También puede tratarse de sentencias interlocutorias con fuerza definitiva, como las que declaran el
sobreseimiento de la causa.
RECURSO DE APELACION DE AUTO
LAS DESICIONES INTERLOCUTORIAS SE DIVIDEN EN DOS TIPOS
Las que ponen fin al proceso haciendo imposible su continuación, Ejemplo: las que decretan el
sobreseimiento de la causa.
Las que no ponen fin al proceso y solo resuelven cuestiones incidentales.
Ejemplos: Imposición de medidas cautelares o personales; las que declaren incautación de bienes; la
admisión de las pruebas o cualquier forma de gravamen que alteren el equilibrio procesal o propendan
a crear indefensión.
4. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribuna de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 26 de Abril de 2012
201°y 152°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-004889
OFICIO:11669
CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO LARA
SU DESPACHO
Me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle el anexo al presente oficio, boleta Privativa de Libertad y boleta
de Traslado del ciudadano JOSE MARIA SANTANDER, titular de la cedula de Identidad N° V-22197,014, a quien este
tribunal de control en la audiencia de calificacion de flagrancia le decreto la medida Judicial Privativa de Libertad,
contenida en los artículos 250, 251, y 252 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de que se sirva a trasladar
al Ciudadano identificado ut supra hasta el CENTRO PENITENCIARIO DE TOCUYITO .
Remision que se le hace a los fines legales consiguientes
LA JUEZ DE CONTROL N°8
ABG. LUISABETH MENDOZA FREITES
(solo por este acto)
5. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribuna de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 26 de Abril de 2012
201°y 152°
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-004889
BOLETA DE TRASLADO
El ciudadano (a) DIRECTOR DEL CICPC se sirve a a trasladar al imputado JOSE MARIA SANTANDER, Titular de la cedula
de identidad N°22197,014, a quien este tribunal de control en la audiencia de calificación de flagrancia le decreto la
medida de privación judicial preventiva de libertad contenida en el articulo 250 del código orgánico procesal penal
hasta el centro penitenciario de la región centro Occidental
LA JUEZ DE CONTROL N°8
ABG. LUISABETH MENDOZA FREITES
(solo por este acto)
6. Es
impugnable
Solo a través del
recurso de
apelación
LA APELACION DE LA SENTENCIA DEFINITIVA
Principio de
impugnabilidad
objetiva
Autorización de la
ley para recurrir
Estableciendo los medios, los casos,
las condiciones de tiempo y forma. arts. 423-426
COPP
Debe existir un interés directo.
Solo pueden recurrir las personas a quienes la ley les reconoce ese
derecho.
Las partes solo pueden impugnar las decisiones que les sean
desfavorables (ppo. de agravio) arts. 424 y 427 COPP.
Principio de
Impugnabilidad
subjetiva
7. * FORMAS DEL RECURSO
1.En escrito fundado.
2.Debe expresarse concreta y separadamente cada motivo.
3.Solución que se pretende.
4.Única oportunidad para explanar los motivos.
TRAMITE DEL RECURSO DE APELACION CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA
PRODUCIDA EN EL JUICIO ORAL
interposición
Contradicción
Remisión
admisibilidad
Audiencia
Decisión de la corte de apelaciones
ETAPAS
8. * ADMISIBILIDAD: art. 447 COPP
Revisa: art. 428
COPP
Legitimación.
si es temporáneo
si es impugnable
5 días sig. al recibo
de las actuaciones
Se pronuncia
Sobre la
Admisibilidad
Corte de
Apelaciones recibe las
actuaciones
Admite: fija
Audiencia para un
lapso no menor de 5
días ni mayor de 10.
A partir de la fecha
del auto de admisión
9. La decisión del Juez de Juicio que declare la inadmisibilidad de la
acusación privada (artículo 397 COPP)
INADMISIBILIDAD DEL RECURSO
Cuando el hecho no revista carácter penal o la acción este evidentemente prescrita
o verse sobre hechos punibles de acción publica, o falte un requisito de
procedebilidad
La Corte de apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las
siguientes causas:
*El recurrente carezca de legitimación para hacerlo;
**Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;
***Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable.
Si no están presentes estas causas, la Corte de apelaciones, deberá entrar a
conocer el fondo del recurso planteado
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD: Art. 428 COPP
10. RECURSO DE CASACION
El recurso de casación solo podrá ser interpuesto en
contra de las sentencias de las cortes de apelaciones que
resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de
un nuevo juicio oral, cuando el ministerio publico haya
pedido en la acusación o la victima en su acusación
particular propia o en su acusación privada, la aplicación
de una pena privativa de libertad que a su limite máximo
excede de cuatro años, o la sentencia condene a penas
superiores a esos limites
Así mismo serán impugnables las decisiones de las
cortes de apelaciones que confirmen o declaren la
terminación del proceso o hagan imposible su
continuación, aun cuando sean dictadas durante la
fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con
motivo de la decisión del tribunal supremo de justicia
que haya anulado la sentencia del juicio anterior
11. EL RECURSO DE
CASACIONPODRA FUNDARSE EN VIOLACION DE LA LEY
POR FALTA DE APLICACION
POR INDEBIDA APLICACION
O POR ERONEA
INTERPRETACION ARTICULO
452
Cuando el precepto legal que se
invoque como violado constituya un
defecto dl procedimiento el recurso
solo será admisibles el interesado o
interesada ha reclamado
oportunamente su subsanación,
salvo en caso de infracciones de
garantías constitucionales
12. La violación de garantías que
solamente haya sido
establecidas en favor del
acusado o acusada no podrá
hacerse valer por el ministerio
publico con la finalidad de
obtener una decisión en
perjuicio de aquel articulo 453
La violación de garantías que
solamente haya sido establecidas
en favor del acusado o acusada
no podrá hacerse valer por el
ministerio publico con la
finalidad de obtener una decisión
en perjuicio de aquel articulo
453
La violación de garantías que
solamente haya sido
establecidas en favor del
acusado o acusada no podrá
hacerse valer por el ministerio
publico con la finalidad de
obtener una decisión en
perjuicio de aquel articulo 453
El recurso de apelación se
interpone ante la corte de
apelaciones
Quince (15) días después de
publicada la sentencia , salvo
que el imputado (a) se
encontraran privado de libertad
, caso en el cual este plazo
comenzara a correr a partir de
la fecha de su notificación
personal, previo traslado
Este recurso se interpone mediante escrito
fundado en el cual se indicara en forma
concisa y clara los preceptos legales que se
consideren violados por falta de aplicación
por indebida aplicación o por errónea
interpretación, expresado de que modo se
impugna la decisión
Fundándolos separadamente si son
varios.
Cuando el recurso se fundamente en un
defecto de procedimiento sobre la forma en
que realizo el acto en contraposición a lo
señalado en el acta del debate o la sentencia,
deberá promoverse la prueba contenida en el
medio de reproducción a que se contrae el
articulo 317 de este código
Si este no pudiere ser utilizado o no
se hubiere empleado será admisible
la prueba testimonial
13. El medio se promoverá en los
criterios de interposición o de
contestación del recurso señalando
de manera precisa lo que se
pretende probar pena de
inadmisibilidad
El medio se promoverá en los
criterios de interposición o de
contestación del recurso señalando
de manera precisa lo que se
pretende probar pena de
inadmisibilidad
Presentado el recurso este podrá ser
contestado por las otras partes
dentro de los ocho (8) días siguientes
al vencimiento del lapso para su
interposición y en su caso
promuevan pruebas
La corte de apelaciones dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes
al vencimiento del plazo
correspondiente remitirá las
actuaciones al tribunal supremo de
justicia para que este decida
Si el tribunal supremo d justicia
estima que el recurso es inadmisible
o manifiestamente infundado así lo
declarara por la mayoría de la sala
de casación penal, dentro de los
quince (15) días siguientes de
recibidas las actuaciones y las
devolverán a la corte de apelaciones
de origen
Si el tribunal supremo de justicia
estima que el recurso es inadmisible
o manifiestamente infundado asi lo
declarara por la mayoría de la sala
de casación penal dentro de los
quince (15) días siguientes de
recibidas las actuaciones y las
devolverá a la corte de apelaciones
de origen
Si el tribunal supremo de justicia
considera que el recurso es
admisible convocara a una audiencia
oral y publica que deberá realizarse
dentro de un plazo no menor de
quince días ni mayor de treinta
El que haya promovido prueba
tendrá la carga de su presentación
en la audiencia salvo que se trate del
medio de reproducción a que se
contrae el articulo 317 de este
código caso el cual el tribunal
supremo de justicia dispondrá su
utilización
El secretario o secretaria a solicitud
del promovente expedirá las
citaciones u ordenes que sean
necesarias las cuales serán
diligenciadas por este o esta
La prueba se recibirá conforme a las
reglas del juicio oral en lo
pertinente
La audiencia se celebrara con las
partes que comparezcan. La palabra
para las conclusiones será concedida
primero al abogado del recurrente
Se admitirá replica o contrarréplica,
el tribunal supremo de justicia
resolverá sobre el defecto de
procedimiento de ser el caso
únicamente con la prueba que se
incorpore en la audiencia
14. El tribunal supremo de justicia
decidirá al concluir la audiencia o en
caso de imposibilidad por la
importancia y la complejidad de las
cuestiones planteadas dentro de los
veinte días siguientes
SI EL RECURSO SE DECLARA
CON LUGAR
el recurso fundado en la inobservancia o errónea
aplicación de un precepto legal, el tribunal supremo
de justicia dictara una decisión propia sobre en caso,
tanto que para ello no sea necesario un nuevo debate
sobre los hechos por exigencia de la inmediación y la
contradicción ante el tribunal distinto del que realizo
el juicio. en los demás casos anulara la sentencia
impugnada y ordenara la celebración del juicio oral
ante el nuevo tribunal o repondrá el proceso al
estado en que se incurrió en el vicio de
procedimiento que dio lugar al recurso, si se cometió
e las etapas anteriores
Si se trata de un error en la especie
o cantidad de la pena el tribunal
supremo de justicia hará la
rectificación que proceda
SI EL RECURSO SE DECLARA
SIN LUGAR
el tribunal supremo de justicia
devolverá las actuaciones a la corte
de apelaciones de origen o al juez o
jueza del tribunal respectivo
Si se ordena la apertura de un nuevo
proceso en contra de un acusado o
acusada que haya sido absuelto por
la sentencia de primera instancia y
obtiene una sentencia absolutoria en
contra de esta no será admisible
recurso alguno
El tribunal supremo de justica
ordenara inmediatamente la libertad
del acusado o acusada si esta
presente en la audiencia cuando por
efecto de su decisión deba cesar la
privación de libertad