2. RSI-2005: DEFINICIÓN
El Reglamento Sanitario Internacional
(RSI) es un instrumento jurídico
internacional de carácter vinculante
para 194 países, entre ellos todos los
Estados Miembros de la OMS, necesario
para definir:
a) los derechos,
b) las obligaciones
c) los procedimientos que permiten
garantizar la seguridad sanitaria
mundial
3. Sabemos
El mundo ha cambiado , todos estamos viviendo en una “aldea”
global.
Los viajes internacionales son comunes.
Las enfermedades pueden desplazarse a la velocidad de los
aviones
Para afrontar estos retos el RSI ha ampliado a enfermedades :
a) nuevas causas y desconocidas,
b) independiente del origen o fuente,
c)que representan un daño significativo a los seres humanos,
d) trata los puntos débiles producto de su detección y respuesta
4. MARCO LEGAL, INSTITUCIONAL Y ADMINISTRATIVO
Legislación Nacional e Internacional
Normas y procedimientos
Organización y financiamiento
Indicadores
5. LA FINALIDAD Y ALCANCE
(RSI-2005: Artículo 2).- Son: «prevenir la
propagación internacional de enfermedades,
proteger contra esa propagación, controlarla y
darle una respuesta de salud pública proporcionada
y restringida a los riesgos para la salud pública y
evitando al mismo tiempo las interferencias
innecesarias con el tráfico y el comercio
internacionales».
6. PUNTOS DE ENTRADA Y FUNCIONES ESENCIALES
DE SALUD PUBLICA
PREVENCION ALERTA RESPUESTA
Control rutinario Inspección Planes de Contingencia
prevención y control para emergencias
de eventos
Controlar Riesgos de
salud pública conocidos
en puertos,
aeropuertos y
pasos
de frontera
Adoptar medidas para
responder
a las Emergencias
de Salud Pública
Detectar y Controlar
Potenciales
Eventos de Salud
Publica de Importancia
Nacional (ESPIN) ó
Internacional (ESPII)
7. alcance que no se limita
a tal o cual enfermedad o modalidad de transmisión en
concreto, sino que abarca «toda dolencia o afección
médica, cualquiera sea su origen o procedencia, que
entrañe o pueda entrañar un daño importante para el ser
humano» (algoritmo anexo 2)
la obligación de los Estados Partes de instalar un mínimo de
capacidades básicas en materia de salud pública (RSI-2005:
Artículos 5, 13 y 19,)
la obligación de los Estados Partes de notificar a la OMS los
eventos que puedan constituir una emergencia de salud
pública de importancia internacional de acuerdo con
criterios definidos (RSI-2005: artículo 6, 19 y algoritmo
anexo 2)
8. Qué propósitos tiene el RSI?
Incrementar la seguridad de la salud pública mundial
por medio de la prevención de la diseminación
internacional de enfermedades.
Proteger a todos los pueblos del mundo frente a la
propagación internacional de enfermedades.
Minimizar la interferencia a los viajes, el comercio y
las economías aplicando medidas de control de salud
pública apropiadas y proporcionales al riesgo.
9. EMERGENCIA de Salud Pública de Importancia
Internacional”
De acuerdo con el Reglamento Sanitario
Internacional (RSI 2005), manifiesta que la alerta
sanitaria internacional se trata de una Emergencia de
Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII),
evento extraordinario que se ha determinado que
constituye un riesgo para la Salud Pública de otros
estados a causa de la propagación internacional de una
enfermedad y que puede exigir una respuesta
internacional coordinada''.
10. Criterios para la notificación de un posible ESPII del
ANEXO II del RSI 2005 están:
La repercusión grave en la Salud Pública
El que se trate de una enfermedad inusitada o imprevista
Haya riesgo de propagación internacional
Suponga un riesgo significativo de imponer restricciones
internacionales a los viajes o al comercio
La declaración de la emergencia internacional depende de
factores como: la gravedad reportada por la enfermedad,
la rapidez con la que se disemina el virus y que este
provoque contagios en más de un país. Tres elementos que en
los últimos días se ha sucedido a una velocidad vertiginosa.
Por el momento no se han recomendado modificaciones en
los protocolos y medidas de preparación y respuesta
adoptados por los estados miembro‘’.
11. COBERTURA
Instalaciones : Aeropuertos, Puertos, Terminales
Terrestres, Pasos Fronterizos
Terminales : Salas de Espera, infraestructura
Medios de Transporte : Aéreos, marítimos,
transporte terrestre
Viajeros
12. Capacidad Básica para Puntos de Entrada
Para responder a Eventos de Salud Pública de
Interés Internacional
Plan de contingencia para Emergencia en Salud Pública
Evaluación y atención para viajeros y animales
afectados
Selección junto con los estados de los espacios para
cuarentena, aislamiento y atención, etc.
Implementación de medidas recomendadas.
Control de entrada y salida de los PEI.
Equipos de protección, personal especializado
13. Capacidad Básica para Puntos de Entrada
Servicios para evaluación y atención
médica, personal y equipamientos
Inspección de medios de transporte
Ambiente sanitariamente seguro para
viajeros
Baños públicos
Residuos y Desechos Sólidos
Limpieza, Desinfección y
Descontaminación de espacios:
Instalaciones, medios de transporte ,
individual, otros espacios
14. Razones que justifican la
vigilancia en salud pública internacional
La detección temprana, contención y/o control de
cualquier amenaza en salud constituye la mejor forma de
prevenir la propagación internacional de enfermedades
La notificación internacional a la OMS de manera
estandarizada, facilita tanto la respuesta en salud pública
de los países, como el intercambio de información de
interés epidemiológico.
La coordinación internacional favorece la asistencia de
instituciones multilaterales en caso de eventos de salud
pública graves, minimizando las consecuencias del cierre
del tráfico internacional.
15. Proceso de monitoreo, evaluación y
notificación del CNE a la OMS?
Se resume en los siguientes pasos:
Monitoreo y detección de alertas sanitarias nacionales e
internacionales.
Evaluación: Cada País evalúa los eventos que se Produzcan en su
territorio valiéndose del instrumento de decisión diseñado para tal fin
(anexo 2 de RSI (2005))´´
Notificación: Cada País notifica a la OMS, a través del Centro
Nacional de Enlace, y antes de que transcurran 24 horas desde que se
haya evaluado la información concerniente a la salud pública.
Seguimiento: el País debe comunicar Permanentemente a la OMS
información oportuna, exacta y suficientemente detallada relativa al
evento notificado, con inclusión, en lo posible, de definiciones de caso,
resultados de laboratorio, origen y tipo del riesgo, número de casos y
defunciones, condiciones que influyen en la propagación de la
enfermedad y las medidas sanitarias aplicadas.
16. Centro Nacional de Enlace
en Venezuela
Mediante Decreto Nº 05 del 14/01 de 2013, se creo en el
Ministerio del Poder Popular para la Salud el Centro Nacional de
Enlace (CNE) para el RSI con la denominación CNERSI-2005 .
El Centro Nacional de Enlace es una unidad de inteligencia
epidemiológica y sanitaria, que cumple las funciones de
monitoreo, evaluación y de notificación a la OMS de
emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional que
se registren en el país.
COMO CONTACTAR AL CENTRO NACIONAL DE ENLACE
e-mail: venezuelacnersi@gmail.com
Teléfono: 0212 – 408 02 60
0212 – 408 01 84
Movil: 0416 – 502 53 88
Fax: 0212 – 408 06 39
17. Las autoridades competentes
para dar cumplimiento al RSI
Todas las autoridades o entidades que generan
acciones de vigilancia y control que contribuyan a la
Seguridad Sanitaria Nacional, son responsables de la
aplicación del RSI.
18. En un mundo globalizado, los problemas de salud
presentan
Cada vez más nuevos retos, que pueden traspasar las
fronteras nacionales con posibilidades de repercusión
en la seguridad colectiva de todas las personas.
Una mayor colaboración entre todas las personas, las
instituciones y naciones permitirá a la comunidad
internacional trabajar para mejorar la salud y a la vez
ayudará a hacer el mundo más seguro.
19. Están a cargo de
promover el RSI
A nivel internacional: La Organización Mundial de la
Salud (OMS), recopila la información sobre eventos a
través de sus actividades de vigilancia y evalúa su potencial
de propagación internacional y su posible interferencia con
el tráfico internacional, proporcionando, de ser necesario,
respuestas y ayudas según situaciones específicas y
protocolos preestablecidos .
A nivel nacional: Cada País miembro debe establecer un
Centro Nacional de Enlace para el RSI y designar a las
autoridades responsables para la aplicación de medidas
sanitarias de conformidad con el presente Reglamento.
20. Medidas de salud pública se deben tener en cuenta en las
puntos de entrada del país
La vigilancia y control sanitario consiste en el proceso
sistemático y constante mediante la inspección,
vigilancia y control del cumplimiento de normas y procesos
para asegurar una adecuada situación sanitaria y de
seguridad de todas las actividades que tienen relación con
la salud humana.
Las medidas rutinarias y de emergencia en salud pública
son necesarias para garantizar que los medios de transporte
y las instalaciones de los puntos de entrada internacionales
del país (puertos, aeropuertos, zonas aduaneras y pasos
fronterizos) se mantengan libres de fuentes de infección o
contaminación.
21. Los riesgos de propagación internacional de
enfermedades en los puntos de entrada están asociados
a:
Movimiento de pasajeros y mercancías
Medios de transporte de cargas y pasajeros (aviones, barcos, entre otros.)
Las condiciones sanitarias tanto de los medios de transporte como de los
espacios físicos de los terminales
Los puntos de entrada internacionales brindan una oportunidad para la
aplicación de medidas encaminadas a prevenir la propagación internacional de
enfermedades. Por tal razón estos deben proporcionar:
Acceso a servicios médicos apropiados.
Servicio para el transporte de enfermos.
Personal capacitado para la inspección de medios de transporte, como buques
y aeronaves.
Establecimientos para aplicar medidas de emergencia (como la observación
temporal de personas enfermas).
Planes de contingencia para emergencias de salud pública.
22. Las estrategias de vigilancia
Los mecanismos de vigilancia en salud no solo se
limitan a los viajeros, sino que se extiende a todo
espacio físico, personal, material o maquinaria
involucrada en los procesos o movimientos
intrafronterizos
23. Puntos de Entrada Internacional (PEI)
Los puntos de entrada constituyen cualquier lugar
fronterizo, marítimo, aéreo o terrestre, donde se
ubican pasos fronterizos, aeropuertos o puertos, y
cualquier punto de llegada de viajeros internacionales.
24. IMPORTANTE
El flujo internacional de personas, bienes y mercaderías es
cada vez mayor, aumentando el riesgo de transmisión de
enfermedades entre habitantes de diversas regiones.
Por ello se monitorea la seguridad sanitaria de las personas
y productos que entran al país.
Para evitar la transmisión de enfermedades infecciosas en
viajes internacionales es imprescindible la colaboración del
viajero responsable.
Antes de viajar es importante conocer los cuidados de la
salud que deben ser tomados y las medidas y protocolos
que debe tener en cuenta.
25. Control de infecciones en aeronaves
En caso de sospechar la presencia de un individuo con
enfermedad compatible con ESPII a bordo de una
aeronave, la tripulación tendrá que aplicar las
recomendaciones elaboradas por la Asociación de
Transporte Aéreo Internacional (IATA) con
respecto al control de infecciones, así como cumplir los
requerimientos de la Organización de Aviación Civil
Internacional (OACI) y el RSI con respecto a la
notificación (Declaración General de Aeronave -
Anexo 9 RSI y Apéndice 1 del Anexo 9 OACI).
27. Conociendo al Coronavirus (nCoV)
“hay un nuevo virus que infecta a humanos contra el
que no tenemos tratamiento ni vacuna”. Pero gracias a
la actitud colaboradora de China, “tenemos la
oportunidad de contener esta epidemia”. Michael Ryan,
Director Ejecutivo de la OMS
GRACIAS