Este documento describe las regulaciones para el manejo de medicamentos controlados y materias primas en Colombia. Define términos clave y establece que laboratorios, farmacias, odontólogos y otros deben estar legalizados para trabajar con estas sustancias. Divide medicamentos controlados en seis grupos y establece que solo el Estado puede comerciar con algunas sustancias como la hoja de coca. Además, explica los procedimientos para importar, fabricar, almacenar, distribuir, vender y destruir medicamentos controlados, así como los
FARMELDI S.A.C. EMPRESA CONFORMADA POR PROFESIONALES ALTAMENTE ESPECIALIZADOS EN EL SECTOR FARMACÉUTICO (ABOGADOS Y QUÍMICOS FARMACÉUTICOS), QUE TIENE PLENO CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS QUE REGULAN LOS ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS.
FARMELDI S.A.C. EMPRESA CONFORMADA POR PROFESIONALES ALTAMENTE ESPECIALIZADOS EN EL SECTOR FARMACÉUTICO (ABOGADOS Y QUÍMICOS FARMACÉUTICOS), QUE TIENE PLENO CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS QUE REGULAN LOS ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS.
Una descripción de qué es la farmacovigilancia, su historia y los pasos para la implementación de un programa de Farmacovigilancia a nivel institucional en una IPS dentro de Colombia.
Curso de Extensión Universitaria, Salud y Comunidad Rural (I Edición).
Módulo II: ¿Cómo tratamos nuestras enfermedades?
Aula de Cultura de El Madroño (SEVILLA) 13 de Octubre de 2012.
Ponente: Francisco Javier Miñano Sánchez. Catedrático de Farmacología de la Facultad de Medicina. Universidad de Sevilla.
OBJETIVOS:
Al concluir la practica el alumno será capaz de:
1. Definir y conocer los diversos tipos de inyección (subcutánea, subdérmica e intramuscular)
2. Explicar la importancia de estos procedimientos y su aplicación en la práctica médica.
3. Conocer el material que requiere y las medidas de seguridad que debe de tener al realizar
el procedimiento.
4. Llevar a cabo una buena relación médico paciente (presentación, explicar procedimiento y
mencionar las complicaciones del mismo).
5. Mostrar la técnica adecuada para la realización de estos procedimientos.
6. Conocer las indicaciones y los posibles efectos adversos de estos procedimientos.
Una descripción de qué es la farmacovigilancia, su historia y los pasos para la implementación de un programa de Farmacovigilancia a nivel institucional en una IPS dentro de Colombia.
Curso de Extensión Universitaria, Salud y Comunidad Rural (I Edición).
Módulo II: ¿Cómo tratamos nuestras enfermedades?
Aula de Cultura de El Madroño (SEVILLA) 13 de Octubre de 2012.
Ponente: Francisco Javier Miñano Sánchez. Catedrático de Farmacología de la Facultad de Medicina. Universidad de Sevilla.
OBJETIVOS:
Al concluir la practica el alumno será capaz de:
1. Definir y conocer los diversos tipos de inyección (subcutánea, subdérmica e intramuscular)
2. Explicar la importancia de estos procedimientos y su aplicación en la práctica médica.
3. Conocer el material que requiere y las medidas de seguridad que debe de tener al realizar
el procedimiento.
4. Llevar a cabo una buena relación médico paciente (presentación, explicar procedimiento y
mencionar las complicaciones del mismo).
5. Mostrar la técnica adecuada para la realización de estos procedimientos.
6. Conocer las indicaciones y los posibles efectos adversos de estos procedimientos.
La DIGEMID es un Organismo técnico normativo en los aspectos de autorización sanitaria, certificación, control y vigilancia de medicamentos afines.
Contribuye al acceso equitativo de productos farmacéuticos de interés para la salud, que sean eficaces, seguros y uso racional.
La Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas (DIGEMID) es el Órgano De Línea del Ministerio De Salud, creado bajo el Decreto Legislativo N°584 , el 18 de Abril del año 1990.
Marco medico-legal de la homeopatia en España - Soc Cat FarmacologíaGualberto Diaz Saez
Conferencia sobre el marco médico-legal de los medicamentos homeopáticos en España.
Fue impartida durante una jornada celebrada en la Academia de Ciencias Medicas de Cataluña y organizada por la Sociedad Catalana de Farmacología, en colaboración con la Academia Medico Homeopática de Barcelona (17 dic 2014).
Presentació de Isaac Sánchez Figueras, Yolanda Gómez Otero, Mª Carmen Domingo González, Jessica Carles Sanz i Mireia Macho Segura, infermers i infermeres de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
IA, la clave de la genomica (May 2024).pdfPaul Agapow
A.k.a. AI, the key to genomics. Presented at 1er Congreso Español de Medicina Genómica. Spanish language.
On the failure of applied genomics. On the complexity of genomics, biology, medicine. The need for AI. Barriers.
2. CAPITULO 1
Disposiciones generales, definiciones y
prohibiciones
APLICA
Laboratorios clínicos, Droguerías, farmacias, odontología, los que
laboran en campo farmacéutico como regentes, directores de
drogueria,personas que exporten, importen ,fabriquen…
3. DEFINICIONES
• Estándares de referencia.
• Sustancias de control especial.
• Medicamentos de control especial.
• Monopolio.
• Precursor químico.
• Prevención.
• Prevención.
• Principio activo.
• Recetario oficial.
4. • Personas jurídicas y naturales que tengan
conocimientos de materia prima de control
de calidad y medicamentos que los
contengan deberán estar legalizados por el
ministerio de protección social.
5. ¿ Como otorgar el registro sanitario de
medicamentos que contengan materia prima
de control especial?
6. PROHIBICIONES
• Uso de heroína
• Entrega de medicamentos de control especial como
estrategia de mercado
• Venta y entrega de medicamentos NO podrán
despacharse por correo
7. CAPITULO 2
Monopolio del estado
Sustancias que pertenecen al monopolio del estado:
• Hoja de coca y derivados
• Morfina en todas sus presentaciones
• Elixir paregorico: antidiarreico
• Metadona en todas sus presentaciones
• Opio: analgésico y calmante
8. CAPITULO 3
Materias primas de control especial y
medicamentos que los contengan.
Todas y cada una de las sustancia y medicamentos
elaborados con materia prima que estén incorporados a
la lista de llamados estupefacientes sometidos a la
fiscalización internacional se dividen en:
9. • Grupo I: Estupefacientes y analgésicos
especiales.
• Grupo II: Barbitúricos medicamentos que
contienen. Barbitúricos.
• Grupo III: Anfetaminas, anorexiantes y
estimulantes generales.
• Grupo IV: Tranquilizantes e hipnóticos no
barbitúricos.
• Grupo V: Oxitócicos y antihemorrágicos
uterinos.
• Grupo VI: Sustancias psicotrópicas.
10. CAPITULO IV.
Inclusión y exclusión de medicamentos y materias
primas de control especial
• La entidad estará en la obligación de comunicar a la
comunidad sobre la exclusión o inclusión del
medicamento o materia prima de control especial
• Se incluirán o excluirán todos los medicamentos y
materias primas que se consideren de uso prohibido en
la nación o uso del monopolio del estado, sean o no de
control especial.
11. CAPITULO 5
Quienes deben inscribirse ante el fondo nacional de estupefacientes
Entidades promotoras de salud.
Entidades de régimen subsidiado.
Personas naturales y jurídicas.
Entidades publicas y privadas.
12. CAPITULO 6
Libros de registro
• Toda persona natural o jurídica inscrita ante el fondo una vez
notificada la inscripción deberá mandar a la entidad un libro
de contabilidad de tres columnas, foliado para darle apertura
y sellado consecutivamente, allí se registran movimientos de
materia prima o medicamentos de control especial, esto
requiere de auditorias.
13. IMPORTACIONES Y
EXPORTACIONES
CAPITULO 7
• Solo podrán realizarse
por el fondo nacional
de estupefacientes del
ministerio de
protección social o
atreves de la
autorización para
importar y numero de
pedido.
CAPITULO 9
• Deberá hacerse de
acuerdo con los
convenios
internacionales sobre
estupefacientes y
sustancias
psicotrópicas y previa
autorización del fondo
nacional
14. FABRICACION
• Todo fabricante debe contar con el certificado de buenas
practicas de manufactura
• Los laboratorios farmacéuticos que procesen materia prima
de control especial para la fabricación de medicamentos,
están obligados a llevar un libro foliado y registrado en el
fondo nacional de estupefacientes.
15. CAPITULO 12
Distribucion,venta y consumo
• Contar con áreas independientes y buenas practicas de
almacenamiento.
• Contar con profesional director técnico responsable del
establecimiento farmacéutico.
• Tener un listado de medicamentos.
• El fondo nacional de estupefacientes ,direcciones
departamentales y distritales de salud ,son los únicos
autorizados de emitir, distribuir y vender el recetario oficial.
16. CAPITULO 13
Perdida y destrucción de materia prima y
medicamentos
• En caso de perdida de materia prima o medicamentos
de control especial se debe informar al fondo nacional
de estupefacientes y anexar copia de denuncio
• Cuando se requiera dar de baja a materia prima o
medicamentos se pedirá autorización al fondo nacional
de estupefacientes