Yolima Castellanos
Yisela Tovar
Aux. Farmacia
CAPITULO 1
Disposiciones generales, definiciones y
prohibiciones
APLICA
Laboratorios clínicos, Droguerías, farmacias, odontología, los que
laboran en campo farmacéutico como regentes, directores de
drogueria,personas que exporten, importen ,fabriquen…
DEFINICIONES
• Estándares de referencia.
• Sustancias de control especial.
• Medicamentos de control especial.
• Monopolio.
• Precursor químico.
• Prevención.
• Prevención.
• Principio activo.
• Recetario oficial.
• Personas jurídicas y naturales que tengan
conocimientos de materia prima de control
de calidad y medicamentos que los
contengan deberán estar legalizados por el
ministerio de protección social.
¿ Como otorgar el registro sanitario de
medicamentos que contengan materia prima
de control especial?
PROHIBICIONES
• Uso de heroína
• Entrega de medicamentos de control especial como
estrategia de mercado
• Venta y entrega de medicamentos NO podrán
despacharse por correo
CAPITULO 2
Monopolio del estado
Sustancias que pertenecen al monopolio del estado:
• Hoja de coca y derivados
• Morfina en todas sus presentaciones
• Elixir paregorico: antidiarreico
• Metadona en todas sus presentaciones
• Opio: analgésico y calmante
CAPITULO 3
Materias primas de control especial y
medicamentos que los contengan.
Todas y cada una de las sustancia y medicamentos
elaborados con materia prima que estén incorporados a
la lista de llamados estupefacientes sometidos a la
fiscalización internacional se dividen en:
• Grupo I: Estupefacientes y analgésicos
especiales.
• Grupo II: Barbitúricos medicamentos que
contienen. Barbitúricos.
• Grupo III: Anfetaminas, anorexiantes y
estimulantes generales.
• Grupo IV: Tranquilizantes e hipnóticos no
barbitúricos.
• Grupo V: Oxitócicos y antihemorrágicos
uterinos.
• Grupo VI: Sustancias psicotrópicas.
CAPITULO IV.
Inclusión y exclusión de medicamentos y materias
primas de control especial
• La entidad estará en la obligación de comunicar a la
comunidad sobre la exclusión o inclusión del
medicamento o materia prima de control especial
• Se incluirán o excluirán todos los medicamentos y
materias primas que se consideren de uso prohibido en
la nación o uso del monopolio del estado, sean o no de
control especial.
CAPITULO 5
Quienes deben inscribirse ante el fondo nacional de estupefacientes
 Entidades promotoras de salud.
 Entidades de régimen subsidiado.
 Personas naturales y jurídicas.
 Entidades publicas y privadas.
CAPITULO 6
Libros de registro
• Toda persona natural o jurídica inscrita ante el fondo una vez
notificada la inscripción deberá mandar a la entidad un libro
de contabilidad de tres columnas, foliado para darle apertura
y sellado consecutivamente, allí se registran movimientos de
materia prima o medicamentos de control especial, esto
requiere de auditorias.
IMPORTACIONES Y
EXPORTACIONES
CAPITULO 7
• Solo podrán realizarse
por el fondo nacional
de estupefacientes del
ministerio de
protección social o
atreves de la
autorización para
importar y numero de
pedido.
CAPITULO 9
• Deberá hacerse de
acuerdo con los
convenios
internacionales sobre
estupefacientes y
sustancias
psicotrópicas y previa
autorización del fondo
nacional
FABRICACION
• Todo fabricante debe contar con el certificado de buenas
practicas de manufactura
• Los laboratorios farmacéuticos que procesen materia prima
de control especial para la fabricación de medicamentos,
están obligados a llevar un libro foliado y registrado en el
fondo nacional de estupefacientes.
CAPITULO 12
Distribucion,venta y consumo
• Contar con áreas independientes y buenas practicas de
almacenamiento.
• Contar con profesional director técnico responsable del
establecimiento farmacéutico.
• Tener un listado de medicamentos.
• El fondo nacional de estupefacientes ,direcciones
departamentales y distritales de salud ,son los únicos
autorizados de emitir, distribuir y vender el recetario oficial.
CAPITULO 13
Perdida y destrucción de materia prima y
medicamentos
• En caso de perdida de materia prima o medicamentos
de control especial se debe informar al fondo nacional
de estupefacientes y anexar copia de denuncio
• Cuando se requiera dar de baja a materia prima o
medicamentos se pedirá autorización al fondo nacional
de estupefacientes
¿Qué personas están autorizadas para
la prescripción de medicamentos?

Resolución 826 2003

  • 1.
  • 2.
    CAPITULO 1 Disposiciones generales,definiciones y prohibiciones APLICA Laboratorios clínicos, Droguerías, farmacias, odontología, los que laboran en campo farmacéutico como regentes, directores de drogueria,personas que exporten, importen ,fabriquen…
  • 3.
    DEFINICIONES • Estándares dereferencia. • Sustancias de control especial. • Medicamentos de control especial. • Monopolio. • Precursor químico. • Prevención. • Prevención. • Principio activo. • Recetario oficial.
  • 4.
    • Personas jurídicasy naturales que tengan conocimientos de materia prima de control de calidad y medicamentos que los contengan deberán estar legalizados por el ministerio de protección social.
  • 5.
    ¿ Como otorgarel registro sanitario de medicamentos que contengan materia prima de control especial?
  • 6.
    PROHIBICIONES • Uso deheroína • Entrega de medicamentos de control especial como estrategia de mercado • Venta y entrega de medicamentos NO podrán despacharse por correo
  • 7.
    CAPITULO 2 Monopolio delestado Sustancias que pertenecen al monopolio del estado: • Hoja de coca y derivados • Morfina en todas sus presentaciones • Elixir paregorico: antidiarreico • Metadona en todas sus presentaciones • Opio: analgésico y calmante
  • 8.
    CAPITULO 3 Materias primasde control especial y medicamentos que los contengan. Todas y cada una de las sustancia y medicamentos elaborados con materia prima que estén incorporados a la lista de llamados estupefacientes sometidos a la fiscalización internacional se dividen en:
  • 9.
    • Grupo I:Estupefacientes y analgésicos especiales. • Grupo II: Barbitúricos medicamentos que contienen. Barbitúricos. • Grupo III: Anfetaminas, anorexiantes y estimulantes generales. • Grupo IV: Tranquilizantes e hipnóticos no barbitúricos. • Grupo V: Oxitócicos y antihemorrágicos uterinos. • Grupo VI: Sustancias psicotrópicas.
  • 10.
    CAPITULO IV. Inclusión yexclusión de medicamentos y materias primas de control especial • La entidad estará en la obligación de comunicar a la comunidad sobre la exclusión o inclusión del medicamento o materia prima de control especial • Se incluirán o excluirán todos los medicamentos y materias primas que se consideren de uso prohibido en la nación o uso del monopolio del estado, sean o no de control especial.
  • 11.
    CAPITULO 5 Quienes debeninscribirse ante el fondo nacional de estupefacientes  Entidades promotoras de salud.  Entidades de régimen subsidiado.  Personas naturales y jurídicas.  Entidades publicas y privadas.
  • 12.
    CAPITULO 6 Libros deregistro • Toda persona natural o jurídica inscrita ante el fondo una vez notificada la inscripción deberá mandar a la entidad un libro de contabilidad de tres columnas, foliado para darle apertura y sellado consecutivamente, allí se registran movimientos de materia prima o medicamentos de control especial, esto requiere de auditorias.
  • 13.
    IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES CAPITULO 7 •Solo podrán realizarse por el fondo nacional de estupefacientes del ministerio de protección social o atreves de la autorización para importar y numero de pedido. CAPITULO 9 • Deberá hacerse de acuerdo con los convenios internacionales sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas y previa autorización del fondo nacional
  • 14.
    FABRICACION • Todo fabricantedebe contar con el certificado de buenas practicas de manufactura • Los laboratorios farmacéuticos que procesen materia prima de control especial para la fabricación de medicamentos, están obligados a llevar un libro foliado y registrado en el fondo nacional de estupefacientes.
  • 15.
    CAPITULO 12 Distribucion,venta yconsumo • Contar con áreas independientes y buenas practicas de almacenamiento. • Contar con profesional director técnico responsable del establecimiento farmacéutico. • Tener un listado de medicamentos. • El fondo nacional de estupefacientes ,direcciones departamentales y distritales de salud ,son los únicos autorizados de emitir, distribuir y vender el recetario oficial.
  • 16.
    CAPITULO 13 Perdida ydestrucción de materia prima y medicamentos • En caso de perdida de materia prima o medicamentos de control especial se debe informar al fondo nacional de estupefacientes y anexar copia de denuncio • Cuando se requiera dar de baja a materia prima o medicamentos se pedirá autorización al fondo nacional de estupefacientes
  • 17.
    ¿Qué personas estánautorizadas para la prescripción de medicamentos?