El documento describe la regulación de la industria farmacéutica en España. La legislación española requiere que los laboratorios farmacéuticos obtengan autorización previa y cumplan con los controles de calidad. Cada laboratorio debe tener un director técnico y otros responsables de funciones como control de calidad y farmacovigilancia. Existen requisitos para las instalaciones, personal y procesos de fabricación y control de calidad de los medicamentos.
Buenas practicas de diseño y construccion de plantas farmaceuticas Nombre Apellidos
Buenas prácticas de diseño y construcción de plantas farmacéuticas teniendo definiciones de importancia, requisitos regulatorios de acuerdo a NOM-059, FDA, PIC y Organización Mundial para la Salud, requisitos de diseño considerando tipos de productos y procesos a realizar, consideraciones en HVAC, control del paquete documental, entre otros.
Asesoría y Consultoría Sanitaria en documentación Sanitaria y Legal, para Apertura, Traslados, Regencias, Levantamientos de Cierre, de su EEFF (Farmacias y Boticas).
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Conoce las bases de un sistema de gestión de calidad? Confirma si tu sistema de gestión de calidad es adecuado, en el curso conocerás las principales referencias actuales considerando las normas Méxicanas, Latinoamericanas,FDA, Europa, OMS,ISO,ICH, entre otras alcances y objetivos, ejemplo de madurez del modelo de gestión de calidad, ¿cuando,como y donde establecer e implementar un sistema de gestión de calidad, las BPF de un sistema de gestión de calidad, operaciones de fabricación tales como, diseño y desarrollo, entradas, transferencias de tecnología, etc. Actividades de evaluación y casos prácticos durante el desarrollo del curso.
Tecnologías de conservación y transporte de medicamentos en farmacias - Denni...Dennis Senosain Timana
Estimado estudiante,
El siguiente material corresponde a un archivo ppt. que hace una revision de las Tecnologías de conservación y transporte de medicamentos para el cumplimiento de las Buenas prácticas de Almacenamiento y distribucion de medicamentos.
Espero le sea de mucha utilidad.
Saludos
Dennis Senosain Timana
FARMELDI S.A.C. EMPRESA CONFORMADA POR PROFESIONALES ALTAMENTE ESPECIALIZADOS EN EL SECTOR FARMACÉUTICO (ABOGADOS Y QUÍMICOS FARMACÉUTICOS), QUE TIENE PLENO CONOCIMIENTO DE LAS NORMAS QUE REGULAN LOS ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS.
Programa de Capacitaciones Servicio Farmaceutco en Buenas Practicas de Elaboración de Magistrales Esteriles. Sesión 1. Fundamentos Generales y Responsabilidades
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Dennis Senosain Timana
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Programa de Capacitaciones Servicio Farmaceutco en Buenas Practicas de Elaboración de Magistrales Esteriles. Sesión 1. Fundamentos Generales y Responsabilidades
Presentació de Isaac Sánchez Figueras, Yolanda Gómez Otero, Mª Carmen Domingo González, Jessica Carles Sanz i Mireia Macho Segura, infermers i infermeres de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
descripción detallada sobre ureteroscopio la historia mas relevannte , el avance tecnológico , el tipo de técnicas , el manejo , tipo de complicaciones Procedimiento durante el cual se usa un ureteroscopio para observar el interior del uréter (tubo que conecta la vejiga con el riñón) y la pelvis renal (parte del riñón donde se acumula la orina y se dirige hacia el uréter). El ureteroscopio es un instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar. En ocasiones también tiene una herramienta para extraer tejido que se observa al microscopio para determinar si hay signos de enfermedad. Durante el procedimiento, se hace pasar el ureteroscopio a través de la uretra hacia la vejiga, y luego por el uréter hasta la pelvis renal. La uroteroscopia se usa para encontrar cáncer o bultos anormales en el uréter o la pelvis renal, y para tratar cálculos en los riñones o en el uréter.Una ureteroscopia es un procedimiento en el que se usa un ureteroscopio (instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar) para ver el interior del uréter y la pelvis renal, y verificar si hay áreas anormales. El ureteroscopio se inserta a través de la uretra hacia la vejiga, el uréter y la pelvis renal.Una vez que esté bajo los efectos de la anestesia, el médico introduce un instrumento similar a un telescopio, llamado ureteroscopio, a través de la abertura de las vías urinarias y hacia la vejiga; esto significa que no se realizan cortes quirúrgicos ni incisiones. El médico usa el endoscopio para analizar las vías urinarias, incluidos los riñones, los uréteres y la vejiga, y luego localiza el cálculo renal y lo rompe usando energía láser o retira el cálculo con un dispositivo similar a una cesta.Náuseas y vómitos ocasionales.
Dolor en los riñones, el abdomen, la espalda y a los lados del cuerpo en las primeras 24 a 48 horas. Pain may increase when you urinate. Tome los medicamentos según lo prescriba el médico.
Sangre en la orina. El color puede variar de rosa claro a rojizo y, a veces incluso puede tener un tono marrón, pero usted debería ser capaz de ver a través de ella
. (Los medicamentos que alivian la sensación de ardor durante la orina a veces pueden hacer que su color cambie a naranja o azul). Si el sangrado aumenta considerablemente, llame a su médico de inmediato o acuda al servicio de urgencias para que lo examinen.
Una sensación de saciedad y una constante necesidad de orinar (tenesmo vesical y polaquiuria).
Una sensación de quemazón al orinar o moverse.
Espasmos musculares en la vejiga.Desde la aplicación del primer cistoscopio
en 1876 por Max Nitze hasta la actualidad, los
avances en la tecnología óptica, las mejoras técnicas
y los nuevos diseños de endoscopios han permitido
la visualización completa del árbol urinario. Aunque
se atribuye a Young en 1912 la primera exploración
endoscópica del uréter (2), esta no fue realizada ru-
tinariamente hasta 1977-79 por Goodman (3) y por
Lyon (4). Las técnicas iniciales de Lyon
Presentación utilizada en la conferencia impartida en el X Congreso Nacional de Médicos y Médicas Jubiladas, bajo el título: "Edadismo: afectos y efectos. Por un pacto intergeneracional".
En el marco de la Sexta Cumbre Ministerial Mundial sobre Seguridad del Paciente celebrada en Santiago de Chile en el mes de abril de 2024 se ha dado a conocer la primera Carta de Derechos de Seguridad de Paciente, a nivel mundial, a iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los objetivos del nuevo documento pasan por los siguientes aspectos clave: afirmar la seguridad del paciente como un derecho fundamental del paciente, para todos, en todas partes; identificar los derechos clave de seguridad del paciente que los trabajadores de salud y los líderes sanitarios deben defender para planificar, diseñar y prestar servicios de salud seguros; promover una cultura de seguridad, equidad, transparencia y rendición de cuentas dentro de los sistemas de salud; empoderar a los pacientes para que participen activamente en su propia atención como socios y para hacer valer su derecho a una atención segura; apoyar el desarrollo e implementación de políticas, procedimientos y mejores prácticas que fortalezcan la seguridad del paciente; y reconocer la seguridad del paciente como un componente integral del derecho a la salud; proporcionar orientación sobre la interacción entre el paciente y el sistema de salud en todo el espectro de servicios de salud, incluidos los cuidados de promoción, protección, prevención, curación, rehabilitación y paliativos; reconocer la importancia de involucrar y empoderar a las familias y los cuidadores en los procesos de atención médica y los sistemas de salud a nivel nacional, subnacional y comunitario.
Y ello porque la seguridad del paciente responde al primer principio fundamental de la atención sanitaria: “No hacer daño” (Primum non nocere). Y esto enlaza con la importancia de la prevención cuaternaria, pues cabe no olvidar que uno de los principales agentes de daño somos los propios profesionales sanitarios, por lo que hay que prevenirse del exceso de diagnóstico, tratamiento y prevención sanitaria.
Compartimos el documento abajo, estos son los 10 derechos fundamentales de seguridad del paciente descritos en la Carta:
1. Atención oportuna, eficaz y adecuada
2. Procesos y prácticas seguras de atención de salud
3. Trabajadores de salud calificados y competentes
4. Productos médicos seguros y su uso seguro y racional
5. Instalaciones de atención médica seguras y protegidas
6. Dignidad, respeto, no discriminación, privacidad y confidencialidad
7. Información, educación y toma de decisiones apoyada
8. Acceder a registros médicos
9. Ser escuchado y resolución justa
10. Compromiso del paciente y la familia
Que así sea. Y el compromiso pase del escrito a la realidad.
Evidencia de aprendizaje. Los sistemas de salud en tu entorno.
Tema 08 la industria farmaceutica !!!
1. LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA
LEGISLACIÓN Y DEONTOLOGÍA FARMACÉUTICA2009/2010Dra. Consolación Martínez García
2. La actividad farmacéutica relacionada con el medicamento es la más sometida a controles administrativos por razones de Salud Pública.
3. La legislación farmacéutica española define la garantía de calidad farmacéuticacomo el conjunto de medidas adoptadas con objeto de asegurar que los medicamentos o medicamentos en investigación sean de la calidadapropiada para el uso al que estén destinados.
4. REGULACIÓN
•Ley 29/2006,de Garantías y usoracional de medicamentos y productos sanitarios.
•R.D. 1564/92,de 18 dediciembre, por el que se desarrolla y regula el régimen de autorización de los laboratorios farmacéuticos e importadores de medicamentos y la garantía de calidad en su fabricación industrial.
•R.D. 2183/2004, de 12 denoviembre, por el que se modifica el R.D. 1564/92.
5. La Ley 29/2006establece que las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la fabricación de medicamentos o cualquiera de los procesos que ésta pueda comprender, incluso los de fraccionamiento, acondicionamiento y presentación para la venta, deberán estar autorizadas previamente por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
•Se exige autorización previa para:
•Laboratorios fabricantes del medicamento
•Laboratorios que participan su puesta en el mercado
•Laboratorios titulares de la autorización que no sean fabricantes
•Laboratorios importadores de medicamentos
•Laboratorios comercializadores
6. RESPONSABILIDAD
Los propietarios de los laboratorios son los que tienen la responsabilidad civil de los mismos, y también la responsabilidad penal en caso de comisión de delitos.
7. INCOMPATIBILIDADES
La propiedad y dirección de un laboratorio, posesión de acciones o participación de beneficios
Ejercicio de la profesión de medico, odontólogo o veterinario
Cualquier tipo de relación económica con laboratorios
Funcionario de Sanidad con funciones inspectoras, ejercicio profesional en OF o Servicio de Farmacia Hospitalaria y demás estructuras asistenciales
8. AUTORIZACION y APERTURA
Para la instalación de un laboratorio de se requiere licencia previa a las personas físicas o jurídicas que vayan a establecerlo.
Agencia Espa Española de Medicamentos
ola y Productos Sanitarios
AUTORIZACIÓN
9. Requisitos para la autorización
•Disponer de locales, equipo técnico y de control adecuados y suficientes para una correcta fabricación, control y conservación que respondan a las exigencias legales.
•Disponer de un Director Técnico responsable y de un responsable de control de calidad. Los laboratorios que fabriquen pequeñas cantidades o productos simples podrían atribuir la función de control al Director Técnico, pero la dirección de fabricación deberácorresponder a persona distinta.
10. Solicitud
•Nombre y domicilio del solicitante.
•Emplazamiento del laboratorio.
•Actividades para las que se pide autorización, especificando los medicamentos y las formas farmacéuticas que se vayan a fabricar, controlar, acondicionar y presentar para la venta.
•Datos del director técnico.
•Memoria técnica: información de la empresa, de la planta farmacéutica, lugares y utillaje en elaboración, control, envasado, acondicionamiento de las formas farmacéuticas o la manipulación de productos, sistemas de protección del medio ambiente, personal técnico responsable, informe del director técnico justificando la adecuación de los medios personales y materiales a los fines o actividades para las que se solicita la autorización,,declaración del interesado solicitando la realización de visita de inspección a los locales, etc.
11. Una vez obtenida la autorización:
•Inscripción en el Registro Unificado de Laboratorios Farmacéuticos (también transmisión, modificación o extinción)
•Publicación en el BOE.
•Anotación en el Registro de Establecimientos Industriales (estatal), dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
12. INSTALACIONES
En todo laboratorio farmacéutico deberán existir, de forma independiente, y adecuadas al contenido y carácter de la solicitud de autorización las siguientes instalaciones.
•1º-Almacenes
•2º-Locales de fabricación
•3º-Departamento de control
13. 2.-LOCALES DE FABRICACIÓN
Existirán departamentos para:
•elaboración y envasado de formas farmacéuticas
•acondicionamiento de las mismas
•De acuerdo con las formas farmacéuticas a fabricar y la posible incompatibilidad o peligro de contaminación cruzada, podrádisponer de zonas separadas.
14. 1.-ALMACENES
•Los almacenes contaran con zonas separadas para las materias primas y para los productos acabados, con espacios independientes para los productos en cuarentena y los ya aprobados por el departamento de control de calidad.
•Existirán almacenes especiales para los medicamentos que requieran conservación especial: estupefacientes, psicotropos, sustancias muy activas, peligrosas, inflamables, etc.
15. 3.-CONTROL DE CALIDAD
•El laboratorio farmacéutico realizarálos controles de calidad que procedan sobre las materias primas, los productos intermedios de fabricación y el producto terminado de acuerdo con los métodos y técnicas generalmente aceptados.
•Contarácon una unidad de control y garantía de calidad de los productos, procesos y procedimientos con la autoridad y responsabilidad de aceptar o rechazar materias primas, intermedios y productos finales. Los procesos y procedimientos de fabricación deberán estar validados.
16. DIRECCION TECNICA
El Director Técnico es el principal responsable de un laboratorio en las tareas de garantía de calidad y ejecución de los controles legalmente establecidos.
•Nombramiento: por el laboratorio pero notificando a la AEMPS la propuesta de nombramiento, que ordenaráque se levante acta de la toma de posesión ante un inspector.
•Incompatibilidades: con otras actividades sanitarias que supongan intereses directos o indirectos con la distribución o dispensación de medicamentos.
17. Director Técnico: Perfil
•Licenciado en Farmacia, Medicina, Veterinaria, Química, Químicay Tecnología Farmacéutica o Biología.
•Acreditar una formación teórico-práctica, refrendada por la autoridad académica universitaria, en las materias que exige la CE para el titulo de farmacéutico a excepción de Biología, Anatomía y Legislación. No seránecesaria la acreditación cuando las disciplinas señaladas forman parte de la licenciatura del interesado, siendo una de las anteriores.
•Experiencia mínima de dos años en un laboratorio farmacéutico, acreditado por el Director Técnico del mismo, en:
–Análisis cualitativo de medicamentos.
–Análisis cuantitativo de principios activos.
–Pruebas para asegurar la calidad de los medicamentos.
Podráreducirse a año y medio cuando la carrera del interesado tuviera seis años de duración.
18. Director Técnico: Funciones
•Cuidaráde que cada lote de especialidades haya sido fabricado, controlado y conservado conforme a la ley y según los términos de la autorización correspondiente.
•Cuidaráde que cada lote de fabricación cumpla las mencionadas condiciones formalizando su garantía mediante los documentos y registros adecuados, que deberátener actualizados y a disposición de los inspectores acreditados, por lo menos, hasta dos años después de la fecha de caducidad.
19. ADEMÁS DEL DIRECTOR TÉCNICO, Y BAJO SU AUTORIDAD, HAY:
RESPONSABLE DE CONTROL DE CALIDAD.
RESPONSABLE DE FABRICACIÓN.
RESPONSABLE DE FARMACOVIGILANCIA.
20. Responsable en Farmacovigilancia(RFV)
•El titular de la autorización de comercialización de un medicamento de uso humano deberádisponer en España, de manera permanente y continua, de una persona adecuadamente cualificada como responsable en materia de farmacovigilancia
REAL DECRETO 1344/2007, DE 11 DEOCTUBRE, POR EL QUE SE REGULA
LA FARMACOVIGILANCIA DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO
21. RFV: funciones
•Crear y mantener un sistema para recopilar, tratar y evaluar la información sobre todas las sospechas de reacciones adversas notificadas al personal de la empresa y a los visitadores médicos, con el fin de que sea accesible al menos en un único lugar de la Unión Europea.
•Preparar y presentar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios los informes periódicos de seguridad.
•Asegurar que se de una respuesta rápida y completa a cualquier solicitud de información adicional de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios necesaria para poder evaluarlos beneficios y riesgos de un medicamento, incluida la información relativa al volumen de ventas o de prescripciones del medicamento de que se trate.
•Facilitar a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios cualquier otra información de interés para la evaluación de los beneficios y riesgos asociados a un medicamento, incluidala información sobre estudios postautorización de seguridad.
•Asegurar los mecanismos necesarios para llevar a cabo en España las medidas reguladoras adoptadas por razones de seguridad para los medicamentos de cuya farmacovigilanciaes responsable, asícomo todas aquellas medidas y estudios incluidos en el plan de gestión de riesgos y que se prevean realizar en España.
23. Laboratorio comercializador
Esel que estáautorizado para la comercialización de las especialidades farmacéuticas de otro laboratorio titular.
•Personal:director técnico y unresponsableen farmacovigilanciade las especialidades que comercializa.
24. Laboratorio fabricante
•Es el que estáautorizado para realizar total o parcialmente las actividades para la fabricación de los medicamentos.
–Fabricación total: recepción, identificación y valoración de los ingredientes del medicamento, los controles del proceso, envasado (acondicionamiento primario) y el acondicionado (acondicionamiento secundario) y control del producto termiando)
–Fabricación parcial: Cualquier fase de la fabricación del medicamento
•Personal:director técnico, responsable de fabricación y un responsable de control de calidad.
25. Laboratorio importador
•Es el que ejerce como titular cuando éste sea fabricado por un laboratorio establecido fuera de la UE, estéterminado y sea comercializado por el propio laboratorio importador o comercializador.
•Personal:director técnico y un responsableen farmacovigilanciade sus especialidades.
26. Laboratorio titular
•Es el que estáestablecido en la UE y cuenta con la autorización de comercialización de un medicamento.
•Personal:director técnico yun responsable en farmacovigilancia.