Este documento presenta varios casos relacionados con el reglamento de aprendices del SENA. En el primer caso, se discute el derecho de un aprendiz virtual a tener un carné de estudiante según el capítulo 2. En el segundo caso, se indica que Nicolás debe basar su solicitud en el capítulo 6 sobre trámites de los aprendices. En el tercer caso, se especifica que los aprendices deben actualizar sus datos básicos y participar en visitas técnicas según el capítulo 3. Finalmente, el cuarto caso explica las medidas format
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Resolucion de casos
1. CASO 1
1 ¿Qué respuesta le daría usted a Federico y en que capítulo del reglamento se
basaría?
Le diría que todos los aprendices deberíamos tener el carné que lo acredite como
estudiante SENA, según el capítulo 2 artículo 2 dice que al momento de la
matricula debemos portar el carné.
2 De acuerdo con la líder de bienestar ¿que opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Explique por que
Esta equivocada porque dice en el parágrafo del capítulo 2 que todo aprendiz
virtual tiene los mismos derechos que un aprendiz presencial incluyendo el carné
CASO 2
1 ¿En qué capítulo, articulo del Registro de Aprendices, se debe amparar Nicolás
para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Se debe amparar en el capítulo 6 que es Trámites realizados o solicitados por los
aprendices del SENA, según esto en el artículo 11 dice que el instructor debe der
responsable de registrar sus notas de evaluación y situaciones académicas que
permita el seguimiento y certificación del aprendiz Sena
CASO 3
1 ¿En qué capitulo y en que artículo se debe apoyar el representante para que los
aprendices identifiquen sus faltas?
En el capítulo 3 artículo 4 dice dar oportunamente las solicitudes o novedades que
se le presenten durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o
físicos.
2 ¿Que dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos
actualizados?
En el capítulo 3 de los deberes de los aprendices dice que todos debemos cumplir
con las normas de la institución para un buen manejo de la formación durante el
proceso de formación
3 ¿Están obligados los aprendices a participar en la visita técnica?
2. En el mismo capítulo dice que el aprendiz debe asumir con responsabilidad las
salidas pasantías técnicas intercambios etc. Así como en las demás de carácter
pedagógico
CASO 4
1 ¿cuáles son las medidas formativas y en que consisten?
Las medidas formativas son aquellas acciones que se aplican al Aprendiz SENA
matriculado en cualquier tipo de formación
A. Llamado te atención verbal: cuando es un grado de orden académico
para prevenir la ocurrencia de hechos que vulneres esos deberes
B. Plan de mejoramiento académico: es una medida adoptada cuando el
aprendiz tiene una baja formación es decir con su aprendizaje esto lo hace
con el instructor y con el coordinador académico le hacen firmar una
sanción académica para garantizar su comportamiento
C. Plan de mejoramiento disciplinario: son acciones de carácter
comportamental actitudinal o social le hacen un llamado de atención escrita,
debe mejorar su comportamiento que se espera durante los 3 próximos
meses
2 ¿Cuáles son las sanciones que pueden imponerse a los aprendices por faltas
académicas o disciplinarias?
A. Llamado de atención escrito: se impone a través de una comunicación
escrita con una copia a su hoja de vida aplica sanción y debe firmar un plan
de mejoramiento que debe cumplir el aprendiz
B. Condicionamiento de la matricula: se impone al Aprendiz que incurra en
una falta académica o disciplinaria y tiene que cumplir con el plan de
mejoramiento durante 3 meses
El condicionamiento de matrícula podrá imponerse como sanción, en los
siguientes casos:
● Cuando la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite con base en los criterios
de calificación señalados en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este
reglamento.
● Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado como
consecuencia de un (1) llamado de atención escrito.
● Cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien dos (2)
llamados de atención escritos durante su proceso de formación.
C. Cancelación de matrícula:
3. ● Cuando la gravedad de la(s) falta(s) lo amerite, con base en los criterios de
calificación señalados en los numerales 1 a 7 del artículo 21 de este
reglamento.
● Por incumplimiento del plan de mejoramiento acordado, como
consecuencia de un condicionamiento de matrícula.
● Cuando los antecedentes del aprendiz a sancionar evidencien que ya tuvo
un condicionamiento de matrícula durante su proceso de formación.
● Cuando el aprendiz ha tenido faltas injustificadas en la entrega de las
evidencias de aprendizaje o valoración deficiente de los resultados de
aprendizaje, que sobrepasen el cincuenta por ciento (50%) del total del
programa de formación.
● Realizar o apoyar actos que limiten o afecten el derecho a la educación o la
locomoción de la comunidad educativa del SENA.
● Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la
comunidad educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo
verbal o físicamente, o ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o
contra la institución.
● Destruir, sustraer o dañar instalaciones físicas, equipos, materiales,
software, elementos y dotación en general del SENA o de instituciones,
empresas u otras entidades donde se desarrollen actividades de
aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o intercambios
estudiantiles nacionales o internacionales.
Estímulos e incentivos: Son beneficios y distinciones que se otorgan a los
aprendices, como reconocimiento o valoración de actuaciones meritorias o logros
a. Recibir mención de honor por su proceso investigativo o innovador, durante
su proceso de formación.
b. Ser postulado para realizar pasantía o intercambio nacional o internacional.