SlideShare una empresa de Scribd logo
A alternativasindical
de trabajadores de Seguridad Privada
Calle Federico Moreno Torroba, 9 – Local 1 Madrid C Postal 28007 Telf. 91 434 09 86 Fax: 91 434 09 87
www.alternativasindical.es Email: alternativa@alternativasindical.es
Sra. Nuria Chao.
Delegada Sindical de alternativasindical en Securitas.
En relación con sus consultas le manifiesto lo siguiente:
1º- Calendario laboral.
El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores determina que anualmente la empresa deberá realizar
un calendario laboral, que deberá exponer en cada centro de trabajo. Dicho calendario, de decisión
final de la empresa si existe discrepancia , se realiza con consulta a la representación sindical, de
acuerdo con lo dispuesto en el art. 64 del E.T. en materia de información y específicamente por la
Disposición Adicional Tercera del R. Decreto 1.561/1.995 de 21 de septiembre ,que marca ese
derecho a ser consultados y a emitir informe con carácter previo a la elaboración del calendario.
2º- Deben atender especialmente también al Convenio del sector, de empresas de seguridad. Solo
escasamente trata sobre el calendario, pero sí lo hace sobre los cuadrantes, lo que entendemos que
resulta en parte equivalente dado su tratamiento en el convenio.
El artículo 41 de dicho convenio, aplicable a su empresa, hace previsión de la realización en estas
empresas de cuadrantes anuales, con algunas situaciones exceptuadas, para los servicios denominados
como fijos y estables.
Esos cuadrantes anuales deben entregarse un mes antes de su efectividad, tanto a los empleados
correspondientes, como a la representación sindical. Acuda Usted a las características de esos
cuadrantes en el citado artículo, para no tener que repetirlas aquí. Añado que ese artículo 41 del
convenio indica que " Las empresas someterán a la aprobación de la representación de los
trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal (...). La representación de los
trabajadores será informada igualmente de la organización de los turnos y relevos”.
Hay una especificación propia para transporte de fondos y manipulado en ese mismo art. 41 del
convenio, al señalarse que el calendario o jornadas se establecerán con carácter anual y con un mes de
antelación al inicio del año.
Ya le indico un factor que estamos observando y que habrá de evitar taxativamente su empresa en
adelante, tanto en esos cuadrantes anuales como en los de duración menor. Me refiero a la confección
de cuadrantes que supongan el establecimiento organizado de horas extraordinarias.
Le anuncio que hemos constatado una realización masiva de las mismas, lo que además de la
responsabilidad correspondiente redundará en diversos requerimientos a la empresa y concretamente
en la prohibición de cuadrantes con horas extraordinarias obligatorias.
3º- Jornada máxima diaria.
El Convenio no regula este punto, haciendo previsión solo de la jornada anual y el cómputo mensual al
efecto, con posibilidad en condiciones legales de establecer una distribución irregular de la jornada
con respeto a los máximos del caso, descansos, etc.
A alternativasindical
de trabajadores de Seguridad Privada
Calle Federico Moreno Torroba, 9 – Local 1 Madrid C Postal 28007 Telf. 91 434 09 86 Fax: 91 434 09 87
www.alternativasindical.es Email: alternativa@alternativasindical.es
Hay que acudir pues a normativa general.
El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, con respeto al máximo legal semanal de 40 horas, hace
previsión de la posibilidad de jornadas irregulares que hemos mencionado antes con acuerdo al efecto.
Sin acuerdo puede aplicarse a un 10% de la jornada anual. El empleado debe conocer esa aplicación
irregular con un mínimo de 5 días de antelación.
Ese mismo art. 34 del Estatuto determina que " el número de horas ordinarias de trabajo efectivo no
podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o en su defecto por acuerdo entre
la empresa y los representantes de los trabajadores se establezca otra distribución del tiempo de
trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas". Le recuerdo que ese descanso
entre jornadas es en su sector de 13 horas por determinación del convenio.
En definitiva ,9 horas diarias como máximo, salvo distribución irregular en las condiciones citadas. Y
descanso entre jornadas de 13 horas, como he señalado, salvo en trabajo a turnos o situaciones de
especial urgencia o perentoria necesidad como marca el convenio. ¿Qué pasa en esos casos? El
convenio no lo dice, por lo que habrá que acudir al artículo 19 del R. Decreto 1.561/1.995 de 21 de
septiembre, que indica que el descanso semanal en ese caso de los turnos, que no matiza el convenio y
que establece el art. 37 del E.T. con día y medio semanal, permite la acumulación del medio día en
periodos de hasta cuatro semanas.
Y ese mismo artículo del R. Decreto señalado hace previsión de que al cambiar el trabajador de turno
y que no pueda disfrutar del descanso mínimo entre jornadas, se podrá reducir el mismo, en el día en
que así ocurra, hasta un mínimo de siete horas, compensándose la diferencia hasta las doce horas
establecidas - 13 en empresas de seguridad - con carácter general en los días inmediatamente
siguientes. Por tanto la excepción que hace el art. 41 del convenio, no es en absoluto total sino con
esas precisiones.
4º- Trabajo nocturno.
El convenio en el art.41 solo cita que se considera así el realizado entre las 22 y las 6 horas, sin ninguna
matización más.
El E.T. lo trata en su art. 36, con 8 horas de promedio y prohibición de horas extraordinarias, entre la
22 y las 6 de la mañana, con aplicación regular en ese horario de al menos tres horas por jornada o un
tercio de su jornada ordinaria al año. Ese art. 36 del E. T. indica una retribución específica para el
trabajo nocturno, a establecer por convenio. En mi opinión el plus correspondiente se aplica a esa
jornada nocturna y no fuera de la misma, no retribuyéndose así con tal plus las horas trabajadas fuera
de ese horario, como indicó la Sentencia del Supremo de 1/12/97.
Espero que todo ello les sea de utilidad.
Un saludo.
El Inspector de Trabajo y SS
José Ignacio Domínguez García de Paredes

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
lupeli
 
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
derechodeltrabajo
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
Manuel Molinari
 
El procedimiento de reclamo colectivo caso ejemplo
El procedimiento de reclamo colectivo caso ejemploEl procedimiento de reclamo colectivo caso ejemplo
El procedimiento de reclamo colectivo caso ejemplo
naicar_sanchez
 
Mapa conceptual convencion colectiva
Mapa conceptual convencion colectivaMapa conceptual convencion colectiva
Mapa conceptual convencion colectiva
Maria Gabriela Mora
 
Concepto de contrato colectivo de trabajo expocicion de derecho
Concepto de contrato colectivo de  trabajo expocicion de derechoConcepto de contrato colectivo de  trabajo expocicion de derecho
Concepto de contrato colectivo de trabajo expocicion de derecho
Arturo Colin Sanchez
 
La jornada de trabajo
La jornada de trabajoLa jornada de trabajo
La jornada de trabajo
lizcm92
 
Pago de horas extras
Pago de horas extrasPago de horas extras
Pago de horas extras
Karla Isabel Cervantes Villeda
 
Artículo: Contrato Sindical
Artículo: Contrato SindicalArtículo: Contrato Sindical
Artículo: Contrato Sindical
ACOSET
 
Mi Convenio Colectivo
Mi Convenio ColectivoMi Convenio Colectivo
Mi Convenio Colectivo
Sonia Soriano
 
Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza modelo de co...
Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza   modelo de co...Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza   modelo de co...
Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza modelo de co...
Corporación Hiram Servicios Legales
 
Contrato Sujeto A Modalidad Intermitente
Contrato Sujeto A Modalidad IntermitenteContrato Sujeto A Modalidad Intermitente
Contrato Sujeto A Modalidad Intermitente
sin trabajo
 
La Huelga
La HuelgaLa Huelga
La Huelga
Kristelvf
 
Conflictos colectivos
Conflictos colectivosConflictos colectivos
Conflictos colectivos
Hugo Araujo
 
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MM
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MMDictamen determina orden de subrogación de FF.MM
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MM
Nelson Leiva®
 
Reunión Normativa Laboral
Reunión Normativa LaboralReunión Normativa Laboral
Reunión Normativa Laboral
Yennibel Canela
 
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la HuelgaPliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Carmen Gil
 
PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)
PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)
PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)
Videoconferencias UTPL
 
La reunión normativa laboral
 La reunión normativa laboral La reunión normativa laboral
La reunión normativa laboral
HanyMoreno1
 
Modulo 5
Modulo 5Modulo 5

La actualidad más candente (20)

Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
 
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
Unidad 5 "Jornada de Trabajo"
 
Reunion normativa laboral
Reunion normativa laboralReunion normativa laboral
Reunion normativa laboral
 
El procedimiento de reclamo colectivo caso ejemplo
El procedimiento de reclamo colectivo caso ejemploEl procedimiento de reclamo colectivo caso ejemplo
El procedimiento de reclamo colectivo caso ejemplo
 
Mapa conceptual convencion colectiva
Mapa conceptual convencion colectivaMapa conceptual convencion colectiva
Mapa conceptual convencion colectiva
 
Concepto de contrato colectivo de trabajo expocicion de derecho
Concepto de contrato colectivo de  trabajo expocicion de derechoConcepto de contrato colectivo de  trabajo expocicion de derecho
Concepto de contrato colectivo de trabajo expocicion de derecho
 
La jornada de trabajo
La jornada de trabajoLa jornada de trabajo
La jornada de trabajo
 
Pago de horas extras
Pago de horas extrasPago de horas extras
Pago de horas extras
 
Artículo: Contrato Sindical
Artículo: Contrato SindicalArtículo: Contrato Sindical
Artículo: Contrato Sindical
 
Mi Convenio Colectivo
Mi Convenio ColectivoMi Convenio Colectivo
Mi Convenio Colectivo
 
Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza modelo de co...
Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza   modelo de co...Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza   modelo de co...
Cómo es un contrato de trabajo para un trabajador de confianza modelo de co...
 
Contrato Sujeto A Modalidad Intermitente
Contrato Sujeto A Modalidad IntermitenteContrato Sujeto A Modalidad Intermitente
Contrato Sujeto A Modalidad Intermitente
 
La Huelga
La HuelgaLa Huelga
La Huelga
 
Conflictos colectivos
Conflictos colectivosConflictos colectivos
Conflictos colectivos
 
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MM
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MMDictamen determina orden de subrogación de FF.MM
Dictamen determina orden de subrogación de FF.MM
 
Reunión Normativa Laboral
Reunión Normativa LaboralReunión Normativa Laboral
Reunión Normativa Laboral
 
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la HuelgaPliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
Pliego de peticiones, Junta de Conciliación, Junta de Arbitraje y la Huelga
 
PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)
PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)
PRACTICA PROCESAL LABORAL II (CAPITULO II)
 
La reunión normativa laboral
 La reunión normativa laboral La reunión normativa laboral
La reunión normativa laboral
 
Modulo 5
Modulo 5Modulo 5
Modulo 5
 

Similar a Respuesta inspección-sobre-jornada-máxima-de-trabajo-diaria

Requerimiento dirección g eneral empleo
Requerimiento dirección g eneral empleoRequerimiento dirección g eneral empleo
Requerimiento dirección g eneral empleo
Ugt Gran Via Dos
 
Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013
Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013
Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013
oscargaliza
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
Karina
 
Lusmila sindicato
Lusmila sindicatoLusmila sindicato
Lusmila sindicato
Lusmila j Sifontes Lopez
 
CONTRATOS LABORALES
CONTRATOS LABORALESCONTRATOS LABORALES
CONTRATOS LABORALES
Claudia Gabriela Rivera
 
Laboral
LaboralLaboral
contrato colectivo
 contrato colectivo contrato colectivo
contrato colectivo
tania torres cobos
 
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas Extras
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas ExtrasDictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas Extras
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas Extras
Nelson Leiva®
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
luis enrique soto garcia
 
Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...
Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...
Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...
Universidad Autónoma de Barcelona
 
Generalidades del contrato colectivo
Generalidades del contrato colectivoGeneralidades del contrato colectivo
Generalidades del contrato colectivo
josuealdairsanchezmo
 
Contrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajoContrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajo
Suset Balbuena
 

Similar a Respuesta inspección-sobre-jornada-máxima-de-trabajo-diaria (20)

Requerimiento dirección g eneral empleo
Requerimiento dirección g eneral empleoRequerimiento dirección g eneral empleo
Requerimiento dirección g eneral empleo
 
Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013
Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013
Requerimiento de la dge ggaa notificado dia 15 03 2013
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Legislacion
LegislacionLegislacion
Legislacion
 
Lusmila sindicato
Lusmila sindicatoLusmila sindicato
Lusmila sindicato
 
CONTRATOS LABORALES
CONTRATOS LABORALESCONTRATOS LABORALES
CONTRATOS LABORALES
 
Laboral
LaboralLaboral
Laboral
 
contrato colectivo
 contrato colectivo contrato colectivo
contrato colectivo
 
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas Extras
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas ExtrasDictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas Extras
Dictamen No Cumplimiento de Jornadas y Horas Extras
 
Legislacion laboral
Legislacion laboralLegislacion laboral
Legislacion laboral
 
Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...
Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...
Control de la jornada de trabajo y horas extras. Instrucción 3 de 2016 de la ...
 
Generalidades del contrato colectivo
Generalidades del contrato colectivoGeneralidades del contrato colectivo
Generalidades del contrato colectivo
 
Contrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajoContrato colectivo de trabajo
Contrato colectivo de trabajo
 

Más de Valkyria Val

Denuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesa
Denuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesaDenuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesa
Denuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesa
Valkyria Val
 
Contestación itss-cómputo-licencias
Contestación itss-cómputo-licenciasContestación itss-cómputo-licencias
Contestación itss-cómputo-licencias
Valkyria Val
 
Respuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegur
Respuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegurRespuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegur
Respuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegur
Valkyria Val
 
Cursos director seguridad_30_09_16
Cursos director seguridad_30_09_16Cursos director seguridad_30_09_16
Cursos director seguridad_30_09_16
Valkyria Val
 
Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017
Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017
Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017
Valkyria Val
 
Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016
Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016
Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016
Valkyria Val
 
Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016
Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016
Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016
Valkyria Val
 
Valedor do pobo_definitivo
Valedor do pobo_definitivoValedor do pobo_definitivo
Valedor do pobo_definitivo
Valkyria Val
 

Más de Valkyria Val (8)

Denuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesa
Denuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesaDenuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesa
Denuncia inspecion ropa de frio y uniformidad casesa
 
Contestación itss-cómputo-licencias
Contestación itss-cómputo-licenciasContestación itss-cómputo-licencias
Contestación itss-cómputo-licencias
 
Respuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegur
Respuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegurRespuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegur
Respuesta de-i.t.-17-ene.-2016-sanción-a-atlantisegur
 
Cursos director seguridad_30_09_16
Cursos director seguridad_30_09_16Cursos director seguridad_30_09_16
Cursos director seguridad_30_09_16
 
Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017
Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017
Solicitud Ere segur iberica al juez del concurso 12 enero 2017
 
Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016
Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016
Acta 5 del Ere de segur iberica 28 diciembre 2016
 
Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016
Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016
Acta 4 del Ere de segur iberica 21 diciembre 2016
 
Valedor do pobo_definitivo
Valedor do pobo_definitivoValedor do pobo_definitivo
Valedor do pobo_definitivo
 

Último

7. LA CONFIRMACION ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
7. LA CONFIRMACION  ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO7. LA CONFIRMACION  ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
7. LA CONFIRMACION ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
silvanaballadares2
 
Bancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
Bancarrotas y estafas.docx en republica DominicanaBancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
Bancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
jadebarrientos0123
 
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
Baker Publishing Company
 
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptxANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
LuyIzaguirrePaulAnth
 
PAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOS
PAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOSPAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOS
PAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOS
FranyelisDiazMorales
 
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptx
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptxJUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptx
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptx
MarioGarcia650827
 
documento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdf
documento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdfdocumento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdf
documento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdf
JhairOblitasPerez1
 
Ley de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigor
Ley de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigorLey de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigor
Ley de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigor
20minutos
 
6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx
6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx
6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx
silvanaballadares2
 
Resumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptx
Resumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptxResumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptx
Resumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptx
NimerGuerrero
 
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoriaexposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
LaLuz4
 
EL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOS
EL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOSEL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOS
EL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOS
teoriadelaconciliacion
 
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptx
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptxCÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptx
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptx
JairQuioRuiz
 
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artpptel codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
javierlopezchavel
 
triptico PENAL TERMINADO TRIPTICO SORE DERECHO PENAL
triptico PENAL TERMINADO  TRIPTICO SORE DERECHO PENALtriptico PENAL TERMINADO  TRIPTICO SORE DERECHO PENAL
triptico PENAL TERMINADO TRIPTICO SORE DERECHO PENAL
RosildaToralvaCamacl1
 
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Movimiento C40
 
Esquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penalEsquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penal
coronelridolfi031
 
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERGTema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
RosmilaRodriguez
 
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptx
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxLey y normas del Derecho Penal Unidad III.pptx
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptx
dylantalvarez40
 
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuioSusurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
morenacuello0019
 

Último (20)

7. LA CONFIRMACION ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
7. LA CONFIRMACION  ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO7. LA CONFIRMACION  ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
7. LA CONFIRMACION ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
 
Bancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
Bancarrotas y estafas.docx en republica DominicanaBancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
Bancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
 
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
 
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptxANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
ANOTACIONES PREVENTIVAS _compressed (1) (1)_compressed.pptx
 
PAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOS
PAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOSPAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOS
PAGARE NOTARIAL PARA CONTRATOS DE PRESTAMOS
 
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptx
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptxJUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptx
JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO ETAPAS .pptx
 
documento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdf
documento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdfdocumento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdf
documento sobre estado de prescripcion de los medios probatoriospdf
 
Ley de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigor
Ley de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigorLey de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigor
Ley de amnistía en el BOE, con lo que entra en vigor
 
6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx
6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx
6.NULIDAD Y ANULABILIDAD DEL ACTO JURIDICO.pptx
 
Resumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptx
Resumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptxResumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptx
Resumen sobre el Código Bustamante derecho internacional privado.pptx
 
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoriaexposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
exposicion taller de argumentacion juridica y oratoria
 
EL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOS
EL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOSEL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOS
EL PACTO ARBITRAL ESTATUTARIO Y LOS CONFLICTOS SOCIETARIOS
 
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptx
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptxCÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptx
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ECONOMISTA.pptx
 
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artpptel codigo fiscal de la federacion y su artppt
el codigo fiscal de la federacion y su artppt
 
triptico PENAL TERMINADO TRIPTICO SORE DERECHO PENAL
triptico PENAL TERMINADO  TRIPTICO SORE DERECHO PENALtriptico PENAL TERMINADO  TRIPTICO SORE DERECHO PENAL
triptico PENAL TERMINADO TRIPTICO SORE DERECHO PENAL
 
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...
 
Esquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penalEsquema teoria del delito- Derecho penal
Esquema teoria del delito- Derecho penal
 
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERGTema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
Tema-7-La-Mora-Civil Obligaciones II UNERG
 
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptx
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxLey y normas del Derecho Penal Unidad III.pptx
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptx
 
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuioSusurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
Susurros negros PDF fhkklkkiiiuyygdwetyuio
 

Respuesta inspección-sobre-jornada-máxima-de-trabajo-diaria

  • 1. A alternativasindical de trabajadores de Seguridad Privada Calle Federico Moreno Torroba, 9 – Local 1 Madrid C Postal 28007 Telf. 91 434 09 86 Fax: 91 434 09 87 www.alternativasindical.es Email: alternativa@alternativasindical.es Sra. Nuria Chao. Delegada Sindical de alternativasindical en Securitas. En relación con sus consultas le manifiesto lo siguiente: 1º- Calendario laboral. El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores determina que anualmente la empresa deberá realizar un calendario laboral, que deberá exponer en cada centro de trabajo. Dicho calendario, de decisión final de la empresa si existe discrepancia , se realiza con consulta a la representación sindical, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 64 del E.T. en materia de información y específicamente por la Disposición Adicional Tercera del R. Decreto 1.561/1.995 de 21 de septiembre ,que marca ese derecho a ser consultados y a emitir informe con carácter previo a la elaboración del calendario. 2º- Deben atender especialmente también al Convenio del sector, de empresas de seguridad. Solo escasamente trata sobre el calendario, pero sí lo hace sobre los cuadrantes, lo que entendemos que resulta en parte equivalente dado su tratamiento en el convenio. El artículo 41 de dicho convenio, aplicable a su empresa, hace previsión de la realización en estas empresas de cuadrantes anuales, con algunas situaciones exceptuadas, para los servicios denominados como fijos y estables. Esos cuadrantes anuales deben entregarse un mes antes de su efectividad, tanto a los empleados correspondientes, como a la representación sindical. Acuda Usted a las características de esos cuadrantes en el citado artículo, para no tener que repetirlas aquí. Añado que ese artículo 41 del convenio indica que " Las empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal (...). La representación de los trabajadores será informada igualmente de la organización de los turnos y relevos”. Hay una especificación propia para transporte de fondos y manipulado en ese mismo art. 41 del convenio, al señalarse que el calendario o jornadas se establecerán con carácter anual y con un mes de antelación al inicio del año. Ya le indico un factor que estamos observando y que habrá de evitar taxativamente su empresa en adelante, tanto en esos cuadrantes anuales como en los de duración menor. Me refiero a la confección de cuadrantes que supongan el establecimiento organizado de horas extraordinarias. Le anuncio que hemos constatado una realización masiva de las mismas, lo que además de la responsabilidad correspondiente redundará en diversos requerimientos a la empresa y concretamente en la prohibición de cuadrantes con horas extraordinarias obligatorias. 3º- Jornada máxima diaria. El Convenio no regula este punto, haciendo previsión solo de la jornada anual y el cómputo mensual al efecto, con posibilidad en condiciones legales de establecer una distribución irregular de la jornada con respeto a los máximos del caso, descansos, etc.
  • 2. A alternativasindical de trabajadores de Seguridad Privada Calle Federico Moreno Torroba, 9 – Local 1 Madrid C Postal 28007 Telf. 91 434 09 86 Fax: 91 434 09 87 www.alternativasindical.es Email: alternativa@alternativasindical.es Hay que acudir pues a normativa general. El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, con respeto al máximo legal semanal de 40 horas, hace previsión de la posibilidad de jornadas irregulares que hemos mencionado antes con acuerdo al efecto. Sin acuerdo puede aplicarse a un 10% de la jornada anual. El empleado debe conocer esa aplicación irregular con un mínimo de 5 días de antelación. Ese mismo art. 34 del Estatuto determina que " el número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá ser superior a nueve diarias, salvo que por convenio colectivo o en su defecto por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario, respetando en todo caso el descanso entre jornadas". Le recuerdo que ese descanso entre jornadas es en su sector de 13 horas por determinación del convenio. En definitiva ,9 horas diarias como máximo, salvo distribución irregular en las condiciones citadas. Y descanso entre jornadas de 13 horas, como he señalado, salvo en trabajo a turnos o situaciones de especial urgencia o perentoria necesidad como marca el convenio. ¿Qué pasa en esos casos? El convenio no lo dice, por lo que habrá que acudir al artículo 19 del R. Decreto 1.561/1.995 de 21 de septiembre, que indica que el descanso semanal en ese caso de los turnos, que no matiza el convenio y que establece el art. 37 del E.T. con día y medio semanal, permite la acumulación del medio día en periodos de hasta cuatro semanas. Y ese mismo artículo del R. Decreto señalado hace previsión de que al cambiar el trabajador de turno y que no pueda disfrutar del descanso mínimo entre jornadas, se podrá reducir el mismo, en el día en que así ocurra, hasta un mínimo de siete horas, compensándose la diferencia hasta las doce horas establecidas - 13 en empresas de seguridad - con carácter general en los días inmediatamente siguientes. Por tanto la excepción que hace el art. 41 del convenio, no es en absoluto total sino con esas precisiones. 4º- Trabajo nocturno. El convenio en el art.41 solo cita que se considera así el realizado entre las 22 y las 6 horas, sin ninguna matización más. El E.T. lo trata en su art. 36, con 8 horas de promedio y prohibición de horas extraordinarias, entre la 22 y las 6 de la mañana, con aplicación regular en ese horario de al menos tres horas por jornada o un tercio de su jornada ordinaria al año. Ese art. 36 del E. T. indica una retribución específica para el trabajo nocturno, a establecer por convenio. En mi opinión el plus correspondiente se aplica a esa jornada nocturna y no fuera de la misma, no retribuyéndose así con tal plus las horas trabajadas fuera de ese horario, como indicó la Sentencia del Supremo de 1/12/97. Espero que todo ello les sea de utilidad. Un saludo. El Inspector de Trabajo y SS José Ignacio Domínguez García de Paredes