UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO-EDO.LARA
Alumna: Hany Moreno
C.I: 25.136.066
Prof.: Emily Ramirez
Sección: saia A
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE 2019
Reunión Normativa Laboral
la reunión normativa laboral ante la huelga
y el arbitraje.
¿cómo funciona?
naturaleza
Fuentes legales
Exponer la connotación de la extensión obligatoria
de la convención colectiva de trabajo producto de
una reunión normativa laboral.
la participación del Decreto 440 de
fecha 21/11/1958.
Dicho Decreto Ley ya permitía la
posibilidad de que la convocatoria la
efectuaran los sindicatos, los
empresarios, además de los sindicatos
y los patronos en forma conjunta, como
también la convocatoria de oficio por
parte del Ejecutivo Nacional.
La convención colectiva de trabajo por rama de actividad
puede ser acordada en una Reunión Normativa Laboral,
especialmente convocada o reconocida como tal, entre
una o varias organizaciones sindicales de trabajadores y
trabajadoras y uno o varios patronos, una o varias
patronas o sindicatos de patronos y patronas, con el
objeto de establecer las condiciones según las cuales
debe prestarse el trabajo en una misma rama de
actividad.
Establecido en la ley orgánica del trabajo,
trabajadores y trabajadoras en los artículos
452 al 467
Es convocada entre uno o
varias organizaciones sindicales
de trabajadores y patronos.
Cuando la Reunión Normativa Laboral no
culmine con un acuerdo de1nitivo, el ministerio
del Poder Popular con competencia en materia
de trabajo y seguridad social someter a las
diferencias a mediación tomando como base lo
establecido en la Ley orgánica Procesal del
trabajo para la tramitación de la audiencia de
mediación. si no fuera posible la conciliación, el
funcionario o funcionaria del trabajo, a solicitud
de la parte se someterá a arbitraje con base a lo
establecido a la ley y con derecho a huelga.
una vez comprobado que los solicitantes reúnen las condiciones
establecidas en la ley , los declarará como Reunión Normativa Laboral
mediante resolución especial que publicará en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela y en diarios de amplia circulación
además el Ministerio del ramo podrá hacer de oficio esta declaratoria.
Uno o varios sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales de
trabajadores, o uno o varios patronos, que no hubieren sido
convocados a la Reunión Normativa Laboral, podrán adherirse a ella
siempre que así lo manifiesten mediante escrito dirigido al funcionario
que presida la reunión.
es una de las formas de celebrar una Convención Colectiva. Se convoca o
reconoce entre uno o varios sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar
las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con
el alcance local, regional y nacional, del sector público o del sector privado y
siempre con intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita:
trabajadores-autoridad administrativa-patronos.
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%B3n%20Normativa%20Laboral.pdf
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%20del%20Derecho%20Laboral%20Colectivo.pdf?for
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La reunión normativa laboral

  • 1.
    UNIVERSIDAD “FERMIN TORO” VICERECTORADOACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO-EDO.LARA Alumna: Hany Moreno C.I: 25.136.066 Prof.: Emily Ramirez Sección: saia A BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE 2019
  • 2.
    Reunión Normativa Laboral lareunión normativa laboral ante la huelga y el arbitraje. ¿cómo funciona? naturaleza Fuentes legales Exponer la connotación de la extensión obligatoria de la convención colectiva de trabajo producto de una reunión normativa laboral. la participación del Decreto 440 de fecha 21/11/1958. Dicho Decreto Ley ya permitía la posibilidad de que la convocatoria la efectuaran los sindicatos, los empresarios, además de los sindicatos y los patronos en forma conjunta, como también la convocatoria de oficio por parte del Ejecutivo Nacional. La convención colectiva de trabajo por rama de actividad puede ser acordada en una Reunión Normativa Laboral, especialmente convocada o reconocida como tal, entre una o varias organizaciones sindicales de trabajadores y trabajadoras y uno o varios patronos, una o varias patronas o sindicatos de patronos y patronas, con el objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una misma rama de actividad. Establecido en la ley orgánica del trabajo, trabajadores y trabajadoras en los artículos 452 al 467 Es convocada entre uno o varias organizaciones sindicales de trabajadores y patronos. Cuando la Reunión Normativa Laboral no culmine con un acuerdo de1nitivo, el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social someter a las diferencias a mediación tomando como base lo establecido en la Ley orgánica Procesal del trabajo para la tramitación de la audiencia de mediación. si no fuera posible la conciliación, el funcionario o funcionaria del trabajo, a solicitud de la parte se someterá a arbitraje con base a lo establecido a la ley y con derecho a huelga. una vez comprobado que los solicitantes reúnen las condiciones establecidas en la ley , los declarará como Reunión Normativa Laboral mediante resolución especial que publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en diarios de amplia circulación además el Ministerio del ramo podrá hacer de oficio esta declaratoria. Uno o varios sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales de trabajadores, o uno o varios patronos, que no hubieren sido convocados a la Reunión Normativa Laboral, podrán adherirse a ella siempre que así lo manifiesten mediante escrito dirigido al funcionario que presida la reunión. es una de las formas de celebrar una Convención Colectiva. Se convoca o reconoce entre uno o varios sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con el alcance local, regional y nacional, del sector público o del sector privado y siempre con intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita: trabajadores-autoridad administrativa-patronos.
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