La reunión trató varios temas: el incremento salarial de 2019, los procesos de reposición y estabilización de empleo temporal, un proyecto piloto de teletrabajo, protocolos de acoso y resolución de conflictos laborales, la situación del personal de las reservas marinas, y otros asuntos. Sobre la reposición y estabilización, la dirección explicó la diferencia entre ambos procesos y los planes para futuras convocatorias. Hubo desacuerdo entre CGT y la dirección en varios puntos, como la compensación del incremento
Segunda reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del E...CGT Tragsatec
La reunión trató varios temas relacionados con la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en Tragsatec, incluyendo el incremento salarial del 1.75%, la jornada laboral de 37.5 horas semanales, la tasa de reposición y el plan de estabilización de empleo. También se discutió una sentencia sobre un plus de convenio y la cesta de Navidad. La dirección proveyó actualizaciones sobre estos temas pero obvió las preocupaciones expresadas por CGT.
Sexta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Est...CGT Tragsatec
La reunión trató sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en Tragsatec, incluyendo la tasa de reposición de puestos, la estabilización de empleo temporal, un incremento salarial adicional, y la jornada laboral de 37,5 horas semanales. La Dirección presionó para cerrar los temas con el respaldo de la Representación Sindical Estatal, aunque CGT se opuso a algunas propuestas por falta de información y criterios subjetivos en la selección de puestos.
Este documento anuncia las celebraciones del 4o aniversario de La Nómina, incluyendo una semana de charlas sobre temas de nómina y recursos humanos. También invita a los "Noministas" a participar en actividades en Twitter para ganar premios, como libros y pases de cine. Presenta a la invitada especial Mtra. Luz María Moreno, quien ofrecerá un curso avanzado de nómina del 22 de abril al 6 de mayo de 2014.
El documento habla sobre los gastos de personal en la contabilidad general. Explica conceptos como salarios, seguridad social, retenciones e impuestos y cómo se registran contablemente las nóminas, anticipos, indemnizaciones y otros gastos sociales de acuerdo con el Plan General de Contabilidad.
El documento brinda información sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. La CTS es un derecho laboral que corresponde a los trabajadores del sector público y privado. Los empleadores deben depositar la CTS de sus trabajadores dos veces al año y se calcula en base a la remuneración básica y variables del trabajador. El documento también explica cómo se paga la CTS cuando termina la relación laboral y ofrece otros detalles sobre el cálculo y pago de la CTS.
Este documento presenta información sobre conceptos relacionados con la nómina de pagos en Colombia. Explica el salario mínimo, cargas prestacionales, horas extras, contratos de trabajo, jornada laboral, deducciones obligatorias y aportes parafiscales según la legislación colombiana. También define los pagos que constituyen y no constituyen salario, y describe los regímenes de la seguridad social colombiana.
Este documento describe varios beneficios sociales de los trabajadores en Perú, incluyendo la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), vacaciones, gratificaciones y asignación familiar. Explica los requisitos, cálculos y casos prácticos para cada uno de estos beneficios.
Este documento trata sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un beneficio que reciben los trabajadores cuando dejan de laborar y tiene como objetivo protegerlos económicamente. Luego describe quiénes tienen derecho a recibir la CTS, cómo se calcula en base a la remuneración, los conceptos que se incluyen y excluyen en la remuneración computable, y los requisitos y procedimientos para el depósito de los fondos de la CTS.
Segunda reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del E...CGT Tragsatec
La reunión trató varios temas relacionados con la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en Tragsatec, incluyendo el incremento salarial del 1.75%, la jornada laboral de 37.5 horas semanales, la tasa de reposición y el plan de estabilización de empleo. También se discutió una sentencia sobre un plus de convenio y la cesta de Navidad. La dirección proveyó actualizaciones sobre estos temas pero obvió las preocupaciones expresadas por CGT.
Sexta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Est...CGT Tragsatec
La reunión trató sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en Tragsatec, incluyendo la tasa de reposición de puestos, la estabilización de empleo temporal, un incremento salarial adicional, y la jornada laboral de 37,5 horas semanales. La Dirección presionó para cerrar los temas con el respaldo de la Representación Sindical Estatal, aunque CGT se opuso a algunas propuestas por falta de información y criterios subjetivos en la selección de puestos.
Este documento anuncia las celebraciones del 4o aniversario de La Nómina, incluyendo una semana de charlas sobre temas de nómina y recursos humanos. También invita a los "Noministas" a participar en actividades en Twitter para ganar premios, como libros y pases de cine. Presenta a la invitada especial Mtra. Luz María Moreno, quien ofrecerá un curso avanzado de nómina del 22 de abril al 6 de mayo de 2014.
El documento habla sobre los gastos de personal en la contabilidad general. Explica conceptos como salarios, seguridad social, retenciones e impuestos y cómo se registran contablemente las nóminas, anticipos, indemnizaciones y otros gastos sociales de acuerdo con el Plan General de Contabilidad.
El documento brinda información sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. La CTS es un derecho laboral que corresponde a los trabajadores del sector público y privado. Los empleadores deben depositar la CTS de sus trabajadores dos veces al año y se calcula en base a la remuneración básica y variables del trabajador. El documento también explica cómo se paga la CTS cuando termina la relación laboral y ofrece otros detalles sobre el cálculo y pago de la CTS.
Este documento presenta información sobre conceptos relacionados con la nómina de pagos en Colombia. Explica el salario mínimo, cargas prestacionales, horas extras, contratos de trabajo, jornada laboral, deducciones obligatorias y aportes parafiscales según la legislación colombiana. También define los pagos que constituyen y no constituyen salario, y describe los regímenes de la seguridad social colombiana.
Este documento describe varios beneficios sociales de los trabajadores en Perú, incluyendo la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), vacaciones, gratificaciones y asignación familiar. Explica los requisitos, cálculos y casos prácticos para cada uno de estos beneficios.
Este documento trata sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un beneficio que reciben los trabajadores cuando dejan de laborar y tiene como objetivo protegerlos económicamente. Luego describe quiénes tienen derecho a recibir la CTS, cómo se calcula en base a la remuneración, los conceptos que se incluyen y excluyen en la remuneración computable, y los requisitos y procedimientos para el depósito de los fondos de la CTS.
El documento explica el concepto y regulación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. En resumen, la CTS es un beneficio laboral que corresponde a los trabajadores del sector público y privado. Los empleadores deben depositar la CTS de sus trabajadores dos veces al año. El documento también describe quiénes tienen derecho a la CTS, cómo se calcula, y los procedimientos para el pago y retiro de los fondos de CTS.
En esta presentación te compartimos información con fundamento legal de cómo hacer un finiquito en México. El contenido es proporcionado por la Profesora Luz María Moreno colaboradora de La Nómina.
El documento resume las características principales del contrato a tiempo parcial, incluyendo su duración, jornada, formalización, horas complementarias, seguridad social y cálculo de bases reguladoras. Puede celebrarse de forma indefinida o temporal. La jornada puede ser continua o partida y no se permiten horas extraordinarias. Se pueden pactar horas complementarias con límites sobre su número y distribución. En materia de seguridad social, se cotiza en función de las horas trabajadas y se especifican cálculos para incapacidad temporal, matern
Compartimos con ustedes el material que se está utilizando en el seminario-taller abierto de 16 horas y que actualmente está desarrollandose aquí en nuestras instalaciones.
Liquidación de Sueldos - Empleados de ComercioCJPSANTAFE
El documento establece las pautas para la liquidación de sueldos de empleados de comercio según el acuerdo de junio de 2010. Se otorga un incremento salarial del 27% dividido en cuotas del 15%, 7% y 5% entre mayo de 2010 y diciembre de 2010. Las sumas resultantes tendrán carácter no remunerativo hasta ser incorporadas a los salarios básicos entre julio de 2011 y junio de 2012. Se detallan los rubros sobre los cuales se calculan dichas sumas no remunerativas.
Este documento describe los requisitos y cálculo de la prestación del seguro de cesantía en Ecuador. Para recibir la cesantía, un afiliado debe haber realizado al menos 24 aportaciones mensuales al IESS y estar desempleado por al menos 60 días. El monto se calcula como el 3% de las cotizaciones mensuales acumuladas en la cuenta individual. También explica lo que constituye la "materia gravada" para el cálculo de aportes al IESS, incluyendo sueldos, horas extras y comisiones para trabajadores dependientes,
Este documento habla sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un derecho laboral y beneficio social para los trabajadores del sector privado y público. Luego describe quiénes tienen derecho a la CTS, incluyendo trabajadores con una jornada mínima de 4 horas diarias y aquellos con regímenes especiales de remuneración. También indica quiénes no tienen derecho, como trabajadores que perciben el 30% o más de tarifas públicas o están sujetos a otros
Este documento presenta una guía sobre el cálculo de indemnizaciones. Explica conceptos clave como finiquito, indemnización y despido justificado e injustificado. Resalta que todo cálculo debe estar sustentado, fundamentado y motivado. Proporciona ejemplos de cómo calcular indemnizaciones por años de servicio, vacaciones y aguinaldo adeudados. Concluye enfatizando la importancia de apegarse a la ley laboral para evitar problemas legales.
Este documento proporciona información sobre el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) correspondiente al ejercicio 2013. Incluye detalles sobre los empleados con derecho a PTU, cómo se calcula la cantidad a repartir entre los trabajadores y ejemplos numéricos del cálculo. También cubre temas como los plazos de pago, impuestos asociados y consecuencias de no reclamar el PTU dentro del plazo establecido.
Empleo no registrado. Multas de las leyes 24.013 y 25.323eva Ibáñez
Este documento presenta un ejemplo práctico de liquidación laboral que incluye el cálculo de diferentes multas e indemnizaciones según las Leyes 24.013, 25.323 y 20.744 debido a la existencia de empleo no registrado y registros deficientes. Se detallan los montos a abonar por conceptos como indemnización por antigüedad, preaviso, integración de mes de despido, vacaciones, multas por falta de registro de la relación laboral, fecha de ingreso y remuneración real, entre otros. Adicionalmente,
Este documento describe la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un beneficio social que se otorga a los trabajadores cuando cesan en su trabajo y que se calcula en base a la remuneración básica y cantidades adicionales que recibe regularmente el trabajador. También detalla los requisitos para ser elegible a la CTS, como trabajar al menos 4 horas diarias o 20 horas semanales, y excepciones como días de enfermedad o descanso que aún se consideran para el c
Este documento explica la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Algunos puntos clave son: (1) La CTS tiene su origen en 1924 como una indemnización por despido, (2) Actualmente consiste en depósitos semestrales equivalentes a una fracción de la remuneración por cada mes trabajado, (3) Cubre a trabajadores del sector privado que laboren en promedio 4 horas diarias, excepto microempresas y trabajadores domésticos.
Este documento define la Cuenta por Tiempo de Servicios (CTS) como un depósito que corresponde legalmente a todo trabajador como beneficio social por el tiempo de servicio brindado a una empresa. Explica que la CTS se aplica a la mayoría de trabajadores del sector privado, con excepciones como trabajadores con jornadas menores a 4 horas diarias o del régimen de microempresa. También describe los procedimientos para el depósito, traslado, pago y garantía de préstamos con la CTS.
El documento presenta 4 casos prácticos sobre el cálculo de las remuneraciones vacacionales de diferentes trabajadores. En el primer caso se calculan las remuneraciones vacacionales de 3 trabajadores que perciben remuneración fija. En el segundo caso se calcula la remuneración vacacional de un trabajador que recibe comisiones. El tercer caso calcula la remuneración vacacional de una trabajadora que recibe remuneración fija y comisiones. Finalmente, el cuarto caso pide calcular las remuneraciones vacacionales de 2 comisionistas
El documento presenta una explicación general de los conceptos relacionados con la nómina de un empleado. Describe las secciones en que se divide la nómina (devengado, deducciones y apropiaciones), los principales conceptos que se deducen como aportes a salud, pensión y fondos de solidaridad, y los pagos que constituyen el salario de un trabajador. También presenta valores como el salario mínimo legal vigente y porcentajes de aportes y deducciones obligatorias.
Este documento presenta tres casos prácticos sobre el cálculo de beneficios sociales, primas anuales y RC-IVA para trabajadores. Explica conceptos como desahucio, indemnización, causales de pérdida de beneficios, y cómo calcular cada uno en base a la antigüedad y salarios del trabajador. Finalmente, muestra un ejemplo numérico del cálculo del RC-IVA para un salario de Bs. 57,500 en febrero de 2020.
Compensación por tiempo de servicios (cts) 2012Henry Gonzales
Este documento resume los principales aspectos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica cómo se calcula la CTS, las fechas de depósito, los trabajadores con derecho a ella, y los detalles sobre la remuneración computable y los depósitos semestrales que los empleadores deben hacer en las cuentas de los trabajadores.
Quinta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Es...CGT Tragsatec
La quinta reunión entre la Dirección y varios sindicatos de Tragsatec trató varios temas relacionados con la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, incluyendo la tasa de reposición de puestos, la estabilización del empleo temporal, incrementos salariales adicionales y la jornada laboral de 37,5 horas semanales. La Dirección rechazó varias propuestas sindicales y no proporcionó toda la información solicitada. Otro encuentro está programado para el 13 de diciembre.
Reunión con la nueva Dirección de RRHH del Grupo TragsaCGT Tragsatec
La nueva directora de recursos humanos de Tragsatec se reunió con el sindicato CGT para discutir varios temas relacionados con las condiciones laborales de los trabajadores. Algunos de los temas discutidos incluyeron la jornada laboral de 37,5 horas semanales, los incrementos salariales, la estabilización del empleo, las dietas, los beneficios sociales, los conflictos judicializados y la temporalidad. La directora expresó su disposición para mejorar las condiciones laborales dentro de los límites permitidos por SE
El documento explica el concepto y regulación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. En resumen, la CTS es un beneficio laboral que corresponde a los trabajadores del sector público y privado. Los empleadores deben depositar la CTS de sus trabajadores dos veces al año. El documento también describe quiénes tienen derecho a la CTS, cómo se calcula, y los procedimientos para el pago y retiro de los fondos de CTS.
En esta presentación te compartimos información con fundamento legal de cómo hacer un finiquito en México. El contenido es proporcionado por la Profesora Luz María Moreno colaboradora de La Nómina.
El documento resume las características principales del contrato a tiempo parcial, incluyendo su duración, jornada, formalización, horas complementarias, seguridad social y cálculo de bases reguladoras. Puede celebrarse de forma indefinida o temporal. La jornada puede ser continua o partida y no se permiten horas extraordinarias. Se pueden pactar horas complementarias con límites sobre su número y distribución. En materia de seguridad social, se cotiza en función de las horas trabajadas y se especifican cálculos para incapacidad temporal, matern
Compartimos con ustedes el material que se está utilizando en el seminario-taller abierto de 16 horas y que actualmente está desarrollandose aquí en nuestras instalaciones.
Liquidación de Sueldos - Empleados de ComercioCJPSANTAFE
El documento establece las pautas para la liquidación de sueldos de empleados de comercio según el acuerdo de junio de 2010. Se otorga un incremento salarial del 27% dividido en cuotas del 15%, 7% y 5% entre mayo de 2010 y diciembre de 2010. Las sumas resultantes tendrán carácter no remunerativo hasta ser incorporadas a los salarios básicos entre julio de 2011 y junio de 2012. Se detallan los rubros sobre los cuales se calculan dichas sumas no remunerativas.
Este documento describe los requisitos y cálculo de la prestación del seguro de cesantía en Ecuador. Para recibir la cesantía, un afiliado debe haber realizado al menos 24 aportaciones mensuales al IESS y estar desempleado por al menos 60 días. El monto se calcula como el 3% de las cotizaciones mensuales acumuladas en la cuenta individual. También explica lo que constituye la "materia gravada" para el cálculo de aportes al IESS, incluyendo sueldos, horas extras y comisiones para trabajadores dependientes,
Este documento habla sobre la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un derecho laboral y beneficio social para los trabajadores del sector privado y público. Luego describe quiénes tienen derecho a la CTS, incluyendo trabajadores con una jornada mínima de 4 horas diarias y aquellos con regímenes especiales de remuneración. También indica quiénes no tienen derecho, como trabajadores que perciben el 30% o más de tarifas públicas o están sujetos a otros
Este documento presenta una guía sobre el cálculo de indemnizaciones. Explica conceptos clave como finiquito, indemnización y despido justificado e injustificado. Resalta que todo cálculo debe estar sustentado, fundamentado y motivado. Proporciona ejemplos de cómo calcular indemnizaciones por años de servicio, vacaciones y aguinaldo adeudados. Concluye enfatizando la importancia de apegarse a la ley laboral para evitar problemas legales.
Este documento proporciona información sobre el pago de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) correspondiente al ejercicio 2013. Incluye detalles sobre los empleados con derecho a PTU, cómo se calcula la cantidad a repartir entre los trabajadores y ejemplos numéricos del cálculo. También cubre temas como los plazos de pago, impuestos asociados y consecuencias de no reclamar el PTU dentro del plazo establecido.
Empleo no registrado. Multas de las leyes 24.013 y 25.323eva Ibáñez
Este documento presenta un ejemplo práctico de liquidación laboral que incluye el cálculo de diferentes multas e indemnizaciones según las Leyes 24.013, 25.323 y 20.744 debido a la existencia de empleo no registrado y registros deficientes. Se detallan los montos a abonar por conceptos como indemnización por antigüedad, preaviso, integración de mes de despido, vacaciones, multas por falta de registro de la relación laboral, fecha de ingreso y remuneración real, entre otros. Adicionalmente,
Este documento describe la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica que la CTS es un beneficio social que se otorga a los trabajadores cuando cesan en su trabajo y que se calcula en base a la remuneración básica y cantidades adicionales que recibe regularmente el trabajador. También detalla los requisitos para ser elegible a la CTS, como trabajar al menos 4 horas diarias o 20 horas semanales, y excepciones como días de enfermedad o descanso que aún se consideran para el c
Este documento explica la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Algunos puntos clave son: (1) La CTS tiene su origen en 1924 como una indemnización por despido, (2) Actualmente consiste en depósitos semestrales equivalentes a una fracción de la remuneración por cada mes trabajado, (3) Cubre a trabajadores del sector privado que laboren en promedio 4 horas diarias, excepto microempresas y trabajadores domésticos.
Este documento define la Cuenta por Tiempo de Servicios (CTS) como un depósito que corresponde legalmente a todo trabajador como beneficio social por el tiempo de servicio brindado a una empresa. Explica que la CTS se aplica a la mayoría de trabajadores del sector privado, con excepciones como trabajadores con jornadas menores a 4 horas diarias o del régimen de microempresa. También describe los procedimientos para el depósito, traslado, pago y garantía de préstamos con la CTS.
El documento presenta 4 casos prácticos sobre el cálculo de las remuneraciones vacacionales de diferentes trabajadores. En el primer caso se calculan las remuneraciones vacacionales de 3 trabajadores que perciben remuneración fija. En el segundo caso se calcula la remuneración vacacional de un trabajador que recibe comisiones. El tercer caso calcula la remuneración vacacional de una trabajadora que recibe remuneración fija y comisiones. Finalmente, el cuarto caso pide calcular las remuneraciones vacacionales de 2 comisionistas
El documento presenta una explicación general de los conceptos relacionados con la nómina de un empleado. Describe las secciones en que se divide la nómina (devengado, deducciones y apropiaciones), los principales conceptos que se deducen como aportes a salud, pensión y fondos de solidaridad, y los pagos que constituyen el salario de un trabajador. También presenta valores como el salario mínimo legal vigente y porcentajes de aportes y deducciones obligatorias.
Este documento presenta tres casos prácticos sobre el cálculo de beneficios sociales, primas anuales y RC-IVA para trabajadores. Explica conceptos como desahucio, indemnización, causales de pérdida de beneficios, y cómo calcular cada uno en base a la antigüedad y salarios del trabajador. Finalmente, muestra un ejemplo numérico del cálculo del RC-IVA para un salario de Bs. 57,500 en febrero de 2020.
Compensación por tiempo de servicios (cts) 2012Henry Gonzales
Este documento resume los principales aspectos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en Perú. Explica cómo se calcula la CTS, las fechas de depósito, los trabajadores con derecho a ella, y los detalles sobre la remuneración computable y los depósitos semestrales que los empleadores deben hacer en las cuentas de los trabajadores.
Quinta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Es...CGT Tragsatec
La quinta reunión entre la Dirección y varios sindicatos de Tragsatec trató varios temas relacionados con la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018, incluyendo la tasa de reposición de puestos, la estabilización del empleo temporal, incrementos salariales adicionales y la jornada laboral de 37,5 horas semanales. La Dirección rechazó varias propuestas sindicales y no proporcionó toda la información solicitada. Otro encuentro está programado para el 13 de diciembre.
Reunión con la nueva Dirección de RRHH del Grupo TragsaCGT Tragsatec
La nueva directora de recursos humanos de Tragsatec se reunió con el sindicato CGT para discutir varios temas relacionados con las condiciones laborales de los trabajadores. Algunos de los temas discutidos incluyeron la jornada laboral de 37,5 horas semanales, los incrementos salariales, la estabilización del empleo, las dietas, los beneficios sociales, los conflictos judicializados y la temporalidad. La directora expresó su disposición para mejorar las condiciones laborales dentro de los límites permitidos por SE
Tercera reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del E...CGT Tragsatec
La tercera reunión entre la dirección y varios sindicatos de Tragsatec trató sobre la tasa de reposición de puestos para 2017 y 2018 de acuerdo a la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la estabilización del empleo temporal, e incrementos salariales. La dirección y los sindicatos discreparon en cómo interpretar e implementar estas medidas, con los sindicatos solicitando más información y transparencia sobre los criterios y cálculos utilizados por la dirección.
Juicio por el abono del Plus de Convenio en Tragsatec a demanda de CGTCGT Tragsatec
El sindicato CGT demandó a la empresa Tragsatec por negarse a pagar un plus salarial establecido en el convenio colectivo a trabajadores temporales de los niveles 1 y 2. En la audiencia, CGT argumentó que la limitación presupuestaria no impide el pago de complementos salariales y que no pagarlo discrimina a los temporales. La empresa afirmó que solo no lo paga a los temporales debido a restricciones, y el fiscal apoyó la demanda de CGT al considerar que la limitación no afecta a los complementos. El
Segunda reunión sobre la ejecución de la bolsa de horasCGT Tragsatec
La Dirección de Tragsatec y 3 de las 4 secciones sindicales acordaron la recuperación de todas las horas de la bolsa de horas por parte de los trabajadores. A pesar de que la Administración permitirá a la empresa repercutirle hasta un 10% del coste de obra debido a la suspensión de encargos, los trabajadores deberán recuperar todas las horas. CGT decidió no firmar el acuerdo al considerar injusto que los trabajadores tengan que recuperar todas las horas cuando la empresa recibirá una compensación del 10% por
1) Se celebró una reunión entre la dirección de recursos humanos del hospital y la junta de personal sindical para discutir varios temas relacionados con los derechos laborales de los trabajadores.
2) Entre los temas discutidos se encontraban el pago retrasado de las DPOs (complementos salariales), nuevas normas sobre permisos por hospitalización de familiares y eliminación de permisos por CMA, y la ampliación de la jornada laboral.
3) La reunión tuvo momentos de tensión debido
Cuarta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Es...CGT Tragsatec
La cuarta reunión sobre la aplicación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 en Tragsatec se celebró para tratar sobre la jornada laboral de 37,5 horas semanales. La Dirección de la empresa indicó que necesita tiempo para analizar el informe recibido de la Abogacía del Estado sobre cómo aplicar la jornada de 37,5 horas. La reunión finalizó aplazándose hasta el 18 de diciembre sin llegar a un acuerdo entre las partes.
CGT demanda judicialmente el abono del complemento salarial Plus de ConvenioCGT Tragsatec
CGT ha presentado una demanda ante la Audiencia Nacional para que se declare el derecho de los trabajadores de Tragsatec contratados a partir de 2014 a percibir el complemento Plus de Convenio regulado en el Convenio de Ingeniería. La Dirección de Tragsa se niega a pagar este complemento a 237 trabajadores desde 2015 alegando que es un incremento prohibido por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. CGT sostiene que el Plus de Convenio es un complemento salarial y ha solicitado conciliación que fue rechazada, llevando el
El documento proporciona información sobre varias reuniones entre el sindicato CGT y la empresa SEAT. En la primera reunión, SEAT informa sobre cambios en la compañía de seguros de vida y el calendario de producción para marzo. CGT pide más información sobre mantenimiento, jubilaciones y ritmos de trabajo. En otra reunión, se acuerda un plan para los días de descanso de los empleados. CGT también defiende los derechos de los trabajadores a permisos y una mejor salud laboral.
Primera reunión sobre la ejecución de la bolsa de horasCGT Tragsatec
La Dirección de Tragsa convocó a las secciones sindicales para negociar la ejecución del acuerdo sobre la bolsa de horas. CGT expresó su desacuerdo con que los trabajadores tengan que recuperar todas las horas y propuso alternativas como la formación a distancia. La Dirección respondió que analizaría casos individuales y solicitó propuestas de los trabajadores. CGT propuso también suspender el reparto de dividendos para que la empresa asuma parte del coste.
CGT solicita en el SIMA el abono del complemento salarial Plus de ConvenioCGT Tragsatec
CGT solicita al Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje que declare el derecho de los trabajadores de Tragsatec a percibir un complemento salarial reconocido en el Convenio de Ingeniería. La dirección de la empresa se niega a pagarlo alegando limitaciones presupuestarias. Tras la conciliación fallida, CGT llevará el caso a la vía judicial para determinar si el complemento es parte del salario o un incremento, como alega la dirección.
Bolsa de horas en el Grupo Tragsa a causa del estado de alarma por COVID-19CGT Tragsatec
El presidente de Tragsa propuso establecer una bolsa de horas ya retribuidas para compensar el tiempo de trabajo no realizado debido a la suspensión de actividades por el COVID-19. CGT valoró positivamente mantener las condiciones laborales pero no estuvo de acuerdo en que los trabajadores asumieran los costes. Según CGT, la legislación laboral y directrices del gobierno establecen que los trabajadores conservarían el derecho a su salario sin compensación. Además, Tragsa obtuvo beneficios en 2019. C
Tercera reunión sobre la aplicación del permiso retribuido recuperableCGT Tragsatec
El documento resume una reunión entre la dirección de Tragsatec y el sindicato CGT sobre la aplicación del permiso retribuido recuperable durante la pandemia de COVID-19. La dirección rechazó varias propuestas del sindicato, como recuperar sólo parte de las horas o pagar los salarios con los beneficios de la empresa, insistiendo en que todas las horas deben ser recuperadas. CGT no firmó el acuerdo final al considerar que la empresa debería arrimar el hombro económicamente en lugar de priorizar los dividendos de los accion
CGT recurre la sentencia por la pérdida de los puentes del personal a turnos ...CGT Tragsatec
CGT recurre ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la pérdida de los puentes del personal a turnos de Tragsatec. CGT argumenta que la negociación del calendario laboral no es el ámbito adecuado para modificar una jornada o condición más beneficiosa, y que Tragsatec no es estrictamente una administración pública. Adicionalmente, CGT critica la falta de comparecencia de otros sindicatos en el juicio original.
SORTEO DE JORNADA INDUSTRIAL
MÁS FLEXIBILIDAD??????
PERMISOS
REJUVENECIMIENTO DE LA PLANTILLA YA!!
HUELGA DE LOS SÁBADOS
YA ESTÁ BIEN DE EXPRIMIR A LOS NUEVOS CONTRATOS!!
Reunión de la Dirección con los sindicatos el 27 de febrero de 2014CGT Tragsatec
La Dirección de Tragsa se reunió con los sindicatos para discutir varios temas: 1) la constitución de un órgano de representación estatal, donde CGT exigió un miembro por sindicato; 2) la composición de comisiones paritarias sobre igualdad y formación; 3) los calendarios laborales de centros sin representación. También se informó sobre los ingresos de 2013 y la deuda del Grupo Tragsa.
La reunión trató varios temas relacionados con las condiciones laborales del personal del hospital. La dirección informó sobre nuevos contratos de personal eventual, la formación del personal, las cargas de trabajo en servicios como Urgencias y la gestión de permisos de flexibilidad horaria. La Junta de Personal cuestionó algunas decisiones de la dirección respecto a estos temas.
Este documento resume varios temas relacionados con las condiciones laborales de los trabajadores de SEAT Martorell en España. En primer lugar, critica la política de la empresa con respecto a los recientes despidos y aumentos de producción. Luego, aborda temas como las horas extras, los contratos temporales a través de agencias de empleo, y la necesidad de mejorar los salarios. También discute cambios recientes en las cotizaciones a la seguridad social y los planes de pensiones de los empleados. Por último, apoya el derecho de los trabajadores
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Segunda reunión sobre la aplicación del permiso retribuido recuperableCGT Tragsatec
La segunda reunión sobre la aplicación del permiso retribuido recuperable en Tragsatec discutió la propuesta de la dirección de que los trabajadores recuperen todas las horas perdidas trabajando horas extras. El sindicato CGT propuso alternativas como formación a distancia o usar reservas de la empresa, pero la dirección rechazó estas opciones. La dirección estimó el coste de las horas extras en 200.000€, mientras que destinan millones a reservas y dividendos. CGT criticó que la carga recaiga solo en los trabajadores. Se
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La dirección de Tragsatec convocó a las secciones sindicales para constituir una comisión representativa y negociar la recuperación del tiempo no trabajado durante el permiso retribuido recuperable entre el 30 de marzo y el 9 de abril. La comisión quedó constituida como la actual Representación Sindical Estatal. La dirección propuso recuperar todas las horas mediante una hora diaria de lunes a jueves y dos horas los viernes. CGT no estuvo de acuerdo en que toda la recuperación recaiga sobre los trabajadores
Guía Rápida Covid-19 sobre permiso recuperableCGT Tragsatec
El documento habla sobre un permiso retribuido recuperable aprobado por el gobierno español para trabajadores de empresas no esenciales cerradas debido al COVID-19. Explica que los trabajadores seguirán cobrando su salario habitual durante el permiso, y que la recuperación del tiempo debe negociarse entre empresas y representantes de los trabajadores.
Guía rápida Covid-19 sobre seguridad y salud en los centros de trabajoCGT Tragsatec
Este documento resume las principales dudas sobre las medidas de seguridad y prevención relacionadas con el COVID-19 en el lugar de trabajo. Explica que los trabajadores tienen derecho a ser informados sobre los riesgos y que las empresas deben adoptar medidas como el teletrabajo siempre que sea posible o establecer turnos escalonados para reducir las concentraciones de trabajadores. También cubre temas como los equipos de protección individual, qué hacer si la empresa no cumple las medidas y las bajas por infección o contacto.
CGT solicita la ampliación de medidas frente al Coronavirus en el Grupo TragsaCGT Tragsatec
El sindicato CGT ha solicitado a la dirección del Grupo Tragsa que amplíe las medidas frente al coronavirus para incluir el permiso con derecho a remuneración para el cuidado de menores y mayores afectados por el cierre de centros educativos y de mayores, de acuerdo con la resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública. Sin embargo, las medidas adoptadas inicialmente por la dirección de Tragsa no incluyeron esta posibilidad. Por lo tanto, CGT ha vuelto a solicitar a la dirección que con
CGT critica a otros sindicatos como CCOO y UGT por firmar acuerdos perjudiciales para los trabajadores a cambio de beneficios para la empresa o los sindicatos. CGT se niega a firmar cualquier acuerdo que reduzca los derechos de los trabajadores o discrimine contra algunos de ellos. El documento también describe disputas específicas entre CGT y la dirección de Tragsa sobre el calendario laboral y el fondo de asistencia social.
Reunión de las comisiones de Igualdad y Reclasificación en febrero de 2020CGT Tragsatec
La Comisión Negociadora del Plan de Igualdad de Tragsatec se reunió el 26 de febrero de 2020 y la Dirección presentó datos limitados sobre la situación de la empresa. La Comisión de Reclasificación también se reunió el 27 de febrero y aprobó 19 reclamaciones de 2016. Algunas categorías no están incluidas en el Convenio para solicitar reclasificación. La próxima reunión de la Comisión de Reclasificación será el 24 de marzo para evaluar 49 reclamaciones pendientes.
La Audiencia Nacional desbloquea la Comisión de Reclasificación de TragsatecCGT Tragsatec
La Audiencia Nacional obliga a Tragsatec a convocar nuevamente la Comisión de Reclasificación para analizar las solicitudes de reclasificación presentadas por los trabajadores desde 2012 y garantizar su derecho a un incremento salarial si cumplen funciones de categoría superior. La sentencia también reconoce el derecho de los trabajadores reclasificados a recibir las cantidades atrasadas por la nueva categoría desde un año antes de la solicitud de mediación, con excepción de quienes reclamaron individualmente con anterioridad.
Reunión sobre el Calendario laboral de Tragsatec Madrid 2020CGT Tragsatec
La reunión entre la Dirección de Tragsatec Madrid y el Comité de Empresa para negociar el calendario laboral de 2020 resultó en desacuerdo. La Dirección rechazó la mayoría de las propuestas del Comité para favorecer la conciliación laboral y reducir la contaminación, alegando que iban en contra del Acuerdo de Homologación. Tampoco aceptó incrementar la masa salarial del turno de tarde. Finalmente, la Dirección accedió a entrar más tarde y salir antes en verano a cambio de consolidar la pérdida del
Narendra Modi obtuvo un tercer mandato, aunque su partido, Bharatiya Janata Party (BJP), perdió la mayoría absoluta que tenía en Cámara Baja del Parlamente, Lok Sabha. De los 543curules solo consiguió 240 (perdió 63 comparado con los asientos que obtuvo en las últimas elecciones del 2019) y gobernara en alianza con dos partidos para una coalición con 292 votos curules. Modi era visto como invencible pues su partido gano dos veces antes, el 2014 y 2019, con mayoría absoluta, y quería en estas elecciones tener unos 400 asientos para su partido. Y muchas encuestadoras aseguraban que iba a tener mayoría por lo menos.
No ha sido así, no es invencible. Sigue siendo el líder más popular, el otro partido con más votos, el Partido del Congreso, de la familia Gandhi, con Rahul Gandhi solo consiguió 99 votos (aunque esto es un gran avance respecto a la última elección que solo consiguió 52 votos).
Modi gobernara por tercera vez, algo que antes solo lo hizo Jawaharlal Nehru.
Narendra Modi es uno de los lideres más populares en la historia de la India (y en el mundo en la actualidad), que consolido su poder desde que fue gobernador de Guyarat donde fue jefe de ese estado del 2001 al 2014. Es miembro también del Rastriya Swayamsevak Sangh, abreviada RSS (en español Asociación de Voluntarios Nacionales o Asociación Patriótica Nacional), una organización paramilitar india de externa derecha y nacionalista hindú, conformada por voluntarios.
Reunión entre la Dirección y la Representación Sindical Estatal el 2 de octubre de 2019
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REUNIÓN ENTRE LA DIRECCIÓN Y LA REPRESENTACIÓN SINDICAL ESTATAL EL 2 DE OCTUBRE
DE 2019
El miércoles 2 de octubre de 2019 tuvo lugar otra reunión entre la Dirección y la Representación Sindical
Estatal (RSE), en la que CGT estuvimos presentes y se trataron principalmente los siguientes puntos:
• Incremento retributivo de 2019
• Tasa de reposición y Tasa de estabilización de empleo temporal
• Proyecto piloto de teletrabajo
• Protocolo de acoso y Procedimiento de resolución de conflictos laborales
• Convenio específico para el personal de Reservas Marinas
• Reglamento del Fondo de Asistencia Social (FAS)
• Registro de jornada
• Adaptación de jornada
Incremento retributivo de 2019
La Dirección presentó el acuerdo final de este incremento retributivo para su aprobación por la RSE y envío
a Hacienda.
Según el artículo 3.Dos del Real Decreto-ley 24/2018, el incremento retributivo de 2019 se compone de tres
porcentajes:
• 2,25%, desde el 1 de enero de 2019.
• 0,25%, desde el 1 de julio de 2019, si el Producto Interior Bruto (PIB) de 2018 superó el 2,5%, como
es el caso.
• 0,25%, destinado a planes de pensiones, mejora de la productividad, etc., que podrá alcanzar el
0,3% en las Administraciones y resto de entidades del sector público en situación de superávit
presupuestario en el ejercicio 2018. Sin embargo, se queda en 0,25% porque SEPI interpreta que el
superávit se evalúa sobre todo el conjunto del sector público.
CGT propusimos eliminar la compensación y absorción de este incremento retributivo a fin de que los
salarios que están por encima de las tablas salariales de convenio también lo perciban. Según nuestra
Asesoría Jurídica esta compensación y absorción no es legal, pero si cuenta con el acuerdo mayoritario de
los sindicatos, entonces, es muy difícil revertirla.
También propusimos eliminar la congelación de los importes de dietas, kilometrajes, Fondo Asistencia
Social (FAS), Fondo de Ayuda a la Vivienda (FAV) y cheques restaurante.
La Dirección ignoró estas propuestas encaminadas a recuperar poder adquisitivo, por lo que CGT no
firmamos el acuerdo.
Tasa de reposición y Tasa de estabilización de empleo temporal
En base a las consultas a la Abogacía del Estado la Dirección explicó la diferencia entre los puestos de tasa
de reposición y los de tasa de estabilización:
• puestos de tasa de reposición: son puestos vacantes con motivo de excedencias, jubilaciones,
fallecimientos, etc.
Los trabajadores y las trabajadoras que en su día solicitaron excedencia con derecho a reserva de
puesto pueden solicitar el reingreso y su puesto dejaría de quedar vacante, por lo que no saldría a
concurso.
Si un trabajador o trabajadora temporal opta al puesto y no aprueba el examen seguiría
permaneciendo en la empresa.
• puestos de tasa de estabilización: son puestos ocupados por personal temporal durante 3 o más
años a fecha 31 de diciembre de 2017.
2. Si el trabajador o trabajadora que ocupa dicho puesto no aprueba el examen tiene riesgo de que se
le aplique un despido objetivo si se origina que haya más personas que puestos en el proyecto.
Las pruebas de conocimientos van a ser a la medida de la persona que ocupa el puesto por ser
quien lo ha generado.
La Dirección informó que la semana del 7 de octubre se publicitará el concurso-oposición de los puestos
vacantes de la tasa de reposición 2017 que tendrá lugar en noviembre. Finalmente, serán 17 en lugar de 21
por la reincorporación del personal indefinido en excedencia.
La tasa de reposición de 2018 saldrá el primer trimestre de 2020, probablemente junto con la de 2019, y la
tasa de estabilización lo hará en varias convocatorias durante 2020.
La reincorporación de personal excedente podría provocar que para un mismo puesto haya dos
trabajadores: el que vuelve de la excedencia y el temporal que le sustituyó. Si la gerencia de Producción no
pudiera absorber a ambos se produciría un problema y habría que trasladar el puesto del trabajador
temporal a la tasa de reposición de 2019 o a la tasa de estabilización para evitar su despido, porque las de
2017 y 2018 ya están aprobadas por Hacienda previa conformidad de la Dirección y la mayoría sindical
manifestada en la reunión del 13 de diciembre de 2018.
Este conflicto de puestos se debe a la errónea interpretación del concepto de reposición que hizo la
Dirección, consistente en atenerse al número de puestos y reubicarlos según las necesidades de las
gerencias de Producción. A pesar de las advertencias de CGT, la Dirección nunca ha respetado la definición
de reposición: el puesto que queda libre es el que se puede ocupar. Sin embargo, la Abogacía del Estado
indica que los puestos de tasa de reposición son puestos vacantes, por lo que teníamos razón.
Esto es consecuencia de no tener una herramienta tan fundamental para este proceso como una Relación
de Puestos de Trabajo (RPT), que CGT hemos reclamando en todo momento y que, a día de hoy, sigue sin
elaborarse por parte de la Dirección porque, a pesar de los efectos colaterales, sabe que cuenta con la
conformidad de secciones sindicales afines que le dan un barniz de legalidad a todas sus propuestas.
Puesto que la Dirección está aplicando lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado
(LPGE) y demás normativa del Sector Público para estabilizar empleo temporal, CGT entendemos que no
sería de aplicación la legislación de la empresa privada y, por tanto, no sería de aplicación un ERE a futuro
y así lo planteamos en la reunión.
La Dirección nos contestó parafraseando a una sección sindical afín afirmando que Tragsatec es un híbrido
entre empresa pública y privada y que, por tanto, podría aplicar un ERE.
Esta respuesta nos sorprendió por dos motivos; primero, porque la Dirección no ha pedido informe sobre
esta cuestión a la Abogacía del Estado ni lo va a hacer, según sus palabras, lo que nos parece una
interpretación frívola y, segundo, porque el Presidente del Grupo Tragsa empezó su andadura afirmando
que, al ser Medio Propio, en la medida que sea presidente de esta empresa no se repetirán cosas que
ocurrieron en el pasado (minuto 25:13), en alusión al ERE, aunque recientemente ha reconocido que si en
alguna ocasión fuese necesario realizar algún tipo de ajuste que afectase al personal eso debe de hacerse
con el acuerdo de los representantes sindicales. No puede volver a producirse un ERE como el que costó el
despido de más de 500 trabajadores.
Deducimos que un ERE grande no se contempla pero uno pequeño no se descarta, por lo que aquello de
ser Medio Propio se interpreta tres meses después de otra manera y requiere la conformidad de los
sindicatos afines, aunque esto último no es ninguna novedad.
Ningún trabajador o trabajadora fue ni será despedida con la firma de CGT.
Siguiendo con la reunión, otra forma de adquirir la condición de personal fijo en la empresa, transcurridos
los plazos legales del contrato temporal, es según lo establecido en los artículos 15 del Estatuto de los
Trabajadores (ET) y 18 del Convenio de Ingeniería. Sin embargo, la Dirección desestima hacerlo por este
camino, al prevalecer la LPGE, y lo relega a la decisión de un juez.
CGT agotamos el recorrido del conflicto colectivo pero los trabajadores y las trabajadoras pueden presentar
demanda individual para obtener la consideración de personal “indefinido fijo”, en cuya sentencia estimatoria
firme, según la Abogacía del Estado, también debe figurar expresamente “indefinido fijo”. En caso de
aparecer sólo “indefinido” se considerará “indefinido no fijo” y el puesto saldrá en la tasa de estabilización.
En esta situación se puede solicitar una aclaración de sentencia para que en la misma figure “indefinido fijo”.
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En cuanto a las bases específicas de la tasa de reposición, CGT nos reiteramos en aumentar la puntuación
de méritos (40) en detrimento de la entrevista personal (20), por entender que esta tiene mucha carga de
subjetividad y arbitrariedad, a fin de ofrecer más garantías para que quien ocupa un puesto se quede con él.
Además, volvimos a insistir en aumentar el número de años de antigüedad, de 8 a 10, en el cómputo de
méritos para compensar los dos años de demora en la aplicación de la tasa de reposición de 2017.
Pensamos que son producidos por ineficiencia de la Dirección al no contar con el personal adecuado desde
el principio; no nos cabe duda que esta dilación le beneficia porque el número de puestos a reponer y
estabilizar disminuye con la caída de encomiendas a lo largo del tiempo y le supone un menor incremento
de la masa salarial.
La Dirección nos contestó que la Abogacía del Estado da por buenos los 40 puntos de méritos para que no
sean determinantes en la obtención del puesto. Añadió que todo lo demás ya está visto con anterioridad y
desestimado.
En otro orden de cosas, la Abogacía del Estado permite a la empresa que sea esta quien decida sobre el
mantenimiento de las condiciones salariales del personal temporal que consigue un puesto fijo,
manifestando la Dirección que está dispuesta a ello.
Por último, la Dirección aportó un listado de 28 puestos de la tasa de reposición de 2019.
Proyecto piloto de teletrabajo
La Dirección informó de la puesta en marcha del proyecto piloto de teletrabajo con 20 trabajadores y
trabajadoras para quienes ha proporcionado equipos informáticos y a quienes se impartirá un cursillo. Las
tareas deben ser programables y medibles.
CGT preguntamos si la empresa se hacía cargo de la conexión a internet, a lo que nos contestó que corría
por cuenta del teletrabajador, con lo que no estábamos de acuerdo.
CGT Entendemos que el teletrabajo, o trabajo a distancia, es consecuencia de la entrada en vigor del Real
Decreto-ley 6/2019 que, entre otras cuestiones, modifica el artículo 34.8 ET para la adaptación de la jornada
laboral a fin de facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral. Por tanto, interpretamos que el trabajo a
distancia también se puede desempeñar en la oficina más cercana al domicilio, como así solicitamos.
La Dirección nos contestó que esto se implementó hace tiempo a propuesta de la parte social, antes de que
CGT estuviera en la RSE, pero quedó parado y ahora se ha retomado. Lo denomina “oficinas en red” y
RRHH está aceptando las solicitudes de los trabajadores y las trabajadoras siempre que haya un puesto
disponible en la oficina de destino.
Protocolo de acoso y Procedimiento de resolución de conflictos laborales
La Dirección entregó dos borradores para su debate y aprobación por parte de la RSE.
El Protocolo de acoso viene a completar el ya existente y está diseñado para responder ante las situaciones
de acoso que se pueden producir en el entorno laboral: acoso psicológico, acoso sexual, acoso por razón
de sexo o de orientación sexual y acoso discriminatorio. Será tratado en la Comisión de Igualdad.
El Procedimiento de resolución de conflictos laborales está enfocado a aquellas cuestiones que no quepan
en la definición de acoso a fin de resolver situaciones conflictivas que se puedan presentar entre el personal
en aras a la búsqueda de una solución consensuada y amistosa entre las partes.
Nos preocupa la posibilidad de que la Dirección, en el ejercicio de su labor mediadora, muestre total o
parcialmente las pruebas de la parte acosada a la parte acosadora para contrastar las versiones de ambas,
pues en caso de que la mediación no llegue a buen término y hubiera que judicializar el conflicto la parte
acosadora sabría a qué atenerse.
En el caso de un conflicto laboral entre un jefe y un trabajador, tememos que pudiera darse el caso que la
Dirección fuera juez, en su labor mediadora, pero también parte por ser los jefes estructura del organigrama.
4. Por nuestra parte, quedamos en revisar jurídicamente ambos protocolos.
Convenio específico para el personal de Reservas Marinas
Ante la convocatoria de huelga indefinida en la Reserva Marina de las Islas Columbretes la Dirección alegó
en el órgano de arbitraje, que estaba teniendo reuniones para estudiar cada reserva para un convenio a
nivel estatal de Reservas Marinas, instándonos a tratarlo en el ámbito de la RSE, por lo que CGT
solicitamos su inclusión en el orden del día para fijar un calendario de reuniones.
Para nuestra sorpresa, la Dirección negó haberse comprometido a negociar un convenio alegando que la
coyuntura política no lo permite. En todo caso se podría tratar de homogeneizar las condiciones laborales
mediante reuniones monográficas en el ámbito de la RSE.
El resto de secciones sindicales se alinearon con la Dirección y se opusieron a nuestra propuesta
planteando diferentes opciones como un convenio de empresa que incluya a este personal o incluso
ninguno.
CGT no nos oponemos a un convenio de empresa pero el actual Acuerdo de Homologación de Tragsatec,
pactado en 2011 entre la Dirección y esas secciones sindicales, no incluye al personal de Reservas
Marinas. El Grupo de Emergencias de Andalucía (GREA) tiene un acuerdo sobre relaciones laborales
específico pactado en 2010 entre la Dirección y esas secciones sindicales; Tragsa tiene un convenio
colectivo propio acordado entre la Dirección y las secciones sindicales homólogas de esas; las BRIF de
Tragsa disponen de un anexo a dicho convenio pactado recientemente entre los citados actores.
Entonces, ¿qué problema hay para que el personal de las Reservas Marinas tenga un convenio, acuerdo
laboral, anexo, o como quiera llamarse, que regularice su situación? CGT pensamos que la Dirección
necesita que sus secciones sindicales afines tengan más apoyo en este colectivo para tutelar sus
reivindicaciones mientras mantiene la precariedad laboral.
Las reservas marinas protegidas ayudan a frenar el cambio climático así como la acidificación de los
océanos, el aumento del nivel del mar o el descenso del oxígeno en los mares. Además, generan un
beneficio público y social de interés pesquero para la sociedad, sostenible por la regeneración de la
biomasa animal.
Para CGT es fundamental que la protección del medioambiente llevada a cabo por los trabajadores y las
trabajadoras se realice en condiciones laborales dignas y con libertad sindical para exigirlas.
Reglamento del Fondo de Asistencia Social (FAS)
El Fundamento de Derecho Quinto de la sentencia de la Audiencia Nacional con la que CGT poníamos fin a
la discriminación de participar en el FAS, establece que la regulación del incremento de las dotaciones que
realiza la empresa al mismo de manera proporcional a los trabajadores y las trabajadoras con derecho a
participar corresponde a las partes que formalizaron el acuerdo, los representantes de la empresa y la
Representación Legal de los Trabajadores (RLT).
Llevamos desde principios de 2018 proponiendo llevar a cabo esta regulación pero, a pesar de tomar
posesión una Dirección a la que se le presupone un talante más “social”, parece que se prefiere dilatar en el
tiempo la aplicación de este mandato judicial.
CGT solicitamos que cualquier trabajador o trabajadora pueda decidir si participa o no en el FAS, que la
distribución de la dotación no sea discriminatoria y que la aportación de la empresa al fondo se incremente
con motivo de la participación del personal que estaba siendo discriminado (temporales, indefinidos no fijos,
buques y reservas marinas), es decir, que sea de 181,80 €/año por participante, sin distinción.
La Dirección excusó no poder incrementar su aportación al fondo por la congelación de la masa salarial
establecida en la LPGE de 2018. Respecto al resto de temas, pospuso su negociación en una reunión
monográfica a celebrar en enero o febrero de 2020.
Nuevamente comprobamos cómo la demora de tiempo ayuda a maquillar las cuentas anuales.
Registro de jornada
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019 es obligatorio el registro de la jornada en las
empresas. En reuniones anteriores la Dirección informó que en algunos centros de trabajo donde no era
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posible registrar informáticamente la jornada se iban a distribuir unas plantillas para su cumplimentación
manual.
CGT entendemos que el registro debe ser automático y contemplar la hora de inicio y fin de la jornada,
entendiendo como tal el tiempo que el trabajador o trabajadora está a disposición del empresario.
Por tal motivo, expusimos la problemática que está teniendo el personal que desempeña su trabajo en las
oficinas de cliente, consistente en el tiempo que pierden desde que entran por la puerta del edificio hasta
que realizan el fichaje online a través de la intranet de la empresa. Este tiempo puede ser de 15 minutos en
el peor de los casos.
La Dirección no está dispuesta a aplicar ningún tipo de corrección sobre la hora de inicio por estos motivos,
excusándose en que es difícil de estimar un tiempo desde que se inicia la jornada hasta que se registra. Por
otro lado, no daba crédito a que el tiempo en realizar el fichaje fuera de 15 minutos, por lo que nos pidió
pruebas para demostrarlo.
Desde aquí recomendamos a los trabajadores y las trabajadoras que sufren esta situación que hagan lo
siguiente:
• Indicar la hora en el control de acceso al edificio, en la medida de las posibilidades, e incluso
hacerle una foto para conservarla como justificante.
• Registrar una incidencia por “Asunto de Fichaje” en la intranet por el tiempo empleado desde que se
entra en el edificio hasta que se logra realizar el fichaje online.
• Solicitar al Departamento de Sistemas de la oficina cliente que programe las actualizaciones de sus
equipos informáticos por la noche, para lo que deberán dejarlo encendido o programar su apagado.
Adaptación de jornada
CGT expusimos las quejas de los trabajadores y las trabajadoras a quienes la Dirección estaba denegando
las solicitudes de adaptación de jornada, amparadas en el Real Decreto-ley 6/2019, excusándose en que
deben cumplir lo estipulado en el calendario laboral, no admitiendo la jornada continuada para el cuidado de
hijos menores.
La Dirección nos indicó que el Acuerdo de Homologación de Tragsatec obliga a trabajar al menos una tarde
para quienes tengan jornada partida. CGT alegamos que el real decreto tiene por objeto, entre otras cosas,
facilitar la conciliación laboral y familiar para el cuidado de hijos menores, principalmente, y, por jerarquía
normativa, prevalece sobre el Acuerdo de Homologación.
Sin embargo, la Dirección nos contestó que al no haber instado la negociación colectiva sobre este real
decreto efectúa la negociación con la persona trabajadora según la normativa existente en la empresa. Aquí
nos quedó claro que la verdadera normativa que aplica la Dirección es la ley del embudo.
Aun así, preguntamos si las respuestas que está dando la Dirección a las solicitudes en las que indica que
en la actualidad no está contemplada la posibilidad de realizar la misma jornada durante todo el año, no
obstante, próximamente se comenzarán a negociar los calendarios laborales del próximo año, manteniendo
la empresa el firme compromiso de facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, son un
compromiso o papel mojado. Nos contestó que es un compromiso.
Como todos los años, volveremos a exigirlo en la negociación de los calendarios laborales. Esperamos que
el resto de secciones sindicales no se echen atrás esta vez.
DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO. ORGANÍZATE EN CGT
17 de octubre de 2019
SECCIÓN SINDICAL ESTATAL DE CGT EN TRAGSATEC
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