SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 20
CODIGO ORGANICO PROCESAL
PENAL
fase
Preparat
oria
Art.262
Fases del
Proceso
Fase
Investigativa
es la disciplina jurídica
encargada de proveer los
conocimientos teóricos,
prácticos y técnicos,
necesarios para comprender
y aplicar las normas jurídicas
implícitas en el proceso
penal.
PROCEDIMIENTO PENAL
ORDINARIO
LA FASE
PREPARATORIA
fundamentalmente
investigativa, en la que
destaca la intervención del
Ministerio Público.
Corresponde al fiscal la
dirección de esta fase y, en
consecuencia, los órganos
de policía dependen
funcionalmente de aquel.
Es el acto en el cual una persona informa a las
autoridades judiciales o al Ministerio Público
acerca de la comisión de un delito. No es
preciso que sea una denuncia formulada por
un particular, sino que basta que el Ministerio
Público haya tenido conocimiento de cualquier
modo, de la perpetración de un hecho punible
de acción pública.
En el curso de la investigación, el
Ministerio Público hará constar no
sólo los hechos y circunstancias útiles
para fundar la inculpación del
imputado, sino también aquellas que
sirvan para exculparle. Ello quiere
decir que su actuación es
independiente, autónoma y objetiva.
2
3. AUTORIDAD DE
POLICIA.
Corresponde a las
autoridades de
policía de
investigaciones
penales, bajo la
dirección del
Ministerio Público, la
práctica de las
diligencias
conducentes a la
determinación de
los hechos punibles
y a la identificación
de sus autores y
partícipes
4 .COMUNICAION AL MINISTERIO
PUBLICO:
Cuando la autoridad de policía reciba
alguna noticia o denuncia de que se ha
cometido un hecho punible, deberá
comunicarla al Ministerio Público dentro de
las 8 horas siguientes y sólo practicará las
diligencias necesarias y urgentes.
La fase preparatoria y la fase
intermedia corresponden a un
tribunal unipersonal que se
denomina tribunal de control, al
juez de control le corresponde:
6. JUEZ DE CONTROL.
Controlar el
cumplimiento de los
principios y
garantías.
Practicar pruebas
anticipadas.
Otorgar
autorizaciones.
El Ministerio Público
procurará dar término
a la investigación con
la diligencia que
requiera el caso. Sin
embargo, pasados
seis (6) meses desde
la individualización
del imputado, éste
podrá requerir al juez
de control la fijación
de un plazo
prudencial para la
conclusión de la
investigación.
Vencido el plazo
fijado, el
Ministerio
Público deberá,
dentro de los 30
días siguientes,
presentar la
acusación o
solicitar el
sobreseimiento
ante el juez de
control
10.
¿ACUSACIÓN?
Cuando el
Ministerio
Público estime
que la
investigación
proporciona
fundamento
serio para el
enjuiciamiento
público del
imputado,
presentará la
acusación ante
el juez de
control.
Si las averiguaciones realizadas
No arrojan elementos suficientes
Para acusar pero el instinto del
Investigador le indica que mas
adelante puede haber nuevos
fundamentos es aquí cuando
Procede ARCHIVAR EL
EXPEDIENTEResulta de la
investigación y el único
ente facultado para dar
por terminado el
proceso y puede
concluirlo Es el
Ministerio Publico , de la
siguiente maneras;
*Acusación
*Archivar el expediente
*Sobreseimiento
NOTA
*Siempre que se inicie una
investigación contra cualquier sujeto el
proceso finalizara de alguna de las
formas antes mencionadas
Se da cuando la investigación arroja
elementos suficientes y convincente
para el enjuiciamiento , la misma lo
determina el Ministerio Publico ; en
dicha acusación deben presenciarse
una serie de elementos tales como
*El hecho que se archive un
caso no quiere decir que la
causa ceso ; ya que el
ministerio publico puede
desempolvar el expediente y
continuar el proceso cuando
así lo estime.
ARCHIVO
EXCEPCION
- Refiere el “COPP” , que
en los casos en los que el
delito afecte el patrimonio
del estado o intereses
colectivos y difusos el fiscal
deberá remitir al fiscal
superior copia del decreto
de cuyo archivo dentro de 3
días siguientes a su dictado .
Si el FISCAL SUPERIOR
no esta de acuerdo con el
archivo lo remite a otro a
los fines de que este prosiga
la investigación o que dicte
acto conclusivo a que haya
lugar debiendo ser
notificada la VICTIMA .
•Si la victima no esta de
acuerdo con la decisión
del Ministerio en archivar
la causa y se crea una
discrepancia ambos, la
victima tendrá la
FACULTAD de solicitar
ante el juez de control que
se examinen los
fundamentos de la
medida.
SOBRESEIMIENTO
*Es una forma de concluir la fase en la que el fiscal solicita al juez la resolución
, el SOBRESEIMIENTO pone termino al procedimiento y tiene autoridad de
cosa juzgada . No permitiendo una nueva persecución penal contra el acusado.
IMPORTANTE
- Según el “COPP”
procede cuando;
*El hecho de objeto del
proceso no se realizo o
no se le puede atribuir el
hecho al imputado.
*Cuando el hecho no es
típico o concurre en
alguna causa de
justificación,
inculpabilidad no
punibilidad
*La acción penal se a
extinguido o resulta
acreditada a cosa
juzgada (EFECTO)
*Es recurrible.
Una vez que se imputa la medida privativa de
libertad el fiscal tendrá 30 días para presentar
el acto conclusivo , en caso de no hacerlo en el
lapso correspondiente solicita al órgano
jurisdiccional una prorroga de 15 días , si no lo
presenta estará violando el debido proceso
.EL SOBRESEIMIENTO SE DICTA
HACIA LA PERSONA NO A LOS
HECHOS..!!
Identificación completa del imputado
Descripción del hecho objeto de la
investigación
Razón de hacho y de derecho en que se
funda la decisión
Disposiciones legales de la decisión
¿QUIEN SOLICITA EL SOBRESEIMIENTO ?
El fiscal al juez de control , mediante un juicio oral donde las
partes debatirán las partes de su fundamentación
LA VICTIMA
Podrá a partir de
los 5 días de
notificado
presentar una
acusación
particular
cumpliendo con
las formalidades
de la ley , lo cual
le confiere calidad
de querellante
AUDIENCIA
PRELIMINAR
Presentada la
acusación el juez
convoca a las
partes una
audiencia oral en
un plazo no
menor de 10 días
ni mayor a 20
EL DEBATE (tribunal) se hará en 1 solo día ,
en caso de que no fuese posible se hará durante
los días consecutivos
Finalizado la audiencia el
juez resolverá en presencia
de las partes sobre las
cuestiones
Se efectuara un registro
claro firmado por los
integrantes del tribunal.
se realizan actos de una gran
importancia para el proceso,
debido a que el juez de control,
en conocimiento de las partes,
toma la decisión de abrir el
juicio penal, previa admisión de
la acusación del Ministerio
Público.
Presentada la acusación, el juez
de control convocará a las
partes a una audiencia oral, que
deberá realizarse dentro de un
lapso no menor de 10 ni mayor
de 20 días.
Dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la
convocatoria, la víctima podrá adherir a la acusación
fiscal o presentar una acusación propia
1. Convocatoria
de las partes.
El día señalado, se realizará la audiencia oral,
en la cual las partes expondrán brevemente
los fundamentos de sus peticiones. El
imputado podrá solicitar que se le reciba su
declaración, la cual será rendida con las
formalidades previstas en el COPP.
Asimismo, el juez informará a las partes
sobre las medidas alternativas a la
prosecución del proceso.
Finalizada la
audiencia, el juez
resolverá, en
presencia de las
partes
• Si admite total o
parcialmente la
acusación , se
ordenará la
apertura del
juicio.
• Si desestima
totalmente la
acusación del
Ministerio
Público, en cuyo
caso decretará el
sobreseimiento.
• Resolverá las
excepciones
opuestas.
• Decidirá acerca
de medidas
cautelares.
• Sentenciará
conforme al
procedimiento
por admisión de
los hechos.
• Aprobará los
acuerdos
reparatorios.
• Decidirá sobre la
pertinencia y
necesidad de la
prueba ofrecida
para el juicio oral
3. AUDIENCIA
PRELIMINAR:
La decisión por la cual el
juez admite la acusación se
dictará ante las partes y
contendrá la identificación
de la persona acusada, la
descripción precisa del
hecho objeto del juicio y su
calificación jurídica
En ese mismo acto, se
dictará el auto de
apertura a juicio, se
emplazará a las partes
para que, en el plazo de
5 días, concurran ante el
juez de juicio y se
instruirá al secretario
para que remita al
tribunal competente la
documentación de las
actuaciones practicadas
y los objetos incautados,
el auto de apertura a
juicio será inapelable.
Una vez que el juez
de control decide
abrir el juicio, se
abre al público
interesado la
información de los
hechos que
conforman la causa.
El juicio concluye con
una sentencia
absolutoria o de
condena.
1. JUICIO ORAL:
La fase de
juzgamiento
corresponde a los
tribunales de juicio,
los cuales se integran
con jueces
profesionales, que
actúan solos, o con
jurados, según sea el
caso.
dirige el debate,
ordena la práctica de
las pruebas, exige el
cumplimiento de las
solemnidades que
correspondan, modera
la discusión y
resuelve los
incidentes y demás
solicitudes de las
partes.
Puede limitar el tiempo
del uso de la palabra a
quienes intervengan
durante el juicio,
fijando límites máximos
igualitarios para todas
las partes, o
interrumpiendo a quien
haga uso
manifiestamente
abusivo de su facultad.
Ejerce las facultades
disciplinarias
destinadas a mantener
el orden y decoro
durante el debate y, en
general, las necesarias
para garantizar su
eficaz realización .
El juez presidente
señalará la fecha
para la
celebración de la
audiencia pública,
la cual deberá
tener lugar no
antes de quince ni
después de treinta
días
El juez presidente
ordenará la
citación de todos
quienes deban
concurrir a la
audiencia. En todo
caso, el acusado
deberá ser citado
por lo menos con
diez (10) días de
anticipación
FIJACIÓN DE LA
AUDIENCIA
PÚBLICA
CITACIÓN DEL
ACUSADO
AUDIENCIA PÚBLICA
En el día y hora fijados, el juez
presidente se constituirá en el
lugar señalado para la audiencia
JURAMENTO
Seguidamente, tomará
juramento a los escabinos o
jurados, según sea el caso
Después de verificar la
presencia de las partes,
expertos, intérpretes o
testigos que deban
intervenir, el juez
presidente declara abierto
el debate
el debate será público; sin
embargo, mediante
resolución fundada que se
hará constar en el acta del
debate, en ciertos casos, el
tribunal podrá resolver que
el debate se efectúe total o
parcialmente a puertas
cerradas
responderán directamente a las preguntas que les
formulen las partes y el tribunal. A tales fines
podrán consultar notas y dictámenes, sin que la
declaración pueda ser reemplazada por su lectura.
Si resulta conveniente, el tribunal podrá disponer
Los documentos
serán leídos y
exhibidos en el
debate, con
indicación de su
origen. El
tribunal,
excepcionalmen
te, con acuerdo
de todas las
partes, podrá
prescindir de la
lectura íntegra
de documentos
o informes
escritos, o de la
reproducción
total de una
grabación,
dando a conocer
su contenido
esencial u
ordenando su
lectura o
reproducción
parcial Los
objetos y otros
elementos
ocupados serán
el juez presidente procederá a llamar
a los testigos, uno a uno. Comenzará
por los que haya ofrecido al Ministerio
Público, continuará con los
propuestos por el querellante y
concluirá con los del acusado,
pudiendo el juez presidente alterar
este orden cuando así lo considere
conveniente para el mejor
esclarecimiento de los hechos.
Terminada la recepción
de las pruebas, el juez
presidente concederá la
palabra, sucesivamente,
al fiscal, al querellante y
al defensor, para que
expongan sus
conclusiones
se otorgará al
fiscal y al
defensor la
posibilidad de
replicar, sólo
en relación a
las
conclusiones
formuladas por
la parte
contraria.
DELIBERACIÓN:
los jueces pasarán a
deliberar en sesión
secreta, se
pronunciarán sobre la
culpabilidad o
inculpabilidad del
acusado.
la decisión sobre la calificación jurídica de
los hechos y la sanción penal
correspondiente, será responsabilidad única
del juez presidente.
la sentencia se
dictará en el mismo
día. La sentencia se
pronunciará en
nombre de la
República,
Redactada la
sentencia, el
tribunal se
constituirá
nuevamente en la
sala de audiencia,
después de ser
convocadas
verbalmente
todas las partes en
el debate, y el texto
será leído ante los
que comparezcan
Cuando la
complejidad del
asunto o lo
avanzado de la hora
tornen necesario
diferir la redacción
de la sentencia, se
leerá tan sólo su
parte dispositiva
ABSOLUTORIA:
La sentencia absolutoria ordenará la
libertad del imputado, la cesación de las
medidas cautelares, la restitución de los
objetos afectados al proceso que no estén
sujetos a comiso, las inscripciones
necesarias y fijará las costas.
CONDENATORIA:
La sentencia condenatoria fijará las penas y
medidas de seguridad que correspondan,
estableciendo provisionalmente la fecha en
que las mismas finalizarán. En caso de
multa, se fijará el plazo dentro del cual ésta
deberá pagarse.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Exposicion etapa intermedia dr[1]. meneses
Exposicion etapa intermedia dr[1]. menesesExposicion etapa intermedia dr[1]. meneses
Exposicion etapa intermedia dr[1]. menesesraulraul1
 
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...Lenis Miser
 
Amag guía de actuación del juez en el ncpp
Amag   guía de actuación del juez en el ncppAmag   guía de actuación del juez en el ncpp
Amag guía de actuación del juez en el ncppHenry Zevallos
 
Medidas coercitivas personales en el ncpp henrry
Medidas coercitivas personales en el ncpp henrryMedidas coercitivas personales en el ncpp henrry
Medidas coercitivas personales en el ncpp henrryHenrry Coronado
 
El nuevo codigo procesal penal 2004......
El nuevo codigo procesal penal 2004......El nuevo codigo procesal penal 2004......
El nuevo codigo procesal penal 2004......Enrique Laos, Etica Cal
 
Fases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatorioFases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatoriolisbethmabel
 
Audiencias en el nuevo codigo procesal penal
Audiencias en el nuevo codigo procesal penalAudiencias en el nuevo codigo procesal penal
Audiencias en el nuevo codigo procesal penalelmisticodeayer
 
DERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANO
DERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANODERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANO
DERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANOAnytwee
 
audiencias preliminares
audiencias preliminaresaudiencias preliminares
audiencias preliminaresjeronimo32
 
Fases del proceso_penal_venezolano
Fases del proceso_penal_venezolanoFases del proceso_penal_venezolano
Fases del proceso_penal_venezolanoHeber Hernandez
 
Amag guía de actuación del abogado defensor en el ncpp
Amag   guía de actuación del abogado defensor en el ncppAmag   guía de actuación del abogado defensor en el ncpp
Amag guía de actuación del abogado defensor en el ncppHenry Zevallos
 
Nuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesales
Nuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesalesNuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesales
Nuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesalesHenrry Coronado
 
Presentación fase intermedia y de juicio
Presentación fase intermedia y de juicio Presentación fase intermedia y de juicio
Presentación fase intermedia y de juicio andres_martinez_123
 
Estructura del proceso penal
Estructura del proceso penalEstructura del proceso penal
Estructura del proceso penallisbethmabel
 
Audiencias del Proceso Penal Acusatorio
Audiencias del Proceso Penal AcusatorioAudiencias del Proceso Penal Acusatorio
Audiencias del Proceso Penal AcusatorioAnaid Campos
 

La actualidad más candente (20)

Exposicion etapa intermedia dr[1]. meneses
Exposicion etapa intermedia dr[1]. menesesExposicion etapa intermedia dr[1]. meneses
Exposicion etapa intermedia dr[1]. meneses
 
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
 
Amag guía de actuación del juez en el ncpp
Amag   guía de actuación del juez en el ncppAmag   guía de actuación del juez en el ncpp
Amag guía de actuación del juez en el ncpp
 
Medidas coercitivas personales en el ncpp henrry
Medidas coercitivas personales en el ncpp henrryMedidas coercitivas personales en el ncpp henrry
Medidas coercitivas personales en el ncpp henrry
 
Ensayo derecho penal comparado
Ensayo derecho penal comparadoEnsayo derecho penal comparado
Ensayo derecho penal comparado
 
El nuevo codigo procesal penal 2004......
El nuevo codigo procesal penal 2004......El nuevo codigo procesal penal 2004......
El nuevo codigo procesal penal 2004......
 
Fases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatorioFases del sistema penal acusatorio
Fases del sistema penal acusatorio
 
La fase intermedia y el juicio oral
La fase intermedia y el juicio oralLa fase intermedia y el juicio oral
La fase intermedia y el juicio oral
 
Audiencias en el nuevo codigo procesal penal
Audiencias en el nuevo codigo procesal penalAudiencias en el nuevo codigo procesal penal
Audiencias en el nuevo codigo procesal penal
 
DERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANO
DERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANODERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANO
DERECHO PROCESAL PENAL ECUATORIANO
 
audiencias preliminares
audiencias preliminaresaudiencias preliminares
audiencias preliminares
 
Fases del proceso_penal_venezolano
Fases del proceso_penal_venezolanoFases del proceso_penal_venezolano
Fases del proceso_penal_venezolano
 
Sistema de Justicia acusatorio adversarial en México.
Sistema de Justicia acusatorio adversarial en México.Sistema de Justicia acusatorio adversarial en México.
Sistema de Justicia acusatorio adversarial en México.
 
Estructura del Nuevo Proceso Penal
Estructura del Nuevo Proceso PenalEstructura del Nuevo Proceso Penal
Estructura del Nuevo Proceso Penal
 
Elena
ElenaElena
Elena
 
Amag guía de actuación del abogado defensor en el ncpp
Amag   guía de actuación del abogado defensor en el ncppAmag   guía de actuación del abogado defensor en el ncpp
Amag guía de actuación del abogado defensor en el ncpp
 
Nuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesales
Nuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesalesNuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesales
Nuevo código procesal penal, función y significado de las etapas procesales
 
Presentación fase intermedia y de juicio
Presentación fase intermedia y de juicio Presentación fase intermedia y de juicio
Presentación fase intermedia y de juicio
 
Estructura del proceso penal
Estructura del proceso penalEstructura del proceso penal
Estructura del proceso penal
 
Audiencias del Proceso Penal Acusatorio
Audiencias del Proceso Penal AcusatorioAudiencias del Proceso Penal Acusatorio
Audiencias del Proceso Penal Acusatorio
 

Similar a Fases proceso penal COP

Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasEsquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasJOSE ANGEL ROJAS GUTIERREZ
 
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptxesquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptxjosemgimenez
 
Fases de investigacion...
Fases de investigacion...Fases de investigacion...
Fases de investigacion...Vidicney
 
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACIONPROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACIONVidicney
 
Zulma procesal penal knovio
Zulma procesal penal knovioZulma procesal penal knovio
Zulma procesal penal knoviozulmacolmenarez
 
Codigo De Procedimiento Penal Ii ,I Bim
Codigo De Procedimiento Penal Ii ,I BimCodigo De Procedimiento Penal Ii ,I Bim
Codigo De Procedimiento Penal Ii ,I BimVideoconferencias UTPL
 
Analicia Paredes Esquema
Analicia Paredes Esquema Analicia Paredes Esquema
Analicia Paredes Esquema José Salcedo
 
Fases del proceso penal
Fases del proceso penalFases del proceso penal
Fases del proceso penalYeye Rodriguez
 
PROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑO
PROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑOPROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑO
PROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑOCLASESDEDERECHO
 
Proceso inmediato
Proceso inmediatoProceso inmediato
Proceso inmediatojosearapa2
 
EXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptx
EXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptxEXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptx
EXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptxLUZMARIAMOROCHOQUINC
 
Instituciones, figuras procesales que cambian o desaparecen
Instituciones, figuras procesales que cambian o desaparecenInstituciones, figuras procesales que cambian o desaparecen
Instituciones, figuras procesales que cambian o desaparecengazabe
 
La fase intermedia penal_PPT
La fase intermedia penal_PPTLa fase intermedia penal_PPT
La fase intermedia penal_PPTMauri Rojas
 
El sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSR
El sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSREl sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSR
El sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSRMauri Rojas
 
El sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSREl sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSRMauri Rojas
 
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdfETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdfMartinGutierrez338369
 

Similar a Fases proceso penal COP (20)

Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasEsquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
 
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptxesquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
 
Fases de investigacion...
Fases de investigacion...Fases de investigacion...
Fases de investigacion...
 
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACIONPROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
 
Temas 17,18,19,20 y 21
Temas 17,18,19,20 y 21Temas 17,18,19,20 y 21
Temas 17,18,19,20 y 21
 
INVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptx
INVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptxINVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptx
INVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptx
 
Zulma procesal penal knovio
Zulma procesal penal knovioZulma procesal penal knovio
Zulma procesal penal knovio
 
Codigo De Procedimiento Penal Ii ,I Bim
Codigo De Procedimiento Penal Ii ,I BimCodigo De Procedimiento Penal Ii ,I Bim
Codigo De Procedimiento Penal Ii ,I Bim
 
copp.pptx
copp.pptxcopp.pptx
copp.pptx
 
Analicia Paredes Esquema
Analicia Paredes Esquema Analicia Paredes Esquema
Analicia Paredes Esquema
 
Fases del proceso penal
Fases del proceso penalFases del proceso penal
Fases del proceso penal
 
Trabajo de penal
Trabajo de penalTrabajo de penal
Trabajo de penal
 
PROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑO
PROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑOPROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑO
PROCEDIMIENTO PENAL PANAMEÑO
 
Proceso inmediato
Proceso inmediatoProceso inmediato
Proceso inmediato
 
EXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptx
EXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptxEXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptx
EXPO DISPOSICIONES ESPECIALES.pptx
 
Instituciones, figuras procesales que cambian o desaparecen
Instituciones, figuras procesales que cambian o desaparecenInstituciones, figuras procesales que cambian o desaparecen
Instituciones, figuras procesales que cambian o desaparecen
 
La fase intermedia penal_PPT
La fase intermedia penal_PPTLa fase intermedia penal_PPT
La fase intermedia penal_PPT
 
El sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSR
El sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSREl sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSR
El sobreseimiento en la fase intermedia_IAFJSR
 
El sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSREl sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSR
 
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdfETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
ETAPA-INTERMEDIA-AUDIENCIA-DE-CONTROL-DE-ACUSACIÓN.pdf
 

Último

412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx
412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx
412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptxAndresSantana60
 
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na Coruña
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na CoruñaCURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na Coruña
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na Coruñaanoiteenecesaria
 
PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdf
PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdfPRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdf
PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdfRubenBrayanVQ
 
S.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad Moderna
S.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad ModernaS.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad Moderna
S.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad ModernaRodrigoReynaldo1
 
Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos importantes de...
Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos   importantes  de...Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos   importantes  de...
Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos importantes de...marisolmendieta1310
 
Presentación conformación brigada de emergencia.ppt
Presentación conformación brigada de emergencia.pptPresentación conformación brigada de emergencia.ppt
Presentación conformación brigada de emergencia.pptaletapiaapr
 
GESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptx
GESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptxGESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptx
GESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptxCarlosRizos
 
Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024
Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024
Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024KellySue4
 
CRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptx
CRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptxCRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptx
CRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptxHugoGuerra28
 
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universo
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universoCURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universo
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universoanoiteenecesaria
 

Último (10)

412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx
412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx
412414553-La-Globalizacion-en-El-Arte.pptx
 
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na Coruña
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na CoruñaCURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na Coruña
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA Eclipses na Coruña
 
PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdf
PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdfPRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdf
PRESENTACION GESTION DE PROYECTOS GRUPO 4 INVIERTE PE.pdf
 
S.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad Moderna
S.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad ModernaS.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad Moderna
S.3 El debate Impacto de la Inteligencia Artificial en la Sociedad Moderna
 
Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos importantes de...
Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos   importantes  de...Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos   importantes  de...
Figuas de Dicción.pptx ,definición, clasificación, ejemplos importantes de...
 
Presentación conformación brigada de emergencia.ppt
Presentación conformación brigada de emergencia.pptPresentación conformación brigada de emergencia.ppt
Presentación conformación brigada de emergencia.ppt
 
GESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptx
GESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptxGESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptx
GESTOS Y POSTURAS EN LA MISA PARA LOS MONAGUILLOS.pptx
 
Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024
Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024
Diapositiva del JUICIO VALORATIVO - 2024
 
CRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptx
CRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptxCRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptx
CRIMEN ORGANIZADO . CONFERENCIA PNP.pptx
 
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universo
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universoCURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universo
CURSO DE INICIACIÓN Á ASTRONOMÍA: O noso lugar no universo
 

Fases proceso penal COP

  • 2. es la disciplina jurídica encargada de proveer los conocimientos teóricos, prácticos y técnicos, necesarios para comprender y aplicar las normas jurídicas implícitas en el proceso penal. PROCEDIMIENTO PENAL ORDINARIO LA FASE PREPARATORIA fundamentalmente investigativa, en la que destaca la intervención del Ministerio Público. Corresponde al fiscal la dirección de esta fase y, en consecuencia, los órganos de policía dependen funcionalmente de aquel. Es el acto en el cual una persona informa a las autoridades judiciales o al Ministerio Público acerca de la comisión de un delito. No es preciso que sea una denuncia formulada por un particular, sino que basta que el Ministerio Público haya tenido conocimiento de cualquier modo, de la perpetración de un hecho punible de acción pública.
  • 3. En el curso de la investigación, el Ministerio Público hará constar no sólo los hechos y circunstancias útiles para fundar la inculpación del imputado, sino también aquellas que sirvan para exculparle. Ello quiere decir que su actuación es independiente, autónoma y objetiva. 2 3. AUTORIDAD DE POLICIA. Corresponde a las autoridades de policía de investigaciones penales, bajo la dirección del Ministerio Público, la práctica de las diligencias conducentes a la determinación de los hechos punibles y a la identificación de sus autores y partícipes 4 .COMUNICAION AL MINISTERIO PUBLICO: Cuando la autoridad de policía reciba alguna noticia o denuncia de que se ha cometido un hecho punible, deberá comunicarla al Ministerio Público dentro de las 8 horas siguientes y sólo practicará las diligencias necesarias y urgentes.
  • 4. La fase preparatoria y la fase intermedia corresponden a un tribunal unipersonal que se denomina tribunal de control, al juez de control le corresponde: 6. JUEZ DE CONTROL. Controlar el cumplimiento de los principios y garantías. Practicar pruebas anticipadas. Otorgar autorizaciones.
  • 5.
  • 6. El Ministerio Público procurará dar término a la investigación con la diligencia que requiera el caso. Sin embargo, pasados seis (6) meses desde la individualización del imputado, éste podrá requerir al juez de control la fijación de un plazo prudencial para la conclusión de la investigación. Vencido el plazo fijado, el Ministerio Público deberá, dentro de los 30 días siguientes, presentar la acusación o solicitar el sobreseimiento ante el juez de control 10. ¿ACUSACIÓN? Cuando el Ministerio Público estime que la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado, presentará la acusación ante el juez de control.
  • 7. Si las averiguaciones realizadas No arrojan elementos suficientes Para acusar pero el instinto del Investigador le indica que mas adelante puede haber nuevos fundamentos es aquí cuando Procede ARCHIVAR EL EXPEDIENTEResulta de la investigación y el único ente facultado para dar por terminado el proceso y puede concluirlo Es el Ministerio Publico , de la siguiente maneras; *Acusación *Archivar el expediente *Sobreseimiento NOTA *Siempre que se inicie una investigación contra cualquier sujeto el proceso finalizara de alguna de las formas antes mencionadas Se da cuando la investigación arroja elementos suficientes y convincente para el enjuiciamiento , la misma lo determina el Ministerio Publico ; en dicha acusación deben presenciarse una serie de elementos tales como
  • 8. *El hecho que se archive un caso no quiere decir que la causa ceso ; ya que el ministerio publico puede desempolvar el expediente y continuar el proceso cuando así lo estime. ARCHIVO EXCEPCION - Refiere el “COPP” , que en los casos en los que el delito afecte el patrimonio del estado o intereses colectivos y difusos el fiscal deberá remitir al fiscal superior copia del decreto de cuyo archivo dentro de 3 días siguientes a su dictado . Si el FISCAL SUPERIOR no esta de acuerdo con el archivo lo remite a otro a los fines de que este prosiga la investigación o que dicte acto conclusivo a que haya lugar debiendo ser notificada la VICTIMA . •Si la victima no esta de acuerdo con la decisión del Ministerio en archivar la causa y se crea una discrepancia ambos, la victima tendrá la FACULTAD de solicitar ante el juez de control que se examinen los fundamentos de la medida.
  • 9. SOBRESEIMIENTO *Es una forma de concluir la fase en la que el fiscal solicita al juez la resolución , el SOBRESEIMIENTO pone termino al procedimiento y tiene autoridad de cosa juzgada . No permitiendo una nueva persecución penal contra el acusado. IMPORTANTE - Según el “COPP” procede cuando; *El hecho de objeto del proceso no se realizo o no se le puede atribuir el hecho al imputado. *Cuando el hecho no es típico o concurre en alguna causa de justificación, inculpabilidad no punibilidad *La acción penal se a extinguido o resulta acreditada a cosa juzgada (EFECTO) *Es recurrible. Una vez que se imputa la medida privativa de libertad el fiscal tendrá 30 días para presentar el acto conclusivo , en caso de no hacerlo en el lapso correspondiente solicita al órgano jurisdiccional una prorroga de 15 días , si no lo presenta estará violando el debido proceso .EL SOBRESEIMIENTO SE DICTA HACIA LA PERSONA NO A LOS HECHOS..!! Identificación completa del imputado Descripción del hecho objeto de la investigación Razón de hacho y de derecho en que se funda la decisión Disposiciones legales de la decisión
  • 10. ¿QUIEN SOLICITA EL SOBRESEIMIENTO ? El fiscal al juez de control , mediante un juicio oral donde las partes debatirán las partes de su fundamentación LA VICTIMA Podrá a partir de los 5 días de notificado presentar una acusación particular cumpliendo con las formalidades de la ley , lo cual le confiere calidad de querellante AUDIENCIA PRELIMINAR Presentada la acusación el juez convoca a las partes una audiencia oral en un plazo no menor de 10 días ni mayor a 20 EL DEBATE (tribunal) se hará en 1 solo día , en caso de que no fuese posible se hará durante los días consecutivos Finalizado la audiencia el juez resolverá en presencia de las partes sobre las cuestiones Se efectuara un registro claro firmado por los integrantes del tribunal.
  • 11. se realizan actos de una gran importancia para el proceso, debido a que el juez de control, en conocimiento de las partes, toma la decisión de abrir el juicio penal, previa admisión de la acusación del Ministerio Público. Presentada la acusación, el juez de control convocará a las partes a una audiencia oral, que deberá realizarse dentro de un lapso no menor de 10 ni mayor de 20 días. Dentro de los 5 días siguientes a la notificación de la convocatoria, la víctima podrá adherir a la acusación fiscal o presentar una acusación propia 1. Convocatoria de las partes.
  • 12. El día señalado, se realizará la audiencia oral, en la cual las partes expondrán brevemente los fundamentos de sus peticiones. El imputado podrá solicitar que se le reciba su declaración, la cual será rendida con las formalidades previstas en el COPP. Asimismo, el juez informará a las partes sobre las medidas alternativas a la prosecución del proceso. Finalizada la audiencia, el juez resolverá, en presencia de las partes • Si admite total o parcialmente la acusación , se ordenará la apertura del juicio. • Si desestima totalmente la acusación del Ministerio Público, en cuyo caso decretará el sobreseimiento. • Resolverá las excepciones opuestas. • Decidirá acerca de medidas cautelares. • Sentenciará conforme al procedimiento por admisión de los hechos. • Aprobará los acuerdos reparatorios. • Decidirá sobre la pertinencia y necesidad de la prueba ofrecida para el juicio oral 3. AUDIENCIA PRELIMINAR: La decisión por la cual el juez admite la acusación se dictará ante las partes y contendrá la identificación de la persona acusada, la descripción precisa del hecho objeto del juicio y su calificación jurídica
  • 13. En ese mismo acto, se dictará el auto de apertura a juicio, se emplazará a las partes para que, en el plazo de 5 días, concurran ante el juez de juicio y se instruirá al secretario para que remita al tribunal competente la documentación de las actuaciones practicadas y los objetos incautados, el auto de apertura a juicio será inapelable. Una vez que el juez de control decide abrir el juicio, se abre al público interesado la información de los hechos que conforman la causa. El juicio concluye con una sentencia absolutoria o de condena. 1. JUICIO ORAL:
  • 14. La fase de juzgamiento corresponde a los tribunales de juicio, los cuales se integran con jueces profesionales, que actúan solos, o con jurados, según sea el caso. dirige el debate, ordena la práctica de las pruebas, exige el cumplimiento de las solemnidades que correspondan, modera la discusión y resuelve los incidentes y demás solicitudes de las partes. Puede limitar el tiempo del uso de la palabra a quienes intervengan durante el juicio, fijando límites máximos igualitarios para todas las partes, o interrumpiendo a quien haga uso manifiestamente abusivo de su facultad. Ejerce las facultades disciplinarias destinadas a mantener el orden y decoro durante el debate y, en general, las necesarias para garantizar su eficaz realización .
  • 15. El juez presidente señalará la fecha para la celebración de la audiencia pública, la cual deberá tener lugar no antes de quince ni después de treinta días El juez presidente ordenará la citación de todos quienes deban concurrir a la audiencia. En todo caso, el acusado deberá ser citado por lo menos con diez (10) días de anticipación FIJACIÓN DE LA AUDIENCIA PÚBLICA CITACIÓN DEL ACUSADO
  • 16. AUDIENCIA PÚBLICA En el día y hora fijados, el juez presidente se constituirá en el lugar señalado para la audiencia JURAMENTO Seguidamente, tomará juramento a los escabinos o jurados, según sea el caso Después de verificar la presencia de las partes, expertos, intérpretes o testigos que deban intervenir, el juez presidente declara abierto el debate el debate será público; sin embargo, mediante resolución fundada que se hará constar en el acta del debate, en ciertos casos, el tribunal podrá resolver que el debate se efectúe total o parcialmente a puertas cerradas
  • 17. responderán directamente a las preguntas que les formulen las partes y el tribunal. A tales fines podrán consultar notas y dictámenes, sin que la declaración pueda ser reemplazada por su lectura. Si resulta conveniente, el tribunal podrá disponer
  • 18. Los documentos serán leídos y exhibidos en el debate, con indicación de su origen. El tribunal, excepcionalmen te, con acuerdo de todas las partes, podrá prescindir de la lectura íntegra de documentos o informes escritos, o de la reproducción total de una grabación, dando a conocer su contenido esencial u ordenando su lectura o reproducción parcial Los objetos y otros elementos ocupados serán el juez presidente procederá a llamar a los testigos, uno a uno. Comenzará por los que haya ofrecido al Ministerio Público, continuará con los propuestos por el querellante y concluirá con los del acusado, pudiendo el juez presidente alterar este orden cuando así lo considere conveniente para el mejor esclarecimiento de los hechos. Terminada la recepción de las pruebas, el juez presidente concederá la palabra, sucesivamente, al fiscal, al querellante y al defensor, para que expongan sus conclusiones se otorgará al fiscal y al defensor la posibilidad de replicar, sólo en relación a las conclusiones formuladas por la parte contraria.
  • 19. DELIBERACIÓN: los jueces pasarán a deliberar en sesión secreta, se pronunciarán sobre la culpabilidad o inculpabilidad del acusado. la decisión sobre la calificación jurídica de los hechos y la sanción penal correspondiente, será responsabilidad única del juez presidente.
  • 20. la sentencia se dictará en el mismo día. La sentencia se pronunciará en nombre de la República, Redactada la sentencia, el tribunal se constituirá nuevamente en la sala de audiencia, después de ser convocadas verbalmente todas las partes en el debate, y el texto será leído ante los que comparezcan Cuando la complejidad del asunto o lo avanzado de la hora tornen necesario diferir la redacción de la sentencia, se leerá tan sólo su parte dispositiva ABSOLUTORIA: La sentencia absolutoria ordenará la libertad del imputado, la cesación de las medidas cautelares, la restitución de los objetos afectados al proceso que no estén sujetos a comiso, las inscripciones necesarias y fijará las costas. CONDENATORIA: La sentencia condenatoria fijará las penas y medidas de seguridad que correspondan, estableciendo provisionalmente la fecha en que las mismas finalizarán. En caso de multa, se fijará el plazo dentro del cual ésta deberá pagarse.