SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 9
Descargar para leer sin conexión
EL PROCESO INMEDIATO
Dentro del Libro V del Nuevo Código Procesal Penal, se
encuentran los Procesos Especiales, procedimientos que
buscan acelerar el trámite de las causas, como por ejemplo el
caso de la acusación directa, del Proceso Inmediato, el Proceso
de Terminación Anticipada y de conformidad con los cargos
formulados por el Ministerio Público en la audiencia de la
apertura del juicio oral. Con ello se pretende dentro del proceso
buscar también que el sistema esté en la capacidad de dar
pronta solución a los conflictos que surgen del delito, así
como racionalizar la carga de trabajo de las unidades fiscales y
jurisdiccionales, de modo que ingrese a juicio aquello que sea
estrictamente necesario en función de su gravedad, importancia
y relevancia social, lo que nos lleva a sostener que en efecto,
con el Nuevo Código Procesal Penal, se busca racionalizar el
funcionamiento del sistema en su conjunto a través de un
sistema de filtros y/o salidas alternativas al juicio con la finalidad
de evitar el ingreso indiscriminado de casos que llevarían al
colapso y al mal desempeño de los órganos de persecución y
decisión del sistema, esto no significa de modo alguno
promover la impunidad, muy por el contrario, se busca hacer
más eficiente el servicio de Administración de Justicia Penal en
la medida que en estos filtros o salidas que tienen el propósito
final de ofrecer una solución al conflicto que surge del delito sin
que sea necesario su recorrido por el proceso penal común
en todas sus etapas; pero los filtros y/o salidas alternativas no
solo tienen una inspiración de naturaleza económica, es decir,
no sólo persiguen el ahorro de tiempo y recursos humanos,
materiales y financieros en las instituciones del sistema penal,
sino que están inspirados principalmente en la necesidad de
fortalecer la posición de las personas agraviadas por el delito a
través de fórmulas de composición del conflicto.
Con la aplicación del Nuevo sistema procesal penal en el
distrito Judicial de Huaura, la institución de la Terminación
Anticipada de Proceso, la estadística nos revela que desde el
año del 2006 a la fecha el 95% de casos han sido con
terminación anticipada aprobatoria.
1. EL PROCESO INMEDIATO
 DEFINICION
El proceso inmediato es una figura, por medio del cual el fiscal
penal, en forma unilateral y sin afectar el derecho a la defensa, de la
investigación preliminar, y cuando aparezcan suficientes elementos
que permitan al fiscal formular acusación, haciendo innecesaria la
Investigación Preparatoria o su continuación.
El proceso inmediato, tiene por finalidad la simplificación y celeridad
del proceso, en los que el fiscal, no requiera de mayor investigación
para concretar los cargos, y busca evitar la investigación
preparatoria se convierta en un procedimiento burocrático, rutinario
e innecesario, cuando están dadas las condiciones para formular
acusación.
 NATURALEZA JURIDICA
Dentro de los procesos especiales del Nuevo Código Procesal
Penal se ubica el Proceso Inmediato:
 Para el presupuesto de flagrancia delictiva
 Confesión del imputado
 Abundancia de carga aprobatoria que señala el inciso 1º del art.
446º del Nuevo Código Procesal Penal.
Las características de este tipo de procedimientos son su celeridad,
consecuencias del recorte de la actividad probatoria por falta de
necesidad de la misma.
Cuando se trata de procesos penales que comprenden pluralidad
de sujetos, la sujeción al Proceso Inmediato se encuentra
condicionada a que todos ellos se encuentren comprendidos en los
supuestos de aplicación de la indicada vía procedimental.
La tramitación de un proceso en la vía inmediata se inicia con el
requerimiento fiscal ante el juez de la investigación preparatoria. La
oportunidad procesal para el requerimiento es luego de la
conclusión de las diligencias preliminares hasta antes de los 30
días de formalizadas la investigación preparatoria. Producida la
petición fiscal, ante el juez debe proceder a correr traslado a los
sujetos procesales por el término de tres días, luego de lo cual tiene
un término similar para emitir resolución. Su decisión es apelable
con efecto devolutivo.
PROCEDIMIENTO
1. El procedimiento comienza con la iniciativa del fiscal, quien
mediante requerimiento escrito se dirige al juez, solicitando el
Proceso Inmediato; pero ello es sin perjuicio de solicitar las
medidas de coerción que o sino facultativa. Y puede darse
luego de culminar las diligencias preliminares y hasta antes de
treinta días de formalizada la investigación preparatoria, y
cuando el fiscal considera que concurran en el caso concreto
los siguientes requisitos o condiciones:
2. Cuando el imputado a sido sorprendido y detenido en
flagrante delito: Para ello debemos saber o tener conocimiento
cuando se da las circunstancias de la flagrancia, o que momento
del iter criminis ocurre ello:
Al respecto ello tiene facultad imperativa la policía, quien sin
mandato judicial, detendrá a quien sorprenda en flagrante delito,
así lo señala el Nuevo Código Procesal Penal del año 2004, en su
inciso 1 de su art. 259º, e inciso 2º prescribe "… Existe flagrancia
cuando la realización del hecho punible es actual y, en esa
circunstancia el autor es descubierto, o cuando es perseguido y
capturado inmediatamente de haber realizado el acto punible o
cuando es sorprendido con objetos u huellas que revelen que acaba
de ejecutarlo…". Sin embargo, mediante el art. 3º del Decreto
Legislativo No 983 publicado el 22 de julio del 2007, se modificó y
quedó redactado de la siguiente forma el inciso 1º: "la policía
detendrá sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante
delito":
 Ha huido y a sido identificado inmediatamente después de la
perpetración del hecho punible sea por el agraviado o por otra
persona que haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual
o análogo que haya registrado imágenes de este.
 Es encontrado dentro de las 24 horas, después de la perpetración
del hecho de con efectos o instrumentos procedentes de aquel o
que hubieren sido empleados para producir o con señales en si
mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría o
participación en el hecho delictuoso.
La doctrina señala respecto a la flagrancia:
 La flagrancia propiamente dicha: es cuando el hecho punible
es actual y en esa circunstancia el autor es descubierto, es lo que
comúnmente se conoce como "con las manos en la masa ".
 Cuasi Flagrancia: Cuando el autor es perseguido y capturado
inmediatamente de haber cometido el hecho punible. Ejemplo del
que arrebata una cartera a una dama y emprende la fuga, siendo
que se inicia la persecución policial o parte de la misma víctima
es capturado.
 Presunción legal de la flagrancia: Se presenta cuando el autor
es sorprendido con los objetos o huellas que revelan que acaba
de ejecutarlo. El caso del que se encuentra el agente llevando en
su poder un aparato electrodoméstico que acaba de sustraerlo de
una vivienda.
a. Cuando el imputado a confesado la comisión del delito:
 Confesión sincera: es decir cuando el imputado va a confesar
ante el fiscal la verdad de los hechos, y que se puede probar con
los medios de prueba ya obtenidos durante la investigación
preliminar.
a. Si luego de recibirse la declaración del imputado, se
advierten elementos de convicción acumulados durante las
diligencias preliminares:
 Prueba suficiente: vale decir cuando las pruebas recogidas por
el fiscal o la policía, pero con intervención del fiscal, y que han
sido presentadas con la denuncia fiscal, fueran suficientes para
establecer la comisión del delito y responsabilidad del agente
infractor, sin necesidad de otra diligencia. Se entiende como
prueba suficiente cuando de los recaudos e investigaciones que
se acompañan a la denuncia, constituyen suficientes elementos
de prueba y que acreditan efectivamente que el hecho punible a
tenido lugar en la realidad, asimismo que dichos elementos de
prueba vinculen al imputado con el evento criminal, sea en su
condición de autor o partícipe. Esta prueba que obra en dicho
proceso penal recién iniciado debe ser suficiente para el juzgador
al valorarlo pueda a un grado de convicción de que el delito se ha
cometido y que guarda un vínculo con el imputado
1. Una vez que el fiscal considera a su criterio, por ser facultativo,
que procede el proceso inmediato en el caso concreto y solicitar
el requerimiento del juez de la investigación preparatoria, debe
en forma obligatoria acompañar el expediente fiscal ( carpeta
fiscal ), ello tiene acierto, por cuanto de dicha carpeta fiscal, es
que el juez va ha resolver el pedido o requerimiento.
2. El juez de la investigación preparatoria, una vez que tiene en su
poder el requerimiento de proceso inmediato y la carpeta fiscal,
corre el traslado a los demás sujetos procesales, quienes
dentro del plazo de tres día podrán alegar lo que consideran
pertinente, para posteriormente y dentro del mismo plazo
proceder a emitir resolución correspondiente, señalando en ella
si procede el proceso inmediato o lo rechaza y contra la
resolución que se pronuncia procede recurso de apelación con
efecto devolutivo.
3. Tal como lo señala la norma, el juez de la investigación
preparatoria en caso disponga llevar acabo el proceso
inmediato,el fiscal deberá formular su acusación, para que una
vez devuelta con dicha acusación el juez de la investigación
preparatoria, procederá remitirlo al juez penal competente, a fin
de que dicte acumulativamente el auto juzgamiento y de
citación a juicio oral; sin embargo, antes de la formulación de la
acusación y a pedido del imputado puede instalarse la iniciación
del proceso de terminación anticipada. En caso emita el auto
de rechazar el requerimiento del proceso inmediato, el fiscal
dictará la disposición que corresponda, disponiendo la
formulación o continuación de la investigación preparatoria.
1. NORMA QUE AMPARA
El artículo Nº 446º del Nuevo Código Procesal Penal, señala
textualmente los supuestos del proceso inmediato.
1. El fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando:
a. El imputado ha sido sorprendido y detenido en flagrante delito;
b. El imputado ha confesado la comisión del delito;
c. Los elementos de convicción acumulados durante las
diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado,
sean evidentes.
1. Si se trata de una causa seguida contra varios imputados, sólo
será posible el proceso inmediato si todos ellos se encuentran
en una de las situaciones previstas en el numeral anterior y
estén implicados en el mismo delito. Los delitos conexos en los
que estén involucrados otros imputados no se acumularán,
salvo que ello perjudique al debido esclarecimiento de los
hechos o la acumulación resulte indispensable.
Artículo 447 Requerimiento del Fiscal:
1. El fiscal, sin perjuicio de solicitar las medidas de coerción que
correspondan, se dirigirá al Juez de la Investigación
Preparatoria formulando el requerimiento de proceso inmediato.
El requerimiento se presentará luego de culminar las diligencias
preliminares o, en su defecto, antes de los treinta días de
formalización la Investigación Preparatoria.
Artículo 448 Resolución:
1. El Juez de la Investigación Preparatoria, previo traslado al
imputado y a los demás sujetos procesales por el plazo de tres
días, decidirá directamente en igual plazo de tres días, si
procede el proceso inmediato o si se rechaza el requerimiento
fiscal. La resolución que se emita es apelable con efecto
devolutivo.
2. Notificado el auto que dispone la incoación del proceso
inmediato, el Fiscal procederá a formular acusación, la cual
será remitida por el juez de la investigación preparatoria al juez
penal competente, para que dicte acumulativa el auto de
enjuiciamiento y citación a juicio.
3. De ser pertinente, antes de la formulación de la acusación, a
pedido del imputado puede instarse la iniciación del proceso de
Terminación Anticipada.
Notificado el auto que rechaza la incoación del proceso inmediato,
el fiscal dictará la Disposición que corresponda disponiendo la
formalización o la continuación de la investigación preparatoria.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Proceso abreviado corregido
Proceso abreviado corregidoProceso abreviado corregido
Proceso abreviado corregidojose pino andia
 
Exposicion amparo indirecto
Exposicion amparo indirectoExposicion amparo indirecto
Exposicion amparo indirectoAhmed Nieto
 
Cuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebasCuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebasivonnp2015
 
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulentaLa nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulentaOscar Vielich Saavedra
 
Etapa intermedia y actos previos al juicio oral
Etapa intermedia y actos previos al juicio oralEtapa intermedia y actos previos al juicio oral
Etapa intermedia y actos previos al juicio oralDonato Ramirez Rodriguez
 
El Contrato con prestaciones reciprocas
El Contrato con prestaciones reciprocasEl Contrato con prestaciones reciprocas
El Contrato con prestaciones reciprocasHeiner Rivera
 
Etapas del proceso civil pasos para la demanda
Etapas del proceso civil pasos para la demandaEtapas del proceso civil pasos para la demanda
Etapas del proceso civil pasos para la demandajose olivera
 
Contencioso administrativo 1_IAFJSR
Contencioso administrativo 1_IAFJSRContencioso administrativo 1_IAFJSR
Contencioso administrativo 1_IAFJSRMauri Rojas
 
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo autor josé...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo   autor josé...Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo   autor josé...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo autor josé...Corporación Hiram Servicios Legales
 
Codigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractual
Codigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractualCodigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractual
Codigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractualAngelo Andree Vergara
 
Las excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilLas excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilOscar Vielich Saavedra
 
La copia y compulsa como títulos ejecutivos
La copia y compulsa como títulos ejecutivosLa copia y compulsa como títulos ejecutivos
La copia y compulsa como títulos ejecutivosAdrián Racines
 
Representación judicial por abogado,
Representación judicial por abogado,Representación judicial por abogado,
Representación judicial por abogado,Karl Monroy
 

La actualidad más candente (20)

La Prueba en Materia Civil PPT
La Prueba en Materia Civil PPTLa Prueba en Materia Civil PPT
La Prueba en Materia Civil PPT
 
Proceso abreviado corregido
Proceso abreviado corregidoProceso abreviado corregido
Proceso abreviado corregido
 
Exposicion amparo indirecto
Exposicion amparo indirectoExposicion amparo indirecto
Exposicion amparo indirecto
 
Cuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebasCuadro resumen los principios de las pruebas
Cuadro resumen los principios de las pruebas
 
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulentaLa nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
 
Etapa intermedia y actos previos al juicio oral
Etapa intermedia y actos previos al juicio oralEtapa intermedia y actos previos al juicio oral
Etapa intermedia y actos previos al juicio oral
 
El Contrato con prestaciones reciprocas
El Contrato con prestaciones reciprocasEl Contrato con prestaciones reciprocas
El Contrato con prestaciones reciprocas
 
DERAD150117P - S8
DERAD150117P - S8DERAD150117P - S8
DERAD150117P - S8
 
Etapas del proceso civil pasos para la demanda
Etapas del proceso civil pasos para la demandaEtapas del proceso civil pasos para la demanda
Etapas del proceso civil pasos para la demanda
 
Contencioso administrativo 1_IAFJSR
Contencioso administrativo 1_IAFJSRContencioso administrativo 1_IAFJSR
Contencioso administrativo 1_IAFJSR
 
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo autor josé...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo   autor josé...Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo   autor josé...
Modelo de solicitud de medida cautelar de secuestro conservativo autor josé...
 
Resicion y resolucion
Resicion y resolucionResicion y resolucion
Resicion y resolucion
 
Recurso de casacion
Recurso de casacionRecurso de casacion
Recurso de casacion
 
Codigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractual
Codigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractualCodigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractual
Codigo civil comentado_-_tomo_x_-_peruano_-_resp._extracontractual
 
Las excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civilLas excepciones en el código procesal civil
Las excepciones en el código procesal civil
 
La copia y compulsa como títulos ejecutivos
La copia y compulsa como títulos ejecutivosLa copia y compulsa como títulos ejecutivos
La copia y compulsa como títulos ejecutivos
 
Representación judicial por abogado,
Representación judicial por abogado,Representación judicial por abogado,
Representación judicial por abogado,
 
Proceso de amparo Peruano
Proceso de amparo PeruanoProceso de amparo Peruano
Proceso de amparo Peruano
 
Medios de-defensa
Medios de-defensaMedios de-defensa
Medios de-defensa
 
3derecho procesal civil_i
3derecho procesal civil_i3derecho procesal civil_i
3derecho procesal civil_i
 

Similar a Proceso Inmediato en el Nuevo Código Procesal Penal

PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACIONPROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACIONVidicney
 
Procesos especiales imendiato-m
Procesos especiales  imendiato-mProcesos especiales  imendiato-m
Procesos especiales imendiato-mOutotec
 
Ensayo de derecho procesal penal
Ensayo de derecho procesal  penalEnsayo de derecho procesal  penal
Ensayo de derecho procesal penalCarlos10856770
 
Revista digital penal ordinario unidad I
Revista digital penal ordinario unidad IRevista digital penal ordinario unidad I
Revista digital penal ordinario unidad Ialbanis camejo
 
El sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSREl sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSRMauri Rojas
 
Fases del proceso penal
Fases del proceso penalFases del proceso penal
Fases del proceso penalYeye Rodriguez
 
Mapa Conceptual.pptx
Mapa Conceptual.pptxMapa Conceptual.pptx
Mapa Conceptual.pptxRenzoSuarez10
 
Presentación dppi
Presentación dppiPresentación dppi
Presentación dppi14798957
 
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasEsquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasJOSE ANGEL ROJAS GUTIERREZ
 
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptxesquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptxjosemgimenez
 
Proceso judicial Venezolano
Proceso judicial VenezolanoProceso judicial Venezolano
Proceso judicial VenezolanoHeidi Gomez
 
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...Lenis Miser
 
Derpropen tema 3.5 complementaria
Derpropen tema 3.5 complementariaDerpropen tema 3.5 complementaria
Derpropen tema 3.5 complementarialiclinea7
 

Similar a Proceso Inmediato en el Nuevo Código Procesal Penal (20)

Revista maury montilla
Revista maury montillaRevista maury montilla
Revista maury montilla
 
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACIONPROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
PROCEDIMIETO ORDINARIO Y FASE DE INVESTIGACION
 
Procesos especiales imendiato-m
Procesos especiales  imendiato-mProcesos especiales  imendiato-m
Procesos especiales imendiato-m
 
Ensayo de derecho procesal penal
Ensayo de derecho procesal  penalEnsayo de derecho procesal  penal
Ensayo de derecho procesal penal
 
Revista digital penal ordinario unidad I
Revista digital penal ordinario unidad IRevista digital penal ordinario unidad I
Revista digital penal ordinario unidad I
 
copp.pptx
copp.pptxcopp.pptx
copp.pptx
 
El sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSREl sobreseimiento_IAFJSR
El sobreseimiento_IAFJSR
 
Fases del proceso penal
Fases del proceso penalFases del proceso penal
Fases del proceso penal
 
INVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptx
INVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptxINVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptx
INVESTIGACION PROCESAL PENAL.pptx
 
Trabajo de penal
Trabajo de penalTrabajo de penal
Trabajo de penal
 
Elena
ElenaElena
Elena
 
Mapa Conceptual.pptx
Mapa Conceptual.pptxMapa Conceptual.pptx
Mapa Conceptual.pptx
 
Mapa Conceptual.pptx
Mapa Conceptual.pptxMapa Conceptual.pptx
Mapa Conceptual.pptx
 
Presentación dppi
Presentación dppiPresentación dppi
Presentación dppi
 
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojasEsquema procedimiento ordinario jose angel rojas
Esquema procedimiento ordinario jose angel rojas
 
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptxesquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
esquemaprocedimientoordinariojoseangelrojas-190613171934.pptx
 
Proceso judicial Venezolano
Proceso judicial VenezolanoProceso judicial Venezolano
Proceso judicial Venezolano
 
Procedimientos Penales Especiales
Procedimientos Penales EspecialesProcedimientos Penales Especiales
Procedimientos Penales Especiales
 
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...Presentacion con defensa   lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
Presentacion con defensa lenis miser v-18.542.352 - prof. jose malo - pract...
 
Derpropen tema 3.5 complementaria
Derpropen tema 3.5 complementariaDerpropen tema 3.5 complementaria
Derpropen tema 3.5 complementaria
 

Último

CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptxantidoxxeo29
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd patanallelu515
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptxArianaNova1
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
Legislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointLegislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointRominaGrosso3
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDiegoMorales287268
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 

Último (20)

CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los  cambios en.pptxLucha por la hegemonía y los  cambios en.pptx
Lucha por la hegemonía y los cambios en.pptx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pataRESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
RESUMEN HOMBRE DE KOTOSH (1).docx xd pata
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
1.- SEMANA 5 delitos contra los trabajadores.pptx
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
Legislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power pointLegislación laboral presentación en power point
Legislación laboral presentación en power point
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras DisposicionesDerecho Laboral General y Otras Disposiciones
Derecho Laboral General y Otras Disposiciones
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 

Proceso Inmediato en el Nuevo Código Procesal Penal

  • 1. EL PROCESO INMEDIATO Dentro del Libro V del Nuevo Código Procesal Penal, se encuentran los Procesos Especiales, procedimientos que buscan acelerar el trámite de las causas, como por ejemplo el caso de la acusación directa, del Proceso Inmediato, el Proceso de Terminación Anticipada y de conformidad con los cargos formulados por el Ministerio Público en la audiencia de la apertura del juicio oral. Con ello se pretende dentro del proceso buscar también que el sistema esté en la capacidad de dar pronta solución a los conflictos que surgen del delito, así como racionalizar la carga de trabajo de las unidades fiscales y jurisdiccionales, de modo que ingrese a juicio aquello que sea estrictamente necesario en función de su gravedad, importancia y relevancia social, lo que nos lleva a sostener que en efecto, con el Nuevo Código Procesal Penal, se busca racionalizar el funcionamiento del sistema en su conjunto a través de un sistema de filtros y/o salidas alternativas al juicio con la finalidad de evitar el ingreso indiscriminado de casos que llevarían al colapso y al mal desempeño de los órganos de persecución y decisión del sistema, esto no significa de modo alguno promover la impunidad, muy por el contrario, se busca hacer más eficiente el servicio de Administración de Justicia Penal en la medida que en estos filtros o salidas que tienen el propósito final de ofrecer una solución al conflicto que surge del delito sin que sea necesario su recorrido por el proceso penal común en todas sus etapas; pero los filtros y/o salidas alternativas no
  • 2. solo tienen una inspiración de naturaleza económica, es decir, no sólo persiguen el ahorro de tiempo y recursos humanos, materiales y financieros en las instituciones del sistema penal, sino que están inspirados principalmente en la necesidad de fortalecer la posición de las personas agraviadas por el delito a través de fórmulas de composición del conflicto. Con la aplicación del Nuevo sistema procesal penal en el distrito Judicial de Huaura, la institución de la Terminación Anticipada de Proceso, la estadística nos revela que desde el año del 2006 a la fecha el 95% de casos han sido con terminación anticipada aprobatoria. 1. EL PROCESO INMEDIATO  DEFINICION El proceso inmediato es una figura, por medio del cual el fiscal penal, en forma unilateral y sin afectar el derecho a la defensa, de la investigación preliminar, y cuando aparezcan suficientes elementos que permitan al fiscal formular acusación, haciendo innecesaria la Investigación Preparatoria o su continuación. El proceso inmediato, tiene por finalidad la simplificación y celeridad del proceso, en los que el fiscal, no requiera de mayor investigación para concretar los cargos, y busca evitar la investigación preparatoria se convierta en un procedimiento burocrático, rutinario e innecesario, cuando están dadas las condiciones para formular acusación.
  • 3.  NATURALEZA JURIDICA Dentro de los procesos especiales del Nuevo Código Procesal Penal se ubica el Proceso Inmediato:  Para el presupuesto de flagrancia delictiva  Confesión del imputado  Abundancia de carga aprobatoria que señala el inciso 1º del art. 446º del Nuevo Código Procesal Penal. Las características de este tipo de procedimientos son su celeridad, consecuencias del recorte de la actividad probatoria por falta de necesidad de la misma. Cuando se trata de procesos penales que comprenden pluralidad de sujetos, la sujeción al Proceso Inmediato se encuentra condicionada a que todos ellos se encuentren comprendidos en los supuestos de aplicación de la indicada vía procedimental. La tramitación de un proceso en la vía inmediata se inicia con el requerimiento fiscal ante el juez de la investigación preparatoria. La oportunidad procesal para el requerimiento es luego de la conclusión de las diligencias preliminares hasta antes de los 30 días de formalizadas la investigación preparatoria. Producida la petición fiscal, ante el juez debe proceder a correr traslado a los sujetos procesales por el término de tres días, luego de lo cual tiene un término similar para emitir resolución. Su decisión es apelable con efecto devolutivo. PROCEDIMIENTO
  • 4. 1. El procedimiento comienza con la iniciativa del fiscal, quien mediante requerimiento escrito se dirige al juez, solicitando el Proceso Inmediato; pero ello es sin perjuicio de solicitar las medidas de coerción que o sino facultativa. Y puede darse luego de culminar las diligencias preliminares y hasta antes de treinta días de formalizada la investigación preparatoria, y cuando el fiscal considera que concurran en el caso concreto los siguientes requisitos o condiciones: 2. Cuando el imputado a sido sorprendido y detenido en flagrante delito: Para ello debemos saber o tener conocimiento cuando se da las circunstancias de la flagrancia, o que momento del iter criminis ocurre ello: Al respecto ello tiene facultad imperativa la policía, quien sin mandato judicial, detendrá a quien sorprenda en flagrante delito, así lo señala el Nuevo Código Procesal Penal del año 2004, en su inciso 1 de su art. 259º, e inciso 2º prescribe "… Existe flagrancia cuando la realización del hecho punible es actual y, en esa circunstancia el autor es descubierto, o cuando es perseguido y capturado inmediatamente de haber realizado el acto punible o cuando es sorprendido con objetos u huellas que revelen que acaba de ejecutarlo…". Sin embargo, mediante el art. 3º del Decreto Legislativo No 983 publicado el 22 de julio del 2007, se modificó y quedó redactado de la siguiente forma el inciso 1º: "la policía detendrá sin mandato judicial, a quien sorprenda en flagrante delito":  Ha huido y a sido identificado inmediatamente después de la perpetración del hecho punible sea por el agraviado o por otra
  • 5. persona que haya presenciado el hecho, o por medio audiovisual o análogo que haya registrado imágenes de este.  Es encontrado dentro de las 24 horas, después de la perpetración del hecho de con efectos o instrumentos procedentes de aquel o que hubieren sido empleados para producir o con señales en si mismo o en su vestido que indiquen su probable autoría o participación en el hecho delictuoso. La doctrina señala respecto a la flagrancia:  La flagrancia propiamente dicha: es cuando el hecho punible es actual y en esa circunstancia el autor es descubierto, es lo que comúnmente se conoce como "con las manos en la masa ".  Cuasi Flagrancia: Cuando el autor es perseguido y capturado inmediatamente de haber cometido el hecho punible. Ejemplo del que arrebata una cartera a una dama y emprende la fuga, siendo que se inicia la persecución policial o parte de la misma víctima es capturado.  Presunción legal de la flagrancia: Se presenta cuando el autor es sorprendido con los objetos o huellas que revelan que acaba de ejecutarlo. El caso del que se encuentra el agente llevando en su poder un aparato electrodoméstico que acaba de sustraerlo de una vivienda. a. Cuando el imputado a confesado la comisión del delito:  Confesión sincera: es decir cuando el imputado va a confesar ante el fiscal la verdad de los hechos, y que se puede probar con los medios de prueba ya obtenidos durante la investigación preliminar.
  • 6. a. Si luego de recibirse la declaración del imputado, se advierten elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares:  Prueba suficiente: vale decir cuando las pruebas recogidas por el fiscal o la policía, pero con intervención del fiscal, y que han sido presentadas con la denuncia fiscal, fueran suficientes para establecer la comisión del delito y responsabilidad del agente infractor, sin necesidad de otra diligencia. Se entiende como prueba suficiente cuando de los recaudos e investigaciones que se acompañan a la denuncia, constituyen suficientes elementos de prueba y que acreditan efectivamente que el hecho punible a tenido lugar en la realidad, asimismo que dichos elementos de prueba vinculen al imputado con el evento criminal, sea en su condición de autor o partícipe. Esta prueba que obra en dicho proceso penal recién iniciado debe ser suficiente para el juzgador al valorarlo pueda a un grado de convicción de que el delito se ha cometido y que guarda un vínculo con el imputado 1. Una vez que el fiscal considera a su criterio, por ser facultativo, que procede el proceso inmediato en el caso concreto y solicitar el requerimiento del juez de la investigación preparatoria, debe en forma obligatoria acompañar el expediente fiscal ( carpeta fiscal ), ello tiene acierto, por cuanto de dicha carpeta fiscal, es que el juez va ha resolver el pedido o requerimiento. 2. El juez de la investigación preparatoria, una vez que tiene en su poder el requerimiento de proceso inmediato y la carpeta fiscal, corre el traslado a los demás sujetos procesales, quienes
  • 7. dentro del plazo de tres día podrán alegar lo que consideran pertinente, para posteriormente y dentro del mismo plazo proceder a emitir resolución correspondiente, señalando en ella si procede el proceso inmediato o lo rechaza y contra la resolución que se pronuncia procede recurso de apelación con efecto devolutivo. 3. Tal como lo señala la norma, el juez de la investigación preparatoria en caso disponga llevar acabo el proceso inmediato,el fiscal deberá formular su acusación, para que una vez devuelta con dicha acusación el juez de la investigación preparatoria, procederá remitirlo al juez penal competente, a fin de que dicte acumulativamente el auto juzgamiento y de citación a juicio oral; sin embargo, antes de la formulación de la acusación y a pedido del imputado puede instalarse la iniciación del proceso de terminación anticipada. En caso emita el auto de rechazar el requerimiento del proceso inmediato, el fiscal dictará la disposición que corresponda, disponiendo la formulación o continuación de la investigación preparatoria. 1. NORMA QUE AMPARA El artículo Nº 446º del Nuevo Código Procesal Penal, señala textualmente los supuestos del proceso inmediato. 1. El fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando: a. El imputado ha sido sorprendido y detenido en flagrante delito; b. El imputado ha confesado la comisión del delito; c. Los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean evidentes.
  • 8. 1. Si se trata de una causa seguida contra varios imputados, sólo será posible el proceso inmediato si todos ellos se encuentran en una de las situaciones previstas en el numeral anterior y estén implicados en el mismo delito. Los delitos conexos en los que estén involucrados otros imputados no se acumularán, salvo que ello perjudique al debido esclarecimiento de los hechos o la acumulación resulte indispensable. Artículo 447 Requerimiento del Fiscal: 1. El fiscal, sin perjuicio de solicitar las medidas de coerción que correspondan, se dirigirá al Juez de la Investigación Preparatoria formulando el requerimiento de proceso inmediato. El requerimiento se presentará luego de culminar las diligencias preliminares o, en su defecto, antes de los treinta días de formalización la Investigación Preparatoria. Artículo 448 Resolución: 1. El Juez de la Investigación Preparatoria, previo traslado al imputado y a los demás sujetos procesales por el plazo de tres días, decidirá directamente en igual plazo de tres días, si procede el proceso inmediato o si se rechaza el requerimiento fiscal. La resolución que se emita es apelable con efecto devolutivo. 2. Notificado el auto que dispone la incoación del proceso inmediato, el Fiscal procederá a formular acusación, la cual será remitida por el juez de la investigación preparatoria al juez penal competente, para que dicte acumulativa el auto de enjuiciamiento y citación a juicio.
  • 9. 3. De ser pertinente, antes de la formulación de la acusación, a pedido del imputado puede instarse la iniciación del proceso de Terminación Anticipada. Notificado el auto que rechaza la incoación del proceso inmediato, el fiscal dictará la Disposición que corresponda disponiendo la formalización o la continuación de la investigación preparatoria.