4. MOTIVACIÓN ¿Hasta dónde llega la soberanía
del Estado peruano?
¿Desde cuándo una norma
jurídica entra en vigencia?
5. TEMARIO
3. La aplicación del sistema jurídico en el espacio y el
tiempo.
3.1. Teoría de los derechos adquiridos vs teoría de los
hechos cumplidos.
6. ¿Cuál es la utilidad de los temas de
hoy?
Académico
Profesional
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7. Generalidades
• Dentro del territorio del Estado del que se
trate.
• Regla general: las normas de un Estado
son aplicables en todo el ámbito de su
territorio.
ÁMBITO ESPACIAL
• A partir de su plena entrada en
vigencia
ÁMBITO TEMPORAL
8. Cuando las propias disposiciones así lo
establecen (materia legislativa). En estos
casos existe la voluntad expresa del autor de
la norma.
Cuando se dan situaciones concretas en la
realidad que ameritarían una excepción a
dichos principios generales según el agente
del Derecho, pero el texto normativo ha
guardado silencio sobre el problema. Se
presentaría, así, una laguna del Derecho.
Situaciones en las cuales los principios generales no tienen
aplicación
10. Constitución Política del Perú.
Artículo 54°.- El territorio del Estado es inalienable e inviolable.
Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio
aéreo que los cubre.
El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus
costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas
millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley.
En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin
perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo
con la ley y con los tratados ratificados por el Estado.
El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que
cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las
doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación
internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados
por el Estado.
Base legal
11. Los extranjeros no pueden ejercer su derecho político de voto, con excepción de las
elecciones municipales.
En materia tributaria las personas residentes en el Perú tributan no solo sobre
las rentas que obtienen dentro de nuestro territorio, sino también sobre las que
obtienen de fuera.
Las sedes de legaciones diplomáticas gozan de extraterritorialidad. En
consecuencia, dentro de su perímetro no se aplica el sistema jurídico del Estado
ante el cual se hallan acreditadas sino el de aquel que representen.
La Ley Penal peruana se aplica a todo el que comete un hecho punible en el territorio
de la República.
Algunas precisiones
12. LA APLICACIÓN DEL SISTEMA JURÍDICO EN EL TIEMPO
* Las normas jurídicas rigen a partir del
momento en que empieza su vigencia y
carecen de efectos retroactivos y
ultractivos.
* La vigencia de una norma jurídica son
indeterminadas o determinadas (la
misma ley expresamente indica hasta
cuando es vigente).
* Cuando una norma es derogada o
abrogada deja de tener efectos jurídicos.
Reglas
generales
13. Disposiciones reguladas
Parte final del artículo 51 de la Constitución dice “(…) La
publicidad es esencial para la vigencia de toda norma del
Estado”. Se aplica para toda norma emanada por el Estado,
sea legislativa, jurisprudencia cuando sea precedente
vinculante, y una directiva o circular administrativa.
La ley es obligatoria desde el día siguiente al de su
publicación en el diario oficial, salvo que la propia ley
contenga disposición contraria que postergue su vigencia en
todo o parte.
16. ULTRACTIVIDAD
Se aplica por el principio de la
favorabilidad. Es la posibilidad de
aquella norma que habiendo sido
ya abrogada o derogada, esta
continuará teniendo efectos en
aquellos casos que se iniciaron
con ella.
17. RETROACTIVIDAD
La norma se aplica a hechos
anteriores al momento de
inicio de vigencia.
Tiene efectos en material
penal cuando la nueva ley
beneficia al reo.
18. TEORÍA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS VS TEORÍA DE
LOS HECHOS CUMPLIDOS
Imaginen que luego de haber concluido 4 ciclos de estudios en la carrera de
Derecho, se da un ley declarando que en vista de existir un acrecentado número
de abogados , las universidades del país no podrán otorgar dicho título en los
próximos quince años, sin establecer excepciones. ¿Podrían argüir que dicha ley
es inconstitucional porque cuando empezaron a estudiar amparados por la
legislación de entonces adquirieron el derecho de recibirse, o más bien ocurre
que no habiendo llegado aún al hecho cumplido de su graduación deben buscar
horizontes distintos?
19. En este caso entran en conflicto dos conceptos:
La obligatoriedad del sistema jurídico, lo que se concreta en la
norma de reciente vigencia, así como la innegable atribución
del Estado para alterar los mandatos del Derecho cuando lo
considera necesario en bien de la colectividad.
Por otro lado, la seguridad jurídica del sujeto que, antes de la
norma de reciente vigencia, ha venido confiando en una
situación planteada favorablemente a él en la norma anterior
ahora trastocada.
20. TEORÍA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS
Opta por defender la seguridad jurídica
Un derecho ha nacido y se ha establecido en la esfera
de un sujeto, las normas posteriores que se dicten no
pueden afectarlo. Si a una persona se le da una derecho
A y luego de le da el derecho B, B ya no le alcanza, ya
que A es suficiente. Solo se aplica cuando la anterior
norma le protege mas que la nueva norma. Aplicación
excepcional.
El Derecho seguirá produciendo los efectos previsto al
momento de su constitución, bien por el acto jurídico
que le dio origen o bien por la legislación vigente
cuando tal derecho quedó establecido.
21. TEORÍA DE LOS HECHOS CUMPLIDOS
Combina de la manera mas acertada la necesidad de vigencia efectiva de las
normas jurídicas, con una medición más exacta de los hechos reales desde el
punto de vista temporal, al establecer como punto de referencia el momento en
que la norma nueva entra en vigencia.
Cada norma jurídica debe aplicarse a los hechos que ocurran durante su vigencia,
es decir, bajo su aplicación inmediata. Relacionada con el perfeccionamiento y
dinamismo jurídico, la norma debe mejorar. Cuando X se rige bajo la norma A y
luego es cambiada por la norma B, debe regirse bajo la norma B.
Si se genera un derecho bajo una primera ley y luego de producir cierto número
de efectos esa ley es modificada por un segunda, a partir de la vigencia de esta
nueva ley los nuevos efectos del derecho se deben adecuar a esta y ya no ser
regidos más por la norma anterior bajo cuya vigencia fue establecido el derecho
de que se trate.
22. ¿Qué teoría rige en el Perú?
Artículo 103 de la
Constitución Política del
Perú “La Ley, desde su
entrada en vigencia, se
aplica a las
consecuencias de las
relaciones y situaciones
jurídicas existentes”
Se aplica la
teoría de los
hechos
cumplidos
23. ¿Qué pasaría con el caso
planteado?
La ley mencionada en el caso
deberá tener excepciones para no
perjudicar a los actuales
estudiantes de Derecho y se
podrá aplicar de manera
excepcional la Teoría de los
Derechos Adquiridos.
24. ESPACIO PRÁCTICO
Se deberán organizar en grupos para elaborar:
• Dos ejemplos aplicando la teoría sobre los
derechos adquiridos y la teoría de los hechos
cumplidos
• Dos ejemplos siguiendo la aplicación retroactiva
de la ley penal y la ultractividad.
¡Empiecen!
26. BIBLIOGRAFÍA
• RUBIO CORREA, Marcial. El sistema jurídico. Introducción al
Derecho. Lima, Fondo Editorial de la Pontificia Universidad
Católica del Perú, 2009.
• Tribuna Constitucional. (14 de abril de 2021). Irretroactividad,
ultractividad y retroactividad de las Normas [Archivo de Vídeo].
https://www.youtube.com/watch?v=ZXi6QySI7BA&t=119s
• Nudo propietario. (07 de octubre de 2021). Retroactividad y
ultractividad de las leyes ¿cómo, cuándo y por qué se aplica?
[Archivo de Vídeo].
https://www.youtube.com/watch?v=ZlxBLRviKA4