El documento habla sobre el Código Tributario, que establece los principios e instituciones básicas que rigen la tributación nacional. Define conceptos como impuestos, contribuciones y tasas, y explica que el Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. También menciona las diferentes normas que componen el marco legal tributario y los beneficios fiscales o exoneraciones temporales otorgadas para estimular sectores de la economía.
Espero les sirva esta publicación acerca del procedimiento contencioso tributario, el cual esta contenido con los principios generales que se aplican en los procedimientos tributarios, los derechos fundamentales de los administrados, la estructura organica del tribunal fiscal, la fases del porcedimiento contencioso-tributario y los respectivos requisitos de admisibilidad
- EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN VENTA DE BIENES
- EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
-COMPARACIÓN ENTRE EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN VENTA DE BIENES Y EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CURSO: LEGISLACIÓN COMERCIAL Y TRIBUTARIA
La reforma tributaria 2012 es un cambio estructural al sistema tributario en Colombia, actualmente se encuentra vigente por medio de la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012.
Esta reforma tiene como objetivo principal la generación de empleo y la reducción de la desigualdad. Para ello, busca mejorar la distribución de la carga tributaria favoreciendo a los colombianos de menores ingresos.
Espero les sirva esta publicación acerca del procedimiento contencioso tributario, el cual esta contenido con los principios generales que se aplican en los procedimientos tributarios, los derechos fundamentales de los administrados, la estructura organica del tribunal fiscal, la fases del porcedimiento contencioso-tributario y los respectivos requisitos de admisibilidad
- EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN VENTA DE BIENES
- EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
-COMPARACIÓN ENTRE EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN VENTA DE BIENES Y EL SISTEMA DE DETRACCIONES EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CURSO: LEGISLACIÓN COMERCIAL Y TRIBUTARIA
La reforma tributaria 2012 es un cambio estructural al sistema tributario en Colombia, actualmente se encuentra vigente por medio de la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2012.
Esta reforma tiene como objetivo principal la generación de empleo y la reducción de la desigualdad. Para ello, busca mejorar la distribución de la carga tributaria favoreciendo a los colombianos de menores ingresos.
SOBRE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y 5 INTERROGANTES (1.-¿Explicar cuáles son las Ventajas del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?; 2.-¿Quiénes son los Sujetos Pasivos?; 3.- ¿Cuál es su ámbito territorial?; 4.-¿Cuál es el HECHO IMPONIBLE que lo puede generar? y 5.- ¿Cómo y Cuando es la declaración y pago de dicho impuesto?) Alumna: Ayari Padrón, C.I: V-11.945.949 -Prof.: Abog. Emily V. Ramírez M. Sección: SAIA “A” - UFT
Esta revista esta diseñada con fin educativo, donde el propósito central es llevar al lector nuevas perspectivas del descubrimiento, en las temáticas planteadas que generan un valor de atracción.
Rossy Castellanos
ci: 24.550.978
Prof. Luis Cortes
Los sistemas tributarios tienen como principal objetivo recaudar ingresos para el
funcionamiento del Estado, la provisión de bienes y servicios públicos y el financiamiento
del gasto público social, entre otras acciones.
Tendencias Tributarias - Informes PwC Hacienda - Abril 2014PwC España
En la edición de abril del informe de tendencias tributarias se trata de la reforma del sistema tributario español, que entrará en vigor en el ejercicio 2015 y de la competencia entre los países de la UE por ofrecer el mejor tratamiento fiscal a los intangibles que se ubiquen en sus jurisdicciones.
Clase de legislación en salud que les podría ayudar a estudiantes de las ciencias medicas.
sobre todo a aquellos estudiantes de la facultad de farmacia. Esta sera de mucha ayuda para ellos ya que explica y aborda numerosos temas de gran importancia, espero les sea de mucha ayuda amigos.
Este documento tiene como objetivos dar a conocer las normas tributarias de aplicación obligatoria para las personas naturales que desarrollan la actividad ganadera, la normatividad y los servicios que la DIAN tiene a disposición de los productores para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Similar a Sesión n° 3 derecho tributario código tributario (20)
1. DERECHO TRIBUTARIO
EL CÓDIGO TRIBUTARIO
Mg. Julio Bécar Mendoza
1
CURSO DE CONTABILIDAD
TRIBUTARIA
PROGRAMA DE
CAPACITACIÓN
CONTADORES EDUCANDO A
FUTUROS CONTADORES
2. Es la norma que establece los principios e instituciones
básicas que rigen la tributación nacional. En efecto, en
este cuerpo legal se concentran las normas generales
de aplicación a todos los tributos del Sistema Tributario
Nacional.
En suma, el Código Tributario, por naturaleza es la más
importante norma de regulación de conducta a propósito
de le existencia de relaciones jurídicas tributarias.
2
3. Este Código rige las relaciones jurídicas originadas por
los tributos. Para estos efectos, el término genérico
tributo comprende:
a) Impuesto: Es el tributo cuyo cumplimiento no origina
una contraprestación directa en favor del contribuyente
por parte del Estado.
b) Contribución: Es el tributo cuya obligación tiene como
hecho generador beneficios derivados de la realización
de obras públicas o de actividades estatales.
c) Tasa: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho
generador la prestación efectiva por el Estado de un
servicio público individualizado en el contribuyente.
3
4. a) Las disposiciones constitucionales;
b) Los tratados internacionales aprobados por el Congreso y
ratificados por el Presidente de la República;
c) Las leyes tributarias y las normas de rango equivalente;
d) Las leyes orgánicas o especiales que norman la creación de
tributos regionales o municipales;
e) Los decretos supremos y las normas reglamentarias;
f) La jurisprudencia;
g) Las resoluciones de carácter general emitidas por la
Administración Tributaria; y,
h) La doctrina jurídica.
Son normas de rango equivalente a la ley, aquéllas por las que
conforme a la Constitución se puede crear, modificar, suspender
o suprimir tributos y conceder beneficios tributarios. Toda
referencia a la ley se entenderá referida también a las normas
de rango equivalente.
4
5. ¿Qué son los beneficios fiscales o exoneraciones
tributarias?
Son disposiciones legales temporales dadas con la
finalidad de favorecer o estimular a determinados
sectores, actividades, regiones o agentes de la
economía, bajo criterios como aislamiento geográfico,
prioridad en la atracción de inversiones o como medidas
de reactivación económica. Pueden por tanto verse
como un estímulo, inversión o gasto que el Estado
espera no obstante recuperar, a través de los tributos a
recaudar de las empresas que en ese orden de cosas
se generen.
5
6. Se considera sin embargo que su aplicación va en
contra de la equidad tributaria, y que su consolidación
puede actuar en contra de los principios de igualdad y
generalidad que debe caracterizar a las normas
tributarias; además de generar ineficiencias en la
economía como menor recaudación potencial,
complejidad en la estructura tributaria, incremento del
costo de la administración tributaria, distorsión en la
asignación de recursos y hasta llevar a postergar
inversiones en principio más rentables.
6
7. Las exoneraciones tributarias en favor de funcionarios
diplomáticos y consulares extranjeros, y de funcionarios
de organismos internacionales, en ningún caso incluyen
tributos que gravan las actividades económicas
particulares que pudieran realizar.
Jurisprudencia.- RTF Nº 726-5-97: Dado que el beneficio
a la importación de vehículos con inmunidad diplomática
se haya exonerado de todo tributo, éste incluye al
impuesto Selectivo al Consumo.
7
8. El tributo que se introduce en el país debe ser de
aplicación generalizada. En principio todos los casos
comprendidos dentro del ámbito de aplicación del tributo
tienen que soportar la carga impositiva que les
corresponde.
Sin embargo, por razones muy especiales, se prefiere
liberar de la obligación tributaria a determinados hechos.
Seguidamente pasamos al estudio de las principales
causas que suelen justificar una exoneración tributaria.
8
9. Regresividad
Por ejemplo en materia de impuestos al consumo el
punto de partida es que el Impuesto al Valor Agregado –
IVA se aplica a todos los consumos.
Es interesante advertir que en los países en vías de
desarrollo se aprecia la existencia de ciertos consumos
que son de primera necesidad por parte de importantes
sectores de la población que tienen ingresos bajos.
9
10. Si se aplica el IVA a esta clase de consumos y dicho
impuesto se traslada en los precios al consumidor final,
entonces disminuiría de modo considerable la capacidad
de compra de los sectores sociales que se encuentra en
situación de pobreza; de tal modo que habría un mayor
decrecimiento de su calidad de vida.
En otras palabras nos encontramos frente al problema
de la regresividad del tributo; en el sentido que los
sectores sociales que poseen menos riqueza económica
estarían soportando una mayor carga tributaria.
10
11. Para atenuar la regresividad del IVA un sector de
estudiosos recomienda exonerar del impuesto a los
consumos de primera necesidad más sensibles para los
sectores sociales de menores ingresos.
En el Perú el consumo de ciertos artículos alimenticios
tales como la carne de pescado para el consumo
humano, frutas, etc. se encuentra libre del IVA, según se
desprende del art. 5 de la legislación del IGV y el
Apéndice I que aparece al final de dicha norma.
11
12. La administración tributaria realiza una serie
de exenciones hacia los deudores tributarios
con la finalidad de generar un beneficio sobre
ellos. Es así que establece dos clases de
exenciones, las exoneraciones y las
inafectaciones.
La inafectación es aquel beneficio tributario
que se encuentra fuera del hecho imponible
por la naturaleza de la actividad, es decir, se
encuentra fuera del ámbito de aplicación del
tributo.
12
13. Así, la exoneración, es aquel beneficio tributario
que se otorga a una actividad que se encuentra
gravada por el hecho imponible, pero que se le
excluye del mandato de pago, por un
determinado período. La Norma VII del Título
Preliminar del Código Tributario establece que las
exoneraciones tributarias deben tener un plazo no
mayor a tres años, plazo que puede ser
prorrogable por tres años más.
13