Este documento resume las diferencias entre las principales sociedades mercantiles en Venezuela de acuerdo con el Código de Comercio, incluyendo las sociedades de nombre colectivo, sociedad anónima, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades en comandita. Explica las características clave, responsabilidades de los socios y requisitos legales de cada tipo de sociedad mercantil.
Sociedades mercantiles.
Teoría del acto constitutivo. Naturaleza jurídica del contrato social. elementos del acto. Teoría del acto constitutivo como contrato de organización. Efectos del contrato de sociedad. El contrato y los socios.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Sociedades mercantiles.
Teoría del acto constitutivo. Naturaleza jurídica del contrato social. elementos del acto. Teoría del acto constitutivo como contrato de organización. Efectos del contrato de sociedad. El contrato y los socios.
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Documento sobre las diferentes fuentes que han servido para transmitir la cultura griega, y que supone la primera parte del tema 4 de "Descubriendo nuestras raíces clásicas", optativa de bachillerato en la Comunitat Valenciana.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
DIFERENCIAS ENTRE LAS SOCIEDADES MERCANTILES
CÁTEDRA: DERECHO MERCANTIL I
FACILITADOR: PROF. ZOCIORET NIETO
PARTICIPANTE: DARWIN CATARÍ
C.I: V: -12.263.941
SECCIÓN: S.A.I.A J
BARQUISIMETO; 06 DE FEBRERO 2.016
2. SOCIEDADES MERCANTILES DEFINICION, FUNCIONES Y OBLIGACIONES
SOCIEDADES DE NOMBRE COLECTIVAS
SOCIEDAD ANONIMA
Articulo 227 AL 234 del Cod. Com.
Es la forma societaria más sencilla, cuyas obligaciones están garantizadas por la
responsabilidad limitada y solidaria de los socios. Sus acreedores solo pueden ejercer
acciones personales contra los socios para el cobro de sus deudas; no obstante, deben
haberlo hecho previamente en contra de la sociedad. Esta responsabilidad, de conformidad
con el articulo 228 del código de comercio, tiene carácter subsidiario. No se permiten
denominaciones abstractas, y solo los nombres de los socios pueden hacer parte de la
razón social. Salvo que se trate de una compañía sucesora de otra y se presente con tal
carácter.
En sus características tenemos:
Girar bajo una razón social
Loa socios responden solidaria e ilimitadamente hasta con su propio patrimonio, cada
socio debe responder de las obligaciones contraídas por la sociedad.
Las participaciones están representadas por cuotas.
Articulo 242 AL 311 del Cod. Com.
Las obligaciones sociales están limitadas por un capital determinado y los accionistas están
obligados únicamente por el monto de su participación. Estos solo tienen responsabilidad
alguna hacia la sociedad, no frente a terceros; en este ultimo caso, las obligaciones son
asumidas por la firma. En cuanto a la denominación, debe referirse a su objeto o formarse
por cualquier nombre de fantasía o persona o persona, y siempre deberá agregarse al
nombre de mención de compañía anónima.
Se caracteriza por:
El capital de las sociedades anónimas están divididos en pequeñas partes denominadas
“acciones”
Las C.A. no tienen capital mínimo y pueden tener capital suscrito y pagado.
Giran bajo una denominación social.
3. SOCIEDADES MERCANTILES DEFINICION, FUNCIONES Y OBLIGACIONES
SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
SOCIEDADES DE COMANDITAS
Articulo 212 AL 236 del Cod. Com.
Las obligaciones sociales están garantizadas por un capital dividido en cuotas de
participación, las cuales no podrán representarse en ningún caso por acciones o títulos
negociables . La responsabilidad de los socios esta limitada frente a la sociedad, de
acuerdo con el monto de su aporte. Este tipo de sociedades debe girar bajo una
denominación social, la cual debe referirse a su objeto o formarse por cualquier nombre
de fantasía o persona. No obstante, siempre deberá agregarse al nombre de la “compañía
de responsabilidad limitada” , escrita con todas sus letras o en la forma en que
usualmente se abrevia .
En sus características tenemos:
El capital de las sociedades de responsabilidad limitadas esta dividido en pequeñas
partes denominadas “cuotas de participación”.
Las R.S.L, tienen un capital mínimo 2 bs. F. máximo 2.000 bs. F.
Los socios responder limitadamente, solo hasta el monto de sus acciones.
Giran bajo una denominación social.
Articulo 234 AL 241 del Cod. Com.
Las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad limitada de uno o mas
socios, llamados “socios solidarios” o “comanditantes” , y por la responsabilidad limitada a
una suma determinada de uno mas accionistas, llamadas “comanditarios” ; el capital de
estos últimos podrá dividirse en acciones, en cuyo caso la sociedad se denominara en
comandita por acciones. La razón social de la compañía debe necesariamente ser el
nombre de uno o varios de los socios solidariamente responsables, a menos que se trate
de una compañía sucesora de otra y se presente con el carácter. Al igual que en las
sociedades en nombre colectivo , los socios responden con su patrimonio.
4. CONCLUSIÓN
La importancia de la distinción entre sociedad civil y sociedades mercantiles reside en que la sociedad mercantil tiene la condición
de empresario mercantil y, por tanto, ha de quedar sometida al estatuto jurídico propio del mismo, cuyos criterios tienen su base en la manera que
adquiere la sociedad su condición de empresario mercantil por virtud del régimen legal de la propia forma social con independencia y del contenido del
objeto social (esto es, de que las actividades propias del mismo sean de carácter empresarial en el sentido de que se hallen dirigidas a la obtención de
beneficios para ser repartidos entre los socios). Donde el principal negocio jurídico por el que se instituye una Sociedad es un contrato cuyos efectos
fundamentales son dos: (1) el nacimiento entre los socios de un vínculo obligacional recíproco y (2) la organización de la actividad societaria en función
de la adecuada promoción del fin común.
La constitución de la sociedad crea un nuevo sujeto jurídico: la persona social, al mismo tiempo que engendra derechos y obligaciones de los que son
titulares en calidad de socio. Para que se produzca la plenitud de esos efectos precisa la observancia de ciertas formas y requisitos, cuya omisión
acarrea la irregularidad de la sociedad. Tomando en cuenta los efectos de la sociedad se puede decir que es obligacional por virtud de los socios que
contraen la obligación de acuerdo con los pactos establecidos y el régimen legal de la sociedad por ellos elegida; ordinariamente, las relaciones
jurídicas surgidas del contrato de sociedad que tienen lugar entre la sociedad y sus socios de igual manera por el régimen de la formas sociales
internas (sociedad-socios) y externas (de actuación jurídica de la sociedad con terceros), aunado a la responsabilidad directa y solidaria de los socios
que afectan a los fundadores, administradores, quienes responderán con el régimen jurídico correspondiente.
Por la razón antes mencionada se le exige a los socios involucrados que actúen conforme a ley y bajo el principio de buena fé, es evidente que el
principio no se positiviza exclusivamente en el texto de la ley, que sólo puede tomarse como mandato o autorización para buscar una fundamentación a
una decisión en los valores representados por la buena fé, honestidad, fidelidad, consideración o respeto a la confianza suscitada en la otra parte,
fundamentalmente“ , De suceder lo contrario a la norma mercantil se permite responder hasta penalmente por sus acciones.
En Venezuela los socios tienen plena libertad de crear compañías cumpliendo con lo establecido por el Código de Comercio, mientras no se violen
principios de orden público o las buenas costumbres teniendo como finalidad una función económico social lícita protegida por el Ordenamiento jurídico
que responda a una acepción polifacética. En primer lugar, la causa de la sociedad es procurar el régimen legal preciso para la organización adecuada
del ejercicio en colaboración entre personas de una o varias actividades lícitas y posibles cuyo contenido puede ser de orden capital, patrimonial o de
otra naturaleza. La licitud es exigible tanto al fin social como al objeto social; asimismo, en caso de ilicitud existe la imposibilidad de conseguir el fin
social que determina la disolución de la sociedad.