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Subvenciones para pymes comercio de Asturias 2015
1. SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACION DEL PEQUEÑO Y MEDIANO
COMERCIO 2015
Estimado asociado, el pasado 30 de marzo se publicó en el BOPA la convocatoria
para la concesión de ayuda a la modernización del pequeño y mediano comercio. Esta nueva
convocatoria mantiene las pautas y líneas de las anteriores, pero con importantes novedades
en cuanto a plazos y requisitos que a continuación te detallamos.
OBJETO: Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones para la modernización del
pequeño y mediano comercio en el año 2015. Resolución publicada en el BOPA 30 de marzo
de 2015.
LINEAS DE ACTUACION:
LINEA 1 – Renovación de la imagen del establecimiento comercial: tiene por objeto la
realización de proyectos de renovación, incluyendo la realización de obras o reformas
sustanciales y adquisición de equipamientos innovadores que impliquen una efectiva
modernización de la actividad comercial.
LINEA 2 – Incorporación de nuevas tecnologías e innovación: tiene por objeto la
incorporación de aplicaciones informáticas destinadas a la mejora de la gestión empresarial,
así como el fomento de la comercialización de productos a través de páginas web.
LINEA 3 – Implantación y mantenimiento de la norma UNE 175.001: tiene por objeto
la implantación, certificación y mantenimiento del sistema de calidad en el comercio.
MINIMO DE INVERSION
Para ser beneficiario de estas subvenciones, la empresa solicitante debe acreditar una
inversión mínima para la línea 1 de 6.000 € IVA excluido. Para la línea 2 el mínimo de
inversión será de 600 € IVA excluido. Mientras que el gasto máximo subvencionable en la
línea 3 será de 300 € sin inclusión de IVA.
CUANTIA: La cuantía máxima de la subvención a percibir para las líneas de ayuda 1 y 2, será
de hasta el 50% del valor de los conceptos subvencionables de la actuación. Este límite se
elevará al 90% para la línea 3.
La Adhesión del beneficiario al Sistema de Arbitraje de Consumo, a la marca de garantía del
“comercio excelente” y la obtención del Certificado de la Norma UNE 175.001, supondrá en
cada caso un incremento del porcentaje de subvención de hasta el 3%, del 2% y del 5%
respectivamente.
PLAZOS: La realización de actuaciones objeto de subvención, así como la emisión de
facturas y el abono de las mismas, deben de estar comprendidos en periodo de tiempo que
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2. va desde el 15 de junio de 2014 hasta el 15 de mayo de 2015, ambos inclusive. Las
inversiones deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo.
BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas,
sociedades civiles y comunidades de bienes, que tengan la consideración de PYMES
comerciales, que realicen su actividad en establecimientos comerciales ubicados en Asturias
y que cumplan los siguientes requisitos generales:
- Que las actividades comerciales se realicen en establecimientos ubicados en
Asturias. Los establecimientos deben localizarse a pie de calle. Quedando excluidos
los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales y parques
empresariales.
- Que en el caso de las líneas 1 y 2 dichos locales comerciales no superen los 600
metros cuadrados de superficie comercial.
- No se admiten facturas justificativas inferiores a 50 €.
- Deberán de haberse abonado de forma efectiva con anterioridad a la finalización del
plazo de actuación establecido en esta resolución de convocatoria.
- Estar o solicitar la inscripción en el REAC (Registro Empresas Actividades
Comerciales), al menos en el momento de la solicitud.
- No ser deudor del Principado de Asturias, ni estar incurso en prohibiciones
referentes a la Ley General de Subvenciones.
- No haber obtenido subvenciones para el mismo establecimiento e idéntica línea
subvencionable en los tres años inmediatamente anteriores.
REQUISITOS ESPECIFICOS POR CADA LINEA DE ACTUACIÓN:
LINEAS 1 y 2: Que la actividad desarrollada en el establecimiento, esté incluida dentro de
los epígrafes fiscales clasificatorios del Impuesto de Actividades Económicas de comercio
minorista que se indican
(641-642-643-644-645-647.1-647.2-647.3-651-652.2-652.3-652.4-653-657-659.2-659.3-659.4-
659.5-659.6-659.7) y otros servicios (615.6-755.2-971.1-972-973.1-975).
Que el titular de la actividad o el local donde se desarrolla la misma, tengan un mínimo de
tres años de antigüedad en el ejercicio de alguna de las actividades comerciales indicadas en
el párrafo anterior, dentro de los últimos diez años inmediatamente anteriores a la solicitud.
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3. LINEA 3: Que se trate de PYMES que tengan la consideración de comercio, según la norma de
aplicación UNE 175.001. Sin que puedan emplear en el establecimiento a más de 20
trabajadores.
CONCEPTOS INCLUIDOS:
LINEA 1
Elaboración del proyecto técnico y dirección de obra visado por el Colegio correspondiente.
- Obras de adecuación interior y exterior de los locales comerciales, que afecten al
acondicionamiento, la distribución de la superficie comercial o a la mejora de la
imagen del local. Sólo se tendrán en cuenta las cantidades que figuren en la licencia
de obras e instalaciones correspondientes.
- Reformas realizadas para la eliminación de las barreras arquitectónicas para
discapacitados.
- Rótulos, toldos y marquesinas comerciales.
- Mobiliario destinado a la presentación de productos: Escaparates, paneles,
estanterías, vitrinas e islas expositoras, tarimas, percheros etc…
- Mobiliario destinado al almacenamiento de los productos, incluidas cámaras
frigoríficas.
- Alarmas y Sistemas de Seguridad por cuantía subvencionable no superior a 6.000 €.
LINEA 2
- Aplicaciones y programas informáticos comerciales destinados a la mejora de la
gestión del establecimiento comercial, aportando descripción de sus principales
funciones y su relación con la actividad desarrollada. El software sujeto a licencia irá
acompañado del certificado original de esta, y tendrá menos de dos años de
antigüedad. En el software libre el suministrador de estos, extenderá una
declaración responsable descriptiva del mismo también con el requisito de menos de
dos años de antigüedad.
- El total de gastos de desarrollo e implantación de una página WEB, cuyos contenidos
versen exclusivamente sobre la actividad comercial desarrollada y que cumplan
rigurosamente los requisitos específicos que figuran en la convocatoria. Así como la
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4. adaptación de la página para su acceso óptimo mediante dispositivos móviles,
SMARTPHONES, TABLETS, etc..
LINEA 3
- la Implantación de la Norma UNE 175.001 en los comercios, no podrá superar los
1.300€ de cuantía máxima subvencionable.
La cuantía máxima, en el caso de mantenimiento y auditoria de la norma UNE, no
podrá exceder de 300 € IVA excluido.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Para las tres líneas de actuación, modelo de solicitud individual para cada local comercial y
línea de actuación, acreditación de la identidad del solicitante, DNI si es persona física, CIF y
escrituras de constitución en el caso de personas jurídicas, certificado de situación censal de
la Agencia Tributaria, facturas, facturas proforma, presupuestos descriptivos y/o contratos
firmados y sellados por los proveedores, debidamente desglosados de la inversión realizada
o a realizar, fichero de acreedores debidamente cumplimentado.
Documentación específica para la línea 1:
- Documentación acreditativa de que el titular de la actividad o el local comercial
donde se desarrolla la misma, tiene una antigüedad superior a tres años dentro de
los diez últimos, en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable.
- Documento acreditativo de que el local comercial no supera los 600 m cuadrados de
área comercial.
- Memoria de la solicitud.
- Reportaje fotográfico del establecimiento comercial anterior y posterior a la
inversión.
- Copia de inscripción o solicitud de inscripción en el REAC (Registro Actividades
Comerciales).
Documentación específica para la línea 2:
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5. - Documentación acreditativa de que el titular de la actividad o el local comercial
donde se desarrolla la misma, tiene una antigüedad superior a tres años dentro de
los diez últimos, en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable.
- Documento acreditativo de que el local comercial no supera los 600 m cuadrados de
área comercial.
- Memoria de la solicitud.
- Copia de inscripción o solicitud de inscripción en el REAC (Registro Actividades
Comerciales).
Documentación específica para la línea 3:
- Memoria del proyecto
- Acreditación de que el número de trabajadores en la empresa es inferior a 20.
- Acreditación gastos de consultoría.
Como en anteriores ocasiones, la tramitación y solicitud de las mismas puede realizarlas en
las dependencias de esta Asociación. Solicite cita en el departamento laboral (985341406/07
ext 3), donde se le atenderá e informará con mayor precisión.
Departamento Laboral
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6. - Documentación acreditativa de que el titular de la actividad o el local comercial
donde se desarrolla la misma, tiene una antigüedad superior a tres años dentro de
los diez últimos, en el ejercicio de alguna actividad comercial subvencionable.
- Documento acreditativo de que el local comercial no supera los 600 m cuadrados de
área comercial.
- Memoria de la solicitud.
- Copia de inscripción o solicitud de inscripción en el REAC (Registro Actividades
Comerciales).
Documentación específica para la línea 3:
- Memoria del proyecto
- Acreditación de que el número de trabajadores en la empresa es inferior a 20.
- Acreditación gastos de consultoría.
Como en anteriores ocasiones, la tramitación y solicitud de las mismas puede realizarlas en
las dependencias de esta Asociación. Solicite cita en el departamento laboral (985341406/07
ext 3), donde se le atenderá e informará con mayor precisión.
Departamento Laboral
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