OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES 
El Derecho Internacional Privado las define como 
aquellas que no derivan ni de un contrato ni de 
cualquier otra institución jurídica, y que se regirán 
legalmente según el caso. 
Estas se clasifican en: 
1. El Hecho Ilícito. 
2. Pago de lo Indebido. 
3. Gestión de Negocios. 
4. Enriquecimiento sin causa.
HECHO ILICITO 
Es la responsabilidad civil que tiene una persona en 
razón de actos u omisiones que causan un daño por lo 
que tiene la obligación de resarcirlo o repararlo. 
En este caso será aplicada la norma del lugar en donde 
se ha cometido el daño o del lugar de la causa 
generadora del hecho ilícito. 
A este respecto corresponde a la víctima escoger que 
legislación aplicar considerando la que mas aproveche 
en razón de su interés.
PAGO DE LO INDEBIDO 
Todo pago supone una deuda por lo que lo pagado esta 
sujeto a repetición. 
Existe un conexión entre las partes en cuanto a que hay 
una persona que paga algo que no debe y quien recibe 
el pago ya sea de buena o mala fe. 
En este caso se aplicara la ley común entre quien 
realiza el pago y quien lo recibe y supletoriamente la 
ley del lugar en donde se realizo el pago. 
La ley del lugar en donde se realizo el pago se aplicara 
cuando entre las partes no exista un derecho común.
GESTION DE NEGOCIOS 
Este ha sufrido varias modificaciones , sin embargo 
prevalece la aplicación del lugar en donde se realiza la 
gestión por lo que el Código de Bustamante acoge este 
principio de ley única. 
Este criterio es utilizado en los casos en que se realice 
la gestión de varios negocios en diferentes países, por 
lo que se utilizara la ley de cada país.
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA 
Se da cuando una persona hace beneficio y provecho 
propio de un bien ajeno sin la existencia de una 
relación jurídica preconstituída. 
Tiene 3 requisitos: 
1. Que exista un enriquecimiento y un 
empobrecimiento (relacionado y conjunto). 
2. Ausencia de culpa del empobrecido. 
3. Que no exista causa de enriquecimiento. 
 La ley a aplicar será la ley del lugar en donde se 
produjo la causa generadora de la obligación.

Tarea internacional azul

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    OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES ElDerecho Internacional Privado las define como aquellas que no derivan ni de un contrato ni de cualquier otra institución jurídica, y que se regirán legalmente según el caso. Estas se clasifican en: 1. El Hecho Ilícito. 2. Pago de lo Indebido. 3. Gestión de Negocios. 4. Enriquecimiento sin causa.
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    HECHO ILICITO Esla responsabilidad civil que tiene una persona en razón de actos u omisiones que causan un daño por lo que tiene la obligación de resarcirlo o repararlo. En este caso será aplicada la norma del lugar en donde se ha cometido el daño o del lugar de la causa generadora del hecho ilícito. A este respecto corresponde a la víctima escoger que legislación aplicar considerando la que mas aproveche en razón de su interés.
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    PAGO DE LOINDEBIDO Todo pago supone una deuda por lo que lo pagado esta sujeto a repetición. Existe un conexión entre las partes en cuanto a que hay una persona que paga algo que no debe y quien recibe el pago ya sea de buena o mala fe. En este caso se aplicara la ley común entre quien realiza el pago y quien lo recibe y supletoriamente la ley del lugar en donde se realizo el pago. La ley del lugar en donde se realizo el pago se aplicara cuando entre las partes no exista un derecho común.
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    GESTION DE NEGOCIOS Este ha sufrido varias modificaciones , sin embargo prevalece la aplicación del lugar en donde se realiza la gestión por lo que el Código de Bustamante acoge este principio de ley única. Este criterio es utilizado en los casos en que se realice la gestión de varios negocios en diferentes países, por lo que se utilizara la ley de cada país.
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    ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA Se da cuando una persona hace beneficio y provecho propio de un bien ajeno sin la existencia de una relación jurídica preconstituída. Tiene 3 requisitos: 1. Que exista un enriquecimiento y un empobrecimiento (relacionado y conjunto). 2. Ausencia de culpa del empobrecido. 3. Que no exista causa de enriquecimiento.  La ley a aplicar será la ley del lugar en donde se produjo la causa generadora de la obligación.