Tema 6.
URBANISMO COMERCIAL




       HELENA VILLAREJO GALENDE
   DEPARTAMENTO DE DERECHO PÚBLICO
      UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
1
Comercio urbano
American SPRAWL
Suburbia




 MONOFUNCIONALIDAD Y BAJA DENSIDAD
9
2
The sprawl II
Del sueño americano… a la pesadilla
DEAD MALLS
26
Congestión           Calidad del aire
Accidentes           Ruidos
Cambio climático     Pérdida del espacio
                     urbano
Seguridad
energética           Fracturas
                     comunidades
Eficiencia
económica            Inhibición
                     interacción social
Basuras
                     Contaminación
Destrucción de       visual
hábitats naturales
3
comercio urbano   comercio periférico
Revitalización urbana




 Importancia del comercio
UK - Town centres first
Covent Garden (Londres)
Cardiff (UK)
42
Modernidad líquida




                     4
MALLS: Simulan las calles y        Centros urbanos: Simulan la
     plazas públicas                 atmósfera de los malls




 West Edmonton. Alberta (Canadá)     Downtown Brookyln. New York (USA)
¿Qué es grande?
los grandes se diversifican y
 apuestan por la proximidad
…y se especializan




Category killers
Y los grandes cada vez son más grandes…




                         400,000 m²
                         200.000 personas/día
5
DIRECTIVA DE SERVICIOS
Objetivo: Crear un marco jurídico que suprima
  los obstáculos que se oponen a la libertad de circulación y
      de establecimiento de los prestadores de servicios




Crear un auténtico mercado interior de servicios en 2010
SUPRIMIR LOS OBSTÁCULOS QUE SE OPONEN A
     LA LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO



   SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA


Simplificación procedimientos, ventanilla única, trámites
vía electrónica, derecho a la información




                                       REGÍMENES DE AUTORIZACIÓN


                                 •   principios que deben respetar
                                 •   LISTA NEGRA
                                 •   LISTA GRIS
REGÍMENES DE AUTORIZACIÓN




La Directiva no prohíbe las autorizaciones,
pero las somete a una “presunción de culpabilidad”,
obligando a los EM a probar su inocencia.
REGÍMENES DE AUTORIZACIÓN




1. Principio general = Libertad de establecimiento

2. Autorización excepcional

3. Sólo si supera el TRIPLE TEST:
    • No discriminatoria
    • Proporcionada: el objetivo perseguido no puede alcanzarse por
      medios menos restrictivos. El control a posteriori sería ineficaz
    • Necesaria: RAZÓN IMPERIOSA DE INTERÉS GENERAL
                                                                      68
URBANISMO COMERCIAL ESPAÑOL
La autorización
            sospechosa…

• Si en el ordenamiento jurídico español
  había unas autorizaciones
  “especialmente sospechosas”, esas eran
  las autorizaciones exigidas para la
  implantación de los GEC.

• Sospechosas, incluso antes de que se
  aprobara la DS:
   – procedimientos de infracción abiertos contra el
     Reino de España por vulneración del art. 43
     TCCE. Comisión Europea considera que
     legislación catalana y andaluza restringen y
     obstaculizan el establecimiento de hipermercados.




                                                  70
En 1996…

• ESTADO: Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio
  Minorista


• impuso en todo el territorio nacional la necesidad de
  obtener la denominada “licencia comercial específica”
  (segunda licencia) ← CCAA



                                                          71
URBANISMO COMERCIAL
                 LEGISLACIÓN ESTATAL
                  Tres niveles
                   arts. 2-7 LOCM-1996




                         Licencias
              Planes de equipamiento comercial




                                                  NORMATIVA
LEGISLACIÓN
                                                 URBANÍSTICA
AUTONÓMICA
                                                   MUNICIPAL




                                                         72
LOCM’96: Concepto de gran
establecimiento comercial


   art. 2.3 LOCM
       – Determinación autonómica
       – En todo caso: + 2.500 m2




Necesitan autorización autonómica para su apertura:
la licencia comercial específica

                                                      73
LICENCIA COMERCIAL ESPECÍFICA


              LEGISLACIÓN BÁSICA ESTATAL
              (arts. 6 y 7 LOCM)


• Objeto: GEC + otros supuestos
• ¿Quién la otorga? Administración Autonómica
• Criterios para el otorgamiento:
        • especialmente...
    – “Equipamiento comercial adecuado”
    – “Efectos sobre la estructura comercial de la zona”
• Procedimiento:
    – El determinado en cada CCAA
    – Informe del TDC: Preceptivo, pero no vinculante
                  »STC 124/2003
                                                           74
LICENCIA COMERCIAL ESPECÍFICA

               LEGISLACIÓN AUTONÓMICA


• Diferentes definiciones de GEC
       - Población/superficie
       - Cada vez menos m2
• Clasificación establecimientos por formatos.
• Generalización licencias autonómicas para:
       - medianos
       - descuento duro
       - tiendas de conveniencia
       - chinos…
• Moratorias
• Planes de equipamientos comerciales
                                                 75
DESARROLLO DE LA PLANIFICACIÓN COMERCIAL


           • LOCM 1996: No referencias al Plan
           • Los criterios para el otorgamiento de la
             licencia comercial específica establecidos por
             las bases estatales son muy vagos
             (+ conceptos jurídicos indeterminados)




CCAA aprueban “PLANES DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES”

● Instrumento para reducir la discrecionalidad
● Instrumento de autolimitación de la Administración


                                                              76
…Y el plan ZONIFICA, y analiza la OFERTA y la DEMANDA
y llega incluso a determinar los metros cuadrados de superficie de venta
que caben en cada territorio




                                                                              77
         ÁREAS Y ZONAS BÁSICAS DE COMERCIO DE CASTILLA Y LEÓN (PRASEC 2005)
PROCEDIMIENTO

1. INICIACIÓN
Solicitud del interesado                 Consejería competente
Documentación                            en materia de comercio



                           2. TRAMITACIÓN
                           Informes
                             - Consejo CYL de Comercio
                             - Defensa de la competencia
  6 meses                    - Ayuntamiento afectado
  Silencio -


 3. TERMINACIÓN:
 La resolución                                             criterios evaluación


                                                                             78
CRITERIOS DE EVALUACIÓN

         art. 21 LCCYL
         ADECUACIÓN AL PGEC (y PTEC)
         • Existencia de un equipamiento comercial
             adecuado
         • Repercusión en servicios a consumidores y
             aumento libre competencia
         • Efectos sobre estructura comercial (pequeño
             comercio)
         • Integración en entorno urbano e impacto MA
         • Incidencia red viaria y transporte de viajeros

            + reglamentariamente determinados (arts. 47-49 PRASEC)
            Adecuación al Plan y correcta instalación del proyecto
            Repercusión socioeconómica del proyecto
            Adecuación de las actuaciones correctoras


                                                          79
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS LICENCIAS COMERCIALES
                          Repercusión socioeconómica del proyecto                                 (art. 48)



-   Existencia de un equipamiento comercial adecuado en la zona donde se pretenda implantar el proyecto solicitado
-   Repercusión positiva en los servicios recibidos por los consumidores y en el aumento de la libre competencia
-   Impacto sobre el empleo del sector




         MEDICIÓN                         Superficie Comercio Minorista 100%
         de los
         EFECTOS
         Anexo 4




                                   Comercio                                   Comercio
                                   Tradicional                                sujeto a licencia
                                   88,70%                                     11,30%


                                      SITUACIÓN DE REFERENCIA

                  1.    SITUACIÓN DE REFERENCIA: Refleja la relación que existe entre la superficie de los
                        establecimientos no sujetos a licencia comercial previa y la de los que sí lo están.
                  El punto de partida es:
                  m2Comercio Tradicional (88,70) + m2Comercio sujeto a licencia(11,30) = m2 Comercio Total (100)
                                                                                                                     80
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS
                          LICENCIAS COMERCIALES
                     Valoración del impacto del nuevo establecimiento sobre la
                                  estructura comercial existente.




    2. INDICE DE IMPACTO: mide los efectos del proyecto de establecimiento sobre la estructura
    comercial existente en la Zona Básica de Comercio donde se implante, en función de la siguiente fórmula:



           Indice de Impacto (Im) = (m2 Comercio Minorista + m2 Proyecto) x Ip
                                          m2 Pequeño Comercio x K

    Ip = INDICE DE PONDERACIÓN. Atracción comercial: Sólo Valladolid = 0,9.
    K = Comercio Minorista total CyL / Pequeño Comercio = 1,13




Impacto leve (≤ 1): generador de medidas correctoras
Impacto moderado (>1 <1,10): generador de medidas correctoras
Impacto alto (≥ 1): el proyecto no es autorizable
                                                                                                               81
Veredicto…




CULPABLE


              82
URBANISMO COMERCIAL ESPAÑOL
¿Es necesaria una
      regulación
de los grandes formatos
     comerciales?


                          84
Área Bruta 1.206.000 m2 - Área Comercial 197.450 m2 – 22 millones/año
OFF OUR
TROLLEYS

¿Qué es lo que
no pagamos?
COSTES EXTERNOS


Medioambientales


Urbanísticos


Socioeconómicos
OTRO URBANISMO COMERCIAL ES POSIBLE


             Protección de los
               consumidores



                                   RIIG




DIRECTIVA DE SERVICIOS COMO OPORTUNIDAD
CRITERIOS PARA LA REGULACIÓN ESPACIAL DE LOS
         EQUIPAMIENTOS COMERCIALES


                               Sostenibilidad
Regeneración
   urbana



                             Inclusión social
TRANSPOSICIÓN DS (nivel estatal)


• LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los
  ciudadanos a los Servicios Públicos

• LEY PARAGUAS: Ley 17/2009, de 23 nov, sobre el
  libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio

• LEY ÓMNIBUS: Ley 25/2009, de 22 dic, de
  modificación de diversas leyes para su adaptación a la
  LAASE

• LEY DE COMERCIO: Ley 1/2010, de 1 de marzo, de
  reforma de la Ley 7/1996, de 15 en, de Ordenación del
  Comercio minorista.

                                                               92
LA REFORMA DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL COMERCIO
        MINORISTA (Ley 1/2010, de 1 de marzo)


    art. 2.3 LOCM: GEC
       – Determinación autonómica
       – En todo caso: + 2.500 m2

                  licencia comercial específica
 REFORMA          AUTORIZACIÓN COMERCIAL

    – 2.500 m2
    – Principio general: libre establecimiento =
       NO AUTORIZACIÓN COMERCIAL
    – Excepcionalmente CCAA podrán exigir
    autorizaciones por RIIG
                                                   93
Los nuevos modelos autonómicos

1. CCAA que suprimen la licencia comercial
  autonómica

2. CCAA que mantienen la licencia autonómica

3. CCAA que mantienen control autonómico,
  condicionando las licencias municipales

4. CCAA que mantienen control autonómico,
  exigiendo autorización mediante un
  instrumento de ordenación territorial
REFORMA DE LA LEY 16/2002, DE 19 DE DICIEMBRE, DE COMERCIO de
                       CASTILLA Y LEÓN
           Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de
    medidas de impulso a las actividades de servicios en Castilla y León




     LIMPIEZA DE LOS PRINCIPALES ELEMENTOS
     “SOSPECHOSOS” DE LA LCCYL
           Pruebas económicas
           Participación de los competidores (CCYLC)
           Se deroga el PRASEC



           se mantiene la tasa por tramitación

                                                                    95
REFORMA DE LA LEY 16/2002, DE 19 DE DICIEMBRE, DE
        COMERCIO de CASTILLA Y LEÓN


Regla general: NO autorización comercial (art. 14.2)
Pero…


Se mantiene la licencia comercial autonómica de GEC,
con carácter previo a la concesión de licencias municipales (art. 20.3)

                      GEC: + 2.500 m2 (art. 17.1)

   SE ELIMINAN: licencias autonómicas de medianos y descuento duro

   COMUNICACIÓN: transmisión de GEC, ampliaciones -25% e
   integraciones en establecimientos comerciales colectivos.
                                                                          96
RIIG                  (art. 14 LCCYL)




• la protección del medioambiente y del entorno urbano
• la ordenación del territorio
• la conservación del patrimonio histórico y artístico
• en su caso, la protección de los derechos de los
  consumidores y destinatarios de los servicios




                                                         97
NUEVO PROCEDIMIENTO

1. INICIACIÓN (art.21)             Consejería competente
Solicitud del interesado
                                   en materia de comercio
Documentación


                           2. TRAMITACIÓN (art.22)
                           Acuse de recibo
                           Información pública
                           Informes
                             - Ayuntamiento afectado
     6 meses                 - Consejerías competentes en materia de OT, medio
     Silencio +/-              ambiente, carreteras y urbanismo




3. TERMINACIÓN (art. 23)                                 criterios evaluación
La resolución

                                                                                 98
criterios de evaluación (art. 24)



• integración del proyecto en el entorno urbano,
  preferentemente en la trama urbana
• impacto del proyecto en el medio ambiente
• incidencia del proyecto sobre la red viaria de la zona y los
  sistemas de transporte de viajeros
• adecuada integración territorial del proyecto
• repercusión que el proyecto suponga en los servicios
  recibidos por los consumidores



                                                                 99
PROBLEMAS DEL PROCEDIMIENTO


            1)   SIMPLIFICACIÓN
                 ADMINISTRATIVA

            2)   COORDINACIÓN DE
                 TRÁMITES

            3)   DISCRECIONALIDAD



                                    100
TRANSPOSICIÓN DE LA
         DIRECTIVA



• ¿Se ha producido el cambio
  de modelo necesario?

• Hasta ahora se ha hecho un uso
  torticero del urbanismo y la OT,
  ¿ocurrirá lo mismo después de la
  transposición?

• ¿Se utilizarán de modo fraudulento
  los instrumentos urbanísticos y
  medioambientales para seguir
  interviniendo por razones
  económicas?
Los días rojos son terribles
  y en esos momentos lo
 único que me viene bien
 es ir a Tiffany's, porque
   nada malo me puede
         ocurrir allí

Tema6 urbanismo comercial [rjm 2012]

  • 1.
    Tema 6. URBANISMO COMERCIAL HELENA VILLAREJO GALENDE DEPARTAMENTO DE DERECHO PÚBLICO UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
  • 3.
  • 4.
  • 6.
  • 7.
  • 9.
  • 14.
  • 15.
  • 16.
  • 19.
  • 26.
  • 27.
    Congestión Calidad del aire Accidentes Ruidos Cambio climático Pérdida del espacio urbano Seguridad energética Fracturas comunidades Eficiencia económica Inhibición interacción social Basuras Contaminación Destrucción de visual hábitats naturales
  • 28.
  • 29.
    comercio urbano comercio periférico
  • 33.
  • 37.
    UK - Towncentres first
  • 38.
  • 39.
  • 42.
  • 44.
  • 46.
    MALLS: Simulan lascalles y Centros urbanos: Simulan la plazas públicas atmósfera de los malls West Edmonton. Alberta (Canadá) Downtown Brookyln. New York (USA)
  • 49.
  • 50.
    los grandes sediversifican y apuestan por la proximidad
  • 52.
  • 53.
    Y los grandescada vez son más grandes… 400,000 m² 200.000 personas/día
  • 64.
  • 65.
    DIRECTIVA DE SERVICIOS Objetivo:Crear un marco jurídico que suprima los obstáculos que se oponen a la libertad de circulación y de establecimiento de los prestadores de servicios Crear un auténtico mercado interior de servicios en 2010
  • 66.
    SUPRIMIR LOS OBSTÁCULOSQUE SE OPONEN A LA LIBERTAD DE ESTABLECIMIENTO SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA Simplificación procedimientos, ventanilla única, trámites vía electrónica, derecho a la información REGÍMENES DE AUTORIZACIÓN • principios que deben respetar • LISTA NEGRA • LISTA GRIS
  • 67.
    REGÍMENES DE AUTORIZACIÓN LaDirectiva no prohíbe las autorizaciones, pero las somete a una “presunción de culpabilidad”, obligando a los EM a probar su inocencia.
  • 68.
    REGÍMENES DE AUTORIZACIÓN 1.Principio general = Libertad de establecimiento 2. Autorización excepcional 3. Sólo si supera el TRIPLE TEST: • No discriminatoria • Proporcionada: el objetivo perseguido no puede alcanzarse por medios menos restrictivos. El control a posteriori sería ineficaz • Necesaria: RAZÓN IMPERIOSA DE INTERÉS GENERAL 68
  • 69.
  • 70.
    La autorización sospechosa… • Si en el ordenamiento jurídico español había unas autorizaciones “especialmente sospechosas”, esas eran las autorizaciones exigidas para la implantación de los GEC. • Sospechosas, incluso antes de que se aprobara la DS: – procedimientos de infracción abiertos contra el Reino de España por vulneración del art. 43 TCCE. Comisión Europea considera que legislación catalana y andaluza restringen y obstaculizan el establecimiento de hipermercados. 70
  • 71.
    En 1996… • ESTADO:Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista • impuso en todo el territorio nacional la necesidad de obtener la denominada “licencia comercial específica” (segunda licencia) ← CCAA 71
  • 72.
    URBANISMO COMERCIAL LEGISLACIÓN ESTATAL Tres niveles arts. 2-7 LOCM-1996 Licencias Planes de equipamiento comercial NORMATIVA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA AUTONÓMICA MUNICIPAL 72
  • 73.
    LOCM’96: Concepto degran establecimiento comercial art. 2.3 LOCM – Determinación autonómica – En todo caso: + 2.500 m2 Necesitan autorización autonómica para su apertura: la licencia comercial específica 73
  • 74.
    LICENCIA COMERCIAL ESPECÍFICA LEGISLACIÓN BÁSICA ESTATAL (arts. 6 y 7 LOCM) • Objeto: GEC + otros supuestos • ¿Quién la otorga? Administración Autonómica • Criterios para el otorgamiento: • especialmente... – “Equipamiento comercial adecuado” – “Efectos sobre la estructura comercial de la zona” • Procedimiento: – El determinado en cada CCAA – Informe del TDC: Preceptivo, pero no vinculante »STC 124/2003 74
  • 75.
    LICENCIA COMERCIAL ESPECÍFICA LEGISLACIÓN AUTONÓMICA • Diferentes definiciones de GEC - Población/superficie - Cada vez menos m2 • Clasificación establecimientos por formatos. • Generalización licencias autonómicas para: - medianos - descuento duro - tiendas de conveniencia - chinos… • Moratorias • Planes de equipamientos comerciales 75
  • 76.
    DESARROLLO DE LAPLANIFICACIÓN COMERCIAL • LOCM 1996: No referencias al Plan • Los criterios para el otorgamiento de la licencia comercial específica establecidos por las bases estatales son muy vagos (+ conceptos jurídicos indeterminados) CCAA aprueban “PLANES DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES” ● Instrumento para reducir la discrecionalidad ● Instrumento de autolimitación de la Administración 76
  • 77.
    …Y el planZONIFICA, y analiza la OFERTA y la DEMANDA y llega incluso a determinar los metros cuadrados de superficie de venta que caben en cada territorio 77 ÁREAS Y ZONAS BÁSICAS DE COMERCIO DE CASTILLA Y LEÓN (PRASEC 2005)
  • 78.
    PROCEDIMIENTO 1. INICIACIÓN Solicitud delinteresado Consejería competente Documentación en materia de comercio 2. TRAMITACIÓN Informes - Consejo CYL de Comercio - Defensa de la competencia 6 meses - Ayuntamiento afectado Silencio - 3. TERMINACIÓN: La resolución criterios evaluación 78
  • 79.
    CRITERIOS DE EVALUACIÓN art. 21 LCCYL ADECUACIÓN AL PGEC (y PTEC) • Existencia de un equipamiento comercial adecuado • Repercusión en servicios a consumidores y aumento libre competencia • Efectos sobre estructura comercial (pequeño comercio) • Integración en entorno urbano e impacto MA • Incidencia red viaria y transporte de viajeros + reglamentariamente determinados (arts. 47-49 PRASEC) Adecuación al Plan y correcta instalación del proyecto Repercusión socioeconómica del proyecto Adecuación de las actuaciones correctoras 79
  • 80.
    CRITERIOS DE EVALUACIÓNDE LAS LICENCIAS COMERCIALES Repercusión socioeconómica del proyecto (art. 48) - Existencia de un equipamiento comercial adecuado en la zona donde se pretenda implantar el proyecto solicitado - Repercusión positiva en los servicios recibidos por los consumidores y en el aumento de la libre competencia - Impacto sobre el empleo del sector MEDICIÓN Superficie Comercio Minorista 100% de los EFECTOS Anexo 4 Comercio Comercio Tradicional sujeto a licencia 88,70% 11,30% SITUACIÓN DE REFERENCIA 1. SITUACIÓN DE REFERENCIA: Refleja la relación que existe entre la superficie de los establecimientos no sujetos a licencia comercial previa y la de los que sí lo están. El punto de partida es: m2Comercio Tradicional (88,70) + m2Comercio sujeto a licencia(11,30) = m2 Comercio Total (100) 80
  • 81.
    CRITERIOS DE EVALUACIÓNDE LAS LICENCIAS COMERCIALES Valoración del impacto del nuevo establecimiento sobre la estructura comercial existente. 2. INDICE DE IMPACTO: mide los efectos del proyecto de establecimiento sobre la estructura comercial existente en la Zona Básica de Comercio donde se implante, en función de la siguiente fórmula: Indice de Impacto (Im) = (m2 Comercio Minorista + m2 Proyecto) x Ip m2 Pequeño Comercio x K Ip = INDICE DE PONDERACIÓN. Atracción comercial: Sólo Valladolid = 0,9. K = Comercio Minorista total CyL / Pequeño Comercio = 1,13 Impacto leve (≤ 1): generador de medidas correctoras Impacto moderado (>1 <1,10): generador de medidas correctoras Impacto alto (≥ 1): el proyecto no es autorizable 81
  • 82.
  • 83.
  • 84.
    ¿Es necesaria una regulación de los grandes formatos comerciales? 84
  • 85.
    Área Bruta 1.206.000m2 - Área Comercial 197.450 m2 – 22 millones/año
  • 87.
    OFF OUR TROLLEYS ¿Qué eslo que no pagamos?
  • 88.
  • 89.
    OTRO URBANISMO COMERCIALES POSIBLE Protección de los consumidores RIIG DIRECTIVA DE SERVICIOS COMO OPORTUNIDAD
  • 90.
    CRITERIOS PARA LAREGULACIÓN ESPACIAL DE LOS EQUIPAMIENTOS COMERCIALES Sostenibilidad Regeneración urbana Inclusión social
  • 92.
    TRANSPOSICIÓN DS (nivelestatal) • LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos • LEY PARAGUAS: Ley 17/2009, de 23 nov, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio • LEY ÓMNIBUS: Ley 25/2009, de 22 dic, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la LAASE • LEY DE COMERCIO: Ley 1/2010, de 1 de marzo, de reforma de la Ley 7/1996, de 15 en, de Ordenación del Comercio minorista. 92
  • 93.
    LA REFORMA DELA LEY DE ORDENACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA (Ley 1/2010, de 1 de marzo) art. 2.3 LOCM: GEC – Determinación autonómica – En todo caso: + 2.500 m2 licencia comercial específica REFORMA AUTORIZACIÓN COMERCIAL – 2.500 m2 – Principio general: libre establecimiento = NO AUTORIZACIÓN COMERCIAL – Excepcionalmente CCAA podrán exigir autorizaciones por RIIG 93
  • 94.
    Los nuevos modelosautonómicos 1. CCAA que suprimen la licencia comercial autonómica 2. CCAA que mantienen la licencia autonómica 3. CCAA que mantienen control autonómico, condicionando las licencias municipales 4. CCAA que mantienen control autonómico, exigiendo autorización mediante un instrumento de ordenación territorial
  • 95.
    REFORMA DE LALEY 16/2002, DE 19 DE DICIEMBRE, DE COMERCIO de CASTILLA Y LEÓN Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de medidas de impulso a las actividades de servicios en Castilla y León LIMPIEZA DE LOS PRINCIPALES ELEMENTOS “SOSPECHOSOS” DE LA LCCYL Pruebas económicas Participación de los competidores (CCYLC) Se deroga el PRASEC se mantiene la tasa por tramitación 95
  • 96.
    REFORMA DE LALEY 16/2002, DE 19 DE DICIEMBRE, DE COMERCIO de CASTILLA Y LEÓN Regla general: NO autorización comercial (art. 14.2) Pero… Se mantiene la licencia comercial autonómica de GEC, con carácter previo a la concesión de licencias municipales (art. 20.3) GEC: + 2.500 m2 (art. 17.1) SE ELIMINAN: licencias autonómicas de medianos y descuento duro COMUNICACIÓN: transmisión de GEC, ampliaciones -25% e integraciones en establecimientos comerciales colectivos. 96
  • 97.
    RIIG (art. 14 LCCYL) • la protección del medioambiente y del entorno urbano • la ordenación del territorio • la conservación del patrimonio histórico y artístico • en su caso, la protección de los derechos de los consumidores y destinatarios de los servicios 97
  • 98.
    NUEVO PROCEDIMIENTO 1. INICIACIÓN(art.21) Consejería competente Solicitud del interesado en materia de comercio Documentación 2. TRAMITACIÓN (art.22) Acuse de recibo Información pública Informes - Ayuntamiento afectado 6 meses - Consejerías competentes en materia de OT, medio Silencio +/- ambiente, carreteras y urbanismo 3. TERMINACIÓN (art. 23) criterios evaluación La resolución 98
  • 99.
    criterios de evaluación(art. 24) • integración del proyecto en el entorno urbano, preferentemente en la trama urbana • impacto del proyecto en el medio ambiente • incidencia del proyecto sobre la red viaria de la zona y los sistemas de transporte de viajeros • adecuada integración territorial del proyecto • repercusión que el proyecto suponga en los servicios recibidos por los consumidores 99
  • 100.
    PROBLEMAS DEL PROCEDIMIENTO 1) SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA 2) COORDINACIÓN DE TRÁMITES 3) DISCRECIONALIDAD 100
  • 101.
    TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA • ¿Se ha producido el cambio de modelo necesario? • Hasta ahora se ha hecho un uso torticero del urbanismo y la OT, ¿ocurrirá lo mismo después de la transposición? • ¿Se utilizarán de modo fraudulento los instrumentos urbanísticos y medioambientales para seguir interviniendo por razones económicas?
  • 102.
    Los días rojosson terribles y en esos momentos lo único que me viene bien es ir a Tiffany's, porque nada malo me puede ocurrir allí