Este documento presenta un índice y resumen de la legislación tributaria peruana sobre el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto a la Renta (IR). Incluye definiciones clave de términos como venta, bienes muebles, servicios y constructor. También describe el ámbito de aplicación del IGV a diferentes tipos de transacciones y operaciones, así como las que se encuentran exentas. Finalmente, analiza aspectos como el crédito fiscal y la retención del IGV a proveedores.
Este documento describe varios medios por los cuales una obligación tributaria puede extinguirse. El pago es el principal medio y debe realizarse por el sujeto pasivo en el lugar y forma establecidos por la ley. Otras formas incluyen la compensación, cesión de créditos fiscales, confusión y remisión. También se detallan conceptos como plazos de pago, pagos a cuenta, retención y percepción, y la posibilidad de obtener prórrogas bajo ciertas condiciones.
Este documento contiene una guía de examen para Derecho Fiscal I. Incluye preguntas sobre conceptos clave como accesorios de contribuciones, domicilio fiscal, días y horas hábiles, actividades empresariales, orden de pagos de impuestos, recargos por mora y plazo, responsables solidarios, requisitos de comprobantes fiscales, circulares, efectos de resoluciones fiscales, requisitos de actos administrativos, facultades de autoridades fiscales y visita domiciliaria.
Este documento trata sobre el derecho fiscal. Explica conceptos como impuestos, derechos, contribuciones especiales y fuentes del derecho fiscal. También cubre temas como sujetos de la obligación fiscal, exenciones, procedimientos fiscales y derecho penal fiscal.
Este documento describe los aspectos fundamentales del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto a la Renta en Perú. Explica que el IGV grava las ventas de bienes, servicios y construcción, así como las importaciones, mientras que el Impuesto a la Renta grava las rentas generadas por capital, trabajo y ambos factores. Divide las rentas en cinco categorías y detalla los tipos de ingresos incluidos en cada categoría para fines tributarios.
1. El documento describe el procedimiento establecido por el SAT para regularizar la situación fiscal de personas físicas que recibieron depósitos en efectivo en 2009 pero no los declararon. 2. Incluye detalles sobre cómo calcular el monto adeudado, la opción de pagar en parcialidades, y las consecuencias de no aceptar la invitación. 3. También cubre aspectos como la verificación de RFC entre el SAT y el sistema financiero.
Este documento presenta la Sentencia C-262 de 2002 de la Corte Constitucional de Colombia. En esta sentencia, la Corte estudia una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 402 de la Ley 599 de 2000, que establece sanciones penales para agentes retenedores y recaudadores que no consignen oportunamente sumas retenidas o recaudadas para el Estado. La Corte resume los argumentos de la demanda, que alega que esta norma viola los artículos 28 y 158 de la Constitución al establecer pena de prisión
Ordenanza de impuesto sobre transacciones inmobiliariasIván Yáñez
ORDENANZA DE REFORMA DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES INMOBILIARIAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR.
------------------------------------
Presentación de la Reforma de la Ordenanza de Impuesto sobre Transacciones Inmobiliarias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, se basa en la Ordenanza propiamente dicha ya que anteriormente se publicaron las Disposiciones Generales de la misma.
Es relevante el conocimiento de dicha Reforma debido a que presenta la administración y busca regular la recaudación del impuesto sobre las Transacciones Inmobiliarias. Es importante para todos los ciudadanos ya que se basa en todo acto traslativo de la propiedad de bienes inmuebles y demás.
Este documento describe varios medios por los cuales una obligación tributaria puede extinguirse. El pago es el principal medio y debe realizarse por el sujeto pasivo en el lugar y forma establecidos por la ley. Otras formas incluyen la compensación, cesión de créditos fiscales, confusión y remisión. También se detallan conceptos como plazos de pago, pagos a cuenta, retención y percepción, y la posibilidad de obtener prórrogas bajo ciertas condiciones.
Este documento contiene una guía de examen para Derecho Fiscal I. Incluye preguntas sobre conceptos clave como accesorios de contribuciones, domicilio fiscal, días y horas hábiles, actividades empresariales, orden de pagos de impuestos, recargos por mora y plazo, responsables solidarios, requisitos de comprobantes fiscales, circulares, efectos de resoluciones fiscales, requisitos de actos administrativos, facultades de autoridades fiscales y visita domiciliaria.
Este documento trata sobre el derecho fiscal. Explica conceptos como impuestos, derechos, contribuciones especiales y fuentes del derecho fiscal. También cubre temas como sujetos de la obligación fiscal, exenciones, procedimientos fiscales y derecho penal fiscal.
Este documento describe los aspectos fundamentales del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto a la Renta en Perú. Explica que el IGV grava las ventas de bienes, servicios y construcción, así como las importaciones, mientras que el Impuesto a la Renta grava las rentas generadas por capital, trabajo y ambos factores. Divide las rentas en cinco categorías y detalla los tipos de ingresos incluidos en cada categoría para fines tributarios.
1. El documento describe el procedimiento establecido por el SAT para regularizar la situación fiscal de personas físicas que recibieron depósitos en efectivo en 2009 pero no los declararon. 2. Incluye detalles sobre cómo calcular el monto adeudado, la opción de pagar en parcialidades, y las consecuencias de no aceptar la invitación. 3. También cubre aspectos como la verificación de RFC entre el SAT y el sistema financiero.
Este documento presenta la Sentencia C-262 de 2002 de la Corte Constitucional de Colombia. En esta sentencia, la Corte estudia una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 402 de la Ley 599 de 2000, que establece sanciones penales para agentes retenedores y recaudadores que no consignen oportunamente sumas retenidas o recaudadas para el Estado. La Corte resume los argumentos de la demanda, que alega que esta norma viola los artículos 28 y 158 de la Constitución al establecer pena de prisión
Ordenanza de impuesto sobre transacciones inmobiliariasIván Yáñez
ORDENANZA DE REFORMA DE LA ORDENANZA DE IMPUESTO SOBRE TRANSACCIONES INMOBILIARIAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR.
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Presentación de la Reforma de la Ordenanza de Impuesto sobre Transacciones Inmobiliarias del Municipio Caroní del Estado Bolívar, se basa en la Ordenanza propiamente dicha ya que anteriormente se publicaron las Disposiciones Generales de la misma.
Es relevante el conocimiento de dicha Reforma debido a que presenta la administración y busca regular la recaudación del impuesto sobre las Transacciones Inmobiliarias. Es importante para todos los ciudadanos ya que se basa en todo acto traslativo de la propiedad de bienes inmuebles y demás.
Este decreto establece los plazos y lugares para presentar declaraciones tributarias y pagar impuestos, anticipos y retenciones en Colombia durante el año 2012. En particular, establece que las declaraciones deben presentarse de forma virtual a través de servicios electrónicos del gobierno, a menos que se cumplan ciertas excepciones. También especifica quiénes están obligados y no obligados a presentar declaraciones del impuesto sobre la renta, dependiendo de sus ingresos y otros factores.
El documento contiene preguntas frecuentes sobre el Impuesto Sobre la Renta en Venezuela. Explica quiénes están obligados a declarar el impuesto, los plazos y formas de declaración, las tarifas aplicables, los desgravámenes permitidos y otras deducciones, así como dónde y cómo efectuar los pagos correspondientes.
Este documento discute varios modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Explica que el pago es uno de los principales modos y consiste en cancelar la prestación que representa el tributo, liberando al deudor de la obligación. También cubre otros modos como la compensación, prórrogas, intereses moratorios y la prescripción.
Este documento presenta información sobre los efectos fiscales de varios tipos de contratos como el mutuo, seguro, fianza y transporte. Explica conceptos clave como Incoterms, elementos de los contratos, obligaciones de las partes e implicaciones fiscales como impuestos a la renta y valor agregado.
1) El informe pericial contable analiza la presunta apropiación ilícita de libros por valor de S/ 10137.00 por parte de José Ramos Perea, ex empleado de la editorial Empresa L, entre 2006-2009. 2) Se determinó que Ramos Perea recibió libros por S/ 18737.50 para su venta, pero sólo pagó S/ 8600.50. 3) De acuerdo a la normativa penal, Ramos Perea habría cometido el delito de apropiación ilícita por retener bienes que debía entregar.
Este documento presenta extractos del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela, incluyendo disposiciones generales, sujetos gravados, exenciones de impuestos y otros aspectos. Define términos clave, establece las normas para la determinación de la renta gravable de fuentes nacionales y extranjeras, y especifica los tipos de impuestos y tasas que se aplican a diferentes tipos de contribuyentes como personas naturales, sociedades, establecimientos permanentes y otros.
Este documento describe el recurso de revocación en México. Explica que el recurso de revocación es un medio de defensa administrativo que pueden usar los afectados por actos o resoluciones de autoridades fiscales federales para resolver conflictos antes de acudir a los tribunales. Detalla qué tipo de actos y resoluciones pueden ser impugnados a través de este recurso, los requisitos para interponerlo como plazos, documentación requerida y agravios que debe señalar.
Este documento propone la creación de un nuevo Código Fiscal para el Estado de Zacatecas y sus municipios, debido a que el Código Fiscal actual data de 1984 y requiere actualizarse. El nuevo Código Fiscal unificaría la normatividad fiscal estatal y municipal, fortalecería la seguridad jurídica de los contribuyentes y ampliaría las facultades de las autoridades fiscales. El documento describe la estructura y contenido propuesto para el nuevo Código Fiscal.
Este documento explica el origen y propósito de los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta en México. Los pagos provisionales se establecieron para facilitar el pago del impuesto al final del ejercicio fiscal y para financiar al gobierno de manera anticipada. Aunque los pagos son estimados, se basan en elementos objetivos como los ingresos del ejercicio anterior. Los pagos provisionales no constituyen la obligación definitiva, la cual solo puede determinarse al final del ejercicio.
Conferencia de "Real Estate Business Forum & Expo" Bajío 2007. Impartida por: C.P.yM.I. Sergio Aguilar Rodríguez - Vicepresidente y C.P.yM.F. Luis Jesús Moreno Rodríguez - Presidente del Colegio de Contadores. Más información en: www.reb.com.mx
Este documento describe los tres tipos básicos de arrendamiento - arrendamiento puro, arrendamiento financiero y compra-venta y arrendamiento - y explica los requisitos y procesos para cada uno. También cubre las obligaciones fiscales de los arrendadores, incluida la inscripción en el RFC, la emisión de comprobantes a los arrendatarios, la presentación de declaraciones y pagos, y el mantenimiento de la información actualizada en el RFC.
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR”
----------------------------
Se presenta la Reforma Parcial de Ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole similar, debe ser revisada por todos aquellos ciudadanos que ejerzan alguna de las actividades agravadas por la Ordenanza presentada, es decir aquellas personas que tengan establecimiento permanente en el Municipio Caroní y algunas excepciones.
Tiene por objeto garantizar el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ordenanza, como agente de retención.
Este documento trata sobre los modos de extinción de la relación jurídica tributaria. Explica que el pago, la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la remisión son formas de extinguir la obligación tributaria. Describe cada uno de estos modos con detalle, incluyendo cómo se realiza el pago, los conceptos que se pueden pagar, y los efectos del pago. También explica los requisitos para la compensación de créditos fiscales y los efectos de la cesión de créditos.
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
Según el Código Orgánico Tributario (C.O.T) se Establece que:
Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión.
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Parágrafo Primero: La obligación tributaria se extingue igualmente por prescripción, en los términos previstos en el Capítulo VI de este Título.
Parágrafo Segundo: Las leyes especiales tributarias pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen.
El documento describe las principales etapas del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) utilizado por el Estado mexicano para cobrar créditos fiscales impagos. El PAE inicia con la notificación de un mandamiento de pago al deudor. Si este no paga, la autoridad fiscal embarga bienes para garantizar el pago. Luego, los bienes embargados son valuados y subastados públicamente, obteniendo los fondos para saldar la deuda fiscal.
Este documento resume la diferencia entre la no sujeción, exención y exoneración en el impuesto al valor agregado (IVA) en Venezuela. Explica que la no sujeción ocurre cuando el hecho imponible definido por la ley no se da, por lo que no nace la obligación tributaria. La exención ocurre cuando sí se da el hecho imponible pero la ley exime al contribuyente del pago. Finalmente, la exoneración es una dispensa parcial o total del pago concedida por el ejecutivo cuando la ley lo autoriza.
Este documento trata sobre la extinción de la relación jurídica tributaria en Ecuador. Explica que esta relación se extingue cuando el sujeto pasivo deja de realizar actividades reguladas por la ley. Describe los medios de extinción como el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la declaratoria de incobrabilidad. También explica las formas de efectuar el pago, incluyendo el lugar, la fecha, los pagos a cuenta y las prórrogas.
Aspectos mas relevantes de la leyimpuesto al patrimoniomamache
La ley crea un impuesto al patrimonio neto para personas naturales y jurídicas con activos que superen ciertos montos. El impuesto grava el valor total de los bienes y derechos de los contribuyentes menos cargas, gravámenes, bienes exentos y exonerados. La alícuota aplicada es inicialmente del 0,25% y el impuesto se calcula anualmente sobre el patrimonio al cierre de cada periodo. La ley establece las reglas para valorar diferentes tipos de bienes y exime de impuestos ciertas propied
El documento discute las infracciones tributarias relacionadas con la retención y pago de impuestos para personas domiciliadas y no domiciliadas. Explica que cuando un agente de retención omite realizar la retención o pagar la retención, incurre en una infracción tributaria. También analiza el concepto de "monto equivalente a la retención" y explica que cuando una empresa registra en su contabilidad gastos por servicios recibidos de no residentes, debe pagar este monto al fisco independientemente de si realiza o no el pago real
6 Things You Should Know About Catastrophic Injuries in ArkansasWesley Cottrell
Serious injuries typically result in physical injury, emotional injury and economic loss. However, catastrophic injuries are different in that they usually result in more severe injuries, sometimes including long-term or permanent disabilities. Catastrophic injuries also have a more significant impact on victims and their families. That does not mean that an injury must be permanent to be considered catastrophic. Learn more about catastrophic injuries in Arkansas in this presentation.
El documento describe las propiedades cristalinas y aplicaciones de tres elementos: silicio, germanio y galio. El silicio tiene una estructura de diamante y se utiliza ampliamente en la electrónica. El germanio tiene una estructura cúbica cerrada y se usa en circuitos integrados y paneles solares. El galio tiene una estructura ortorrómbica y sus usos incluyen semiconductores, termómetros médicos y paneles solares.
Un wiki es un sitio web colaborativo que permite a múltiples usuarios editar, borrar o modificar el contenido de una página web sin necesidad de aprobación previa. Los usuarios pueden editar páginas wiki fácilmente sin conocimiento técnico especial mediante un botón de edición y herramientas básicas de formato.
Este decreto establece los plazos y lugares para presentar declaraciones tributarias y pagar impuestos, anticipos y retenciones en Colombia durante el año 2012. En particular, establece que las declaraciones deben presentarse de forma virtual a través de servicios electrónicos del gobierno, a menos que se cumplan ciertas excepciones. También especifica quiénes están obligados y no obligados a presentar declaraciones del impuesto sobre la renta, dependiendo de sus ingresos y otros factores.
El documento contiene preguntas frecuentes sobre el Impuesto Sobre la Renta en Venezuela. Explica quiénes están obligados a declarar el impuesto, los plazos y formas de declaración, las tarifas aplicables, los desgravámenes permitidos y otras deducciones, así como dónde y cómo efectuar los pagos correspondientes.
Este documento discute varios modos de extinción de la obligación tributaria según el Código Orgánico Tributario de Venezuela. Explica que el pago es uno de los principales modos y consiste en cancelar la prestación que representa el tributo, liberando al deudor de la obligación. También cubre otros modos como la compensación, prórrogas, intereses moratorios y la prescripción.
Este documento presenta información sobre los efectos fiscales de varios tipos de contratos como el mutuo, seguro, fianza y transporte. Explica conceptos clave como Incoterms, elementos de los contratos, obligaciones de las partes e implicaciones fiscales como impuestos a la renta y valor agregado.
1) El informe pericial contable analiza la presunta apropiación ilícita de libros por valor de S/ 10137.00 por parte de José Ramos Perea, ex empleado de la editorial Empresa L, entre 2006-2009. 2) Se determinó que Ramos Perea recibió libros por S/ 18737.50 para su venta, pero sólo pagó S/ 8600.50. 3) De acuerdo a la normativa penal, Ramos Perea habría cometido el delito de apropiación ilícita por retener bienes que debía entregar.
Este documento presenta extractos del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta de Venezuela, incluyendo disposiciones generales, sujetos gravados, exenciones de impuestos y otros aspectos. Define términos clave, establece las normas para la determinación de la renta gravable de fuentes nacionales y extranjeras, y especifica los tipos de impuestos y tasas que se aplican a diferentes tipos de contribuyentes como personas naturales, sociedades, establecimientos permanentes y otros.
Este documento describe el recurso de revocación en México. Explica que el recurso de revocación es un medio de defensa administrativo que pueden usar los afectados por actos o resoluciones de autoridades fiscales federales para resolver conflictos antes de acudir a los tribunales. Detalla qué tipo de actos y resoluciones pueden ser impugnados a través de este recurso, los requisitos para interponerlo como plazos, documentación requerida y agravios que debe señalar.
Este documento propone la creación de un nuevo Código Fiscal para el Estado de Zacatecas y sus municipios, debido a que el Código Fiscal actual data de 1984 y requiere actualizarse. El nuevo Código Fiscal unificaría la normatividad fiscal estatal y municipal, fortalecería la seguridad jurídica de los contribuyentes y ampliaría las facultades de las autoridades fiscales. El documento describe la estructura y contenido propuesto para el nuevo Código Fiscal.
Este documento explica el origen y propósito de los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta en México. Los pagos provisionales se establecieron para facilitar el pago del impuesto al final del ejercicio fiscal y para financiar al gobierno de manera anticipada. Aunque los pagos son estimados, se basan en elementos objetivos como los ingresos del ejercicio anterior. Los pagos provisionales no constituyen la obligación definitiva, la cual solo puede determinarse al final del ejercicio.
Conferencia de "Real Estate Business Forum & Expo" Bajío 2007. Impartida por: C.P.yM.I. Sergio Aguilar Rodríguez - Vicepresidente y C.P.yM.F. Luis Jesús Moreno Rodríguez - Presidente del Colegio de Contadores. Más información en: www.reb.com.mx
Este documento describe los tres tipos básicos de arrendamiento - arrendamiento puro, arrendamiento financiero y compra-venta y arrendamiento - y explica los requisitos y procesos para cada uno. También cubre las obligaciones fiscales de los arrendadores, incluida la inscripción en el RFC, la emisión de comprobantes a los arrendatarios, la presentación de declaraciones y pagos, y el mantenimiento de la información actualizada en el RFC.
“ORDENANZA DE REFORMA PARCIAL DE LA ORDENANZA SOBRE AGENTES DE RETENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE INDUSTRIA, COMERCIO, SERVICIO O DE ÍNDOLE SIMILAR”
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Se presenta la Reforma Parcial de Ordenanza sobre Agentes de Retención del Impuesto sobre las Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole similar, debe ser revisada por todos aquellos ciudadanos que ejerzan alguna de las actividades agravadas por la Ordenanza presentada, es decir aquellas personas que tengan establecimiento permanente en el Municipio Caroní y algunas excepciones.
Tiene por objeto garantizar el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ordenanza, como agente de retención.
Este documento trata sobre los modos de extinción de la relación jurídica tributaria. Explica que el pago, la compensación, la cesión de créditos, la confusión y la remisión son formas de extinguir la obligación tributaria. Describe cada uno de estos modos con detalle, incluyendo cómo se realiza el pago, los conceptos que se pueden pagar, y los efectos del pago. También explica los requisitos para la compensación de créditos fiscales y los efectos de la cesión de créditos.
Los Modos de Extinción de la Relación Jurídica TributariaRosangela Sira
Según el Código Orgánico Tributario (C.O.T) se Establece que:
Artículo 39. La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión.
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Parágrafo Primero: La obligación tributaria se extingue igualmente por prescripción, en los términos previstos en el Capítulo VI de este Título.
Parágrafo Segundo: Las leyes especiales tributarias pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen.
El documento describe las principales etapas del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) utilizado por el Estado mexicano para cobrar créditos fiscales impagos. El PAE inicia con la notificación de un mandamiento de pago al deudor. Si este no paga, la autoridad fiscal embarga bienes para garantizar el pago. Luego, los bienes embargados son valuados y subastados públicamente, obteniendo los fondos para saldar la deuda fiscal.
Este documento resume la diferencia entre la no sujeción, exención y exoneración en el impuesto al valor agregado (IVA) en Venezuela. Explica que la no sujeción ocurre cuando el hecho imponible definido por la ley no se da, por lo que no nace la obligación tributaria. La exención ocurre cuando sí se da el hecho imponible pero la ley exime al contribuyente del pago. Finalmente, la exoneración es una dispensa parcial o total del pago concedida por el ejecutivo cuando la ley lo autoriza.
Este documento trata sobre la extinción de la relación jurídica tributaria en Ecuador. Explica que esta relación se extingue cuando el sujeto pasivo deja de realizar actividades reguladas por la ley. Describe los medios de extinción como el pago, la compensación, la confusión, la remisión y la declaratoria de incobrabilidad. También explica las formas de efectuar el pago, incluyendo el lugar, la fecha, los pagos a cuenta y las prórrogas.
Aspectos mas relevantes de la leyimpuesto al patrimoniomamache
La ley crea un impuesto al patrimonio neto para personas naturales y jurídicas con activos que superen ciertos montos. El impuesto grava el valor total de los bienes y derechos de los contribuyentes menos cargas, gravámenes, bienes exentos y exonerados. La alícuota aplicada es inicialmente del 0,25% y el impuesto se calcula anualmente sobre el patrimonio al cierre de cada periodo. La ley establece las reglas para valorar diferentes tipos de bienes y exime de impuestos ciertas propied
El documento discute las infracciones tributarias relacionadas con la retención y pago de impuestos para personas domiciliadas y no domiciliadas. Explica que cuando un agente de retención omite realizar la retención o pagar la retención, incurre en una infracción tributaria. También analiza el concepto de "monto equivalente a la retención" y explica que cuando una empresa registra en su contabilidad gastos por servicios recibidos de no residentes, debe pagar este monto al fisco independientemente de si realiza o no el pago real
6 Things You Should Know About Catastrophic Injuries in ArkansasWesley Cottrell
Serious injuries typically result in physical injury, emotional injury and economic loss. However, catastrophic injuries are different in that they usually result in more severe injuries, sometimes including long-term or permanent disabilities. Catastrophic injuries also have a more significant impact on victims and their families. That does not mean that an injury must be permanent to be considered catastrophic. Learn more about catastrophic injuries in Arkansas in this presentation.
El documento describe las propiedades cristalinas y aplicaciones de tres elementos: silicio, germanio y galio. El silicio tiene una estructura de diamante y se utiliza ampliamente en la electrónica. El germanio tiene una estructura cúbica cerrada y se usa en circuitos integrados y paneles solares. El galio tiene una estructura ortorrómbica y sus usos incluyen semiconductores, termómetros médicos y paneles solares.
Un wiki es un sitio web colaborativo que permite a múltiples usuarios editar, borrar o modificar el contenido de una página web sin necesidad de aprobación previa. Los usuarios pueden editar páginas wiki fácilmente sin conocimiento técnico especial mediante un botón de edición y herramientas básicas de formato.
Promoting healthy options during meal or snack times while allowing regular unhealthy fundraisers sends youth conflicting messages. Fundraisers can be successful and engage youth, the community, the school building and out-of-school time programs in meaningful ways without undermining healthy eating messages.
1) El documento describe la historia de la pila voltaica, incluyendo los experimentos de Galvani y Volta que llevaron a su creación. 2) Explica que Volta creía inicialmente que la electricidad se generaba por el contacto de los metales, mientras que Fabroni sostenía que era debido a la acción química del ácido. 3) Más tarde se comprobó que ambos estaban en parte correctos, ya que el contacto crea una diferencia de potencial pero se requiere la acción química para mantener el flujo continuo
El documento promociona tres programas diferentes: Ccleaner, un programa de limpieza y optimización de PC; Nero Home Edition, un reproductor multimedia y software de grabación de discos; y un tercer programa no mencionado por su nombre pero descrito como el reproductor más popular, asegurando que facilitará la reproducción de archivos multimedia.
Theory of Teacher Education Behavioral Perspectivemarina ilyas
The document discusses teacher education from a behavioral perspective, specifically operant conditioning. It covers several topics:
1. The objectives of pre-service teacher training programs, which include imparting subject matter knowledge, developing pedagogical skills, understanding child psychology, and developing proper teaching attitudes.
2. The role of teacher educators is to transmit knowledge to prospective teachers and train them in research-backed pedagogical behaviors. Prospective teachers receive extensive practice and repetition to reinforce learning.
3. Behaviorist principles like Thorndike's law of exercise are applied, with a focus on rote learning, drills, repetition to prevent extinction of behaviors, and assessing mental states for optimal learning. The goal
Ed.tech. 2 computer as ict batle,batulan & bernatLibeth Bernat
This document discusses the use of computers and information and communication technology (ICT) in education. It describes how ICT has evolved from early computer-assisted instruction to today's digital technologies that allow for interactive learning. The document also outlines several ways that different ICT tools like radio, television, computers, and the Internet can be used to improve access to education and enhance learning through collaboration, creativity, and evaluation.
A Global Network Operations Center (GNOC) acts as a large service delivery factory for network operation, providing functions like assurance, fulfillment, operation support and readiness. A GNOC operates multiple telecom networks from different countries in a centralized location. This allows GNOC operations to achieve economies of scale and bring benefits like high efficiency, quality and flexibility to customers. Huawei has established multiple GNOCs globally, including facilities in India, Romania, and Nigeria, to provide high-quality managed network services to telecom operators around the world in a cost-effective manner.
1) El documento presenta una evaluación de lenguaje y comunicación para estudiantes de 2° año básico que incluye preguntas sobre un texto leído.
2) El texto trata sobre la historia de Pepe y su abuelo José, quienes viven juntos y discuten a menudo, aunque se llevan bien.
3) La evaluación examina la comprensión del texto e incluye preguntas sobre los personajes, la trama y mensajes implícitos.
This document provides resources and strategies for planning a PTA membership campaign. It discusses available membership tools on the CA PTA and National PTA websites, including flyers, videos, and promotional items. Ideas are presented for recruiting community members, engaging fathers and males, and involving teachers. Themes like sports, food, space and animals are suggested. Tracking membership and forwarding dues are also covered. The goal is to equip PTA leaders with everything needed to build membership for the next school year.
This document discusses capital budgeting and provides examples of how to evaluate capital investment projects. It defines capital budgeting as the process of analyzing projects and deciding which ones to include in the capital budget. It then outlines eight key steps in capital budgeting, including project categorization, evaluation criteria, and financial analysis. Examples are provided to calculate metrics like net present value, internal rate of return, payback period, and profitability index for a sample capital project. The document concludes that while net present value is generally the best method, companies often consider multiple evaluation criteria to make capital budgeting decisions.
Procedimiento administrativo de ejecuciónMarco Antonio
Este documento describe el procedimiento administrativo de ejecución que lleva a cabo la autoridad fiscal para hacer efectivos los pagos de créditos fiscales no cubiertos. Explica que este procedimiento inicia con un requerimiento de pago y, de no pagarse, con el embargo de bienes del deudor que pueden ser rematados o vendidos. También cubre los bienes que no pueden ser embargados y los casos en los que se debe garantizar el interés fiscal, especialmente para solicitar la suspensión del procedimiento de ejecución.
El documento describe el Impuesto General a las Ventas (IGV) en Perú. Brevemente:
1) El IGV es un impuesto indirecto que grava las ventas de bienes y servicios, así como las importaciones.
2) Se aplica sobre el valor agregado y es responsabilidad del comprador pagarlo.
3) Existen bienes y servicios exentos y exonerados del impuesto.
La hacienda pública estadal incluye los ingresos y bienes del estado. Los bienes estatales incluyen vías terrestres y espacios acuáticos. Los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y están destinados al uso de la comunidad. La hacienda pública también incluye impuestos como el impuesto a las ventas minoristas y el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Los sujetos pasivos de la hacienda pública incluyen obligaciones legales del estado y deudas
Este documento describe los aspectos fundamentales del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto a la Renta en Perú. Explica que el IGV grava la venta de bienes, servicios y construcción, así como las importaciones. También define las diferentes categorías de renta gravadas por el Impuesto a la Renta, como la renta de primera, segunda, tercera, cuarta y quinta categoría. Finalmente, resume los conceptos no gravados y las normas de declaración, pago, crédito fiscal y retenciones de ambos impuestos.
El documento describe las facultades y funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) en Perú. La SUNAT recauda impuestos, fiscaliza el cumplimiento de obligaciones tributarias, determina y sanciona infracciones, y mantiene la reserva de información tributaria de los contribuyentes. También orienta e informa a los contribuyentes sobre sus derechos y obligaciones.
Este documento presenta información sobre la renta de segunda categoría según la ley del impuesto a la renta peruana. Explica que la renta de segunda categoría incluye intereses, regalías, dividendos y ganancias de capital por la venta de bienes como acciones e inmuebles. También describe los sujetos obligados a pagar este impuesto, los agentes de retención, los ingresos afectos y conceptos como costo computable y exoneraciones. Finalmente, presenta casos prácticos para ilustrar estas normas.
Este documento presenta 10 casos relacionados con gastos deducibles del impuesto a la renta. El primer caso habla sobre la deducción de intereses y la subcapitalización. El segundo caso trata sobre las donaciones deducibles. Los siguientes casos cubren temas como el uso de medios de pago para deducir gastos, gastos por premios para promover ventas, y gastos no deducibles como los de sepelio de un empleado. En general, el documento provee una guía sobre diferentes situaciones relacionadas con gastos deducibles según la legislación tributaria peru
Trabajo n 7 extincion de la relacion juridica tributarianeilauft
Este documento trata sobre las formas de extinción de la relación jurídica tributaria. Explica que el pago es la forma principal de extinguir la obligación tributaria. También cubre otros temas como pagos a cuenta, compensación de créditos fiscales, cesión de créditos, confusión y remisión. El documento proporciona detalles sobre cada uno de estos conceptos y cómo aplican según la ley tributaria venezolana.
Este documento presenta el Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios en Ecuador. Establece los tipos de comprobantes de venta y documentos complementarios que los sujetos pasivos deben emitir, así como los comprobantes de retención que deben emitir los agentes de retención. También especifica los requisitos para la emisión, autorización e impresión de estos documentos, y las obligaciones de los sujetos pasivos y agentes de retención relacionadas con su emisión.
El documento trata sobre un caso de infracción tributaria por omisión de transmitir documentación dentro del plazo legal. La empresa solicitó la suspensión del plazo debido a que el día que vencía el plazo hubo una alerta de tsunami en Perú que ordenó suspender labores en la zona portuaria, impidiendo que la empresa cumpla a tiempo. Finalmente, la apelación de la empresa fue declarada procedente al calzar en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor establecidos en la ley.
El documento describe las facultades de las autoridades fiscales mexicanas para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Específicamente, detalla que la autoridad fiscal puede requerir documentación, realizar visitas a domicilios y establecimientos, y revisar contabilidad para comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales. También establece los procedimientos que deben seguirse para las visitas domiciliarias, como presentar una orden de visita e identificarse ante testigos.
Este documento describe el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Venezuela. Explica que el IVA se aplica a la venta de bienes y servicios a una tasa del 12% y que los fondos recaudados son manejados por el SENIAT. También define quiénes son los contribuyentes obligados a pagar el IVA y establece que el IVA se aplica a las transacciones que ocurren dentro del territorio venezolano.
Impuestos a pagar por Compraventa, Arrendamiento; Mutuo y Donación. (México)
1. Procedimiento
2. Elementos del Impuesto
3. Deducciones
4. Exenciones
5. Obligaciones del Notario
6. Cómo, Cuándo y Dónde pagar
Este documento presenta un resumen de tres leyes fiscales mexicanas introducidas en 2008: la Ley del Impuesto contra la Informalidad, la Ley de la Contribución Empresarial a Tasa Única y la Ley de Ingresos de la Federación para 2008. La Ley del Impuesto contra la Informalidad grava los depósitos en efectivo y ofrece exenciones para ciertos grupos. La Ley de la Contribución Empresarial a Tasa Única establece un impuesto del 16-19% sobre ingresos empresariales. Y la Ley de Ingres
Este documento trata sobre el tema de la obligación tributaria. Explica que la obligación tributaria surge como consecuencia de la necesidad de pagar impuestos para el sostenimiento del estado. Define la obligación tributaria como el vínculo entre el deudor tributario (contribuyente) y el acreedor tributario (estado). Describe los elementos de la obligación tributaria como su nacimiento, exigibilidad, acreedor tributario, deudor tributario, y prelación de deudas tributarias.
Este documento describe las facultades y atribuciones de la Administración Tributaria venezolana. La Administración Tributaria tiene el poder de recaudar impuestos, realizar verificaciones fiscales, liquidar impuestos, asegurar el cumplimiento de obligaciones tributarias, adoptar medidas administrativas, inscribir sujetos tributarios, y establecer sistemas de información y análisis. También puede solicitar información a terceros, retener documentos durante fiscalizaciones, y utilizar programas de auditoría fiscal.
Este documento presenta 10 casos relacionados con deducciones de gastos de impuesto a la renta. El primer caso trata sobre la deducción de intereses y la subcapitalización. El segundo caso se refiere a las donaciones deducibles. El tercer caso cubre el uso obligatorio de medios de pago bancarios para deducir gastos. El cuarto caso analiza si los gastos por premios para promover ventas son deducibles.
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...Edgar Flores
Este documento explica aspectos clave del concurso mercantil en México. Define el concurso mercantil como una figura jurídica que permite a empresas con deudas insostenibles reestructurar sus obligaciones. Describe las dos etapas del proceso: conciliación, donde la empresa negocia un convenio de pago con acreedores; y quiebra, si no se logra un acuerdo. También cubre aspectos legales, fiscales y contables relacionados con el concurso mercantil.
El RUC es un número de identificación fiscal obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas en Perú. Consiste en 11 dígitos que permiten identificar al contribuyente y sus datos ante la SUNAT. Las personas deben inscribirse en el RUC si proyectan iniciar actividades económicas o si solicitan devoluciones de impuestos. Existen diferentes tipos de actividades económicas reconocidas y varias formas de inscribirse en el RUC, ya sea de manera presencial o a través de internet.
Tributacion para emprendedores mype sunatJavier Diaz
El documento proporciona información sobre el RUC, el estado de No Hallado y No Habido para contribuyentes, y las consecuencias de tener estas condiciones. Explica cómo se adquiere el estado de No Hallado si no se puede notificar al contribuyente en su domicilio fiscal registrado o si este no existe, y cómo se adquiere el estado de No Habido si el contribuyente no declara o confirma su domicilio fiscal después de un requerimiento público de la SUNAT. También resume las múltiples consecuencias negativas que tienen estas condiciones para el contrib
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
7. LA CONFIRMACION ACTO JURIDICO EN EL ESTADO PERUANO
Terminado
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INDICE
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………………………………………….3
HIPOTESIS………………………………………………………………………..4
I. DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
CAPITULO I: DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO Y DEL
NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
- La obligación tributaria……………………………………………………...11
CAPITULO II: OPERACIONES EXONERADAS
CAPITULO III: DE LOS SUJETOS DEL IMPUESTO
- De los sujetos del impuesto………………………………………………..16
- Responsables solidarios……………………………………………………17
CAPITULO IV: DEL CÁLCULO DEL IMPUESTO
CAPITULO V: DEL IMPUESTO BRUTO
CAPITULO VI: CREDITO FISCAL
- Comprobante de Pago……………………………………………………...21
- Reintegro del Crédito Fiscal………………………………………………..22
CAPITULO VII: DE LOS AJUSTES AL IMPUESTO BRUTO Y AL CRÉDITO
FISCAL
CAPITULO VIII: DECLARACIÓN Y DEL PAGO
CAPITULO IX: DE LAS EXPORTACIONES
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CAPITULO X: DE LOS MEDIOS DE CONTROL, DE LOS REGISTROS Y
LOS COMPROBANTES DE PAGO
- Registros……………………………………………………………………..25
- Comprobantes de Pago…………………………………………………….25
CAPITULO XI: DEL REINTEGRO TRIBUTARIO PARA LA REGIÓN SELVA
- Requisitos: Para el goce de Beneficios
- Aumento de la tasa del IGV de 18% a 19%
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PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
¿Es realmente importante conocer los fundamentos y términos de los cuales
derivan las contribuciones a que estamos obligados como contribuyentes?
La situación cada vez más compleja y rigurosa por parte del Estado en la
determinación y exigibilidad de las contribuciones hace cada vez más demandante
la investigación analítica de los fundamentos que generan, determinan y extinguen
dichas contribuciones, de esta manera podremos cumplir con la misión de
asesorar al contribuyente en la correcta determinación y pago del Crédito Fiscal en
los plazos y términos que indique la Ley; además en caso de discrepancias con el
Erario obtener mediante su conocimiento los fundamentos necesarios para la
defensa de los derechos del contribuyente.
El Crédito Fiscal como parte esencial y fundamental en la relación Jurídico-
Tributaria debe ser de especial estudio para así comprender los actos que lo
generen y su consecuente liquidación o pago del mismo, los medios de pago del
crédito fiscal deben de ser aplicados de acuerdo a la ley, la incorrecta aplicación
de la misma puede ocasionar serias sanciones por parte de la administración fiscal
que con un correcto apego pueden evitarse; sus formas de extinción y garantías
son importantes para dar al contribuyente las mejores opciones de cumplimiento.
Entonces el Crédito Fiscal como obligación que tiene el contribuyente de otorgarle
al fisco, debe de ser conocido en su origen, forma y medio de pago o extinción.
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HIPOTESIS
Analizar de manera precisa la estructura de la legislación tributaria para así
identificar la función e importancia del Crédito Fiscal dentro de ella.
Definir muy concretamente el concepto de Crédito Fiscal para así poder dar un
entendimiento más lógico sobre su significado e importancia dentro de la relación
Jurídico-Tributaria.
El conocimiento de los diferentes tipos de créditos, sus actos generadores, sus
extensiones y su liquidación dará un completo conocimiento sobre el medio fiscal
en el que nos desenvolvemos actualmente.
Sólo de esta manera se podrá cumplir eficazmente con la responsabilidad de
mantener una sana relación entre el Estado y el contribuyente, para así a su vez
derivar de esta dependencia la importante labor de apoyar al país en sus
necesidades de desarrollo y crecimiento.
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ANÁLISIS Y COMENTARIO DE LA LEGISLACION TRIBUTARIASOBRE EL
IGV Y EL IR
I. DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)
CAPITULO I: DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL IMPUESTO Y
DEL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Lo que debemos tener presente, como lo señala el artículo de la Ley en mención y
de su Reglamento, es lo referente a las actividades u operaciones, como lo llama
la Ley, gravadas por esta. Son los siguientes:
a. La venta en el país de bienes muebles, ubicados en el territorio nacional o
cuya inscripción, matrícula, patente o similar haya sido otorgada en el país,
aun cuando al tiempo de efectuarse la venta se encuentre transitoriamente
fuera de él. Que se realice en cualquiera de las etapas del ciclo de
producción y distribución, sean éstos nuevos o usados, independientemente
del lugar en que se celebre el contrato, o del lugar en que se realice el pago.
b. La prestación o utilización de servicios en el país;
c. Los contratos de construcción; La posterior venta del inmueble que realicen
las empresas vinculadas con el constructor, cuando el inmueble haya sido
adquirido directamente de éste o de empresas vinculadas económicamente
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con el mismo, cuando se demuestre que el precio de la venta realizada es
igual o mayor al valor de mercado.
d. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos.
e. La importación de bienes.
Por el contrario el artículo 2 señala que operaciones no se encuentran
gravadas por la presente Ley y son:
a. El arrendamiento y demás formas de cesión en uso de bienes muebles e
inmuebles, siempre que el ingreso constituya renta de primera o de segunda
categorías gravadas con el Impuesto a la Renta.
b. La transferencia de bienes usados que efectúen las personas naturales o
jurídicas que no realicen actividad empresarial;
c. La transferencia de bienes que se realice como consecuencia de la
reorganización de empresas;
d. El monto equivalente al valor CIF, en la transferencia de bienes no
producidos en el país efectuada antes de haber solicitado su despacho a
consumo.
1. Bienes donados a entidades religiosas, que cumplan los requisitos para
estar exoneradas del Impuesto a la Renta.
2. Bienes de uso personal y menaje de casa, con excepción de vehículos.
3. Bienes, efectuada con financiación de donaciones del exterior, siempre
que estén destinados a la ejecución de obras públicas por convenios
realizados conforme a acuerdos bilaterales de cooperación técnica.
e. La importación de:
f. El Banco Central de Reserva del Perú por las operaciones de compra y venta
de oro y plata que realiza en virtud de su Ley Orgánica.
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g. La transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que
efectúen las Instituciones Educativas Públicas o Particulares exclusivamente
para sus fines propios.
h. Los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus
agentes pastorales.
i. Las regalías que corresponda abonar en virtud de los contratos de licencia
celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26221.
j. Los servicios que presten las Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones y las empresas de seguros a los trabajadores afiliados al
SistemaPrivado de Administración de Fondos de Pensiones y a los
beneficiarios de éstos en el marco del Decreto Ley N° 25897.
k. La importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, a
favor de Entidades y Dependencias del Sector Público. Asimismo, no está
gravada la transferencia de bienes al Estado, efectuada a título gratuito, de
conformidad a disposiciones legales que así lo establezcan.
l. Los intereses y las ganancias de capital generados por Certificados de
Depósito del Banco Central de Reserva del Perú y por Bonos "Capitalización
Banco Central de Reserva del Perú".
m. Los juegos de azar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, sorteos,
máquinas tragamonedas y otros aparatos electrónicos, casinos de juego y
eventos hípicos. será de aplicación a la asignación de recursos, bienes,
servicios o contratos de construcción que figuren como obligación expresa,
para la realización del objeto del contrato de colaboración empresarial.
n. La adjudicación a título exclusivo a cada parte contratante, de bienes
obtenidos por la ejecución de los contratos de colaboración empresarial que
no lleven contabilidad independiente, en base a la proporción contractual,
siempre que cumplan con entregar a la Superintendencia Nacional de
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Administración Tributaria - SUNAT la información que, para tal efecto, ésta
establezca.
o. La asignación de recursos, bienes, servicios y contratos de construcción que
efectúen las partes contratantes de sociedades de hecho, consorcios, joint
ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no
lleven contabilidad independiente, para la ejecución del negocio u obra en
común, derivada de una obligación expresa en el contrato, siempre que
cumpla con los requisitos y condiciones que establezca la SUNAT.
p. La atribución, que realice el operador de aquellos contratos de colaboración
empresarial que no lleven contabilidad independiente, de los bienes comunes
tangibles e intangibles, servicios y contratos de construcción adquiridos para
la ejecución del negocio u obra en común, objeto del contrato, en la
proporción que corresponda a cada parte contratante, de acuerdo a lo que
establezca el Reglamento.
q. La venta e importación de los medicamentos y/o insumos necesarios para la
fabricación nacional de los equivalentes terapéuticos que se importan (mismo
principio activo) para tratamiento de enfermedades oncológicas y del
VIH/SIDA, efectuados de acuerdo a las normas vigentes.
En cuanto a las definiciones que usa la ley a lo largo de su normatividad, los
más importantes se encuentran estipulados en el artículo 3 de la Ley y son:
a. 1. Todo acto por el que se transfieren bienes a título oneroso,
independientemente de la designación que se dé a los contratos o
negociaciones que originen esa transferencia y de las condiciones pactadas
por las partes.
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2. El retiro de bienes que efectúe el propietario, socio o titular de la empresa o
la empresa misma, incluyendo los que se efectúen como descuento o
bonificación
b. VENTA:
Los corporales que pueden llevarse de un lugar a otro, los derechos
referentes a los mismos, los signos distintivos, invenciones, derechos de
autor, derechos de llave y similares, las naves y aeronaves, así como los
documentos y títulos cuya transferencia implique la de cualquiera de los
mencionados bienes.
c. BIENES MUEBLES:
1. Toda prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe
una retribución o ingreso que se considere renta de tercera categoría para los
efectos del Impuesto a la Renta, aún cuando no esté afecto a este último
impuesto; incluidos el arrendamiento de bienes muebles e inmuebles y el
arrendamiento financiero.
2. La entrega a título gratuito que no implique transferencia de propiedad, de
bienes que conforman el activo fijo de una empresa vinculada a otra
económicamente, salvo en los casos señalados en el Reglamento.
d. SERVICIOS:
Las actividades clasificadas como construcción en la Clasificación
Internacional Industrial Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas.
e. CONSTRUCCION:
f. CONSTRUCTOR:
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Cualquier persona que se dedique en forma habitual a la venta de inmuebles
construidos totalmente por ella o que hayan sido construidos total o parcialmente
por un tercero para ella.
AMBITO DE APICACION:
Según la resolución de Superintendencia N° 037-2002/SUNAT publicada en el
diario el PERUANO el día 19/04/2002, este régimen es aplicable a los
proveedores en las operaciones de venta de bienes y primera venta de bienes
inmuebles.
Para efectos de este régimen las notas de débito modificatorias de comprobantes
de pago serán tomadas en cuenta.
En cuanto a las notas de crédito emitidas por operaciones respecto de las cuales
se efectuó la retención no darán lugar a una modificación de los importes
retenidos, ni a su devolución por parte del agente de retención, sin perjuicio de
que el IGV respectivo sea deducido del impuesto bruto mensual en el periodo
correspondiente.
La retención correspondiente al monto de las notas de crédito mencionadas en el
párrafo anterior podrá deducirse de la retención que corresponda a las
operaciones con el mismo proveedor respecto de las cuales aún no ha operado
esta.
Este régimen no será de aplicación a las operaciones sustentadas con
liquidaciones de compra y pólizas de adjudicación.
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LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA:
Antes que nada debemos tener claro que la obligación tributaria es de derecho
público y es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley,
que tiene por objeto el cumplimiento de la obligación tributaria, siendo exigible
coactivamente.
Según el artículo 3 del Reglamento, en relación al nacimiento de la obligación
tributaria, se tendrá en cuenta lo siguiente:
a. Fecha de entrega de un bien: la fecha en que el bien queda a disposición del
adquirente.
b. Fecha de retiro de un bien: la del documento que acredite la salida o
consumo del bien.
c. Fecha en que se percibe un ingreso o retribución: la de pago o puesta a
disposición de la contraprestación pactada, la fecha de vencimiento o aquella
en la que se haga efectivo un documento de crédito; lo que ocurra primero.
Según el artículo 4 de la Ley, la obligación tributaria se origina:
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a. En la venta de bienes, en la fecha en que se emite el comprobante de pago o
en la fecha en que se entregue el bien, lo que ocurra primero.
b. Tratándose de naves y aeronaves, en la fecha en que se suscribe el
correspondiente contrato.
c. Tratándose de la venta de signos distintivos, invenciones, derechos de autor,
derechos de llave y similares, en la fecha o fechas de pago señaladas en el
contrato y por los montos establecidos; en la fecha en que se perciba el
ingreso, por el monto que se perciba, sea total o parcial; o cuando se emita el
comprobante de pago, lo que ocurra primero.
d. En el retiro de bienes, en la fecha del retiro o en la fecha en que se emite el
comprobante de pago, lo que ocurra primero.
e. En la prestación de servicios, en la fecha en que se emite el comprobante de
pago o en la fecha en que se percibe la retribución, lo que ocurra primero.
f. En los casos de suministro de energía eléctrica, agua potable, y servicios
finales telefónicos, télex y telegráficos, en la fecha de percepción del ingreso
o en la fecha de vencimiento del plazo para el pago del servicio, lo que ocurra
primero.
g. En la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados, en la
fecha en que se anote el comprobante de pago en el Registro de Compras o
en la fecha en que se pague la retribución, lo que ocurra primero.
h. En los contratos de construcción, en la fecha de emisión del comprobante de
pago o en la fecha de percepción del ingreso, sea total o parcial o por
valorizaciones periódicas, lo que ocurra primero.
i. En la primera venta de inmuebles, en la fecha de percepción del ingreso, por
el monto que se perciba, sea parcial o total.
j. En la importación de bienes, en la fecha en que se solicita su despacho a
consumo.
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CAPITULO II: OPERACIONES EXONERADAS
La exoneración es la situación en la que se encuentran sólo determinadas
personas naturales o jurídicas, y algunas actividades u operaciones, aunque
cumplan los cuatro aspectos de la hipótesis de incidencia tributaria. La misma
norma legal es la que suspende durante un determinado periodo de tiempo el
nacimiento de la obligación tributaria.
Esta Ley sobre el IGV considera como operaciones exoneradas hasta el 31 de
diciembre de 2003 las siguientes:
APENDICE I
Venta en el país o importación de los bienes señalados en el apéndice I de esta
Ley, en total son muchos los productos cuyas ventas se encuentran exoneradas,
en la mayoría se refiere a verduras, legumbres, frutas, café, te, algunos animales
como los camélidos, pescados, cereales, semillas, tabaco, cacao, algodón, oro en
polvo y vehículos regidos por normas especiales, etc.
APENDICE II
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a. Los Servicios de crédito como, los ingresos percibidos por las Empresas
Bancarias y Financieras, así como por las Cajas Municipales de Ahorro y
Crédito, Cajas Municipales de Crédito Popular, Empresa de Desarrollo de la
Pequeña y Micro Empresa - EDPYME, Cooperativas de Ahorro y Crédito y
Cajas Rurales de Ahorro y Crédito, domiciliadas o no en el país, por concepto
de ganancias de capital, derivadas de las operaciones de compraventa de
títulos valores y demás papeles comerciales, así como por concepto de
comisiones e intereses derivados de las operaciones propias de estas
empresas. Asimismo, los intereses y comisiones provenientes de créditos de
fomento otorgados directamente o mediante intermediarios financieros, por
organismos internacionales o instituciones gubernamentales extranjeras.
b. Servicios de transporte de carga que se realicen desde el país hacia el
exterior y los que se realicen desde el exterior hacia el país, así como los
servicios complementarios necesarios para llevar a cabo dicho transporte,
siempre que se realicen en la zona primaria de aduanas.
c. Espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera,
opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectáculos
públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura, así como los
espectáculos taurinos.
d. Servicios de expendio de comidas y bebidas prestados en los comedores
populares y comedores universitarios.
e. La construcción, alteración, reparación y carena de buques de alto bordo que
efectúan las empresas en el país a naves de bandera extranjera.
f. Los intereses generados por valores mobiliarios emitidos mediante oferta
pública por personas jurídicas constituidas o establecidas en el país, siempre
que la emisión se efectúe al amparo de la Ley del Mercado de Valores.
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g. Las pólizas de seguros de vida emitidas por compañías de seguros
legalmente constituidas en el Perú, de acuerdo a las normas de la
Superintendencia de Banca y Seguros, siempre que el comprobante de pago
sea expedido a favor de personas naturales residentes en el Perú. Asimismo,
las primas de los seguros de vida a que se refiere este numeral y las primas
de los seguros para los afiliados al Sistema Privado de Administración de
Fondos de Pensiones que hayan sido cedidas a empresas reaseguradoras,
sean domiciliadas o no.
h. La construcción y reparación de las Unidades de las Fuerzas Navales y
Establecimiento Naval Terrestre de la Marina de Guerra del Perú que
efectúen los Servicios Industriales de la Marina.
i. Servicio de comisión mercantil prestado a personas no domiciliadas en
relación con la venta en el país de productos provenientes del exterior,
siempre que el comisionista actúe como intermediario entre un sujeto
domiciliado en el país y otro no domiciliado y la comisión sea pagada desde
el exterior.
j. Los intereses que se perciban, con ocasión del cobro de la cartera de créditos
transferidos por Empresas de Operaciones Múltiples del Sistema Financiero.
k. Los ingresos que perciba el Fondo MIVIVIENDA por las operaciones de
crédito que realice con entidades bancarias y financieras que se encuentren
bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros.
l. Los ingresos, comisiones e intereses derivados de las operaciones de crédito
que realice el Banco de Materiales.
m. Los servicios postales destinados a completar el servicio postal originado en
el exterior, únicamente respecto a la compensación abonada por las
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administraciones postales del exterior a la administración postal del Estado
Peruano, prestados según las normas de la Unión Postal Universal.
CAPITULO III: DE LOS SUJETOS DEL IMPUESTO
Los sujetos tributarios en general siempre son el Sujeto Activo, representado por
el Estado y el Sujeto Pasivo, representado por el Contribuyente.
- SUJETOPASIVO:
Según el artículo 9 de la Ley, son sujetos pasivos del IGV, las personas naturales,
las personas jurídicas, las sociedades conyugales que ejerzan la opción sobre
atribución de rentas prevista en las normas que regulan el Impuesto a la Renta,
sucesiones indivisas, sociedades irregulares, patrimonios fideicometidos de
sociedades titulizadoras, los fondos mutuos de inversión en valores y los fondos
de inversión que:
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a) Efectúen ventas en el país de bienes afectos, en cualquiera de las etapas del
ciclo de producción y distribución;
b) Presten en el país servicios afectos;
c) Utilicen en el país servicios prestados por no domiciliados;
d) Ejecuten contratos de construcción afectos;
e) Efectúen ventas afectas de bienes inmuebles;
f) Importen bienes afectos.
Tratándose de personas que no realicen actividad empresarial pero que realicen
operaciones comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Impuesto, serán
consideradas como sujetos en tanto sean habituales en dichas operaciones.
También son contribuyentes del Impuesto la comunidad de bienes, los consorcios,
jointventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que lleven
contabilidad independiente, de acuerdo con las normas que señale el Reglamento.
En cuanto a lo referente a la habitualidad, el Reglamento nos menciona que en el
caso de operaciones de venta, se determinará si la adquisición o producción de
los bienes tuvo por objeto su uso, consumo o su venta, debiendo de evaluarse en
este último caso el carácter habitual dependiendo de la frecuencia y/o monto.
Tratándose de servicios, siempre que se considerarán habituales aquellos
servicios onerosos que sean similares con los de carácter comercial. En los casos
de importación, no se requiere habitualidad o actividad empresarial para ser sujeto
del impuesto.
Asimismo, en la transferencia final de bienes y servicios realizados en Rueda o
Mesa de Productos de las Bolsas de Productos, no se requiere habitualidad para
ser sujeto del Impuesto.
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RESPONSABLES SOLIDARIOS
Según el artículo 10 de la Ley, son sujetos del Impuesto en calidad de
responsables solidarios:
a. El comprador de los bienes, cuando el vendedor no tenga domicilio en el
país.
b. Los comisionistas, subastadores, martilleros y todos los que vendan o
subasten bienes por cuenta de terceros, siempre que estén obligados a llevar
contabilidad completa según las normas vigentes.
c. Las personas naturales, las sociedades u otras personas jurídicas,
instituciones y entidades públicas o privadas que sean designadas por Ley,
Decreto Supremo o por Resolución de Superintendencia como agentes de
retención o percepción del Impuesto.
d. En el caso de coaseguros, la empresa que las otras coaseguradoras
designen, determinará y pagará el Impuesto correspondiente a estas últimas.
e. El fiduciario, en el caso del fideicomiso de titulización, por las operaciones
que el patrimonio fideicometido realice para el cumplimiento de sus fines.
CAPITULO IV: DEL CÁLCULO DEL IMPUESTO
Como lo indica el Artículo 11 de la Ley, sobre la determinación del Impuesto,
este se determina mensualmente deduciendo del Impuesto Bruto de cada
período el crédito fiscal, con la excepción del caso de la importación de bienes
donde el Impuesto a pagar es el Impuesto Bruto.
CAPITULO V: DEL IMPUESTO BRUTO
En el artículo 12 diferencia dos tipos de Impuesto Bruto, el que corresponde a
cada operación gravada, es decir, cada vez que se realice cualquiera de las
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actividades del artículo 1 de la Ley, en este caso, Impuesto Bruto
correspondiente a cada operación gravada es el monto resultante de aplicar la
tasa del Impuesto sobre la base imponible.
El segundo supuesto corresponde al Impuesto Bruto por cada período
tributario, es la suma de los Impuestos Brutos determinados conforme al
párrafo precedente por las operaciones gravadas de ese período.
Según el artículo 13, la base imponible está constituida por a la cual se le
aplicará la Tasa del Impuesto puede ser:
a. El valor de venta, en las ventas de bienes.
b. El total de la retribución, en la prestación o utilización de servicios.
c. El valor de construcción, en los contratos de construcción.
d. El ingreso percibido, en la venta de inmuebles, con exclusión del
correspondiente al valor del terreno.
e. El valor CIF aduanero determinado con arreglo a la legislación pertinente,
más los derechos e impuestos que afecten la importación con excepción del
Impuesto General a las Ventas, en las importaciones.
Valor de venta del bien, retribución por servicios, valor de construcción o venta del
bien inmueble, según el caso, son la suma total que queda obligado a pagar el
adquirente del bien, usuario del servicio o quien encarga la construcción, integrada
por el valor total consignado en el comprobante de pago. En cuanto a la
transferencia de bienes no producidos en el país efectuada antes de haber
solicitado su despacho a consumo, se entiende por valor de venta la diferencia
entre el valor de la transferencia y el valor CIF.
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Tratándose del retiro de bienes la base imponible será fijada de acuerdo con las
operaciones onerosas efectuadas por el sujeto con terceros, en su defecto se
aplicará el valor de mercado.
Según el Reglamento, en caso de no existir comprobante de pago que exprese su
importe, se presumirá salvo prueba en contrario, que la base imponible es igual al
valor de mercado del bien, servicio o contrato de construcción.
La tasa del Impuesto es de 16% que se destina al tesoro público, y el Impuesto de
Promoción Municipal (IPM) de 2%. Dan un total de 18%, hoy modificado al 19%
como detallaré más adelante.
CAPITULO VI: CREDITO FISCAL
El crédito fiscal está constituido por el Impuesto General a las Ventas consignado
separadamente en el comprobante de pago, que respalde la adquisición de
bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del
bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no
domiciliados.
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Sólo otorgan derecho a crédito fiscal las adquisiciones de bienes, servicios o
contratos de construcción que reúnan los requisitos siguientes:
a. Que sean permitidos como gasto o costo de la empresa,
b. Tratándose de gastos de representación, el crédito fiscal mensual se
calculará de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el
Reglamento.
c. Que se destinen a operaciones por las que se deba pagar el Impuesto. Que
se destinen a operaciones por las que se deba pagar el Impuesto. Según el
Reglamento son:
1. Los insumos, materias primas, bienes intermedios y servicios afectos,
utilizados en la elaboración de los bienes que se producen o en los servicios
que se presten.
2. Los bienes de activo fijo, tales como inmuebles, maquinarias y equipos, así
como sus partes, piezas, repuestos y accesorios.
3. Los bienes adquiridos para ser vendidos.
4. Otros bienes, servicios y contratos de construcción cuyo uso o consumo sea
necesario para la realización de las operaciones gravadas y que su importe
sea permitido deducir como gasto o costo de la empresa.
La Ley establece en el Artículo 19 ciertos Requisitos Formales para ejercer el
derecho al crédito fiscal a que se refiere el artículo anterior y son :
1. Que el Impuesto esté consignado por separado en el comprobante de compra
del bien, del servicio afecto, del contrato de construcción, o de ser el caso, en
la nota de débito, o en la copia autenticada por el Agente de Aduanas o por el
fedatario de la Aduana de los documentos emitidos por ADUANAS, que
acrediten el pago del Impuesto en la importación de bienes.
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2. Que los comprobantes de pago hayan sido emitidos de conformidad con las
disposiciones sobre la materia; y,
3. Que los comprobantes de pago, las notas de débito, los documentos emitidos
por ADUANAS a los que se refiere el inciso a) del presente artículo, o el
formulario donde conste el pago del Impuesto en la utilización de servicios
prestados por no domiciliados; hayan sido anotados por el sujeto del
Impuesto en su Registro de Compras, dentro del plazo que establezca el
Reglamento.
- Comprobante de Pago
Si en el Comprobante de pago se hubiere omitido consignar separadamente el
monto del Impuesto, estando obligado a ello o, en su caso, se hubiere
consignado por un monto equivocado, procederá la subsanación conforme a lo
dispuesto por el Reglamento. El crédito fiscal sólo podrá aplicarse a partir del
mes en que se efectúe tal subsanación.
No dará derecho al crédito fiscal, el Impuesto consignado en comprobantes de
pago no fidedignos o falsos o que no cumplan con los requisitos legales o
reglamentarios,
Tampoco darán derecho al crédito fiscal los comprobantes que hayan sido
otorgados por personas que resulten no ser contribuyentes del Impuesto o los
otorgados por contribuyentes cuya inclusión en algún régimen especial no los
habilite a ello.
- Reintegro del Crédito Fiscal
Venta de bienes depreciables destinados a formar parte del activo fijo, antes de
transcurrido el plazo de dos (2) años de haber sido puestos en funcionamiento
y en un precio menor al de su adquisición, el crédito fiscal aplicado en la
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adquisición de dichos bienes deberá reintegrarse en el mes de la venta, en la
proporción que corresponda a la diferencia de precio.
La desaparición, destrucción o pérdida de bienes cuya adquisición generó un
crédito fiscal, así como la de bienes terminados en cuya elaboración se hayan
utilizado bienes e insumos cuya adquisición también generó crédito fiscal,
determina la pérdida del mismo.
El reintegro del crédito fiscal deberá efectuarse en la fecha en que corresponda
declarar las operaciones que se realicen en el periodo tributario en que se
produzcan los hechos que originan el mismo.
Según el Reglamento, Para calcular el reintegro a que se refiere el Artículo 22°
del Decreto, en caso de existir variación de la tasa del Impuesto entre la fecha
de adquisición del bien y la de su venta, a la diferencia de precios deberá
aplicarse la tasa vigente a la de adquisición.
El mencionado reintegro deberá ser deducido del crédito fiscal que corresponda
al período tributario en que se produce dicha venta. En caso que el monto del
reintegro exceda el crédito fiscal del referido período, el exceso deberá ser
deducido en los períodos siguientes hasta agotarlo.
CAPITULO VII: DE LOS AJUSTES AL IMPUESTO BRUTO Y AL
CRÉDITO FISCAL
a) El monto del Impuesto Bruto correspondiente al importe de los descuentos que
el sujeto del Impuesto hubiere otorgado con posterioridad a la emisión del
comprobante de pago que respalde la operación que los origina.
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b) El monto del Impuesto Bruto, proporcional a la parte del valor de venta o de la
retribución del servicio restituido, tratándose de la anulación total o parcial de
ventas de bienes o de prestación de servicios.
c) El exceso del Impuesto Bruto que por error se hubiere consignado en el
comprobante de pago, siempre que el sujeto demuestre que el adquirente no ha
utilizado dicho exceso como crédito fiscal.
Las deducciones deberán estar respaldadas por notas de crédito que el vendedor
deberá emitir de acuerdo con las normas que señale el Reglamento.
CAPITULO VIII: DE LA DECLARACIÓN Y DEL PAGO
Los sujetos del Impuesto, contribuyentes como de responsables, deberán
presentar una declaración jurada sobre las operaciones gravadas y exoneradas
realizadas en el período tributario del mes calendario anterior, en la cual dejarán
constancia del Impuesto mensual, del crédito fiscal y, en su caso, del Impuesto
retenido. Igualmente determinarán y pagarán el Impuesto resultante o, si
correspondiere, determinarán el saldo del crédito fiscal que haya excedido al
Impuesto del respectivo período.
Las retenciones o percepciones que se hubieran efectuado por concepto del
Impuesto General a las Ventas y/o del Impuesto de Promoción Municipal, se
deducirán del Impuesto a pagar.
CAPITULO IX: DE LAS EXPORTACIONES
Se considera exportador al productor de bienes que venda sus productos a
clientes del exterior a través de comisionistas que operen únicamente como
intermediarios encargados de realizar los despachos de exportación, sin agregar
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valor al bien; siempre que cumplan con las disposiciones establecidas por
ADUANAS sobre el particular.
La exportación de bienes o servicios, así como los contratos de construcción
ejecutados en el exterior, no están afectos al Impuesto General a las Ventas.
El monto del Impuesto que hubiere sido consignado en los comprobantes de pago
correspondientes a las adquisiciones de bienes, servicios, contratos de
construcción y las pólizas de importación, dará derecho a un saldo a favor del
exportador.
Dicho saldo a favor se deducirá del Impuesto Bruto, si lo hubiere, de cargo del
mismo sujeto. De no ser posible esa deducción en el período por no existir
operaciones gravadas o ser éstas insuficientes para absorber dicho saldo, el
exportador podrá compensarlo automáticamente con la deuda tributaria por pagos
a cuenta y de regularización del Impuesto a la Renta.
CAPITULO X: DE LOS MEDIOS DE CONTROL, DE LOS
REGISTROS Y LOS COMPROBANTES DE PAGO
- Registros
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Los contribuyentes del Impuesto están obligados a llevar un Registro de Ventas e
Ingresos y otro de Compras en los que anotarán las operaciones que realicen, de
acuerdo a las normas que señale el Reglamento. Los Registros y los medios de
control contendrán la información mínima que se detalla a continuación.
- Comprobantes de Pago
Los contribuyentes del Impuesto deberán entregar comprobantes de pago por las
operaciones que realicen, los que serán emitidos en la forma y condiciones que
establezca la SUNAT.
El comprador del bien, el usuario del servicio incluyendo a los arrendatarios y
subarrendatarios, o quien encarga la construcción, están obligados a aceptar el
traslado del Impuesto.
Las copias y los originales, en su caso, de los comprobantes de pago y demás
documentos contables deberán ser conservados durante el período de
prescripción de la acción fiscal.
CAPITULO XI: DEL REINTEGRO TRIBUTARIO PARA LA REGIÓN
SELVA
Se consideran parte de la Región Selva los departamentos de Loreto, Ucayali, San
Martín, Amazonas y Madre de Dios.
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I. Para el goce de los beneficios, los sujetos del Impuesto deberán cumplir
con los siguientes requisitos:
a) Tener su domicilio fiscal y la administración de la empresa en la Región;
b) Llevar su contabilidad en la misma; y,
c) Realizar no menos del 75% de sus operaciones en la Región.
Están exoneradas del Impuesto General a las Ventas:
a) La importación de bienes que se destinen al consumo de la Región y la
importación de los insumos que se utilicen en la Región para la fabricación de
dichos bienes, dicha importación deberá realizarse por transporte terrestre, fluvial
o aéreo de la Región a través de las aduanas habilitadas para el tráfico
internacional de mercancías en la Región.
b) La venta en la Región, para su consumo en la misma, de los bienes a que se
refiere el inciso anterior, así como de los insumos que se utilicen en ella para la
fabricación de dichos bienes;
c) La venta en la Región para su consumo en la misma, de los bienes que se
produzcan en ella, de los insumos que se utilizan para fabricar dichos bienes y de
los productos naturales, propios de la Región, cualquiera que sea su estado de
transformación; y,
d) Los servicios que se presten en la Región.
A partir del 1 de Agosto del presente año, mediante Ley Nº 28033 la tasa del
Impuesto General a las Ventas se elevará en 1%, todos los contribuyentes que
realicen operaciones de venta de bienes muebles y las operaciones o prestación
de servicios, y todos los que realicen operaciones gravadas por el IGV, deberán
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consignar y aplicar la tasa de 19% sobre su valor de venta en sus comprobantes
de pago. Esta tasa de 19% incluirá al 2% del Impuesto de Promoción Municipal.
Muchos analistas jurídicos y económicos han concluido que este aumento ha sido
apresurado y sin sustento técnico, y que existen estudios que demuestran que por
cada punto en el que se incrementan los impuestos, la inversión disminuye en tres
puntos. Por otra parte, el incremento del IGV sí afecta la capacidad adquisitiva
aunque se trate de minimizar su efecto. Se estima que el consumo y el PBI deben
disminuir en alrededor de 0.5% y que ello afectará el proceso de reactivación en
los sectores que no están vinculados a la canasta básica de consumo. Los precios
se elevarán en 0.8%, lo cual hará que sea más difícil para las personas pobres
acceder a determinados bienes.
Esta la medida que eleva el IGV perjudicará a cientos de contribuyentes y
afectará, especialmente, a la pequeña y mediana industria y perjudicará de
nuestra economía ya que el informalismo y sobre todo el contrabando se
incrementará considerablemente y esto se constituirá un grave problema para el
Gobierno.
II. TASA DEL IGV DE 18%
La tasa del IGV es del 18% , de los cuales 16% es del IGV y el 2% para el
IPM (Impuesto de promoción municipal).
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