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CLASIFICACIÒN TRICOTOMICA DEL DERECHO
DERECHO PÚBLICO es aquel que trata del gobierno de los romanos, y se
divide en tres:
1. Sacro. Se refería al culto de los dioses, a sus diversos ritos y sacrificios.
2. Sacerdotes. Se refería a su organización, funciones y prerrogativas.
3. Magistratus. Regulaba su número, naturaleza y atribuciones; la
competencia y la organización de las asambleas populares y del senado.
El derecho público se refería, al gobierno, organización y funciones del
Estado, así como a sus relaciones con los particulares y las que pudiera
mantener con otros Estados. Las normas que formaban parte de este
derecho no podían ser modificadas por acuerdo entre particulares.
El derecho público emanaba, de los órganos del Estado, los cuales se
encargaban de expresar la voluntad del pueblo romano.
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1855/26.pdf
• DERECHO PRIVADO es el que se refiere a la utilidad de los particulares; es
decir, el que reglamenta sus diferentes relaciones y actividades.
• El derecho privado era, el que regía a los particulares; sus normas podían
ser modificadas por la voluntad de los individuos a quienes estaban
dirigidas. En sus orígenes, este derecho emanaba de las agrupaciones
familiares con el objeto de regular únicamente las relaciones entre
particulares, las cuales podían ser de carácter familiar o patrimonial. De
aquí que se diga que el derecho privado fue la fuente primaria del derecho
romano.
• El derecho privado, se clasificaba a su vez:
• A)derecho natural, se refería a aquellos derechos provenientes de la
voluntad divina en relación con la naturaleza del hombre, se integraba por
las leyes que la naturaleza impone a los seresanimados, pero que se
distingue del instinto que mueve a los animales, porque el hombre tiene
conciencia y razón.
• B)Derecho de Gentes , contenía las reglas aplicables a todos los
pueblos que no pertenecían a Roma. Finalmente, el derecho civil se
refería a aquellas reglas específicas de cada pueblo; los jurisconsultos
romanos se refieren al ius civile como aquél reservado únicamente
para los ciudadanos romanos y del cual no gozaban nunca los
extranjeros
• C)Derecho Civil se refería a aquellas reglas específicas de cada
pueblo; los jurisconsultos romanos se refieren al ius civile ,aquél
reservado únicamente para los ciudadanos romanos y del cual no
gozaban nunca los extranjeros.
DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO la clasificación del derecho en público y
privado se estableció en las Instituciones de Justiniano (1.1.4.),
particularmente en el Digesto, donde Ulpiano señaló:
Dos son las posiciones que se ofrecen en el estudio del derecho: el
derecho público y el privado: es derecho público el que contempla la
condición del pueblo romano; privado, el que atiende a la utilidad de
los particulares, pues algunas cosas son de utilidad pública y otras de
utilidad privada. El derecho público contiene lo relativo al culto, a los
sacerdotes y a los magistrados; el derecho privado es tripartito, porque
se halla integrado por preceptos del derecho natural, de gentes y civil
• La separación del derecho en público y privado hecha por Ulpiano, no debe
considerarse como la creación de dos esferas jurídicas contradictorias, sino
más bien como un conjunto de normas en donde, en ocasiones, el Estado
protege los intereses particulares, pues esa protección es de interés
público, y en otras, los particulares cumplen esas normas porque tienen un
interés individual. La oposición entre el bien común, representado por el
Estado, y la autonomía de la voluntad de los particulares, o bien
individual, es la que, hasta la actualidad marca la diferencia teórica entre
derecho público y derecho privado; aun desde los tiempos romanos se
tenía muy claro que el bien del pueblo era la ley suprema. Los particulares
no podían modificar el derecho público; sin embargo, todo el derecho
debía construirse en beneficio de las personas
• https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1855/26.pdf
• El derecho privado comprendía todo el sistema de justicia privado o
autodefensa, que por mucho tiempo funcionó con autonomía e
independencia de las autoridades; esta “autojusticia” se observaba
principalmente en el ámbito civil y penal, donde los magistrados
intervenían en los procesos únicamente como árbitros, pero nunca
con su calidad de imperium. Así, el ius privatum se encontraba
siempre sujeto a la voluntad de los particulares.
• https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1855/26.pdf
• El derecho de gentes contenía todas las reglas aplicables a todos los
pueblos que no pertenecían a Roma.
• el derecho civil se refería a aquellas reglas específicas de cada pueblo;
los jurisconsultos romanos se refieren al ius civile como ius propium
civium romanorum, es decir, aquél reservado únicamente para los
ciudadanos romanos y del cual no gozaban nunca los extranjeros.
DERECHO SOCIAL: son verdaderos derechos subjetivos o posiciones normativas de sujetos
jurídicos
Como derechos subjetivos pueden , adoptar la modalidad de humanos , fundamentales
dependiendo de las decisiones políticas y de doctrina jurídica imperante en cada sistema
jurídico
Los derechos humanos son derechos subjetivos a los que se suma una pretenciòn de
universalidad.
La comunidad humana es destinataria y portadora de los derechos humanos
Los derechos sociales se consideran derechos de prestaciones positivas fácticas:
las prestaciones pueden ser: de carácter normativo, se trata de derecho de organización o
procedimiento, como: el debido proceso o el derecho de petición.
El derecho a recibir alimentos, a la salud educación o trabajo, tienen como contraprestación
las acciones de proveer bienes o servicios más o menos intensivos en un marco normativo
que posibilite su satisfacción.
El reconocimiento de derechos sociales fundamentales en cabeza de personas o grupos es
posible por la vía judicial constitucional
• La tesis de Schmittiana –Forsthoffiana , los derechos sociales reducidos al
ámbito legal y administrativo se relaciona a una concepción de los
derechos sociales como derechos de grupos particulares. El objeto de
estos derechos sería, las conquistas sociales de las revoluciones o
reivindicaciones de las clases proletarias dispuestas a eliminar la
propiedad privada y las libertades burguesas.
• El titular de un derecho subjetivo puede ser individual o colectiva, en el
caso de los derechos sociales humanos y fundamentales el titular del
derecho es la persona natural o individuo, porque es el directo
destinatario de la alimentación, la salud, la educación , la vivienda, el
trabajo o la seguridad social de la persona humana. ( el individuo es el que
sufre el hambre, enfermedad, desempleo)
• Se reconocen los derechos colectivos con el contenido o las prestaciones
típica de los derechos sociales, como la salud o la vivienda y la
educación, derechos fundamentales
• Los obligados , de los derechos sociales, pueden tener diversos y múltiples
obligados. Su determinación corresponde al legislador en caso de derechos
sociales legales
• En el derecho contemporáneo moderno los obligados pueden ser personas
particulares, como el empleador en el caso de salud o de seguridad social o
el Estado.
• El menor que exige alimentos , el joven que busca estudios, la familia que
pretende el reconocimiento de vivienda o salud, tienen como contrapartes
obligados bien a la familiares a en empleadores o al Estado-. Cuando el
legislador ha desarrollado dicha garantía es posible obligar por via
administrativa y la de la justicia ordinaria el cumplimiento de las
respèctivas prestaciones.
• Prestaciones el objeto del derecho social, son prioritariamente
prestaciones fácticas positivas, las obligaciones son positivas se
justifica por requerir para su determinación métodos mas complejos
para los jueces.
• Su fundamento de estos derechos sociales es la dignidad, la
libertad, la igualdad y solidaridad
• https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3796/27.pdf
Constitución de 1917,
Derecho de los pueblos y comunidades indígenas 2001 ( falta de interpretes en procesos se
conceden amparos)
Sistema de Justicia Materia Penal, funcionamiento de MP y cárceles , Juicios orales 2008
Reforma de materia de amparo, reforma integral reconocer derechos humanos desde las
cartas de las nacionales unidad por los tratados internacionales 2011
Art .4 constitucional federal , Derecho de acceso a la cultura,
Derecho a la Alimentación nutritiva, derecho de acceso al agua o los derechos hídricos.
Leyes de telecomunicaciones para que exista mas competencia y se evitara el monopolio (
se requieren planes de inversión y leyes o reglamentos para su provisión.
Art. 1 Constitución Federal , el Estado reconocer los derechos humanos y los tratados
internacionales …. 170 tratados sobre derechos humanos ,
Los derechos constitucionales unifican los derechos e igualdad en toda la república
Art. 73 sobre la competencia del congreso, es el que màs se ha reformado, 60 veces.
Entidades mas libertarias y otras que determinan cierta conducta como un delito
En materia civil es viable a heterogeneidad de reglas y la existencia de códigos por entidad
conforme al Federalismo ( por ser su materia los contratos entre particulares ,
arrendamiento, compraventa, usufructo)
https://www.youtube.com/watch?v=DPUhTe8lZpw
• Autonomía a la procuraduría se creo La Fiscalía General de la Naciòn
características de autonomía Constitucional con un Fiscal General,
9 años en funciones
• CONAPRED Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación por
Rincon Gallardo,. Instituciones
• Órganos Autonomos INE, CNDH
• Banco de México que están conforme a la Constitución
Con la constitución se pretende garantizar la vida y la seguridad física y
hacer que se logre la efectividad del sistema de garantías, es decir, el
como responde el Estado a un derecho humano vulnerado , se necesita
instituciones que estén mas capacitados.
El derecho de una mujer a la igualdad de salarios,
El derecho de la mujer a vivir fuera de violencia
Se debe garantizar el estado de derecho de los ciudadanos
DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO DERECHO SOCIAL
Que se debe
entender por
Derecho
Público?
Ramas del derecho
que le pertenecen
al Derecho Público
son
¿Qué se debe
entender Derecho
Privado?
Ramas del
derecho que
le
pertenecen
al Derecho
Privado
¿Qué se debe
entender por
Derecho Social?
Ramas del
derecho que le
pertenecen al
Derecho Social
Es el conjunto
de normas
jurídicas que
regulan las
relaciones entre
el Estado y los
particulares.
a)Derecho penal,
b)Derecho
constitucional,
c)Derecho fiscal,
d)Derecho
administrativo.
Es el conjunto de
normas jurídicas
que regula las
relaciones entre
los individuos,
cuando actúan en
su carácter de
particulares.
a)Derecho
civil,
b)Derecho
mercantil,
Es un conjunto
de normas
jurídicas que
trata de
armonizar las
relaciones
entre los
desiguales, ya
sea por una
relación de
poder o de
poder y
económia
a)Derecho
Laboral,
b) Derecho
Agrario,
c)Derecho de
Seguridad
Social,
d) Derecho
Económico.
• DERECHO PÚBLICO
• El derecho penal: es el conjunto de normas que se encarga de establecer
penas o medidas de seguridad a conductas de las personas físicas o
jurídicas que lesionen derechos de los demás.
• El derecho constitucional: es un conjunto de normas que establece los
principios fundamentales del Estado. Así, define el sistema jurídico o
político, regula las instituciones del Estado y garantiza una serie de
derechos para los individuos a través de la Constitución.
• El derecho administrativo son las normas que se encargan de la
organización, los medios y las formas de actuación de las administraciones
públicas y regulan la relación de estas con los ciudadanos.
• El derecho fiscal: es un conjunto de normas que regula la recaudación,
gestión y el control de los ingresos públicos de los Estados y las
Administraciones Públicas.
• DERECHO PRIVADO
• El Derecho Civil; Rama del Derecho que regular los derechos y
obligaciones de los individuos desde el momento de su concepción
hasta su muerte.
• El derecho mercantil :Conjunto de normas que regulan los actos de
comercio. Se regula la actividad entre las empresas y los
consumidores.
DERECHO SOCIAL
El derecho laboral: es la rama de las ciencias jurídicas que regula las relaciones en el ámbito laboral.
Esta rama del derecho indica las normas a aplicar en la relación de los trabajadores con sus
empleadores, y a todo lo que tiene que ver con la misma: modalidades de contratación, horarios,
salarios, permisos, indemnizaciones, entre otros aspectos.
El derecho agrario: es la rama del derecho que estudia y regula las relaciones económicas y sociales
surgidas entre los distintos actores involucrados en la producción agropecuaria. Es decir, normas
jurídicas que aplican en el caso de la explotación agropecuaria de los suelos.
Derecho de la Seguridad Social: Rama del Derecho que estudia el sistema que se ocupa de garantizar
el Estado del Bienestar en una sociedad.
La seguridad social es una institución nacida de la solidaridad humana, que se manifiesta en la
reacción de ayudar a personas o grupos en estado de necesidad.
El 19 de enero de 1943 se emitió la Ley del Seguro Social, creándose así el Instituto Mexicano del
Seguro Social, con la finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la
protección de los medios de subsistencia (que garanticen la seguridad del ingreso, en particular en
caso de vejez, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de
familia) y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo
El derecho económico : es una rama del derecho cuyas normas jurídicas establecidas tienen por
objeto organizar, disciplinar y controlar las facultades administrativas de la administración pública e
impulsar los emprendimientos en la administración privada.
Fuente: https://concepto.de/derecho-agrario/#ixzz7eIwkioWF
https://www.gob.mx/profedet/articulos/seguridad-social

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  • 1. CLASIFICACIÒN TRICOTOMICA DEL DERECHO DERECHO PÚBLICO es aquel que trata del gobierno de los romanos, y se divide en tres: 1. Sacro. Se refería al culto de los dioses, a sus diversos ritos y sacrificios. 2. Sacerdotes. Se refería a su organización, funciones y prerrogativas. 3. Magistratus. Regulaba su número, naturaleza y atribuciones; la competencia y la organización de las asambleas populares y del senado. El derecho público se refería, al gobierno, organización y funciones del Estado, así como a sus relaciones con los particulares y las que pudiera mantener con otros Estados. Las normas que formaban parte de este derecho no podían ser modificadas por acuerdo entre particulares. El derecho público emanaba, de los órganos del Estado, los cuales se encargaban de expresar la voluntad del pueblo romano. https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1855/26.pdf
  • 2. • DERECHO PRIVADO es el que se refiere a la utilidad de los particulares; es decir, el que reglamenta sus diferentes relaciones y actividades. • El derecho privado era, el que regía a los particulares; sus normas podían ser modificadas por la voluntad de los individuos a quienes estaban dirigidas. En sus orígenes, este derecho emanaba de las agrupaciones familiares con el objeto de regular únicamente las relaciones entre particulares, las cuales podían ser de carácter familiar o patrimonial. De aquí que se diga que el derecho privado fue la fuente primaria del derecho romano. • El derecho privado, se clasificaba a su vez: • A)derecho natural, se refería a aquellos derechos provenientes de la voluntad divina en relación con la naturaleza del hombre, se integraba por las leyes que la naturaleza impone a los seresanimados, pero que se distingue del instinto que mueve a los animales, porque el hombre tiene conciencia y razón.
  • 3. • B)Derecho de Gentes , contenía las reglas aplicables a todos los pueblos que no pertenecían a Roma. Finalmente, el derecho civil se refería a aquellas reglas específicas de cada pueblo; los jurisconsultos romanos se refieren al ius civile como aquél reservado únicamente para los ciudadanos romanos y del cual no gozaban nunca los extranjeros • C)Derecho Civil se refería a aquellas reglas específicas de cada pueblo; los jurisconsultos romanos se refieren al ius civile ,aquél reservado únicamente para los ciudadanos romanos y del cual no gozaban nunca los extranjeros.
  • 4. DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO la clasificación del derecho en público y privado se estableció en las Instituciones de Justiniano (1.1.4.), particularmente en el Digesto, donde Ulpiano señaló: Dos son las posiciones que se ofrecen en el estudio del derecho: el derecho público y el privado: es derecho público el que contempla la condición del pueblo romano; privado, el que atiende a la utilidad de los particulares, pues algunas cosas son de utilidad pública y otras de utilidad privada. El derecho público contiene lo relativo al culto, a los sacerdotes y a los magistrados; el derecho privado es tripartito, porque se halla integrado por preceptos del derecho natural, de gentes y civil
  • 5. • La separación del derecho en público y privado hecha por Ulpiano, no debe considerarse como la creación de dos esferas jurídicas contradictorias, sino más bien como un conjunto de normas en donde, en ocasiones, el Estado protege los intereses particulares, pues esa protección es de interés público, y en otras, los particulares cumplen esas normas porque tienen un interés individual. La oposición entre el bien común, representado por el Estado, y la autonomía de la voluntad de los particulares, o bien individual, es la que, hasta la actualidad marca la diferencia teórica entre derecho público y derecho privado; aun desde los tiempos romanos se tenía muy claro que el bien del pueblo era la ley suprema. Los particulares no podían modificar el derecho público; sin embargo, todo el derecho debía construirse en beneficio de las personas • https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1855/26.pdf
  • 6. • El derecho privado comprendía todo el sistema de justicia privado o autodefensa, que por mucho tiempo funcionó con autonomía e independencia de las autoridades; esta “autojusticia” se observaba principalmente en el ámbito civil y penal, donde los magistrados intervenían en los procesos únicamente como árbitros, pero nunca con su calidad de imperium. Así, el ius privatum se encontraba siempre sujeto a la voluntad de los particulares. • https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1855/26.pdf
  • 7. • El derecho de gentes contenía todas las reglas aplicables a todos los pueblos que no pertenecían a Roma. • el derecho civil se refería a aquellas reglas específicas de cada pueblo; los jurisconsultos romanos se refieren al ius civile como ius propium civium romanorum, es decir, aquél reservado únicamente para los ciudadanos romanos y del cual no gozaban nunca los extranjeros.
  • 8. DERECHO SOCIAL: son verdaderos derechos subjetivos o posiciones normativas de sujetos jurídicos Como derechos subjetivos pueden , adoptar la modalidad de humanos , fundamentales dependiendo de las decisiones políticas y de doctrina jurídica imperante en cada sistema jurídico Los derechos humanos son derechos subjetivos a los que se suma una pretenciòn de universalidad. La comunidad humana es destinataria y portadora de los derechos humanos Los derechos sociales se consideran derechos de prestaciones positivas fácticas: las prestaciones pueden ser: de carácter normativo, se trata de derecho de organización o procedimiento, como: el debido proceso o el derecho de petición. El derecho a recibir alimentos, a la salud educación o trabajo, tienen como contraprestación las acciones de proveer bienes o servicios más o menos intensivos en un marco normativo que posibilite su satisfacción. El reconocimiento de derechos sociales fundamentales en cabeza de personas o grupos es posible por la vía judicial constitucional
  • 9. • La tesis de Schmittiana –Forsthoffiana , los derechos sociales reducidos al ámbito legal y administrativo se relaciona a una concepción de los derechos sociales como derechos de grupos particulares. El objeto de estos derechos sería, las conquistas sociales de las revoluciones o reivindicaciones de las clases proletarias dispuestas a eliminar la propiedad privada y las libertades burguesas. • El titular de un derecho subjetivo puede ser individual o colectiva, en el caso de los derechos sociales humanos y fundamentales el titular del derecho es la persona natural o individuo, porque es el directo destinatario de la alimentación, la salud, la educación , la vivienda, el trabajo o la seguridad social de la persona humana. ( el individuo es el que sufre el hambre, enfermedad, desempleo) • Se reconocen los derechos colectivos con el contenido o las prestaciones típica de los derechos sociales, como la salud o la vivienda y la educación, derechos fundamentales
  • 10. • Los obligados , de los derechos sociales, pueden tener diversos y múltiples obligados. Su determinación corresponde al legislador en caso de derechos sociales legales • En el derecho contemporáneo moderno los obligados pueden ser personas particulares, como el empleador en el caso de salud o de seguridad social o el Estado. • El menor que exige alimentos , el joven que busca estudios, la familia que pretende el reconocimiento de vivienda o salud, tienen como contrapartes obligados bien a la familiares a en empleadores o al Estado-. Cuando el legislador ha desarrollado dicha garantía es posible obligar por via administrativa y la de la justicia ordinaria el cumplimiento de las respèctivas prestaciones.
  • 11. • Prestaciones el objeto del derecho social, son prioritariamente prestaciones fácticas positivas, las obligaciones son positivas se justifica por requerir para su determinación métodos mas complejos para los jueces. • Su fundamento de estos derechos sociales es la dignidad, la libertad, la igualdad y solidaridad • https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3796/27.pdf
  • 12. Constitución de 1917, Derecho de los pueblos y comunidades indígenas 2001 ( falta de interpretes en procesos se conceden amparos) Sistema de Justicia Materia Penal, funcionamiento de MP y cárceles , Juicios orales 2008 Reforma de materia de amparo, reforma integral reconocer derechos humanos desde las cartas de las nacionales unidad por los tratados internacionales 2011 Art .4 constitucional federal , Derecho de acceso a la cultura, Derecho a la Alimentación nutritiva, derecho de acceso al agua o los derechos hídricos. Leyes de telecomunicaciones para que exista mas competencia y se evitara el monopolio ( se requieren planes de inversión y leyes o reglamentos para su provisión. Art. 1 Constitución Federal , el Estado reconocer los derechos humanos y los tratados internacionales …. 170 tratados sobre derechos humanos , Los derechos constitucionales unifican los derechos e igualdad en toda la república Art. 73 sobre la competencia del congreso, es el que màs se ha reformado, 60 veces. Entidades mas libertarias y otras que determinan cierta conducta como un delito En materia civil es viable a heterogeneidad de reglas y la existencia de códigos por entidad conforme al Federalismo ( por ser su materia los contratos entre particulares , arrendamiento, compraventa, usufructo) https://www.youtube.com/watch?v=DPUhTe8lZpw
  • 13. • Autonomía a la procuraduría se creo La Fiscalía General de la Naciòn características de autonomía Constitucional con un Fiscal General, 9 años en funciones • CONAPRED Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación por Rincon Gallardo,. Instituciones • Órganos Autonomos INE, CNDH • Banco de México que están conforme a la Constitución
  • 14. Con la constitución se pretende garantizar la vida y la seguridad física y hacer que se logre la efectividad del sistema de garantías, es decir, el como responde el Estado a un derecho humano vulnerado , se necesita instituciones que estén mas capacitados. El derecho de una mujer a la igualdad de salarios, El derecho de la mujer a vivir fuera de violencia Se debe garantizar el estado de derecho de los ciudadanos
  • 15. DERECHO PÚBLICO DERECHO PRIVADO DERECHO SOCIAL Que se debe entender por Derecho Público? Ramas del derecho que le pertenecen al Derecho Público son ¿Qué se debe entender Derecho Privado? Ramas del derecho que le pertenecen al Derecho Privado ¿Qué se debe entender por Derecho Social? Ramas del derecho que le pertenecen al Derecho Social Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre el Estado y los particulares. a)Derecho penal, b)Derecho constitucional, c)Derecho fiscal, d)Derecho administrativo. Es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones entre los individuos, cuando actúan en su carácter de particulares. a)Derecho civil, b)Derecho mercantil, Es un conjunto de normas jurídicas que trata de armonizar las relaciones entre los desiguales, ya sea por una relación de poder o de poder y económia a)Derecho Laboral, b) Derecho Agrario, c)Derecho de Seguridad Social, d) Derecho Económico.
  • 16. • DERECHO PÚBLICO • El derecho penal: es el conjunto de normas que se encarga de establecer penas o medidas de seguridad a conductas de las personas físicas o jurídicas que lesionen derechos de los demás. • El derecho constitucional: es un conjunto de normas que establece los principios fundamentales del Estado. Así, define el sistema jurídico o político, regula las instituciones del Estado y garantiza una serie de derechos para los individuos a través de la Constitución. • El derecho administrativo son las normas que se encargan de la organización, los medios y las formas de actuación de las administraciones públicas y regulan la relación de estas con los ciudadanos. • El derecho fiscal: es un conjunto de normas que regula la recaudación, gestión y el control de los ingresos públicos de los Estados y las Administraciones Públicas.
  • 17. • DERECHO PRIVADO • El Derecho Civil; Rama del Derecho que regular los derechos y obligaciones de los individuos desde el momento de su concepción hasta su muerte. • El derecho mercantil :Conjunto de normas que regulan los actos de comercio. Se regula la actividad entre las empresas y los consumidores.
  • 18. DERECHO SOCIAL El derecho laboral: es la rama de las ciencias jurídicas que regula las relaciones en el ámbito laboral. Esta rama del derecho indica las normas a aplicar en la relación de los trabajadores con sus empleadores, y a todo lo que tiene que ver con la misma: modalidades de contratación, horarios, salarios, permisos, indemnizaciones, entre otros aspectos. El derecho agrario: es la rama del derecho que estudia y regula las relaciones económicas y sociales surgidas entre los distintos actores involucrados en la producción agropecuaria. Es decir, normas jurídicas que aplican en el caso de la explotación agropecuaria de los suelos. Derecho de la Seguridad Social: Rama del Derecho que estudia el sistema que se ocupa de garantizar el Estado del Bienestar en una sociedad. La seguridad social es una institución nacida de la solidaridad humana, que se manifiesta en la reacción de ayudar a personas o grupos en estado de necesidad. El 19 de enero de 1943 se emitió la Ley del Seguro Social, creándose así el Instituto Mexicano del Seguro Social, con la finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia (que garanticen la seguridad del ingreso, en particular en caso de vejez, enfermedad, invalidez, accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia) y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo El derecho económico : es una rama del derecho cuyas normas jurídicas establecidas tienen por objeto organizar, disciplinar y controlar las facultades administrativas de la administración pública e impulsar los emprendimientos en la administración privada. Fuente: https://concepto.de/derecho-agrario/#ixzz7eIwkioWF https://www.gob.mx/profedet/articulos/seguridad-social