El Derecho abarca una serie de normas y leyes determinados formalmente por la jurisprudencia de cada nación o Estado divididos en: derecho objetivo y subjetivo, derecho positivo o natural, derecho civil y penal y las ramas del derecho que abarcan los derechos de áreas específicas como, por ejemplo, el derecho político, el derecho alimentario, el derecho militar, los Derechos Humanos, entre otros.
DERECHO OBJETIVO: El conjunto de las normas vigentes en un país también se conoce como derecho objetivo. El derecho objetivo engloba tanto la legislación de cada país como el conjunto de las normas jurídicas de una rama particular de Derecho, por ejemplo, derecho administrativo, derecho mercantil, derecho fiscal, derecho internacional, derecho laboral, entre otros.
Si se visualiza el Derecho desde el objeto, es decir, desde la norma jurídica, hablamos de Derecho objetivo. Por ejemplo, en el caso de México, estaríamos hablando de Derecho objetivo cuando nos referimos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales de los que México es parte, las leyes secundarias, costumbres, resoluciones judiciales, etcétera, que son impuestas a las actividades de los hombres; en cambio, el Derecho subjetivo son las situaciones individuales protegidas por tales ordenamientos, como los derechos laborales, derechos humanos, entre otros.
2. CLASIFICACIÓN DEL DERECHO
El Derecho abarca una serie de normas y leyes determinados formalmente por la jurisprudencia
de cada nación o Estado divididos en: derecho objetivo y subjetivo, derecho positivo o natural,
derecho civil y penal y las ramas del derecho que abarcan los derechos de áreas específicas
como, por ejemplo, el derecho político, el derecho alimentario, el derecho militar, los Derechos
Humanos, entre otros.
DERECHO OBJETIVO: El conjunto de las normas vigentes en un país también se conoce como
derecho objetivo. El derecho objetivo engloba tanto la legislación de cada país como el conjunto
de las normas jurídicas de una rama particular de Derecho, por ejemplo, derecho administrativo,
derecho mercantil, derecho fiscal, derecho internacional, derecho laboral, entre otros.
Si se visualiza el Derecho desde el objeto, es decir, desde la norma jurídica, hablamos de
Derecho objetivo. Por ejemplo, en el caso de México, estaríamos hablando de Derecho objetivo
cuando nos referimos a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados
internacionales de los que México es parte, las leyes secundarias, costumbres, resoluciones
judiciales, etcétera, que son impuestas a las actividades de los hombres; en cambio, el Derecho
subjetivo son las situaciones individuales protegidas por tales ordenamientos, como los derechos
laborales, derechos humanos, entre otros.
3. DERECHO SUBJETIVO: La facultad legal de practicar o no un determinado acto se
llama derecho subjetivo. En este caso, el derecho se refiere al poder que pertenece a un
individuo o grupo. Por ejemplo, el derecho a recibir aquello por lo que se pagó, derecho a
la salud, derecho a la nacionalidad, derecho a manifestarse libre y pacíficamente,
derecho a demandar y el derecho del consumidor.
DERECHO POSITIVO: El derecho como un conjunto de reglas también se divide en
positivo o natural. El derecho positivo son las normas creadas y puestas en vigor por el
Estado; el derecho natural son las normas que se derivan de la naturaleza, es decir, son
las leyes naturales que orientan la conducta humana, los derechos fundamentales.
El Derecho positivo son las normas jurídicas que se consideran obligatorias en un lugar y
tiempo determinados y que son creadas por una autoridad competente. Puede ser
vigente o no vigente, ya que comprende todos los ordenamientos legales.
DERECHO CIVIL: El derecho civil regula las relaciones de los ciudadanos o personas
jurídicas en determinada sociedad. Es definido generalmente por el Código civil y define
los principios y normas en relación, por ejemplo, a nacimientos, matrimonios,
patrimonios, propiedades y responsabilidades civiles.
4. DERECHO PENAL: El derecho penal abarca todas las leyes que determinan lo que
constituye un delito y las sanciones correspondientes. El derecho penal suele
recurrir a los Tribunales de justicia para la resolución de los conflictos y la
determinación de las penalidades de acuerdo con la ley.
DERECHO NATURAL: Son los derechos que tiene alguien por el simple hecho de ser
una persona. Se originan de la propia naturaleza humana y no son creados por una
autoridad u órgano encargado para tal fin. Como ejemplo tenemos el derecho a la
vida, la libertad y la integridad física.
El fundamento de los derechos humanos es el Derecho natural.
DERECHO VIGENTE: El Derecho vigente es el que rige en un lugar y tiempo
determinados, las leyes que ha elaborado el Poder Legislativo y que actualmente
deben acatarse.
https://youtu.be/l9kbjVo88o0
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6. DIFERENCIAENTRE EL DERECHO NATURAL Y EL DERECHO POSITIVO.
El Derecho natural y Derecho positivo posee como semejanza en que ambos son conjunto
de normas justas, reguladoras de la conducta humana. Pero a pesar de ello, existe una
diferencia entre estos dos sistemas:
El Derecho natural, son un conjunto de valores o principios que se encuentran en la
naturaleza y conciencia del hombre. Por su parte, el Derecho positivo, son normas
dictadas por el Estado con el objetivo de regular la conducta del hombre en sociedad.
El Derecho natural es universal y eterno. En cambio, el Derecho positivo es temporal ya
que este se adapta a los cambios de la sociedad, y rige a una sociedad determinada.
El Derecho natural limita al Derecho Positivo, ya que paraliza al Derecho positivo en el
caso de contradecirlo, por ser una ley injusta, y al mismo tiempo lo orienta en su
creación.
https://youtu.be/hhzh7B3RES4
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10. LEYES NATURALES
Las leyes naturales son el Derecho natural, teóricamente es el conjunto de las normas que
los hombres deducen de la intimidad, de su propia conciencia y que estiman como expresión
de la justicia en un momento histórico determinado.
EJEMPLOS DE LEYES NATURALES.
Las leyes divinas de la antigüedad. En las culturas de la antigüedad, existía un conjunto de
leyes divinas que regían a los hombres, y cuya existencia incuestionable era previa a
cualquier tipo de ordenamiento jurídico o incluso a las disposiciones de los jerarcas. Por
ejemplo, Zeus el dios Griego protegía a los mensajeros, y se consideraba una afrenta al Dios
Padre matar al que trajera malas noticias.
Los diez mandamientos cristianos. Similares al caso anterior, estos diez mandamientos
supuestamente dictaminados por Dios se constituyeron en la base de un código jurídico para
el pueblo hebreo de la época cristiana, y luego en el fundamento de una importante tradición
de pensamiento Occidental, lo hizo a través de sus leyes religiosas, que eran tenidas como
leyes naturales del humano, es decir, leyes divinas dictadas por Dios en el corazón mismo de
la gente; eran castigados con severidad por los representantes de la Iglesia Católica (como
La Santa Inquisición).
11. Los derechos fundamentales de Platón. Tanto Platón como Aristóteles, eminentes filósofos
griegos de la antigüedad, creyeron y postularon la existencia de tres derechos fundamentales
que eran intrínsecos al hombre: el derecho a la vida, el derecho a la libertad y el derecho al
pensamiento. Esto no significa que en la Grecia antigua no hubiese asesinatos, esclavitud o
censura, pero sí que los pensadores antiguos veían la necesidad de leyes anteriores a cualquier
convención colectiva humana.
Los derechos universales del hombre. Promulgados por primera vez durante los inicios de la
Revolución Francesa, en pleno surgimiento de una nueva República libre del despotismo
monárquico absolutista, estos derechos fueron la base para formulaciones contemporáneas
(Derechos Humanos) y contemplaban la igualdad, fraternidad y libertad como condiciones
inalienables de todos los hombres del mundo, sin distingo de su procedencia, condición social,
religión o pensamiento político. Ninguna ley del planeta puede contravenir legalmente los
derechos humanos, como son el derecho a la vida, a la educación, a tener un nombre y una
nacionalidad, a un justo proceso en caso de cometer algún crimen o a una legítima defensa.
https://youtu.be/-BSfd79C8Xc
https://youtu.be/g19sA8zgsgU
https://youtu.be/G0pSDAbGRDY
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15. CONCEPTO DEL DEBER Y DEBER JURÍDICO
El concepto de deber y el de Derecho se puede interpretar como que el Derecho es
un deber y el deber es un Derecho.
El deber es la obligación que toda persona tiene que cumplir para realizar un
mandato, dicho en otras palabras, es el hacer o no hacer una determinada
conducta, de lo contrario se aplicará una sanción.
Es el hacer o no hacer una determinada conducta, de lo contrario se aplicará una
sanción.
El Derecho, regula la conducta del hombre en sociedad, misma que es sancionada por
el Estado.
La distinción clara del deber y derecho, es que el primero es una forma de conducta
y el Derecho es la exigencia; un ejemplo claro sería el deber que tengo de pagar un
impuesto y mi derecho es el que con el pago de mi impuesto el Estado me proporcione
de servicios públicos.
16. Desde el punto de vista jurídico, el deber jurídico, es la necesidad para aquellos a
quienes va dirigida una norma del derecho positivo de prestarle una voluntad de
acatamiento, adaptando a ella su conducta, en obediencia a un mandato que, en caso
de incumplimiento, puede ser hecho efectivo mediante la coacción. El deber jurídico
es una obligación jurídica.
Dicho en otras palabras, el deber jurídico es aquella conducta contraria al hecho
ilícito o antijurídico, por ejemplo, si el hecho ilícito es el no pago o incumplimiento de
una obligación, el deber jurídico comprende la conducta contraria, es decir, el pago o
cumplimiento de la obligación.
https://youtu.be/moJtl5kapi4
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18. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
Es muy importante que conozcas tus derechos como persona, como integrante de una
comunidad, de un pueblo y de una nación como México. También es relevante que
aprendas la forma de protegerlos, respetar los derechos de otros y participar y
cooperar en sociedad para la realización de los fines de la comunidad. Todo esto se
da gracias a que las personas podemos ejercer nuestros derechos: a la libre
expresión, de participación, de representación, a la información, a la libertad,
etcétera.
¿Alguna vez has escuchado frases como: “votar es mi derecho”, “la educación es un
derecho para todos”, “el derecho a la vida se establece en la Constitución” o “tienes
derecho a recibir un pago por tu trabajo”?
En todos estos casos existen derechos. ¿Cuáles son? ¿Puedes identificar otros casos
en los que existan derechos? Anótalos en tu cuaderno y comenta tu trabajo con otro
compañero para llegar a una conclusión.
19. 1.- Instrucciones. En el siguiente cuadro escribe algunas de las situaciones de tu vida
diaria en las cuales identifiques si existe relación con el Derecho. Recuerda que tu
experiencia es muy importante.
Las situaciones cotidianas de la vida conllevan derechos y obligaciones que, a primera
impresión, no son visibles, pero si nos detenemos a analizarlas podremos
identificarlos y relacionarlos en el futuro. Por ejemplo: tenemos derecho a la
educación y lo ejercemos asistiendo a la escuela.
Completa la siguiente tabla con ejemplos de situaciones y con qué derecho se
relaciona
SITUACIÓN DERECHO
Ejemplo: Asistir a la escuela Derecho a la educación
20. Ahora comenta en grupo: ¿qué pasaría si alguien no te permitiera elegir a tus
gobernantes o asistir a la escuela a estudiar porque eres alto, bajo, mujer u hombre,
de cabello café o rojo? ¿Qué pasaría si alguien te dijera que no deberías tener hijos
o si te contrata para trabajar y después no te paga?
2.- Instrucciones. Identifica de qué tipo de Derecho se habla en los siguientes
ejemplos. Registra y reflexiona tus respuestas para que después las comentes con
tus compañeros de clase. Escucha y respeta las aportaciones de los demás para
mejorar tu trabajo.
Todo lo que nos rodea y lo que hacemos día a día se encuentra dentro de alguna o
varias de las clasificaciones del Derecho. Por ejemplo, una norma puede ser Derecho
positivo, pero no vigente –como la Constitución de 1824– o puede ser Derecho
objetivo y positivo a la vez, como el fundamento del acceso a la información.
21. Ejemplo:
La Constitución de 1824 fue la primera del Estado mexicano:
Derecho objetivo, positivo y no vigente Responde:
El acceso a la información tiene su fundamento en el artículo 6° constitucional:
La Constitución Política del Estado de Sinaloa tiene 159 artículos:
Votar es un derecho y una obligación como ciudadano:
Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes
y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura: