La deuda externa de un país puede calificarse como odiosa, ilegítima o inconstitucional en ciertas circunstancias. La deuda odiosa es aquella contraída por gobiernos ilegítimos para violar derechos humanos o cometer corrupción. La deuda ilegítima es aquella contraída por autoridades sin legitimidad democrática. La deuda inconstitucional viola la constitución nacional. La deuda de Venezuela en 2017 podría calificarse como ilegítima dado que no fue autorizada por la Asamblea Nacional. Existe debate sobre