Universidad Fermín toro
Vicerrectorado académico
Facultad de ciencias jurídicas y políticas
Escuela de derecho
Informática Jurídica
Participante: Ana K Cáceres
Meléndez
Prof. Dailyn Colmenares
Sección: SAIA H
Barquisimeto, Mayo de 2015
VALOR PROBATORIO DEL DOCUMENTO ELECTRONICO
Antes de iniciar el significado y la finalidad del valor probatorio del
documento electrónico, es pertinente considerar la conceptualización de
documento en general. Ahora bien en el siguiente ensayo analizado e
investigado sobre el valor probatorio del documento electrónico en la cual
representa la columna vertebral de todo proceso judicial además de regular la
vida social, y en ese contexto, la prueba informática es fundamental porque en
la actualidad, prácticamente cualquier actividad humana, sea pública o privada,
está relacionado con la informática, lo que genera importantes y novedosos
efectos jurídicos. También estaremos abarcando diferentes conceptos y puntos
a tratar con respecto al valor probatorio del documento electrónico y otros
puntos importante para nuestro conocimiento como lo son; su concepto,
generalidades, doctrina, la diferencia entre firma autógrafa y electrónica entre
otros puntos esenciales. Según la tesis expuesta por Borjas como finalidad era
la de hacer sellar por los Jueces y registradores Mercantiles, hojas de forma
continua en blanco, para ser destinadas a los diferentes libros, diario, mayor e
inventario, al igual que a los auxiliares de contabilidad; pero lo cierto es, que la
nota que el Juez o Registrador deben poner en la primera hoja de forma
continua, su foliatura y sello. Ahora bien, de esta manera corresponde
preguntarse si el documento electrónico es un verdadero documento, dado que
este ha sido históricamente identificado con un escrito, pero en la actualidad el
avance tecnológico, que ha conducido a la tecnificación de las relaciones
humanas, ha hecho posible otras formas documentales, distintas de los simples
escritos. Para diversos autores el valor probatorio del documento electrónico se
ejecuta más que todo en los procesos judiciales al momento de una
transcripción, donde se le notifique del amparo, siendo de advertir, que estas
especiales notificaciones, las puede hacer bien el alguacil o el órgano
jurisdiccional, dejando constancia de ello en el expediente. Autores como
Clavel Verges señalan:"El valor probatorio de este tipo de documentos ha de
admitirse desde el mismo momento en que la Constitución permite la defensa
utilizando todos los medios pertinente (art. 24.2 CE). Hoy documento ya no es
equiparable a escrito en la evolución legal, jurisprudencia y doctrinal que
progresivamente ha ido otorgando tal naturaleza a otras formas de
representación de los mensajes informativos. Por ello creemos que, en la
materia, son de aplicación las disposiciones que regulan los documentos tanto
en el Código Civil como en la Ley de Enjuiciamiento Civil, aunque adaptándolas
a las nuevas realidades. El concepto de documento se ha venido identificando
como "escrito", es decir, como un objeto o instrumento en el que queda
plasmado un hecho que se exterioriza mediante signos materiales y
permanentes' del lenguaje. Por otra parte en el marco de las observaciones
anteriores, se debe analizar el valor probatorio del documento electrónico en
general, sea contrato o no, utilizando el concepto de la equivalencia funcional,
se comentan las disposiciones legales, que guardan relación con el problema.
Ahora conforme a la doctrina jurídica tradicional, se ha entendido de acuerdo
con Balvuena que el documento, en sentido etimológico, es una cosa que
docet, es decir, que lleva en sí la virtud de hacer conocer, lo cual se vincula con
el contenido representativo que tiene. Cabe destacar que en función de ello, un
documento es una cosa que sirve para representar otra siendo la
representación siempre obra del hombre, el documento, más que una cosa, es
un opus, es decir, el resultado de un trabajo.“Explica Pinochet (2002) que
desde un plano más avanzado de concreción de la noción y transitando desde
el campo genérico del derecho instrumental al de la prueba civil puede
entenderse por tal, todo escrito en soporte de papel. De igual forma refiere que
el documento en sentido estricto es, “todo recipiente en el cual se vierten por
escrito manifestaciones o declaraciones. “Según Peñaranda (2001), el
documento electrónico, es aquel instrumento que contiene un escrito-mensaje,
destinado a durar en el tiempo en lenguaje convencional, sobre soporte que
podría ser en cinta, o en disco, es decir, el documento proveniente de cualquier
medio de informática o que haya sido formado o realizado por este. Por otra
parte en el ámbito legal apreciamos lo establecido en el código civil venezolano
artículo 1357 siguientes de dicho código la existencia de los documentos o
instrumentos en la cual se clasifican en públicos y privados. Sin embargo según
otros autores se clasifican de otra manera en específicos o strictu sensu y en
sentido lato o en sentido amplio. Para finalizar cabe mas aportar y considerar
que dicho tema es importante estudiarlo en todos los sentidos con más
profundidad. Ya realizado dicho ensayo se puede aprecias las diferentes
definiciones, su naturaleza jurídica y procedimientos además de eso la función
que acata dichos documentos electrónicos, esperando una buena ayuda hacia
el lector con la finalidad de sacar un buen provecho de dicho contenido.

Valor probatorio del documento electronico

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    Universidad Fermín toro Vicerrectoradoacadémico Facultad de ciencias jurídicas y políticas Escuela de derecho Informática Jurídica Participante: Ana K Cáceres Meléndez Prof. Dailyn Colmenares Sección: SAIA H Barquisimeto, Mayo de 2015
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    VALOR PROBATORIO DELDOCUMENTO ELECTRONICO Antes de iniciar el significado y la finalidad del valor probatorio del documento electrónico, es pertinente considerar la conceptualización de documento en general. Ahora bien en el siguiente ensayo analizado e investigado sobre el valor probatorio del documento electrónico en la cual representa la columna vertebral de todo proceso judicial además de regular la vida social, y en ese contexto, la prueba informática es fundamental porque en la actualidad, prácticamente cualquier actividad humana, sea pública o privada, está relacionado con la informática, lo que genera importantes y novedosos efectos jurídicos. También estaremos abarcando diferentes conceptos y puntos a tratar con respecto al valor probatorio del documento electrónico y otros puntos importante para nuestro conocimiento como lo son; su concepto, generalidades, doctrina, la diferencia entre firma autógrafa y electrónica entre otros puntos esenciales. Según la tesis expuesta por Borjas como finalidad era la de hacer sellar por los Jueces y registradores Mercantiles, hojas de forma continua en blanco, para ser destinadas a los diferentes libros, diario, mayor e inventario, al igual que a los auxiliares de contabilidad; pero lo cierto es, que la nota que el Juez o Registrador deben poner en la primera hoja de forma continua, su foliatura y sello. Ahora bien, de esta manera corresponde preguntarse si el documento electrónico es un verdadero documento, dado que este ha sido históricamente identificado con un escrito, pero en la actualidad el avance tecnológico, que ha conducido a la tecnificación de las relaciones humanas, ha hecho posible otras formas documentales, distintas de los simples escritos. Para diversos autores el valor probatorio del documento electrónico se ejecuta más que todo en los procesos judiciales al momento de una transcripción, donde se le notifique del amparo, siendo de advertir, que estas especiales notificaciones, las puede hacer bien el alguacil o el órgano jurisdiccional, dejando constancia de ello en el expediente. Autores como Clavel Verges señalan:"El valor probatorio de este tipo de documentos ha de admitirse desde el mismo momento en que la Constitución permite la defensa utilizando todos los medios pertinente (art. 24.2 CE). Hoy documento ya no es equiparable a escrito en la evolución legal, jurisprudencia y doctrinal que progresivamente ha ido otorgando tal naturaleza a otras formas de
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    representación de losmensajes informativos. Por ello creemos que, en la materia, son de aplicación las disposiciones que regulan los documentos tanto en el Código Civil como en la Ley de Enjuiciamiento Civil, aunque adaptándolas a las nuevas realidades. El concepto de documento se ha venido identificando como "escrito", es decir, como un objeto o instrumento en el que queda plasmado un hecho que se exterioriza mediante signos materiales y permanentes' del lenguaje. Por otra parte en el marco de las observaciones anteriores, se debe analizar el valor probatorio del documento electrónico en general, sea contrato o no, utilizando el concepto de la equivalencia funcional, se comentan las disposiciones legales, que guardan relación con el problema. Ahora conforme a la doctrina jurídica tradicional, se ha entendido de acuerdo con Balvuena que el documento, en sentido etimológico, es una cosa que docet, es decir, que lleva en sí la virtud de hacer conocer, lo cual se vincula con el contenido representativo que tiene. Cabe destacar que en función de ello, un documento es una cosa que sirve para representar otra siendo la representación siempre obra del hombre, el documento, más que una cosa, es un opus, es decir, el resultado de un trabajo.“Explica Pinochet (2002) que desde un plano más avanzado de concreción de la noción y transitando desde el campo genérico del derecho instrumental al de la prueba civil puede entenderse por tal, todo escrito en soporte de papel. De igual forma refiere que el documento en sentido estricto es, “todo recipiente en el cual se vierten por escrito manifestaciones o declaraciones. “Según Peñaranda (2001), el documento electrónico, es aquel instrumento que contiene un escrito-mensaje, destinado a durar en el tiempo en lenguaje convencional, sobre soporte que podría ser en cinta, o en disco, es decir, el documento proveniente de cualquier medio de informática o que haya sido formado o realizado por este. Por otra parte en el ámbito legal apreciamos lo establecido en el código civil venezolano artículo 1357 siguientes de dicho código la existencia de los documentos o instrumentos en la cual se clasifican en públicos y privados. Sin embargo según otros autores se clasifican de otra manera en específicos o strictu sensu y en sentido lato o en sentido amplio. Para finalizar cabe mas aportar y considerar que dicho tema es importante estudiarlo en todos los sentidos con más profundidad. Ya realizado dicho ensayo se puede aprecias las diferentes definiciones, su naturaleza jurídica y procedimientos además de eso la función
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    que acata dichosdocumentos electrónicos, esperando una buena ayuda hacia el lector con la finalidad de sacar un buen provecho de dicho contenido.