El documento habla sobre las variables ambientales urbanas según la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística. Explica que esta ley tiene el objetivo de lograr un crecimiento armónico de los centros poblados y establece las variables fundamentales urbanas en los artículos 86 y 87. Estos artículos se refieren a las restricciones y consideraciones de uso del suelo, densidad poblacional, espacio vial, y alturas permitidas que deben seguirse para la construcción de urbanizaciones y edificaciones de acuerdo a la zonificación, con el
2. Variables Ambientales
Urbanas.
Ley Orgánica de Ordenación
Urbanística (LOOU).
Tiene por objeto la
ordenación del desarrollo
urbanístico en todo el
Territorio Nacional con el fin
de procurar el crecimiento
armónico de los centros
poblados. En los artículos 86
y 87 están señaladas las
variables fundamentales
urbanas.
3. Construcción de
Urbanizaciones. ART.86
El Uso correspondiente.
El Espacio requerido
para la trama vial y
colectora.
Las Restricciones por
seguridad o Protección
Ambiental.
La Densidad Bruta de la
Poblacion.
Las Restricciones
Volumétricas.
Construcción de
Edificaciones. ART.87
El Uso propuesto de la
Zonificación.
El porcentaje de
ubicación y de
construcción previsto a la
zonificación.
Las Alturas Previstas en
la zonificación.
Las Restricciones por
Seguridad o Protección.
Normas que deben Aplicarse:
4. VARIABLE AMBIENTAL URBANA.
Constituye la característica mas
importante del texto leído, siendo esta la
idea principal para el conocimiento de
las variables de protección ambiental las
cuales se anuncian en los artículos 60
numeral 4 y 61 numeral 7 del
Reglamento de la Ley Orgánica de
Ordenación Urbanística, los cuales
corresponden a las regulaciones
administrativas establecidas por los
organismos competentes conforme a la
Ley.
Es de gran importancia mencionar que
el alcance de estas variables no solo se
limita a ordenar el uso del suelo, sino a
ejercer control de las actividades
susceptibles de degradar el ambiente.
Por ultimo es de mucha
importancia conocer la definición
de lo son las variables ambientales
urbanas para entender las
características del texto antes
mencionadas.
Por consiguiente se define de la
siguiente manera: Son todas
aquellas condiciones, limitaciones
y restricciones que se establecen
por protección ambiental a las
actividades urbanas que impliquen
ocupación del territorio o cambios
de uso y conlleven modificaciones
de las formas y afectación de los
procesos bioecológicos de la
naturaleza.
5. Autoridades Competentes en
Venezuela.
• Plan de Ordenacion Urbanistica. (POU)
• Plan de Desarrollo Urbano Local. (PDUL)
• Plan Rector de Desarrollo Urbano.
• Ministerio de Desarrollo Urbano.
• Ministerio del Ambiente y RNR.