2. COMO SE COMPONE EL NUEVO SISTEMA
PENAL ACUSATORIO
La reforma del año 2008 generó diversas actuaciones por parte del Poder
Judicial de la Federación; ha habido también reformas de carácter local,
donde se implementaron sistemas distintos, algunos incursionando en la
oralidad pero sin ser juicios acusatorios en el sentido estricto; en algunos
casos, por ejemplo, se hablaba de juicios “predominantemente orales” , en
los que, por cierto, en ocasiones simplemente se trataba de una especie de
juicio sumarísimo a partir del auto constitucional, pasando de manera
opcional a un procedimiento de tipo verbal o a un procedimiento de tipo
escrito Uno de los procedimientos modificados de características similares fue
el del Estado de México, de vigencia intermedia y previa a la más reciente
modificación de 2010.
3. BENEFICIOS DEL NUEVO SISTEMA PENAL
ACUSATORIO
Respeto y vigilancia de los derechos humanos de la víctima u ofendido y el
imputado en todas las etapas del proceso (investigación, intermedia, juicio
oral y ejecución de sentencia).
Principio de presunción de inocencia, por el cual una persona es inocente
hasta que se le demuestre lo contrario, respetando así su integridad jurídica,
física y moral.
Operadores capacitados y certificados para el desempeño de sus funciones, lo
que permite que la investigación de un delito se realice utilizando métodos
científicos.
4. Se crea la figura del juez de control, quien vela por los derechos humanos de
las personas durante todo el proceso.
Se integran mecanismos alternativos de solución de controversias, lo que
permite reparar el daño ocasionado por la comisión de un delito sin necesidad
de llegar a juicio oral, reservándolo para aquellos asuntos que por su
gravedad o complejidad no puedan ser solucionados de esta manera o
mediante procedimiento abreviado, permitiendo un mejor desempeño de los
servidores públicos y de los recursos.
El principio de publicidad hace públicas todas las audiencias permitiendo una
mayor transparencia en el proceso de impartición de justicia.
5. El principio de oralidad implica que el proceso se desarrolla a través de
audiencias o actuaciones orales, lo cual elimina los amplios expedientes,
haciendo más ágil y transparente la impartición de justicia.
El principio de inmediación obliga a los jueces a presenciar el desarrollo de
todas las audiencias.
El principio de contradicción implica que todo argumento y medio de prueba
que ofrezca cada una de las partes debe ser sometido al conocimiento y
debate de la parte contraria, para que ésta pueda manifestar lo que a sus
intereses convenga.
Abreviación de los procesos penales como resultado de la existencia de los
mecanismos alternativos de solución de controversias, el procedimiento
abreviado y los principios de concentración y continuidad.
6. NoticiaCriminal
Querella
o
Denuncia
No inicio de la
investigación
Inicio
Archivo
Principio de
oportunidad
Audiencia inicial
-C/D: Control de
detención
-S/D: Imputación
-Vinculación
-Cautelares
-Plazo investigación
Etapa Intermedia
Escrito
Acusación
Audiencia
Intermedia
Audiencia
Individualización
de sanciones y
lectura de
sentencia
NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL
-ESTRUCTURA DEL PROCEDIMIENTO-
Juicio
Etapa de Investigación
Escrito
Defensa
Juez de Garantía
Tribunal de
Juicio Oral
Audiencia de
Juicio oral
Audiencia
de
Vinculación
7. JUICIO ORAL
Tiene como propósito el dilucidar la materia de la causa, tomando la decisión
final en base a los hechos, las pruebas y el Derecho declarando la
acreditación o no de un delito o delitos. De haber delito declarar la
intervención de la culpabilidad del imputado y si así fuere individualizar y
aplicar las consecuencias jurídicas del delito (penas)
8. JUICIO ORAL
AUTO DE APERTURA
A JUICIO ORAL
ENVÍO AL TRIBUNAL
ORAL PENAL
RECEPCIÓN POR
PRESIDENTE
AUTO DE
RADICACIÓN
CITACIÓN A
AUDIENCIA DE
DEBATE A JUCIO
ORAL
AUDIENCIA DE
DEBATE DE JUICIO
ORAL
APERTURA DE LA AUDIENCIA
INDICACIÓN DE ACUSACIONES DEL AUTO DE APERTURA
DE JUCIO ORAL
ALEGATOS DE APERTURA
PRODUCCIÓN DE PRUEBA
ALEGATOS DE CLAUSURA
CIERRE DEL DEBATE
DELIBERACIÓN
FALLO
ABSOLUCIÓN
CONDENA
SENTENCIA
ABSOLUTORIA ,
LECTURA Y
EXPLICACIÓN
CITACIÓN A
AUDIENCIA DE
INDIVIDUALIZACIÓN
DE SANCIONES Y
REPARACIÓN DEL
DAÑO
9. ¿CÓMO SE LLEVARÁ A CABO LA
IMPLEMENTACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES EN
MÉXICO?
Para una implementación exitosa del nuevo Sistema Penal se pretende priorizar los siguientes
puntos:
Impulsar la armonización del marco jurídico en los estados del país acorde a lo establecido en
la reforma constitucional.
Reforzar y acompañar de manera técnica y operativa a las entidades federativas en la
implementación del nuevo sistema de justicia penal.
Diseñar e implementar una estrategia de comunicación integral, entre los diversos medios de
comunicación.
Impulsar el Código Procesal Penal Único.
Reforzar los vínculos y la coordinación con los operadores del sistema, la academia, las
organizaciones de la sociedad civil y los gobiernos e instancias internacionales.
Reforzar la capacitación que se imparte a los operadores del nuevo sistema de justicia penal;
esto es, jueces, ministerios públicos, policías, defensores, entre otros, para que desarrollen
las habilidades y competencias que requiere el nuevo sistema de justicia penal.
10. RESULTADOS PARA EL 2016
Hay avances insoslayables, sin embargo, es necesario acelerar los esfuerzos
para impulsar su implementación y cumplir con los plazos establecidos en la
reforma constitucional. Recordemos que se trata de modernizar el Sistema
de Justicia Penal de nuestro país, cuyas principales características sean la
transparencia, los medios alternativos de solución de conflictos, la oralidad y
la prontitud, para alcanzar una impartición de justicia que garantice a cada
ciudadano el respeto de sus derechos humanos. Nuestro compromiso es que el
nuevo Sistema de Justicia Penal opere plenamente en todo el territorio
nacional en el año 2016 y ello requiere tal y como lo instruyó el C. Presidente
de la República, acelerar la aplicación de la Reforma Penal. Les puedo
asegurar que tendremos juicios orales penales en todo el país en el año 2016.
11. CONCLUSIONES
La implementación de los juicios orales en México, en materia penal, implica
principalmente una tarea de planeación estratégica de políticas públicas, que
comprende básicamente los siguientes tres rubros:
a) Adecuación de la legislación secundaria. En este rubro mínimamente es
necesario modificar diez ordenamientos legales:
Capacitación de los actores jurídicos. La actividad de capacitación se debe de
desarrollar considerando a todos los actores jurídicos por igual, sin exclusión de
función competencial o nivel gubernamental.
Dotación de recursos materiales. La dotación de recursos, implica una gran tarea
de planeación estratégica, en la que se requiere la intervención de los órganos de
gobierno y administración de cada una de las instituciones que intervienen en el
proceso penal, para efecto de establecer de manera precisa los costos fijos y de
operación que se necesitarán para hacer posible su participación, por ejemplo, en
el Poder Judicial, la construcción y operación de los juzgados de control,
instrucción, de juicio oral, de justicia para adolescentes y de ejecución de penas.
12. BIBLIOGRAFÍA
Carlos Mendoza Mora. (2012). Análisis costo-beneficio del nuevo sistema de
justicia penal en los ámbitos federal y estatal”. México.
BAYTELMAN, Andrés y DUCE, Mauricio, Litigación penal. Juicio oral y prueba,
Santiago, Universidad Diego Portales, 2002.
PÁSARA, Luis (coord.), En busca de una justicia distinta; experiencias de reforma
en América Latina, México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, 2004.
Revista del Instituto de la Judicatura Federal, México, núm. 22, 2006.
Revista del Instituto de la Judicatura Federal, México, núm. 24, 2007.
Oscar Vázquez Marín. (2009). La implementación de los juicios orales en el sistema
de justicia penal mexicano: ¿qué sigue después de la reforma constitucional?”.
México.
Ma. De los Ángeles Fromow Rangel. “Tendremos juicios orales penales en todo el
país en el 2016”. Justicia penal Guanajuato.