1. Capítulo 7
Actos jurídicos en particular:Actos jurídicos en particular:
actos de comercio y relacionesactos de comercio y relaciones
de consumode consumo
•Actos de comercio. Aproximación
a una definición. Su importancia.
•Clasificación. Enumeración legal.
Análisis del artículo 8º del Código
de Comercio. Otros actos de
comercio.
•Relaciones de consumo. Su
inclusión en la C. N. de 1994.
Concepto de la Ley 24.240.
Alcances. Contratos de consumo:
2. Actos de comercioActos de comercio
Aproximación a una definición.Aproximación a una definición.
Sistemas:Sistemas:
Normas que consignan un principio general,
por ej.: “intermediación en el cambio”
Normas que no definen, sino que enumeran
los actos de comercio
Sistema del Código de
Comercio Argentino
3. DERECHO COMERCIAL: conjunto de normas
jurídicas que regulan las relaciones de los
comerciantes entre sí y las consecuencias de los
actos de comercio.
Concepción subjetiva Concepción objetiva
Los actos de los comerciantes
se “presumen” actos de
comercio,
salvo prueba en contrario. (art.
5 Cód. Com.)
“Los que verifican
accidentalmente algún acto de
comercio no son considerados
comerciantes. Sin embargo,
quedan sujetos, en cuanto a las
controversias que ocurran sobre
dichas operaciones, a las leyes y
jurisdicción del comercio”. (art. 6
Cód. Com.)
“Si un acto es comercial para una sola de
las partes, todos los contrayentes quedan
por razón de él, sujetos a la ley mercantil,
excepto a las disposiciones relativas a las
personas de los comerciantes, y salvo que
la disposición de dicha ley resulte que no
se refiere sino al contratante para quien
tiene el acto carácter comercial”. (art. 7
Cód. Com.)
Enumeración legal (art. 8 Cód.
Com.)
4. Conceptos de “acto de comercio”:Conceptos de “acto de comercio”:
““La materia de comercio es todoLa materia de comercio es todo
supuesto de hecho al que la leysupuesto de hecho al que la ley
considera mercantil”considera mercantil”
(Fontanarrosa).(Fontanarrosa).
““Acto de comercio es todo actoActo de comercio es todo acto
atinente a la materia comercial”atinente a la materia comercial”
(Vivante).(Vivante).
““Acto intrínsecamente mercantilActo intrínsecamente mercantil
es todo aquel que realiza oes todo aquel que realiza o
facilita una interposición en elfacilita una interposición en el
cambio” (Rocco).cambio” (Rocco).
5. Enumeración legalEnumeración legal
Solo la ley declara la
comercialidad de los actos
El art. 8 Cod. Com. enuncia
los actos considerados
“objetivamente” mercantiles
La enunciación tiene carácter
ejemplificativa, no taxativa.
Es de “Orden Público”
De allí que
Por ende, no
se trata de un sistema
de número cerrado (se pueden considerar
mercantiles actos que
no estén nombrados)
6. Articulo 8 Código de ComercioArticulo 8 Código de Comercio
“ La ley declara actos de comercio en general:
1.- Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre
ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se
adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor;
2.- La trasmisión a que se refiere el inciso anterior;
3.- Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate;
4.- Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro
género de papel endosable o al portador;
5.- Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o
transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra;
6.- Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto;
7.- Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones
y todo lo relativo al comercio marítimo;
8.- Las operaciones de los factores tenedores de libros y otros empleados de los
comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien
dependen;
9.- Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los
comerciantes;
10.- Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación
comercial;
11.- Los demás actos especialmente legislados en este Código”.
8. 1.1. Actos de comercio por su naturalezaActos de comercio por su naturaleza
Son aquellos típicamente mercantiles. Implican interposición en el
cambio (definición tomada de la economía política)
InterposiciónInterposición
en el cambioen el cambio
De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)De mercaderías (incs. 1 y 2 del art. 8)
De dinero (inc. 3):De dinero (inc. 3):
AdquisiciónAdquisición (texto actual)(texto actual) ≠≠
compra (compra (texto original)texto original)
A título oneroso
Cosas muebles oCosas muebles o
derechos sobre ellasderechos sobre ellas
Enajenación en el mismoEnajenación en el mismo
estado o luego de suestado o luego de su
transformacióntransformación (forma de(forma de
mayor o menor valor)mayor o menor valor)
Operaciones de BancoOperaciones de Bancoactivas
pasivas
Operación de cambioOperación de cambio
Ánimo de
lucro
manual
trayecticio
9. 2.Actos de comercio por2.Actos de comercio por conexiónconexión
Con actos naturalmente
mercantiles o con la
actividad de comercio
Conexión que hay que
demostrar en cada caso
Conexión que se
presume por ley
Tales los supuestos de:
Mandato comercial y comisión (art. 221
y 222 Cód. Com.),
Fianza comercial (inc. 10 y art. 478 Cód.
Com.),
Mutuo (art. 558 Cód. Com.),
Depósito (art. 572 Cód. Com.),
Prenda (art. 8 inc. 10 y 580 Cód. Com.),
etc.
Son todos los actos no identificados y
comprendidos bajo la presunción
genérica del artículo 5 segundo
párrafo;
como así también las operaciones de
los factores y empleados en cuanto
conciernen al comercio del principal
(Art. 8, inc. 8) .
10. 3.3. Actos de comercio por disposiciónActos de comercio por disposición
de la leyde la ley
Inc. 3
Corretaje
Remate
Intermediación entre oferta y
demanda
Venta en pública subasta martillero
Inc. 4
Operaciones
cambiarias
(letras de cambio)
Cheques
Papeles de
comercio
endosables o al
portador
Títulos de crédito
11. Inc. 5 Empresas
De fábrica
Mandato
Depósito
Transporte
Comisión
cosas
personas
Por agua o
por tierra
Inc. 6
Seguros
Sociedade
s
anónimas
12. Inc. 11
Actos de comercio no enumeradosActos de comercio no enumerados
«Los demás actos
especialmente legislados en
este Código».
La doctrina entiende también
los incorporados por leyes
especiales, y los que tienen
tipicidad socialEjemplos:Ejemplos:
Modernos contratos comerciales: franchising, leasing,
underwriting, concesión, distribución, Joint ventures, etc.
(algunos de tipicidad social admitidos como tales por la
jurisprudencia).
Todas las demás sociedades comerciales de la Ley 19550 (el
art. 8 solo nombra a las S.A), S.R.L, en comandita, etc.
La prenda con registro, el warrant (como garantías
comerciales), acciones, bonos, títulos de deuda, títulos de
participación.
Empresas de diversa índole (transporte aéreo, servicios y
bienes: espectáculos, transporte de noticias, software, medicina
prepaga, educación privada, etc.)
13. Actos excluidosActos excluidos
Art. 452 Cód. Com.:Art. 452 Cód. Com.:
No se consideran mercantiles:
1. Las compras de bienes raíces y muebles accesorios. Sin embargo, serán
comerciales las compras de cosas accesorias al comercio, para prepararlo o
facilitarlo, aunque sean accesorias a un bien raíz;
2. Las de objetos destinados al consumo del comprador, o de la persona por cuyo
encargo se haga la adquisición;
3. Las ventas que hacen los labradores y hacendados de los frutos de sus cosechas y
ganados;
4. Las que hacen los propietarios y cualquier clase de persona, de los frutos y efectos
que perciban por razón de renta, dotación, salario, emolumento u otro cualquier
título remuneratorio o gratuito;
5. La reventa que hace cualquier persona del resto de los acopios que hizo para su
consumo particular.
Sin embargo, si fuere mayor cantidad la que vende que la que hubiese consumido,
se presume que obró en la compra con ánimo de vender y se reputan mercantiles la
compra y la venta.
Inc. 9, art. 8 Cód. Com.Inc. 9, art. 8 Cód. Com. corresponde al Derecho Laboralcorresponde al Derecho Laboral
14. Relación de consumoRelación de consumo
ConstituciónConstitución
NacionalNacional
(reforma de(reforma de
1994)1994)
Derechos de
Tercera Generación
Art. 42: Derechos
del Consumidor
Noción omnicomprensiva:
“relación de consumo”
Ley 24.240Ley 24.240
“Defensa del“Defensa del
Consumidor”Consumidor”
(reformada(reformada
por Ley 26361por Ley 26361
en el añoen el año
2008)2008)
Incorpora
Art. 1: concepto
amplio de
consumidor
Art. 3: define
relación de
consumo
De lo que deriva:
relación de consumo ≠≠ contrato de consumo
“los consumidores y
usuarios de bienes y
servicios tienen derecho,
en la relación de
consumo, a la protección
de su salud, seguridad e
intereses económicos; a
una información
adecuada y veraz; a la
libertad de elección, y a
condiciones de trato
equitativo y digno”.
15. Relación de consumo
Art. 3
vinculo jurídicoConsumidor o usuario proveedor
1. toda persona física o jurídica que
adquiere o utiliza bienes o
servicios en forma gratuita u
onerosa como destinatario final,
en beneficio propio o de su
grupo familiar o social.
Art. 1 Art. 2,
primer párrafo
2. se considera asimismo consumidor o
usuario a quien, sin ser parte de una
relación de consumo, como
consecuencia o en ocasión de ella
adquiere o utiliza bienes o servicios
como destinatario final, en beneficio
propio o de su grupo familiar o
social,
3. a quien de cualquier manera está
expuesto a una relación de consumo.
Contrato de
consumo
Es la persona física o
jurídica de naturaleza
pública o privada, que
desarrolla de manera
profesional, aun
ocasionalmente, actividades
de producción, montaje,
creación, construcción,
transformación, importación,
concesión de marca,
distribución y
comercialización de bienes y
servicios, destinados a
consumidores o usuarios.
Todo proveedor está
obligado al cumplimiento de
la presente ley.
16. De donde:
Relación de
consumo
Contrato de
consumo
La relación de consumo, como concepción más amplia que el
contrato de consumo, “abarca todas las situaciones en que el sujeto
– consumidor o usuario – es protegido: antes, durante y después de
contratar; cuando es dañado por un ilícito extracontractual, o cuando
es sometido a una práctica de mercado; cuando actúa individual o
colectivamente”.(Lorenzetti, 2009)
17. Cláusulas ineficaces en los contratos de
consumo
Cláusulas abusivas
ARTICULO 37. — Interpretación. Sin perjuicio de la validez del
contrato, se tendrán por no convenidas:
a) Las cláusulas que desnaturalicen las obligaciones o limiten la
responsabilidad por daños;
b) Las cláusulas que importen renuncia o restricción de los derechos
del consumidor o amplíen los derechos de la otra parte;
c) Las cláusulas que contengan cualquier precepto que imponga la
inversión de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor.
La interpretación del contrato se hará en el sentido más favorable para
el consumidor. Cuando existan dudas sobre los alcances de su
obligación, se estará a la que sea menos gravosa.
En caso en que el oferente viole el deber de buena fe en la etapa
previa a la conclusión del contrato o en su celebración o transgreda el
deber de información o la legislación de defensa de la competencia o
de lealtad comercial, el consumidor tendrá derecho a demandar la
nulidad del contrato o la de una o más cláusulas. Cuando el juez
declare la nulidad parcial, simultáneamente integrará el contrato, si ello
fuera necesario.