DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
Unidad 3 moni
1. UNIDAD 3
Sujetos del derecho privado en
función de su actividad.
Prof. M. Canteros
2. CAPÍTULO 3: Sujetos del derecho
privado en función de su actividad.
• Comerciante. Concepto legal. Adquisición y
cesación de la calidad de comerciante.
Consecuencias. Capacidad para ejercer el
comercio: regulación en el Código de Comercio.
Incompatibilidades (arts. 22 y 24 del Código de
Comercio).
• Agentes auxiliares del comercio. Concepto y
funciones. Clasi-ficación. Factor. Viajante de
comercio. Despachante de aduana. Concepto y
función.
3. CAPÍTULO 3: Sujetos del derecho
privado en función de su actividad.
• Empresa comercial. Concepto. Enumeración
legal. Importan-cia en el orden económico y
jurídico. Elementos constituti-vos. La empresa
de familia.
• Sujetos del derecho del consumo (Ley 24240).
Consumidor. Usuario. Proveedor. Concepto y
alcances. Asociaciones de consumidores y
Cámaras empresariales. Concepto y funciones.
Sujetos excluidos de la Ley.
4. BIBLIOGRAFÍA A UTILIZAR
• ETCHEVERRY, Raúl Aníbal.
DERECHO COMERCIAL Y ECONOMICO
PARTE GENERAL -EDITORIAL
ASTREA.
• LORENZETTI, R. L. Consumidores
(Segunda edición actualizada).
EDITORIAL RUBINZAL CULZONI
5. Derecho mercantil
• DERECHO COMERCIAL: “Es el que
regla las relaciones de los comerciantes
entre sí y las consecuencias jurídicas de los
actos de comercio, y del cual se va
diseñando, cada vez con mayor vigor, la
segregación del llamado Derecho de la
navegación, que atañe al comercio marítimo
y aéreo”. ( Borda, Guillermo –ob. cit.- pág.
19).
6. Sujetos del derecho
comercial
SUJETO DEL
DERECHO
COMERCIAL
COMERCIANTES
NO SON
SOCIEDADES COMERCIANTES
COMERCIALES
INDUSTRAILES
7. Sujetos del derecho comercial
NO
COMERCIANTE
COMERCIANTES
• Individual
Colectivo • Realizan en forma
• Art. 1 del Cód. de ocasional actos de
Com. comercio
• Auxiliares de
comercio
8. Relaciones en el derecho
Comercial
COMERCIANTE COMSUMIDOR EMPRESARIO
9. EMPRESARIO O BUSINESS MAN
Síntesis del todo el proceso de
Intermediación mercantil
“ES TODA PERSONA QUE
ORGANIZA, DIRIGE Y CONTROLA
LA ESTRUCTURA EMPRESARIA. EN LA
PRODUCCION E INTERCAMBIO DE
BIENES O SERVICIOS”.
ASUME LOS RIESGOS Y CREA NUEVOS
CAMINOS PARA SU NEGOCIO.
10. COMERCIANTE
• ¿Se es comerciante cuando se es socio en
una sociedad comercial?
• Siburu: NO
• La personalidad jurídica y el carácter de
comercial es la Sociedad no del socio
•
11. COMERCIANTE
Concepto legal de comerciante:
• ART. 1 Cód. de Com.
• LA LEY DECLARA COMERCIANTE A
TODOS LOS INDIVIDUOS QUE
TENIENDO CAPACIDAD LEGAL PARA
CONTRATAR , EJERCEN DE CUENTEA
PROPIA ACTOS DE COMERCIO ,
HACIENDO DE ELLOS SU PROFESIÓN
HABITUAL
12. ANALSIS ART. 1
TODOS LOS INDIVIDUOS:
personas de existencia visible y jurídica.
•CAPACIDAD LEGAL PARA CONTRATAR
:
capacidad para contratar =
capacidad para
(Cód. Civil) ejercer el comercio
Art. 9 Cód. de Com.
Es hábil para ejercer el comercio toda persona que tiene la
libre administración de sus bienes
Capacidad de hecho y derecho
13. INCAPACES DE EJERCER EL
COMERCIO
• Art. 9 para ejercer el comercio: LIBRE
ADMINISTRACION DE BIENES.
Menores de 18 años
• Son INCAPACES Dementes declarados
en juicio.
Sordos mudos que no
se dan a entender por escrito.
14. MENORES COMERCIANTES
• HAN QUEDADO DEROGADOS POR
LA LEY 26579 DEL AÑO 2009
LOS ARTÍCULOS QUE AUTORIZABAN A
EJERCER EL COMERCIO A LOS
MENORES DE 18 AÑOS
• ART. 10,11,12 DEL Cód. de comercio
15. Menores comerciantes
• Los menores de 18 años no pueden
constituir o integrar sociedades comerciales
regulares.
• Los menores pueden INCORPORARSE a
sociedades regulares ya constituidas, como
“herederos” Art 28 de la ley 19550.
16. ANALISIS ART. 1
EJERCEN DE CUENTEA PROPIA ACTOS DE
COMERCIO
• Significa quien tiene un interés en el
negocio. No es igual a quien representa
PROFESIÓN HABITUAL
• Profesión : alude al medio de vida para
quien lo hace.
• Habitualidad: repetición del actos
concatenadamente
17. TRES TERMINOS
COMERCIANTE
PERSONA
INDIVIDUAL
SOCIEDAD
EMPRESA
COMERCIAL
FENOMENO
PERSONA ECONOMICO
JURIDICA
18. ADQUISICIÓN Y CESACION DE LA
CALIDAD DE COMERCIANTE
• ADQUISICIÓN:
DE MODO FACTICO O DE HECHO
CESACIÓN DE LA CALIDAD:
Como la adquiere la pierde.
Falta de habitualidad y profesionalidad .
Muerte de la persona física
Disolución de la Jurídica