Derecho al honor y a la buena reputacion vs la libre libertad de expresion
1. DERECHO AL HONOR Y A LA BUENA REPUTACIÒN VERSUS DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÒN<br />¿En qué consiste la Libertad de Expresión? ¿A caso en escarbar en la vida intima de los demás? ¿En desatarse a través de la palabra con ataques inciertos en perjuicio de una persona, deteriorando su Derecho al Honor de una persona? o por el contrario ¿busca la veracidad de los actos a través de pruebas fidedignas que se han comprobado? Estas son algunas de las preguntas que trataremos de despejar en los siguientes párrafos.<br />Sin duda alguna existirán muchas posiciones encontradas respecto a las anteriores interrogantes, lo cierto es, que frente a ello los medios televisivos y en especial los encargados de la conducción del programa o de las revistas no toman conciencia de la magnitud del problema que ocasiona el proporcionar datos y opiniones pocas certeras con respecto a la vida privada e intima de una persona, el cual es un tema de actualidad por estar en riesgo nuestro Derecho al Honor y a la Buena Reputación. <br />Hemos visto en diversos programas de televisión donde se han cometido excesos que atropellan el Derecho al Honor y a la Buena Reputación de las Personas; estos programas y medios de información se amparan en la llamada “Libertad de Expresión”, lo cual lo toman como un escudo protector de las diversas opiniones que versan sobre un individuo, argumentando que dicho sujeto es una persona pública y por ende su intimidad y su vida cotidiana está expuesta a los medios de comunicación. <br />Todos los periodistas hacen un juramento hipocrático profesional en el cual refieren basar sus expresiones con relación a un tema en fuentes fidedignas lo cual sabemos, hoy en día no se da en la práctica y dicha veracidad esta en tela de juicio. Si bien es cierto los periodistas son concientes de que sus afirmaciones no gozan de la aceptación total del público, no se esfuerzan por ahondar mucho más en la búsqueda de la verdad, muchas veces se han puesto en evidencia testigos e informantes pagados para así poder sustentar sus aseveraciones. <br />¿Pero qué es lo que abarca y cuál es el límite de la Libertad de expresión? La mayoría de los periodistas sostienen que si una persona es reconocida en los medios como son los jugadores de futbol, las vedettes, los artistas de televisión y algunas otras personas que son conocidas o se han hecho famosas por la televisión son personas públicas que de por sí, su vida intima está expuesta a críticas de la opinión pública (incluimos aquí a los periodistas) y es por ese motivo que aducen los periodistas pueden urdir en la vida privada de aquellas personas ya sea acosándolas sistemáticamente, que se da a través de los seguimientos y grabaciones de los afectados por este acoso. Amparados en dichos argumentos algunos malos periodistas se dejan guiar por sus pasiones publicando en los medios los quehaceres privados e íntimos de una persona para ponerlo en el ojo de los televidentes y así esto le genere un RATING alto que motive la atención de los receptores, estos malos periodistas hablan más de lo debido, creyendo ser dueños de la verdad y de gozar del respaldo del público. <br />Tomando como referencia un caso especifico, como lo ocurrido entre la señora Magaly Medina conductora de Magaly TV y el señor Paolo Guerrero jugador profesional de futbol, en donde se ponen en contraposición la Libertad de expresión y el Derecho al Honor. Resulta que la señora Magaly haciendo uso de su programa habitual, refirió que Paolo Guerrero había sido fotografiado acompañado de una modelo saliendo de un reconocido restaurante en instantes que debería encontrarse en las típicas concentraciones con los demás jugadores de la selección Peruana, ya que al día siguiente se jugaría un compromiso importante con Brasil.<br />-141351012011025La conductora denigró sistemáticamente el Honor del señor Guerrero, en las diversas emisiones del programa como también en las publicaciones de su revista de espectáculo, refiriéndose al jugador de manera sarcástica y burlona, menoscabando su reputación y dejando dudas aparentes en cuanto a su virilidad. Por lo cual al Sr. Guerrero se vio afectado, puesto que perdió numerosos contratos de publicidad (caso telefónica) perjudicando en sus ingresos económicos, también tuvo repercusión a nivel internacional como jugador militante de un club reconocido en el extranjero, la noticia traspaso fronteras y estuvo en el ojo de la prensa extranjera. <br />Nuestra constitución señala que toda persona tiene Derecho al Honor y a la Buena Reputación porque el Estado protege el patrimonio moral, el Honor y la Reputación del ciudadano. Por lo tanto la información dada por Magaly era un elemento subjetivo lo cual es dolo entendido como ánimo difamante. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas agraviada en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que este se rectifique en forma gratuita, inmediata y profesional sin perjuicio de las responsabilidades de ley. <br />Nuestro código penal refiere con respecto a la difamación; el que ante varias personas reunidas o separadas pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días – multa.<br />El derecho al Honor y a la buena reputación trasciende hasta después de la muerte en cada uno de nosotros, son derechos que se ejercen a través del tiempo y son nuestros descendientes los encargados de velar por el respeto de dicho derecho que no puede ser vulnerado de ninguna manera.<br />Por lo expuesto la señora Magaly vulnero el derecho al Honor y la Buena Reputación del señor Paolo Guerrero amparándose según ella en la Libertad de Expresión por lo cual fue sancionada por el Poder Judicial a una pena privativa de su libertad. Si bien es cierto la Libertad de expresión nos permite conocer el modo de pensar de las personas, eso no quiere decir que vamos a expresar falsos testimonios. <br />En conclusión la Libertad de Expresión juega un papel importante en una democracia, si bien es cierto todos nosotros gozamos de este derecho debemos ejercerlo de manera prudente, nuestra opinión y modo de concebir nuestros pensamientos con respecto a otra persona se debe ejercer con fundamento, una base en la cual vamos a sostener nuestro argumento. Hay que tener presente que toda persona tiene derecho al Honor y a la Buena Reputación y que nuestros derechos acaban donde empiezan los derechos de los demás. <br />1358265-233045-1051560-918845<br />CURSO: DERECHO PENAL II<br />DOCENTE: DR. CHUQUIMBALQUI MASLUCAN BLADIMIRO<br />ESCUELA ACADÉMICA – PROFESIONAL: DERECHO.<br />CICLO: V AULA: 812 TURNO: MAÑANA<br />ALUMNO:<br />MITMA MISAJEL, DANIEL OMAR.<br />LIMA – PERÚ<br />2010<br />