SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 20
OBJETO: 
Tiene por objeto normar el funcionamiento de la Unidad Nacional 
de Transparencia del Consejo de la Magistratura, delimitando los 
principios, mecanismos, lineamientos en los que desarrollará sus 
funciones y sobre todo estableciendo procedimientos de 
prevención y transparencia para la lucha contra la corrupción al 
interior del Órgano Judicial. 
MARCO LEGAL: 
Constitución Política del Estado, Ley Nº 025, Ley Nº 04, Ley Nº 
1178 y sus respectivos reglamentos. 
Decreto Supremo 214 (PNTLCC), Ley Nº 341 (PCS)
 NATURALEZA DE LA UNIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA: 
Es una instancia técnica operativa con potestad para ejecutar acciones 
tendientes a transparentar la gestión de calidad en la administración e 
impartición de justicia del Órgano Judicial; orientar a los servidores 
públicos con el objeto de prevenir posibles actos de corrupción y/o falta 
de transparencia. 
 OBJETIVO DE LA UNIDAD 
La Unidad Nacional de Transparencia es una instancia técnica 
operativa cuyo objeto es transparentar la gestión judicial; la 
administración e impartición de justicia en el órgano judicial en 
las siguientes áreas: 
a) Área Institucional :Coadyuvando en la lucha contra la 
corrupción. 
b) Área de Prevención: Promoviendo la Rendición Publica de 
Cuentas, Acceso a la Información, la Ética Pública y la 
Participación Ciudadana.
 COMPETENCIAS DE LA UNIDAD NACIONAL DE 
TRASNPARENCIA 
 Proponer y ejecutar políticas de transparencia, prevención y lucha contra la 
corrupción, al interior del Órgano Judicial, a través de la Rendición Publica de 
cuentas, Acceso a la información, Ética Pública y la Participación Ciudadana. 
 Proponer y ejecutar políticas, tendientes a erradicar la corrupción en el Órgano 
Judicial en su conjunto. 
 Diseñar e implementar políticas, tendientes a eliminar el tráfico de influencias. 
 Promover la implementación de la Participación y Control Social, en el Acceso a la 
información, rendición pública de cuentas, la evaluación de gestión, el control 
disciplinario y los procesos de postulación, preselección y evaluación de los 
servidores judiciales. 
 Promover la Rendición Pública de Cuentas en todos los Entes que conforman el 
Órgano Judicial. 
 Promover y ejecutar políticas de Acceso a la Información en todos los Entes que 
conforman el Órgano Judicial. 
 Promover y ejecutar políticas de Participación Ciudadana en todos los Entes que 
conforman el Órgano Judicial. 
 Promover y ejecutar políticas de Ética Publica en todos los Entes que conforman el 
Órgano Judicial.
 Proponer y ejecutar políticas que permitan la ejecución de programas de acceso a 
la justicia, pronta, oportuna, transparente, eficiente, eficaz y con calidez. 
 Proponer acuerdos y convenios en el marco de coordinación con los otros Órganos 
del Estado y con instituciones no gubernamentales en las áreas de lucha contra la 
corrupción, transparencia y prevención. 
 Recepcionar denuncias que tengan relación con delitos de corrupción en 
instancias del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de 
la Magistratura, Escuela de Jueces y Dirección Administrativa y Financiera del 
Órgano Judicial, en cuyo caso previa valoración y análisis de dichas denuncias 
emitirá informe fundamentado, ya sea, remitiendo el caso ante la autoridad 
competente; o haciendo constar su incompetencia por razón de materia, 
conforme lo establecido en el Manual de Denuncias. 
 Realizar el seguimiento de todos los procesos que fueren de conocimiento de 
esta instancia a través de los Técnicos de Transparencia de la Unidad Nacional de 
Transparencia. 
 Elaborar cronograma de actividades anuales en coordinación con la Sala de 
Control y fiscalización y la Dirección Nacional de Control y Fiscalización del 
Consejo de la Magistratura. 
 Emitir informes trimestrales, semestrales y anuales a la Dirección Nacional de 
Control y Fiscalización. 
 Coordinar labores operativas con las unidades de Control y Fiscalización y 
Planificación a través de la Dirección Nacional de Control y Fiscalización. 
 Otras asignadas por autoridades superiores del Consejo de la Magistratura.
 ESTRUCTURA FUNCIONAL DE UNIDAD NACIONAL DE 
TRANSPARENCIA. 
La Unidad Nacional de Transparencia del Consejo de la 
Magistratura, de conformidad a lo establecido en la ley 025, 
tiene la siguiente estructura: 
a) Jefe Nacional de la Unidad de Transparencia 
b) Técnico I Auxiliar de Transparencia 
c) Profesional II Transparencia Institucional 
d) Profesional II Prevención y Transparencia 
e) Técnicos de Transparencia en los Distritos
 Ejecutar políticas de transparencia para la lucha contra la corrupción al interior de 
su respectivo Distrito, emanadas por instancias superiores del Consejo de la 
Magistratura a través del Acceso a la Información, la Ética Pública, la Participación 
Ciudadana y la Rendición Pública de Cuentas. 
 
 Ejecutar políticas de prevención para la lucha contra la corrupción al interior de su 
respectivo Distrito, emanadas por instancias superiores del Consejo de la 
Magistratura a través de programas, proyectos y actividades en general, tendientes 
a evitar la comisión de actos de corrupción y generar una cultura de transparencia 
en todos los actos de los servidores judiciales jurisdiccionales y administrativos del 
Órgano Judicial. 
 
 Coordinar con Asesoría Legal a efectos de realizar el seguimiento y monitoreo de 
los procesos judiciales por delitos de corrupción, que fueren de su conocimiento a 
través de las fichas de seguimiento (FS) y carpetas establecidas para este fin. 
 
 Recepcionar las denuncias que tengan relación con delitos de corrupción en sus 
respectivos Distrito, en cuyo caso previa valoración y análisis de dichas denuncias 
emitirá informe fundamentado, ya sea, remitiendo el caso ante la autoridad 
competente; o haciendo constar su incompetencia por razón de materia, conforme lo 
establecido en el Manual de Denuncias.
 Recepcionar las denuncias por faltas disciplinarias en contra de 
Vocales, Juezas y Jueces y Personal de Apoyo Jurisdiccional, 
cuando su acción u omisión que contravengan las normas 
disciplinarias establecidas en los Art. 186, 187, 188 de la Ley 025, 
que por ende afecten la imagen del Órgano Judicial, en estos casos 
los técnicos de transparencia previo análisis y valoración de las 
pruebas formalizaran denuncia ante los Juzgados Disciplinarios. 
 
 Llevar registros estadísticos propios sobre denuncias, 
seguimientos, sanciones, y otros en el marco de sus 
competencias. 
 
 Elevar informes, mensuales, trimestrales, semestrales y anuales 
ante autoridades superiores y a solicitud expresa de las mismas, 
respecto de las denuncias conocidas por los técnicos de 
transparencia; así como del avance y ejecución del POA a su 
cargo. 
 Otras asignadas por autoridades superiores.
 PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL 
El Órgano Judicial mediante el Consejo de la Magistratura 
garantizará la participación y control social, en el marco de lo que 
establece la Constitución Política del Estado y la Ley 341 
propiciando y generando espacios de participación y control social, 
identificando a los actores sociales involucrados en las actividades 
del Órgano Judicial. 
 ACCESO A LA INFORMACION 
La Unidad Nacional de Transparencia y los técnicos de 
Transparencia en los Distritos implementarán las medidas que sean 
necesarias, para el acceso a la información a objeto de garantizar la 
transparencia en la administración y funcionamiento de los entes 
del Órgano Judicial, para lo que se instaurarán políticas que 
permitan, al público en general, obtener información sobre la 
organización, el funcionamiento y los procesos de adopción de 
decisiones de su administración.
 RENDICION PÚBLICA DE CUENTAS 
La Unidad Nacional de Transparencia y los técnicos de 
transparencia en los Distritos, promoverán en los entes que 
conforman el Órgano Judicial la rendición pública de cuentas 
dos veces en la gestión, una semestral y otra anual, en 
coordinación con todos los entes del Órgano Judicial a fin de 
priorizar resultados de gestión. 
 ETICA PÚBLICA 
La Unidad Nacional de Transparencia, a través de las 
instancias correspondientes, promoverá la implementación y 
el cumplimiento del Código de ética de las servidoras y 
servidores públicos del Órgano Judicial, impulsando un clima 
y cultura organizacional de cumplimiento de las normas 
morales, lo cual estará basado en los principios y valores 
establecidos en la Constitución Política del Estado y otras 
normas conexas.
 (RECEPCION DE LAS DENUNCIAS) 
La recepción de las denuncias estará a cargo de los siguientes 
servidores: 
A nivel Nacional: Por la Auxiliar de la Unidad Nacional de 
Transparencia. 
En los Distritos: Por el Profesional Técnico cuando exista solo 
uno. 
En los Distritos: Por el profesional Técnico de turno cuando exista 
más de uno.
 ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA DENUNCIA 
Los elementos constitutivos para determinar si una denuncia corresponde a la Unidad 
Nacional de Transparencia a los Técnicos en los distritos son: 
Deberá tratarse de una denuncia contra un Servidor Público o Ex Servidor Público del 
Órgano Judicial. 
Que el presunto hecho haya sido cometido por el Servidor en el ejercicio de sus 
funciones. 
Que se trate de actos que se ajusten a delitos de corrupción o vinculados, establecidos 
en la Ley 004/10 “Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz”. 
Que se trate de faltas disciplinarias contempladas en la ley 025 y otras normas. 
 CONTENIDO DE LA DENUNCIA 
La denuncia presentada ante la Unidad Nacional de Transparencia o ante los técnicos de 
Transparencia deberá tener el siguiente contenido: 
La identificación del denunciado o el cargo que desempeña, la descripción precisa de los 
hechos denunciados, la acción u omisión que se atribuye como presunto hecho de 
corrupción y/o falta disciplinaria, exponer de forma breve la relación del hecho 
denunciado. 
La denuncia deberá estar acompañada de toda la documentación con que cuente el 
denunciante, pudiendo ser en fotocopias simples, o señalar el lugares donde se puede 
obtener dicha documentación. 
Las generales de ley del denunciante, de ser posible fotocopia de Cedula de Identidad, 
correo electrónico y número telefónico fijo o celular. 
En los casos en que el denunciante solicite expresamente que se mantenga su identidad y 
sus datos en reserva, la Unidad de Transparencia tomará todos los recaudos pertinentes 
para que la identidad del denunciante quede en reserva, tomando el cuidado necesario en 
la custodia de los documentos tanto físicos como digitales.
 RESPONSABILIDAD SOBRE LA CUSTODIA, MANEJO, 
CONSERVACIÓN Y ARCHICO DE LAS DENUNCIAS 
La Responsabilidad sobre la custodia, manejo, conservación 
y archivo de las denuncias, en el Nivel Nacional estará a 
cargo del o la Auxiliar de la Unidad Nacional de 
Transparencia, por lo que es responsable de velar por la 
misma, con toda la documentación que lo acompaña y 
aquella que se genere a partir de sus actuados, debiendo 
estar los mismos debidamente foliados. 
La Responsabilidad sobre la custodia, manejo, conservación 
y archivo de las denuncias, en el Nivel Distrital estará a cargo 
de los Técnicos de Transparencia, quienes tendrán la misma 
responsabilidad que del Nivel Nacional.
 En casos de flagrancia o que hubieren denuncias inmediatamente 
de ocurrido el hecho respecto de actos irregulares o de 
corrupción, de oficio y/o cuando sea requerida por el 
denunciante el Técnico de Transparencia en coordinación con el 
Encargado de Control y Fiscalización podrán realizar una acción 
directa e inmediata, debiendo realizar una indagación 
preliminar, programar reuniones informativas con las 
autoridades y/o personas particulares que considere pertinentes, 
realizar visitas in situ a las instancias pertinentes, revisión de 
expedientes y cualquier otra acción que ayude a la recolección 
de información preliminar, con el fin poder generar convicción 
de los hechos denunciados. 
 En estos casos la Auxiliar de la Unidad Nacional de Transparencia 
o los Técnico de Transparencia de los Distritos, según 
corresponda, deberán realizar el registro correspondiente en el 
libro de denuncias, precisamente para fines de control y registro.
 La denuncia podrá ser devuelta al denunciante por la Unidad Nacional de 
Transparencia o los Técnicos de Transparencia cuando concurran causales de 
incompetencia, en cuyo caso se elevará un informe fundamentado, 
recomendando a su vez acudir ante la autoridad competente, misma que se 
comunicará al denunciante cuando se conozca su identidad haciendo constar 
dicha causal, que a continuación se señala: 
 Falta de competencia, es decir que no se trate de actos de corrupción o 
vinculados, establecidos en la Ley 004/10, Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz; o 
de Faltas Disciplinarias establecidas en la Ley 025. 
 Cuando no se trate de un Servidor Público o ex Servidor Público del Órgano 
Judicial. 
 Que el supuesto acto no haya sido cometido en el ejercicio de sus funciones. 
 Cuando en la denuncia se falte al respeto, al decoro o a la moral o se refieran a 
alguna persona en términos ofensivos o discriminatorios. 
 Cuando no exista una descripción precisa de los hechos denunciados, el 
periodo en el que se cometió la acción u omisión que se atribuye como hechos 
de corrupción o faltas de disciplinarias.
 ADMISIÓN DE LA DENUNCIA) 
La denuncia será admitida por la Unidad Nacional de Transparencia 
o los Técnicos de Transparencia, previo análisis objetivo de la 
misma, cuando se trate de un presunto acto de corrupción o falta 
disciplinaria cometidos por las o los servidores judiciales en el 
ejercicio de sus de funciones 
 DEBER DE COOPERACIÓN) 
En caso de requerir la cooperación para recabar información y/o 
documentación pertinente que permitan identificar posibles actos 
de corrupción y/o faltas disciplinarias, enmarcados en disposiciones 
administrativas internas, los Profesionales Técnicos podrán recurrir 
ante cualquier instancia del Órgano judicial, las mismas que tendrán 
la obligación de proporcionar dicha información y/o documentación 
de manera oportuna, en el plazo de 48 horas.
 I.- Recibidas las denuncias tanto en el nivel Nacional, como en el Distrital que tengan relación 
con delitos de corrupción y vinculados, en cuyo caso de manera inmediata deberá recabar la 
documentación pertinente a las instancias correspondientes y solicitar informe al o los 
denunciados, quienes deberán remitir las misma en un plazo no mayor a cinco (5) días; una vez 
tenida dicha documentación e información, en un plazo no mayor a cinco (5) días el Técnico de 
Transparencia elevará informe fundamentado que determinará lo siguiente: 
 En el caso del nivel Nacional remitirá dicho informe y demás antecedentes al Director de Control 
y Fiscalización, a efectos de que esta instancia derive a Asesoría Jurídica para constituirse en 
parte denunciante o querellante, siempre y cuando se evidencien indicios de corrupción por 
parte de los servidores judiciales del Órgano Judicial. 
 En el caso del nivel Distrital remitirá dicho informe y demás antecedentes al Encargado Distrital 
del Consejo de la Magistratura, a efectos de que esta instancia derive a Asesoría Jurídica para 
constituirse en parte denunciante o querellante, siempre y cuando se evidencien indicios de 
corrupción por parte de los servidores judiciales del Órgano. 
 II.- Recibidas las denuncias tanto en el nivel Nacional, como en el Distrital que tengan relación 
con faltas disciplinarias, por acción u omisión que contravenga alguno de los numerales 
contenidos en los arts. 186, 187 ó 188 de la Ley del Órgano Judicial o cualquier otra norma legal 
expresa y vigente; o la remisión de denuncias de la misma índole por instancias superiores 
(Tribual Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Tribunal Constitucional y Tribunales 
Departamentales), el Técnico de Transparencia, previo análisis objetivo de la denuncia y las 
pruebas, deberá iniciar las acciones disciplinarias que correspondan, en el marco de los 
alcances previstos por la Ley 025 y el Acuerdo Nº 075/2013.
 EL informe fundamentado a ser presentado por el Profesional 
Técnico encargado, una vez concluido el plazo previsto 
deberá contener lo siguiente: 
1. Encabezamiento 
2. Antecedentes 
3. Marco Legal 
4. Subsunción del hecho con la prueba 
5. Valoración objetiva o material 
6. Conclusiones a las que se arribó después de recopilar y 
analizar toda la información pertinente 
7. Recomendaciones de acciones a realizar
 SEGUIMIENTO 
Una vez remitido antecedentes a las instancias competentes en los 
presuntos hechos relacionados a corrupción, o haberse constituido en 
parte denunciante ante los Juzgados Disciplinarios, los técnicos de 
transparencia deberán realizar el seguimiento correspondiente hasta su 
conclusión en coordinación con las unidades pertinentes, formando 
carpetas de denuncias. 
 REPORTES 
El Profesional Técnico que tenga a su cargo el seguimiento de los casos 
de su conocimiento, a través de la fichas de seguimiento (informes), 
remitirá copia de las mismas al Encargado Distrital el Consejo de la 
Magistratura, autoridad que con su firma refrendará el seguimiento 
realizado por el Técnico de Transparencia. 
Si en las fichas de seguimiento o informes el Encargado Distrital del 
Consejo de la Magistratura, identificare presuntos hechos irregulares 
dentro de los procesos ya sea jurisdiccional o disciplinario, deberá 
realizar las acciones correspondientes y remitir copia de las mismas a la 
Unidad Nacional de Transparencia, para fines de control y seguimiento.
 La Unidad Nacional de Transparencia, coordinará visitas periódicas 
a los Distritos con la finalidad de realizar un control de calidad 
sobre la forma en que son llevados los casos, los avances y 
resultados alcanzados.
Dipositivas transparencia

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Tema 12 - Transpariencia y buen gobierno
Tema 12 - Transpariencia y buen gobiernoTema 12 - Transpariencia y buen gobierno
Tema 12 - Transpariencia y buen gobiernojamarformacionpamplona
 
Diapositiva
DiapositivaDiapositiva
Diapositivacefic
 
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCFLey Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCFPierinaVierma
 
sistema nacional de control
sistema nacional de controlsistema nacional de control
sistema nacional de controlAnai Suarez
 
Sistema nacional de control fiscal
Sistema nacional de control fiscalSistema nacional de control fiscal
Sistema nacional de control fiscalNyorka Duran
 
Decreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcmDecreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcmDaniel Marroquin
 
Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...
Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...
Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...miguelserrano5851127
 
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacionTema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacionjamarformacionpamplona
 
LEY n. 30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...
LEY n.  30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...LEY n.  30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...
LEY n. 30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...miguelserrano5851127
 
Cefic auditoria
Cefic auditoriaCefic auditoria
Cefic auditoriacefic
 
Aud ii s1 gebl1sistema nacional de control
Aud ii s1 gebl1sistema nacional de controlAud ii s1 gebl1sistema nacional de control
Aud ii s1 gebl1sistema nacional de controlLurdes Gaona
 
Ley orgánica 27785
Ley orgánica 27785Ley orgánica 27785
Ley orgánica 27785thalypascual
 

La actualidad más candente (20)

Tema 12 - Transpariencia y buen gobierno
Tema 12 - Transpariencia y buen gobiernoTema 12 - Transpariencia y buen gobierno
Tema 12 - Transpariencia y buen gobierno
 
Diapositiva
DiapositivaDiapositiva
Diapositiva
 
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCFLey Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del SNCF
 
sistema nacional de control
sistema nacional de controlsistema nacional de control
sistema nacional de control
 
Sistema nacional de control fiscal
Sistema nacional de control fiscalSistema nacional de control fiscal
Sistema nacional de control fiscal
 
Decreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcmDecreto suprem on_063-2003-pcm
Decreto suprem on_063-2003-pcm
 
Qué es la contraloría
Qué es la contraloríaQué es la contraloría
Qué es la contraloría
 
Ley 27785
Ley 27785Ley 27785
Ley 27785
 
Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...
Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...
Directiva nº 004-2018-CG/DPROCAL “Participación Voluntaria de Monitores Ciuda...
 
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacionTema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
Tema 1 - Actividad administrativa, derechos, informacion y participacion
 
LEY n. 30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...
LEY n.  30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...LEY n.  30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...
LEY n. 30742 LEY DE FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC...
 
Ley 1178 safco 2013
Ley 1178 safco 2013 Ley 1178 safco 2013
Ley 1178 safco 2013
 
Transferencia Gestión Administrativa
Transferencia Gestión AdministrativaTransferencia Gestión Administrativa
Transferencia Gestión Administrativa
 
20151218 parlamentaria
20151218 parlamentaria20151218 parlamentaria
20151218 parlamentaria
 
Cefic auditoria
Cefic auditoriaCefic auditoria
Cefic auditoria
 
Ley foral transpariencia
Ley foral transparienciaLey foral transpariencia
Ley foral transpariencia
 
Osce
OsceOsce
Osce
 
Aud ii s1 gebl1sistema nacional de control
Aud ii s1 gebl1sistema nacional de controlAud ii s1 gebl1sistema nacional de control
Aud ii s1 gebl1sistema nacional de control
 
Modulo i ac
Modulo i  acModulo i  ac
Modulo i ac
 
Ley orgánica 27785
Ley orgánica 27785Ley orgánica 27785
Ley orgánica 27785
 

Similar a Dipositivas transparencia

Act 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCF
Act 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCFAct 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCF
Act 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCFgioconda acosta
 
Presentación upld
Presentación upldPresentación upld
Presentación upldIleana Lopez
 
Regimen Aduanero Marimar y meche (1).ppt
Regimen Aduanero Marimar y meche (1).pptRegimen Aduanero Marimar y meche (1).ppt
Regimen Aduanero Marimar y meche (1).pptMarimar Marchan
 
auditoria financiera
auditoria financieraauditoria financiera
auditoria financieramiguelitax
 
Exp Contabilidad Gubernamental.pptx
Exp Contabilidad  Gubernamental.pptxExp Contabilidad  Gubernamental.pptx
Exp Contabilidad Gubernamental.pptxAngalaEscolastico
 
Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)
Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)
Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)Beyker Chamorro
 
Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...
Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...
Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...miguelserrano5851127
 
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSRLey organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSRMauri Rojas
 
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...ezequielvenegas
 
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...ezequielvenegas
 
Decreto 2641 del 17 de dic de 2012
Decreto 2641 del 17 de dic de 2012Decreto 2641 del 17 de dic de 2012
Decreto 2641 del 17 de dic de 2012GG_Docus
 
Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...
Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...
Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...justiciaparalajusticia
 
RESOLUCIÓN 035 DE 2013
RESOLUCIÓN 035 DE 2013RESOLUCIÓN 035 DE 2013
RESOLUCIÓN 035 DE 2013Tampico Fritas
 
Contraloria general dela republica
Contraloria general dela republicaContraloria general dela republica
Contraloria general dela republicadiana5592
 
El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...
El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...
El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...Enler
 

Similar a Dipositivas transparencia (20)

Act 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCF
Act 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCFAct 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCF
Act 03 Ley Orgánica de la Contraloria General de la Republica y del SNCF
 
Presentación upld
Presentación upldPresentación upld
Presentación upld
 
Regimen Aduanero Marimar y meche (1).ppt
Regimen Aduanero Marimar y meche (1).pptRegimen Aduanero Marimar y meche (1).ppt
Regimen Aduanero Marimar y meche (1).ppt
 
auditoria financiera
auditoria financieraauditoria financiera
auditoria financiera
 
Exp Contabilidad Gubernamental.pptx
Exp Contabilidad  Gubernamental.pptxExp Contabilidad  Gubernamental.pptx
Exp Contabilidad Gubernamental.pptx
 
normas generales auditoria
normas generales auditorianormas generales auditoria
normas generales auditoria
 
Poder ciudadno
Poder ciudadnoPoder ciudadno
Poder ciudadno
 
Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)
Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)
Consejo Nacional de Política Criminal - Perú (Beyker Chamorro)
 
Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...
Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...
Directiva N° 004-2014-CG/PRON “Comunicación al Ministerio Público de hechos e...
 
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSRLey organica de la contraloria DR_IAFJSR
Ley organica de la contraloria DR_IAFJSR
 
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
 
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...Locgr  ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
Locgr ley orgánica de la contraloria general de la república y el sistema de...
 
Locgr
LocgrLocgr
Locgr
 
Cápsula marco jurídico
Cápsula marco jurídicoCápsula marco jurídico
Cápsula marco jurídico
 
Decreto 2641 del 17 de dic de 2012
Decreto 2641 del 17 de dic de 2012Decreto 2641 del 17 de dic de 2012
Decreto 2641 del 17 de dic de 2012
 
Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...
Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...
Plan para incrementar el principio de transparencia en el manejo que hace del...
 
RESOLUCIÓN 035 DE 2013
RESOLUCIÓN 035 DE 2013RESOLUCIÓN 035 DE 2013
RESOLUCIÓN 035 DE 2013
 
Contraloria general dela republica
Contraloria general dela republicaContraloria general dela republica
Contraloria general dela republica
 
Mod 1_Aud
Mod 1_AudMod 1_Aud
Mod 1_Aud
 
El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...
El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...
El protocolo para la acreditación de la situación de vulnerabilidad de las ví...
 

Último

Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfFlorenciaConstanzaOg
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssYaelAkim
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxjbernardomaidana
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxAgrandeLucario
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...oscarzea5
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFmilenamora37
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguerofreddymendoza64
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penalbacilos1
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024AngelGabrielBecerra
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfJULIOCESARPUMAALEJO
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxjuandtorcateusa
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfssuser20c91d1
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfanagc806
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASKhrisZevallosTincopa
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docJhonnySandonRojjas
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasMarianaArredondo14
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .pptARACELYMUOZ14
 

Último (20)

Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdfApuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
 
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssssREGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
REGISTRO CIVIL.pptx carcateristicas ssss
 
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptxLA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
LA FAMILIA, LA PROPIEDAD PRIVADA Y EL ESTADO.pptx
 
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptxModelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
Modelos de debate, sus elementos, tipos, etc.pptx
 
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
Ley veterinaria, implicaciones y derechos del zootecnista y medico veterinari...
 
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDFFormación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
Formación Integral - teoría general del derecho, formato PDF
 
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa AgueroEl Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
El Proceso Penal. Mapa Conceptual de Rosa Aguero
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal PenalMapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
Mapa Conceptual de Rosa Agüero. Derecho Procesal Penal
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
Aranceles Bolivia Logico Tarija 2024 Enero 2024
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdfS01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
S01 - Diapositivas - Derechos de Acción.pdf
 
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptxMapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
Mapa, El Proceso Penal Principios y garantias.pptx
 
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdfLEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
 
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdfTema  7         LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
Tema 7 LA GUERRA CIVIL (1936-1939).pdf
 
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGASDERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
DERECHO PENAL 3-TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS
 
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.docCONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
 
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones UnidasCorte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
 
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
 

Dipositivas transparencia

  • 1. OBJETO: Tiene por objeto normar el funcionamiento de la Unidad Nacional de Transparencia del Consejo de la Magistratura, delimitando los principios, mecanismos, lineamientos en los que desarrollará sus funciones y sobre todo estableciendo procedimientos de prevención y transparencia para la lucha contra la corrupción al interior del Órgano Judicial. MARCO LEGAL: Constitución Política del Estado, Ley Nº 025, Ley Nº 04, Ley Nº 1178 y sus respectivos reglamentos. Decreto Supremo 214 (PNTLCC), Ley Nº 341 (PCS)
  • 2.  NATURALEZA DE LA UNIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA: Es una instancia técnica operativa con potestad para ejecutar acciones tendientes a transparentar la gestión de calidad en la administración e impartición de justicia del Órgano Judicial; orientar a los servidores públicos con el objeto de prevenir posibles actos de corrupción y/o falta de transparencia.  OBJETIVO DE LA UNIDAD La Unidad Nacional de Transparencia es una instancia técnica operativa cuyo objeto es transparentar la gestión judicial; la administración e impartición de justicia en el órgano judicial en las siguientes áreas: a) Área Institucional :Coadyuvando en la lucha contra la corrupción. b) Área de Prevención: Promoviendo la Rendición Publica de Cuentas, Acceso a la Información, la Ética Pública y la Participación Ciudadana.
  • 3.  COMPETENCIAS DE LA UNIDAD NACIONAL DE TRASNPARENCIA  Proponer y ejecutar políticas de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción, al interior del Órgano Judicial, a través de la Rendición Publica de cuentas, Acceso a la información, Ética Pública y la Participación Ciudadana.  Proponer y ejecutar políticas, tendientes a erradicar la corrupción en el Órgano Judicial en su conjunto.  Diseñar e implementar políticas, tendientes a eliminar el tráfico de influencias.  Promover la implementación de la Participación y Control Social, en el Acceso a la información, rendición pública de cuentas, la evaluación de gestión, el control disciplinario y los procesos de postulación, preselección y evaluación de los servidores judiciales.  Promover la Rendición Pública de Cuentas en todos los Entes que conforman el Órgano Judicial.  Promover y ejecutar políticas de Acceso a la Información en todos los Entes que conforman el Órgano Judicial.  Promover y ejecutar políticas de Participación Ciudadana en todos los Entes que conforman el Órgano Judicial.  Promover y ejecutar políticas de Ética Publica en todos los Entes que conforman el Órgano Judicial.
  • 4.  Proponer y ejecutar políticas que permitan la ejecución de programas de acceso a la justicia, pronta, oportuna, transparente, eficiente, eficaz y con calidez.  Proponer acuerdos y convenios en el marco de coordinación con los otros Órganos del Estado y con instituciones no gubernamentales en las áreas de lucha contra la corrupción, transparencia y prevención.  Recepcionar denuncias que tengan relación con delitos de corrupción en instancias del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura, Escuela de Jueces y Dirección Administrativa y Financiera del Órgano Judicial, en cuyo caso previa valoración y análisis de dichas denuncias emitirá informe fundamentado, ya sea, remitiendo el caso ante la autoridad competente; o haciendo constar su incompetencia por razón de materia, conforme lo establecido en el Manual de Denuncias.  Realizar el seguimiento de todos los procesos que fueren de conocimiento de esta instancia a través de los Técnicos de Transparencia de la Unidad Nacional de Transparencia.  Elaborar cronograma de actividades anuales en coordinación con la Sala de Control y fiscalización y la Dirección Nacional de Control y Fiscalización del Consejo de la Magistratura.  Emitir informes trimestrales, semestrales y anuales a la Dirección Nacional de Control y Fiscalización.  Coordinar labores operativas con las unidades de Control y Fiscalización y Planificación a través de la Dirección Nacional de Control y Fiscalización.  Otras asignadas por autoridades superiores del Consejo de la Magistratura.
  • 5.  ESTRUCTURA FUNCIONAL DE UNIDAD NACIONAL DE TRANSPARENCIA. La Unidad Nacional de Transparencia del Consejo de la Magistratura, de conformidad a lo establecido en la ley 025, tiene la siguiente estructura: a) Jefe Nacional de la Unidad de Transparencia b) Técnico I Auxiliar de Transparencia c) Profesional II Transparencia Institucional d) Profesional II Prevención y Transparencia e) Técnicos de Transparencia en los Distritos
  • 6.  Ejecutar políticas de transparencia para la lucha contra la corrupción al interior de su respectivo Distrito, emanadas por instancias superiores del Consejo de la Magistratura a través del Acceso a la Información, la Ética Pública, la Participación Ciudadana y la Rendición Pública de Cuentas.   Ejecutar políticas de prevención para la lucha contra la corrupción al interior de su respectivo Distrito, emanadas por instancias superiores del Consejo de la Magistratura a través de programas, proyectos y actividades en general, tendientes a evitar la comisión de actos de corrupción y generar una cultura de transparencia en todos los actos de los servidores judiciales jurisdiccionales y administrativos del Órgano Judicial.   Coordinar con Asesoría Legal a efectos de realizar el seguimiento y monitoreo de los procesos judiciales por delitos de corrupción, que fueren de su conocimiento a través de las fichas de seguimiento (FS) y carpetas establecidas para este fin.   Recepcionar las denuncias que tengan relación con delitos de corrupción en sus respectivos Distrito, en cuyo caso previa valoración y análisis de dichas denuncias emitirá informe fundamentado, ya sea, remitiendo el caso ante la autoridad competente; o haciendo constar su incompetencia por razón de materia, conforme lo establecido en el Manual de Denuncias.
  • 7.  Recepcionar las denuncias por faltas disciplinarias en contra de Vocales, Juezas y Jueces y Personal de Apoyo Jurisdiccional, cuando su acción u omisión que contravengan las normas disciplinarias establecidas en los Art. 186, 187, 188 de la Ley 025, que por ende afecten la imagen del Órgano Judicial, en estos casos los técnicos de transparencia previo análisis y valoración de las pruebas formalizaran denuncia ante los Juzgados Disciplinarios.   Llevar registros estadísticos propios sobre denuncias, seguimientos, sanciones, y otros en el marco de sus competencias.   Elevar informes, mensuales, trimestrales, semestrales y anuales ante autoridades superiores y a solicitud expresa de las mismas, respecto de las denuncias conocidas por los técnicos de transparencia; así como del avance y ejecución del POA a su cargo.  Otras asignadas por autoridades superiores.
  • 8.  PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL El Órgano Judicial mediante el Consejo de la Magistratura garantizará la participación y control social, en el marco de lo que establece la Constitución Política del Estado y la Ley 341 propiciando y generando espacios de participación y control social, identificando a los actores sociales involucrados en las actividades del Órgano Judicial.  ACCESO A LA INFORMACION La Unidad Nacional de Transparencia y los técnicos de Transparencia en los Distritos implementarán las medidas que sean necesarias, para el acceso a la información a objeto de garantizar la transparencia en la administración y funcionamiento de los entes del Órgano Judicial, para lo que se instaurarán políticas que permitan, al público en general, obtener información sobre la organización, el funcionamiento y los procesos de adopción de decisiones de su administración.
  • 9.  RENDICION PÚBLICA DE CUENTAS La Unidad Nacional de Transparencia y los técnicos de transparencia en los Distritos, promoverán en los entes que conforman el Órgano Judicial la rendición pública de cuentas dos veces en la gestión, una semestral y otra anual, en coordinación con todos los entes del Órgano Judicial a fin de priorizar resultados de gestión.  ETICA PÚBLICA La Unidad Nacional de Transparencia, a través de las instancias correspondientes, promoverá la implementación y el cumplimiento del Código de ética de las servidoras y servidores públicos del Órgano Judicial, impulsando un clima y cultura organizacional de cumplimiento de las normas morales, lo cual estará basado en los principios y valores establecidos en la Constitución Política del Estado y otras normas conexas.
  • 10.  (RECEPCION DE LAS DENUNCIAS) La recepción de las denuncias estará a cargo de los siguientes servidores: A nivel Nacional: Por la Auxiliar de la Unidad Nacional de Transparencia. En los Distritos: Por el Profesional Técnico cuando exista solo uno. En los Distritos: Por el profesional Técnico de turno cuando exista más de uno.
  • 11.  ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LA DENUNCIA Los elementos constitutivos para determinar si una denuncia corresponde a la Unidad Nacional de Transparencia a los Técnicos en los distritos son: Deberá tratarse de una denuncia contra un Servidor Público o Ex Servidor Público del Órgano Judicial. Que el presunto hecho haya sido cometido por el Servidor en el ejercicio de sus funciones. Que se trate de actos que se ajusten a delitos de corrupción o vinculados, establecidos en la Ley 004/10 “Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz”. Que se trate de faltas disciplinarias contempladas en la ley 025 y otras normas.  CONTENIDO DE LA DENUNCIA La denuncia presentada ante la Unidad Nacional de Transparencia o ante los técnicos de Transparencia deberá tener el siguiente contenido: La identificación del denunciado o el cargo que desempeña, la descripción precisa de los hechos denunciados, la acción u omisión que se atribuye como presunto hecho de corrupción y/o falta disciplinaria, exponer de forma breve la relación del hecho denunciado. La denuncia deberá estar acompañada de toda la documentación con que cuente el denunciante, pudiendo ser en fotocopias simples, o señalar el lugares donde se puede obtener dicha documentación. Las generales de ley del denunciante, de ser posible fotocopia de Cedula de Identidad, correo electrónico y número telefónico fijo o celular. En los casos en que el denunciante solicite expresamente que se mantenga su identidad y sus datos en reserva, la Unidad de Transparencia tomará todos los recaudos pertinentes para que la identidad del denunciante quede en reserva, tomando el cuidado necesario en la custodia de los documentos tanto físicos como digitales.
  • 12.  RESPONSABILIDAD SOBRE LA CUSTODIA, MANEJO, CONSERVACIÓN Y ARCHICO DE LAS DENUNCIAS La Responsabilidad sobre la custodia, manejo, conservación y archivo de las denuncias, en el Nivel Nacional estará a cargo del o la Auxiliar de la Unidad Nacional de Transparencia, por lo que es responsable de velar por la misma, con toda la documentación que lo acompaña y aquella que se genere a partir de sus actuados, debiendo estar los mismos debidamente foliados. La Responsabilidad sobre la custodia, manejo, conservación y archivo de las denuncias, en el Nivel Distrital estará a cargo de los Técnicos de Transparencia, quienes tendrán la misma responsabilidad que del Nivel Nacional.
  • 13.  En casos de flagrancia o que hubieren denuncias inmediatamente de ocurrido el hecho respecto de actos irregulares o de corrupción, de oficio y/o cuando sea requerida por el denunciante el Técnico de Transparencia en coordinación con el Encargado de Control y Fiscalización podrán realizar una acción directa e inmediata, debiendo realizar una indagación preliminar, programar reuniones informativas con las autoridades y/o personas particulares que considere pertinentes, realizar visitas in situ a las instancias pertinentes, revisión de expedientes y cualquier otra acción que ayude a la recolección de información preliminar, con el fin poder generar convicción de los hechos denunciados.  En estos casos la Auxiliar de la Unidad Nacional de Transparencia o los Técnico de Transparencia de los Distritos, según corresponda, deberán realizar el registro correspondiente en el libro de denuncias, precisamente para fines de control y registro.
  • 14.  La denuncia podrá ser devuelta al denunciante por la Unidad Nacional de Transparencia o los Técnicos de Transparencia cuando concurran causales de incompetencia, en cuyo caso se elevará un informe fundamentado, recomendando a su vez acudir ante la autoridad competente, misma que se comunicará al denunciante cuando se conozca su identidad haciendo constar dicha causal, que a continuación se señala:  Falta de competencia, es decir que no se trate de actos de corrupción o vinculados, establecidos en la Ley 004/10, Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz; o de Faltas Disciplinarias establecidas en la Ley 025.  Cuando no se trate de un Servidor Público o ex Servidor Público del Órgano Judicial.  Que el supuesto acto no haya sido cometido en el ejercicio de sus funciones.  Cuando en la denuncia se falte al respeto, al decoro o a la moral o se refieran a alguna persona en términos ofensivos o discriminatorios.  Cuando no exista una descripción precisa de los hechos denunciados, el periodo en el que se cometió la acción u omisión que se atribuye como hechos de corrupción o faltas de disciplinarias.
  • 15.  ADMISIÓN DE LA DENUNCIA) La denuncia será admitida por la Unidad Nacional de Transparencia o los Técnicos de Transparencia, previo análisis objetivo de la misma, cuando se trate de un presunto acto de corrupción o falta disciplinaria cometidos por las o los servidores judiciales en el ejercicio de sus de funciones  DEBER DE COOPERACIÓN) En caso de requerir la cooperación para recabar información y/o documentación pertinente que permitan identificar posibles actos de corrupción y/o faltas disciplinarias, enmarcados en disposiciones administrativas internas, los Profesionales Técnicos podrán recurrir ante cualquier instancia del Órgano judicial, las mismas que tendrán la obligación de proporcionar dicha información y/o documentación de manera oportuna, en el plazo de 48 horas.
  • 16.  I.- Recibidas las denuncias tanto en el nivel Nacional, como en el Distrital que tengan relación con delitos de corrupción y vinculados, en cuyo caso de manera inmediata deberá recabar la documentación pertinente a las instancias correspondientes y solicitar informe al o los denunciados, quienes deberán remitir las misma en un plazo no mayor a cinco (5) días; una vez tenida dicha documentación e información, en un plazo no mayor a cinco (5) días el Técnico de Transparencia elevará informe fundamentado que determinará lo siguiente:  En el caso del nivel Nacional remitirá dicho informe y demás antecedentes al Director de Control y Fiscalización, a efectos de que esta instancia derive a Asesoría Jurídica para constituirse en parte denunciante o querellante, siempre y cuando se evidencien indicios de corrupción por parte de los servidores judiciales del Órgano Judicial.  En el caso del nivel Distrital remitirá dicho informe y demás antecedentes al Encargado Distrital del Consejo de la Magistratura, a efectos de que esta instancia derive a Asesoría Jurídica para constituirse en parte denunciante o querellante, siempre y cuando se evidencien indicios de corrupción por parte de los servidores judiciales del Órgano.  II.- Recibidas las denuncias tanto en el nivel Nacional, como en el Distrital que tengan relación con faltas disciplinarias, por acción u omisión que contravenga alguno de los numerales contenidos en los arts. 186, 187 ó 188 de la Ley del Órgano Judicial o cualquier otra norma legal expresa y vigente; o la remisión de denuncias de la misma índole por instancias superiores (Tribual Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Tribunal Constitucional y Tribunales Departamentales), el Técnico de Transparencia, previo análisis objetivo de la denuncia y las pruebas, deberá iniciar las acciones disciplinarias que correspondan, en el marco de los alcances previstos por la Ley 025 y el Acuerdo Nº 075/2013.
  • 17.  EL informe fundamentado a ser presentado por el Profesional Técnico encargado, una vez concluido el plazo previsto deberá contener lo siguiente: 1. Encabezamiento 2. Antecedentes 3. Marco Legal 4. Subsunción del hecho con la prueba 5. Valoración objetiva o material 6. Conclusiones a las que se arribó después de recopilar y analizar toda la información pertinente 7. Recomendaciones de acciones a realizar
  • 18.  SEGUIMIENTO Una vez remitido antecedentes a las instancias competentes en los presuntos hechos relacionados a corrupción, o haberse constituido en parte denunciante ante los Juzgados Disciplinarios, los técnicos de transparencia deberán realizar el seguimiento correspondiente hasta su conclusión en coordinación con las unidades pertinentes, formando carpetas de denuncias.  REPORTES El Profesional Técnico que tenga a su cargo el seguimiento de los casos de su conocimiento, a través de la fichas de seguimiento (informes), remitirá copia de las mismas al Encargado Distrital el Consejo de la Magistratura, autoridad que con su firma refrendará el seguimiento realizado por el Técnico de Transparencia. Si en las fichas de seguimiento o informes el Encargado Distrital del Consejo de la Magistratura, identificare presuntos hechos irregulares dentro de los procesos ya sea jurisdiccional o disciplinario, deberá realizar las acciones correspondientes y remitir copia de las mismas a la Unidad Nacional de Transparencia, para fines de control y seguimiento.
  • 19.  La Unidad Nacional de Transparencia, coordinará visitas periódicas a los Distritos con la finalidad de realizar un control de calidad sobre la forma en que son llevados los casos, los avances y resultados alcanzados.