1. MÓDULO 1 GESTIÓN PÚBLICA Y CONTROL GUBERNAMENTAL Docente: CPC. Paulino Donaire Chávez DIPLOMADO DE AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL
2. CONTENIDO DEL MÓDULO 1.1 La gestión pública y el uso de los recursos del Estado. 1.2 Rol del Sistema Nacional de Control en las organizaciones públicas. 1.3 Normativa de control gubernamental.
3. 1.1 LA GESTIÓN PÚBLICA Y EL USO DE LOS RECURSOS DEL ESTADO El Estado representa un conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un territorio determinado. Actúa a través de las entidades e instituciones públicas. Gestión Pública , es el conjunto de procesos y acciones mediante los cuales, las entidades tienden al logro de sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo (9na. D.F. Ley Nº 27785) . Ello se determina a través de la gestión de políticas, recursos y programas. Secretaría de Gestión Pública
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5. 1.1 LA GESTIÓN PÚBLICA Y EL USO DE LOS RECURSOS DEL ESTADO La Corrupción , es un asunto de gobernabilidad, una severa debilidad de las instituciones, que hace difícil implementar y hacer cumplir la legislación y las políticas que garantizan la rendición de cuentas y los actos de transparencia. En todos los niveles de la administración pública se advierten severos casos de actos contrarios a lo expresado en la legislación vigente. Secretaría de Gestión Pública
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23. Órganos de Control Institucional - OCI Fuente : R.C. 459-2008-CG El presente Reglamento tiene por objeto regular la actuación de los Órganos de Control Institucional (OCI) en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, la vinculación de dependencia administrativa y funcional de dichos órganos y de su Jefe con la Contraloría General de la República, sus funciones, obligaciones y atribuciones, así como las obligaciones de los Titulares de las entidades, respecto del OCI. La finalidad es fortalecer la labor de los Órganos de Control Institucional y contribuir con el correcto ejercicio del control gubernamental.
24. Órganos de Control Institucional - OCI Fuente : R.C. 459-2008-CG Los responsables del control gubernamental en la Entidad del Estado: El Titular, los servidores y funcionarios , responsables de la implantación y funcionamiento del control interno, así como de su confiabilidad; y, El Jefe del Órgano de Control Institucional . El OCI constituye una unidad especializada responsable de llevar acabo el control gubernamental en cada Entidad, promoviendo la finalidad de promover la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y la eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de labores de control. El personal del OCI debe ser multidisciplinario en función a los objetivos de la entidad, así como de sus características.
25. Órganos de Control Institucional - OCI Fuente : R.C. 459-2008-CG El personal depende funcionalmente de la CGR, se sustenta en los lineamientos que emita el OSC en materia de control gubernamental, dando cumplimiento a las funciones, obligaciones y responsabilidades que resulten inherentes al ámbito de su competencia. En el aspecto administrativo, el Jefe del OCI es designado y separado por la Contraloría General, y asimismo, objeto de supervisión y evaluación en el desempeño de sus funciones, conforme a este Reglamento y demás normativa vigente, independientemente del vínculo laboral y/o contractual que tengan con la Contraloría General o con la entidad. Los Jefes de OCI que mantengan vínculo laboral o contractual con la entidad se sujetan a las normas del régimen laboral o contractual y demás disposiciones aplicables en ésta, sin perjuicio de la autonomía funcional inherente a la labor de control y de la evaluación de desempeño funcional que corresponde a la Contraloría General.