El documento trata sobre temas relacionados con el derecho de la niñez y la adolescencia como la patria potestad, custodia, convivencia familiar, emancipación y adopción. Reconoce la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de 2007 la cual establece que la patria potestad es el régimen de protección de menores no emancipados encomendado a los progenitores, e incluye la responsabilidad de crianza, representación y administración. También cubre la custodia como proyección de la respons
2. Se trata de temas
relacionados con el
Derecho de la Niñez y
Adolescencia,
Adultez Valores
La autora reconoce:
la custodia, la
convivencia familiar y la
obligación de
manutención
tomando en cuenta
la Ley Orgánica para la
Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes
de 2007.
Valores
RESUMEN
3. En estas
secciones , se
resaltaran temas
importantes
como patria
potestad, niñez,
custodia,
convivencia,
familia , valores
Igualmente se
tratara
emancipación,
minoridad,
padre y madre
como base de
familia, tutela,
adopción
INTRODUCCIÓN
4. Patria Potestad
se exhibe como un
régimen de
protección de los
menores no
emancipados,
encomendado a los
progenitores por
ser los protectores
naturales del hijo
(artículo 347 Ley
Orgánica para la
Protección de
Niños, Niñas y
Adolescentes).
Este régimen de
orden público,
compartido e
irrenunciable
contiene, a su vez,
tres atributos, a
saber, la
responsabilidad de
crianza la
representación y la
administración
(artículo 348 ).
PATRIA POTESTAD
5. La responsabilidad
de crianza, se
dirige
fundamental al
cuidado del hijo
de conformidad
con el artículo
358 de la Ley
Orgánica para la
Protección de
Niños, Niñas y
Adolescentes
Representación y
administración
suelen
generalmente
proyectarse en
el ámbito
patrimonial.
PATRIA POTESTAD
6. La custodia es una
proyección del
atributo de la
responsabilidad de
crianza. Más
precisamente se
traduce
básicamente en la
convivencia regular
que com-
parte el hijo con uno
de sus
progenitores en
caso de separación
de éstos
CUSTODIA
9. La crianza
corresponde como
deber de los padres a
amar, criar, formar,
educar, mantener
material, moral y
afectivamente a los
hijos e hijas,
MADRES Y PADRES BASE DE LA FAMILIA
COMO LO
ESTABLECE N
LA LOPNA EN
EL ARTÍCULO
359
10. OTRA OPORTUNIDAD DE TENER UNA FAMILIA
ADOPCIÓN
La ADOPCIÓN SIMPLE:
SE MANTIENE UNA
RELACIÓN ENTRE EL
ADOPTADO Y EL
ADOPTANTE.
La ADOPCIÓN PLENA :
SE MANTIENE UNA
RELACIÓN ENTRE EL
ADOPTADO CON LOS
FAMILIARES DEL
ADOPTANTE.
17. REFERENCIA BIBLIOGRAFICA
«Patria potestad». Enciclopedia jurídica. 2014.
Consultado el 13 de junio de 2016.
Zorraquín Becú, Ricardo (1978). Historia del Derecho
argentino I. Buenos Aires: Perrot. p. 184-185. Pito
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Cristóbal (2009). La custodia compartida (primera
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Cataldi, Myriam M. (16 de junio de 2015). «La noción de
coparentalidad y el derecho de los hijos a vivir en
familia». Nuevo Código Civil. Argentina.
Ortiz Sánchez, Mónica; Pérez Pino, Virginia. Léxico
jurídico para estudiantes (primera edición).