PIA MATEMATICAS FINANCIERAS SOBRE PROBLEMAS DE ANUALIDAD.pptx
Que es un impuesto
1. Que es un impuesto: El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente
pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por
no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración
hacendaria (acreedor tributario).
Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad
tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos. Su
principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen
deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio
constitucional de equidad y el principio social de solidaridad.
Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar
para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría
funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de
infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios
públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo,
prestaciones por invalidez o accidentes laborales)
Impuesto sobre la renta: El impuesto sobre la renta (ISR) es un impuesto que grava
los ingresos de las personas, empresas, u otras entidades legales.
Tipos de impuesto sobre la renta:Progresivo: cuando el porcentaje aplicado a los
ingresos de una persona aumenta con dichos ingresos.
Plano: cuando el porcentaje aplicado a los ingresos de una persona es
constante, ("flat tax").
Regresivo: cuando el porcentaje aplicado a los ingresos de una persona disminuye
con dichos ingresos
Quien es contribuyente del impuesto sobre la renta: Son contribuyentes del impuesto
sobre la renta y complementarios todas las personas naturales y jurídicas con residencia
o domicilio en el país, salvo aquellas excepciones establecidas por la ley.
Conforme al artículo 7 del Estatuto Tributario las personas naturales están sometidas al
impuesto sobre la renta, cuando obtiene ingresos susceptibles de producir un incremento
neto del patrimonio tendrán la calidad de contribuyentes responsables directo del pago del
tributo, si la persona es declarante podrá pagar el impuesto en la declaración de renta y
en el caso de no estar obligado a declarar tributa por medio de la retención en la fuente.
Sin embargo, considero que las personas naturales no sólo son contribuyentes cuando
realizan el hecho generador y pagan el impuesto sino que también en forma indirecta
cuando consume bienes y servicios, porque al comprar genera ingresos para el vendedor
quien cubre los costos y obtiene una utilidad (renta).
2. Ser contribuyente es un mandato constitucional señalado como el deber de la persona y
el ciudadano de contribuir con los gastos de funcionamiento e inversiones del Estado,
efectivamente todas las personas naturales son contribuyentes del impuesto sobre la
renta, sea en forma directa realizando el hecho generador y/o indirectamente cuando son
consumidores de bienes y servicios.
Régimen del impuesto sobre la renta: Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y
complementarios pueden pertenecer al régimen ordinario o al régimen especial.
Régimen ordinario: A este régimen pertenecen todos los contribuyentes, salvo aquellos
que sean del régimen especial de tributación. De acuerdo con las normas pertinentes del
Estatuto tributario, son contribuyentes del régimen ordinario o general: a. Personas
Naturales y asimiladas: Se asimilan a Personas Naturales las asignaciones y donaciones
modales y las sucesiones ilíquidas. b. Sociedades, entidades nacionales y otros
contribuyentes. Sociedades de responsabilidad limitada y sus asimiladas; colectivas; en
comandita simple; ordinarias de minas; sociedades de hecho con características de
limitada; sociedades irregulares con características de limitada; asociaciones,
corporaciones y fundaciones con fines de lucro; comunidades organizadas; fundaciones
de interés privado; empresas unipersonales; corporaciones, fundaciones y asociaciones
sin ánimo de lucro entre otros.
Régimen especial: En atención a su naturaleza y al desarrollo de actividades que el
gobierno determina como de interés para la comunidad, las siguientes entidades: a)
Corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro cuyo objeto social principal
y recursos estén destinados a actividades de salud, educación formal, cultura, deporte,
ecología, protección ambiental, investigación científica o tecnológica y programas de
desarrollo social, siempre y cuando las mismas sean de interés general y sus excedentes
sean reinvertidos en la actividad de su objeto social. Las que no cumplen con los
anteriores requisitos son contribuyentes asimiladas a sociedades limitadas entre otros.
Que es la uvt: La Unidad de Valor Tributario [UVT], es una unidad de medida de valor,
que tiene como objetivo representar los valores tributarios que se encontraban
anteriormente expresados en pesos.
Como toda unidad de valor, el Uvt representa un equivalente en pesos, esto con el fin de
lograr estandarizar y homogenizar los diferentes valores tributarios.
De esta forma, al tratarse todos los valores tributarios en una unidad de valor
estandarizada, se hace más sencillo su tratamiento, y sobre todo, su actualización anual.