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BENEFICIOS TRIBUTARIOS PERSONA NATURAL
Zayda Patricia García Benítez.
Mayo 2019.
Fundación Universitaria Del Area Andina.
Pereira - Risaralda.
Optativa de Profundización – Planeación Tributaria
RELACIÓN BENEFICIOS TRIBUTARIOS PERSONA NATURAL
Los beneficiostributariosconstituyenincentivosque sonotorgadosporel Estadoa losempresarios
como una herramienta que ayude al crecimiento y desarrollo del país y a conseguir objetivos
económicos y sociales, que apunten a una mejor calidad de vida de la población en general.
uno de los ejes centrales de análisis de losbeneficios tributarios es su eficacia como instrumentos
fiscales para la implementación de intereses y políticas de carácter público, el inventario incluye
varios campos orientados a indicar:
Entre los beneficios existen dos figuras: exenciones y deducciones. El primer término hace
referenciaa losingresosque no son gravados y el segundoa todo loque puede serdescontadoal
momento de declarar.
BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA RENTAS DE TRABAJO
En el caso particular de la cédula de rentas de trabajo, el artículo 1.2.1.20.4 del Decreto Único
Tributario1625 de 2016, modificadoporel artículo6del Decreto2250de 2017, señalalosconceptos
que se pueden detraer como rentas exentas y deducciones; respecto de las primeras, el citado
artículo indica que son:
1. Las personas que estén en el rango de empleados y sean declarantes cuentan con:
 25 % de pago laboral exento. artículo 126-4 del Estatuto Tributario, modificado por el
artículo 16 de la Ley 1819 de 2016).
 Adicionalmente,losaportesa cuentas AFC (de ahorro para el fomentode la construcción)
artículo126-4 del EstatutoTributario,modificadoporel artículo16de laLey 1819 de 2016).
 Los aportesvoluntariosa losfondosde pensionesvoluntarias (artículo 126-1 del Estatuto
Tributario, modificado por el artículo 15 de la Ley 1819 de 2016).
 la medicinaprepagadaque se pague por sí mismoy por losbeneficiarios,conun límite de
hasta 16 UVT disminuirán la base gravable del impuesto. (Art. 387 )
 Las rentasexentascontempladasenelartículo206del EstatutoTributario(recordemosque
el numeral 9 yel parágrafo 4 de este artículofueronderogadosporel artículo376 de laLey
1819 de 3016).
 Segúnel artículo 1.2.1.20.4 del DecretoÚnicoTributario1625 de 2016, sondeduccioneslos
siguientes:
 - Los aportes voluntarios a los fondos de cesantías (ver inciso 6 del artículo 126-1 del
Estatuto Tributario).
 - Intereses por créditos para la adquisición de vivienda (ver artículo 387 del Estatuto
 Tributario).
 si se tienen dependientes se podrá deducir un 10 % adicional de los ingresos brutos
mensuales, (limitado a 32 UVT mensuales).
 - Gravamen a los movimientos financieros –GMF– conforme a lo estipulado en el artículo
115 del Estatuto Tributario.
 Después de determinar los conceptos aplicables al contribuyente es necesario identificar
cuálesse debenono someteral límite del 40 % del ingreso neto sin superar las 1.040 UVT
 . Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.
 Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 23 años, cuando el padre o madre
contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones
formales de educación superior certificadas por el ICFES ' o la autoridad oficial
correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente
acreditados por la autoridad competente.
 Los hijos del contribuyente mayores de 23 años que se encuentren en situación de
dependenciaoriginadaenfactoresfísicosopsicológicosque seancertificadosporMedicina
Legal.
 El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de
dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas
sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en
factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal, y,
 Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de
dependencia, sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas
sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en
factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal
2. Quienes declaren como trabajadores por cuenta propia podrán reducir su base gravable con:
 el costo de todos losinsumosque tenganrelaciónde causalidady proporcionalidadconel
trabajo que realizan. Para citar un ejemplo, si un odontólogo paga una reparación en sus
equiposytiene el soporte necesarioparademostrarlo,se verá beneficiado por este ítem.
RENTAS EXENTAS EN LA CEDULA TRIBUTARIA DE RENTAS DE TRABAJO:
Para todos los empleados la posibilidad de tratar como renta exenta el 25% de los ingresos
percibidos en los términos del numeral 10 del art. 206 del Estatuto Tributario, a saber:
Rentas de trabajo:
✓ Salarios
✓ Comisiones
✓ Prestaciones Sociales
✓ Gastos de Representación
✓ Honorarios
PLANEACIÓN TRIBUTARIA EN RENTAS DE TRABAJO
Para declararrenta del año fiscal inmediatamente anterior,lostopesmínimosse ubicaronen1400
UVT,por loque,si ustedpercibióesacantidad,ounamayor,estáenlaobligacióndedeclarar.Ahora
bien, el pago y las deducciones que puedan aplicar a este estarán sujetos al sistema cedular de su
impuesto(que dependiendodel origende susingresospodráser laboral,nolaboral, de capital,de
pensiones y por dividendos).
Revise susoporte de nómina:esimportante identificarqué tipode deduccionesle estánhaciendo,
enqué procedimientode retenciónestáycuál esel porcentajede deducciónquele estánaplicando.
Los aspectosque puede tenerencuentapararealizardeduccionessobre su impuestode rentason:
aportes a pensión (incluyendo aportes voluntarios); si tiene familiares que dependan de usted
económicamente como hijos (menores de edad o con máximo 23 años que certifiquen estudioy
dependencia económica del declarante), pareja, padres o cualquier dependiente con limitaciones
físicaso psicológicas;si pagamedicina prepagadaosi cuentaconuncréditohipotecariode vivienda
o de leasing.
Las personasque ensuempresaganen$4.475.000 sonobjetode retenciónenlafuenteen2018,el
cual esunanticipodel pagodel impuestode renta.Asíque vayabuscandoestoscomprobantespara
que pueda hacer una buena planeación financiera.
-Formulario de declaración juramentada. Este lo debe tener su empleador, así que pida que lo
envíen o pregunte en su área administrativa, de recursos humanos o nómina.
-Anexe los siguientes documentos:
Registro civil de nacimiento de hijos menores de 18 años.
Certificado de estudios de hijos entre 18 y 23 años.
Certificado de medicina legal o de contador público de su compañero permanente o cónyuge que
confirme dependencia.
Certificado de medicina legal o de contador público de sus padres y hermanos en situación de
dependencia.
-Certificado de medicina prepagada: adjunte el certificado de pagos del año inmediatamente
anterior que estén protegidos a nombre del declarante, cónyuge, hijos o dependientes.
-Certificado de créditos hipotecarios del año inmediatamente anterior:
Nombre, razón social y NIT de la entidad bancaria del pago.
El monto total de los pagos realizados por concepto de intereses de vivienda.
Periodo al cual corresponde.
Nombre o NIT de los beneficiarios de los respectivos servicios.
-Cuentas AFC y aportes voluntarios a pensión
La siguiente tablaesuna muestrade cómo aplicael impuestopara diferentesingresos,encasode
aplicar o no los beneficios tributarios:
BIBLIOGRAFIA
- colaboracion.dnp.gov.co/CDT/DNP/EI-G02%20Guía%20Cartilla%20Tributaria.
- Estatuto Tributario Nacional
- www.incp.org.co/declaracion-renta-personas-naturales-presentacion-pago-deducciones

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Beneficios tributarios

  • 1. BENEFICIOS TRIBUTARIOS PERSONA NATURAL Zayda Patricia García Benítez. Mayo 2019. Fundación Universitaria Del Area Andina. Pereira - Risaralda. Optativa de Profundización – Planeación Tributaria
  • 2. RELACIÓN BENEFICIOS TRIBUTARIOS PERSONA NATURAL Los beneficiostributariosconstituyenincentivosque sonotorgadosporel Estadoa losempresarios como una herramienta que ayude al crecimiento y desarrollo del país y a conseguir objetivos económicos y sociales, que apunten a una mejor calidad de vida de la población en general. uno de los ejes centrales de análisis de losbeneficios tributarios es su eficacia como instrumentos fiscales para la implementación de intereses y políticas de carácter público, el inventario incluye varios campos orientados a indicar: Entre los beneficios existen dos figuras: exenciones y deducciones. El primer término hace referenciaa losingresosque no son gravados y el segundoa todo loque puede serdescontadoal momento de declarar. BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA RENTAS DE TRABAJO En el caso particular de la cédula de rentas de trabajo, el artículo 1.2.1.20.4 del Decreto Único Tributario1625 de 2016, modificadoporel artículo6del Decreto2250de 2017, señalalosconceptos que se pueden detraer como rentas exentas y deducciones; respecto de las primeras, el citado artículo indica que son: 1. Las personas que estén en el rango de empleados y sean declarantes cuentan con:  25 % de pago laboral exento. artículo 126-4 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 16 de la Ley 1819 de 2016).  Adicionalmente,losaportesa cuentas AFC (de ahorro para el fomentode la construcción) artículo126-4 del EstatutoTributario,modificadoporel artículo16de laLey 1819 de 2016).  Los aportesvoluntariosa losfondosde pensionesvoluntarias (artículo 126-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 15 de la Ley 1819 de 2016).  la medicinaprepagadaque se pague por sí mismoy por losbeneficiarios,conun límite de hasta 16 UVT disminuirán la base gravable del impuesto. (Art. 387 )  Las rentasexentascontempladasenelartículo206del EstatutoTributario(recordemosque el numeral 9 yel parágrafo 4 de este artículofueronderogadosporel artículo376 de laLey 1819 de 3016).  Segúnel artículo 1.2.1.20.4 del DecretoÚnicoTributario1625 de 2016, sondeduccioneslos siguientes:
  • 3.  - Los aportes voluntarios a los fondos de cesantías (ver inciso 6 del artículo 126-1 del Estatuto Tributario).  - Intereses por créditos para la adquisición de vivienda (ver artículo 387 del Estatuto  Tributario).  si se tienen dependientes se podrá deducir un 10 % adicional de los ingresos brutos mensuales, (limitado a 32 UVT mensuales).  - Gravamen a los movimientos financieros –GMF– conforme a lo estipulado en el artículo 115 del Estatuto Tributario.  Después de determinar los conceptos aplicables al contribuyente es necesario identificar cuálesse debenono someteral límite del 40 % del ingreso neto sin superar las 1.040 UVT  . Los hijos del contribuyente que tengan hasta 18 años de edad.  Los hijos del contribuyente con edad entre 18 y 23 años, cuando el padre o madre contribuyente persona natural se encuentre financiando su educación en instituciones formales de educación superior certificadas por el ICFES ' o la autoridad oficial correspondiente; o en los programas técnicos de educación no formal debidamente acreditados por la autoridad competente.  Los hijos del contribuyente mayores de 23 años que se encuentren en situación de dependenciaoriginadaenfactoresfísicosopsicológicosque seancertificadosporMedicina Legal.  El cónyuge o compañero permanente del contribuyente que se encuentre en situación de dependencia sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal, y,  Los padres y los hermanos del contribuyente que se encuentren en situación de dependencia, sea por ausencia de ingresos o ingresos en el año menores a doscientas sesenta (260) UVT, certificada por contador público, o por dependencia originada en factores físicos o psicológicos que sean certificados por Medicina Legal 2. Quienes declaren como trabajadores por cuenta propia podrán reducir su base gravable con:  el costo de todos losinsumosque tenganrelaciónde causalidady proporcionalidadconel trabajo que realizan. Para citar un ejemplo, si un odontólogo paga una reparación en sus equiposytiene el soporte necesarioparademostrarlo,se verá beneficiado por este ítem. RENTAS EXENTAS EN LA CEDULA TRIBUTARIA DE RENTAS DE TRABAJO: Para todos los empleados la posibilidad de tratar como renta exenta el 25% de los ingresos percibidos en los términos del numeral 10 del art. 206 del Estatuto Tributario, a saber: Rentas de trabajo:
  • 4. ✓ Salarios ✓ Comisiones ✓ Prestaciones Sociales ✓ Gastos de Representación ✓ Honorarios PLANEACIÓN TRIBUTARIA EN RENTAS DE TRABAJO Para declararrenta del año fiscal inmediatamente anterior,lostopesmínimosse ubicaronen1400 UVT,por loque,si ustedpercibióesacantidad,ounamayor,estáenlaobligacióndedeclarar.Ahora bien, el pago y las deducciones que puedan aplicar a este estarán sujetos al sistema cedular de su impuesto(que dependiendodel origende susingresospodráser laboral,nolaboral, de capital,de pensiones y por dividendos). Revise susoporte de nómina:esimportante identificarqué tipode deduccionesle estánhaciendo, enqué procedimientode retenciónestáycuál esel porcentajede deducciónquele estánaplicando. Los aspectosque puede tenerencuentapararealizardeduccionessobre su impuestode rentason: aportes a pensión (incluyendo aportes voluntarios); si tiene familiares que dependan de usted económicamente como hijos (menores de edad o con máximo 23 años que certifiquen estudioy dependencia económica del declarante), pareja, padres o cualquier dependiente con limitaciones físicaso psicológicas;si pagamedicina prepagadaosi cuentaconuncréditohipotecariode vivienda o de leasing. Las personasque ensuempresaganen$4.475.000 sonobjetode retenciónenlafuenteen2018,el cual esunanticipodel pagodel impuestode renta.Asíque vayabuscandoestoscomprobantespara que pueda hacer una buena planeación financiera. -Formulario de declaración juramentada. Este lo debe tener su empleador, así que pida que lo envíen o pregunte en su área administrativa, de recursos humanos o nómina. -Anexe los siguientes documentos: Registro civil de nacimiento de hijos menores de 18 años. Certificado de estudios de hijos entre 18 y 23 años. Certificado de medicina legal o de contador público de su compañero permanente o cónyuge que confirme dependencia. Certificado de medicina legal o de contador público de sus padres y hermanos en situación de dependencia.
  • 5. -Certificado de medicina prepagada: adjunte el certificado de pagos del año inmediatamente anterior que estén protegidos a nombre del declarante, cónyuge, hijos o dependientes. -Certificado de créditos hipotecarios del año inmediatamente anterior: Nombre, razón social y NIT de la entidad bancaria del pago. El monto total de los pagos realizados por concepto de intereses de vivienda. Periodo al cual corresponde. Nombre o NIT de los beneficiarios de los respectivos servicios. -Cuentas AFC y aportes voluntarios a pensión La siguiente tablaesuna muestrade cómo aplicael impuestopara diferentesingresos,encasode aplicar o no los beneficios tributarios:
  • 6. BIBLIOGRAFIA - colaboracion.dnp.gov.co/CDT/DNP/EI-G02%20Guía%20Cartilla%20Tributaria. - Estatuto Tributario Nacional - www.incp.org.co/declaracion-renta-personas-naturales-presentacion-pago-deducciones