Por, Rubén Veiga *
Para mayor información sobre el tema se recomienda, el libro del autor:
“De la mediación a la mediación educativa : tesis doctoral”, Veiga, Rubén Oscar
ISBN: 978-950-9474-39-0
editorial: Universidad de Morón, Edición 2008
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
La Mediación en el Ámbito Escolar: ¿Método RAC o Método REC?
1. La Mediación en el Ámbito Escolar: ¿Método RAC o Método REC?
Por, Rubén Veiga *
Algunas aclaraciones preliminares
Ante todo, conviene hacer una aclaración respecto del alcance de la expresión “ámbito”, toda vez
que la doctrina no se termina de poner de acuerdo respecto de qué decimos cuando decimos
“ámbitos de aplicación”; en principio escojo esta expresión porque si nos atenemos a una de las
acepciones del Diccionario de la Lengua Española, vemos que ámbito es el “Espacio ideal
configurado por las cuestiones y problemas de una o varias actividades o disciplinas…”; razón por
la cual me inclino por seguir esta línea de pensamiento, independientemente de reconocer que el
ámbito desde el punto de vista físico o geográfico (lugar o espacio donde se realiza o se lleva a
cabo tal o cual cosa) nos resultaría insuficiente a la hora de pensar en la mediación, ya que en ese
mismo lugar, imaginemos un estrado judicial para las mediaciones prejudiciales, pueden tratarse –
por ejemplo- cuestiones o temas de familia (mediación familiar) o de violencia (mediación penal),
aunque éstos escapen aún al terreno de la legislación nacional. Están aquellos que, por una u otra
razón fundamentada por cierto, prefieren utilizar expresiones como “contextos” (Diez y Tapia,
Duffy, Grosch y Olczak), “ambientes” (Folberg, Taylor), “Áreas o temáticas” (Sparvieri),
“escenarios” (Jares, Bauman), etc.; sin perjuicio de ello, sigo inclinándome al igual que la mayoría
de los autores, una vez formuladas estas aclaraciones, por la expresión que titula este tema.
Finalmente, deseo asentar que tampoco hay acuerdo unánime respecto de cómo aludir al campo
específico de cada uno de estos ámbitos, contextos, áreas…ello así, a lo que algunos les denominan
–por ejemplo- mediación escolar, otros les llaman mediación educacional, otros mediación
educativa.
Sabido es que la mediación -tanto el proceso como sus principios y estrategias- se aplica en
diversos espacios a la hora de colaborar en la tarea de resolver conflictos, de una manera creativa
y no adversarial.
Estos lugares de aplicación son múltiples y polifacéticos, toda vez que abarcan desde cuestiones
inherentes a lo familiar hasta los diferendos de convivencia internacional, desde la simple disputa
en la comunidad de pertenencia hasta los mismos conflictos que se generan en situaciones
extremas de riesgo.
Ello así, independientemente de la aclaración respecto de cómo llamarle a cada uno de los campos
de acción, resulta hoy bastante común enunciar como ámbitos aplicables los siguientes: el pre-
judicial –legal o tribunalicio-, el comunitario, el familiar, el laboral, el penal, el internacional –
diplomático o “de vaivén”-, el educacional, el de disputas públicas, el de crisis o en situaciones de
riesgo, el ambiental, el empresarial, el de consumidores, etc., etc.
Dicho de otro modo, en todo ambiente en el que interactúen dos o más seres humanos, la
mediación es posible a la hora de pensar en la resolución de las diferencias que entre ellas se
2. produzcan o, eventualmente, puedan llegar a suscitarse. En todo caso, se trata de aprender a mirar
con ojos nuevos las mismas cosas; acorde con la reflexión de Marcel Proust cuando sostiene: “El
verdadero acto del descubrimiento no consiste en encontrar nuevas tierras sino en verlas con nuevos
ojos”.
Conceptualización, características particulares y alcances de la mediación en la escuela
Las instituciones educativas tampoco escapan a las situaciones de conflicto; muy por el contrario
deberán, si aún no lo han hecho –a partir de la nueva concepción de escuela moderna- capitalizar
el conflicto y educar a partir del mismo. Ello significa que todos los actores de la comunidad
(léase: educadores y educandos, no docentes y familias de los alumnos) deben esforzarse por
abandonar la connotación negativa tradicional del conflicto y optar por su cambio de valencia.
Sólo así, la tan anhelada “educación para la paz”, será posible.
Tanto el rol del mediador como el proceso, se vislumbran más flexibles y permeables a cada
situación e institución educativa en particular. Nótese, a modo de ejemplo, que los programas
mediación educativa pueden ser implementados desde los mismos jardines de infantes hasta los
propios centros universitarios, públicos y privados, de los más diversos niveles sociales, culturales
y económicos. Ergo, el rol puede ser desempeñado –y adaptado en consecuencia- por un adulto o
por un menor, por un docente o por un alumno, por un profesional mediador o por algún “idóneo
comedido”. Otro tanto ocurre con el proceso, toda vez que a medida que se institucionaliza se
torna menos formal y más ágil: en una escuela en donde se “median” los conflictos desde hace una
década, las primeras etapas –del proceso- prácticamente pasan desapercibidas, habida cuenta de
que no tiene mayor sentido explicitar lo que ya todos conocen.
Un poco de historia, antecedentes y organismos
Estados Unidos hace más de quince años que viene implementando la mediación en muchas de sus
escuelas elementales y medias. Justamente por ser pioneros y remontarse a ese país la historia de
la mediación en las escuelas voy a dedicarle un párrafo especial. A saber:
Siempre pensando en cómo hacer para disminuir la ola de violencia escolar, ya desde principios
de la década de 1960 diversos grupos de personas -algunos de ellos religiosos- se interesaron por
transmitir lo importante que resultaría entrenar a los niños y jóvenes en las distintas habilidades y
técnicas de resolución pacífica de disputas escolares. Convengamos que una serie de docentes
“con muy buenas intenciones” trabajaron desde sus puestos en tal sentido, pero estos esfuerzos
carecieron de una estructura adecuada y, poco tiempo después, cayeron en desuso. Recién casi dos
décadas después, la asociación Educadores para la Responsabilidad Social comenzó a organizar
estas inquietudes, que se cristalizarían en 1984 con la creación de una segunda asociación de
trascendencia internacional: la Academia Nacional para Mediadores en Educación (NAME). Su
principal soporte se basaba en la experiencia misma de aquellos que ya se habían animado a dar
sus primeros pasos en los diversos programas de mediación ensayados en sus respectivas
escuelas. Los resultados arrojados en las mismas fueron determinantes: “la mediación mejora la
comunicación y reduce el conflicto escolar”.
3. Hoy, varios años después, las estadísticas y los hechos ratifican la veracidad de aquellas
afirmaciones: las escuelas que “más paz” tienen son las que han implementado algún programa -ya
hay más de 300 variantes- de este tipo.
Los organismos dedicados al tema también se han multiplicado, aunque, lamentablemente, no
tanto como el incremento de la violencia, la agresión, la intolerancia y la incomunicación en el
mundo; inclusive dentro del pequeño mundo de la escuela, que -por supuesto- no queda exento.
· Costa Rica tomó la iniciativa de sancionar una ley que incorpora de manera obligatoria los
contenidos relacionados con la resolución pacífica de controversias a las diferentes
currículas escolares.
· Francia y Canadá, entre otros, se han destacado por la implementación de una serie de
programas de convivencia social tendientes a la formación y entrenamiento tanto de los
estudiantes como de los docentes.
· En toda Latinoamérica se han practicado y se practican varias experiencias piloto. Casi
todas resultaron exitosas, pero la mayoría, con la salvedad de honrosas excepciones, de
transitoria duración.
· Argentina hace vanguardia entre los países de América del Sur. Prueba de ello, resultan los
programas de mediación que comenzaron a aplicarse al promediar la década del 90 y que
aún continúan vigentes.
· La Ciudad de Buenos Aires con su masivo programa para escuelas públicas y los múltiples
proyectos - reconocidos internacionalmente- que se pusieron en marcha en varios colegios
(públicos y privados, laicos y religiosos) de la Provincia homónima, son muestras
documentadas, perdurables y eficientes de la tarea realizada a favor de la paz escolar. En
tal sentido, merece mencionarse la “Experiencia de La Reja” por haber sido reconocida
como el “primer proyecto latinoamericano en mediación escolar” por diversos organismos
internacionales como “The Community Board Program” de San Francisco (U.S.A.) y “Peace
Education Foundation” con sede en Miami. Esta experiencia de convivencia escolar con
mediación global y de pares, se implementó –bajo la conducción de este mismo autor- a
partir de 1994 en una pequeña comunidad del conurbano bonaerense denominada “La
Reja”.
· Otro tanto ameritan los denodados esfuerzos del interior que, desde Resistencia hasta
Bariloche, se encargaron de recorrer diferentes caminos pero con los mismos puntos de
llegada: reducir el conflicto, mejorar la comunicación y favorecer la convivencia escolar.
Legislación local; soportes a nivel nacional, provincial y municipal
A nivel nacional, rige desde el 20 de agosto de 1997, la resolución 62/97 del Consejo Federal de
Cultura y Educación: “Criterios básicos para el desarrollo de normas de convivencia en las
instituciones escolares”, en donde se recomienda expresamente a la mediación como alternativa
de resolución de los conflictos escolares.
Dentro de las jurisdicciones provinciales, valen destacar la Ley chaqueña Nº 4711/2000: “Plan
provincial de mediación escolar”, no sólo por su vanguardismo sino también por su contundente
apuesta a esta herramienta favorecedora de la buena convivencia escolar; y la Ley Nº 6937/02 de
la Provincia de Mendoza: “Ley para la No violencia escolar”, que incorpora el concepto de
4. mediación entre pares. Las provincias de San Juan y del Chubut, por su parte, han emprendido
caminos legislativos semejantes.
En el ámbito municipal, se difundió el proyecto del concejal cordobés Hugo Caparros, pronto
convertido en la ordenanza 9801/97 del H.C.D. de la Ciudad de Córdoba: “Implementación de la
mediación escolar en las escuelas municipales de la Ciudad de Córdoba”, aunque –
lamentablemente- el presupuesto de la comuna no acompañó las expectativas generadas tanto por
su iniciador (Caparros) como por las nobles intenciones del proyecto mismo.
Después de la última reforma constitucional, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires sancionó la Ley Nº 223: “Sistema escolar de convivencia” reglamentado a través del Decreto
1400/01, desde donde se alienta la implementación de estas nuevas formas de resolución de
disputas escolares.
Modelos y programas en ejecución
En principio, se pueden distinguir, básicamente, dos grandes modelos: la mediación externa y la
mediación interna. A saber:
· La mediación externa a la escuela ocurre cuando una persona ajena a la misma y entrenada
en Mediación y Resolución de Conflictos, ayuda a las partes a trabajar sus diferendos,
pudiendo llegar a un acuerdo o no. La estrategia funciona así: una vez identificado un
conflicto, generalmente de trascendencia institucional, la Dirección de la escuela convoca al
o los expertos en R.A.C., que suelen tener a disposición de las escuelas públicas las
dependencias correspondientes del Gobierno Escolar de cada jurisdicción. De tratarse de
una escuela de gestión privada, ésta podrá optar por contratar los servicios de cualquier
centro de mediación de la misma naturaleza. El mediador o equipo pertinente se acercará
al centro educativo en cuestión, se interiorizará a fondo del conflicto e intentará arribar a
un acuerdo con las partes que lo afrontan. Finalizada esta gestión, que puede durar horas,
días o meses, y más allá de haber arribado o no a un acuerdo, el o los especialistas externos
se retirarán de la institución, elaborando el informe de rutina con un detalle de sus
actuaciones, cuidando no violar el derecho de la confidencialidad. Esta alternativa presenta
como ventaja, a los efectos de la neutralidad e imparcialidad, el no conocer previamente a
la institución, ni a los mediados. Esto mismo, sin embargo, también se podría ponderar
como un inconveniente.
· La mediación interna o dentro de la escuela, en cambio, opera cuando actores de la
comunidad educativa (alumnos, profesores, autoridades….) entrenadas en Mediación y
Resolución de Conflictos, ayudan a que personas de la institución escolar que
voluntariamente lo deseen, puedan trabajar para resolver las diferencias que los alejan. A
modo de ejemplo y por tratarse de modelos de esta naturaleza, cito a la mayoría de los que
se vienen implementando en Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires desde 1994 a
la fecha.
5. Asimismo, dentro del modelo de Mediación Interna, destaco cuatro programas:
· Mediación en el aula que consiste en educar, desde el mismo salón de clases, en valores
pacíficos (como la justicia, la solidaridad, el respeto, la tolerancia, etc.) y enseñar técnicas
de gestión de conflictos, ya que los mismos forman parte de nuestra vida cotidiana y
también de la escolar. Estos programas los puede llevar a cabo el mismo maestro, cualquier
profesor capacitado, un preceptor, etc.
· Mediación entre pares o de dimensión horizontal, también llamada “mediación
paritaria o entre iguales”; cuyas experiencias más tempranas se desarrollaron en sendas
escuelas de San Francisco y Nueva York, Estados Unidos. Por su significación especial,
desarrollaré esta variante específicamente en el siguiente punto.
· Mediación con un mediador adulto o de dimensión vertical. En este caso el adulto
pertenece al staff de la institución pudiendo o no ser docente. Se le llama “vertical” porque
el mediador (o mediadores) que interviene pertenece a un nivel distinto -generalmente
superior- en el organigrama institucional. Es de suma utilidad para trabajar los conflictos
de los más pequeños (nivel inicial y primeros años de la escuela primaria). En todo caso, el
adulto/docente deberá “despojarse” transitoriamente de ese rol para poder desempeñar
con éxito este otro nuevo y, por supuesto, comunicárselo claramente a las partes. De no
ocurrir esto, es muy probable que los mediantes confundan al mediador con alguien que
detenta cierta autoridad legitimada en la escuela, que no se corresponde con la del
conductor de este proceso.
· Mediación global, integral, cruzada o “mix”. Tal como se infiere de sus denominaciones
es el modelo más completo, ya que estarían en condiciones de participar del mismo
cualquier actor de la comunidad educativa; esto incluye a alumnos, familiares, docentes, no
docentes, directivos, etcétera. Pero atención, porque “completo y sencillo” no son
sinónimos; habrá que estar muy atentos a cada caso particular: ¿entre quiénes se ha
producido el conflicto?, ¿son o no pares entre sí?, ¿qué tipo de disputa los enfrenta?,
¿quién/es auspiciarán de mediadores? y, de tratarse de una co-mediación: ¿serán dos
mediadores pares o de distinta dimensión? son algunas de las preguntas que deberemos
saber responder “antes” de dar inicio a la mediación.
Asimismo, según se encuentre previsto en cada Programa de Mediación, de acuerdo a los
documentos institucionales que lo sustenten (P.E.I. –Proyecto Educativo Institucional–, P.C.I. –
Proyecto Curricular Institucional–, A.I.C. –Acuerdo Institucional de Convivencia–, etcétera), se
pueden planificar distintas formas de aplicación; algunas de ellas están relacionadas con el tiempo
y el lugar donde pretendan desarrollarse, otras con la currícula y otras con la preparación previa;
verbigracia:
· Programa de aplicación experimental o piloto: Es el que, por ejemplo, se implementa en un
solo curso y durante el 2º semestre del año. Se suele recomendar en el ámbito educativo, a
modo de prueba. En todo caso, después de la debida evaluación y a medida que evoluciona,
se podrá ir extendiendo o ampliando a otro/s curso/s.
· Programa de aplicación parcial: Funciona en un sector de la institución y/o con un
segmento de las personas que lo integran. Ejemplo: Sólo en el turno vespertino (para
todos) o, dentro del turno vespertino entre los alumnos.
6. · Programa de aplicación completa o institucional: Abarca a toda la escuela y a todas las
personas que forman la comunidad, pudiendo incluir hasta las familias de los alumnos.
· Programa de aplicación extracurricular o experiencial: El programa se implementa en
forma autónoma e independiente de la currícula. Es común, por ejemplo, que el gabinete
psicopedagógico o el servicio de orientación utilice, provechosamente, esta herramienta.
· Programa de aplicación curricular: En este caso se incluyen y aprovechan contenidos
trabajados desde la currícula de los distintos espacios/materias o áreas. En este sentido,
prácticamente todos los espacios curriculares ofrecen contenidos “permeables” a la
mediación; desde lengua hasta ciencias sociales, pasando por los números, las artes y la
educación física. El aprovechamiento curricular no sólo fortalece, sino que además –bien
tratado– jerarquiza a la estrategia que nos ocupa.
· Programa de aplicación a través de la capacitación: Estos programas sirven,
fundamentalmente, para “concientizar” a los actores de la comunidad educativa sobre las
ventajas que ellos traen aparejadas. Se desarrollan a través de una o dos jornadas de
capacitación, de modo tal, que toda la escuela sepa de qué estamos hablando; esto incluye
al personal docente y no docente, a los alumnos y eventualmente, a los padres.
· Programa de aplicación a través del entrenamiento: Dedicado sólo a aquellas personas que
ya obtuvieron la capacitación y desean profundizar sobre el tema y/o convertirse en
posibles mediadores educativos. El entrenamiento se implementa a través de un curso
específico, conducido por uno o más expertos en la materia, cuya duración es muy variable
(15 a 40 horas) y que se puede desarrollar dentro o fuera de la institución educativa,
preferentemente ajeno al horario escolar.
Las mediaciones entre pares
Un espacio aparte entiendo que amerita la experiencia de la mediación entre pares o entre iguales
o mediaciones paritarias; la que tantas satisfacciones nos producen.
Es sabido que de una crisis se puede salir fortalecido, tanto como que, a raíz de un conflicto -
pasando por una instancia de encuentro-acuerdo- se pueden llegar a mejorar y profundizar las
relaciones humanas.
Ahora bien, en el caso de la escuela, si el que facilita estas gestiones es un alumno (mediador),
entonces la experiencia puede convertirse en fascinante ya sea desde el punto de vista personal
auto-revalorizándose (protagonismo, atribución de poder, etc.) como desde la óptica social
(contactándose con la realidad, conociendo y comprendiendo al otro, aprendiendo de sus
diferencias, etc.).
A esto se lo conoce como “mediación entre pares o entre iguales o mediaciones paritarias” y, por
enrolarme en esta línea, se me permitirá continuar argumentando en su favor. A saber: los pares,
en general, comprenderán mejor que nadie los conflictos de sus compañeros sin tener que realizar
esfuerzos mayúsculos y ello les facilitará colaborar para encontrar la solución al problema.
Además, hablan del mismo modo, utilizan idénticos códigos y, muchas veces, porque no se los
relaciona directamente con las autoridades escolares, permiten una mayor confianza y
sinceramiento espontáneo.
7. Y qué decir de las partes cuando, en verdad, son las primeras beneficiadas: pueden sentirse
importantes, fueron escuchadas, respetadas, invitadas a reflexionar... en fin: ¡Un verdadero
crecimiento!
Esta forma de mediar se ha multiplicado prolíferamente en la última década. Un estudio empírico
realizado en Nueva York durante 1986, nos reveló resultados por demás alentadores. Sintetizo a
continuación, los datos más significativos del mismo. A saber:
El propósito de esta investigación fue establecer una base empírica sobre la cual formular juicios
sobre el impacto del programa; para ello se seleccionaron tres áreas: a) el efecto sobre el ambiente
disciplinario escolar; b) el impacto en los estudiantes mediadores paritarios; y c) el efecto entre
los contendientes estudiantes.
La escuela “intermedia” que se tomó como referencia fue una institución educativa del Estado de
Nueva York, a donde acuden adolescentes de 6º a 8º año con una edad promedio de 13,1 años.
Esta escuela utiliza un programa en donde se preparan alumnos mediadores paritarios en un
curso de entrenamiento cercano al inicio del ciclo lectivo.
Para examinar el impacto global del aludido programa, se distribuyó entre todos los estudiantes y
docentes al comienzo y al finalizar el año escolar, un mismo cuestionario con una batería de
preguntas. Con idéntica frecuencia, otro cuestionario más amplio –que incluía preguntas
relacionadas con la “autoimagen”- se empleó sólo para los mediadores paritarios a fin de evaluar
el efecto del programa en ellos. Finalmente, para evaluar la efectividad del programa entre las
partes en conflicto, se valoraron sus tasas de satisfacción con el proceso de mediación paritaria, su
conformidad con el acuerdo y las dificultades disciplinarias posteriores.
Finalmente, a la hora de evaluar la marcha del Programa y tabular algunos resultados, se
obtuvieron las siguientes conclusiones:
· Que los mediadores intervinieron, durante ese año, en 81 casos; la mitad de los cuales se
relacionaban con rumores del tipo: “él/ella dijo…” y la otra mitad con acosos o peleas
físicas;
· Que el 75 % de las partes involucradas, afirmaron que, de no haber sido por el Programa,
hubieran continuado con sus diferencias;
· Que la escuela registró una merma del 16,7% en las peleas físicas, con respecto al año
anterior, en el que no funcionaba el programa;
· Que el Programa tuvo un alto impacto positivo en el ambiente disciplinario global escolar;
que ayudó a reducir el nivel de problemas disciplinarios violentos y, fundamentalmente,
que ocasionó importantísimos incrementos positivos en la autoimagen referenciada de los
mediadores paritarios, tanto en el área social como en las actitudes vocacionales-
educativas.
Entiendo oportuno relacionar este último párrafo/conclusión de la Escuela de Nueva York con los
resultados obtenidos en las últimas encuestas sobre la marcha de uno de los programas
bonaerenses que superviso, en donde el 69,4% de la población escolar, a ocho años de su
8. implementación, se muestra complacida con el programa. En idéntico sentido, y con mayor
beneplácito aún, se manifiestan alumnos mediadores, mediados y entrenados.
Algunos inconvenientes; muchas ventajas
Al momento de listar los inconvenientes, se me ocurren citar: la falta de políticas adecuadas,
trabas burocráticas para incluir contenidos afines en las respectivas currículas, carencia de
presupuesto, escasez de capacitadores, resistencia y/o temor a los cambios e innovaciones.
A contrario sensu, ventajas son las que sobran, e independientemente de los alicientes resultados
arrojados tanto por las experiencias foráneas como por las locales, a la hora de seleccionar
ejemplos ventajosos insisto con que la mediación en las instituciones escolares fundamentalmente
nos permite educar y, en función de ello:
· canalizar el conflicto a través de una senda adecuada,
· aprender del mismo conflicto,
· capitalizarlo como elemento pedagógico,
· facilitar la comunicación,
· favorecer la convivencia,
· resaltar los valores sostenidos por la resolución pacífica de controversias: respeto,
compromiso, solidaridad, ayuda, responsabilidad y paz; entre tantos otros.
Escuela, convivencia y mediación
Sostiene el pedagogo español Xesús Jares desde su obra: “Educación y Conflicto” (2001): “Si en la
escuela tradicional la principal tarea consistía en evitar la aparición de conflictos, en una escuela
democrática el conflicto pasa a transformarse en un espacio singular y privilegiado que se debe
aprovechar al máximo para educar” , porque “la democracia constituye en sí misma un principio
educativo, un modelo y una forma de educación” y para ello, es indispensable la participación.
La disciplina, para los estudiantes –como el conflicto, para los adultos- suele tener una lectura
negativa. Ocurre que, en verdad, confundimos un modelo de disciplina (duro, férreo, como
sinónimo de obediencia ciega) con la disciplina en sí –que tiene que ver con la observancia de las
normas-. En la vereda opuesta, encontramos el modelo (antagónico del primero) del
permisivismo y el dejar hacer.
Por otra parte, convengamos que la disciplina es necesaria en todo proceso educativo, aunque en
la escuela democrática de hoy, atento a lo antedicho, no estaría mal comenzar a pensar en un 3º
modelo ecléctico: el modelo de la “disciplina democrática” asentado en el diálogo, el razonamiento,
la persuasión, la negociación y mediación de los conflictos.
En tal sentido, debería buscarse la cohesión y la integración, la confianza, la autoestima, la
autonomía, la empatía, las buenas relaciones, el crecimiento y el aprendizaje cooperativo. Por el
contrario, debería evitarse: la exclusión, el miedo y las amenazas, la indiferencia, la sumisión y el
dominio, la ridiculización y la humillación, el derrotismo y la competitividad interpersonal.
9. Cierto es que comenzar a profundizar sobre el tema de la disciplina, lleva implícito la
reflexión sobre el modelo de educación que queremos. No conviene pues, tomarlo a la ligera;
sepamos darle el tiempo y el espacio que merecen en cada institución. Sepamos también que, en
el marco de la definición de tal modelo, puede o no desembarcar un programa de mediación;
propiciémoslo pero no lo forcemos. Y sepamos finalmente –y por todo lo antedicho- que la
mediación, en este ámbito específico, puede –y permítaseme redoblar la apuesta- y “debe”
convertirse más que en un método de resolución alternativa o adecuada de conflictos (RAC), en
una estrategia e instrumento pedagógico, en un método de resolución educativa de conflictos; de
allí pues es que prefiero utilizar la sigla REC cuando me refiero al ámbito en cuestión.
Por último, recordemos que la palabra disciplina deriva del latín: “discere” y significa aprender,
mientras que convivencia proviene del mismo idioma “convivere” y equivale a vivir en compañía
de otro/s. De eso se trata en definitiva: “de aprender a con-vivir”, nada más...¡nada menos!
Destacados
Pretender profundizar sobre el tema de la disciplina escolar, lleva implícito la reflexión
sobre el modelo de educación que queremos. No conviene pues, tomarlo a la ligera;
sepamos darle el tiempo y el espacio que merecen en cada institución.
Las instituciones educativas tampoco escapan a las situaciones de conflicto; muy por el
contrario deberán, si aún no lo han hecho –a partir de la nueva concepción de escuela
moderna- capitalizar el conflicto y educar a partir del mismo.
En toda Latinoamérica se han practicado y practican varias experiencias piloto de
mediación de conflictos escolares. Argentina hace vanguardia con diversos proyectos que
comenzaron a aplicarse al promediar la década del 90 y que aún continúan vigentes.
Se pueden distinguir, básicamente, dos grandes modelos de mediación para la escuela: la
mediación externa y la mediación interna y, dentro de esta última, cuatro programas:
mediación en el aula, entre pares o de dimensión horizontal, con un adulto mediador o de
dimensión vertical y mediación global o integral.
En las mediaciones “entre pares” el mediador puede ser un alumno (o dos),
enriqueciéndose tanto desde el punto de vista personal: “autorevalorización”
(protagonismo, atribución de poder, etc.) como desde la óptica social: contactándose con la
realidad, conociendo y comprendiendo al otro, aprendiendo de sus diferencias, etc.
Estos Programas aplicados con seriedad y sostenidos en el tiempo, en general, arrojan un
alto impacto positivo en el ambiente disciplinario global escolar, ayudan a reducir el nivel
de conflictos y, fundamentalmente, favorecen la convivencia y la comunicación, a la vez que
previenen eventuales situaciones de violencia.
La mediación puede y “debe” convertirse más que en un método de resolución alternativa
o adecuada de conflictos (RAC), en una estrategia e instrumento pedagógico, en un método
10. de resolución educativa de conflictos; de allí pues es que prefiero utilizar la sigla REC
cuando me refiero al ámbito escolar.
*Biografía del autor:
· Es el 1º Doctor Universitario en Mediación y Mediación Educativa de Latinoamérica.
· Doctorando y Profesor en Ciencias Jurídicas.
· Director Profesional de Instituciones Educativas.
· Escribano. Abogado. Procurador.
· Mediador registrado en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
· Diplomado en mediación educacional en Estados Unidos y especializado en España.
· Autor y director del 1º proyecto latinoamericano de mediación educativa (1991)
· Ha escrito y publicado unas treinta ponencias y artículos relacionados con la resolución
educativa de conflictos (REC) y es autor de cuatro libros, cuatro módulos de educación a
distancia, un seminario “on line” y cinco videos didácticos.
· Es docente universitario de mediación en carreras de grado y posgrado en Universidades
Argentinas y del exterior.
· Fue y es capacitador y conferencista en más de un centenar de foros locales, internacionales y
extranjeros: Inglaterra, España, U.S.A., Chile, Cuba, etc.
· Es Mediador educativo, prejudicial y comunitario.
· Se desempeña actualmente como Regente del Colegio Santa Ethnea, en donde se implementa -
desde 1998- un proyecto exclusivo de REC de su autoría.
· El 17 de abril de 2007 disertó en el Aula Magna del Archivo y Museo Histórico “Dr. Arturo
Jauretche” de Buenos Aires, como único orador del acto académico inaugural de la Dirección
Nacional de Promoción de Métodos Participativos de Justicia, con el objetivo de exhibir los
alcances de su tesis doctoral.
· El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Argentina publica -en forma de
libro- un abstrac de 200 páginas de la aludida tesis.
Para mayor información sobre el tema se recomienda, el libro del autor:
“De la mediación a la mediación educativa : tesis doctoral”, Veiga, Rubén Oscar
ISBN: 978-950-9474-39-0
editorial: Universidad de Morón, Edición 2008